El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo 1°. Apruébase el "Protocolo para la Solución de Controversias" que puedan suscitarse
entre las Partes Contratantes del Tratado de Montevideo, suscrito en Asunción del
Paraguay el 2 de setiembre de 1967 (ALALC).