Poder Legislativo / República Oriental del Uruguay

Ley N° 14.135


DIRECCION DE LOTERIAS Y QUINIELAS


SE DISPONE LA REALIZACION DE UN SORTEO EXTRAORDINARIO, CON DESTINO A LA MODERNIZACION DE LOS TALLERES DE LA DIRECCION GENERAL DE INSTITUTOS PENALES.


El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General,

DECRETAN:



Artículo 1°.
El beneficio íntegro que se obtenga del sorteo extraordinario que la Dirección de Loterías y Quinielas realizará en el mes de agosto de 1973, como así también los premios de dicho sorteo no cobrados, se destinarán a la reinstalación y modernización de los talleres de la Dirección General de Institutos Penales, dependiente del Ministerio del Interior.

Artículo 2°.
El premio mayor de esta lotería extraordinaria será de $ 40:000.000.00 (cuatrocientos millones de pesos).

Artículo 3°.
Dicho beneficio se verterá en una cuenta especial en el Banco de la República Oriental del Uruguay, a nombre del Ministerio del Interior y a su orden.

Artículo 4°.
A los efectos de la presente ley, no regirá lo previsto por el artículo 14 de la ley 13.318, de 28 de diciembre de 1964.

Artículo 5°.
Comuníquese, etc.


Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 6 de junio de 1973.

HECTOR GUTIERREZ RUIZ,
Presidente.
G.COLLAZO MORATORIO,
Secretario.



    MINISTERIO DEL INTERIOR.
      MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Montevideo, 7 de junio de 1973.



Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos.

BORDABERRY.
Coronel NESTOR J. BOLENTINI.
MOISES COHEN.




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Montevideo, abril de 1998. Poder Legislativo.