Poder Legislativo / República Oriental del Uruguay
Publicada D.O. 23 set/949 - Nº 12867

Ley Nº 11.334

DEUDAS PUBLICAS

SE AMPLIA LA DE "EDIFICIOS PUBLICOS 1937" A FIN DE HACER MEJORAS EN LA
ADUANA, SODRE Y OTROS EDIFICIOS

El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General,

DECRETAN:


Artículo 1º.- Amplíase en la cantidad de setecientos veintiocho mil doscientos pesos ($ 728.200.00) la deuda denominada "Edificios Públicos 1937", autorizada por el artículo 2º de la ley Nº 9.641, del 31 de diciembre de 1936, para la colocación de elementos de seguridad contra incendios y efectuar reparaciones en los edificios públicos que se enumeran a continuación:

Edificio Central de la Aduana. Para instalación de elementos de seguridad $ 225.000.00

Edificio del Estudio Auditorio del SODRE $ 210.000.00

Edificio de la Facultad de Derecho $ 50.000.00

Edificio de la Facultad de Medicina $ 40.000.00

Edificio de la Facultad de Veterinaria $ 87.000.00

Edificio del Archivo G. de la Nación $ 50.000.00

Imprevistos 10% $ 66.200.00

Total $ 728.200.00

Artículo 2º.- Las reparaciones y modificaciones a realizarse en los edificios que indica esta ley, se efectuarán de acuerdo a los proyectos que ha formulado la Dirección de Arquitectura del Ministerio de Obras Públicas.

Artículo 3º.- Comuníquese, etc.

    Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 7 de setiembre de 1949.

CESAR MAYO GUTIERREZ,
Presidente.
José Pastor Salvañach,
Secretario.

MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
 MINISTERIO DE HACIENDA

Montevideo, 14 de setiembre de 1949.

Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos.

BATLLE BERRES.
MANUEL RODRIGUEZ CORREA.
NILO R. BERCHESI.

Línea del pie de página
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.