Poder Legislativo / República Oriental del Uruguay
Publicada D.O. 7 feb/974 - Nº 19210

Ley Nº 14.145

CONVENIOS INTERNACIONALES

SE APRUEBA EL TRATADO DEL RIO DE LA PLATA Y SU FRENTE MARITIMO,
SUSCRITO CON LA REPUBLICA ARGENTINA

El Consejo de Estado, en sesión de hoy,

DECRETA:


Artículo 1º.- Apruébase el Tratado del Río de la Plata y su Frente Marítimo, entre la República Oriental del Uruguay y la República Argentina, suscrito en Montevideo, el 19 de noviembre de 1973.

Artículo 2º.- Comuníquese, etc.

    Sala de Sesiones del Consejo de Estado, en Montevideo, a 23 de enero de 1974.

MARTIN R. ECHEGOYEN,
Presidente.
Andrés M. Mata,
Manuel María De La Bandera,
Secretarios.

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Montevideo, 25 de enero de 1974.

Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos.

BORDABERRY.
JUAN CARLOS BLANCO.

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Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.