SE SUSTITUYEN DISPOSICIONES DE LA LEY 10.050, REFERENTE A LOS EFECTIVOS DEL SERVICIO VETERINARIO DE REMONTA.
El Consejo de Estado ha aprobado el siguiente
PROYECTO DE LEY
Artículo 1°. Sustitúyese el artículo 181 de la
ley 10.050, de 18 de setiembre de 1941, modificada y reordenada por la ley 10.757, de 27 de julio de 1946 (Orgánica del Ejé
la redacción dada por el artículo 49 de la
ley 13.892, de 19 de octubre de 1970, en la parte relativa a los efectivos del Servicio Veterinario, y de Remonta, el que
quedará redactado de la siguiente manera:
Artículo 2°. Suprímense en el Programa 1.02 "Ejército", Unidad Ejecutora 04 "Comando General
del Ejército", 25 (veinticinco) cargos de Soldado de 1ra. y 4 (cuatro) cargos de
Soldado de 2da."