SE AUTORIZA EL ASCENSO FUERA DE CUADROS EN EL CUERPO DE BOMBEROS, DE LOS PARTICIPANTES EN UN SALVATAJE
El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo 1°. Autorízase al Poder Ejecutivo para ascender, fuera de cuadros, a Tenientes
Primeros de Bomberos, a los Tenientes Segundos don Juan López Blanquet y don Julio
C. Ferrer y a Suboficial de Bomberos, al Sargento don Lino Baz, con la antigüedad
del 19 de julio del corriente año.