SE DESTINA UNA SUMA PARA LA ERECCION DEL MONUMENTO AL PROCER EN LA PLAZA TOMAS BERRETA DE LA CIUDAD DE SANTA LUCIA, CANELONES.
El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo 1°. Destínase la cantidad de $ 60.000.00 (sesenta mil pesos) para los gastos que
demande la erección del monumento al Prócer José Artigas en la Plaza "Tomás Berreta"
de la Ciudad de Santa Lucía, 2ª Sección Judicial del Departamento de Canelones).
Dicha cantidad será entregada a la Comisión Vecinal que ha tomado a su cargo la
erección del monumento.
Artículo 2°. La erogación a que se refiere el artículo anterior se hará con cargo al Fondo
de Detracciones y Recargos establecido por la
ley N° 12.670, de 17 de diciembre de 1959.