Poder Legislativo / República Oriental del Uruguay
Publicada D.O. 1º ago/969 - Nº 18121

Ley Nº 13.751

DERECHOS HUMANOS

SE APRUEBAN LOS PACTOS INTERNACIONALES Y EL PROTOCOLO FACULTATIVO

El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General,

DECRETAN:


Artículo 1º.- Apruébanse los Pactos Internacionales de Derechos Humanos y el Protocolo Facultativo, aprobados por la Asamblea General de las Naciones Unidas, el 16 de diciembre de 1966 y suscritos por el Uruguay el 21 de febrero de 1967.

Artículo 2º.- Comuníquese, etc.

    Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 10 de julio de 1969.

HUGO BATALLA,
Presidente.
G. Collazo Moratorio,
Secretario.

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
 MINISTERIO DE CULTURA

Montevideo, 11 de julio de 1969.

Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos.

PACHECO ARECO.
VENANCIO FLORES.
FEDERICO GARCIA CAPURRO.

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Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.