Artículo único.- Apruébase el Tratado de Marrakech para facilitar el acceso a las obras publicadas a las personas ciegas, con discapacidad visual o con otras dificultades para acceder al texto impreso, suscrito en Marrakech, Reino de Marruecos, el 27 de junio de 2013.
Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 19 de agosto de 2014.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos, la Ley por la que aprueba el Tratado de Marrakech para facilitar el acceso a las obras publicadas a las personas ciegas, con discapacidad visual o con otras dificultades para acceder al texto impreso, suscrito en Marrakech, Reino de Marruecos, el 27 de junio de 2013.
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![]() Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo. |