Artículo único.‑ Apruébase el Acuerdo Marco de Cooperación entre los Estados Partes del Mercosur y los Estados Asociados para la Creación de Equipos Conjuntos de Investigación, suscrito en la ciudad de San Juan, República Argentina, el 2 de agosto de 2010.
Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 11 de junio de 2019.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos, la Ley por la que se aprueba el Acuerdo Marco de Cooperación entre los Estados Partes del Mercosur y los Estados Asociados para la Creación de Equipos Conjuntos de Investigación, suscrito en la ciudad de San Juan, República Argentina, el 2 de agosto de 2010.
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