Artículo 1º.- Acuérdase por gracia especial a la señora Sara Reyes Rivas de Ponce de León, viuda del ex Senador doctor don Mario Ponce de León, una pensión de dos mil cuatrocientos pesos anuales ($ 2.400.00). Esta pensión tendrá carácter de única, dejando sin efecto, la que legalmente pudiera corresponderle y será transmitida de acuerdo a las leyes generales que fijan en la materia.
Artículo 2º.- Comuníquese, etc.
Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 9 de Julio de 1941.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos y pase a la Contaduría General de la Nación, a sus efectos
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo. |