Publicada D.O. 1°oct/021 - Nº 30780
Ley Nº 19.989
EMPRESAS AFECTADAS POR LA PANDEMIA CAUSADA POR EL COVID 19
Extensión de beneficios tributarios
El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General,
DECRETAN
Artículo único.‑ Extiéndese lo dispuesto en la Ley N° 19.956, de 10 de junio de 2021, a las obligaciones devengadas entre el 1° de julio de 2021 y el 31 de octubre de 2021, para los contribuyentes que realicen las actividades comprendidas en los literales C), D), E), F), J), K), M), N) y O) del artículo 1° de la referida ley.
Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 15 de setiembre de 2021.
BEATRIZ ARGIMÓN,
Presidenta.
Gustavo Sánchez Piñeiro,
Secretario.
MINISTERIO DEL INTERIOR
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA
MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA
MINISTERIO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA
MINISTERIO DE TURISMO
MINISTERIO DE VIVIENDA Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
MINISTERIO DE AMBIENTE
Montevideo, 24 de setiembre de 2021.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos, la Ley por la que se extienden los beneficios tributarios para empresas afectadas por la pandemia causada por el COVID-19.
LUIS LACALLE POU.
LUIS ALBERTO HEBER.
CAROLINA ACHE.
ALEJANDRO IRASTORZA.
JAVIER GARCÍA.
ANA RIBEIRO.
JOSÉ LUIS FALERO.
OMAR PAGANINI.
PABLO MIERES.
DANIEL SALINAS.
FERNANDO MATTOS.
TABARÉ VIERA.
IRENE MOREIRA.
MARTÍN LEMA.
ADRIAN PEÑA.

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Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo. |