Poder Legislativo / República Oriental del Uruguay

Ley N° 12.268.


SE AUTORIZA EL ASCENSO FUERA DE CUADROS EN EL CUERPO DE BOMBEROS, DE LOS PARTICIPANTES EN UN SALVATAJE


El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General,

DECRETAN:




Artículo 1°.
Autorízase al Poder Ejecutivo para ascender, fuera de cuadros, a Tenientes Primeros de Bomberos, a los Tenientes Segundos don Juan López Blanquet y don Julio C. Ferrer y a Suboficial de Bomberos, al Sargento don Lino Baz, con la antigüedad del 19 de julio del corriente año.

Artículo 2°.
Comuníquese, etc.



Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 3 de enero de 1956.


LEDO ARROYO TORRES,
Presidente.
José Pastor Salvañach,
Secretario.
                                     

      MINISTERIO DEL INTERIOR


Montevideo, 11 de enero de 1956.




Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos.


      Por el Consejo:


ZUBIRIA
FRANCISCO GAMARRA
Justo José Orozco
Secretario
                                     


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Montevideo, abril de 1998. Poder Legislativo.