SE TRIBUTAN HONORES DE MINISTRO DE ESTADO A SUS RESTOS
El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo 1°. Tribútense honores de Ministro de Estado a los restos del Ing. Juan P. Fabini. Artículo 2°. Los gastos del sepelio serán costeados por el Tesoro Nacional. Artículo 3°. Comuníquese, etc.
Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 3 de octubre de
1962.
CIRO CIOMPI
Presidente
G. Collazo Moratorio
Secretario
MINISTERIO DEL INTERIOR
MINISTERIO DE HACIENDA
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
Montevideo, 3 de octubre de 1962.
Acúsese recibo, cúmplase, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional