Artículo 1º.- Autorízase a la Intendencia Municipal de Montevideo, para expropiar la parcela ubicada en la Avenida Garzón, donde se levanta el monumento erigido a la memoria de Diego Lamas, servidor de la democracia oriental, declarándose, al efecto, de utilidad pública, dicha expropiación, así como la de los predios requeridos por la plaza a que se refiere el artículo siguiente.
Artículo 2º.- La Municipalidad referida dispondrá la delineación de una plaza pública, que llevará el nombre de "Diego Lamas", en el lugar señalado, determinando la extensión y los límites del terreno que expropiará con ese fin.
Artículo 3º.- Comuníquese, etc.
Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 28 de diciembre de 1948.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese.
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo. |