Publicada D.O. 10 ene/966 - Nº 17263
Ley Nº 13.462
ARGENTINA - URUGUAY
TRATADO DE LIMITES EN EL RÍO URUGUAY
El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del
Uruguay, reunidos en Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo 1º.- Apruébase el Tratado
de Límites en el Río Uruguay, entre la República y la República Argentina, suscrito en
Montevideo el 7 de abril de 1961.
Artículo 2º.- Comuníquese, etc.
Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a
28 de diciembre de 1965.
MARTIN R. ECHEGOYEN,
Presidente.
Luis N. Abdala,
Secretario.
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Montevideo, 30 de diciembre de 1965.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro
Nacional de Leyes y Decretos.
Por el Consejo:
BELTRAN.
LUIS VIDAL ZAGLIO.
Modesto Burgos Morales,
Secretario.
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Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo. |