Artículo único.- Prorrógase desde el 1º de febrero de 2021 hasta el 1º de febrero de 2025 la facultad del Poder Ejecutivo para encomendar al personal militar dependiente del Ministerio de Defensa Nacional el cumplimiento de las funciones transitorias de guardia perimetral en aquellas Unidades de Internación para personas privadas de libertad a determinar.
Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 23 de febrero de 2021.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos, la Ley por la que se prorroga la facultad del Poder Ejecutivo para encomendar al personal militar dependiente del Ministerio de Defensa Nacional el cumplimiento de las funciones transitorias de guardia perimetral en ciertas Unidades de Internación para personas privadas de libertad.
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![]() Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo. |