Nº 9 - TOMO 425 - 16 DE MARZO DE 2005
REPUBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY
DIARIO DE SESIONES
DE LA
CAMARA DE SENADORES
PRIMER PERIODO ORDINARIO DE LA XLVI LEGISLATURA
8ª SESION ORDINARIA
PRESIDEN EL SEÑOR RODOLFO NIN NOVOA Presidente
Y EL SEÑOR SENADOR LUIS ALBERTO HEBER
(Segundo Vicepresidente)
ACTUAN EN SECRETARIA LOS TITULARES, ARQUITECTO HUGO RODRIGUEZ FILIPPINI,
EL SEÑOR SANTIAGO GONZALEZ BARBONI Y EL SEÑOR PROSECRETARIO ERNESTO LORENZO
S U M A R I O
1) Texto de la citación
2) Asistencia
3) Asuntos entrados
- Varios señores Senadores presentan, con exposición de motivos, un proyecto de ley por el que se encomienda al Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, el relevamiento de varios padrones situados en el Departamento de Artigas.
- A la Comisión de Vivienda y Ordenamiento Territorial.
- La señora Senadora Xavier presenta, con exposición de motivos, un proyecto de ley para la prevención de enfermedades del tubo neural.
- A la Comisión de Salud Pública.
- Varios señores Senadores presentan, con exposición de motivos, un proyecto de ley por el que se modifica el régimen de licencia de los Legisladores.
- A la Comisión de Constitución y Legislación.
- Otro referido al amparo a las Cooperativas Artesanales integradas por mujeres del medio rural.
- A la Comisión de Constitución y Legislación.
- Otro por el que se regula la unión de los concubinos.
- A la Comisión de Constitución y Legislación.
- Otro por el que se regula la integración y representación de los socios en las Sociedades Cooperativas.
5) Inasistencias
- La Mesa da cuenta de que no se registraron inasistencias a la convocatoria anterior.
6) Derechos del consumidor
- Manifestaciones de la señora Senadora Percovich.
- Por moción de la propia señora Senadora, el Senado resuelve enviar la versión taquigráfica de lo expresado en Sala a la Presidencia del Banco Central, al Ministerio de Economía y Finanzas y a la Dirección Nacional de Medio Ambiente del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente y a la Suprema Corte de Justicia.
7) Nuevo aniversario del fallecimiento de Carlos Marx
- Manifestaciones del señor Senador Lorier.
8) Inauguración de la casa del productor de leche de Florida
- Manifestaciones del señor Senador Lorier.
- Por moción del propio señor Senador, el Senado resuelve enviar la versión taquigráfica de lo expresado en Sala a la Sociedad de Productores de Leche de Florida.
9) Wilson Ferreira Aldunate. Homenaje a su memoria
- Manifestaciones del señor Senador Da Rosa.
- Por moción del propio señor Senador, el Senado resuelve enviar la versión taquigráfica de lo expresado en Sala a los familiares del ciudadano homenajeado y al Directorio del Partido Nacional.
10) Erradicación de asentamientos
- Manifestaciones del señor Senador Saravia.
- Por moción del propio señor Senador, el Senado resuelve enviar la versión taquigráfica de lo expresado en Sala al Ministerio de Industria, Energía y Minería, a la Facultad de Arquitectura y a la Intendencia Municipal de Montevideo.
11) Doctor Freddy López Pintos. Homenaje a su memoria
- Manifestaciones del señor Senador Heber.
- Por moción del propio señor Senador, el Senado resuelve enviar la versión taquigráfica de lo expresado en Sala a la Junta Local Autónoma de Minas de Corrales, a la Junta Departamental de Rivera y a los familiares del ciudadano homenajeado.
12) Venias para la integración de distintos Organismos del Estado
- Manifestaciones del señor Senador Rubio.
14) y 16) Sesion extraordinaria
- Por moción del señor Senador Couriel, el Senado resuelve celebrar sesión extraordinaria el día jueves 17 de los corrientes, a la hora 15:30, a fin de considerar las solicitudes de venia ingresadas en el día de hoy.
- Manifestaciones de los señores Senadores Heber, Aguirre y Abdala.
15, 17, 19, 21, 23 y 25) Ministerio de Desarrollo Social
- Proyecto de ley por el que se procede a su creación y se le asignan cometidos.
- Por moción del señor Senador Couriel, el Senado declara la urgencia de este tema y su consideración inmediata.
- En consideración. Aprobado. Se comunicará a la Cámara de Representantes.
18) Solicitud de venia del Poder Ejecutivo para designar Directores de distintos Organismos públicos
20) Funcionamiento de la Comisión de Asuntos Administrativos
- Por moción de varios señores Senadores, el Senado autoriza a la Comisión de Asuntos Administrativos a sesionar durante el transcurso de la presente sesión que celebra el Cuerpo.
22) Prórroga de la hora de finalización de la sesión
- Por moción del señor Senador Couriel, el Senado resuelve prorrogar la hora de finalización de la presente sesión hasta agotar el tema en debate.
24 y 26) Ocupantes de predios cedidos en usufructo por el Estado en el departamento de Artigas
- Proyecto de ley por el que se prorroga el plazo dispuesto por la Ley Nº 17.359
- Por moción del señor Senador Heber, el Senado resuelve considerar este tema una vez finalizado el que está en debate.
- Por moción del señor Senador Korzeniak, el Senado resuelve incluir este proyecto como segundo punto del Orden del Día de la sesión extraordinaria del día jueves 17 de los corrientes.
27) Se levanta la sesión
"Montevideo, 15 de marzo de 2005.
La CAMARA DE SENADORES se reunirá en sesión ordinaria mañana miércoles 16 de marzo, a la hora 16, a fin de informarse de los asuntos entrados.
Santiago Gonzalez Barboni Secretario - Hugo Rodriguez Filippini Secretario."
ASISTEN: los señores Senadores Abdala, Abreu, Aguirre, Alfie, Amaro, Antía, Breccia, Cid, Couriel, Chiruchi, Da Rosa, Dalmás, Gallinal, Heber, Korzeniak, Lara, Long, Lorier, Michelini, Moreira, Nicolini, Penadés, Percovich, Pintado, Ríos, Rubio, Saravia, Topolansky, Vaillant y Xavier.
FALTAN: con licencia, la señora Senadora Arismendi y los señores Senadores Baráibar, Fernández Huidobro, Larrañaga y Sanguinetti.
SEÑOR PRESIDENTE.- Habiendo número, está abierta la sesión.
(Es la hora 16 y 12 minutos)
- Dese cuenta de los asuntos entrados.
(Se da de los siguientes:)
"El Poder Ejecutivo remite varios Mensajes solicitando las venias correspondientes para designar:
En el Directorio del Banco de la República Oriental del Uruguay, en calidad de Presidente, al Economista Fernando Calloia Raffo y en calidad de miembros del Directorio al señor Danilo Ariel Vázquez Franco, al Contador Jorge Emilio Perazzo Puppo y al Licenciado en Economía Juan José Cladera Cohn.
En el Directorio del Banco Hipotecario del Uruguay, en calidad de Presidente, al Arquitecto Miguel Piperno Margonnato y en calidad de Miembros integrantes del Directorio al Contador - Economista Elbio Omar Scarone Delgado y al Escribano Walter Domingo Aníbal Morodo Díaz.
En el Directorio del Banco de Seguros del Estado, en calidad de Presidente, al señor Gustavo Leopoldo Vilaró Nieto y en calidad de Miembros integrantes de dicho Directorio al señor Mario Eduardo Castro Laborda y al Contador-Economista Juan Guillermo Young Casaravilla.
En el Consejo Directivo Central de la Administración Nacional de Educación Pública, a los señores Doctor Luis Yarzábal, Profesor José Pedro Barrán, Maestro Alberto Florit y Profesora Lilián D’ Elía, solicitando además, para los señores Yarzábal y Barrán la venia para designarlos, respectivamente, Director y Subdirector Nacional de Educación Pública.
En el Directorio de la Administración Nacional de Correos, en calidad de Presidente, a la Licenciada María Cristina González Rego y en calidad de Vicepresidente al señor Julio César Vieytes Flous.
En el Directorio de Primeras Líneas Uruguayas de Navegación Aérea, en calidad de Presidente, al señor Carlos Alfredo Bouzas Marchese, y en calidad de Vicepresidente, al Arquitecto Carlos Enrique Galcerán.
En el Directorio de la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas, en calidad de Presidente, al Ingeniero Industrial Beno Ruchansky Goldstein, en calidad de Vicepresidente al Ingeniero Industrial Pedro de Aurrecoechea y en calidad de miembro integrante de dicho Directorio al señor Gerardo Rey Gallarreta.
En el Directorio de la Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y Portland, en calidad de Presidente, al Ingeniero Industrial Daniel Carlos Martínez Villaamil y en calidad de miembros integrantes de dicho Directorio al Licenciado Raúl Fernando Sendic Rodríguez y al Sociólogo Germán Jorge Riet Bustamante.
En el Directorio de la Administración de las Obras Sanitarias del Estado, en calidad de Presidente, al Ingeniero Carlos Colacce y en calidad de Vicepresidente al señor Fernando Nopitsch.
En el Directorio de la Administración de Ferrocarriles del Estado, en calidad de Presidente, al Arquitecto Antonio Gallicchio Queirolo y en calidad de Vicepresidente al Ingeniero Industrial Luis Eduardo Pérez Melón.
En el Directorio de la Administración Nacional de Telecomunicaciones, en calidad de Presidente, a la Ingeniera María M. Simon, y en calidad de Vicepresidente, al Doctor Edgardo Carvalho Silveira.
- POR DISPOSICION REGLAMENTARIA SE HA EFECTUADO SU REPARTO. PASE A LA COMISION DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS.
Y solicita, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 12 del artículo 168 de la Constitución de la República, el acuerdo a efectos de designar en calidad de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República Oriental del Uruguay ante el Gobierno de la República Federativa del Brasil, al señor Pedro Humberto Vaz Ramela.
- A LA COMISION DE ASUNTOS INTERNACIONALES.
La Cámara de Representantes remite aprobado un proyecto de ley por el que se prorroga el plazo dispuesto por la Ley Nº 17.359, de 22 de junio de 2001, con relación a ocupantes de predios cedidos en usufructo por el Estado en el departamento de Artigas.
- A LA COMISION DE VIVIENDA Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL."
SEÑOR COURIEL.- Pido la palabra.
SEÑOR PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor Senador.
SEÑOR COURIEL.- Simplemente, es para solicitar que se reparta este proyecto que ha venido de la Cámara de Representantes, vinculado a los asentamientos del departamento de Artigas.
SEÑOR PRESIDENTE.- Así se procederá.
Continúe dándose cuenta de los asuntos entrados.
(Se da de los siguientes:)
"La Comisión de Constitución y Legislación eleva informado el proyecto de ley referente a la creación del Ministerio de Desarrollo Social.
- SE HA EFECTUADO SU REPARTO."
SEÑOR PRESIDENTE.- Dese cuenta de un proyecto de ley presentado.
(Se da del siguiente:)
"Las señoras Senadoras Mónica Xavier, Susana Dalmás, Margarita Percovich y Lucía Topolansky, el Presidente de la Cámara de Senadores Rodolfo Nin Novoa y los señores Senadores Jorge Saravia, Enrique Pintado, Alberto Couriel, Alberto Cid, Leonardo Nicolini, Alberto Breccia, Eduardo Ríos, Víctor Vaillant, Eduardo Lorier, José Korzeniak, Enrique Rubio y Rafael Michelini presentan con exposición de motivos un proyecto de ley por el que se encomienda al Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente el relevamiento de varios padrones que están situados en el departamento de Artigas, correspondientes a campos dados en usufructo por el Estado de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 7.913, de 23 de octubre de 1925."
- A LA COMISION DE VIVIENDA Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL.
(Texto del proyecto de ley presentado:)
"EXPOSICION DE MOTIVOS
La Ley Nº 7.913, de 23 de octubre de 1925 busca la reglamentación de la cesión en usufructo de los campos que el Estado posee en la zona del departamento de Artigas, conocida como Paraje Guayuvira.
Dicha norma procuró regularizar una situación de hecho, cuestión que no se discute y se comparte, pero el propio Estado ha sido omiso en la implementación de la ley. Desde entonces la ocupación en forma pública, tranquila y pacífica, fue el denominador común que determinó el uso de los mencionados padrones.
No se pretende mediante este proyecto de ley, decidir quién tiene mejor derecho sobre las tierras en cuestión. Consideramos que este es un tema que, en caso de presentarse controversias al respecto, deberá ser dilucidado por el Poder Judicial. Pero tampoco podemos desconocer que a vecinos del departamento de Artigas les fueron cedidas tierras comprendidas en dicha norma por quienes en su momento detentaban la representación del Estado, año 1975.
Por la situación de lógica preocupación que existe -dado el extenso tiempo transcurrido- resulta por lo tanto imperioso, que no se produzcan acciones de carácter judicial, hasta tanto dicho relevamiento sea concretado.
Montevideo, 13 de marzo de 2005.
Mónica Xavier, Susana Dalmás, Margarita Percovich, Lucía Topolansky, Rodolfo Nin Novoa, Jorge Saravia, Enrique Pintado, Alberto Couriel, Alberto Cid, Leonardo Nicolini, Alberto Breccia, Eduardo Ríos, Víctor Vaillant, Eduardo Lorier, José Korzeniak, Enrique Rubio, Rafael Michelini, Senadores.
PROYECTO DE LEY
Artículo 1º.- Encomiéndase al Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, el relevamiento de los padrones comprendidos dentro del ámbito de aplicación de la Ley Nº 7.913, de 23 de octubre de 1925, para darle cumplimiento de acuerdo a los recursos presupuestales de dicho Ministerio.
Artículo 2º.- Se suspenden todos los lanzamientos contra los actuales ocupantes de dichos padrones hasta tanto no se realice el expresado relevamiento.
Montevideo, 13 de marzo de 2005.
Mónica Xavier, Susana Dalmás, Margarita Percovich, Lucía Topolansky, Rodolfo Nin Novoa, Jorge Saravia, Enrique Pintado, Alberto Couriel, Alberto Cid, Leonardo Nicolini, Alberto Breccia, Eduardo Ríos, Víctor Vaillant, Eduardo Lorier, José Korzeniak, Enrique Rubio, Rafael Michelini, Senadores."
SEÑOR PRESIDENTE.- Dese cuenta de otro proyecto de ley presentado.
(Se da del siguiente:)
"La señora Senadora Mónica Xavier presenta con exposición de motivos un proyecto de ley referido a la prevención de enfermedades del tubo neural."
- A LA COMISION DE SALUD PUBLICA.
(Texto del proyecto de ley presentado:)
"PROYECTO DE LEY
PREVENCION DE MALFORMACIONES DEL TUBO NEURAL
PREVENCION DE ENFERMEDADES-ESPINA
BIFIDA-ANENCEFALIA-PRODUCTOS ALIMENTICIOS
Artículo 1º.- La presente ley tiene como objeto la prevención de las malformaciones del tubo neural, tales como la anencefalia y la espina bífida.
Artículo 2º.- El Ministerio de Salud Pública, ejercerá la inspección, fiscalización y control de cumplimiento de la presente ley, a cuyos efectos podrá disponer la incautación de los artículos en infracción, la aplicación de multas hasta un monto de 500 Unidades Reajustables, la suspensión parcial o total de actividades, la que no podrá exceder de seis meses y la clausura definitiva de locales. Dichas sanciones serán graduadas de acuerdo a la gravedad y reiteración de la infracción.
Artículo 3º.- Toda la harina de trigo destinada al consumo humano que se comercializa en el mercado nacional, será fortificada con ácido fólico, en las proporciones y condiciones que determine el Poder Ejecutivo a través del Ministerio de Salud Pública.
Artículo 4º.- En la rotulación de la harina de trigo se consignará "harina fortificada con ácido fólico". Los alimentos elaborados, que contengan harina de trigo, deberán consignar en su rotulación: "elaborado con harina fortificada con ácido fólico".
Artículo 5º.- Para la aplicación de la presente ley, el Ministerio de Salud Pública ejercerá sus funciones por sí o en colaboración con otros organismos nacionales y municipales, organizaciones no gubernamentales e internacionales.
Artículo 6º.- El Ministerio de Salud Pública, difundirá entre la población y en particular entre los trabajadores de la salud, información sobre los alcances de la presente ley. Así mismo, dispondrá la realización de evaluaciones de proceso y de resultados de esta medida.
Artículo 7º.- El Poder Ejecutivo adoptará las medidas conducentes a determinar los precios y a mantener el abastecimiento y la distribución normales de la harina fortificada con ácido fólico.
Mónica Xavier, Senadora.
Montevideo, 16 de marzo de 2005.
PREVENCION DE MALFORMACIONES DEL TUBO NEURAL
EXPOSICION DE MOTIVOS
Los defectos de tubo neural incluyen una gama de malformaciones congénitas que se producen cuando el tubo neural abierto, propio de las etapas incipientes del desarrollo del embrión humano, no se cierra. El cierre del tubo neural ocurre alrededor del 28º día del desarrollo. Estos defectos pueden abarcar desde una abertura pequeña en el conducto vertebral posterior, que no presenta ninguna complicación, hasta la falta de cierre de todo el tubo neural, que constituye la craneorraquisquisis, el tipo más grave de trastorno. Aproximadamente el 50% de los defectos del tubo neural corresponden a anencefalia, es decir, la ausencia o desarrollo deficiente de una parte importante de la bóveda craneal. Los recién nacidos que la padecen nacen muertos o viven muy poco. La otra mitad de los casos de defectos del tubo neural corresponde a aquellos que se producen en la parte superior del mismo, donde se desarrollan los huesos craneales, dando lugar a defectos como el encefalocele, hasta el conducto raquídeo, determinando la espina bífida, que puede tener formas leves (que afectan una vértebra) hasta formas extremadamente graves con todos o casi todos los arcos vertebrales abiertos. La espina bífida es el defecto congénito causante de discapacidad severa más frecuente pero también relativamente más fácil de prevenir.
Los defectos del tubo neural tienen una de las tasas de incidencia más elevadas entre todas las malformaciones congénitas. La información sobre los defectos del tubo neural en América Latina es escasa. En el Estudio Colaborativo Latinoamericano de Malformaciones Congénitas (ECLAMC) que comenzó en 1967 y abarca hospitales distribuidos por todos los países sudamericanos -cubriendo 215.000 nacimientos por año- mostró las siguientes tasas de incidencia para estos trastornos.
Tasas de Defectos del Tubo Neural por 10.000 Nacidos Vivos (ECLAMC, 1997)
Tasa 1974-79 1980-84 1985-89 1990-94 1995
Anencefalia 3.47 6.73 6.29 7.18 7.63
Espina bífida 5.82 6.54 6.99 7.62 9.39
Encefalocele 1.26 2.28 1.53 2.16 1.55
Los defectos del tubo neural causan en nuestro país muertes en los niños menores de un año y a edades mayores. El total de muertes por defectos del tubo neural en el año 2001, ascendió a 23 casos, cuyas edades oscilaron de 0 a 29 años. Esta patología implica el nacimiento de cincuenta nuevos casos por año de niños afectados.
Además de hidrocefalia, los niños pueden presentar dificultades a nivel intestinal y de vejiga, así como serias dificultades para desplazarse. La mayoría de los niños tienen índices de inteligencia normales, pero muchos tienen grados leves de problemas de aprendizaje.
La causa específica de la espina bífida es desconocida. Aparentemente, este problema es el resultado de una combinación de factores genéticos y ambientales.
Aunque muchos factores se relacionaron con el desarrollo de espina bífida, diferentes vías de investigación han encontrado que el ácido fólico puede ayudar a reducir el riesgo de padecer la enfermedad. En los últimos años, se han desarrollado numerosos estudios que pusieron de manifiesto el efecto protector que tiene este nutriente frente a la aparición de defectos del tubo neural.
En este sentido, las mujeres que están en período de fecundidad deben tomar 400 microgramos de ácido fólico diariamente sin importar si planean o no tener hijos en el futuro inmediato. Se ha calculado, a partir de investigaciones en población, que si todas las mujeres en condiciones de quedar embarazadas consumieran diariamente 400 µg (microgramos) de ácido fólico, se podría prevenir entre el 50 y 70% del total de casos de espina bífida y anencefalia.
La administración del ácido fólico debe empezar al menos un mes antes de la gestación y continuar durante los tres meses siguientes en un embarazo planificado. El proporcionar ácido fólico en fechas posteriores ya no tiene este efecto protector, aunque sí posiblemente otros efectos beneficiosos. Durante el embarazo y la lactancia puede actuar como antianémico ante una mayor demanda nutricional del feto y del niño respectivamente.
Se han encontrado igualmente algunos factores de riesgo adicionales:
* En relación a la edad materna, la espina bífida se ve más frecuentemente en madres adolescentes.
* El orden del nacimiento (los primogénitos tienen un riesgo más alto).
* El estado socieconómico (los niños nacidos en familias de nivel socioeconómico más bajo tienen mayor riesgo de desarrollar espina bífida). Se piensa que una dieta pobre, con carencia de las vitaminas esenciales y de minerales, puede ser un factor influyente.
* El folato es una vitamina del complejo B, soluble en agua, que se encuentra en los alimentos. Estas formas naturales comprenden varias sustancias en forma de mono y poliglutamatos. El ácido fólico, es una forma sintética de monoglutamato, que resulta más biodisponible (mejor utilizable) por el organismo humano. Los folatos tienen dos efectos fisiológicos principales: son cofactores de las enzimas que sintetizan ADN y ARN y se requieren para la conversión de la homocisteina en metionina. Durante las primeras etapas del desarrollo embrionario, las síntesis de ácidos nucleicos y proteínas es muy alta y por consiguiente las necesidades de folatos son más elevadas en la embarazada. Cuando el folato resulta insuficiente, la producción de ácidos nucleicos se inhibe y las células no logran fabricar suficiente ADN para su multiplicación. Además la inhibición del ciclo de metilación se traduce en incapacidad para metilar proteínas, lípidos y mielina. Las fuentes alimentarias más importantes de folato son: hígado, hojas color verde oscuro, leguminosas y maní. Los folatos son destruidos fácilmente por el calor, la oxidación y la luz ultravioleta. Por ello el 50 a 75% del contenido de folatos en los alimentos puede perderse durante el almacenamiento, procesamiento y cocción de los alimentos. El ácido fólico sintético, en cambio es estable por meses y aún años y su biodisponibilidad es del 100%.
Con la detección oportuna, el cuidado médico adecuado, el tratamiento efectivo y la colaboración de la sociedad, el futuro es de lo más alentador.
La atención médica inmediata y el tratamiento continuo, son importantes para que la mayoría de los niños con espina bífida y/o hidrocefalia puedan llegar a tener una vida normal y la oportunidad de convertirse en miembros productivos de la sociedad. A los sufrimientos antes descriptos para el niño y su familia, se suman los costos socio-sanitarios que podríamos invertir de mejor forma orientados a la prevención.
El presente proyecto tiene como finalidad fomentar la prevención de esta patología. El enriquecimiento o fortificación de alimentos con ácido fólico constituye una estrategia fundamental para aumentar los niveles de folato en la mujer, cuya ventaja radica en que permite alcanzar un amplio espectro de la población sin requerir un cambio en el comportamiento alimentario de la misma. Se entiende por "enriquecimiento o fortificación de alimentos" la incorporación a un alimento de uno o varios nutrientes esenciales, tanto si están como si no están contenidos normalmente en el alimento, con el fin de prevenir o corregir la deficiencia demostrada de los mismos en la población o en grupos específicos de dicha población" (Artículo 29.1.3 del Reglamento Bromatológico Nacional - Decreto 315/994). Así mismo este Reglamento señala que la fortificación o enriquecimiento se regulará por leyes y reglamentos específicos (Artículo 29.2.19).
Esta estrategia tiene dos elementos a fijar: elección del alimento a fortificar que deberá ser un alimento de consumo universal y uniforme por la población objetivo y selección de la sustancia o producto de fortificación con la fijación de las características del producto resultante (Artículo 29.2.19 del Decreto Nº 315/994).
Muchos países de la región de las Américas han establecido la fortificación de alimentos con ácido fólico como su estrategia fundamental para combatir los defectos del tubo neural, como por ejemplo Estados Unidos, Canadá, Costa Rica, Brasil y Chile. En general estos países fortifican un solo alimento, siendo la harina de trigo el alimento elegido. Los niveles de fortificación están entre 200 y 240 µg de ácido fólico por 100 g de harina.
Recordemos que la fortificación de alimentos se ha efectuado en el país para la prevención del Bocio Endémico, determinado por la deficiencia de yodo, otro nutriente esencial, en nuestros suelos y como consecuencia en nuestros alimentos. Con este proyecto estaríamos evitando la muerte de muchos niños que padecen esta enfermedad y logrando un efecto protector sobre los que nacen.
Mónica Xavier, Senadora.
Montevideo, 16 de marzo de 2005."
SEÑOR PRESIDENTE.- Dese cuenta de las inasistencias de la sesión anterior.
SEÑOR SECRETARIO (Arq. Hugo Rodríguez Fillippini).- En la sesión ordinaria del 15 de marzo pasado no se registraron inasistencias.
SEÑOR PRESIDENTE.- El Senado ingresa a la hora previa.
Tiene la palabra la señora Senadora Percovich.
SEÑORA PERCOVICH.- Señor Presidente: en el día de ayer, 15 de marzo, se conmemoró el Día Mundial de los Derechos del Consumidor. Aprovecho para marcar algunos de los temas que creemos deben ser impulsados en esta nueva Administración de Gobierno y Período legislativo en el marco de lo establecido por la Ley Nº 17.250 de relaciones de consumo: el derecho del consumidor a la seguridad, a ser informado, a elegir y a acceder a la Justicia.
El primer objetivo a buscar es la necesidad de rotular los alimentos con el etiquetado nutricional de los elementos envasados, para dar cumplimiento a la Resolución Nº 44/03 del Grupo Mercado Común del MERCOSUR. Debería aprovecharse la oportunidad para identificarse aquellos alimentos que contengan genes transgénicos y que sean las personas quienes decidan si los consumen o no, con la información necesaria.
Asimismo, sería oportuno que el Banco Central del Uruguay aplicara los cometidos que le encomendara la Comunicación 2000/97 a, relativos a la claridad con que las empresas emisoras de tarjetas de crédito y demás administradoras deben establecer la Tasa Efectiva Anual que se cobra por el financiamiento; que dicha Tasa debe ser calculada sobre el saldo impago del crédito y que la Superintendencia de Instituciones de Intermediación Financiera realice inspecciones para verificar las tasas de interés que se apliquen. El Banco Central del Uruguay debería aplicar los procedimientos establecidos por la ley citada -la Ley Nº 17.250- para aquellos contratos bancarios que no eliminen las cláusulas abusivas. Estos procedimientos son apercibimiento, multa y cierre.
En el Poder Legislativo tenemos la deuda de la tipificación de los delitos ambientales que, más allá de nuestra resistencia a la inflación penal, sin embargo son un marco imprescindible para evitar el abuso, tanto sobre la salud de muchos trabajadores como sobre las condiciones de vida de localidades enteras en nuestro país.
También sería oportuno retomar la sugerencia que nos llegara en distintas oportunidades de integrantes de la Suprema Corte de Justicia en cuanto a la posibilidad de creación de los Juzgados de pequeñas causas que permitieran el descongestionamiento de los Juzgados de Paz, y que acercaran a la Justicia las demandas inmediatas de temas menores, la mayoría de ellos relacionados con los asuntos que hacen a los derechos de los consumidores.
Estas sugerencias implican mayoritariamente la voluntad de encaminarlas y darían respuesta a muchas de las demandas de los uruguayos, que no son consumidores demasiado exigentes pero que van adquiriendo la conciencia de sus derechos. Esto favorece la calidad de los productos que se elaboran en el país y de los servicios que se brindan.
Señor Presidente: solicito que la versión taquigráfica de mis palabras se envíe a la Presidencia del Banco Central del Uruguay, al Ministerio de Economía y Finanzas, a la Dirección Nacional de Medio Ambiente del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente y a la Suprema Corte de Justicia.
SEÑOR PRESIDENTE.- Se va a votar la solicitud planteada por la señora Senadora Percovich.
(Se vota:)
- 22 en 22. Afirmativa. UNANIMIDAD.
7) NUEVO ANIVERSARIO DEL FALLECIMIENTO DE CARLOS MARX
SEÑOR PRESIDENTE.- Continuando con la hora previa, tiene la palabra el señor Senador Lorier.
SEÑOR LORIER.- Señor Presidente: "El 14 de marzo de 1883, a las tres menos cuarto de la tarde, dejó de pensar el más grande pensador viviente. Apenas le habíamos dejado solo dos minutos, cuando al volver le encontramos serenamente dormido en su sillón, esta vez para siempre"… Así comenzaba Engels, en el cementerio de Londres, el último saludo a su gran compañero de todas las horas, Carlos Marx: sin mayor ceremonial, con sencillez, rodeado Marx de un puñado de leales revolucionarios. Continuó diciendo Engels: "Tal vez el arte de los médicos hubiera podido asegurarle durante unos cuantos años más una vida vegetativa, la vida de un ser inerme que en vez de morir de una vez va muriendo a pedazos y que no representa un triunfo más que para los médicos que la sostienen. Pero nuestro Marx no hubiera podido resistir jamás esta vida. Vivir teniendo delante tantos trabajos inacabados, con el suplicio tantálico de querer terminarlos y la imposibilidad de hacerlo, hubiera sido para él mil veces más duro que esta muerte dulce que acaba de arrebatárnoslo. La muerte, solía decir él, no es infortunio para quien muere, sino para quien sobrevive; antes de ver vegetar tristemente como una ruina a este hombre maravilloso y genial, preferimos mil veces verlo muerto"…
Marx fue casi toda su vida un pobre científico crítico que pasó la mayor parte de su existencia exiliado en Londres. Sí, fue un ejemplar y atormentado investigador que siempre intentó -y lo logró- no encerrarse en una torre de marfil académica. Así, se comprometió, en la medida de sus posibilidades, con los movimientos sociales que surgían como sujetos socio - históricos: los partidos políticos proletarios.
"Todo el tiempo que podía consagrar al trabajo" -dice Marx en una carta- "debí reservarlo a mi obra, por la cual he sacrificado mi salud, mi alegría de vivir y mi familia"... "Si fuéramos animales, podríamos naturalmente dar la espalda a los sufrimientos de la humanidad para ocuparnos de nuestro propio pellejo. Pero me hubiera considerado poco práctico de haber muerto sin al menos haber terminado el manuscrito de mi libro."
"Durante mi enfermedad" -expresa en otra carta- "no pude escribir. Mi situación es muy atormentadora, ya que no he podido hacer ningún trabajo adicional que me aportara dinero y, sin embargo, es preciso conservar las apariencias por los chicos."
Este hombre siempre había trabajado rodeado de innumerables dificultades materiales, y si no hubiera sido por el apoyo de su mujer, Jenny, de sus hijas y de su gran amigo Engels, no habría podido dejarnos gran parte de su producción intelectual.
Jenny comentaba en una carta a una amiga que lo que sostenía a Marx en medio de todos sus sufrimientos y miserias, "el punto brillante de mi existencia, el lado luminoso de nuestra vida", era la alegría que le daban sus hijas: Jenny, que en 1861 tenía 17 años, parecíase más al padre, "con su pelo negro, lustroso y abundante, y sus ojos negros también, brillantes y dulces, y aquella tez oscura de criolla, que poco a poco iba tomando un tinte sonrosado"; y Laura, que tenía 15 años, había salido a su madre, "con el pelo castaño, ondulado y rizoso. Son dos muchachas lozanas y muy bonitas, y tan modestas las pobres, que muchas veces me quedo para mí, admirada de ellas."
En medio de una lucha sin cuartel para penetrar teóricamente en lo más profundo de la sociedad de su tiempo y por organizar prácticamente a la clase obrera, Marx y su familia debían enfrentar dificultades innumerables. En 1872 escribía a Engels: "Me es indiferente que no me publiquen los mejores artículos, a pesar de que me esfuerzo en escribirlos de modo que puedan publicarlos. Lo que no puedo consentir, pecuniariamente, es que no me publiquen ni me paguen más que un artículo de cada cuatro o cinco. Esto me coloca muy por debajo de los cajistas."
En fin, podríamos seguir relatando historias de este hombre que, de alguna manera, supo transitar por la vida dignamente.
Nada más.
8) INAUGURACION DE LA CASA DEL PRODUCTOR DE LECHE DE FLORIDA
SEÑOR PRESIDENTE.- En la hora previa, puede continuar en el uso de la palabra el señor Senador Lorier.
SEÑOR LORIER.- También quiero referirme a una situación que se vivió en el día de ayer. Se trata de la inauguración, por parte de la Sociedad de Productores de Leche de Florida, de su Casa acá en Montevideo. Pienso que es un avance muy importante, un gran logro que han tenido en cuanto a combatir la centralización montevideana e intentar que los servicios que ellos brindan a los productores puedan también establecerse en Montevideo. Esta Casa, además, ofrecerá la posibilidad de que estudiantes floridenses puedan atenderla y, al mismo tiempo, vivir y desarrollar sus estudios en la capital.
Solicito que la versión taquigráfica de estas palabras pase a los Directivos de la Sociedad de Productores de Leche de Florida, y vayan mis felicitaciones por este logro que han tenido.
SEÑOR PRESIDENTE.- Se va a votar el trámite solicitado.
(Se vota:)
- 24 en 24. Afirmativa. UNANIMIDAD.
SEÑOR ABDALA.- Pido la palabra para una aclaración.
SEÑOR PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor Senador.
SEÑOR ABDALA.- Con buena disposición anímica, quisiera consultar si lo que estamos enviando a la Sociedad de Productores de Leche de Florida es sólo la segunda parte de la exposición del señor Senador Lorier.
SEÑOR PRESIDENTE.- Efectivamente, señor Senador.
9) WILSON FERREIRA ALDUNATE. HOMENAJE A SU MEMORIA
SEÑOR PRESIDENTE.- Prosiguiendo con la hora previa, tiene la palabra el señor Senador Da Rosa.
SEÑOR DA ROSA.- Señor Presidente: ayer, 15 de marzo, se cumplió el 17º aniversario de la muerte de Wilson Ferreira Aldunate, sin duda, uno de los más grandes estadistas que ha tenido el Uruguay y, dentro de lo que es la historia de nuestro Partido, sin duda alguna, una de sus máximas figuras, uno de sus máximos exponentes a lo largo de la historia.
La generación que yo integro conoció físicamente poco a Wilson Ferreira; más bien nos formamos en los tiempos duros de la dictadura en los que fuimos conociendo su pensamiento, su ideario, y nos fuimos identificando con esa visión, con esa concepción que él expresaba, en una actitud muy firme frente al régimen imperante en ese momento pero, además, trasmitiendo una serie de conceptos que siguió desarrollando cuando retornó al país y se integró al protagonismo político activo, luego de la restauración democrática, en 1985.
Para nosotros, precisamente, es muy importante poder rescatar de la vida de un hombre lo que son sus ideas y sus conceptos, además de lo que significa el carisma, el entusiasmo y la fogosidad, que es todo lo extraordinario que rodeaba la personalidad física de Wilson Ferreira Aldunate.
Sin duda, creo que el mejor homenaje que podemos hacer, sobre todo quienes pertenecemos a una generación nueva dentro del Partido Nacional, es recordar su ideario, su visión de país, de Partido, de la región y de la forma en que debíamos seguir una estrategia o una acción en el pensamiento político, social y económico en la vida del Uruguay.
Es así, entonces, que en muy pocas pinceladas queremos recordar ese pensamiento. En la política, destacamos su visión liberal firmemente identificada y enamorada del concepto de la libertad, en donde en más de una oportunidad proclamó, con orgullo, la tradición de su partido en la defensa de las libertades, de derechos y de garantías fundamentales que, en buena medida, fueron obtenidos a través de la lucha de hombres de su Partido Nacional a lo largo de la historia.
En ejercicio de la Presidencia del Directorio del Partido Nacional, en la conmemoración de los 150 años de la colectividad política el 15 de agosto de 1986, Wilson decía: "El 10 de agosto de 1836, hace siglo y medio, nació con su divisa el Partido Nacional. El país todo lo celebró con júbilo y orgullo, comprendiendo que esos 150 años eran, y mejor será decir son, la historia entera del Uruguay. No se trata de abstracciones o entelequias, o textos que los blancos hayan leído o escrito. Es la historia que hicieron viviendo y muriendo para transformarla, como dice Croce, en hazaña de la libertad. Por eso sentimos que ese pasado está hoy más vivo que nunca en el presente, nos explica, nos impulsa y nos enseña el porvenir.
Los blancos nos forjaron su vocación de libertad en el análisis de los enciclopedistas o los textos europeos de Derecho Natural; se trataba, simplemente, de afirmar y defender la dignidad de la gente, de toda la gente, que es el único modo de asegurar la paz. Por eso hicieron la guerra. La libertad individual, los derechos políticos, el respeto por la voluntad ciudadana se conquistaron en 1897, 1904, 1910. Y fueron miles, muchos miles, los que murieron para imponer el sufragio libre y el acatamiento a la voluntad ciudadana, es decir, la libertad. Esto es lo que evocamos con unción cuando decimos, cada día con más orgullo: ¡Viva Saravia!".
Así también rescatamos de ese pensamiento y de esa concepción, su apego al concepto de la ley, a la defensa de la legalidad como instrumento fundamental de convivencia dentro de la sociedad que, además, entronca con la más pura y cara tradición partidaria en aquel concepto definido por Oribe cuando proclamó la consigna de defensores de las leyes.
Wilson era profundamente nacionalista y tenía una concepción -que en los últimos años del régimen militar lo llevó a acuñar una expresión- que el país entero conoció, cuando hablaba del Uruguay y decía "el paisito". Esta era una expresión de cariño, de apego, de profundo orgullo pero, además, de entrañable cariño por la tierra, por la gente, por las cosas nuestras y por todo lo que hace a la esencia de la vida nacional. Asimismo, él decía que el Uruguay no era un país que pudiera definirse como una potencia económica ni militar, sino que era esencialmente una comunidad espiritual. Y esa comunidad espiritual es lo que le da al Uruguay la fuerza, la esencia y el orgullo nacional. Él planteó también, en forma insistente, luego de restaurada la democracia -y esta es, quizás, una de las herencias que desde el punto de vista político queda de su pensamiento en los últimos años de su vida-, la necesidad de la jerarquización de los gobiernos locales, la importancia de la descentralización, entendida no solamente como una cuestión de transferencia de recursos, sino como capacidad de decisión, es decir, de transferencia de poderes para tomar las decisiones de mejor manera.
Recordamos cuando en el edificio de la Asamblea Estadual del Estado de Río Grande, Porto Alegre, pocos años antes de volver al país, decía con una extraordinaria visión que cada vez más los ciudadanos tienden a jerarquizar y a ver con mayor importancia y trascendencia el tema de los gobiernos locales, porque de alguna forma sienten que su suerte y su destino están íntimamente ligados, o mucho más intensamente ligados, a la acción de los gobiernos locales que a la de los gobiernos estaduales o nacionales.
Fue Ministro de Estado en un Partido al que históricamente le tocó ser oposición en gran parte del Siglo XX, por lo que durante esos años debió ejercer funciones en el Poder Ejecutivo. Creo que esto es muy importante porque tiene el extraordinario protagonismo que exhibió a través de su participación en la CIDE, que era la Comisión de Inversiones para el Desarrollo Económico.
También debemos destacar sus concepciones estructuralistas, que en esa época, a través de la CEPAL, tenían su principal exponente para América Latina, cuando decía que el país necesitaba remover estructuras esenciales en su sistema productivo si quería superar las dificultades económicas.
Cuando ya en los últimos años de su vida se refiere al tema de la deuda externa, dice que los países deben encontrar consensos o acuerdos para establecer condiciones en el pago del cumplimiento de los intereses de la deuda según las posibilidades de exportación y tratando de que los mismos países que son acreedores de los nuestros, abran sus puertas para que nuestros productos puedan ingresar y así obtener las ganancias y los necesarios ingresos que nos permitan cumplir.
Queda por hablar de todo su pensamiento en materia social y de lo que él consideraba fundamental, como recomponer un tejido social en el Uruguay que se fue debilitando a partir de la crisis profunda que empieza a golpear al país y a la región desde mediados de la década de 1950. También queda por decir lo que fue su acción en el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, impulsando leyes que hasta hoy tienen una enorme vigencia y trascendencia.
Por último, diría que tal vez lo más importante es darnos cuenta de que en la historia del pensamiento político del Uruguay dejó una visión integral de país, en el sentido de que necesita el desarrollo de su interior, el desarrollo agropecuario, potenciando no sólo su capacidad de producción sino, además, las condiciones sociales y de vida de la gente que habita efectivamente el medio rural.
Todos estos son aportes que quedan y que en estos tiempos en que tenemos que pensar el camino que el país debe seguir, sin duda constituyen un elemento fundamental para resaltar.
Solicito que la versión taquigráfica de mis palabras sea enviada al Directorio del Partido Nacional y a la familia de Wilson Ferreira Aldunate.
SEÑOR PRESIDENTE.- Se va a votar el trámite solicitado.
(Se vota:)
- 23 en 24. Afirmativa.
10) ERRADICACION DE ASENTAMIENTOS
SEÑOR PRESIDENTE.- Continuando con la hora previa, tiene la palabra el señor Senador Saravia.
SEÑOR SARAVIA.- Quiero plantear una preocupación que nos invade como progresistas -en este Gobierno que comenzamos- participando del Parlamento.
Con respecto a la posibilidad de la utilización de espacios arquitectónicos industriales -ociosos al presente- con destino al reciclaje para vivienda, se han planteado una serie de reflexiones. Cuando se necesitan espacios arquitectónicos con destino a industria, ¿reduciremos el universo disponible hoy ocioso, con la simpleza de construir vivienda en ellos? Cabe preguntarse: ¿seguiremos importando generalizadamente todo tipo de bienes, cuando las viviendas ociosas del Banco Hipotecario llegan aproximadamente a 5.500 unidades, cuando también existen ociosamente en el Banco de Seguros del Estado otras cuya cantidad y calidad se ignora, cuando en todo el país hay cerca de 50.000 viviendas vacías por diferentes motivos? Oportunamente se planteó transformar espacios industriales en unas 20.000 viviendas a través de la herramienta del reciclaje. Preguntamos objetivamente, señor Presidente: ¿se necesita tal cantidad de viviendas? ¿Conocemos realmente el déficit habitacional y la cantidad de viviendas vacías disponibles? Entre las unidades vacías disponibles, ¿cuántas están en condiciones de ser habitadas?
En segundo término, también se planteó oportunamente que en los próximos años no aumentaría la producción manufacturera nacional. Sin embargo, por otro lado comprobamos que ya existen indicios de resurgimiento de pequeñas industrias dormidas, a pesar de la masiva indiscriminación de importaciones practicadas. Y si la importación de bienes se minimiza a lo estrictamente imprescindible, ¿no aumentará la producción nacional por razones elementales de necesidad mínima de consumo interno por reproducción de la importación? No estamos hablando de bienes primarios, sino de bienes elaborados. ¿No se implantará por parte de estas nuevas administraciones, en forma pausada y progresiva, herramientas de incentivo a la producción nacional? Y si se llegan a otorgar selectivamente reintegros para incentivar las exportaciones y la producción nacional con mano de obra integrada y hasta con ciertos niveles de tecnología nacional, ¿no crecerá la producción industrial en nuestro país?
En tercer lugar, si se vuelven a necesitar los espacios arquitectónicos industriales hoy ociosos, ¿no tendremos que disponer de ellos oportunamente, más aún con las posibilidades de cambio de administración del país y, consecuentemente, de los criterios de producción? Entonces, si lo industrial pasa a tener destino habitacional, ¿no estaremos atentando contra una reconversión industrial menos onerosa?
En cuarto término, ¿no violaremos la ley de la semilla al transformar el metro cuadrado de locales industriales en áreas de habitación? Reflexionemos generalidades. Los locales industriales son, entre otras, la base física de la creación del trabajo, pero además -como es obvio- la vivienda sin trabajo es utopía. Además no se sabe cuál es el déficit habitacional. Tampoco se conoce el estado de conservación de las viviendas ociosas y, concomitantemente, ignoramos cuál es la tasa concreta de obsolescencia de dicho "stock".
Quiero destacar la existencia de una dicotomía. El local edilicio de la ex fábrica Alpargatas fue destinado al reciclaje de viviendas, mientras que en el Zonal 3, correspondiente al entorno adyacente, se censaron aproximadamente 2.000 viviendas vacías. En el censo de 1996 detectamos 24.565 ocupadas y 3.029 vacías, es decir, un 11%. ¿Cuál será hoy el nivel de desocupación? En el Zonal 3 constatamos 450 manzanas con 1.009 cuadras y un servicio de infraestructura urbana, entre otros, de 4.000 luminarias públicas, todas las calles pavimentadas, facultades, escuelas, UTU, tres bibliotecas públicas, 16 clubes deportivos y demás servicios.
¿A qué conclusión debemos, entonces, arribar? ¿Prima el interés privado sobre el público? Debemos proteger el patrimonio edilicio nacional y no perderlo inocentemente, ya que si lo perdemos, estaremos agraviando intelectualmente a la comunidad.
Además, el metro cuadrado reciclado se vendió a un máximo admisible, no sólo técnico sino económico, de esencialmente un 60% respecto del metro cuadrado nuevo. El edificio de Alpargatas se encuentra dentro de este rango. De lo contrario, ganan unos pocos cuando en realidad tenemos que ganar todos.
Por otro lado, tendremos que conservar, aunque deteriorado en parte, el rico patrimonio edilicio industrial, ya que es todo lo que tenemos. No se puede dejar de tomar en cuenta el elemento costo de reposición edilicio. Sin duda alguna, en el futuro inmediato vamos a reutilizar los espacios arquitectónicos de referencia. No se puede transformar la estructura preexistente industrial en habitacional, porque cuando nos desarrollemos arrancaremos nuevamente de cero, construyendo nuevas estructuras industriales. El vacío urbano como el que se da en el entorno del Zonal 3, es producto fundamental y potencialmente de la marginación urbana, ésta de la marginación económica, lo que genera, a su vez, todo el encadenamiento de la marginación social, cultural, sanitaria, etcétera. Voceros médicos explican que el estafilococo dorado es producto de la falta de higiene personal, del baño diario, del lavado de manos y de la ingestión de alimentos. Así de simple y de imposible es realizarlo en la casi totalidad de los asentamientos, centrales y periféricos, de nuestro territorio. Pero la génesis de la marginación económica es producto de la política económica, producto de la política de importación de bienes en forma abierta e indiscriminada, generando la destrucción del trabajo nacional, con propuestas de transformación industrial a habitacional, y limitando las bases físicas para su desarrollo.
Finalmente, reflexionemos, teniendo en cuenta el endeudamiento en que el país está inmerso. Todo lo que hagamos errónea o tendenciosamente en forma negativa será una carga muy pesada para las generaciones venideras, que no son ni más ni menos que nuestros hijos, nuestros nietos, y no precisamente extraterrestres. Se ha fundamentado la conveniencia de utilizar en forma indiscriminada las plantas industriales insertas en la trama urbana con destino a habitación. En contraposición a lo anunciado, observemos la realidad contestataria, ejemplo de plantas industriales en la trama urbana que hasta el presente no se han podido desarrollar por razones financieras; de hecho, hubo dinero para la plaza financiera y los bancos fundidos, pero no para generar trabajo. Está el caso de Cristalerías del Uruguay, cuya antigua maquinaria se ha automatizado y triplicó la producción. En similar situación encontramos a FUNSA, que cuenta con pedidos para la exportación de muchos miles de pares de guantes y lo que le falta es apoyo financiero. Por otro lado está la situación del Parque Tecnológico del Cerro, donde funcionan, aunque con limitaciones, empresas industriales que de alguna manera generan trabajo nacional.
Asimismo, proponemos erradicar los asentamientos con este tipo de soluciones del vacío industrial que consideramos una simpleza, cuando vemos que han venido creciendo a una tasa del 10% anual. Realmente, luego de liquidar el "stock" edilicio industrial ocioso, ¿pasaremos al comercial?
Formulo moción para que la versión taquigráfica de mis palabras sea enviada al Ministerio de Industria, Energía y Minería, a la Facultad de Arquitectura y a la Intendencia Municipal de Montevideo.
Muchas gracias.
SEÑOR PRESIDENTE.- Se va a votar la moción formulada.
(Se vota:)
- 24 en 24. Afirmativa. UNANIMIDAD.
11) DOCTOR FREDDY LOPEZ PINTOS. HOMENAJE A SU MEMORIA
SEÑOR PRESIDENTE.- En la hora previa, tiene la palabra el señor Senador Heber.
SEÑOR HEBER.- Señor Presidente: hace dos días recibimos la mala noticia de que perdíamos en el departamento de Rivera a una figura que para el "pago chico" era muy importante. Me refiero al doctor Freddy López Pintos, médico y Director del Hospital del departamento de Rivera y de la localidad de Minas de Corrales, que mientras viajaba con su familia perdió su vida en un accidente de automóvil en una carretera muy peligrosa, como saben quienes la conocen.
El doctor Freddy López Pintos es un lindo ejemplo del Uruguay profundo. Se trata de un hombre de un hogar rural muy humilde, que gracias a la fuerza espiritual de su familia y a la suya propia logró recibirse de médico. Fiel a su origen, ejerció sus primeros años de medicina en la localidad de Sarandí de Arapey, localidad del departamento de Salto que está muy al norte, contra los departamentos de Rivera y Artigas, casi en el límite con Brasil.
Había que ver -lo conocí en el año 1985- a ese médico vocacional, a ese médico de alma, atender a una población de aproximadamente 500 personas y dedicarse al ejercicio de la medicina en una localidad aislada, sin posibilidades de comunicarse ni actualizarse, porque en campaña tenía que resolver todos los problemas que llegaban.
Más adelante, pudo trasladarse con su familia a la localidad de Minas de Corrales como médico de Salud Pública, percibiendo un sueldo muy chico, y por medio de un concurso obtuvo la dirección del hospital, que en realidad más que un hospital es un centro auxiliar, pero en Rivera le llamamos así porque tiene algunas camas para la internación.
En Minas de Corrales le decían "el doctor Freddy" y era un personaje popular y muy querido por su gente. Siempre estaba dispuesto a atender y su casa era, prácticamente, la policlínica. También tuvimos la virtud de tenerlo como dirigente político en nuestros cuadros partidarios.
Realmente, nos causa mucho dolor hablar de la pérdida de este gran uruguayo, gran oriental, gran riverense, una buena persona con una hermosa familia, que entregó vocacionalmente todos sus años al servicio del pueblo y de la gente.
Como dije, lo hemos perdido en un accidente fatal, en el que, afortunadamente, no perdieron la vida sus dos hijos y su esposa. La familia de Freddy López Pintos quedó, como siempre ocurre en estos casos, muy mal parada, ya que vivían únicamente de los ingresos que él percibía del hospital que, lamentablemente, no eran importantes como para permitir un ahorro suficiente. No sé cómo se resolverá este tema; será una cruz para su mujer y sus dos hijos ya grandes, que tendrán que hacer muchos esfuerzos para resolver estos problemas. Seguramente el recuerdo de la bonhomía, del servicio y del ejemplo que el doctor López Pintos sembró en Minas de Corrales, va a ser motor que los impulsará a no bajar los brazos y a seguir adelante.
Es una gran pérdida para el departamento de Rivera, pa-ra la localidad de Minas de Corrales y para el Partido Nacional, que lo contaba dentro de sus principales dirigentes. No vamos a poder llenar ese vacío, pero su recuerdo será en mi Partido y en el departamento de Rivera un ejemplo a seguir.
El doctor Freddy brindó al pueblo una dedicación verdadera, no anunciada, no proclamada sino cierta. Fue un hombre popular, humano y dedicado a su pueblo. Su recuerdo permanecerá perenne en las sierras de Minas de Corrales, donde las quebradas y curvas de sus rutas segaron su vida. Nosotros, por nuestra parte, seguiremos recordando la dedicación de este hombre político, motivo de orgullo del Partido Nacional, que permanecerá vigente por los años de los años.
Solicito que la versión taquigráfica de mis palabras se envíe a la Junta Local de Minas de Corrales, a la Junta Departamental de Rivera y a la familia del doctor Freddy López Pintos.
Muchas gracias.
SEÑOR PRESIDENTE.- Se va a votar la solicitud formulada.
(Se vota:)
- 23 en 24. Afirmativa.
12) VENIAS PARA LA INTEGRACION DE DISTINTOS ORGANISMOS DEL ESTADO
SEÑOR RUBIO.- Pido la palabra para dejar una constancia.
SEÑOR PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor Senador.
SEÑOR RUBIO.- Señor Presidente: he solicitado la palabra para dejar una constancia o, en todo caso, para hacer una manifestación breve, no con el objeto de anticipar un debate sino de que se tenga en cuenta en los próximos días y semanas, cuando estemos considerando las venias para integrar los Entes Autónomos, los Servicios Descentralizados y los organismos de contralor.
Esta manifestación cuenta con el aval o el respaldo del Poder Ejecutivo, y quiero señalar, en sustancia, que si en el día de mañana están los votos, nos encontramos políticamente decididos a impulsar y a concretar las venias que han ingresado en el día de hoy. Sin perjuicio de ello, con relación a las situaciones restantes, es aspiración del Poder Ejecutivo propiciar y sustentar diálogos para acordar la participación de todos los partidos políticos en los Entes Autónomos y Servicios Descentralizados, así como para que se concrete la renovación de los organismos de contralor.
Ese es el espíritu reinante, y por esa razón no se han provisto todos los cargos, sino que sólo se ha enviado una parte de las venias. Con ese objetivo, el Poder Ejecutivo ha actuado con total sobriedad, sin contestar algunas expresiones muy desafortunadas. Además, quiero decir que es aspiración del Poder Ejecutivo y del Gobierno resolver esta cuestión dentro de un plazo razonable, buscando los caminos y extremando los esfuerzos para que, sobre la base del diálogo, se logren acuerdos acerca de las situaciones no provistas o sobre las que en la actualidad no hay iniciativa, porque la decisión es muy firme en cuanto a no proveer la mayor parte de estos cargos. No es deseable que por un desencuentro político tengamos que realizar la revisión, desde el punto de vista jurídico y político, de la composición de los organismos en cuanto a su número, por lo que se espera que en un plazo razonable, tanto para el país como para el Gobierno que se inicia, esta cuestión sea resuelta a satisfacción para el conjunto de los partidos políticos que integran este órgano.
Gracias, señor Presidente.
SEÑOR PRESIDENTE.- Dese cuenta de un proyecto llegado a la Mesa.
(Se da del siguiente:)
"Las señoras Senadoras Xavier, Dalmás, Topolansky y Percovich y los señores Senadores Vaillant, Cid, Lorier, Rubio, Saravia, Nicolini, Breccia, Korzeniak, Couriel, Ríos y Pintado presentan con exposición de motivos un proyecto de ley por el que se modifica el régimen de licencia de los señores Legisladores".
(Texto del proyecto de ley presentado)
"Montevideo, 14 de marzo de 2005.
REGIMEN DE LICENCIA DE LOS LEGISLADORES
Modificación del régimen
Artículo 1º.- Sustitúyese el artículo 1º de la Ley
Nº 16.465, de 14 de enero de 1994, por el siguiente:
‘ARTICULO 1º.- De conformidad con el inciso segundo del artículo 116 de la Constitución de la República, cada Cámara convocará al suplente que corresponda toda vez que autorice la ausencia del titular por licencia o impedimento temporal, basado en motivos personales.
La licencia podrá ser autorizada por alguna de las siguientes causales:
A) Enfermedad.
B) Misión Oficial.
C) Ausencia del país en virtud de obligaciones notorias, cuyo cumplimiento sea de interés público, inherentes a su investidura académica o representación política.
D) Maternidad.
Las licencias por maternidad se regirán por los pla-zos previstos en los artículos 24, 25, 26 y 27 de la Ley Nº 16.104, de 23 de enero de 1990.
Las ausencias por impedimento basadas en motivos personales deberán ser autorizadas por resolución de la Cámara respectiva y no podrán exceder los treinta días en el año.
Podrán, asimismo, ser autorizadas licencias solicitadas sin expresión de causa, en cuyo caso las mismas se otorgarán sin goce de remuneración y no excederán de treinta días en el año.
Las licencias cesan automáticamente con el reintegro del titular.
En caso de licencias que comprendan total o parcialmente el receso de la Asamblea General, sólo se convocará a los suplentes cuando cada una de las Cámaras, la Asamblea General o las Comisiones de los respectivos Cuerpos Legislativos, fueran convocadas a sesiones extraordinarias’".
Susana Dalmás, Mónica Xavier, Lucía Topolansky, Margarita Percovich, Víctor Vaillant, Eduardo Lorier, Alberto Cid, Enrique Rubio, Jorge Saravia, Leonardo Nicolini, Alberto Breccia, José Korzeniak, Alberto Couriel, Eduardo Ríos, Enrique Pintado, Rafael Michelini, Senadores.
Montevideo, 14 de marzo de 2005.
EXPOSICION DE MOTIVOS
El presente proyecto de ley tiende a subsanar una discriminación de género, a mi entender, no intencional, provocada por omisión o defecto por los Legisladores que oportunamente aprobaron la Ley Nº 16.465, de 21 de diciembre de 1993.
La mencionada ley rige las licencias de los Legisladores, y sus causales, no previendo que las Legisladoras puedan solicitar licencia por maternidad. A la fecha, una Legisladora, al término de su embarazo no puede pedir licencia por maternidad como cualquier funcionaria pública (como lo es el ser Legisladora), y como así lo prevé la Ley Nº 16.104, de 8 de enero de 1990, pues por ser Legisladora y estar atenta a lo expresado por la Ley Nº 16.465, debe solicitarla por enfermedad, razón no propia ni querible para la circunstancia.
En este sentido, es que nos proponemos incluir en el texto de la Ley Nº 16.465, el literal D), y agregar que las licencias que se soliciten a su amparo, se regirán por lo establecido por los artículos 24, 25, 26 y 27 de la mencionada ley, referida a las normas reglamentarias que regulan las licencias de los funcionarios públicos.
Susana Dalmás, Mónica Xavier, Lucía Topolansky, Margarita Percovich, Víctor Vaillant, Eduardo Lorier, Alberto Cid, Enrique Rubio, Jorge Saravia, Leonardo Nicolini, Alberto Breccia, José Korzeniak, Alberto Couriel, Eduardo Ríos, Enrique Pintado, Rafael Michelini, Senadores."
SEÑOR PRESIDENTE.- A la Comisión de Constitución y Legislación.
Dese cuenta de otro proyecto de ley presentado.
"Las señoras Senadoras Xavier, Dalmás, Topolansky y Percovich y los señores Senadores Vaillant, Cid, Lorier, Rubio, Saravia, Nicolini, Breccia, Korzeniak, Couriel, Ríos y Pintado presentan con exposición de motivos un proyecto de ley por el que se modifica el régimen que ampara las Cooperativas Artesanales integradas por mujeres radicadas en el medio rural."
(Texto del proyecto de ley presentado:)
"Montevideo, 14 de marzo de 2005.
COOPERATIVAS ARTESANALES INTEGRADAS POR MUJERES RADICADAS EN EL MEDIO RURAL
Se establece su régimen tributario
PROYECTO DE LEY
Artículo 1º.- Declárase a las cooperativas artesanales, comprendidas en la situación prevista por el artículo 69 de la Constitución de la República.
Artículo 2º.- Para estar comprendidas en lo dispuesto por el artículo 1º, las cooperativas artesanales deberán cumplir con los requisitos exigidos por la Ley Nº 13.481, de 23 de junio de 1996, y con los siguientes:
A) Sus asociados sean mujeres radicadas en el medio rural.
B) El número de trabajadores no socios no exceda a dos.
C) Sus ingresos anuales por todo concepto no superen el límite previsto en el literal E) del artículo 33 del Título 4 del Texto Ordenado 1996.
Susana Dalmás, Mónica Xavier, Lucía Topolansky, Margarita Percovich, Víctor Vaillant, Eduardo Lorier, Alberto Cid, Enrique Rubio, Jorge Saravia, Leonardo Nicolini, Alberto Breccia, José Korzeniak, Alberto Couriel, Eduardo Ríos, Enrique Pintado, Rafael Michelini, Senadores.
EXPOSICION DE MOTIVOS
El presente proyecto tiene como objetivo revertir el progresivo abandono del medio rural por parte de la población en él radicada, sustentando el esfuerzo de promoción del conjunto de mujeres que apoyan la economía de su familia en el trabajo artesanal en la elaboración de productos relativos al agro.
Cuando hablamos del medio rural uruguayo, nos referimos a zonas no urbanizadas: en general pequeños predios dedicados tanto a la explotación ganadera como a la producción que abarca a animales de corral, horticultura y fruticultura. Asimismo consideramos como zona rural a los pequeños poblados.
La preocupación expresada por los grupos familiares por el permanente alejamiento de sus integrantes de menor edad hacia los medios urbanos queda patentizada en la disminución de los índices de población rural verificada entre el Censo de 1975 y el de 1995: de un 17% a un 9%.
La realidad de la mujer rural en el Uruguay presenta elementos determinantes que favorecen la expulsión del resto de los integrantes y en especial los de sexo femenino:
- El aislamiento en que se vive.
- Las dificultades para desarrollarse íntegramente.
- La falta de acceso a los servicios de salud, de educación y de capacitación.
- La dificultad para generar una jubilación por la participación en la producción familiar.
Estos elementos han contribuido a un empobrecimiento cultural y económico progresivo ante el cual han surgido grupos organizados de mujeres que buscan fundamentalmente la promoción humana y cultural del entorno familiar y social en que viven.
Estas organizaciones han basado su trabajo de autodesarrollo con la elaboración de elementos productivos y de servicios a través de la artesanía y la cultura en el medio rural, fijándose como objetivo la capacitación como un proceso constante, potenciado esto por una permanente voluntad de superar los desniveles en la instrucción encarando la incorporación de tecnologías apropiadas en un intercambio con técnicos y programas de apoyo.
Algunos de los logros más notables de aporte comunitario y cultural han sido el haber logrado romper el círculo de la pobreza, mejorar su educación y la de sus hijos, adquirir nuevos conocimientos en cuanto a la salud y el aporte notorio al desarrollo comunal de las áreas donde viven.
La capacidad adquirida para la gestión de sus pequeños emprendimientos a nivel local o la organización para emprendimientos conjuntos de exposición y venta de sus productos encuentran una traba ante la imposibilidad de una formalización que conlleva costos imposibles de solventar dado el pequeño valor de venta de su producción.
La estructura fiscal actual del país imposibilita esta formalización de sus actividades y por lo tanto las normas propuestas en el presente proyecto están dirigidas a aquellas microempresas formadas exclusivamente por mujeres radicadas en el medio rural que puedan emplear hasta un máximo de dos empleados no socios y cuyos ingresos anuales no superen los $ 338.000.
Para ello el proyecto se guía por el régimen que se aplica a las cooperativas artesanales que integran Manos del Uruguay cuyos fines, ubicación y méritos son totalmente asimilables con esta propuesta, régimen que está encuadrado por lo dispuesto por los Decretos 303/79, de 30 de mayo de 1979 y 38/997, de 5 de febrero de 1997.
La disminución de costos que se operará con la aprobación de este proyecto de ley comprende los aportes patronales jubilatorios y de seguro de enfermedad que se vierten al Banco de Previsión Social y los impuestos nacionales.
Dado el objetivo primordial de afincamiento y desarrollo de la mujer en el medio rural, afincamiento concretado en forma productiva y creadora, propiciando de esa forma un puntual insustituible del desarrollo local de las comunidades, es que proponemos la inclusión de las cooperativas artesanales compuestas por mujeres radicadas en el medio rural en la situación prevista por el artículo 69 de la Constitución de la República.
Susana Dalmás, Mónica Xavier, Lucía Topolansky, Margarita Percovich, Víctor Vaillant, Eduardo Lorier, Alberto Cid, Enrique Rubio, Jorge Saravia, Leonardo Nicolini, Alberto Breccia, José Korzeniak, Alberto Couriel, Eduardo Ríos, Enrique Pintado, Rafael Michelini, Senadores. "
SEÑOR PRESIDENTE.- A la Comisión de Constitución y Legislación.
Dese cuenta de otro proyecto de ley llegado a la Mesa.
(Se da del siguiente:)
"Las señoras Senadoras Xavier, Dalmás, Topolansky y Percovich y los señores Senadores Vaillant, Cid, Lorier, Rubio, Saravia, Nicolini, Breccia, Korzeniak, Couriel, Ríos y Pintado presentan con exposición de motivos un proyecto de ley por el que se regula la unión concubinaria."
(Texto del proyecto de ley presentado:)
"Montevideo, 14 de marzo de 2005.
UNION CONCUBINARIA
Regulación
PROYECTO DE LEY
Artículo 1º.- Se denomina unión concubinaria a la situación de hecho derivada de la convivencia de dos personas no unidas por matrimonio, cualquiera sea su sexo, identidad u opción sexual, que compartan un proyecto de vida común basado en relaciones afectivas de carácter singular y dotadas de estabilidad y permanencia.
CAPITULO I
RELACIONES PERSONALES
Artículo 2º.- Los concubinos se deben asistencia recíproca. Asimismo, están obligados a contribuir a los gastos del hogar de acuerdo a su respectiva situación económica.
Artículo 3º.- En el caso de las uniones de personas de diferente sexo, además de la obligación establecida en el artículo anterior, deberán contribuir a la educación y manutención de sus hijos, estén o no reconocidos.
Artículo 4º.- En caso de disolución de la unión concubinaria, ambos concubinos tienen la obligación recíproca de servirse una pensión alimenticia adecuada a su digna sustentación, que se prolongará por un lapso de igual duración a la del concubinato. Este derecho nace a partir de dos años de vida en común, y cesará en caso de que el alimentario contraiga matrimonio o constituya una nueva unión concubinaria.
No tendrá derecho a alimentos aquel de los concubinos que haya participado en delito contra el otro, o hubiese ejercido violencia doméstica en los términos de la Ley Nº 17.514, de 2 de julio de 2002.
Artículo 5º.- En caso de disolución de la unión concubinaria, la resolución acerca de cuál de los dos permanecerá en el hogar común, y a falta de acuerdo entre las partes, será resuelta por el Juez competente.
Artículo 6º.- El concubino que sea titular de un bien inmueble adquirido con anterioridad al inicio de la vida en común prolongada durante un plazo mínimo de dos años, que hubiere sido el asiento del hogar concubinario, podrá demandar el desalojo al otro concubino.
El plazo de desalojo será de un año y el procedimiento el fijado por el Código General del Proceso.
No podrá hacerse efectivo el lanzamiento contra el concubino que tuviere hijos comunes menores de edad a su cargo, hasta que no se resuelva lo relativo a la vivienda de tales hijos.
Artículo 7º.- Fuera de la situación comprendida en el artículo anterior, el concubino será considerado precario, a los efectos del desalojo.
Artículo 8º.- Sustitúyese el actual texto del inciso primero del artículo 20 del Decreto-Ley Nº 14.219, de 4 de junio de 1974, en la redacción dada por el artículo 4º del Decreto-Ley Nº 15.471, de 14 de noviembre de 1983, por el siguiente:
"El contrato de arrendamiento y los derechos que otorgan al arrendatario de casa habitación las leyes vigentes, benefician por su orden a su cónyuge o ex cónyuge en caso de divorcio, conviviente o ex conviviente en caso de cese de la relación, a los ascendientes o descendientes en primer grado, hijos adoptivos o colaterales en segundo grado, cuando hayan convivido con el arrendatario desde la celebración del contrato o hayan sido denunciados al contratar o durante todo el año anterior a la desvinculación del arrendatario. No regirán estas exigencias, tratándose del cónyuge o concubina o concubino."
CAPITULO II
SITUACION DE LOS HIJOS NACIDOS DE LA UNION CONCUBINARIA HETEROSEXUAL
Artículo 9º.- La obligación de alimentos hacia los hijos prevista en el artículo 3º subsiste luego de la separación de los concubinos.
Artículo 10.- Los concubinos de diferente sexo podrán proceder a una adopción conjunta siempre que reúnan los requisitos previstos en el Código Civil y tengan un plazo mínimo de tres años de convivencia singular y permanente. En tal caso, el trámite de adopción se realizará ante el Tribunal competente.
Artículo 11.- La extensión de un concubinato previo, singular y estable del hombre y la mujer que luego contraen matrimonio entre sí, será tenido en cuenta a los efectos del cómputo del plazo exigido para el matrimonio por el artículo 1º de la Ley Nº 10.674, de 20 de noviembre de 1945.
CAPITULO III
EFECTOS PATRIMONIALES
Artículo 12.- Para que la unión concubinaria surta los efectos patrimoniales previstos por esta ley, será necesario el cumplimiento de los siguientes requisitos:
A) Tres años de duración ininterrumpida de la unión concubinaria.
B) Concurrencia de ambos concubinos a denunciar la vida en común ante el Registro de Estado Civil, la que surtirá efectos a partir de la fecha de inscripción.
Artículo 13.- Se presumen bienes comunes de ambos concubinos y provenientes de su esfuerzo común, aquéllos adquiridos a título oneroso derivados de negocios jurídicos celebrados a partir de la denuncia referida en el literal B) del artículo anterior.
Artículo 14.- Los bienes comunes serán administrados por quien los adquiera, requiriéndose el consentimiento de ambos para la enajenación o gravamen de los bienes inmuebles, y de los muebles cuyo valor sea superior a 500 UR (quinientas unidades reajustables).
Artículo 15.- Los acreedores de los concubinos pueden hacer efectivos sus créditos solamente contra su deudor.
Artículo 16.- Finalizada la unión concubinaria y satisfechas las deudas que cada conviviente tuviera con sus acreedores, el saldo excedente se repartirá por partes iguales entre los concubinos o sus herederos.
Artículo 17.- Si uno o ambos concubinos estuvieren unidos en matrimonio con terceras personas, los bienes referidos en el artículo 13 no tienen naturaleza ganancial.
Artículo 18.- Si uno o ambos concubinos estuvieren unidos en matrimonio con terceras personas, las deudas sociales derivadas del mismo no afectarán el reparto igualitario a que hace referencia el artículo 16.
Artículo 19.- Disuelto el concubinato por fallecimiento de uno de sus integrantes, el orden de llamamiento previsto en los artículos 1025 y siguientes del Código Civil se aplicará sobre los bienes comunes (artículo 13), con la diferencia de que la mención al cónyuge (artículo 1026 del Código Civil) se entienda referida al concubino sobreviviente.
Artículo 20.- En caso de fallecimiento de un concubino casado con tercero, su cónyuge no tendrá derechos sucesorios en los bienes obtenidos durante el concubinato.
Artículo 21.- Serán competentes para entender en lo referido al concubinato, los Jueces Letrados de Familia del último domicilio concubinario.
Artículo 22.- Créase junto a los restantes Libros de Estado Civil, uno especial referido al registro de las uniones concubinarias que será llevado por los Oficiales de Estado Civil y en donde se anotarán las uniones libres.
CAPITULO IV
OTRAS DISPOSICIONES
Artículo 23.- Agrégase al artículo 127 del Código Civil, el siguiente inciso:
"La obligación de fidelidad mutua cesa, si los cónyuges no viven de consuno."
Artículo 24.- La relación concubinaria no obsta a los derechos derivados de la relación laboral entre los concubinos, siempre que se trate de trabajo desempeñado de manera permanente y subordinada. Se presume dicha relación, salvo prueba en contrario, cuando uno de los concubinos asume ante terceros la gestión y administración del negocio o empresa de que se trate.
Cuando uno de los concubinos haya sido contratado por un empleador pero las tareas sean desempeñadas por ambos miembros de la pareja, el empleador lo será de ambos si ha mediado de hecho su conformidad.
Artículo 25.- Agrégase al artículo 25 de la Ley Nº 16.713, de 3 de setiembre de 1995, el siguiente literal:
"E) Los concubinos.
En cuanto a las condiciones del derecho y término de la prestación, deberá aplicarse lo preceptuado en el artículo siguiente de esta ley para las personas viudas, en caso de fallecimiento de uno de los concubinos.
Asimismo deberá aplicarse lo dispuesto en el artículo siguiente de esta ley, para las personas divorciadas en caso de disolución de la unión concubinaria".
Susana Dalmás, Mónica Xavier, Lucía Topolansky, Margarita Percovich, Víctor Vaillant, Eduardo Lorier, Alberto Cid, Enrique Rubio, Jorge Saravia, Leonardo Nicolini, Alberto Breccia, José Korzeniak, Alberto Couriel, Eduardo Ríos, Enrique Pintado, Rafael Michelini, Senadores.
EXPOSICION DE MOTIVOS
Es creciente el número de personas que, en el ejercicio de la libertad individual, constituyen unidades de relación afectivo-sexuales de carácter estable sin llegar a formalizarlas en un contrato matrimonial, bien porque no desean sujetarse a ese régimen, bien porque no tienen la posibilidad de casarse. La información censal disponible permite constatar importantes transformaciones en las modalidades de constitución familiar y un crecimiento sostenido de las uniones concubinarias en nuestro país. Asimismo, verifica que el número de hijos de las personas que se declaran en unión libre es más alto que en el de las casadas.
Estas uniones dan lugar a verdaderos núcleos familiares no sujetos actualmente a prácticamente ninguna regulación jurídica, más allá de que la jurisprudencia ha logrado mitigar el impacto del desconocimiento de los derechos de los más débiles, aplicando normas vigentes, en aquellos casos en los que el desamparo del derecho produce la judicialización de los conflictos.
No obstante, permanecen en el ordenamiento distintas disposiciones legales que discriminan negativamente los modelos de familia distintos al tradicional, basado en el matrimonio, desconociendo que el derecho a contraer matrimonio incluye el derecho a no contraerlo y optar por un modelo familiar distinto, sin que el ejercicio de ese derecho deba comportar un trato legal más desfavorable.
La necesidad de legislar sobre el particular ha dado lugar a diversas iniciativas en la presente y las pasadas Legislaturas. A vía de ejemplo cabe mencionar las propuestas de los Senadores Alba Roballo y Alberto Cid y las de los Diputados Díaz Maynard, Falero, Mieres, Posada y Michelini.
Ya en 1993, la Senadora Roballo señalaba en la exposición de motivos de su iniciativa sobre el particular que: "Hay que terminar con años y años de sacrificio, años de amor, años de convivencia, en los que han cuidado a un compañero en largas enfermedades y muerte y quedan sin este gran amparo de la pensión, en la soledad más difícil y amarga del fin de la vida".
A su vez, en el 2000, los Legisladores Falero, Mieres, Posada y Michelini recordaban que la "norma propuesta está en consonancia con una buena parte de la Legislación comparada y con la tendencia mundial que consiste en reconocer jurídicamente estas situaciones y proveer los beneficios consecuentes".
Similar constatación realiza el Diputado Díaz Maynard en la exposición de motivos de su iniciativa, cuando señala que "la casi totalidad de las Legislaciones europeas y latinoamericanas contienen, desde hace muchos años, regulaciones directas del concubinato, en algunas incluso, con rango constitucional".
El artículo 40 de la Constitución establece que: "La familia es la base de nuestra sociedad" e impone al Estado la obligación de velar por su estabilidad moral y material. Dicho precepto constitucional no hace referencia a un modelo de familia determinado ni predominante, lo que hace necesaria una interpretación amplia de lo que debe entenderse como tal, consecuente con la realidad social actual.
La realidad social demanda el reconocimiento de que además del matrimonio, elemento tradicional para la configuración de un hogar, existen otros arreglos familiares informales pero con igual vinculación afectiva, económica, sexual, emocional, paternal y, hasta figurativamente parental. Consecuentemente se hace necesario que la ley recoja situaciones que son producto de las transformaciones sociales, y que permitan la aplicación del axioma constitucional, reconociéndose otros modelos de arreglos familiares como es la unión concubinaria.
Sin embargo este reconocimiento de la Carta no ha sido comprendido en toda su dimensión y todavía, doctrina y jurisprudencia, las más de las veces, siguen una concepción restrictiva del concepto de familia. La restricción interpretativa del postulado constitucional al matrimonio como única vía de la formación de una familia, produce el desconocimiento de reales familias en nuestra sociedad que se encuentran en el total desamparo o que la jurisprudencia debe componer recurriendo a otros institutos como la sociedad de hecho o el enriquecimiento indebido, como forma de administrar justicia. Desatender el hecho social para dar prevalencia al aspecto formal del matrimonio, es desconocer el precepto constitucional y la evolución cultural de nuestra sociedad.
La presente ley pretende contribuir y avanzar hacia la superación de todas las discriminaciones que -por razón de la condición o circunstancias personales o sociales de los componentes de la familia, entendida en la diversidad de formas de expresar la afectividad y la sexualidad admitidas culturalmente en nuestro entorno social- perduran en la legislación, y busca perfeccionar el desarrollo normativo de los principios de no discriminación, libre desarrollo de la personalidad y protección jurídica de las familias, adecuando la normativa, a la realidad social del momento histórico actual.
Susana Dalmás, Mónica Xavier, Lucía Topolansky, Margarita Percovich, Víctor Vaillant, Eduardo Lorier, Alberto Cid, Enrique Rubio, Jorge Saravia, Leonardo Nicolini, Alberto Breccia, José Korzeniak, Alberto Couriel, Eduardo Ríos, Enrique Pintado, Rafael Michelini, Senadores."
SEÑOR PRESIDENTE.- A la Comisión de Constitución y Legislación.
Dese cuenta de otro proyecto de ley llegado a la Mesa.
(Se da del siguiente:)
"Las señoras Senadoras Xavier, Dalmás, Topolansky, Percovich y los señores Senadores Vaillant, Cid, Lorier, Rubio, Saravia, Nicolini, Breccia, Korzeniak, Couriel, Ríos y Pintado presentan con exposición de motivos un proyecto de ley por el que se regula la integración y la representación de los socios de las sociedades cooperativas."
(Texto del proyecto de ley presentado:)
"Montevideo, 14 de marzo de 2005.
SOCIEDADES COOPERATIVAS
Se regula su integración y la representación de sus socios
PROYECTO DE LEY
Artículo 1º.- Las sociedades cooperativas, cualquiera sea su modalidad, podrán ser integradas por el cónyuge del socio u otro integrante del núcleo familiar, a quienes la sociedad cooperativa le reconocerá el carácter de asociado. Será responsabilidad del socio comunicar en forma fehaciente a los órganos de dirección de la cooperativa, cuál de los integrantes del núcleo familiar ejercerá la representación de la cuota social.
Artículo 2º.- El reconocimiento de la calidad de socio a dichos miembros del núcleo familiar comprende todos los derechos y obligaciones previstas en las normas y reglamentos aplicables, especialmente, el de ser elector y elegible para los cargos de la cooperativa.
Artículo 3º.- Se aplicará el régimen cooperativo lo previsto por los artículos correspondientes de la Ley Nº 10.783, de 18 de setiembre de 1946, en materia de sociedad conyugal.
Artículo 4º.- Quedan derogadas todas las disposiciones que se opongan a la presente ley.
Susana Dalmás, Mónica Xavier, Lucía Topolansky, Margarita Percovich, Víctor Vaillant, Eduardo Lorier, Alberto Cid, Enrique Rubio, Jorge Saravia, Leonardo Nicolini, Alberto Breccia, José Korzeniak, Alberto Couriel, Eduardo Ríos, Enrique Pintado, Rafael Michelini, Senadores.
EXPOSICION DE MOTIVOS
El presente proyecto de ley recoge una problemática que se viene planteando y discutiendo en el movimiento cooperativo desde hace un tiempo, referente a la integración y representación de los socios de las sociedades cooperativas.
Presentamos este proyecto basado en la propuesta realizada por la doctora escribana Annaly Grande, que recoge la preocupación de mujeres de las cooperativas miembros de CUDECOOP, propuesta que fue analizada por diferentes juristas, asesores de diversas modalidades de cooperativas, los cuales en su mayoría compartieron la existencia del problema y la necesidad de encontrar una solución.
Queremos comenzar a solucionar una situación que no se compadece con el avance de nuestra legislación respecto a la capacidad legal de la mujer, cuyos derechos civiles fueron obtenidos desde la sanción de la Ley Nº 10.783, de 18 de setiembre de 1946.
El sistema normativo uruguayo, desde el principio consagrado en el artículo 8º de la Constitución de la República: "Todos los ciudadanos son iguales ante la ley" y demás normas que refieren a la capacidad legal, no distinguen entre derechos y obligaciones por razón de diferencia de sexo, en la realidad se manifiesta una diferencia entre el mandato legal y la condición de la mujer. Esta diferencia se aprecia también en la aplicación de normas del derecho cooperativo que al aplicarse establecen también algunas situaciones que pueden considerarse discriminatorias.
En el derecho cooperativo la participación del socio es personalísima y no admite representación alguna, el socio titular es quien ejerce todos los derechos y obligaciones frente a la misma. No existen normas legales que consideren la situación de la mujer no socia en cuanto a sus derechos. El hombre como "jefe de familia", en la concepción tradicional es quien generalmente ejerce la calidad de socio aunque las funciones y actividades de las diferentes modalidades cooperativas sean ejercidas en su mayoría por mujeres que integran el núcleo familiar, quienes a la hora de votar no son elegidas o se autoexcluyen.
Innumerables situaciones personales como embargos, interdicciones, divorcios, separación, y otros, modifican sustancialmente la situación del socio titular de la cooperativa y agudizan gravemente (sobre todo en las cooperativas de vivienda), la situación del cónyuge no socio, que legalmente no tiene ninguna norma que lo ampare, pudiendo incluso llegar a ser desalojado, con lo que la mujer quedaría absolutamente impedida de defender el patrimonio que ha contribuido a forjar. Tampoco hay norma alguna que obligue a la coparticipación económica de la cuota social.
Sin embargo, la participación del socio en la cooperativa en cuanto a su contenido patrimonial integra el activo de la sociedad conyugal (Ley Nº 10.783) y por lo pronto esa cuota social, sea en valor pecuniario, o en horas-trabajo, o en mercaderías, no es el patrimonio personal del cónyuge que aparece como titular sino que es de ambos sin diferenciación, patrimonio comunitario.
Si el marido es el titular de la parte social y su ingreso a la cooperativa se produjo durante el matrimonio, esta calidad pasa a ser ganancial y la mujer pasa a tener idénticos derechos patrimoniales respecto a esa cuota social, la administre o no. Igualmente, si se produce la separación de bienes o disolución del vínculo conyugal, ese valor de la parte social debe incluirse en la masa partible, teniendo el cónyuge un derecho preferencial para que se le adjudique la misma.
En el sistema cooperativo las normas estatutarias imponen deberes a los integrantes del grupo familiar del titular tales como contribuir económicamente y con horas-trabajo como aporte social en el caso de las cooperativas de vivienda. También deben colaborar en forma permanente con la cooperativa, asistir a reuniones y actos de carácter obligatorio donde frecuentemente el titular por razones de trabajo no puede asistir y la integrante del grupo familiar sí cumple con la obligación recogida en los textos estatutarios de participación en la actividad de la cooperativa (derecho subjetivo de cooperación y principio cooperativo).
Con respecto a la modalidad de vivienda no existe en nuestro país, y por ende tampoco en el derecho cooperativo, legislación que contemple en particular a las mujeres en relación con la vivienda, ni existen políticas gubernamentales específicas en dicha materia. Nuestra legislación no provee ninguna norma que ampare a la mujer jefa de hogar o sola, a pesar que está demostrado que es la más afectada por la crisis habitacional, y que es quien en general posee menos recursos para enfrentarla. En las cooperativas de vivienda la mujer participa en el 50% de la parte social pero no es reconocida a la hora de tomar decisiones.
A pesar que la mujer es la que está más cerca de lo cotidiano y por ende siente la vivienda de un modo distinto, no es designada o en otros casos se autoexcluye. Por tanto en esta área específica se hace urgente modificar el entorno legal y estatutario a los efectos que exista una cotitularidad del derecho en la cooperativa, asumiendo la mujer iguales derechos y responsabilidades. En esta modalidad hay ejemplos de mujeres jefas de hogar que rinden testimonio de su capacidad al llevar adelante un proyecto concreto de solución habitacional.
La comisión jurídica de CUDECOOP sostiene que:
1) Al tener cada modalidad cooperativa características propias, se hace necesario el planteo de soluciones específicas para cada una de ellas, lo que hace imprescindible profundizar el tema de la mujer en cada una de las modalidades, realizando un planteo específico de las dificultades y necesidades de las mismas.
2) Se hace imprescindible buscar vías para lograr una mayor participación del núcleo familiar, en especial, la del cónyuge del socio titular, permitiendo con las limitaciones del caso, su elección para los cargos de dirección.
3) Se debe modificar la legislación cooperativa tomando en cuenta la legislación de familia vigente que consagra derechos para el cónyuge y el núcleo familiar.
También se puede citar en apoyo de nuestra propuesta del Decreto-Ley Nº 15.645, de 17 de octubre de 1984, que estableció una novedad desde el punto de vista del derecho cooperativo al admitir como socios miembros de la cooperativa a las sociedades civiles con contrato escrito. Curbelo Urroz y Miranda sostienen que la sociedad civil no es persona jurídica sino que es como la sociedad conyugal, una organización de la comunidad en el doble aspecto real y obligaciones que durante su vigencia obsta a la partición. Los bienes sociales se administran con la responsabilidad y poderes convencionalmente conferidos o supletoriamente dispuestos por ley. En este sentido el Legislador recoge la situación de hecho existente en la realidad rural, pues un porcentaje altísimo de explotaciones rurales se realizan a través de sociedades civiles con o sin contrato escrito.
Esta aceptación de un asociado de carácter pluripersonal avala la idea de introducir y generalizar en todas las modalidades cooperativas, la admisión del núcleo familiar como asociado pluripersonal en relación a la sociedad conyugal de bienes y la participación de la mujer integrante del mismo y cotitular de derechos y obligaciones.
El aporte realizado por la mujer como socia cooperativa está siendo cada vez más valorizado e incluso por los propios cooperativistas que ejercen cargos de decisión. Muchas mujeres pueden disponer de más tiempo para participar en reuniones y asambleas e influir consiguientemente en determinadas corrientes de opinión que favorezcan los intereses de los asociados o que redunde en beneficio de su propio núcleo familiar o de la cooperativa en su conjunto. La ventaja de que la mujer sea la titular de la cooperativa y quien tenga la administración de la cuota social de la sociedad conyugal, puede incidir de forma decisiva en el propio rumbo de la cooperativa, en su relacionamiento con las entidades estatales y crediticias. Efectivamente, son cada vez más numerosos los proyectos y financiamientos que se ofrecen por parte de las entidades de crédito para el apoyo de la mujer en todos los ámbitos.
Es necesario que una reforma de la legislación vigente cree normas que habiliten a la mujer cooperativista a superar las restricciones y dificultades planteadas. Es impostergable la instrumentación de normas que permitan la participación de la mujer en la vida de la cooperativa ya sea como titular de la cuota social o como parte integrante de la misma con idénticos deberes y obligaciones.
Partiendo de la base de una gestión democrática, la solidaridad y la ayuda mutua es que debe construirse la nueva legislación que consagre y efectivice ese principio de igualdad tan reiteradamente enunciado y no aplicado.
Es como socia de la cooperativa, con su participación y trabajo, que la mujer podrá acceder a los puestos de decisión e incidir en la planificación y gestión de la cooperativa.
Por tanto proponemos modificar el régimen de representación y actuación en la cooperativa para dar mayor participación a los demás integrantes del núcleo familiar, como sociedad de hecho con un representante común, especialmente, en las cooperativas de vivienda. También proponemos que se apliquen las normas de la sociedad conyugal en la participación de la mujer no socia en las decisiones económicas que refieren a su capital social especialmente en las normas generales de las distintas ramas cooperativas.
Será necesario introducir en la normativa vigente de las distintas modalidades de cooperativas, los artículos necesarios para que contemplen las modificaciones referidas y supriman las que sean contrarias a las mismas.
Con esto incorporamos, como un nuevo aspecto del principio cooperativo de igualdad, la participación igualitaria y coparticipación de la cuota social.
Susana Dalmás, Mónica Xavier, Lucía Topolansky, Margarita Percovich, Víctor Vaillant, Eduardo Lorier, Alberto Cid, Enrique Rubio, Jorge Saravia, Leonardo Nicolini, Alberto Breccia, José Korzeniak, Alberto Couriel, Eduardo Ríos, Enrique Pintado, Rafael Michelini, Senadores. "
SEÑOR PRESIDENTE.- A la Comisión de Constitución y Legislación.
SEÑOR COURIEL.- Pido la palabra.
SEÑOR PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor Senador.
SEÑOR COURIEL.- Señor Presidente: voy a formular moción en el sentido de que el Cuerpo se reúna en sesión extraordinaria el día de mañana, a fin de considerar las venias que ingresaron a la Comisión de Asuntos Administrativos.
Mañana, a la hora 10, concurrirá a hacer una exposición el señor Ministro de Economía y Finanzas a las Comisiones de Hacienda de ambas Cámaras y está prevista para la hora 17 una reunión de las Comisiones de Asuntos Internacionales del Senado y de la Cámara de Representantes para escuchar al señor Ministro de Relaciones Exteriores. Por ese motivo solicito que se adelante, aunque sea en media hora, la sesión del Senado de mañana, o sea, que se realice a la hora 15 y 30 para que a la hora 17 se pueda reunir la Comisión de Asuntos Internacionales.
SEÑOR PRESIDENTE.- Se va a votar la moción presentada por el señor Senador Couriel en el sentido de que el Senado se reúna en el día de mañana a la hora 15 y 30, en sesión extraordinaria, para tratar las venias que ingresaron el día de hoy.
SEÑOR HEBER.- ¿Ya tenemos informe de la Comisión?
SEÑOR PRESIDENTE.- Lo tendrá mañana, señor Senador.
Se va a votar la moción presentada.
(Se vota:)
- 25 en 28. Afirmativa.
SEÑOR AGUIRRE.- Pido la palabra para fundar el voto.
SEÑOR PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor Senador.
SEÑOR AGUIRRE.- Señor Presidente: por una razón de buen relacionamiento no hago objeción a lo que se acaba de votar, pero debo decir que ese no es el procedimiento reglamentario para citar a una sesión extraordinaria, pues se interrumpió el Orden del Día y no se planteó una cuestión de orden. Para citar a una sesión extraordinaria se debe proceder de acuerdo con el artículo 26 del Reglamento del Senado. Dicha citación se debe realizar por el Presidente del Senado o a solicitud de cinco Senadores, pero no por el pedido de un Senador en Sala. Hago esta aclaración porque el procedimiento reglamentario es otro. Si bien no quiero hacer cuestión, advierto que se debe proceder de otra manera, aunque he votado en forma afirmativa la celebración de la sesión extraordinaria en el día de mañana.
SEÑOR PRESIDENTE.- Se tendrá en cuenta.
15) MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
SEÑOR COURIEL.- Pido la palabra.
SEÑOR PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor Senador Couriel.
SEÑOR COURIEL.- Voy a solicitar que se trate en forma urgente el proyecto de ley sobre la creación y cometidos del Ministerio de Desarrollo Social que viene del Poder Ejecutivo y que fue analizado en el día de ayer por la Comisión de Constitución y Legislación. Dicho proyecto ha sido repartido y tiene modificaciones que fueron realizadas en la Comisión.
SEÑOR HEBER.- Pido la palabra para fundar el voto respecto a la fijación de la sesión de mañana.
SEÑOR PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor Senador.
SEÑOR HEBER.- Señor Presidente: pensé que el señor Senador Couriel había pedido la palabra para fundar el voto sobre este tema, pero planteó una moción de orden.
No hemos acompañado la moción para realizar una sesión extraordinaria en el día de mañana porque creemos que es "poner la carreta delante de los bueyes", ya que no contamos con un informe de la Comisión de Asuntos Administrativos.
En cuanto a la constancia que hizo el señor Senador Rubio, que tiene relación con la sesión extraordinaria, la discutiremos mañana. Nosotros discrepamos con las afirmaciones hechas en Sala por el señor Senador Rubio, pero creemos que este no es el momento de discutirlas. Sin embargo, mañana debatiremos el tema, no sólo en la sesión secreta sino también en la pública, a fin de que quede bien claro cuál es la posición de cada uno de nosotros y cómo vamos a votar en cada una de las venias. A mi juicio, muchas de las constancias realizadas por el señor Senador no coinciden con el Mensaje del Poder Ejecutivo al enviar las venias tal como lo hizo. Sin embargo, mañana será el momento de discutir y de votar, o de no hacerlo.
SEÑOR ABDALA.- Pido la palabra para fundar el voto.
SEÑOR PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor Senador.
SEÑOR ABDALA.- Señor Presidente: en el mismo sentido del señor Senador Heber, interpretamos la situación exactamente al revés en términos de convocatoria. Consideramos que el tema hay que dirimirlo de una vez por todas y en tal sentido creemos que es positivo que el Senado se reúna mañana y lo destrabe definitivamente, porque me parece que está generando cierta inquietud en algunos espacios ciudadanos, lo que no es buena cosa. Por ese motivo adelanto que el Partido Colorado, en la mañana de hoy, decidió dar una mano en un tema en el que no tenía arte ni parte. En consecuencia, va a brindar las manos de los Senadores colorados para que el tema arranque y para que el país tenga operando de una vez por todas a los Entes Autónomos, los Servicios Descentralizados y las empresas públicas. Aquí hay un gobierno que está electo, que tiene una responsabilidad y que tiene que conducir la vida de la República. Por tanto, los que estamos en el contralor haremos lo que tenemos que hacer, pero sesenta días más nos parece una barbaridad, por lo cual entendemos que las discusiones sobre estos temas se deben realizar de una vez por todas.
Con franqueza, debo decir que hemos hecho noticia pública de esto porque creemos que es bueno que la República tenga idea de dónde estamos algunos para tratar de ayudar a destrabar esta situación, a pesar de estar tan distantes.
Muchas gracias.
17) MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
SEÑOR PRESIDENTE.- Está a consideración la moción de orden presentada por el señor Senador Couriel a fin de declarar la urgencia del tema relacionado con la creación del Ministerio de Desarrollo Social.
Se va a votar.
(Se vota:)
- 29 en 29. Afirmativa. UNANIMIDAD.
Se pasa a considerar el proyecto cuya urgencia fue votada: "Creación y cometidos del Ministerio de Desarrollo Social".
(Antecedentes:)
"Carp. Nº 87/05
Rep. Nº 15/05
Ministerio del Interior
Ministerio de Relaciones Exteriores
Ministerio de Economía y Finanzas
Ministerio de Defensa Nacional
Ministerio de Educación y Cultura
Ministerio de Transporte y Obras Públicas
Ministerio de Industria, Energía y Minería
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social
Ministerio de Salud Pública
Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca
Ministerio de Turismo
Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial
y Medio Ambiente
Ministerio de Deporte y Juventud
Montevideo, 1º de marzo de 2005.
Señor Presidente de la Asamblea General.
Don Rodolfo Nin Novoa.
El Poder Ejecutivo, actuando en Consejo de Ministros, tiene el honor de remitir a ese Cuerpo el adjunto proyecto de ley de urgente consideración (numeral 7º del artículo 168 de la Constitución de la República), referente a la creación del Ministerio de Desarrollo Social.
Las políticas sociales constituyen un elemento fundamental para la redistribución del ingreso y la generación de oportunidades, y en este sentido, para la construcción de la equidad, la inclusión y la cohesión social.
Si revisamos la historia reciente de nuestro país, podremos constatar que ha habido una serie fragmentaria y dispersa de acciones sociales, realizadas sin mayor eficacia desde el punto de vista de la suspensión de la indigencia y la pobreza, sin hallarse respaldadas por políticas que les otorguen sentido y las conviertan en parte de un plan, de un proyecto de Estado y Sociedad.
La necesidad de superar esa dispersión que provoca duplicidad y, consecuentemente, ineficacia e ineficiencia, exige una reforma urgente, creando una nueva institucionalidad pública en materia de política social, capaz de promover el desarrollo a través de una integración y coordinación de las acciones y programas.
El Ministerio de Desarrollo Social se inserta dentro del proceso integral de modernización del Estado, incorporando principios y conceptos modernos desde el punto de vista de la estructura y la gestión del sector público, que resumimos en el principio de conducción centralizada y de ejecución descentralizada.
Desde esta perspectiva, cabe señalar que no se trata de "desmontar" el Estado, reduciendo plantillas, sino de establecer con claridad sus objetivos y metas, así como sistemas de operación transparentes y de evaluación.
Asimismo, en el texto proyectado se suprime el Ministerio de Deporte y Juventud estableciendo que el Poder Ejecutivo redistribuirá las competencias del mismo entre el Ministerio de Desarrollo Social y el Ministerio de Turismo el que pasará a denominarse Ministerio de Turismo y Deporte.
El Instituto Nacional de la Juventud y el Instituto Nacional de la Familia y la Mujer se incorporarán al Ministerio de Desarrollo Social.
El Poder Ejecutivo saluda a ese Cuerpo con su mayor consideración.
Tabaré Vázquez, Presidente de la República; Reinaldo Gargano, Danilo Astori, Azucena Berrutti, Jorge Brovetto, Víctor Rossi, Eduardo Bonomi, Jorge Lepra, Mariano Arana, José Díaz, José Mujica, Héctor Lescano.
PROYECTO DE LEY
Artículo 1º.- Créase el Ministerio de Desarrollo Social, el que se incorporará al Presupuesto Nacional como Inciso 15.
Suprímese el Ministerio de Deporte y Juventud, instituido por el artículo 81 de la Ley Nº 17.243, de 29 de junio de 2000, en la redacción dada por el artículo 414 de la Ley Nº 17.296, de 21 de febrero de 2001.
El Poder Ejecutivo, de conformidad con lo establecido por el artículo 174 inciso segundo de la Constitución de la República, redistribuirá las atribuciones y competencias del Ministerio que se suprime, entre el Ministerio de Desarrollo Social y el Ministerio de Turismo. Este último pasará a denominarse Ministerio de Turismo y Deporte, a partir de la entrada en vigencia de la presente Ley.
Artículo 2º.- Créase, en el Ministerio de Desarrollo Social, la Unidad Ejecutora 001 "Administración General". La Contaduría General de la Nación habilitará los créditos a los cargos de Ministro, Subsecretario, y los demás estatuidos por esta Ley.
Artículo 3º.- La redistribución que realice el Poder Ejecutivo, conforme a lo previsto en el artículo 1º de la presente Ley, operará la transferencia de pleno derecho, a favor del Ministerio de Desarrollo Social, de todos los bienes, créditos, recursos, partidas presupuestales, derechos y obligaciones relativos al ejercicio de las competencias que se le atribuyan, incluyendo los correspondientes al Fondo de Deporte y Juventud (artículo 37 de la Ley Nº 17.296, de 21 de febrero de 2001 y artículo 144 de la Ley Nº 17.556, de 18 de setiembre de 2002), los que serán contemplados, asimismo, en la redistribución mencionada, sin perjuicio de los destinos especiales que establezca la Ley para los recursos que integran este último.
Los Registros Públicos procederán a la registración de los bienes que correspondan, con la sola presentación del testimonio notarial de la resolución a dictarse.
Artículo 4º.- Encomiéndase al Poder Ejecutivo la redistribución de los funcionarios del Ministerio suprimido, entre el Ministerio de Desarrollo Social y el Ministerio de Turismo y Deporte, así como la reasignación, previo informe de la Contaduría General de la Nación, de los correspondientes créditos presupuestales, dando cuenta a la Asamblea General.
Las funciones de dirección en el Ministerio de Desarrollo Social, que no sean de particular confianza, podrán ser desempeñadas por funcionarios designados por el jerarca del Inciso entre los titulares de cargos o funciones correspondientes a los tres grados superiores de cada escalafón y serie, de acuerdo a las características de la función a proveer, los que podrán ser relevados de dichas funciones, en cualquier momento, por el jerarca del Inciso. En caso de cese en la función, el funcionario se reintegrará al ejercicio de su cargo o función contratada de origen.
Cuando las funciones de dirección referidas en el inciso anterior, fuesen análogas a otras ya existentes en la estructura de cargos de dependencias del Poder Ejecutivo, y la remuneración básica de los funcionarios designados para ejercerlas fuese de un nivel inferior, el Poder Ejecutivo podrá autorizar el pago de las diferencias en las respectivas retribuciones, las que serán consideradas como compensación especial a la función, a cuyos efectos la Contaduría General de la Nación habilitará los créditos correspondientes.
Artículo 5º.- El Instituto Nacional de la Juventud (INJU), creado por el artículo 331 de la Ley Nº 16.170, de 28 de diciembre de 1990, e integrado al Ministerio de Deporte y Juventud por el artículo 84 de la Ley Nº 17.243, de 29 de junio de 2000, se incorpora al Ministerio que se crea por la presente Ley, manteniéndose su estructura y organización actuales y los recursos que tenga asignados.
Los funcionarios que actualmente prestan funciones en el Instituto serán redistribuidos al Ministerio de Desarrollo Social, habilitándose los créditos correspondientes por parte de la Contaduría General de la Nación. Los funcionarios redistribuidos mantendrán su situación funcional anterior, la que en ningún caso se verá afectada.
Artículo 6º.- El Instituto Nacional de la Familia y la Mujer, instituido por el artículo 234 de la Ley Nº 16.226, de 29 de octubre de 1991, y modificativos, en el Programa 001 del Ministerio de Educación y Cultura, se incorpora al Ministerio que se crea por la presente Ley, manteniéndose su estructura y organización actuales y los recursos que tenga asignados.
Los funcionarios que actualmente prestan funciones en el Instituto serán redistribuidos al Ministerio de Desarrollo Social, habilitándose los créditos correspondientes por parte de la Contaduría General de la Nación. Los funcionarios redistribuidos mantendrán su situación funcional anterior, la que en ningún caso se verá afectada.
Artículo 7º.- A partir de la vigencia de la presente Ley, se transfieren de pleno derecho al Ministerio de Desarrollo Social, todos los bienes, créditos, recursos, derechos y obligaciones, correspondientes a los Institutos mencionados en los dos artículos precedentes.
Artículo 8º.- El Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay (INAU) se relacionará con el Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Desarrollo Social.
Artículo 9º.- Al Ministerio de Desarrollo Social le corresponde:
a) Asesorar al Poder Ejecutivo y proponer las políticas nacionales en las materias de su competencia.
b) En cuanto corresponda, regular, formular, ejecutar, supervisar, coordinar, programar, dar seguimiento y evaluar las políticas, estrategias, y planes en las áreas de juventud, mujer y familia, adultos mayores, discapacitados y desarrollo social en general.
c) Coordinar las acciones, planes y programas intersectoriales, implementados por el Poder Ejecutivo para garantizar el pleno ejercicio de los derechos sociales a la alimentación, a la educación, a la salud, a la vivienda, al disfrute de un medio ambiente sano, al trabajo, a la seguridad social, y a la no discrimi-nación, mediante la cobertura de las necesidades básicas de quienes se hallan en situación de indi-gencia y de extrema pobreza, buscando el mejoramiento de sus condiciones de vida, y su integración social.
d) Diseñar, organizar y operar un sistema de información social con indicadores relevantes sobre los grupos poblacionales en situaciones de vulnerabilidad, que permita una adecuada fiscalización del conjunto de políticas y programas sociales nacionales.
e) Diseñar, organizar y administrar un sistema de identificación, selección y registro único de los núcleos familiares y/o individuos habilitados para acceder a los programas sociales, sujeto a criterios de objetividad, transparencia, selectividad y temporalidad.
f) Implementar, ejecutar y coordinar Programas de Atención a la Emergencia Social.
g) Proporcionar información y asesoramiento sobre los programas disponibles para quienes se encuentran en situación de indigencia y/o extrema pobreza.
h) Coordinar con los Gobiernos Departamentales, la ejecución de sus cometidos.
i) Sin perjuicio, en cuanto corresponda, de las competencias del Poder Ejecutivo, del Poder Legislativo, y del Ministerio de Relaciones Exteriores, atender los asuntos internacionales referidos al desarrollo social, así como la celebración y complementación de convenios bilaterales y multilaterales de cooperación con instituciones públicas y privadas, nacionales o extranjeras.
j) La regulación, vigilancia y control de las actividades de las entidades que actúan en materia de juventud, mujer, tercera edad, y discapacitados, en cuanto corresponda.
k) Fomentar, regular, controlar, registrar y coordinar las organizaciones privadas con fines de promoción social, debiendo requerirse su opinión previa a la aprobación de sus estatutos, y al otorgamiento de sus permisos o autorizaciones de funcionamiento.
Deberá expedirse dentro del término de treinta días contados a partir de la fecha de recibida la comunicación, en caso de no existir pronunciamiento expreso en dicho lapso, se tendrá por emitido pronunciamiento favorable.
l) Fiscalizar, con carácter preceptivo, a toda institución privada con la que ejecute programas sociales bajo la modalidad de convenios.
m) Ejercer todos los cometidos que las distintas leyes, decretos y resoluciones establecieron de cargo de los Institutos que por esta ley se trasladan a su órbita de competencia, pudiendo practicar todas las facultades determinadas en los mismos, por lo que todas las emisiones efectuadas en dicha normativa a los referidos Institutos, deberá entenderse efectuada al Ministerio de Desarrollo Social.
Artículo 10.- El Ministerio de Desarrollo Social, o la dependencia a la que reglamentariamente se le asigne el cometido (artículo 168 numeral 4º de la Constitución de la República), podrá aplicar sanciones a quienes infrinjan las disposiciones que establezcan obligaciones a cargo de las personas o instituciones sujetas a su regulación, inspección o control.
Las sanciones consistirán, apreciando la entidad de la infracción y los antecedentes del infractor, en apercibimiento, observación, multa, o clausura del establecimiento, en forma temporaria o definitiva.
El monto de las multas se graduará entre 10 y 2.000 Unidades Reajustables. Las clausuras transitorias no podrán superar el límite de seis meses.
Artículo 11.- El Ministerio de Desarrollo Social tendrá acción ejecutiva para el cobro de las multas que aplique y demás recursos que recaude. A tal efecto, constituirán título ejecutivo, los testimonios de las liquidaciones respectivas que hayan sido aprobadas mediante acto administrativo. La mora en los pagos se producirá de pleno derecho, por el solo vencimiento de los plazos fijados por la reglamentación respectiva.
Artículo 12.- Facúltase al Ministerio de Desarrollo Social a proceder a la venta de todas las publicaciones que se editen por sus distintas dependencias, así como a fijar su precio en función de sus costos respectivos.
El producido se destinará, en su totalidad, a financiar las erogaciones que las citadas publicaciones generen.
Artículo 13.- Transfiérese al Ministerio de Desarrollo Social la coordinación y ejecución del denominado "Plan CAIF" (artículo 598 de la Ley Nº 16.736, de 5 de enero de 1996), en cuanto hasta el presente fuese competencia del Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay (INAU).
Artículo 14.- Créanse en el Inciso 15, los cargos de particular confianza de Director General de Secretaría, Director de Políticas Sociales, Director de Desarrollo Ciudadano, Director de Evaluación de Programas, Director de Coordinación Territorial y Director del Instituto Nacional de la Juventud, cuya retribución será la establecida en el literal c) del artículo 9º de la Ley Nº 15.809, de 8 de abril de 1986.
Artículo 15.- Créase la "Dirección Nacional de Deporte", como unidad ejecutora 002 del Programa 002 "Formulación, ejecución, supervisión y evaluación de planes en materia de deporte e instrumentación de la política en la materia", del Ministerio de Turismo y Deporte (Inciso 09 del Presupuesto Nacional).
Artículo 16.- La Dirección Nacional de Deporte mantendrá las competencias asignadas al Ministerio de Deporte y Juventud en el área de deportes, en cuanto corresponda a su estructura orgánica y posición institucional.
Artículo 17.- La redistribución de competencias que realice el Poder Ejecutivo de acuerdo a lo previsto en el artículo 1º de esta Ley, operará la transferencia de pleno derecho, a favor del Ministerio de Turismo y Deporte, de todos los bienes, créditos, recursos, partidas presupuestales, derechos y obligaciones, relativos al ejercicio de las competencias que se atribuyan al citado Ministerio, incluyendo los correspondientes al Fondo de Deporte y Juventud.
Artículo 18.- Créanse los cargos de particular confianza de "Director Nacional de Deporte", "Director de Promoción Deportiva y Coordinación Institucional", y "Director de Infraestructura y Administración General", del Ministerio de Turismo y Deporte. Las retribuciones correspondientes a estos cargos serán las establecidas en el artículo 9º literal c) de la Ley Nº 15.809, de 8 de abril de 1986. La Contaduría General de la Nación habilitará los créditos correspondientes a los cargos que se transforman.
Artículo 19.- El Poder Ejecutivo, a iniciativa del Ministerio de Turismo y Deporte, aprobará la estructura de cargos y funciones necesarios para cumplir con los cometidos asignados a esta Secretaría de Estado, los que serán adecuados a los puestos de trabajo de su nuestra estructura organizativa.
A tales efectos, se aplicará, en lo pertinente, lo establecido en los incisos segundo a cuarto del artículo 418 de la Ley Nº 17.296, del 21 de febrero de 2001.
Reinaldo Gargano, Danilo Astori, Azucena Berrutti, Jorge Brovetto, Víctor Rossi, Jorge Lepra, Eduardo Bonomi, Mª Julia Muñoz, José Mujica, Héctor Lescano, Mariano Arana.
CAMARA DE SENADORES
Comisión de
Constitución y Legislación
INFORME
Al Senado:
La creación del Ministerio de Desarrollo Social obedece a la búsqueda de la integralidad de las Políticas Sociales, requisito indispensable para obtener los impactos deseados, perdurables, consistentes y autosostenibles, en el marco de una estrategia para el desarrollo humano que conjugue coherentemente crecimiento económico con equidad y justicia social.
Este objetivo no puede reducirse a cuánto se otorga o transfiere en términos del Gasto Público Social, sino que será necesario coordinar, articular y diseñar una estrategia de desarrollo en la que la política social y la política económica estén profundamente imbricadas.
La respuesta a los derechos económicos, sociales y culturales que propicien la construcción de sujetos de derecho tendrá como objetivo político la profundización de la democracia, desarrollando el protagonismo de la gente, en la búsqueda de la equidad y la justicia social.
Las políticas sociales deben actuar sobre las situaciones de desigualdad que tienen un fuerte peso en la cuestión de la distribución y redistribución de los bienes y servicios materiales y simbólicos. El conjunto de objetivos, acciones, decisiones y recursos que las políticas sociales implican, deben responder a una planificación integrada del Estado, con una instrumentación territorial de los gobiernos locales con otros actores sociales que participen activamente en su diseño y ejecución.
Esta forma de implementarlas conlleva no sólo garantizar la atención a la diversidad de problemas o desigualdades que existen en nuestra sociedad, sino también favorecer la democratización del Estado, la revalorización de sus instrumentos y de sus trabajadores, el seguimiento y monitoreo desde los propios destinatarios de esa estrategia de redistribución.
Las condiciones de extrema vulnerabilidad social en que se encuentra una parte significativa de la población uruguaya, determina el imperativo ético y político de abordar con urgencia todas aquellas medidas tendientes a resolver de inmediato las necesidades básicas insatisfechas, muy especialmente aquellas vinculadas a la alimentación y la salud. A tales efectos, se entiende absolutamente necesaria la superación de algunas de las situaciones de mayor gravedad social a corto plazo, involucrando para ello a la sociedad en su conjunto, abriendo canales de participación y sumando el esfuerzo comprometido, colectivo y solidario de todos los ciudadanos.
Es necesario tener en cuenta los factores que hacen a la identidad de las personas o al lugar que ocupan en las relaciones sociales que los colocan en situaciones de desventaja para el acceso a bienes y servicios. Cuestiones vinculadas a la situación económica, a la edad, al género, a la étnia, a las diversas discapacidades, requieren medidas o intervenciones específicas para garantizar la igualdad de oportunidades o derechos de esos ciudadanos y ciudadanas.
La fragmentación tradicional con la que, en las últimas décadas, ha prestado el Estado uruguayo los servicios que atienden los derechos sociales y culturales de la población, han impedido que los objetivos fijados en su programación inicial fueran alcanzados.
Esta constatación ha sido diagnosticada y reconocida por la mayoría de los actores académicos, políticos y sociales, sin lograr una modificación de las rutinas de las distintas reparticiones del Estado, a pesar de las innovaciones propuestas para romper las lógicas sectoriales.
La creación de un Ministerio cuyo objetivo sea precisamente la búsqueda permanente de la coordinación de las políticas sociales, que se ejecutan a través de los diversos organismos del Estado en coordinación con las organizaciones de la sociedad civil, constituye un intento de incorporar en las decisiones al más alto nivel, una lógica que tome a los sujetos de las políticas sociales en su integralidad y complejidad.
El proyecto en cuestión sustituye al Ministerio de Deporte y Juventud creando este nuevo organismo, atribuyéndole las competencias de coordinación con otros Ministerios y organismos que garanticen los derechos sociales más elementales e incorporan los derechos culturales para las situaciones de discriminación o de vulnerabilidad.
A los efectos de lograr la atención a la integralidad de los diversos sujetos sociales y sus distintos intereses con el objetivo de lograr una mayor eficiencia y eficacia en la ejecución de las políticas sociales, se incorporan a su órbita de funcionamiento los Institutos de la Juventud, de la Familia y la Mujer y de la Niñez y Adolescencia. Asimismo, se especifica su competencia con relación a los intereses de los adultos mayores y de las personas con discapacidad.
Se transfieren del Ministerio que se elimina los bienes, créditos, recursos, partidas presupuestales, derechos y obligaciones relativos a las competencias que se atribuyen al Ministerio de Desarrollo Social en el artículo noveno.
El artículo 13 y el 14 definen la creación de algunos cargos relativos a las competencias asignadas al Ministerio de Desarrollo Social y transfiere la Dirección Nacional de Deporte al Ministerio de Turismo con todas sus competencias, creando para ello los cargos necesarios.
De la voluntad política de la Administración y de los canales de participación ciudadana que se establezcan, incluyendo a los trabajadores de las distintas reparticiones ejecutoras, dependerá definitivamente el éxito de esta ingeniería institucional que se propone la mejora en la atención de los derechos de las personas en lo social, cultural, económico y una reforma del funcionamiento del Estado en la búsqueda de una mayor eficienca en sus funciones.
Sala de la Comisión, el 15 de marzo de 2005.
Margarita Percovich, Miembro Informante; Washington Abdala (con discrepancias que expondrá en Sala), Sergio Abreu (con salvedades que expondrá en Sala), Gonzalo Aguirre Ramírez (con salvedades que expondrá en Sala), Francisco Gallinal (con salvedades que expondrá en Sala), José Korzeniak, Rafael Michelini, Leonardo Nicolini, Eduardo Rios. Senadores.
PROYECTO DE LEY SUSTITUTIVO
Artículo 1º.- Créase el Ministerio de Desarrollo Social, el que se incorporará al Presupuesto Nacional como Inciso 15.
Suprímese el Ministerio de Deporte y Juventud, instituido por el artículo 81 de la Ley Nº 17.243, de 29 de junio de 2000, en la redacción dada por el artículo 414 de la Ley Nº 17.296, de 21 de febrero de 2001.
El Poder Ejecutivo, de conformidad con lo establecido en el inciso segundo del artículo 174 de la Constitución de la República, redistribuirá las atribuciones y competencias del Ministerio que se suprime, entre el Ministerio de Desarrollo Social y el Ministerio de Turismo. Este último pasará a denominarse Ministerio de Turismo y Deporte, a partir de la entrada en vigencia de la presente ley.
Artículo 2º.- Créase, en el Ministerio de Desarrollo Social, la Unidad Ejecutora 001 "Administración General". La Contaduría General de la Nación habilitará los créditos a los cargos del Ministro, Subsecretario, y los demás creados por esta ley, eliminándose los cargos de Ministro, Subsecretario y Director General en el Ministerio que se suprime, así como los correspondientes créditos presupuestales.
Artículo 3º.- La redistribución que realice el Poder Ejecutivo, conforme a lo previsto en el artículo 1º de la presente ley, operará la transferencia de pleno derecho, a favor del Ministerio de Desarrollo Social, de todos los bienes, créditos, recursos, partidas presupuestales, derechos y obligaciones relativos al ejercicio de las competencias que se le atribuyan, incluyendo los correspondientes al Fondo de Deporte y Juventud (artículo 37 de la Ley Nº 17.296, de 21 de febrero de 2001 y artículo 144 de la Ley Nº 17.556, de 18 de setiembre de 2002), los que serán enunciados e identificados, asimismo, en la redistribución mencionada, sin perjuicio de los destinos especiales que establezca la ley para los recursos que integran este último.
Los Registros Públicos procederán a la registración de los bienes que correspondan, con la sola presentación del testimonio notarial de la resolución a dictarse.
Artículo 4º.- Encomiéndase al Poder Ejecutivo la redistribución de los funcionarios del Ministerio suprimido, entre el Ministerio de Desarrollo Social y el Ministerio de Turismo y Deporte, así como la reasignación, previo informe de la Contaduría General de la Nación, de los correspondientes créditos presupuestales, dando cuenta a la Asamblea General.
Artículo 5º.- El Instituto Nacional de la Juventud (INJU), creado por el artículo 331 de la Ley Nº 16.170, de 28 de diciembre de 1990, e integrado al Ministerio de Deporte y Juventud por el artículo 84 de la Ley Nº 17.243, de 29 de junio de 2000, se incorpora al Ministerio que se crea por la presente ley, manteniéndose su estructura y organización actuales y los recursos que tenga asignados.
Los funcionarios que actualmente prestan funciones en el Instituto serán redistribuidos al Ministerio de Desarrollo Social, habilitándose los créditos correspondientes por parte de la Contaduría General de la Nación. Los funcionarios redistribuidos mantendrán su situación funcional anterior, la que en ningún caso se verá afectada.
Artículo 6º.- El Instituto Nacional de la Familia y la Mujer, instituido por el artículo 234 de la Ley Nº 16.226, de 29 de octubre de 1991, y modificativos, en el programa 001 del Ministerio de Educación y Cultura, se incorpora al Ministerio que se crea por la presente ley, manteniéndose su estructura y organización actuales y los recursos que tenga asignados.
Los funcionarios que actualmente prestan funciones en el Instituto serán redistribuidos al Ministerio de Desarrollo Social, habilitándose los créditos correspondientes por parte de la Contaduría General de la Nación. Los funcionarios redistribuidos mantendrán su siguación funcional anterior, la que en ningún caso se verá afectada.
Artículo 7º.- A partir de la vigencia de la presente ley, se transfieren de pleno derecho al Ministerio de Desarrollo Social, todos los bienes, créditos, recursos, derechos y obligaciones, correspondientes a los Institutos mencionados en los dos artículos precedentes.
Los Registros Públicos procederán a la registración de los bienes que correspondan, con la sola presentación del testimonio notarial de la resolución a dictarse.
Artículo 8º.- El Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay (INAU) se relacionará con el Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Desarrollo Social.
Artículo 9º.- Al Ministerio de Desarrollo Social le compete:
a) Asesorar al Poder Ejecutivo y proponer las políticas nacionales en las materias de su competencia.
b) Sin perjuicio de las competencias de otros Ministerios y organismos; formular, ejecutar, supervisar, coordinar, programar, dar seguimiento y evaluar las políticas, estrategias y planes en las áreas de juventud, mujer y familia, adultos mayores, discapacitados, y desarrollo social en general.
c) Coordinar las acciones, planes y programas intersectoriales, implementados por el Poder Ejecutivo para garantizar el pleno ejercicio de los derechos sociales a la alimentación, a la educación, a la salud, a la vivienda, al disfrute de un medio ambiente sano, al trabajo, a la seguridad social, y a la no discriminación.
d) Diseñar, organizar y operar un sistema de información social con indicadores relevantes sobre los grupos poblacionales en situaciones de vulnerabilidad, que permita una adecuada focalización del conjunto de políticas y programas sociales nacionales.
e) Diseñar, organizar y administrar un sistema de identificación, selección y registro único de los núcleos familiares o individuos habilitados para acceder a los programas sociales, sujeto a criterios de objetividad, transparencia, selectividad, temporalidad, y respetando el derecho a la privacidad en los datos que así lo requieran.
f) Implementar, ejecutar y coordinar Programas de Atención a la Emergencia Social, mediante la cobertura de las necesidades básicas de quienes se hallan en situación de indigencia y de extrema pobreza, buscando el mejoramiento de sus condiciones de vida y su integración social.
g) Proporcionar información y asesoramiento sobre los programas disponibles para quienes se encuentran en situación de indigencia o extrema pobreza.
h) Coordinar con los Gobiernos Departamentales, la ejecución de sus cometidos.
i) Sin perjuicio, en cuanto corresponda, de las competencias del Poder Ejecutivo, del Poder Legislativo y del Ministerio de Relaciones Exteriores, atender los asuntos internacionales referidos al desarrollo social, así como la celebración y complementación de convenios bilaterales y multilaterales de cooperación con instituciones públicas y privadas, nacionales o extranjeras.
j) La regulación, promoción, seguimiento y monitoreo de las actividades de las entidades estatales que actúan en materia de juventud, mujer, adultos mayores y discapacitados, en cuanto corresponda.
k) Fiscalizar, con carácter preceptivo, a toda institución privada con la que ejecute programas sociales bajo la modalidad de convenios, en cuanto al cumplimiento efectivo de los mismos.
l) Cumplir todos los cometidos que las distintas normas establecieron de cargo de los Institutos que por esta ley se trasladan a su órbita de competencia, pudiendo ejercer todas las facultades determinadas en los mismos, por lo que todas las remisiones efectuadas en dicha normativa a los referidos Institutos, deberá entenderse efectuada al Ministerio de Desarrollo Social.
m) Establecer espacios de coordinación y asesoramiento con la sociedad civil involucrada en los objetivos del Ministerio de Desarrollo Social.
Artículo 10.- El Ministerio de Desarrollo Social, o la dependencia a la que reglamentariamente se le asigne el cometido (numeral 4º del artículo 168 de la Constitución de la República), podrá aplicar sanciones a quienes infrinjan las disposiciones que establezcan obligaciones a cargo de las personas o instituciones sujetas a su regulación, inspección o control.
Las sanciones consistirán, apreciando la entidad de la infracción y los antecedentes del infractor, en apercibimiento, observación, multa, o suspensión del establecimiento, en forma temporaria, o con autorización judicial, de clausura definitiva.
El monto de las multas se graduará entre 10 y 2000 Unidades Reajustables. Las suspensiones temporarias no podrán superar el límite de tres meses.
Artículo 11.- El Ministerio de Desarrollo Social tendrá acción ejecutiva para el cobro de las multas que aplique y demás recursos que recaude. A tal efecto, constituirán título ejecutivo, los testimonios de las liquidaciones respectivas que hayan sido aprobadas mediante acto administrativo. La mora en los pagos se producirá de pleno derecho, por el solo vencimiento de los plazos fijados por la reglamentación respectiva.
Artículo 12.- Facúltase al Ministerio de Desarrollo Social a proceder a la venta de todas las publicaciones que se editen por sus distintas dependencias, así como a fijar su precio en función de sus costos respectivos.
Artículo 13.- Créanse en el Inciso 15, los cargos de particular confianza de Director General de Secretaría, Director de Políticas Sociales, Director de Desarrollo Ciudadano, Director de Evaluación de Programas, Director de Coordinación Territorial, Director del Instituto Nacional de la Juventud y Director del Instituto Nacional de la Familia y la Mujer, cuya retribución será la establecida en el literal c) del artículo 9º de la Ley Nº 15.809, de 8 de abril de 1986. Esta erogación será financiada con cargo a Rentas Generales y a los ahorros presupuestales que a estos efectos dispondrá el Poder Ejecutivo.
Artículo 14.- El Poder Ejecutivo, a iniciativa del Ministerio de Desarrollo Social, aprobará la estructura de cargos y funciones necesarios para cumplir con los cometidos asignados a esta Secretaría de Estado, los que serán adecuados a los puestos de trabajo de su nueva estructura organizativa.
A tales efectos, se aplicará, en lo pertinente, lo establecido en los incisos segundo a cuarto del artículo 418 de la Ley Nº 17.296, de 21 de febrero de 2001.
Artículo 15.- Créase la "Dirección Nacional de Deporte", como Unidad Ejecutora 002 del Programa 002 "Formulación, ejecución, supervisión y evaluación de planes en materia de deporte e instrumentación de la política en la materia", del Ministerio de Turismo y Deporte (Inciso 09 del Presupuesto Nacional).
Artículo 16.- La Dirección Nacional de Deporte mantendrá las competencias asignadas al Ministerio de Deporte y Juventud en el área de deportes, en cuanto corresponda a su estructura orgánica y posición institucional.
Artículo 17.- La redistribución de competencias que realice el Poder Ejecutivo de acuerdo a lo previsto en el artículo 1º de esta ley, operará la transferencia de pleno derecho, a favor del Ministerio de Turismo y Deporte, de todos los bienes, créditos, recursos, partidas presupuestales, derechos y obligaciones, relativos al ejercicio de las competencias que se atribuyan al citado Ministerio, incluyendo los correspondientes al Fondo de Deporte y Juventud.
Los Registros Públicos procederán a la registración de los bienes que correspondan, con la sola presentación del testimonio notarial de la resolución a dictarse.
Artículo 18.- Créanse los cargos de particular confianza de "Director Nacional de Deporte", "Director de Promoción Deportiva y Coordinación institucional", y "Director de Infraestructura y Administración General" del Ministerio de Turismo y Deporte. Las retribuciones correspondientes a estos cargos serán las establecidas en el literal c) del artículo 9º de la Ley Nº 15.809, de 8 de abril de 1986. Esta erogación será financiada con cargo a Rentas Generales y a los ahorros presupuestales que a estos efectos dispondrá el Poder Ejecutivo.
Artículo 19.- El Poder Ejecutivo, a iniciativa del Ministerio de Turismo y Deporte, aprobará la estructura de cargos y funciones necesarios para cumplir con los cometidos asignados a esta Secretaría de Estado, los que serán adecuados a los puestos de trabajo de su nueva estructura organizativa.
A tales efectos, se aplicará, en lo pertinente, lo establecido en los incisos segundo a cuarto del artículo 418 de la Ley Nº 16.296, del 21 de febrero de 2001.
Sala de la Comisión, el 15 de marzo de 2005.
Margarita Percovich, Miembro Informante; Washington Abdala (con discrepancias que expondrá en Sala), Sergio Abreu (con salvedades que expondrá en Sala), Gonzalo Aguirre Ramírez (con salvedades que expondrá en Sala), Francisco Gallinal (con salvedades que expondrá en Sala), José Korzeniak, Rafael Michelini, Leonardo Nicolini, Eduardo Rios. Senadores".
SEÑOR PRESIDENTE.- Léase.
(Se lee)
- En discusión general.
Tiene la palabra la señora Senadora Percovich.
SEÑORA PERCOVICH.- El 2 ó 3 de marzo recibimos el proyecto del Poder Ejecutivo que fue considerado ayer, en una extensa reunión de trabajo, por la Comisión de Constitución y Legislación. En esa sesión de la Comisión contamos con la presencia de la señora Senadora Arismendi, futura responsable de ese Ministerio cuya creación se está proponiendo en el proyecto que ha sido distribuido.
La concurrencia de la señora Senadora Arismendi a la Comisión, así como de la doctora Ibarra, sirvió para que se expusieran largamente los objetivos de la creación y cometidos de ese Ministerio y se hiciera un análisis artículo por artículo. Entiendo que los aportes hechos en la Comisión mejoraron notoriamente el proyecto enviado por el Poder Ejecutivo.
Con la creación de este Ministerio -que, en realidad, no crea una nueva estructura dentro del Estado, sino que sustituye otra porque se suprime el Ministerio de Deporte y Juventud-, se busca algo que ha debatido largamente el sistema político, en forma conjunta con la sociedad y con los organismos técnicos que han trabajado en los temas inherentes a la forma en que el Estado ejecuta las políticas sociales.
Los cambios que se han venido produciendo en el Uruguay en esa composición social resultan cada vez más complejos, en un Estado que tiende a ser homogéneo, muy segmentado, con lógicas sectoriales y rutinas muy fuertes, y que por distintos motivos las diferentes Administraciones han ido buscando formas nuevas de ejecución de los servicios sociales que el Estado debe brindar, así como ubicando las formas de ejecución o de decisión en diversos sectores del Estado. Tan es así que alguna Administración ha intentado formar un gabinete social, mientras que en otras se ha tratado de establecer una coordinación técnica con la Oficina de Planeamiento y Presupuesto.
Asimismo, en la anterior Administración, contando con la voluntad de varios señores Representantes con quienes trabajamos en la Comisión Especial de Pobreza, logramos hacer un nuevo intento de coordinación e integración imprescindibles para llegar a toda esa diversidad de sujetos que tenemos en el Uruguay y que la misma se hiciera a nivel de la Presidencia de la República, buscando obtener una fuerte voluntad política. Las distintas iniciativas carecieron muchas veces de la efectividad y eficiencia que se buscaban, aunque se ha ido mejorando la capacidad, al incorporar gente con conocimientos y técnicas y al realizar un análisis de la situación social en el Uruguay y de los propios defectos del Estado, tratando de incluir en ello a la sociedad civil para coordinar desde el Estado y para que esas funciones que son públicas, se realicen con dicha sociedad civil. Sin embargo, la situación económica del país y la progresiva y muy rápida fragmentación que se produjo en los últimos años, hace cada vez más difícil que esa lentitud con que el Estado se va reformando, pueda dar cuenta de esa diversidad de problemáticas, de causas, de sujetos que cada vez se convierten más en sujetos que reclaman sus propios derechos. Este es un desafío muy grande; se trata de entender que las políticas públicas no pueden ser ejecutadas en forma fragmentada, que las personas son diversas y que existen distintas causas que conllevan y también aumentan las situaciones de indigencia, de pobreza, de exclusión, de fragmentación territorial y que, además, hay profundas causas culturales que son las que al Estado le cuesta más visualizar y que se entremezclan con las causas económicas y materiales. Es allí donde encontramos las mayores dificultades para atender y contrarrestar esas situaciones de exclusión.
En esta nueva Administración, entendemos que hay que hacer un nuevo intento a fin de buscar la coordinación y transversalidad de las políticas públicas. Hemos puesto en nuestro Programa, lo hemos discutido y puesto a consideración de la ciudadanía que nos dio el Gobierno, el hecho de no separar la concepción de la aplicación y definición de las políticas económicas; las necesidades de aplicación de las políticas sociales que busquen la justicia social y el reparto equitativo de bienes y servicios que el Estado tiene que hacer. En la búsqueda, en este proceso de transición, de las formas para aplicar esa coordinación, esa transversalidad y de romper con esas lógicas, sobre todo para quienes van a asumir por primera vez el Gobierno y que se han encontrado con lógicas y rutinas consolidadas, la solución ha sido la de crear una institucionalidad de jerarquías, donde se puedan encontrar los iguales que son los distintos Ministros y los Directores y Presidentes de los organismos del Estado que ejecutan políticas públicas, y que quienes tengan la responsabilidad de coordinar dichas políticas, tengan la misma jerarquía que los otros y cuenten con el respaldo de la Presidencia de la República y del Ministro de Economía y Finanzas.
Estos son los parámetros con los que se inicia esta propuesta de nueva institucionalidad. La misma no se crea, sino que se sustituye una que desaparece y lo que se hace es trasvasar entre una y otra, las distintas competencias.
En este trasvasar, trasladar, que se expresa en alguno de los artículos del proyecto, se trata de poner dentro de la órbita del Ministerio de Desarrollo Social , institutos específicos que atienden a los sujetos diversos, con distintas problemáticas y que deben ser atendidos con medidas específicas, con acciones afirmativas dentro de la generalidad de las políticas que tienen que ver con la alimentación, la salud, la capacitación para el trabajo, el derecho al trabajo, a la seguridad social, a la educación, etcétera. Así, el Instituto Nacional de la Juventud, el Instituto Nacional de la Familia y la Mujer, el Instituto Nacional de la Niñez y de la Adolescencia del Uruguay, que pertenecían a la órbita del Ministerio de Educación y Cultura, pasan a formar parte de este conglomerado de instituciones que van a estar en la órbita del Ministerio de Desarrollo Social.
Quiero decir que hay otros organismos del Estado que intervienen directamente en la aplicación de esta coordinación de las políticas universales y sociales, por ejemplo, el Banco de Previsión Social. Asimismo, en algo muy específico y que va a tener que ver con las acciones de emergencia que se ha propuesto ejecutar también esta Administración conjuntamente con este Ministerio, pero que van a ser ejecutadas desde los propios organismos que corresponda, por ejemplo, el plan alimentario, que siempre ha venido implementando el INDA, hoy en la órbita del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. Quiero aprovechar para decir que nos parece que se trata de un organismo que debería ir desapareciendo progresivamente de la institucionalidad del Estado, para pasar al área de la salud. No entendemos un Instituto de Alimentación que sea un gran depósito de alimentos, de los que no debería encargarse de manejar y distribuir directamente el Estado sino que tendría que estar ligado a la calidad de la salud de las personas. Obviamente, aquellas personas que con sus propios ingresos no pueden comprar alimentos, habrá que controlar que coman y que tengan calidad de salud, es decir, que no estén desnutridos. Este es un tema específico del primer nivel de la atención de la salud. Por lo tanto, estos serán cometidos que irán pasando en este intento de reorganizar el Estado para aplicación de las políticas sociales.
El proyecto de ley que ayer trató la Comisión mejoró notoriamente en su lenguaje y redacción. Se crea el Ministerio, se suprime el de Deporte y Juventud y se traslada la competencia del deporte al Ministerio de Turismo. Este es un tema que se discutió en la Comisión, sobre el que expresaron sus opiniones algunos compañeros y sobre el que voy a dar una opinión personal. Personalmente, me hubiera gustado que la Dirección de Deportes quedara en el Ministerio de Desarrollo Social, porque pienso que el deporte forma parte de la cultura de la identidad, de la calidad de vida, no debería quedar enmarcada en los temas más tradicionales porque tiene áreas centrales en el desarrollo de la integración de las personas en el territorio, en los barrios, en las familias, etcétera.
De todas maneras, la coordinación se va a establecer y esperamos que el deporte se integre en la aplicación de las políticas sociales. Obviamente, se trasladan los recursos, los bienes, los funcionarios, de un Ministerio al otro, de acuerdo con la competencia que cada uno va a tener. Esto lo establecen distintos artículos del proyecto. Deseo también resaltar que en el artículo 3º del proyecto se trasladan los fondos correspondientes al Fondo de Deporte y Juventud que tiene su propia Ley y que los Legisladores destinamos para tres grandes áreas que necesitan fondos: el Fondo del Programa de VIH SIDA, el Fondo del Deporte y algunos proventos para el Instituto de la Juventud. Son estos últimos los que pasan, justamente al Instituto de la Juventud.
El resto de los recursos correspondientes al fondo de deporte se destinarán, al deporte y a los programas de salud correspondientes.
Como decía, los demás artículos definen la órbita en que estarán los Institutos específicos del Estado, como el de la Niñez, la Juventud, la Familia y la Mujer. Finalmente, el artículo 9º define las competencias del Ministerio de Desarrollo Social, sobre lo cual considero que se han hecho algunos aportes interesantes en la propia Comisión. En primer lugar, se eliminaron algunos párrafos que la propia señora Senadora Arismendi entendió que estaban conculcando derechos laborales de los funcionarios que pasaban a este nuevo Ministerio; en este sentido, hubo acuerdo, ante el comentario realizado por algún señor Senador, en suprimir esos artículos. Se definieron mejor las competencias y se estableció claramente que algunas de las competencias que se habían mencionado pertenecían a otros Ministerios, por lo que no era bueno que se aumentara la burocracia del Ministerio de Desarrollo Social, cuando ya estaban definidas en otros que funcionaban bien. A la vez, se aclararon algunas relaciones del Ministerio con la sociedad civil.
Por último, se crean algunos cargos, y este obviamente fue el tema más discutido en la Comisión. Concretamente, se crean los cargos correspondientes a los temas de deporte, que pasan al Ministerio de Turismo, y los correspondientes al Ministerio de Desarrollo Social.
El espíritu de la creación de estos cargos es, en primer lugar, mejorar los servicios del propio Estado y cumplir con las competencias que se establecen en este mismo proyecto y que refieren no solamente a la definición de los programas, sino también al seguimiento y al relacionamiento con los convenios que se realizan con la sociedad civil. Es decir que se apunta al monitoreo correspondiente de la ejecución de esas políticas, que son públicas y deben ser cumplidas por el Estado pero, para una mayor efectividad y llegada a los sujetos sociales, se realizan a través de la sociedad civil organizada, por equipos técnicos especializados. En definitiva, quienes asumen estas responsabilidades políticas dentro de la nueva administración son quienes tendrán que venir a esta Casa a darnos cuenta del cumplimiento de esas funciones.
No quiero extenderme en el tema, porque seguramente los demás señores Senadores querrán hacer sus aportes; en la discusión particular vamos a proponer alguna pequeña modificación del lenguaje en alguno de los artículos. Pero los compañeros de la Bancada oficialista queremos manifestar que esperamos que en esta Administración podamos contar con la voluntad del Gobierno para afrontar este desafío, que ha sido tan difícil para las anteriores Administraciones. Para ello nosotros hemos ido delimitando los problemas que se habían presentado y por supuesto que el tema también presenta desafíos para nosotros, porque somos todos seres políticos. Esperamos votar con esta voluntad y poder debatir en esta Casa, haciendo el seguimiento de esto que para nosotros es un gran desafío: crear una institucionalidad con la responsabilidad de coordinar el resto del Estado, pensando en el interés de las personas, de los hombres, de las mujeres, de los niños, de los adultos, de los discapacitados, que son seres diversos, distintos, pero con quienes en lo esencial y en lo inmediato tenemos una deuda social interna muy grande en nuestro país, más allá de las limitaciones de una deuda externa que nos ata en una forma muy importante. Este es un primer puntapié institucional que está lleno de desafíos, pero haremos el intento que se llene de contenido y, sobre todo, que dé respuesta a la gente que está sumamente esperanzada en que así sea.
Gracias, señor Presidente.
SEÑOR ABDALA.- Pido la palabra.
SEÑOR PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor Senador.
SEÑOR ABDALA.- Señor Presidente: no sé si puede decirse que este es un debate de carácter procesal, porque hay elementos de fondo bien interesantes, pero en definitiva me parece que los objetivos en materia de políticas sociales los compartimos todos. Tengo la impresión de que en realidad las diferencias las manejamos en el ámbito de los instrumentos y de los procedimientos.
Mi colectividad, a lo largo del tiempo, ha sostenido que lo imprescindible en el Capítulo de Políticas Sociales era incrementar la coordinación y mejorar los niveles de la misma. Tanto es así que en nuestros programas de Gobierno -no en los últimos, sino en los de siempre- manejamos esta idea, y diría que ha sido parte del leit motiv de los sectores políticos del Partido Colorado. Por otro lado, el Partido Nacional, en su programa de gobierno, ha manejado la idea de que la propia Oficina de Planeamiento y Presupuesto tenga un rol central en la planificación de la política social y en el monitoreo y evaluación de los resultados. Es decir que el Partido Nacional también ha manejado con mucha seriedad la idea de incrementar los niveles de coordinación y no así la creación de estructuras. Pero es cierto que siempre se puede hacer una reflexión distinta sobre instrumentos que pueden eventualmente evolucionar, y bienvenidas sean las miradas nuevas.
El proyecto de ley maneja algún concepto delicado en materia de centralización y descentralización. Ha sido un clásico discurso del Encuentro Progresista -y por cierto muy respetable- el de apuntar a la idea del rescate del interior. Sin embargo -lo digo con mucho respeto-, lo que hace este proyecto es centralizar y captar prácticamente todo desde y para la capital. En este caso me parece que se corre un riesgo, que habrá que ver luego cómo se lo va administrando.
La futura Ministra hizo promesas muy importantes -y pido a los colegas Senadores que revisen la versión taquigráfica de su participación en la Comisión- en materia de objetivos finales a alcanzarse en el mediano y corto plazo. Por ejemplo, habla de la eliminación de los merenderos y de los comedores, lo que no está mal; hay que aplaudir a la futura Ministra cuando plantea esto y realmente colaborar con ella para ver cómo se puede lograr este objetivo. Además, dice algo que hay que tomar al pie de la letra y hacerle el contralor, en nuestro caso: no se van a contratar expertos de ninguna naturaleza. Esto también nos parece bien, porque más de alguno de nosotros, que estamos hace un tiempo en la actividad político-gubernamental, tenemos que reconocer que muchas veces las burocracias terminan generando, como decía Merton, una vida, una dinámica, una especie de hipertrofia propia, y el resultado es malo, porque aquellos dineros que se obtienen con endeudamiento y que se supone que tienen que ir a parar a aquellos a quienes se pretende asistir, muchas veces se los intermedia, y eso es lo que hay que tratar de evitar. De manera que le tomamos la palabra para que los contratos de obra no aparezcan; ningún contrato de obra.
Sin embargo, cuando se le preguntó a la doctora Ibarra -esto figura en la página 71 de la versión de la Comisión- si iba a haber creación de cargos, respondió afirmativamente. En concreto, dijo que los cargos que se crean no existen y que serán de particular confianza. Luego explicó cuáles serán las funciones de cada uno de esos cargos. Personalmente, hubiera preferido que alcanzara con la estructura estatal y que no fuera necesario crear cargos. En tal sentido hacemos un llamado de atención con mucha seriedad, por cierto.
Cabe aclarar que vamos a votar negativamente algunos artículos pero, a partir del artículo 9º en adelante, que es donde está el corazón del proyecto, pondremos toda nuestra buena voluntad para dar una mano. Además, quiero destacar que a nivel de la Comisión el texto fue mejorado gracias al aporte de los señores Senadores Aguirre, Percovich, Korzeniak y Abreu.
El Partido Colorado va a votar negativamente el literal d) del artículo 9º, tal como adelantamos en Comisión. Nos parece que no nos damos cuenta de que "diseñar, organizar y operar un sistema de información social con indicadores relevantes sobre los grupos poblacionales en situaciones de vulnerabilidad, que permita una adecuada focalización del conjunto de políticas y programas sociales nacionales" es una tarea de estricta competencia del Instituto Nacional de Estadística. En definitiva, pensamos que armar toda esa estructura lateral implica una superposición de actividades. No sucede lo mismo con el literal e), que parece sensato. Recuerdo que la señora Senadora Percovich, al final, introdujo una aclaración sobre el derecho a la privacidad en los datos que así lo requieran, lo cual constituye un elemento de tranquilidad para todos. Los señores Senadores pueden observar las modificaciones en el proyecto comparativo que tienen en su poder.
El literal i) del mismo artículo 9º -hago estas apreciaciones para agilitar luego el debate ya que no es nuestra intención entorpecer la sesión y vamos a permitir que esto nazca si es que tiene que nacer- nos parece correcto en cuanto a que en las competencias en materia de celebración de convenios tenga prioridad el Ministerio de Desarrollo Social en relación con otras Carteras como, por ejemplo, la de Relaciones Exteriores.
El texto relativo a la fiscalización, con carácter preceptivo, de las entidades privadas, quedó mejorado -creo que se trató de un aporte de la señora Senadora Percovich- porque refiere estrictamente al cumplimiento efectivo de los convenios. De otra manera, hubiera quedado establecida como una atribución del Ministerio lo cual, francamente, parecía un exceso.
Por otro lado, el artículo 4º nos genera ciertas inquietudes y por ese motivo vamos a votarlo negativamente. Ojalá que nos equivoquemos y, de ser así, en esta Cámara o en la otra, reconoceremos nuestro error. Este artículo expresa: "Encomiéndase al Poder Ejecutivo la redistribución de los funcionarios del Ministerio suprimido, entre el Ministerio de Desarrollo Social y el Ministerio de Turismo y Deporte, así como la reasignación, previo informe de la Contaduría General de la Nación, de los correspondientes créditos presupuestales, dando cuenta a la Asamblea General". Creo que esto generará asimetrías funcionales, tan típicas en la Administración Pública. Es así que funcionarios que tienen un rango menor quedan en la parte superior del escalafón, en posiciones más relevantes. Estas son las cosas que luego llevan a los juristas a hablar de "mamarrachos jurídicos". Con franqueza, debo decir que entiendo que de esta manera vamos a aniquilar la pirámide funcional. De todas maneras, el tiempo nos dirá cómo se va ordenando este asunto.
(Ocupa la Presidencia el señor Senador Luis Alberto Heber.)
- Con los señores Senadores Amaro y Alfie estuvimos conversando acerca del literal f) del artículo 9º -espero que se me entienda bien- y coincidimos en el sentido de que la implementación, ejecución y coordinación nos parece sumamente relevante. Creemos que es parte del corazón principal de la actividad que habrá de desarrollar este Ministerio en los próximos tiempos. Sobre este aspecto queremos dar todas las manos posibles para que comience cuanto antes.
Por último, deseo agradecer a la futura Ministra la buena disposición que mostró y la superlativa flexibilidad que tuvo para modificar el texto. Deseo que al Gobierno le vaya muy bien porque, en ese caso, nos irá muy bien a todos.
Es cuanto quería decir.
SEÑOR ABREU.- Pido la palabra.
SEÑOR PRESIDENTE (Don Luis Alberto Heber).- Tiene la palabra el señor Senador.
SEÑOR ABREU.- Señor Presidente: en la tarde de ayer estuvimos considerando el proyecto de ley de creación del Ministerio de Desarrollo Social en la Comisión y hoy lo hacemos en este Senado. Compartimos el Mensaje del Poder Ejecutivo en cuanto al objetivo de la creación de una nueva institucionalidad pública en materia de política social. Desde el punto de vista político y organizativo, se trata de un esfuerzo instrumental; es una nueva institucionalidad creada sobre la base de la integración y coordinación de programas sociales.
Bien decía la futura Ministra así como a nivel de la Administración Nacional, no sólo en la Administración Pública o en el Poder Ejecutivo, sino también a nivel de los Servicios Descentralizados u otros organismos públicos, que la actividad se ha desarrollado generalmente con un altísimo grado de desorganización y de autarquía, lo cual ha conspirado contra la eficiencia y el cumplimiento de los objetivos. Quienes tenemos alguna experiencia en el Gobierno sabemos que el principal desafío en el ámbito de la Administración de Gobierno es rescatar el principio de la fijación de objetivos y de la ejecución de las políticas sin que estas sean condicionadas o supeditadas a determinados intereses burocráticos, en el sentido weberiano y no de la burocracia malentendida, en el cual a veces los fines de las organizaciones, de las empresas o de las oficinas públicas pueden más que la propia decisión del Poder Ejecutivo. Obviamente, estos temas siempre se plantean en la reorganización estatal y, precisamente, esta es una reorganización que, desde el punto de vista institucional, va orientada a encontrar ese objetivo, en la concentración o en la centralización de las políticas y en la descentralización de su ejecución. En ese sentido coincidimos totalmente.
De todas formas, parecería haber una cierta contradicción en el esfuerzo que plantea el proyecto de carácter general. Así como estamos de acuerdo con la filosofía que fundamenta la creación de este instituto en lo que hace a la coordinación de políticas, lo referido al Ministerio de Turismo y Deporte nos parece que no se complementa con la debida racionalidad con que se ha inspirado la creación de la otra Cartera. Por ese motivo, tal como señaló la señora Senadora Percovich, tenemos algunas reservas acerca de cómo se va a manejar esta ubicación institucional al unir estos dos Ministerios que no tienen gran afinidad en sus competencias. A nuestro juicio esa dualidad terminará enlenteciendo decisiones y, sobre todo, reduciendo la capacidad y eficiencia de las distintas áreas que estarán en pugna en las prioridades que debe tener un Ministro cuando hay dos actividades de carácter complementario. Lo que tiene de racionalidad en cuanto al Ministerio de Desarrollo Social no la tiene para el Ministerio de Turismo y Deporte. Consideramos que esa fragmentación va a perjudicar la eficiencia del trabajo.
Creo que es importante resaltar, señor Presidente, que estamos hablando de instrumentos; son aspectos instrumentales e institucionales puestos al servicio de determinadas políticas que han existido siempre en todas las Administraciones, con prioridades o lecturas diferentes, pero que son parte de la preocupación de cualquier gobernante que, obviamente, desea dar el mejor nivel de vida a todos los habitantes. Como es lógico, en una democracia pluralista y abierta, se discute cuáles son los instrumentos más idóneos o si el pensamiento que los inspira tiene el debido fundamento para conseguir los objetivos que se persiguen. Sobre este tema hemos hablado en forma muy abierta en la Comisión y, como es algo instrumental, hicimos un esfuerzo a modo de aporte para que este proyecto pudiera estar hoy en consideración del Senado. Inclusive, lo hicimos a partir de la propuesta que realizamos que, debo confesar, quizás no fue bien entendida o interpretada, tomándola como punto de partida de viejos estilos parlamentarios de un espíritu dilatorio que no existía. Me refiero al hecho de que sugerimos la participación de la Universidad de la República, emitiendo su opinión, así como también la de los institutos de Derecho Público. Asimismo, nos pareció conveniente -pero no lo quisimos decir ayer porque sí podría haber parecido como un espíritu de dilatoria- que se contara con la participación de la Facultad de Ciencias Sociales o de aquellas ramas de la Universidad o de la educación vinculadas a temas tan sensibles como los aspectos sociales. Pudimos haberlo hecho, señor Presidente, pensando además que ese podría haber sido un Mensaje muy claro de esta primera ley que representa el buque insignia del Gobierno -cabe acotar que a la futura señora Ministra no le gustaba la expresión "buque insignia" a la que aludía el señor Senador Michelini- en cuanto a su preocupación social. Esta iniciativa hubiera merecido que la Universidad de la República participara y emitiera su opinión porque, entre otras cosas, es parte de esta filosofía participativa y de este sistema en el que la sociedad civil quiere integrarse a la nueva filosofía de los nuevos tiempos y de los cambios que se proponen. Esto no lo logramos. Pero queríamos dejar constancia, no motivados por una picardía política, que en este sentido no tenemos, que bien podría haberse invitado a uno o a varios profesores destacados de estos ámbitos a fin de que pudieran emitir su opinión. Tan así es lo que estoy diciendo, que en la discusión a nivel de la Comisión se formuló una serie de objeciones de carácter jurídico, constitucional e institucional, con tal apertura que la propia señora Ministra propuso la supresión de tres o cuatro artículos que, inclusive, tenían una redacción vinculada a la carrera funcional, porque el proyecto del Poder Ejecutivo contiene algunos artículos que lesionan la carrera funcional y administrativa. Esa no es la filosofía en que se inspira un proyecto que puede tener objetivos sociales pero que no puede atentar contra la carrera administrativa de los funcionarios. Esos artículos que la propia señora Ministra propuso que se suprimieran, según la reflexión del señor Senador Aguirre estaban, consciente o inconscientemente, hipotecando la carrera administrativa y los derechos de los funcionarios. Cuando decimos esto queremos expresar que este modelo participativo -por decirlo de alguna manera- nos hubiera enriquecido a partir del aporte de mucha gente que podría haber ayudado en este tema; y no creo que eso hubiera sucedido después de Semana Santa o algún otro día, sino, simplemente, en la que está corriendo.
En materia instrumental, el proyecto está claramente definido. Las observaciones y el trabajo que realizamos demuestran que la Comisión trabajó con espíritu constructivo, que no hubo ningún ánimo dilatorio y que todo lo que se hizo fue, precisamente, para que la redacción o, incluso, los objetivos fueran los mejores posibles.
El artículo 9º es el corazón de la iniciativa y establece competencias claramente delimitadas. Inclusive, hicimos hincapié con el señor Senador Aguirre en la necesidad de eliminar la palabra "regular" porque, entre otras cosas, no está de acuerdo con las disposiciones constitucionales o con los mecanismos jurídicos institucionales que deben regir las relaciones entre la reserva de la ley y las potestades reglamentarias o regulatorias de las Unidades Ejecutoras en el ámbito de la Administración.
Todo esto se fue elaborando y aportando con un criterio positivo hasta que, obviamente, votamos negativamente algunos artículos que están vinculados en forma coherente con nuestra reticencia a esta creación, más allá de que jurídicamente pueda tratarse de un traslado de competencias de un Ministerio a otro; precisamente, del Ministerio de Turismo y Deporte. Básicamente, la creación de cargos, entre otras cosas y aunque siempre se ha buscado una justificación, puede merecer una observación de carácter constitucional porque no está de acuerdo con la disposición del artículo 86 de la Constitución de la República que reserva para la Ley Presupuestal la creación de cargos y los distintos fondos a ser asignados.
De todas maneras, en estos temas sí queremos dejar constancia de nuestra visión integral y nuestro espíritu constructivo, porque estos aspectos instrumentales ahora sí van a pasar a manos del Poder Ejecutivo, como Ministerio, que va a tener la responsabilidad de cumplir con los objetivos planteados como preocupación en el ámbito social. Pensamos que esto no se limita al Plan de Emergencia Social. Dicho Plan, como se señaló en forma muy acertada en la Comisión, está limitado en el tiempo -y ojalá que sea lo más acotado posible porque eso quiere decir que los resultados van a ser positivos-, pero la proyección institucional del Ministerio supone que estas competencias son parte de este esfuerzo del Estado por organizar y reorganizar todas las Unidades Ejecutoras vinculadas a las políticas sociales.
Hay algunos temas que figuran en determinados artículos sobre los que tenemos alguna preocupación; inclusive, podemos señalar -aunque tendremos oportunidad de comentarlo en la discusión en particular- que en el artículo 12 no aparece tanto en el comparativo como en el sustitutivo un último inciso, que es muy importante porque puede estar vinculado a determinados proventos que podrían quedar a discrecionalidad de la Unidad Ejecutora que se está creando. Después, cuando analicemos artículo por artículo, haremos los comentarios que correspondan.
Señor Presidente: finalizamos diciendo que con el espíritu constructivo de dotar al Poder Ejecutivo de instrumentos adecuados y a la espera de que los contenidos de sus políticas puedan satisfacer las necesidades de la población, es que el Partido Nacional ha acompañado este proyecto con algunas reservas en ciertos artículos, para darle al Gobierno la posibilidad de cumplir con lo que prometió.
SEÑOR PRESIDENTE (Don Luis Alberto Heber).- Continuando con la lista de oradores, tiene la palabra el señor Senador Moreira.
SEÑOR MOREIRA.- Señor Presidente: estábamos leyendo atentamente el Mensaje del Poder Ejecutivo con el que se remite a este Cuerpo este proyecto de ley de creación del Ministerio de Desarrollo Social y allí se hace alusión al hecho de que las políticas sociales en el Uruguay han sido el resultado de un conjunto de acciones fragmentarias y dispersas que han estado a cargo de distintos organismos públicos: del Poder Ejecutivo, de los organismos desconcentrados y de los Gobiernos Departamentales; y creo que en eso podemos coincidir.
Luego, se afirma que el principio en el que se van a basar estas nuevas políticas sociales es el de la conducción centralizada y el de la ejecución descentralizada. Leyendo el artículo 9º relativo a la suma de competencias que se le otorgan a este nuevo Ministerio, puedo decir que me parece un campo absolutamente abarcativo. No ha quedado prácticamente nada fuera de estos cometidos asignados, creándose un Ministerio con amplísimas facultades en esta materia. Y yo, que como Intendente durante diez años alguna experiencia he tenido en esto de políticas sociales y acciones sociales concretas, advierto sobre los riesgos que implica la centralidad en este tipo de decisiones; advierto en cuanto a la distancia que puede existir entre esas necesidades básicas insatisfechas, que son de suprema urgencia, y el lugar donde están los decisores, y también sobre la distancia que puede existir entre los decisores y los ejecutores, porque el diseño de las políticas y los discursos a veces ampulosos sobre esas políticas que se plasman en papeles, muchas veces no se traducen en la realidad. Nos ha tocado vivir en los Gobiernos Departamentales que muchas veces se prometen cosas desde el Poder Ejecutivo, que luego no llegan a los habitantes del interior de la República, y muchas de ellas, para las cuales existen asignaciones presupuestales, organizaciones públicas y asesores de todo tipo, luego no llegan al estómago, al bolsillo o a la vivienda de aquellos que viven sobre todo en el interior del país y también en Montevideo. Y esta es una realidad de la que no escapa ningún departamento.
He observado con preocupación, incluso previo a la asunción de la señora Senadora Arismendi como Ministra -quien recorrió todos los departamentos del interior de la República- que cuando hizo las primeras reuniones se limitó a citar a los integrantes de las organizaciones sociales, pero en ningún momento se puso en contacto con ninguno de los jefes comunales, por lo menos, del interior de la República. Eso se lo señalamos en un Congreso de Intendentes al actual Presidente de la República, quien reconoció el error. Pensamos que sería un enorme error dejar afuera, como principales ejecutores de estas políticas sociales, a los Gobiernos Departamentales, que sin ninguna duda han sido el gran dique de contención del drama y de las miserias sociales que ha vivido el Uruguay en esta gran crisis.
En todos los departamentos del interior hay una enorme asignación de recursos, no otorgados por el Presupuesto Nacional ni por los ciudadanos de todo el país, sino por los contribuyentes de cada departamento para atender estas políticas sociales.
Asimismo, me preocupa que se diga -quienes han elaborado este Plan de Emergencia Social, que se llevará a cabo a través de este Ministerio, me corregirán si no estoy en lo cierto- que está previsto un cierre inmediato de comedores y merenderos. Si, como decía el señor Senador Abdala, es una realidad que vamos a tener que vivir, quisiera que esto se me aclarara ya que esto lo han dicho algunas personas y me parece un tema preocupante. Pienso que en este momento no podemos cerrar los comedores y merenderos. En mi departamento, Colonia, todos los comedores y casi todos los merenderos son atendidos por la Intendencia Municipal y creo que la idea es seguir volcando fondos en ese tipo de tareas, que siguen siendo esenciales actual-mente para aquellos que no pueden procurarse la alimentación.
Por otra parte, he escuchado que se va a proveer dinero para pagar el traslado de estudiantes liceales a los liceos de las ciudades del interior. Esto ya lo están haciendo las Intendencias Municipales, con lo que podría haber una duplicación de funciones que sería muy mala. A mi juicio, dada mi experiencia como gobernante departamental, es esencial lograr una coordinación de acciones muy fuerte entre el Ministerio de Desarrollo Social y los Gobiernos Departamentales.
Aquí también se habla de un plan de identificación de núcleos que tienen necesidades básicas mayores y de un plan para diseñar y organizar un sistema de información social. Les aseguro que la mayoría de las Intendencias, a través de sus Secretarías de Acción Social, disponen de una muy buena información social. Sería muy importante que se llegara a una efectiva coordinación y creo que ahorraríamos tiempo y dinero si se operara un conducto muy directo de relacionamiento con los Gobiernos Departamentales.
Naturalmente, vamos a acompañar el proyecto de ley con nuestro voto porque en la población del Uruguay hay una expectativa muy fundada con respecto a este Plan, que es muy amplio y contará con una organización pública muy fuerte para llevarlo a cabo. Sin embargo, espero que esto no se convierta en una centralidad demasiado fuerte. No debemos olvidar que para ejecutar este tipo de políticas existen ya organizaciones públicas que apuntan a un principio de descentralización, que hoy en el mundo ha ganado cada vez más terreno. Espero que no estemos rezagándonos en ese proceso de descentralización, que a veces pasa no sólo por la ejecución, sino también por la toma de decisiones en algunos ámbitos como el de las políticas sociales.
Simplemente, reitero que voy a acompañar el proyecto, pero deseaba hacer esta reflexión para que se tenga muy en cuenta en el futuro accionar de esta Secretaría de Estado.
SEÑOR PRESIDENTE (Don Luis Alberto Heber).- Tiene la palabra el señor Senador Aguirre.
SEÑOR AGUIRRE.- Señor Presidente: nosotros hemos firmado con discrepancias este proyecto de ley en la Comisión de Constitución y Legislación, lo cual significa que, en el orden general, estamos de acuerdo con él y, como la mayoría o la totalidad del Senado, en el momento en que se vote en general, vamos a expresar nuestro acuerdo que, en esa instancia, no significa otra cosa que manifestar la voluntad de que el Cuerpo pase a considerar las disposiciones concretas en la discusión particular. Dichas discrepancias, por cierto, refieren a aspectos concretos del proyecto -como ser determinadas disposiciones- y, a veces, a algunos literales o incisos y no a los artículos en su integridad.
(Ocupa la Presidencia el señor Rodolfo Nin Novoa)
-Este es el momento, entonces, de expresar un juicio de carácter genérico sobre este importante proyecto de ley, que lo es por el sólo hecho de crear un Ministerio y modificar o suprimir otro, cambiando así la estructura orgánica del Poder Ejecutivo.
Nuestro acuerdo con la creación de este Ministerio de Desarrollo Social y, al mismo tiempo, la supresión del Ministerio de Deporte y Juventud, responde al reconocimiento de que hay un objetivo prioritario y compartible en el proyecto, cual es el de concentrar en un solo órgano cometidos diversos relacionados todos con los problemas sociales más apremiantes que se viven en el país, de modo que haya una mayor coordinación y más eficiencia en la atención urgente de esos problemas, que todos conocemos, sabemos que son reales y acuciantes y, particularmente, se han agravado a partir del año 2002 en ocasión de la tremenda crisis financiera que vivió el país.
Obviamente, no podemos tener la ingenuidad de creer que por una modificación institucional de orden instrumental, como bien decía el señor Senador Abreu, se van a resolver, por sí, las situaciones que a todos nos preocupan y que todos -y fundamentalmente el Gobierno- tenemos el deber de corregir. Es cierto que tampoco podemos irnos al otro extremo y suponer que esto las va a agravar; de ninguna manera va a ser así. Se trata, simplemente -en una intención compartible-, de crear un instrumento institucional mejor dentro de la estructura del Poder Ejecutivo para atender aquellas necesidades sociales que al presente están insatisfechas en el más alto grado, realidad que, por cierto, a todos nos preocupa y nos duele.
Hecha esta reflexión o emitido este juicio de carácter general, queremos hacer referencia al trabajo en Comisión que, como lo señalaba ayer, nos retrotrajo -rejuveneciéndonos diez años- al trabajo en Comisión de otras Legislaturas, particularmente el que desarrollé en la Comisión de Constitución y Legislación, precisamente cuando este Cuerpo era presidido por el doctor Tarigo y lo integraban, entre otros, grandes figuras como Batalla, Ortiz, Cersósimo y Ricaldoni, entre los años 1985 a 1990. Desde este punto de vista, como indudablemente ha sido dicho por quienes me antecedieron en el uso de la palabra y por la señora miembro informante, el proyecto fue perfeccionado en Comisión, trabajando ésta con la celeridad que era de interés de los integrantes de la bancada de Gobierno, pero también con absoluta seriedad, sentido de responsabilidad y sin anteponer ni mezclar los intereses políticos menores con el deber que tiene una Comisión, sobre todo la de Constitución y Legislación, de realizar el estudio concienzudo de un texto y mejorarlo, principalmente cuando es un proyecto de ley importante, de modo de eliminar o superar sus imperfecciones jurídicas. A mi juicio no desaparecieron todas, pero varias fueron suprimidas y, nobleza obliga, como ya se señaló, algunas de ellas lo fueron con el expreso consentimiento de la futura Ministra, la señora Senadora Arismendi.
Esto me ha reconfortado en este relampagueante reingreso al Senado que terminará en la sesión del día de mañana y me hace recordar algo que siempre he dicho acerca de mi experiencia parlamentaria. Si a alguien que no conociera a los Senadores y a los Diputados se le permitiera ver el trabajo de la Comisión y no supiera a qué partido pertenece cada uno, no sabría decir si tal o cual Senador o Diputado es del oficialismo o de la oposición, porque en las Comisiones, la mayor parte de las veces -no siempre-, sobre todo cuando se trabaja sin taquígrafos, la labor se desarrolla olvidándose de los intereses políticos y con la mira puesta simplemente en hacer el trabajo de la mejor manera posible para que la ley sea un instrumento que beneficie al conjunto de la sociedad y no a determinado partido político. Recuerdo particularmente el trabajo que realizó la Comisión de Hacienda en el año 1994, cuando yo era Presidente del Senado y asistía a las sesiones de esa Comisión porque estaba tratando un proyecto de ley de enorme importancia, como era la Carta Orgánica del Banco Central. Allí se daban cita Senadores como Astori, Cassina, Zumarán y Blanco, entre otros. Realmente, era un ejemplo el trabajo de la Comisión junto a los técnicos del Banco Central y al Vicepresidente de dicho organismo en aquel entonces, el profesor de Derecho Administrativo Daniel Hugo Martins. Salvando las distancias, ayer vi una Comisión que, con algún desorden -quizás consecuencia de la falta de experiencia de algunos de sus miembros-, trabajó con sentido de responsabilidad y mejoró sustancialmente el proyecto de ley. Creo que es así como deben trabajar las Comisiones. Como ex Legislador me siento en el deber de decirlo y de expresar la satisfacción que sentí por advertir que se trabajaba de esa manera.
Ahora, desde otro punto de vista, quiero señalar algo que ayer cometí la omisión de no decir en Comisión y que me parece importante. El proyecto de ley no hace ninguna referencia expresa al Plan de Emergencia, el famoso y bienvenido en general Plan de Emergencia, que fue bandera política del Encuentro Progresista en la campaña electoral. Esta fuerza política asumió un compromiso expreso ante toda la población para llevarlo adelante, volcando en su implementación y ejecución recursos muy importantes; si no me equivoco, se manejó la cifra de U$S 100:000.000. Sin embargo, la única referencia indirecta que hay al Plan de Emergencia en el proyecto de ley figura en el literal f) del artículo 9º, que dice que al Ministerio de Desarrollo Social le compete "Implementar, ejecutar y coordinar Programas de Atención a la Emergencia Social, mediante la cobertura de las necesidades básicas de quienes se hallan en situación de indigencia y de extrema pobreza,"; omito leer el resto de la disposición. Aquí está la referencia concreta del proyecto a que hay un Plan de Emergencia y a que ese programa se va a ejecutar por este Ministerio que se está creando a través de esta iniciativa. Naturalmente subyace a eso -está sobrevolante o subyacente, como se dijo después de la dictadura por aquellas discrepancias que tu-vimos sobre la forma de salir de ella y que no es del caso recordar ahora- que el Plan de Emergencia se va a ejecutar por este Ministerio, pero ello conlleva el reconoci-miento de que se va a disponer de U$S 100:000.000 a esos efectos.
Quiere decir que se le está dando una autorización tácita, no expresa, a este Ministerio para disponer de esa cifra, que para nuestro país es muy alta, pero aunque fuera pequeña, debe contar con una autorización legal. De acuerdo con la Sección XIV de la Constitución de la República, "De la Hacienda Pública", que regula todo el trámite de las leyes de presupuesto, pero sobre todo de acuerdo con el artículo 86, toda ley extrapresupuestal que disponga gastos, toda norma que signifique gastos para el Tesoro Nacional, deberá indicar los recursos con que serán cubiertos. Se me podrá decir que esta ley no dispone, no autoriza gasto alguno, pero todos sabemos que en la realidad el Ministerio se crea en lo inmediato -porque luego va a tener, y está bien que así sea, existencia permanente, mientras otra ley no lo suprima o le quite parte de sus competencias-, pero la intención no es esa, sino crear un Ministerio que va a tener, reitero, existencia no limitada en el orden cronológico. En lo inmediato, el objetivo fundamental, la prioridad básica y la competencia, para la que tendrá que disponer de todas sus energías la futura señora Ministra, sus colaboradores y los principales funcionarios, es llevar adelante el Plan de Emergencia, administrar esas sumas que otros órganos del Gobierno -en particular, el Ministerio de Economía y Finanzas- le van a entregar y hacer debida inversión y ejecución de ellas, en procura del bienestar de toda la población.
Advierto que hay una omisión en el proyecto de ley. A mi juicio, en el trámite parlamentario, o posteriormente, por otra ley, deberá corregirse esta omisión, que no creo que se haya hecho con la intención de desconocer los preceptos constitucionales. El proyecto debiera decir que se dispo-ne, para atender el Plan de Emergencia Social, de la cifra de U$S 100:000.000, que es la que se ha manejado públicamente. ¿Con qué recursos? En oportunidad de la penúltima o última visita del Presidente del Banco Interamericano de Desarrollo, contador Enrique Iglesias, se ha dicho que el Banco, con la buena voluntad que lo ha caracterizado siempre con respecto a nuestro país, va a aportar recursos para dicho Plan. No sé francamente cuál será el monto de esos recursos. También se supone que de Rentas Generales o de recursos extraordinarios se va a destinar una parte para el Plan de Emergencia. En una reunión no política he escuchado que el nuevo Director General de Casinos ha expresado que todo el incremento que se obtenga en la recaudación de los Casinos del Estado -que es muy importante- va a destinarse, en acuerdo con el Ministerio de Economía y Finanzas, al Plan de Emergencia. Me parece muy bien, pero observo que aquí hay una omisión. Existe la voluntad política, que está en conocimiento de toda la población, no digo de gastar, sino de invertir -creo que esa es la palabra- con las mejores intenciones U$S 100:000.000 para atender las necesidades sociales básicas que evidentemente están insatisfechas al presente cuando importantes sectores de nuestra sociedad, por lo menos numéricamente, viven en condición de indigencia y, en algunos casos, de extrema pobreza.
No está dicho en el proyecto de ley que implícitamente se está autorizando ese gasto y los recursos con que se va a cubrir. No hago cuestión fundamental de ello por pruritos de constitucionalista; ello no me lleva a votar en contra del proyecto, puesto que lo voy a votar en general y voy a acompañar la mayoría de los artículos, pero advierto que hay que tratar de corregir esa carencia, esa omisión, ese error que desde el punto de vista jurídico es importante. No es procedente jurídicamente disponer en forma ajena a las previsiones de la Ley de Presupuesto en vigencia -y a sus modificaciones a través de las leyes de Rendición de Cuentas- de dineros que tienen otros destinos diferentes a los que se les quiere dar en este proyecto. Hay que expresar en alguna ley, aunque no sea presupuestal, que se va a destinar esta cantidad muy importante al Plan de Emergencia Social, y nadie lo va a ver mal, pero creo que eso se debe hacer y por ley.
Por último, la única discrepancia de orden genérico que tenemos con el proyecto, aparte de esta que acabamos de señalar, es que consideramos inconveniente agregar competencias del Ministerio de Deporte al de Turismo, a cuyo efecto se le cambia el nombre a este último. Pensamos que el deporte, que es una actividad muy importante en toda sociedad porque es parte del proceso formativo integral de los seres humanos en dos etapas fundamentales de la vida, como lo son la niñez y la juventud, no tiene una relación directa ni indirecta con el turismo. Del mismo modo que se quiere insertar la actividad gubernamental en el área del deporte en el Ministerio de Turismo, se la podría incluir en el de Trabajo y Seguridad Social o en otro cualquiera, pero se haría con mengua de la eficacia de la gestión de ese Ministerio, porque se ponen en el área de las preocupaciones del Ministro, del Subsecretario y de su "staff" problemas que no tienen nada que ver con el área de su Cartera. El de Turismo es en Uruguay un Ministerio chico desde el punto de vista de su infraestructura y del funcionariado de que dispone, cuantificado numéricamente; no es un Ministerio con una gran masa de funcionarios, pero desde el punto de vista económico, por referirse a una actividad fundamental de servicios en la economía y en la imagen exterior de nuestro país, tiene una trascendencia que todos le reconocemos y asignamos y que, felizmente, se ha acrecentado en los últimos años. Pensamos que incrustar el tema del deporte en la Cartera de Turismo es crearle una preocupación innecesaria al Ministro de Turismo, distraerlo de su cometido esencial y básico y, además, muy probablemente condenar a la ineficacia la actividad estatal en el deporte, porque el titular de la Cartera va a estar pensando lógicamente en el turismo y no en el deporte.
Algunas de las Unidades Ejecutoras que estaban en el Ministerio de Deporte y Juventud, entre ellas el INJU, se pasan correctamente mediante este proyecto de ley al nuevo Ministerio. Entonces, ¿qué le queda a la Cartera de Deporte, a lo que era el Ministerio de Deporte? No mucha cosa. Pienso que estaría mejor en el Ministerio de Educación y Cultura o en algún otro.
Esta observación -que vamos a reiterar cuando hagamos la fundamentación al votar en contra algunos pocos artículos del proyecto de ley en la discusión particular-, por supuesto no nos lleva, reiteramos, a discrepar en el orden general con la conveniencia de esta iniciativa que vamos a votar con las salvedades expresadas.
Nada más. Muchas gracias.
18) SOLICITUD DE VENIA DEL PODER EJECUTIVO PARA DESIGNAR DIRECTORES DE DISTINTOS ORGANISMOS PUBLICOS
SEÑOR PRESIDENTE.- Dese cuenta de un asunto entrado fuera de hora.
(Se da del siguiente:)
"El Poder Ejecutivo remite Mensaje solicitando la venia correspondiente a efectos de designar: en calidad de Presidente del Directorio del Instituto Nacional de Colonización, al ingeniero agrónomo Gonzalo Gaggero; en el Directorio del Banco de Previsión Social, al señor Ernesto Murro Berlín en calidad de Presidente, al señor Eber Galli Maristán en calidad de Vicepresidente y al contador economista Luis Cáceres Moras en calidad de Director."
SEÑOR PRESIDENTE.- A la Comisión de Asuntos Administrativos.
19) MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
SEÑOR PRESIDENTE.- Continúa la discusión general del proyecto de ley sobre la creación del Ministerio de Desarrollo Social.
Tiene la palabra el señor Senador Heber.
SEÑOR HEBER.- Señor Presidente: queremos hacer una serie de consideraciones de carácter general sobre este proyecto de ley y cuando pasemos a su discusión particular vamos a hacer algunas preguntas sobre una serie de artículos porque, a nuestro juicio, no fueron contestadas en el seno de la Comisión y esperamos que sí lo sean en el Plenario.
Lo primero que queremos decir es que este proyecto de ley tiene el carácter -tal como fue declarado por el Poder Ejecutivo- de urgente consideración. Quiere decir que cada Cámara tiene treinta días para tratarlo. En la sesión de la Comisión de Constitución y Legislación realizada ayer, se nos comunicó por parte de la mayoría de este Cuerpo -es decir, por el Encuentro Progresista-Frente Amplio-Nueva Mayoría- que no alcanzaba la urgente consideración establecida como un plazo muy especial y excepcional que establece la Constitución de la República, sino que era "urgentísima". Digo esto porque ayer el tema estuvo a estudio de la Comisión y hoy ya está siendo considerado por el Plenario, mañana ocurrirá lo propio en la Cámara de Representantes y pasado mañana se convertirá en ley. Por supuesto, tienen las mayorías para hacerlo y me parece bien que así lo realicen. Del mismo modo procedíamos nosotros, pero en ese caso escuchábamos una queja sistemática, lamentosa, de que el Poder Ejecutivo se llevaba por delante al Parlamento, de que usaba un recurso constitucional que no debería utilizar pues no daba a esta Casa la oportunidad de discutir, de analizar y de profundizar. Por lo menos, señor Presidente, déjeseme cobrar la cuenta. Me parece válido que se haya hecho en el pasado y que ahora lo lleve a cabo este Gobierno. Yo no cambio de opinión en función de estar en el Gobierno o en la oposición. Insisto en que está bien que lo hagan porque es un recurso constitucional. Sin embargo, creo que en este caso están exagerando porque ya no se trata de urgente consideración, sino de consideración relámpago pues, reitero, su tratamiento insumirá dos días en cada Cámara. Festejo que tengan la mayoría para hacerlo. Lo anoto para que en el futuro, en otro Período, no seamos objeto de ese reproche cuando ingresen al Parlamento proyectos de urgente consideración.
La segunda pregunta que queremos analizar, porque no tuvo respuesta en la Comisión, es por qué se decide crear un Ministerio. Recuerdo que en la campaña electoral una de nuestras propuestas era fusionar Ministerios. También fuimos de los que creamos Ministerios. Con esto me adelanto a la crítica que pueda existir de que el Ministerio de Deporte y Juventud fue creado a solicitud del Partido Nacional, de la misma forma que ocurrió con el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, lo cual considero una gran solución. Creo que ello es algo válido porque esas funciones eran cumplidas en el pasado por el Banco Hipotecario del Uruguay y entiendo que mezclaba posiciones en lo que podía ser el papel social que debe tener un Ministerio de Vivienda que, reitero, no cumplía aquella institución en aquel entonces. Además, se creó el Ministerio de Turismo por parte del Partido Colorado. En fin, pienso que en esto todos hemos contribuido.
No obstante ello, debido a la crisis del año 2002, muchos de los Partidos que tuvimos las iniciativas de crear nuevos Ministerios, cambiamos de opinión. Tanto es así que en el Gobierno del Partido Colorado presentamos proyectos de ley -que lamentablemente no se trataron o no fueron de recibo por el Gobierno de entonces- porque creíamos necesario que el Estado se ajustara y hubiera menos Ministerios, que se fusionaran áreas porque a veces sus cometidos están superpuestos. Se trata de un debate que queríamos tener en el Parlamento, porque consideramos que son de las buenas discusiones que debemos mantener. Sin embargo, lamentablemente no las tuvimos en el pasado; es parte del reproche que tenemos con el Gobierno anterior.
Como decíamos, también sentimos voces del Encuentro Progresista-Frente Amplio-Nueva Mayoría en la campaña electoral en el sentido de que hubiera menos Ministerios. Ahora se anuncia que es necesario transformar en una instancia presupuestal la discusión sobre la fusión de Ministerios. ¡Ojalá que ello no quede en planteos o en anuncios! Pienso que en la instancia presupuestal a veces es difícil que se dé una discusión en profundidad cuando cada Cámara tiene apenas cuarenta y cinco días para estudiar el tema. Esto lo dice un Legislador que desde 1985 ha querido profundizar en varios temas, como por ejemplo en el de la Cancillería, pero nunca hemos podido hacerlo en la etapa presupuestal ni de Rendición de Cuentas porque el tiempo es insuficiente para discutir qué representación queremos tener en el exterior. Es más; siempre se termina haciendo referencia a si el Ministerio gasta mucho o no. Considero que esa es una discusión que se debe el Parlamento a veinte años de recuperada la democracia; diría que necesitamos varios debates en ese sentido. Entre ellos, está el de cuál va a ser la propuesta del Poder Ejecutivo sobre la fusión de Ministerios. Supongo que esto, valga la redundancia, es una emergencia para el Plan de Emergencia. Así lo tomo y lo voto, es decir, como una necesidad institucional que ha planteado el Gobierno de emergencia para instrumentar el Plan de Emergencia que nosotros apoyamos públicamente.
Me pregunto -y le trasmití la inquietud a la futura Ministra de Desarrollo Social y actual Senadora, señora Marina Arismendi, de la cual no obtuve respuesta- si esto no era mejor tenerlo como una oficina en directa relación con la Presidencia de la República. Sin embargo, no tuve respuesta. Me gustaría sopesarlo, por lo menos, no para detener el tratamiento del proyecto de ley, pero sí para hacerlo más eficaz, porque los ejemplos que hemos tenido en el pasado son buenos. En este caso no importa tanto el instrumento, sino el objetivo. ¿Acaso no es así? Tenemos un antecedente en la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de los Proyectos de Inversión Social -es decir, el PRIS-, que tuvo un éxito destacado y señalado, no sólo dentro del país, sino también en el exterior, por parte de organizaciones como la CEPAL. En ese sentido, reitero, se señala el ejemplo uruguayo. En lo personal, aspiro a que este Plan de Emergencia tenga el mismo éxito que, sin el rótulo de tal, tuvo el Partido Nacional al rescatar las situaciones de extrema pobreza. Precisamente, fue el Partido Nacional que en sólo cinco años pudo bajar la pobreza a la mitad, es decir, del 12% al 6%. Se habla del ejemplo uruguayo de 1990 a 1995. Lo escucharon varios señores Senadores en distintos eventos.
El otro día recordaba con el señor Senador Penadés cuando nos daba orgullo -a los blancos, naturalmente- escuchar en Chile al Presidente socialista, Raúl Lago, destacar que su país había tenido el mayor crecimiento económico, pero que el Uruguay, de 1990 a 1995, era el país que había propiciado más y mejor distribución de la riqueza, a tal punto que había logrado los guarismos de menor tasa de desempleo y el más pequeño porcentaje de población en situación de extrema pobreza de su historia. Entre otras cosas, esas acciones las llevó a cabo el PRIS y por ello pregunté en Comisión si se había descartado esta posición. Alguna referencia hizo la señora Arismendi cuando dijo que, en principio, había estudiado la posibilidad de la Oficina, pero que después había concluido que era necesario un Ministerio por la serie de convenios institucionales que debe llevar a cabo con las distintas chacras que en el Estado cumplen misiones de carácter social. Cuando digo "chacras" no lo hago en un sentido despectivo, sino más bien dramático, porque muchas veces se superponen recursos y no se llega con la contundencia debida a los sectores que lo necesitan. Esta situación fue anunciada, incluso, por el ex Presidente Batlle, pero lamentablemente en esos cinco años no tuvimos soluciones; estuvimos, sí, llenos de anuncios, de propuestas que podían leerse en Internet, y así pudimos ver los sueldos, las chacras y las superposiciones, sin embargo, no hubo ninguna iniciativa que pudiera corregir algo. Quizás el Ministerio pueda ser una solución, siempre y cuando no agregue, sino que sea la base para fusionar otros Ministerios, de modo tal de contar con menos organismos de este tipo. Si no me equivoco, en Uruguay sumaríamos trece Ministerios si se crea el que hoy nos ocupa, con lo que se mantiene el mismo número, y me parece demasiado. Creo que debemos hacer un esfuerzo de país a fin de bajar costos internos y que la burocracia no se quede con muchos de los recursos que destinamos a la acción social. Todos sabemos que existen consultorías y diagnósticos por demás; sobran estudios que cuentan a los pobres una y otra vez, y creo que la situación de pobreza no tiene que ser contada, sino solucionada. No hay soluciones, solo gente que hace diagnósticos de diagnósticos de diagnósticos.
Esta me parece una instancia en que posiblemente fuera mejor crear una Oficina para arrancar ya desde la Presidencia y esperar a la instancia de fusión para que tuviera lugar el Ministerio de Desarrollo Social. El Gobierno entiende que no puede hacerlo con una Oficina, aunque, en realidad, no hemos tenido muchas explicaciones de por qué no. De todas formas, no queremos que se diga que la no puesta en marcha del Ministerio detiene la acción del Plan de Emergencia. No estamos muy convencidos de que una estructura ministerial no absorba nuevamente recursos que deben estar destinados al objetivo. ¡Cuidado con privilegiar el instrumento y perder los puntos de referencia a tal punto que el objetivo quede tan distante, que el instrumento se justifique a sí mismo sin llegar con contundencia a la meta buscada!
Con todas estas dudas y dejando estas constancias, nos acercamos a este proyecto de ley y lo vamos a votar porque queremos que se ponga en marcha el Plan de Emergencia. De todos modos, hay que destacar que el Plan de Emergencia es otro capítulo del que tendremos que hablar en profundidad, analizarlo y controlar, porque el control le hace bien al país. Cuando la oposición está en el Parlamento no está para confiar, sino para desconfiar, para ayudar a que el instrumento sea mejor. Los contralores no son malos; son buenos y quizás, tal como viene la situación, concluyo que, como el único ámbito de contralor será esta Casa, es mejor que se trate de un Ministerio para que sus autoridades puedan venir a dar las explicaciones del caso.
A razón de los hechos, lo que vamos a poder hacer es controlar al Poder Ejecutivo y no a las empresas o Bancos del Estado. Es por ello que creo mejor controlar a un Ministerio y no a una Oficina dentro de la Presidencia de la República, donde es difícil llegar a cumplir con nuestra función de contralor.
Estas son las razones: porque quiero controlar voto la creación de este Ministerio. ¿Controlar qué? Que el Plan de Emergencia sea un éxito, que no fracase, que no se enrede, que no sea insuficiente, que sea contundente y que pueda rescatar la situación que, lamentablemente, luego de la crisis del año 2002 se agravó dramáticamente en el Uruguay, porque necesitamos tender una mano a quienes han quedado a la vera del camino.
Por eso, en términos generales, vamos a acompañar la creación de este Ministerio, esperando -lo quiero reiterar- que venga la propuesta del Poder Ejecutivo para fusionar los Ministerios, no sea cosa que ahora haya problemas para fusionar. Supongo que en un Gobierno de coalición, tal como se argumentaba en el pasado, no se podía fusionar Ministerios porque eso dejaba sin representación a los Partidos que lo integraban. En este momento no hay coalición de partidos, por lo que creo que a este Gobierno le será más fácil presentar una fusión y un achicamiento del Estado para ser más eficaces. Así lo esperamos, así fue anunciado y deseamos que suceda en un futuro próximo.
Nos queda una duda que, si bien pertenece a la discusión particular, tiene que ver con un artículo que no parece ser un buen Mensaje en estos momentos. Quizás relativicemos todo lo demás, incluso con el señor Senador Aguirre, en cuanto a que no es buena cosa la fusión del Ministerio de Turismo con el de Deporte y Juventud. Pero, ¡cuidado!, la Cartera de Deportes gastó menos que la Comisión Nacional de Educación Física en el Ministerio de Educación y Cultura, además, tuvo una relevancia mayor y un efecto mejor. Hay que tener en cuenta que la sociedad uruguaya es la que menos deporte hace en el mundo y que tenemos el porcentaje más bajo de población que se dedica al deporte. No olvidemos el papel que jugaría el deporte en una generación que, por estar ociosa, se puede ver tentada a grandes males como pueden ser el alcohol y la droga. El deporte se convierte en el gran antídoto que rescata de esos males, fortalece la autoestima y ayuda el desarrollo de la persona.
Todas estas observaciones son opinables; me refiero al hecho de decir que tiene que quedar en el Ministerio de Educación y Cultura con un rango de Dirección, ser equiparado a una Subsecretaría o incluirlo en el Ministerio de Deporte. Lo que no me parece lógico es la creación de todos los cargos de confianza que figuran en el artículo 14.
Es razonable, señor Presidente, que el Director del Instituto Nacional de Juventud se ubique aquí; es lógico que si se crea un Ministerio se establezca la Dirección General de Secretaría y también es lógico que exista un Director de Política Social. Sin embargo, no entiendo el cargo de Director de Desarrollo Ciudadano. ¿Esto no lo puede hacer el Director de Políticas Sociales dentro de sus competencias? ¿El desarrollo ciudadano no está comprendido en esto?
Por otro lado tenemos al Director de Evaluación de Programas; un Director que evalúa ¿Va a ser así todo el Estado? ¿Vamos a poner otros Directores que evalúen a esos Directores? Quién evalúa al evaluador, me pregunta el señor Senador Penadés. ¿Más cargos de confianza?
Recuerdo, señor Presidente, el grito en el cielo que ponía el Encuentro Progresista sobre los cargos de confianza en el Estado uruguayo. ¿A dieciséis días de haber comenzado ya lo han olvidado?
Aquí se menciona un Director de Evaluación de Programa; un Director de Desarrollo Ciudadano y un Director de Coordinación Territorial. Me pareció lógico una propuesta presentada por la señora Senadora Percovich que mencionaba al Director de Infancia y Familia -creo que fue esa la iniciativa-, pero estos tres Directores que acabo de mencionar son cargos y no los vamos a votar. Me parece bien el cargo de Director General de Secretaría y lo vamos a votar -vamos a pedir, además, que se nos permita la posibilidad de dividir-, así como también vamos a votar la propuesta de un Director de Políticas Sociales. Pero los otros son cargos; ¿más cargos? ¿No les alcanza con todos los que van a tener?
Lamento que esto empañe un poco la situación.
SEÑOR MICHELINI.- ¿Me permite una interrupción, señor Senador?
SEÑOR HEBER.- Con mucho gusto.
SEÑOR PRESIDENTE.- Puede interrumpir el señor Senador Michelini.
SEÑOR MICHELINI.- Señor Presidente: hemos escuchado con mucha tranquilidad la exposición del señor Senador Heber, quien va para adelante y para atrás e ironiza sobre las políticas que estamos llevando adelante. Con respecto a políticas que se instrumentaron en el pasado y con las que no estuvimos de acuerdo, discutiremos en otro momento. El país ya laudó y el 31 de octubre dijo: "Ahora la conducción del Gobierno la va a llevar el Encuentro Progresista- Frente Amplio- Nueva Mayoría." Podemos discutir mil veces pero el país, la ciudadanía, laudó.
En relación a las políticas que vamos a llevar adelante, vamos a hacer una reestructura del Estado y a cambiar el país, pero no vamos a dar golpes de timón. Vamos a ir paso a paso para seguir dando la confianza que estamos generando en el sentido de que nos dirigimos por el buen rumbo. Hay una instancia presupuestal y el señor Presidente de la República ya nos ha dicho que en un año y medio, dos o el tiempo que sea necesario, plantearemos una reestructura profunda del Estado, pero sin dar golpes de timón bruscos porque eso erosiona la confianza que estamos dispuestos a generar y que es nuestra principal fuerza a la hora de crear oportunidades en el país.
¿Qué es lo que estamos discutiendo acá? Estamos discutiendo sobre un Ministerio que concentra el esfuerzo de las políticas sociales que vamos a llevar adelante. Hay muchas razones para hacer esto, algunas las nombró el propio Senador Heber, y otras porque le queremos dar una jerarquía que en este país, por la cultura que tenemos, si no es ministerial, no parece adecuada. Todo esto tiene mucha importancia, porque a la hora de coordinar las políticas necesarias, es muy distinto que hable un Ministro con otro a que intervenga una oficina que sea dependiente de la Presidencia de la República.
Termino diciendo que es verdad que se crean algunos cargos y no es porque exista una actitud de avaricia en ese sentido. Cuando nosotros criticamos la creación de cargos era porque existían políticas que se desarrollaban por una coalición de Gobierno que estuvo veinte años en el país y que nunca reducía los cargos, sino que los creaba. Nosotros ahora creamos estos cargos en este Ministerio, pero vamos a hacer una reestructura del país y vamos a achicar. Sin embargo, necesitamos tiempo; estamos haciendo un aprendizaje y nos parece muy bien el trabajo que se hizo en la Comisión por parte de la oposición; nos parece bien que cuando no están de acuerdo lo marquen y no voten. Estas son nuestras políticas y estos cargos son la implementación de nuestras políticas. De todos modos, repito, vamos a bajar el costo del Estado y con el tiempo necesario también implementaremos una reestructura haciendo el aprendizaje correspondiente.
No pensábamos intervenir, pero no estamos dispuestos a dejar pasar en silencio ciertas ironías. No venimos a la política por cargos; no estamos en la política por cargos; estamos construyendo políticas alternativas a las que se desarrollaron durante estos años y aspiramos a tener resultados por el país. No se trata de tres cargos más o tres cargos menos. Estoy de acuerdo en que no se voten estas políticas, pero confíen en las mismas, en que nosotros vamos a hacer una reestructura y en que al final del período de los cinco años, el Estado va a ser otra cosa.
Esa es nuestra aspiración, señor Presidente, sin golpes de timón, lo que nos parece esencial.
SEÑOR PRESIDENTE.- Puede continuar el señor Senador Heber.
SEÑOR HEBER.- En primer lugar y desde el punto de vista histórico deseamos hacer una precisión: durante diez años hubo coaliciones y no durante veinte. Lamentablemente fue así y, digo esto, porque en el Gobierno del Partido Nacional no tuvimos casi ayuda salvo, el primer año. De cualquier modo, esto va a cuenta de la verdad histórica.
Entiendo lo que dice el señor Senador Michelini; claro que lo entiendo. Voy a votar el proyecto de ley, pero expongo mis dudas y espero que el tiempo me demuestre la aclaración positiva de alguna de ellas. Es lo que pretendo, porque quiero que las cosas funcionen bien y no mal. Para mí el Estado funciona mal desde mucho tiempo y sin golpes de timón, no alcanzo a comprender cuál es el concepto.
¿Que están en contra de los cargos de confianza? Sí, ya lo sé, hace veinte años que lo escuchamos, pero los crean y no con mucha claridad. Digo esto porque a mí me hubiera gustado que algún integrante del Encuentro Progresista me hubiera dicho que el Director de Evaluación de Programas es necesario, porque se necesita una evaluación diaria de los programas. ¿Evaluación de programas? Si ustedes me hablan de políticas sociales, claro, lógico, ¿cómo no va a tener el Ministerio un Director de Políticas Sociales si está hecho para eso? Claro que sí. Pero cuando hablamos de evaluación de programas me pregunto: ¿Qué programas? ¿Los programas que se presentan u otros? No lo sé, pero pediría una explicación, aunque sea una.
Después tenemos el Director de Coordinación Territorial. ¿Cuál es el sentido? También aquí quisiera tener una explicación. Ustedes lo van a votar porque tienen la mayoría, pero no es a mí, aquí en el Senado, a quien están respondiendo, sino a la opinión pública. Quizás se pueda decir: "creamos un coordinador territorial porque queremos hacer de esto una coordinadora con las Intendencias". Este puede ser un ejemplo, pero no hemos tenido una explicación.
Por otro lado, tenemos al Director de Desarrollo Ciudadano. Bueno, señor Presidente, también podríamos tener desarrollo ciudadano rural, desarrollo del ciudadano urbano o desarrollo ciudadano de la gente que está en el exterior. No hemos tenido una explicación para votar este artículo. Sí me parecen bien los otros tres cargos que son fundamentales: el Instituto de la Juventud, Políticas Sociales y Director de Secretaría. Con estos tres es más que suficiente. Sin embargo, hay tres cargos más sobre los que hasta ahora no ha habido explicación y se ve que no la va a haber.
SEÑOR LORIER.- ¿Me permite una interrupción, señor Senador?
SEÑOR HEBER.- Con mucho gusto.
SEÑOR PRESIDENTE.- Puede interrumpir el señor Senador Lorier.
SEÑOR LORIER.- Muy brevemente quiero decir que seguramente van a haber importantes novedades en la aplicación de los planes de coordinación de las políticas sociales y del Plan de Emergencia.
En ese sentido hay dos aspectos centrales; uno de ellos es la participación de la gente, que va a ser un punto estratégico de este proyecto de ley. Para ello es necesario que haya una coordinación de esta participación. El otro gran elemento central de esta iniciativa es la participación del interior del país. Aquí se señaló que este era un proyecto de ley algo así como centralizador y montevideano. Personalmente digo que no es así y lo vamos a demostrar. Es por eso que es necesario la coordinación departamental, no sólo de las cabezas departamentales -reproduciendo la centralización que hubo toda la vida y que es una réplica de la nacional-, sino también con la participación de las ciudades como, por ejemplo, en mi caso, Sarandí Grande -que la hemos dejado olvidada-, pero también Florida, 25 de Mayo, Casupá y Cerro Colorado. Vamos a demostrar en los hechos la necesidad de abordar estos temas.
20) FUNCIONAMIENTO DE LA COMISION DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS
SEÑOR PRESIDENTE.- Léase una moción de orden llegada a la Mesa.
(Se lee:)
"Mocionamos para que se autorice a la Comisión de Asuntos Administrativos a sesionar durante el desarrollo de la sesión de esta Cámara". Firman: la señora Senadora Percovich y los señores Senadores Lara, Antía, Pintado y Ríos.
SEÑOR PRESIDENTE.- Se va a votar.
(Se vota:)
- 20 en 25. Afirmativa.
La Comisión de Asuntos Administrativos puede comenzar a sesionar.
21) MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
SEÑOR PRESIDENTE.- Continúa la discusión del proyecto de ley por el que se crea el Ministerio de Desarrollo Social.
Continuando con la lista de oradores, tiene la palabra el señor Senador Penadés.
SEÑOR PENADES.- Como la tónica de esta sesión ha sido que quienes hemos hecho uso de la palabra en su mayoría somos del Partido Nacional, seré breve, ya que en la consideración en general del proyecto de ley participo de las afirmaciones que han realizado mis compañeros de bancada.
Sin ánimo de ser reiterativo, quiero decir que lo primero que merece un análisis especial por parte del Senado tiene que ver con el Mensaje del Proyecto de Ley remitido por el Poder Ejecutivo a este ámbito que, de acuerdo con lo establecido en la Constitución Nacional, viene con el rótulo de urgente consideración. La Cámara de Senadores le ha dado un tratamiento singular por haber dedicado doce horas -esperemos que la Cámara de Representantes lo considere por más tiempo- de análisis y de estudio a la creación de un Ministerio. Creo que es un Mensaje mucho más profundo que la urgencia que descarto puede tener el Poder Ejecutivo para crear esta Cartera. Descarto que es así, porque el proyecto de ley tiene el rótulo de urgente consideración. Sin embargo, francamente creo que la Cámara de Senadores no debería renunciar a la potestad de un consciente estudio sobre lo que se pretende llevar adelante. Esto es, nada más y nada menos que lo relativo al desarrollo social. Quizás la primera interrogante que quiero formular a la bancada de gobierno y a la señora miembro informante -que lamentablemente se ha tenido que retirar de Sala para tratar lo relativo a las venias en la Comisión de Asuntos Administrativos- es en qué consiste el concepto de desarrollo social. ¿Qué pretende definir el Gobierno con el concepto de desarrollo social? El proyecto de ley de creación del Ministerio no define en ningún lado este concepto. ¿Desarrollo social no tiene que ver con la educación? ¿Desarrollo social no tiene que ver con la política sanitaria del país? ¿Desarrollo social no tiene que ver con las políticas de seguridad del país? ¿Desarrollo social no tiene que ver con las políticas alimentarias que el Gobierno pretende llevar adelante? Ninguna de estas cosas a las que estoy haciendo referencia está incorporada a texto expreso en los cometidos del proyecto de ley que estamos considerando. Es así que el Senado de la República se pierde la oportunidad de hacer un análisis serio y realmente en serio de la creación de una Cartera. Pienso que este ámbito tendría que haber analizado la creación de un Inciso que va a manejar un rubro presupuestal muy importante tanto desde el punto de vista estratégico, como en lo que tiene que ver con la conformación de su organigrama definitivo.
Adelanto que tengo serias dudas sobre la constitucionalidad del proyecto de ley, porque en una iniciativa de urgente consideración no pueden introducirse normas de carácter presupuestal. La creación de cargos son normas de carácter presupuestal. Por lo tanto, el Poder Ejecutivo violenta la Constitución de la República remitiendo este proyecto de ley con el rótulo de urgente consideración. Además, es un rótulo absolutamente innecesario frente a la voluntad política, por supuesto legítima, de la mayoría, de tratar un proyecto en doce horas. Reitero que las leyes que tienen el rótulo de urgente consideración no pueden contener normas de carácter presupuestal y la creación de cargos, señor Presidente y señoras y señores Senadores, lo son. Desde ese punto de vista, pienso que empezamos mal y seguimos mal. Me adelanto a decir que voy a hacer moción para que el artículo 14 contenga un inciso que exprese que se debe dar cuenta a la Asamblea General del organigrama que deberá remitir posteriormente el Poder Ejecutivo. Además, el organigrama definitivo deberá tratar de regularizar la creación de normas de carácter presupuestal fuera del Presupuesto, que es una irregularidad. La creación de cargos fuera de la Ley de Presupuesto también es inconstitucional y este proyecto de ley también lo hace. Pero una posibilidad es que en el Presupuesto sea incluido. Una vez que el Poder Ejecutivo apruebe el organigrama definitivo establecido en el artículo 14 -que refiere a la estructura definitiva de cargos y funciones-, quien habla agregaría: "dando cuenta a la Asamblea General", porque estimo que esta debe tener conocimiento de la estructura definitiva del Ministerio.
Señor Presidente: combatir la pobreza, combatir la marginalidad, combatir la exclusión social, creo que es un fin que todos en esta Sala debemos compartir. Quienes hemos tenido la responsabilidad de ejercer el Poder Ejecutivo en algunas oportunidades, lo hemos tratado de perseguir con mayor o menor éxito. Por suerte integro el Partido Nacional, que puede decir -como manifestó el señor Senador Heber- que con éxito y sin crear ningún Ministerio combatió la marginalidad, la pobreza y la exclusión social. Pero me adelanto a decir que todo eso no se logra solamente con un Ministerio; se alcanza con una política económica sana, con el crecimiento del país, con la apertura, con las inversiones, con la defensa a los trabajadores y con muchas cosas. Creo que el aumento del gasto público tiende a desestimular a la hora de generar la solidez que una estructura debe tener para lograr el objetivo final, que es el bienestar de nuestros compatriotas.
En ese sentido hay dos aspectos centrales: uno de ellos es la participación de la gente, que va a ser un punto estratégico de este proyecto de ley. Para ello es necesario que haya una coordinación de esta participación. El otro gran elemento central de esta iniciativa es la participación del interior del país. Aquí se señaló que este era un proyecto de ley algo así como centralizador y montevideano. Personalmente digo que no es así y lo vamos a demostrar. Es por eso que es necesario la coordinación departamental, no sólo de las cabezas departamentales -reproduciendo la centralización que hubo toda la vida y que es una réplica de la nacional-, sino también con la participación de las ciudades como, por ejemplo, en mi caso, Sarandí Grande -que la hemos dejado olvidada-, pero también Florida, 25 de Mayo, Casupá y Cerro Colorado. Vamos a demostrar en los hechos la necesidad de abordar estos temas.
Entendiendo que el objetivo es coordinar, francamente creo que la creación de un Ministerio no es el ámbito para coordinar. El Ministerio es uno más de trece y el ámbito para coordinar está claramente establecido en la Constitución de la República: el Consejo de Ministros y la Oficina de Planeamiento y Presupuesto. Y debería ser en el ámbito de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y en el de la Presidencia de la República, para demostrar el más alto interés político que el Gobierno tiene en llevar adelante estos programas y en que esto se desarrollara. La creación de un Ministerio -permítaseme una interpretación, no la atribución de una intención que violentaría el Reglamento- me parece que tiene que ver mucho más con una estrategia de carácter político que con el objetivo final, que es combatir la marginalidad y la pobreza. Y la dejo ahí por no hablar de las cuotas. Pero también digo que se crea un Ministerio cuyo principal objetivo es la ejecución de un programa que ya se ha anunciado tiene una duración de dos años y medio que me adelanto a decir que comparto. Pero después, si el objetivo final del proyecto del Gobierno era la real coordinación, no logro entender cómo de un Ministerio de Desarrollo Social queda excluido el Instituto Nacional de Alimentación. Podemos pensar que ocurre lo de siempre, cuando se crean Ministerios, en que el Ministro de turno no quiere que le toquen la estructura del Ministerio, y me arriesgaría a pensar que eso es lo que pasó. Pero nadie puede comprender que se cree un Ministerio de Desarrollo Social y que el Instituto Nacional de Alimentación, que tiene nada más y nada menos que ver con la construcción de la política alimentaria nacional quede excluido del mismo. Además, hay algo que en nuestro Estado creo que en forma equivocada sucedió con el paso del tiempo. Pienso que hasta el Ministerio de Relaciones Exteriores debe tener algo que lo vincule con las políticas. El Ministerio de Defensa Nacional maneja nada más ni nada menos que la segunda institución sanitaria más grande del país, nada más ni nada menos que un sistema de cantinas militares -como me agrega el señor Senador Aguirre- que hace que con una política de ayuda y subsidio el personal subalterno de las Fuerzas Armadas acceda a bienes de consumo. Lo mismo ocurre con el Ministerio del Interior. El Ministerio de Educación y Cultura tiene un centro de capacitación -el CECAP- que tampoco logro entender por qué no está incluido en este proyecto, ya que tiene que ver nada más ni nada menos que con la formación de los muchachos y chicas que abandonan los sistemas regulares de educación. Del mismo modo, no comprendo por qué no se traslada la Junta Nacional de Empleo a la órbita de este nuevo Ministerio, puesto que si tiene que ver con un programa de desarrollo social, debería tener competencia en un tema tan importante como la generación de empleo en la capacitación, en la reconversión, etcétera. Ni que hablar que el Ministerio de Salud Pública tiene programas que no sólo tienen que ver con la propia salud pública sino también con la alimentación. Por ejemplo, sé que en el Hospital Pereira Rossell existe un programa de alimentación materno-infantil -desconozco si esto existe en el interior del país- que otorga a las madres una canasta de víveres durante la lactancia de los menores. Entonces, si la función del Ministerio de Desarrollo Social es coordinar o tratar de reunir o focalizar -que es lo que creemos debería hacer-, este proyecto no lo logra, porque muchísimas de las cosas que debería hacer, se hacen fuera. Lo cierto es que un instituto cuya autonomía técnica es clarísima, porque es el prestador de las políticas sociales más importantes que en nuestro país se llevan adelante, que es el Banco de Previsión Social, que se relaciona institucionalmente con el Poder Ejecutivo a través del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, no tiene ningún contacto con el Ministerio de Desarrollo Social. Esto también me genera dudas en cuanto a la eficiencia y efectividad de la Cartera para poder llevar adelante estas tareas.
Si lo que queremos es optimizar -que lo queremos to-dos-, aprovechar optimizando, ahorrando, lo ideal sería que se ahorrara en la optimización. Sabemos que hay dilapidación de fondos públicos muchas veces por superposición o por la competencia de los Ministerios en ciertos temas. Conozco la existencia de decenas -por no decir centenas- de comisiones sectoriales que coordinan políticas entre Ministerios, pero los asentamientos continúan creciendo. En fin, aunque no es mi partido político el que está al frente, espero que el actual Gobierno pueda revertir el problema y, para ello, ojalá que este Ministerio tuviera otras potestades que hoy no tiene.
Por otra parte, el Instituto Nacional de la Juventud es un gran instituto que fue creado durante el gobierno del Partido Nacional, que debería manejar desde un presupuesto hasta una coordinación muchísimo mayor, en el 85% de lo que el Estado invierte en políticas de juventud no tiene participación.
Por lo tanto, señoras Senadoras y señores Senadores, entiendo francamente que nos perdemos la oportunidad de haber hecho las cosas bien, entre otras razones por el poco tiempo de que dispusimos en el Senado para aportar elementos como los brindados por los señores Senadores Aguirre y Abreu en el día de ayer. Anunciamos desde ya que una vez constituido el Ministerio se convocará a la Ministra de turno al Parlamento a explicar cuáles serán los alcances y objetivos del programa de emergencia social dentro de los ámbitos que le competen.
También adelanto que si como bien decía aquí un señor Senador, se pretende dar gran participación a la sociedad civil en todos estos temas, también habría sido bueno darle esa misma participación en el momento de opinar si estaban de acuerdo o no con la creación del Ministerio y cuáles debían ser los objetivos que este tenía que haber alcanzado. Lamentablemente, eso no se pudo llevar adelante debido, entre otras cosas, a la celeridad con que la mayoría de este Senado pretendía que este proyecto se aprobara.
Reitero, entonces, que a mi juicio nos perdimos la oportunidad de recibir el aporte de muchísimas instituciones privadas que cumplen una labor trascendente y con muchísima mayor eficiencia que el Estado en la tarea de la atención y del desarrollo de políticas sociales en nuestro país.
Desde el punto de vista formal, señor Presidente, de la oportunidad y de los objetivos, la creación de este Ministerio nos genera grandes dudas. Sin perjuicio de ello, la vamos a votar afirmativamente como símbolo y signo de que estamos dispuestos a ayudar en lo que se necesite para que, en un tema tan delicado como la ejecución de las políticas sociales, se puedan lograr los objetivos. En la fragilidad y en la estrechez de las finanzas públicas, no esperemos milagros -salvo que se comiencen a cometer irresponsabilidades- en el próximo presupuesto nacional sobre las partidas que podrán ser destinadas o dedicadas a estos temas. En todo caso, tendremos que apostar a una mejor ejecución y, para eso, la coordinación es algo imprescindible pero no tan fácil de alcanzar, como muchos lo creen en el discurso. El voluntarismo es el enemigo número uno de la eficiencia y, fundamentalmente, de los buenos resultados.
Es así, señor Presidente, que vamos a votar afirmativamente este proyecto de ley, con las consideraciones expuestas como forma de dejar sentada nuestra posición.
SEÑOR ALFIE.- Pido la palabra.
SEÑOR PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor Senador.
SEÑOR ALFIE.- Señor Presidente: muchas de las cosas que voy a expresar ya fueron dichas por los señores Senadores, cada uno con su estilo particular. Realmente debo decir que el proyecto de ley tal cual está presentado no sólo me genera enormes dudas sino que estoy absolutamente seguro de que comete gruesos errores desde el punto de vista de la técnica presupuestal. De por sí, el ámbito de una ley no es el propicio para tratar los temas presupuestales. De hecho, el artículo 86 de la Constitución de la República remite todos los temas de la creación de cargos, la fijación y supresión de empleos y la modificación o asignación de dotaciones a leyes presupuestales o de Rendición de Cuentas. Esta no es ni una ley presupuestal ni una ley de Rendición de Cuentas.
Por lo tanto, cuando observamos la ley vemos que en el fondo crea más cargos de los que debería. Evidentemente, si se quiere crear un Ministerio hay que crear algunos cargos -esto ha pasado anteriormente- como el de Ministro, el de Subsecretario y el de Director General. Sin embargo, esta ley va más allá y crea muchos más cargos, todos ellos de particular confianza, cuando en este país a partir del año 1995 se pasaron cargos de particular confianza a cargos de alta especialización. Es decir, una cantidad de cargos que fueron cayendo a medida que iban cesando los titulares, pasaban a ser de alta especialización. Por lo tanto, dejábamos de tener cargos de particular confianza y ahora los empezamos a tener nuevamente, lo cual nos parece un retroceso enorme.
Por otra parte, lamento que la discusión se tenga que dar aquí y no en la Comisión, para cambiar impresiones e inclusive seguir modificando la redacción, porque cuando observamos algunos artículos hay determinadas cosas que directamente no se entienden. En tal sentido, los artículos 3º y 17 hablan de la redistribución de competencias que va a hacer el Poder Ejecutivo. El artículo 3º comienza diciendo: "La redistribución que realice el Poder Ejecutivo, conforme a lo previsto en el artículo 1º de la presente ley, operará la transferencia de pleno derecho, a favor del Ministerio de Desarrollo Social, de todos los bienes, créditos, recursos, partidas presupuestales, derechos y obligaciones relativos al ejercicio de las competencias que se le atribuyan", etcétera. La redacción del artículo 3º es igual a la del artículo 17, sólo que éste es respecto al Ministerio de Turismo y De-porte. Luego ambos dicen: "incluyendo los correspon-dientes al Fondo de Deporte y Juventud" (artículo 37 de la Ley Nº 17.296), que es la ley de Presupuesto pasada. Sucede que el Fondo de Deporte y Juventud es único: o va para un Ministerio o va para otro, pero no puede ir para los dos.
Con respecto a los artículos 5º y 6º que corresponden al traspaso de dos institutos a este Ministerio, me preocupa que cuando las personas se van desde Ministerios distintos a otras Carteras normalmente no tienen un sueldo solo porque hay una cantidad de "dibujos" -por decirlo de alguna manera- que cada Ministerio tiene como materia extrapresupuestal, proventos, etcétera. Entonces, no se las puede perjudicar y se trata de mantener sus haberes. Por lo tanto, cuando las personas pasan a otro Ministerio y se empiezan a ver diferencias internas -máxime en un Ministerio recién creado- en materia de remuneración, cosa que no puede existir, la solución automática es subir todos los sueldos de los que ganan menos. Entonces, el piso queda en el techo. Sin embargo, acá no se prevé ni la asignación ni la financiación que, por otra parte, no se pueden prever porque no es materia de una ley sino de una ley presupuestal. Reitero el artículo 86 de la Constitución de la República. Cuando uno analiza los cometidos que están en el artículo 9º -que, según se dijo, es el corazón del proyecto de ley-, observa que este Ministerio no tiene presupuesto para ejecutar y no lo puede tener, tal como claramente lo dice el artículo 86 de la Constitución. Entonces, estamos poniendo la carreta delante de los bueyes porque estamos ante un conjunto vacío, a menos que a los institutos que se están traspasando se les ponga un refuerzo de rubros que van a ser francamente ilegales, porque también hay límites a los refuerzos de rubros de acuerdo a las normas presupuestales. Se trata del artículo duodécimo.
Por otra parte se dice que no va a haber más personal y que no se va a contratar más gente. Con respecto a esto, los literales d) y e) del artículo 9º hablan básicamente de información estadística y esto lo hace gente muy experta, no cualquier funcionario. No tengo nada contra los funcionarios del Instituto de la Mujer ni del Instituto de la Juventud, pero estoy prácticamente convencido de que allí no hay gente que sepa hacer estas cosas porque no es su función, sino que saben hacer otras. Esto es algo muy complicado, no es sencillo. Entonces, si no se contrata gente, no se va a cumplir con el cometido. Además, está claro que el propósito de estos dos literales -que normativamente me parecen bien, pero en la práctica considero peligrosos pese a la salvedad final de que se respeta la privacidad- es hacer más eficiente la tarea. Como decía el señor Senador Penadés: para ahorrar. Sin embargo, si no hay gente que lo sepa hacer, no se ahorra nada, porque no se va a poder llevar a cabo. Más bien vamos a gastar y no se va a lograr nada.
Dentro del mismo artículo 9º, el literal j), como competencia o atribución del Ministerio, habla de la regulación, promoción, seguimiento y monitoreo de las actividades de las entidades estatales que actúan en materia de juventud, mujer, adultos mayores y discapacitados, en cuanto corresponda. Aquí me parece que hay que poner, por lo menos, una salvedad: corresponde a las materias que dependen del Poder Ejecutivo porque éste, por ejemplo, no puede entrometerse en las del Banco de Previsión Social. Sólo se relacionan, pero no puede entrometerse porque la Constitución lo impide. Asimismo no puede entrometerse ni fiscalizar las acciones de las Intendencias. Por lo tanto, me parece que esto hay que corregirlo, no puede ser que estemos haciendo una tutoría del Poder Ejecutivo por encima de la Constitución de la República.
No voy a reiterar lo que ya dijo el señor Senador Heber respecto de la creación de cargos de particular confianza y que mencioné a principios de mi intervención. Hay una cantidad de cargos de particular confianza, no sólo en el artículo 13 sino también en el artículo 18, que crea los cargos de Director Nacional de Deporte, Director de Promoción Deportiva y Coordinación Institucional y Director de Infraestructura y Administración General del Ministerio de Turismo y Deporte. Todos estos pueden ser cargos de alta especialización y no precisamos cargos políticos ni de particular confianza. Reitero, habíamos empezado un camino y ahora estamos retrocediendo.
Para no extenderme más, porque no es mi característica, me quiero referir al final del artículo 10 cuando habla de montos de multa como sanciones que puede aplicar el Ministerio.
A su vez, el artículo 11 dice: "El Ministerio de Desarrollo Social tendrá acción ejecutiva para el cobro de las multas que aplique y demás recursos que recaude". ¿Cuáles son los demás recursos? No los veo. Lo único que se previó son las multas, no los demás recursos. Me parece que en esto hay una incongruencia básica.
Además, tanto en el artículo 10 como en el 11 se habla de recaudación, pero no se asigna el destino de la misma. La ley de creación del Ministerio de Deporte y Juventud establece dónde no se puede destinar. Allí se dice que los fondos que perciba el Ministerio que se crea por esa ley y que no correspondan al Rubro 0, quedan comprendidos en lo dispuesto por el artículo 595 de la Ley Nº 15.903 -Ley de Rendición de Cuentas del año l985-, los que serán destinados en su totalidad al cumplimiento de las actividades encomendadas por la norma legal vigente, no pudiendo destinarse al pago de retribuciones personales. Aquí estamos dejando un cheque en blanco, abierto para que se destine a lo que se quiera, porque no se establece a qué se debe destinar. Pienso que debería haber una norma general en la que se evite que, además de los nombramientos de la Ley, el Ministerio pueda nombrar funcionarios públicos. Si el Ministerio trae funcionarios públicos de otras reparticiones, que los cargos se supriman en el Ministerio de origen, ya que esa es la única manera que tenemos de asegurarnos que efectivamente vamos a ahorrar y no a aumentar el gasto.
Con todas estas dudas y observaciones, lo que pretendo son cambios en la ley como tal. Pienso que votar este proyecto así, sin un nuevo estudio por parte de la Comisión, no sería buena cosa. El otro día tuvimos que hacer un esfuerzo excepcional, redactando en Sala y votando algo sobre tablas. Pero se trataba de algo parecido a una ley anterior y era un tema urgente. Sé que este tema es urgente para el Gobierno y por eso vino como ley de urgente consideración, pero éstas tienen plazos constitucionales, de acuerdo con el numeral 7º) del artículo 168 y, además, esto no es de urgente consideración sino de urgente tratamiento. Por lo tanto, pienso que habría que dedicar algún día más a su estudio. Perder dos o tres días para pensar este tema no le va a cambiar nada al Gobierno y de esa manera podríamos arreglar algunas cosas que me parecen demasiado gruesas, para luego sí traerlas a consideración del Plenario.
Es todo, señor Presidente.
SEÑOR PRESIDENTE.- Puede continuar la miembro informante, señora Senadora Percovich.
SEÑORA PERCOVICH.- Deseo hacer ciertas puntualizaciones sobre algunas observaciones que nos importa.
El tema de la centralización y la descentralización es algo muy caro a nuestra fuerza política y deseo aclarar -especialmente para algunos señores Senadores que han tenido una larga trayectoria en lo departamental- que está especificada entre las competencias la coordinación con los Gobiernos Departamentales y que todas las políticas sociales tienen que realizarse en el territorio y, por lo tanto, en forma descentralizada. En esto, el rol de los Gobiernos Departamentales es muy importante. Pero también se establece la descentralización de las oficinas del Estado, que tienen que funcionar en el territorio, descentralizadamente, con funcionarios capacitados que conozcan los programas y que los hagan conocer a la población, cosa que no siempre ha sido así para los vecinos de los departamentos del interior.
Con relación a los merenderos y comedores, pensamos que la política alimentaria debe comprender un abanico de medidas, que dependen de esa diversidad de sujetos de los que hablábamos, así como de las distintas situaciones. No se van a desmantelar las cosas que marchan bien, sino que se van a ir complementando. Tal como decía el señor Senador Penadés, esto dependerá de que generemos trabajo en el país y la gente pueda tener un ingreso propio para obtener su alimento.
Con relación a la preocupación expresada en Comisión por parte de algunos señores Senadores -especialmente por el señor Senador Abdala- en lo que refiere al registro, quiero hacer notar que el Instituto Nacional de Estadísticas ha carecido sistemáticamente de presupuesto para efectuar los relevamientos que tendría que hacer. Básicamente, es a través de la oficina del CEPRE que se realizan registros nuevos, en coordinación con los programas financiados desde el exterior y con el Ministerio del Interior, a través del Programa INFAMILIA. Se han ido completando registros, pero no ha sido precisamente el Instituto Nacional de Estadística...
SEÑOR ALFIE.- ¿Me permite una interrupción, señora Senadora?
SEÑORA PERCOVICH.- Con mucho gusto.
SEÑOR PRESIDENTE.- Puede interrumpir el señor Senador.
SEÑOR ALFIE.- Los programas financiados, básicamente, con recursos de proyectos internacionales, jamás han llevado registro; siempre los ha llevado el Instituto Nacional de Estadística. En todo caso, fue un apoyo, y con eso se financió a funcionarios del referido Instituto, pero jamás un programa hizo relevamientos -únicamente estudios-, y jamás un programa llevó bases de datos completas como esta.
SEÑOR PRESIDENTE.- Puede continuar la señora Senadora.
SEÑORA PERCOVICH.- Esas no son las informaciones que los funcionarios del Instituto Nacional de Estadística nos han proporcionado, ni las de los programas que se han aplicado, como por ejemplo el Programa INFAMILIA, que funcionaba en la órbita de la Presidencia de la República.
Además, quiero decir que la experiencia promovida por los Gobiernos anteriores sobre programas de coordinación, de recopilación de datos, en conjunto, de distintos ámbitos del propio Estado, como el Banco de Previsión Social, el Ministerio de Salud Pública y la UTE -que han sido proyectos impulsados por el CEPRE-, son las bases de datos que nosotros queremos profundizar y continuar utilizando, porque todos los organismos del Estado tienen registros, pero están segmentados y hay que tratar de unificarlos.
Asimismo, quería hacer referencia a una observación interesante realizada por el señor Senador Aguirre, en cuanto a que no aparecen las acciones del Plan de Emergencia. Este es un proyecto que define la institucionalidad del Ministerio, no las acciones concretas que se van a desarrollar e implementar, tales como la alimentación, la salud y distintos componentes de emergencia que se van a ejecutar a través de los organismos del Estado y que van a estar descentralizados en el territorio. Cuando deban hacerse las erogaciones correspondientes, vendrán las iniciativas legales -como tiene que ser- tal como lo ha anunciado la señora Senadora Arismendi.
Por último, con relación a la creación del Ministerio, debo decir que en el período anterior se presentó un proyecto por parte del Partido Independiente, avalado por el Partido Nacional, para la creación de un Ministerio de Políticas Sociales. Nosotros estamos retomando esa idea, que nos pareció que era una de las que debíamos considerar.
No sé cómo vamos a votar el proyecto, pero hay dos modificaciones a las que deseo hacer referencia. Una que tiene que ver con el artículo 9º, en cuyo último literal, el ll), se habla de "Establecer espacios de coordinación y asesoramiento con la sociedad civil"; en lugar de "espacios", pondríamos "ámbitos". Por otro lado, en la enumeración que hace el artículo 13 sobre los distintos cargos que se crean y los que se mantienen en el tiempo, iría punto y coma entre cada uno de los mismos, especialmente entre la creación del cargo de Director del Instituto Nacional de la Juventud y el de Director del Instituto Nacional de la Familia y de la Mujer, para que no se piense que se trata de un mismo cargo.
Por último, quiero señalar que en el repartido que tenemos sobre la mesa falta el nombre del señor Senador Leonardo Nicolini, quien acompañó este proyecto.
Gracias, señor Presidente.
SEÑOR PRESIDENTE.- Según me informan, estas modificaciones figuran en el original que tiene Secretaría.
Si no se hace uso de la palabra, se va a votar en general el proyecto de ley de creación del Ministerio de Desarrollo Social.
(Se vota:)
- 29 en 29. Afirmativa. UNANIMIDAD.
En discusión particular.
SEÑOR MICHELINI.- Pido la palabra.
SEÑOR PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor Senador.
SEÑOR MICHELINI.- Quiero hacer una apreciación. Si vamos a empezar a considerar artículo por artículo, creo que lo mejor sería tomar el proyecto de ley sustitutivo que figura en el comparativo y que se ajusta a lo que la Comisión aprobó en el día de ayer. Digo esto porque en el repartido hay algunos pequeños errores.
SEÑOR ABDALA.- Pido la palabra.
SEÑOR PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor Senador.
SEÑOR ABDALA.- Con el espíritu de ayudar al Cuerpo, dada la urgencia que tiene, queremos señalar que el Partido Colorado votará negativamente los artículos que van del 1º al 4º, por lo que, si se entiende pertinente, se los podría votar en bloque, dado que la inmensa mayoría del Cuerpo los votará afirmativamente.
SEÑOR COURIEL.- Pido la palabra.
SEÑOR PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor Senador.
SEÑOR COURIEL.- Creo que, de ser posible, votar en bloque ayudaría enormemente, por lo que acepto la propuesta del señor Senador Abdala.
SEÑOR ALFIE.- Pido la palabra.
SEÑOR PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor Senador.
SEÑOR ALFIE.- Dado que se van a votar en bloque los artículos que van del 1º al 4º, sugeriría que se defina a qué Ministerio va a pasar el Fondo de Deporte y Juventud.
SEÑOR AGUIRRE.- Pido la palabra.
SEÑOR PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor Senador.
SEÑOR AGUIRRE.- Con todo respeto por el señor Senador Alfie, quiero decir que no se ha resuelto nada en ese sentido; en todo caso, esa sería una moción de orden que tendría que ser votada por el Cuerpo. En lo personal, me opongo a esa votación en bloque, porque significaría eliminar el régimen de discusión particular. De acuerdo con el Reglamento, todos los Senadores tenemos el derecho de hacer uso de la palabra hasta por veinte minutos al discutirse un artículo antes de que se lo ponga a votación, aunque ello no quiere decir que lo vayamos a hacer; de pronto no lo hace ningún Senador, pero el régimen que se propone coarta el derecho a hablar sobre cada artículo, a opinar y a sugerir modificaciones. Precisamente la inconveniencia se pone de manifiesto con lo que dice el señor Senador Alfie, que como se va a votar en bloque sugiere desde ya una modificación al artículo 3º. Vamos a ir por orden; tengamos un poquito de paciencia y consideremos artículo por artículo. Si nadie hace uso de la palabra, se votarán de inmediato; de lo contrario, tengamos paciencia, porque ese es el régimen que debemos seguir.
SEÑOR PRESIDENTE.- Basta que un Senador lo pida para que se proceda de esa manera.
Léase el artículo 1º.
SEÑOR CID.- Formulo moción en el sentido de que se suprima la lectura.
SEÑOR PRESIDENTE.- Se va a votar la moción formulada.
(Se vota:)
- 28 en 29. Afirmativa.
En consideración el artículo 1º.
Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.
(Se vota:)
- 26 en 29. Afirmativa.
En consideración el artículo 2º.
Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.
(Se vota:)
- 26 en 29. Afirmativa.
SEÑOR ABREU.- Pido la palabra para fundar el voto.
SEÑOR PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor Senador.
SEÑOR ABREU.- Como fundamento de voto, quiero expresar que es obvio que si hemos votado en general el proyecto es porque votamos en general la creación de este Ministerio. Precisamente, los artículos 1º y 2º se refieren a la existencia de este Ministerio. Por esa razón votamos estos artículos, pero nos reservaremos el voto negativo para otros aspectos puntuales del articulado.
SEÑOR PRESIDENTE.- En consideración el artículo 3º.
Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.
(Se vota:)
- 26 en 29. Afirmativa.
En consideración el artículo 4º.
SEÑOR AGUIRRE.- Pido la palabra.
SEÑOR PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor Senador.
SEÑOR AGUIRRE.- De acuerdo con la observación
-fundada, en mi criterio- que realizara el señor Senador Alfie al señalar que se suprime un Ministerio pero no sus cargos, lo que podría generar problemas en el futuro, sugiero una modificación en la redacción, de modo que el artículo diga: "Encomiéndase al Poder Ejecutivo la redistribución de los funcionarios del Ministerio suprimido, cuyos cargos se eliminan"... -es decir que no tienen más existencia-, y luego seguiría la redacción del artículo tal como está.
SEÑOR PENADES.- Pido la palabra.
SEÑOR PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor Senador.
SEÑOR PENADES.- Para ser más específicos, creo que en el artículo 4º, además de lo propuesto por el señor Senador Aguirre, habría que agregar: "Encomiéndase al Poder Ejecutivo, a través de la Oficina Nacional del Servicio Civil", que es la institución que preceptivamente tiene la función de la redistribución de los funcionarios públicos.
SEÑOR ABREU.- Pido la palabra.
SEÑOR PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor Senador.
SEÑOR ABREU.- Deseo hacer una aclaración que creo que vale la pena. Como estamos refiriéndonos al sistema de redistribución y a la Oficina Nacional del Servicio Civil, quiero expresar que el mecanismo de redistribución de funcionarios supone, por ley, que al crearse un cargo en una Unidad Ejecutora, se suprime el otro automáticamente. Por lo tanto, no es necesario que se establezca de manera específica en esta disposición, porque ya la norma general determina cuál es el mecanismo. Digo esto como constancia, e incluso para que queden aventadas las dudas acerca de la creación de cargos, o de que la eventual no disposición de la supresión habilite una duplicación. Este es el régimen general; quizás el señor Senador Alfie pueda tener una interpretación distinta, pero esto es lo que la ley de redistribución de funcionarios establece con carácter general.
SEÑOR ALFIE.- Pido la palabra.
SEÑOR PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor Senador.
SEÑOR ALFIE.- Cuando señalo que es necesario indicar que se suprimen los cargos, no me estoy refiriendo a los que automáticamente se suprimen por la redistribución, sino por los pases que se pueden hacer de un Ministerio a otro. Es decir: no se trata de la aplicación de la ley, sino del mecanismo de pases.
SEÑOR MICHELINI.- Pido la palabra.
SEÑOR PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor Senador.
SEÑOR MICHELINI.- En Comisión hicimos un enorme esfuerzo para pulir el proyecto y traerlo al Senado tal como está. Como comprenderán, en su oportunidad lo revisó el Poder Ejecutivo y también la propia futura Ministra. Por lo tanto, es de nuestro interés que los artículos sean considerados tal como vienen -salvo observaciones obvias por errores que se nos puedan haber pasado- en lugar de estar legislando en Sala. Más allá de la discusión y del voto de cada uno de nosotros, aspiramos a que se mantenga la redacción que se le ha dado en la Comisión. Además, tal como señaló el señor Senador Aguirre, en Comisión se trabajó con mucho esfuerzo y flexibilidad, sin pensar a qué partido pertenecía cada uno de nosotros, tratando de redactar de la mejor manera posible para lograr los objetivos que la ley busca.
Por lo tanto, es nuestra aspiración que en Sala no estemos legislando.
SEÑOR KORZENIAK.- Pido la palabra.
SEÑOR PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor Senador.
SEÑOR KORZENIAK.- Señor Presidente: originalmente me había convencido el hecho de que cuando se redistribuyen los funcionarios -imaginemos que todos-, hay que decir algo sobre los cargos, aunque implícitamente entendí que de este artículo surge que se redistribuyen los funcionarios y no habrá cargos dentro de un Ministerio que no existe más. Sin embargo, al margen de la reflexión, que comparto, del señor Senador Michelini, quiero decir que las redistribuciones no se hacen en un día, sino que se van realizando en el correr del tiempo. Entonces, puede ocurrir que de cien funcionarios, este año se redistribuyan ochenta, y los otros veinte queden ocupando cargos que no existen.
Por lo tanto, no haría ese planteo porque se generaría una situación jurídicamente más compleja que la que implícitamente surge del texto; allí está muy claro. En consecuencia, a medida que se van yendo los funcionarios, van desapareciendo los cargos respectivos. Además, dentro de unos meses vamos a tratar el proyecto de ley de Presupuesto, por lo que preferimos que el texto quede como está.
SEÑOR PRESIDENTE.- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo 4º con la redacción dada en la Comisión.
(Se vota:)
- 25 en 29. Afirmativa.
SEÑOR PENADES.- Pido la palabra para fundar el voto.
SEÑOR PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor Senador.
SEÑOR PENADES.- Señor Presidente: he votado negativamente este artículo porque creo que la inclusión a texto expreso de la Oficina Nacional del Servicio Civil no era por casualidad, sino que daba la garantía a los funcionarios de que la redistribución se haría a través mecanismos previstos por la ley y por la propia Oficina Nacional del Servicio Civil. Por lo tanto, creo que el Senado se perdió la oportunidad de incluir esto como una garantía más para la estabilidad de los funcionarios.
SEÑOR AGUIRRE.- Pido la palabra para fundar el voto.
SEÑOR PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor Senador.
SEÑOR AGUIRRE.- Señor Presidente: por vía de fundamento de voto, expreso que a pesar de la observación que realicé recogiendo la objeción del señor Senador Alfie, había votado afirmativamente este artículo en la Comisión. Además, la reflexión que hizo el señor Senador Korzeniak respecto de mi objeción, me ha resultado convincente.
SEÑOR PRESIDENTE.- En consideración el artículo 5º.
Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.
(Se vota:)
- 29 en 29. Afirmativa. UNANIMIDAD.
SEÑOR ABDALA.- Pido la palabra para fundar el voto.
SEÑOR PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor Senador.
SEÑOR ABDALA.- Señor Presidente: estas van a ser las únicas dos divergencias a pesar de las cuales, con un sentido magnánimo, el Partido Colorado colaborará con el Cuerpo, porque en la Comisión habíamos tenido otro temperamento. Pero la verdad es que nos pareció sensato habilitar en estos dos casos al Instituto Nacional de la Juventud y al Instituto Nacional de la Familia y la Mujer para que nadie vaya a decir que estamos obstruyendo nada en estos dos espacios tan imprescindibles para la vida de la República.
SEÑOR HEBER.- Pido la palabra para fundar el voto.
SEÑOR PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor Senador.
SEÑOR HEBER.- Señor Presidente: a modo de fundamento de voto deseo realizar una consulta. En el segundo inciso del artículo 5º se habla de habilitar los créditos. ¿No sería mejor hablar de transferir los créditos? Digo esto porque los créditos ya están habilitados en el Ministerio y el Instituto está funcionando.
SEÑOR PRESIDENTE.- El artículo ya fue votado con el texto aprobado en la Comisión.
En consideración el artículo 6º.
Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.
(Se vota:)
- 29 en 29. Afirmativa. UNANIMIDAD.
En consideración el artículo 7º.
Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.
(Se vota:)
- 26 en 29. Afirmativa.
En consideración el artículo 8º.
Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.
(Se vota:)
- 26 en 29. Afirmativa.
En consideración el artículo 9º.
SEÑOR ABDALA.- Pido la palabra.
SEÑOR PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor Senador.
SEÑOR ABDALA.- Señor Presidente: solicitaría a la Mesa el desglose del literal d) del artículo 9º, ya que a algunos de nosotros, que en algunas instancias vamos a estar votando afirmativamente, nos resultaría más fácil.
SEÑOR PRESIDENTE.- Basta que lo pida un señor Senador para que así se proceda.
SEÑOR AGUIRRE.- Pido la palabra.
SEÑOR PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor Senador.
SEÑOR AGUIRRE.- Señor Presidente: solicito que se desglose el literal i) del artículo 9º.
SEÑOR PRESIDENTE.- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo 9º, con excepción de los literales d) e i).
(Se vota:)
- 28 en 29. Afirmativa.
En consideración el literal d) del artículo 9º.
Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.
(Se vota:)
- 25 en 29. Afirmativa.
En consideración el literal i) del artículo 9º.
SEÑOR ABREU.- Pido la palabra.
SEÑOR PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor Senador.
SEÑOR ABREU.- Señor Presidente: entre otras cosas, seguramente el motivo del pedido de desglose haya sido el comentario que realizamos en la tarde de ayer en la Comisión, que tiene que ver con la preocupación de que no se vaya a crear en el ámbito del Ministerio una línea de independencia o autarquía tal, que termine trabajando u operando en forma desagregada o distanciada de las competencias centrales del Ministerio de Relaciones Exteriores y de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto en lo que se relaciona con la cooperación internacional.
La explicación que se nos brindó en la Comisión por parte de la señora Senadora miembro informante, era que estábamos trabajando sobre el concepto de la celeridad. Es cierto que cuando existen consultas o participación conjunta de determinados organismos, algunos procedimientos se enlentecen. Pero también es cierto que este espíritu que tiene el proyecto de ley, de tratar de evitar la falta de coordinación y la superposición de funciones, quizás pudiera verse afectado por una autarquía un poco peligrosa -que ha ocurrido y la hemos presenciado- cuando se realizan contactos internacionales y convenios sin la debida participación de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y del Ministerio de Relaciones Exteriores, por lo que habría que buscar la forma de dar cierta coordinación o visión conjunta a la gestión del Estado.
Por ese motivo hicimos el planteo en la Comisión y, en el día de hoy, se ha pedido el desglose del literal i). En estas condiciones, no lo vamos a acompañar.
SEÑOR PRESIDENTE.- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el literal i) del artículo 9º.
(Se vota:)
- 19 en 29. Afirmativa.
SEÑOR AGUIRRE.- Pido la palabra para fundar el voto.
SEÑOR PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor Senador.
SEÑOR AGUIRRE.- Señor Presidente: en primer lugar, comparto lo expresado por el señor Senador Abreu en cuanto a la superposición de competencias que pueda generar esta atribución que se le comete por el proyecto de ley al Ministerio de Desarrollo Social. Pero, en particular, me preocupa que este Ministerio pueda suscribir, impulsar y, finalmente, celebrar por sí, convenios de cooperación con instituciones públicas, entre las cuales se encuentran instituciones extranjeras, es decir, Estados u organismos internacionales, que son sujetos de Derecho Internacional. Esos convenios, en definitiva, son acuerdos de voluntad entre sujetos de Derecho Internacional. Aunque no les llamemos "tratados", pertenecen a esa categoría de acto jurídico. Los denominaremos "convenios", pero no son sustancialmente algo diferente. Por lo tanto, en esa materia la competencia es del Poder Ejecutivo y la negociación y suscripción corresponden al Ministerio de Relaciones Exteriores.
Por consiguiente, me parece que esto va más allá de una competencia que normalmente se puede atribuir a un Ministerio que no sea el de Relaciones Exteriores, y es por esa razón que he votado negativamente este literal.
SEÑOR PRESIDENTE.- En consideración el artículo 10.
SEÑOR ALFIE.- Pido la palabra.
SEÑOR PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor Senador.
SEÑOR ALFIE.- Señor Presidente: sé que hay ánimo de no agregar nada, pero me pregunto cuál es el destino de los recursos que se mencionan en el artículo 10 y a qué se pueden aplicar. ¿Van a ir a Rentas Generales? ¿Van a ser un fondo de libre disponibilidad? Acá están en el aire.
SEÑOR PRESIDENTE.- Lástima no haberlo preguntado ayer, señor Senador.
SEÑOR ABREU.- Pido la palabra.
SEÑOR PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor Senador.
SEÑOR ABREU.- Señor Presidente: la pregunta es atendible y está vinculada también con el artículo 12, sobre el que queremos hacer un comentario, porque hubo un inciso en la propuesta del Poder Ejecutivo que no aparece en la iniciativa que tenemos a consideración. Y digo que las disposiciones están vinculadas en lo que tiene que ver con el destino que se da a estos recursos.
En general, sucede que muchos de estos recursos que no tienen una afectación específica terminan a disposición de la propia Unidad Ejecutora y son reclamados por los funcionarios para que se haga un aumento de sueldos lateral. Lo que ocurre después es que se viola el principio constitucional de a igual función, igual remuneración. Además, esto significa que el Gobierno va a tener más de un problema -ya se lo adelanto- cuando cada uno de los sindicatos -aun cuando eventualmente tenga con éste una simpatía explícita o implícita- le pueda reclamar en forma diferencial los proventos para aumentar los sueldos en las oportunidades de reparto de estas utilidades.
Digo esto a modo de contribución al culto, como me gusta decirlo, pero comparto la preocupación del señor Senador Alfie porque, precisamente, mi inquietud sobre el artículo 12 era que el producido de lo recaudado por las ventas fuera exclusivamente para financiar las publicaciones.
SEÑOR MICHELINI.- Pido la palabra.
SEÑOR PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor Senador.
SEÑOR MICHELINI.- Señor Presidente: tal como viene el artículo, según mi interpretación, los recursos van a Rentas Generales, como en cualquier otra circunstancia. Si se quisiera decir que esos recursos fueran aplicados al propio Programa, el Poder Ejecutivo lo hubiera mandado en su iniciativa.
En principio, entonces, dejaría el artículo tal como está; llegado el caso, como tantas veces ha pasado, si hay algún error, lo enmendaremos en el Presupuesto Nacional.
SEÑOR ALFIE.- Pido la palabra.
SEÑOR PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor Senador.
SEÑOR ALFIE.- Salvo que la ley exprese lo contrario, lo que va directo a Rentas Generales son los impuestos, y esto no lo es.
SEÑOR AGUIRRE.- Pido la palabra para una aclaración.
SEÑOR PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor Senador.
SEÑOR AGUIRRE.- Señor Presidente: si el señor Senador Michelini parte de la base de que van a Rentas Generales y no tiene objeciones en cuanto a que así ocurra, y por otra parte el señor Senador Alfie -que, por razones obvias, conoce bien el paño- dice que no es así, aclarémoslo en la ley expresando, por ejemplo: "El monto de las multas que se destinará a Rentas Generales se graduará entre 10 y 2.000 Unidades Reajustables.". De esa manera, resolvemos el problema.
SEÑOR PRESIDENTE.- ¿Está formulando una moción en ese sentido, señor Senador?
SEÑOR AGUIRRE.- Sí, señor Presidente.
SEÑOR PRESIDENTE.- Tenemos la obligación de poner primero a votación el artículo tal como viene.
SEÑOR MICHELINI.- Pido la palabra.
SEÑOR PRESIDENTE.- Antes de dar nuevamente la palabra al señor Senador Michelini, reitero a los señores Senadores que ya han hablado, que solamente pueden volver a hacerlo por una vez por vía de aclaración.
Para una aclaración, tiene la palabra el señor Senador Michelini.
SEÑOR MICHELINI.- Pediría al Cuerpo que siguiéramos con la consideración de otros artículos a fin de hacer algunas consultas con respecto a éste, no sea que estemos incluyendo algo que en definitiva pueda complicar el objeto de la ley.
SEÑOR KORZENIAK.- Pido la palabra.
SEÑOR PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor Senador.
SEÑOR KORZENIAK.- Comparto lo que señala el señor Senador Michelini.
Hay dos artículos más en esta ley -sobre todo el 3º y, si no me equivoco, el 9º- que establecen que el Poder Ejecutivo hará no solamente redistribuciones de funcionarios y de competencias, sino que también habla, para utilizar el mismo vocablo, de redistribuciones de recursos, créditos, etcétera, e inclusive se refiere a las obligaciones de los Registros cuando deban intervenir, como por ejemplo con bienes inmuebles, en el sentido de que lo hagan automáticamente una vez que el Poder Ejecutivo lo resuelva. En esos decretos y en esas resoluciones, si el Poder Ejecutivo lo cree necesario, solucionará este punto al reglamentar esta ley y no se estará incurriendo en ilegalidad ni inconstitucionalidad alguna.
Por último, como se acaba de decir, si en oportunidad de la consideración de la Ley de Presupuesto se advirtiera -cosa que puede ocurrir- que hay algún aspecto que es necesario mejorar legalmente, allí se incluirá una nota. Por lo tanto, me inclino a dejar la norma tal como está.
SEÑOR PRESIDENTE.- La Mesa no puede hacer mociones, pero si se acepta el temperamento -que me parece bastante razonable- de dejar en un paréntesis este artículo, seguiríamos votando el resto de las disposiciones.
22) PRORROGA DE LA HORA DE FINALIZACION DE LA SESION
SEÑOR COURIEL.- Pido la palabra para una cuestión de orden.
SEÑOR PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor Senador.
SEÑOR COURIEL.- Inquieto porque es la hora 19 y 46 minutos y esta sesión debe terminar a las 20, sugiero que se prorrogue la hora de finalización hasta culminar con el tratamiento de este proyecto de ley.
SEÑOR PRESIDENTE.- Se va a votar la moción formulada.
(Se vota:)
- 24 en 24. Afirmativa. UNANIMIDAD.
23) MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
SEÑOR PRESIDENTE.- Continuando con la discusión particular, está a consideración el artículo 11.
SEÑOR ALFIE.- Pido la palabra.
SEÑOR PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor Senador.
SEÑOR ALFIE.- Señor Presidente: repito lo que señalé en la discusión general. El proyecto de ley habla de multas y demás recursos, pero no sé qué son los "demás recursos"; nadie lo sabe y la ley no está en los demás recursos.
SEÑOR AGUIRRE.- Pido la palabra.
SEÑOR PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor Senador.
SEÑOR AGUIRRE: Señor Presidente: entiendo procedente la observación del señor Senador Alfie. Más allá de que la ley no establece los recursos específicos que percibirá este Ministerio o que se destinarán a él, los recursos, que son ingresos del Estado, pueden ser, o bien de naturaleza tributaria o de naturaleza extratributaria o no tributaria. Según el Código Tributario, para cobrar los que son de naturaleza tributaria, el Estado ya tiene naturalmente derecho a iniciar acción ejecutiva; así que si son recursos tributarios, esta expresión está de más. Y si no son recursos tributarios, no generan obligaciones de los contribuyentes. Por ejemplo, una donación o un legado, donde no hay acción ejecutiva para percibirlos; si no se entregan voluntariamente, se perciben por otras vías. De modo que me parece que la expresión "demás recursos que recaude", referida a una eventual acción ejecutiva, es errónea y sólo puede generar futuros problemas jurídicos y de interpretación. Por lo tanto, como creo que esto está en el proyecto por inadvertencia de su verdadero significado, debería ser suprimido.
SEÑOR KORZENIAK.- Pido la palabra.
SEÑOR PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor Senador.
SEÑOR KORZENIAK.- Señor Presidente: este tema ya fue planteado en el seno de la Comisión y, por lo tanto, voy a decir que me remito a la explicación que allí di sobre la necesidad de tal declaración en las liquidaciones que se hagan, aun cuando sean tributarias. No está de más que se señale, por ejemplo, que se liquida una multa y que eso es título ejecutivo. Los abogados sabemos que si no se dice, los jueces difícilmente hacen lugar a las acciones ejecutivas, porque la definición de título ejecutivo, en general, es muy rigurosa.
De cualquier manera, lo que quiero decir es que casi todo lo que acá se ha hablado por parte de los señores Senadores que integran la Comisión y por los que no la integran ya fue discutido en ese ámbito. Entonces, deseo señalar con carácter genérico que me remito a las respuestas que allí dimos, a las que todos podemos acceder. Además, aclaro que el principio que dice que el que calla, otorga, no es correcto. En Derecho, el principio es que el que calla cuando debe y puede hablar, otorga. Si ya se han contestado objeciones en el seno de la Comisión y hay versión taquigráfica que puede ser consultada, no doy por otorgado nada al no contestar algunas de las que se han planteado en Sala.
SEÑOR ABREU.- Pido la palabra.
SEÑOR PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor Senador.
SEÑOR ABREU.- Seguramente los miembros de la Comisión recordarán que fui yo el que hizo el comentario con respecto a las obligaciones tributarias, así como la explicación que luego se me dio en el entendido de que las obligaciones tributarias tienen la característica de título ejecutivo por las normas generales y que, en este caso, estamos hablando de multas, por lo que bien podría ser declarado título ejecutivo por ley. Esto no implica que el señor Senador Alfie deje de tener razón sobre la omisión que hubo en la Comisión de considerar el alcance de las palabras "demás recursos que recaude". Podría hablarse de "demás recursos que recaude" entendiendo como tales los que se recauden por el artículo 12, pero de esa manera haríamos un título ejecutivo por la venta de publicaciones. Entonces, desde mi punto de vista, más allá del esfuerzo que ha hecho el señor Senador Korzeniak para interpretar aquella vieja frase que dice que el que calla otorga y todo lo demás, parecería que el que calla y no dijo nada cuando no lo percibió, está a tiempo de hacerlo ahora por la vía legislativa, salvo que hagamos del Plenario una mordaza para que no podamos explicar o enmendar a tiempo los errores en el ámbito que corresponde. Me parece atendible lo que dice y creo que no va contra la filosofía de la norma ni del proyecto. Además, creo que es de técnica legislativa que quede el título ejecutivo vigente y no una referencia de carácter general a "demás recursos" cuando no sabemos cuáles son estos, tal como lo expresa el señor Senador Alfie. En ese sentido, acompaño la moción para eliminar esa expresión y para que se diga que el Ministerio tendrá acción ejecutiva para el cobro de las multas que aplique".
SEÑOR PRESIDENTE.- La Mesa tiene la obligación de poner a votación el artículo tal como viene de la Comisión.
Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo 11.
(Se vota:)
- 17 en 27. Afirmativa.
SEÑOR BRECCIA.- Pido la palabra para fundamentar el voto.
SEÑOR PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor Senador.
SEÑOR BRECCIA.- Como fundamento de voto, expreso que lo he otorgado por razones de disciplina partidaria y de celeridad en el trámite porque, en lo profesional, comparto las observaciones realizadas tanto por el señor Senador Alfie como por el señor Senador Aguirre.
SEÑOR PRESIDENTE.- En consideración el artículo 12.
SEÑOR ABREU.- Pido la palabra.
SEÑOR PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor Senador.
SEÑOR ABREU.- Al proyecto enviado por el Poder Ejecutivo se agrega un último inciso que dice: "El producido se destinará en su totalidad a financiar las erogaciones que las citadas obligaciones generen". Se está refiriendo, precisamente, a la venta de las publicaciones. Esto no aparece en el comparativo. Creo que el señor Senador Michelini recién hacía referencia a una omisión que existió. Me parece que es algo muy importante porque aclara el destino de la venta de estas publicaciones. Inclusive, propondría que se incluyera este inciso que el Poder Ejecutivo enviara, salvo que se estime por la mayoría -que funciona en forma tan regimentada- que se puede eliminar. Me gustaría, además, que dijera: "El producido se destinará exclusivamente a financiar las erogaciones que las citadas publicaciones generen" y no "en su totalidad". Con esto damos claridad al destino de los fondos y acompañamos la filosofía inicial del Poder Ejecutivo agregando lo que, por razones administrativas o una omisión de impresión, no fue incluido en el texto comparativo.
SEÑOR MICHELINI.- Pido la palabra.
SEÑOR PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor Senador.
SEÑOR MICHELINI.- Creo que hay que tomar el artículo 12 tal como fue enviado por el Poder Ejecutivo. Se ve que hubo alguna omisión, pero la Secretaría realmente trabajó en forma excepcional, "a todo galope". Son cosas que pasan y ¡si habrán pasado a nivel parlamentario! Me parece que es de recibo cambiar "en su totalidad" por "exclusivamente".
SEÑOR AGUIRRE.- Pido la palabra.
SEÑOR PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor Senador.
SEÑOR AGUIRRE.- Señor Presidente: desde el punto de vista reglamentario es correcto -lo he estado indicando en forma reiterada- que la Mesa tiene la obligación de poner a votación el artículo tal como vino de la Comisión, más allá de que en el repartido que tenemos sobre nuestras bancas no figura el segundo inciso, y la verdad es que el artículo salió de la Comisión con él. Entonces, lo tenemos que votar así, sin perjuicio de que acompaño la modificación gramatical que sugiere el señor Senador Abreu.
SEÑOR MICHELINI.- Pido la palabra para una aclaración.
SEÑOR PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor Senador.
SEÑOR MICHELINI.- Nosotros votamos el artículo 12 con los dos incisos y ahora tendríamos que pasar a votar el artículo 12 con los dos incisos tal como fue voluntad de la Comisión, con la modificación planteada por el señor Senador Abreu de cambiar "en su totalidad" por "exclusivamente".
SEÑOR PRESIDENTE.- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo 12 en la versión original enviada por la Comisión.
(Se vota:)
- 27 en 27. Afirmativa. UNANIMIDAD.
En consideración el artículo 13.
Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.
(Se vota:)
- 17 en 27. Afirmativa.
SEÑOR AGUIRRE.- Pido la palabra para fundamentar el voto.
SEÑOR PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor Senador.
SEÑOR AGUIRRE.- Hemos votado negativamente el artículo 13, pero no porque estemos en discrepancia con la creación de todos los cargos de confianza que aquí se crean. Estamos de acuerdo con la creación del cargo de Director General de Secretaría, el de Director del Instituto Nacional de la Juventud y el de Director del Instituto Nacional de la Familia y la Mujer, pero como no se puede votar un artículo por partes o por frases, no se puede fraccionar la votación hasta ese extremo. Como discrepamos con la creación de los demás cargos de confianza por los fundamentos que expresó in extenso el señor Senador Heber en Sala, hemos votado negativamente este artículo.
SEÑOR PRESIDENTE.- En consideración el artículo 14.
SEÑOR PENADES.- Pido la palabra.
SEÑOR PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor Senador.
SEÑOR PENADES.- Para que la Asamblea General tome conocimiento de la estructura de cargos y funciones necesarios para el cumplimiento de los cometidos asignados al Ministerio que se va a crear, proponemos que se incluya: "dando cuenta en un plazo de 30 días a la Asamblea General", esto es, 30 días después de la aprobación de la estructura.
SEÑOR MICHELINI.- Pido la palabra.
SEÑOR PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor Senador.
SEÑOR MICHELINI.- Más allá de que se haga la propuesta por escrito o de que se lea por parte de Secretaría cómo quedaría exactamente, nos parece de recibo que 30 días después la Asamblea General o el Parlamento conozca la estructura de cargos. Eso está bien, hay que ser transparentes. En ese sentido, tenemos un compromiso. La propuesta del señor Senador Penadés nos parece correcta.
SEÑOR PRESIDENTE.- Solicitamos al señor Senador Penadés que reitere el agregado que desea realizar.
SEÑOR PENADES.- El artículo diría lo siguiente: "El Poder Ejecutivo, a iniciativa del Ministerio de Desarrollo Social, aprobará la estructura de cargos y funciones necesarios para cumplir con los cometidos asignados a esta Secretaría de Estado, los que serán adecuados a los puestos de trabajo de su nueva estructura organizativa.
A tales efectos, se aplicará, en lo pertinente, lo establecido en los incisos segundo a cuarto del artículo 418 de la Ley Nº 17.296, de 21 de febrero de 2001, dando cuenta en un plazo de 30 días a la Asamblea General".
SEÑOR PRESIDENTE.- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo 14, con la modificación propuesta por el señor Senador Penadés.
(Se vota:)
- 25 en 27. Afirmativa.
En consideración el artículo 15.
Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.
(Se vota:)
- 20 en 27. Afirmativa.
SEÑOR AGUIRRE.- Pido la palabra para fundamentar el voto.
SEÑOR PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor Senador.
SEÑOR AGUIRRE.- Por los fundamentos que expresé en la discusión general, no estoy de acuerdo, así como otros compañeros de Bancada, con que la Dirección Nacional de Deporte pase a integrar el Ministerio de Turismo y que éste tenga competencias en materia de deporte.
Para ahorrar tiempo, adelanto que por las mismas razones votaré negativamente los artículos 16, 17 y 18.
SEÑOR PRESIDENTE.- En consideración el artículo 16.
Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.
(Se vota:)
- 20 en 27. Afirmativa.
En consideración el artículo 17.
Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.
(Se vota:)
- 20 en 27.Afirmativa.
SEÑOR BRECCIA.- Pido la palabra para fundamentar el voto.
SEÑOR PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor Senador.
SEÑOR BRECCIA.- Señor Presidente: por la vía de la fundamentación de voto desearía aclarar, respetuosamente, una observación que fue formulada por el señor Senador Alfie al cotejarse el presente artículo 17 con el 3º del proyecto de ley a consideración del Cuerpo, en cuanto a que en ambos se establece la redistribución de recursos del Fondo de Deporte y Juventud, en un caso, al Ministerio de Turismo y Deporte y, en el otro, al de Desarrollo Social que se crea. La explicación que quería formular en cuanto a esta aparente contradicción es que el Fondo de Deporte y Juventud -creado por el artículo 144 de la Ley Nº 17.556- está constituido por todos los recursos íntegramente considerados que percibe el Ministerio de Deporte y Juventud, que también se elimina mediante este proyecto de ley. De esa manera, dichos recursos pueden ser perfectamente divididos y en esta iniciativa se establece la forma y el criterio de su distribución. Específicamente, el artículo 3º establece que la redistribución que realice el Poder Ejecutivo a favor del Ministerio de Desarrollo Social será de todos los recursos -eludo la cita textual- relativos al ejercicio de las competencias que se le atribuyan a este Ministerio. Del mismo modo, el artículo 17 establece: "La redistribución de competencias que realice el Poder Ejecutivo de acuerdo a lo previsto en el artículo 1º de esta ley, operará la transferencia de pleno derecho, a favor del Ministerio de Turismo y Deporte, de todos los bienes, créditos, recursos, partidas presupuestales, derechos y obligaciones, relativos al ejercicio de las competencias que se atribuyan al citado Ministerio, incluyendo los correspondientes al Fondo de Deporte y Juventud".
Esa es la explicación de la aparente contradicción que señalaba el señor Senador Alfie.
SEÑOR AGUIRRE.- Pido la palabra para fundamentar el voto.
SEÑOR PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor Senador.
SEÑOR AGUIRRE.- Señor Presidente: en realidad ya adelanté mi fundamento de voto, pero se me había pasado la observación hecha por el señor Senador Alfie, que me parece totalmente pertinente. En el proyecto de ley hay una incongruencia entre estas dos disposiciones -a pesar de la explicación que con esfuerzo aclaratorio ha dado el señor Senador Breccia con la intención de superar la observación-, que nos puede llevar a cierta duda. Realmente, quien lea el proyecto de ley y observe que se dice lo mismo en ambos artículos, va a percibir una contradicción que parece insalvable.
SEÑORA PERCOVICH.- Pido la palabra.
SEÑOR PRESIDENTE.- Tiene la palabra la señora Senadora.
SEÑORA PERCOVICH.- Me parece especialmente importante que quede constancia en la versión taquigráfica de la fundamentación de voto del señor Senador Breccia. También hice notar en la Comisión y en la discusión general aquí en Sala -y lo reitero ahora- que para el Ministerio de Desarrollo Social van solamente los proventos que tienen que ver con el Instituto de la Juventud, y lo que es de deporte va a Deporte y lo que es del Ministerio de Salud Pública va a los Programas de VIH SIDA.
Reitero que es especialmente importante que la interpretación quede clara en este caso, porque la Dirección Nacional de Deporte y el deporte en general tienen un ingreso importante a través de este Fondo Nacional.
SEÑOR ALFIE.- Pido la palabra para fundamentar el voto.
SEÑOR PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor Senador.
SEÑOR ALFIE.- Creo que la ley es más que clara, porque luego de la coma se incluye al Fondo en ambos casos. El Fondo es algo aparte. Si no me equivoco -tenemos el inconveniente de no contar con las normas relativas-, se trata del Fondo de los impuestos a las transferencias de los futbolistas. Es único. No hay una parte que pertenezca al Ministerio de Deporte y otra a un Ministerio distinto; o se destina a un lado o al otro, porque no hay forma de dividirlo. Será un problema del Poder Ejecutivo cómo lo va a dividir.
SEÑOR MICHELINI.- Pido la palabra para una aclaración.
SEÑOR PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor Senador.
SEÑOR MICHELINI.- Creo que como fundamento de voto, estamos haciendo la discusión que correspondería realizar posteriormente. Pienso que el artículo es muy claro cuando dice "incluyendo los correspondientes al Fondo de Deporte y Juventud". Estamos diciendo que hay una ley y un Fondo creado cuyo destino tiene diferentes objetos. Los que correspondiesen a dicho Fondo, tendrán ese destino, y los relativos al Ministerio de Desarrollo Social -tal cual lo decía la señora Senadora Percovich-, irán al Fondo al que se alude. Se podría haber puesto especialmente, pero es remitirse a la ley; unos van vinculados al tema social y otros a lo que llamamos "el propio deporte". Para nosotros está claro; ya está dicho por la ley y, por lo tanto, no tenemos objeciones.
SEÑOR PRESIDENTE.- Dejo constancia de que la exposición del señor Senador Michelini era a modo de fundamento de voto. Ocurre que uno ha escuchado ya tantas veces a todos los Senadores, que puede equivocarse.
En consideración el artículo 18.
Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.
(Se vota:)
- 17 en 26.Afirmativa.
En consideración el artículo 19.
SEÑOR MICHELINI.- Pido la palabra.
SEÑOR PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor Senador.
SEÑOR MICHELINI.- Creo que la sugerencia del señor Senador Penadés habría que aplicarla también en este artícu-lo 19, es decir, que se comunique en treinta días a la Asamblea General.
24) OCUPANTES DE PREDIOS CEDIDOS EN USUFRUCTO POR EL ESTADO EN EL DEPARTAMENTO DE ARTIGAS
SEÑOR HEBER.- Pido la palabra.
SEÑOR PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor Senador.
SEÑOR HEBER.- Como estamos en el último artículo, quisiera consultar a la Mesa -pido disculpas por el régimen de trabajo que está haciendo el Senado- sobre un proyecto proveniente de la Cámara de Representantes que fue aprobado por unanimidad. Concretamente, deseo saber si es posible tratarlo después de votar este artículo, por lo que no se tendría que levantar la sesión.
SEÑOR PRESIDENTE.- Todavía está pendiente el artículo 10. De todos modos, no se va a levantar la sesión luego de concluir el tratamiento de este proyecto de ley.
SEÑOR COURIEL.- Pido la palabra.
SEÑOR PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor Senador.
SEÑOR COURIEL.- Con mucho gusto vamos a votar ese proyecto proveniente de la Cámara de Representantes. Incluso, quien habla solicitó que se distribuyera el repartido, pero como se estaba extendiendo demasiado el tratamiento de este proyecto de ley, me limité a pedir la prórroga de hora sólo hasta su culminación. Pero no tengo ningún inconveniente en que, luego de votar esta iniciativa, se trate con carácter urgente el proyecto al que ha hecho referencia el señor Senador Heber.
25) MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
SEÑOR PRESIDENTE.- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo 19 con el agregado al que hizo referencia el señor Senador Michelini.
(Se vota:)
- 24 en 26. Afirmativa.
En consideración el artículo 10.
SEÑOR MICHELINI.- Pido la palabra.
SEÑOR PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor Senador.
SEÑOR MICHELINI.- A riesgo de contradecirme, porque a mi juicio no es bueno legislar en Sala, y luego de haber hecho algunas consultas, creo que con respecto a las multas es poco dinero y preferimos, en todo caso, dárselas al Ministerio que estamos creando. De manera que el último inciso quedaría redactado -siempre que el conjunto del Cuerpo lo acepte- de la siguiente manera: "El monto de las multas, que serán de disponibilidad del propio Ministerio, se graduará entre 10 y 2.000 Unidades Reajustables". El resto del artículo continúa tal como está. De esta manera salvamos la objeción fundada del señor Senador Alfie y damos un destino preciso a estos dineros.
SEÑOR ABREU.- Pido la palabra.
SEÑOR PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor Senador.
SEÑOR ABREU.- Insisto en el criterio de que estamos creando antecedentes -aunque ya existen- en el sentido de profundizar la alteración del principio por el cual a igual función, igual remuneración, porque se van a manejar recursos diferentes y se van a destinar a distintos niveles de sueldo, a iguales cargos e iguales responsabilidades respecto de otros Ministerios. Pero ese es un problema que lo va a tener que asumir el Poder Ejecutivo en el momento de los reclamos sindicales que correspondan.
SEÑOR ALFIE.- Señor Presidente: lo que hace la propuesta del señor Senador Michelini es declararlo fondo de libre disponibilidad, pero no ha dado el destino específico, pues no dice a qué se dedica dicho fondo, que es lo usual.
SEÑOR MICHELINI.- Pido la palabra.
SEÑOR PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor Senador.
SEÑOR MICHELINI.- Señor Presidente: más allá de que el señor Senador Alfie aprenda a pronunciar correctamente mi apellido -lo que seguramente me va a costar; serán cinco años difíciles-, quiero aclarar que el destino vendrá por la Ley de Presupuesto. Estamos salvando la objeción en el sentido de que en el artículo no se estaba diciendo adónde iban; ahora aclaramos adónde van -se hará un fondo-, y cuando en el Presupuesto se diga en qué se puede gastar, se gastará.
SEÑOR PRESIDENTE.- Léase el artículo con la modificación propuesta por el señor Senador Michelini.
SEÑOR MICHELINI.- Que se lea el último inciso.
SEÑOR SECRETARIO (Arq. Hugo Rodríguez Filippini).- "El monto de las multas, que será de disponibilidad del propio Ministerio, se graduará entre diez y dos mil Unidades Reajustables. Las suspensiones temporarias no podrán superar el límite de tres meses".
SEÑOR PRESIDENTE.- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.
(Se vota:)
- 20 en 26. Afirmativa.
Queda aprobado el proyecto de ley, que se comunicará a la Cámara de Representantes.
(Texto del proyecto de ley aprobado:)
"ARTICULO 1º.- Créase el Ministerio de Desarrollo Social, el que se incorporará al Presupuesto Nacional como Inciso 15.
Suprímese el Ministerio de Deporte y Juventud, insti-tuido por el artículo 81 de la Ley Nº 17.243, de 29 de junio de 2000, en la redacción dada por el artículo 414 de la Ley Nº 17.296, de 21 de febrero de 2001.
El Poder Ejecutivo, de conformidad con lo establecido por el inciso segundo del artículo 174 de la Constitución de la República, redistribuirá las atribuciones y competencias del Ministerio que se suprime, entre el Ministerio de Desarrollo Social y el Ministerio de Turismo. Este último pasará a denominarse Ministerio de Turismo y Deporte, a partir de la entrada en vigencia de la presente ley.
ARTICULO 2º.- Créase, en el Ministerio de Desarrollo Social, la Unidad Ejecutora 001 "Administración General". La Contaduría General de la Nación habilitará los créditos a los cargos de Ministro, Subsecretario, y los demás creados por esta ley, eliminándose los cargos de Ministro, Subsecretario y Director General en el Ministerio que se suprime, así como los correspondientes créditos presupuestales.
ARTICULO 3º.- La redistribución que realice el Poder Ejecutivo, conforme a lo previsto en el artículo 1º de la presente ley, operará la transferencia de pleno derecho, a favor del Ministerio de Desarrollo Social, de todos los bienes, créditos, recursos, partidas presupuestales, derechos y obligaciones relativos al ejercicio de las compe-tencias que se le atribuyan, incluyendo los correspon-dientes al Fondo de Deporte y Juventud (artículo 37 de la Ley Nº 17.296, de 21 de febrero de 2001 y artículo 144 de la Ley Nº 17.556, de 18 de setiembre de 2002), los que serán enunciados e identificados, asimismo, en la redistribución mencionada, sin perjuicio de los destinos especiales que establezca la ley para los recursos que integran este último.
Los Registros Públicos procederán a la registración de los bienes que correspondan, con la sola presentación del testimonio notarial de la resolución a dictarse.
ARTICULO 4º.- Encomiéndase al Poder Ejecutivo la redistribución de los funcionarios del Ministerio suprimido, entre el Ministerio de Desarrollo Social y el Ministerio de Turismo y Deporte, así como la reasignación, previo informe de la Contaduría General de la Nación, de los correspondientes créditos presupuestales, dando cuenta a la Asamblea General.
ARTICULO 5º.- El Instituto Nacional de la Juventud (INJU), creado por el artículo 331 de la Ley Nº 16.170, de 28 de diciembre de 1990, e integrado al Ministerio de Deporte y Juventud por el artículo 84 de la Ley Nº 17.243, de 29 de junio de 2000, se incorpora al Ministerio que se crea por la presente ley, manteniéndose su estructura y organización actuales y los recursos que tenga asignados.
Los funcionarios que actualmente prestan funciones en el Instituto serán redistribuidos al Ministerio de Desarrollo Social, habilitándose los créditos correspondientes por parte de la Contaduría General de la Nación. Los funcionarios redistribuidos mantendrán su situación funcional anterior, la que en ningún caso se verá afectada.
ARTICULO 6º.- El Instituto Nacional de la Familia y la Mujer, instituido por el artículo 234 de la Ley Nº 16.226, de 29 de octubre de 1991, y modificativos, en el Programa 001 del Ministerio de Educación y Cultura, se incorpora al Ministerio que se crea por la presente ley, manteniéndose su estructura y organización actuales y los recursos que tenga asignados.
Los funcionarios que actualmente prestan funciones en el Instituto serán redistribuidos al Ministerio de Desarrollo Social, habilitándose los créditos correspondientes por parte de la Contaduría General de la Nación. Los funcionarios redistribuidos mantendrán su situación funcional anterior, la que en ningún caso se verá afectada.
ARTICULO 7º.- A partir de la vigencia de la presente ley, se transfieren de pleno derecho al Ministerio de Desarrollo Social, todos los bienes, créditos, recursos, derechos y obligaciones, correspondientes a los Institutos mencionados en los dos artículos precedentes.
Los Registros Públicos procederán a la registración de los bienes que correspondan, con la sola presentación del testimonio notarial de la resolución a dictarse.
ARTICULO 8º.- El Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay (INAU) se relacionará con el Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Desarrollo Social.
ARTICULO 9º.- Al Ministerio de Desarrollo Social le compete:
a) Asesorar al Poder Ejecutivo y proponer las políticas nacionales en las materias de su competencia.
b) Sin perjuicio de las competencias de otros Ministerios y organismos formular, ejecutar, supervisar, coordinar, programar, dar seguimiento y evaluar las políticas, estrategias y planes en las áreas de juventud, mujer y familia, adultos mayores, discapacitados, y desarrollo social en general.
c) Coordinar las acciones, planes y programas intersectoriales, implementados por el Poder Ejecutivo para garantizar el pleno ejercicio de los derechos sociales a la alimentación, a la educación, a la salud, a la vivienda, al disfrute de un medio ambiente sano, al trabajo, a la seguridad social, y a la no discriminación.
d) Diseñar, organizar y operar un sistema de información social con indicadores relevantes sobre los grupos poblacionales en situaciones de vulnerabilidad, que permita una adecuada focalización del conjunto de políticas y programas sociales nacionales.
e) Diseñar, organizar y administrar un sistema de identificación, selección y registro único de los núcleos familiares o individuos habilitados para acceder a los programas sociales, sujeto a criterios de objetividad, transparencia, selectividad, temporalidad, y respetando el derecho a la privacidad en los datos que así lo requieran.
f) Implementar, ejecutar y coordinar Programas de Atención a la Emergencia Social, mediante la cobertura de las necesidades básicas de quienes se hallan en situación de indigencia y de extrema pobreza, buscando el mejoramiento de sus condiciones de vida y su integración social.
g) Proporcionar información y asesoramiento sobre los programas disponibles para quienes se encuentran en situación de indigencia o extrema pobreza.
h) Coordinar con los Gobiernos Departamentales, la ejecución de sus cometidos.
i) Sin perjuicio, en cuanto corresponda, de las competencias del Poder Ejecutivo, del Poder Legislativo y del Ministerio de Relaciones Exteriores, atender los asuntos internacionales referidos al desarrollo social, así como la celebración y complementación de convenios bilaterales y multilaterales de cooperación con instituciones públicas y privadas, nacionales o extranjeras.
j) La regulación, promoción, seguimiento y monitoreo de las actividades de las entidades estatales que actúan en materia de juventud, mujer, adultos mayores y discapacitados, en cuanto corresponda.
k) Fiscalizar, con carácter preceptivo, a toda institución privada con la que ejecute programas sociales bajo la modalidad de convenios, en cuanto al cumplimiento efectivo de los mismos.
l) Cumplir todos los cometidos que las distintas normas establecieron de cargo de los Institutos que por esta ley se trasladan a su órbita de competencia, pudiendo ejercer todas las facultades determinadas en los mismos, por lo que todas las remisiones efectuadas en dicha normativa a los referidos Institutos, deberá entenderse efectuada al Ministerio de Desarrollo Social.
ll) Establecer ámbitos de coordinación y asesoramiento con la sociedad civil involucrada en los objetivos del Ministerio de Desarrollo Social.
ARTICULO 10.- El Ministerio de Desarrollo Social, o la dependencia a la que reglamentariamente se le asigne el cometido (numeral 4º del artículo 168 de la Constitución de la República), podrá aplicar sanciones a quienes infrinjan las disposiciones que establezcan obligaciones a cargo de las personas o instituciones sujetas a su regulación, inspección o control.
Las sanciones consistirán, apreciando la entidad de la infracción y los antecedentes del infractor, en apercibimiento, observación, multa, o suspensión del establecimiento, en forma temporaria, o con autorización judicial, de clausura definitiva.
El monto de las multas que será de disponibilidad del propio Ministerio se graduará entre 10 y 2000 Unidades Reajustables. Las suspensiones temporarias no podrán superar el límite de tres meses.
ARTICULO 11.- El Ministerio de Desarrollo Social tendrá acción ejecutiva para el cobro de las multas que aplique y demás recursos que recaude. A tal efecto, constituirán título ejecutivo, los testimonios de las liquidaciones respectivas que hayan sido aprobadas mediante acto administrativo. La mora en los pagos se producirá de pleno derecho, por el solo vencimiento de los plazos fijados por la reglamentación respectiva.
ARTICULO 12 .- Facúltase al Ministerio de Desarrollo Social a proceder a la venta de todas las publicaciones que se editen por sus distintas dependencias, así como a fijar su precio en función de sus costos respectivos.
El producido se destinará, en su totalidad, a financiar las erogaciones que las citadas publicaciones generen.
ARTICULO 13.- Créanse en el Inciso 15, los cargos de particular confianza: Director General de Secretaría; Director de Políticas Sociales; Director de Desarrollo Ciudadano; Director de Evaluación de Programas; Director de Coordinación Territorial; Director del Instituto Nacional de la Juventud; y, Director del Instituto Nacional de la Familia y la Mujer, cuya retribución será la establecida en el literal c) del artículo 9º de la Ley Nº 15.809, de 8 de abril de 1986. Esta erogación será financiada con cargo a Rentas Generales y a los ahorros presupuestales que a estos efectos dispondrá el Poder Ejecutivo.
ARTICULO 14.- El Poder Ejecutivo, a iniciativa del Ministerio de Desarrollo Social, aprobará la estructura de cargos y funciones necesarios para cumplir con los cometidos asignados a esta Secretaría de Estado, los que serán adecuados a los puestos de trabajo de su nueva estructura organizativa.
A tales efectos, se aplicará, en lo pertinente, lo establecido en los incisos segundo a cuarto del artículo 418 de la Ley Nº 17.296, de 21 de febrero de 2001, dando cuenta en un plazo de treinta días a la Asamblea General.
ARTICULO 15.- Créase la "Dirección Nacional de Deporte", como Unidad Ejecutora 002 del Programa 002 "Formulación, ejecución, supervisión y evaluación de planes en materia de deporte e instrumentación de la política en la materia", del Ministerio de Turismo y Deporte (Inciso 09 del Presupuesto Nacional).
ARTICULO 16.- La Dirección Nacional de Deporte mantendrá las competencias asignadas al Ministerio de Deporte y Juventud en el área de deportes, en cuanto corresponda a su estructura orgánica y posición institucional.
ARTICULO 17.- La redistribución de competencias que realice el Poder Ejecutivo de acuerdo a lo previsto en el artículo 1º de esta ley, operará la transferencia de pleno derecho, a favor del Ministerio de Turismo y Deporte, de todos los bienes, créditos, recursos, partidas presupuestales, derechos y obligaciones, relativos al ejercicio de las competencias que se atribuyan al citado Ministerio, incluyendo los correspondientes al Fondo de Deporte y Juventud.
Los Registros Públicos procederán a la registración de los bienes que correspondan, con la sola presentación del testimonio notarial de la resolución a dictarse.
ARTICULO 18.- Créanse los cargos de particular confianza de "Director Nacional de Deporte", "Director de Promoción Deportiva y Coordinación Institucional", y "Director de Infraestructura y Administración General" del Ministerio de Turismo y Deporte. Las retribuciones correspondientes a estos cargos serán las establecidas en el literal c) del artículo 9º de la Ley Nº 15.809, de 8 de abril de 1986. Esta erogación será financiada con cargo a Rentas Generales y a los ahorros presupuestales que a estos efectos dispondrá el Poder Ejecutivo.
ARTICULO 19.- El Poder Ejecutivo, a iniciativa del Ministerio de Turismo y Deporte, aprobará la estructura de cargos y funciones necesarios para cumplir con los cometidos asignados a esta Secretaría de Estado, los que serán adecuados a los puestos de trabajo de su nueva estructura organizativa.
A tales efectos, se aplicará, en lo pertinente, lo establecido en los incisos segundo a cuarto del artículo 418 de la Ley Nº 17.296, del 21 de febrero de 2001, dando cuenta en un plazo de treinta días a la Asamblea General."
SEÑOR COURIEL.- Pido la palabra.
SEÑOR PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor Senador.
SEÑOR COURIEL.- Señor Presidente: solicito que el proyecto de ley no sólo se comunique en el día, sino que también se haga lo más rápido e inmediatamente posible, porque la Cámara de Representantes está esperando para considerarlo.
SEÑORA XAVIER.- Pido la palabra para fundar el voto.
SEÑOR PRESIDENTE.- Tiene la palabra la señora Senadora.
SEÑORA XAVIER.- Señor Presidente: obviamente, nos hemos limitado mucho en el debate en la tarde de hoy, pero no queremos dejar pasar la oportunidad sin decir que para nosotros es muy importante la creación de este Ministerio porque consideramos que es necesario, a esta altura de la situación, que el país tenga un ámbito que diseñe, coordine y planifique, con el control necesario, las políticas sociales. Entendemos a éstas no como políticas compensatorias de los déficit que las políticas económicas han generado -aunque en una primera instancia el Plan de Emergencia significa eso-, sino, simultáneamente, la creación de políticas sociales genuinas que coadyuven al desarrollo de la ciudadanía.
Nada más. Muchas gracias.
SEÑOR ABDALA.- Pido la palabra para fundar el voto.
SEÑOR PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor Senador.
SEÑOR ABDALA.- Señor Presidente: la verdad es que el Partido Colorado votó innumerable cantidad de artículos en clave de discrepancia, pero deseamos que esto salga lo mejor posible. La misma suerte que deseamos a la futura señora Ministra la extendemos a la ley, porque su suerte es la de todos. De modo que si efectivamente todo sale bien, ello va a ser bueno para la República.
En segundo lugar, queremos hacer nuestra una expresión que empleó el señor Senador Heber. La verdad es que hubiéramos preferido tener un poquito más de tiempo para estudiar este tema. Los señores Senadores del Encuentro Progresista-Frente Amplio-Nueva Mayoría tienen la mayoría parlamentaria para hacer lo que quieran en el Parlamento, pero quizás cuarenta y ocho o setenta y dos horas nos hubieran dado hasta la opción de consultar a la Universidad de la República y afinar algunos de los tantos criterios que aquí terminan siendo de mala técnica legislativa. Va a ser una pena ver que desde la Universidad de la República, con la que tan buena relación tienen algunos integrantes de este Cuerpo, alguno que otro profesor Grado V mañana nos enmiende la plana. No va a ser buena cosa.
Nada más. Muchas gracias.
26) OCUPANTES DE PREDIOS CEDIDOS EN USUFRUCTO POR EL ESTADO EN EL DEPARTAMENTO DE ARTIGAS
SEÑOR PRESIDENTE.- Corresponde votar la moción de urgencia del señor Senador Heber para tratar el proyecto de ley remitido por la Cámara de Representantes.
SEÑOR AGUIRRE.- Pido la palabra.
SEÑOR PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor Senador.
SEÑOR AGUIRRE.- Señor Presidente: siempre fui contrario a legislar a la carrera. Ayer en la Comisión decía que un ilustre Legislador de nuestro país -no de este país, porque el país somos todos nosotros-, el doctor Alfredo Vázquez Acevedo, en su larga vida parlamentaria, siempre se oponía a tratar los proyectos sobre tablas y sin el debido estudio en Comisión. Aquí ni siquiera se trata de legislar a la carrera, sino de hacerlo a ciegas. Por lo pronto, ignoro en absoluto de qué se trata. ¿Qué es lo que dispone el artículo 1º de la Ley Nº 17.359, de 22 de junio de 2001, cuyo plazo extenderíamos en un año a partir de la promulgación de esta ley? Esto tiene la agravante de que el artículo 2º es una interpretación de esa ley y, por lo tanto, por provenir del Legislador, tendría carácter auténtico y se imputaría a la fecha de vigencia de la ley. Quiere decir que tendría efecto retroactivo, con todos los peligros que en materia jurídica eso supone.
Por supuesto, el Senado es dueño de desechar mi opinión y de tratar sobre tablas el proyecto de ley, pero me parece que ello sienta un muy mal precedente. No debemos legislar a ciegas. Debemos saber de qué se trata el proyecto de ley y pasarlo a la Comisión. Luego, con su informe, sí se podría votar.
Es cuanto quería manifestar.
SEÑOR KORZENIAK.- Pido la palabra.
SEÑOR PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor Senador.
SEÑOR KORZENIAK.- Señor Presidente: en primer lugar, voy a decir que no pido que me tengan confianza sin leer las normas, pero quiero aclarar lo siguiente.
El artículo 1º de esa ley refiere al derecho de usufructuar una serie de padrones en el Norte del país, que se daba con un plazo determinado, el cual está por vencer. Ese es el motivo de un proyecto de ley que presentó el señor Senador Saravia, y con beneplácito vemos que ya viene aprobado uno similar de la Cámara de Representantes.
La interpretación del artículo 2º se hace porque podrían quedar dudas respecto a si la suspensión de desalojos que se daba en aquella ley, al hacerse una prórroga del plazo, también sigue vigente. Por ese motivo se hace una interpretación.
No obstante ello, en conversación informal con el coordinador de nuestra Bancada, el señor Senador Couriel, llegamos a la conclusión de que, a los efectos de que los señores Senadores puedan ver estas leyes y opinar, dado que para mañana está prevista una sesión del Senado, podría incluirse este asunto como segundo punto del Orden del Día.
SEÑOR HEBER.- Apoyado.
SEÑOR AGUIRRE.- Muchas gracias.
SEÑOR PRESIDENTE.- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar que este asunto sea incluido como segundo punto del Orden del Día de la sesión de mañana.
(Se vota:)
-26 en 26. Afirmativa. UNANIMIDAD.
SEÑOR PRESIDENTE.- Se levanta la sesión.
(Así se hace, a la hora 20 y 17 minutos, presidiendo el señor Rodolfo Nin Novoa y estando presentes los señores Senadores Abdala, Abreu, Aguirre, Alfie, Breccia, Cid, Couriel, Da Rosa, Dalmás, Heber, Korzeniak, Lara, Long, Lorier, Michelini, Nicolini, Penadés, Percovich, Pintado, Ríos, Rubio, Saravia, Topolansky, Vaillant y Xavier. )
SEÑOR RODOLFO NIN NOVOA Presidente
Arq. Hugo Rodríguez Filippini - Santiago González Barboni Secretarios
Sr. Freddy A. Massimino Director General del Cuerpo de Taquígrafos
![]() Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo. |