I) | Convención relativa al mejoramiento de la suerte de los heridos y los
enfermos de las fuerzas armadas en campaña |
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II) | Convención relativa al mejoramiento de la suerte de los heridos, enfermos
y náufragos de las fuerzas armadas en el mar |
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III) | Convención relativa al trato de los prisioneros de guerra |
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IV) | Convención relativa a la protección de las personas civiles en tiempo de guerra; con expresa reserva de los artículos 87, 100 y 101 de la mencionada en tercer término y del artículo 68 de la mencionada en último término en cuanto suponen aplicación y ejecución de la pena de muerte. |
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo. |