Retorno a página principal

n.º 296 - TOMO 524 - 19 DE AGOSTO DE 2014

REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY

DIARIO DE SESIONES

DE LA

CÁMARA DE SENADORES

QUINTO PERÍODO DE LA XLVII LEGISLATURA

30.ª SESIÓN EXTRAORDINARIA

PRESIDEN

EL SEÑOR DANILO ASTORI Presidente

y

EL SEÑOR OPE PASQUET Tercer Vicepresidente

ACTÚAN EN SECRETARÍA LOS TITULARES HUGO RODRÍGUEZ FILIPPINI Y GUSTAVO SÁNCHEZ PIÑEIRO,

Y EL PROSECRETARIO MIGUEL SEJAS

SUMARIO

1) Texto de la citación

2) Asistencia

3) Asuntos entrados

4) Pedidos de informes

– El señor Senador Lacalle Herrera solicita se curse un pedido de informes a los Ministerios del Interior y de Relaciones Exteriores, relacionado con los ciudadanos detenidos en Guantánamo.

 – El señor Senador Solari solicita se curse un pedido de informes al Ministerio de Salud Pública y, por su intermedio, a la Administración de los Servicios de Salud del Estado, relacionado con la situación funcional del señor Alfredo Silva.

• Oportunamente fueron tramitados.

5) Exposición escrita

– El señor Senador Cardoso solicita se curse una exposición escrita al Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, relacionada con la situación ambiental generada por las empresas Arrosur y Galofer.

• Se procederá de conformidad.

6) Inasistencias anteriores

– Por Secretaría se da cuenta de las inasistencias a las anteriores convocatorias.

7) y 20) Solicitudes de licencia e integración del Cuerpo

– El Senado concede las licencias solicitadas por el señor Presidente del Cuerpo, contador Astori, por la señora Senadora Moreira y por los señores Nin Novoa, Bordaberry, Michelini y Penadés.

– Quedan convocados los señores Senadores Rondeau, Echeverría, Cardoso, Gallicchio y Silveira.

8) Actividad turística

– Por moción del señor Senador Michelini, el Senado resuelve considerar en primer término el proyecto de ley por el que se establece el marco normativo para esta actividad.

• Sancionado. Se comunicará al Poder Ejecutivo.

9) y 11) Comisión Preinvestigadora sobre la situación económica y financiera de Ancap

– Continúa la discusión.

• Se vota afirmativamente el informe en mayoría elevado por la Comisión Preinvestigadora, no haciendo lugar a la conformación de una Comisión Investigadora.

10) Proyecto presentado

– Los señores Senadores Agazzi, Antognazza, Baráibar, Couriel, López Goldaracena, Martínez, Michelini, Rosadilla, Rubio, Tajam y Topolansky presentan, con exposición de motivos, un proyecto de ley por el que se modifica el literal E) del artículo 38 del Texto Ordenado 1996 sobre normas tributarias, referido a la posibilidad de habilitar deducciones en el caso de préstamos otorgados a hijos mayores o menores legalmente declarados incapaces o que sufran discapacidades graves.

• Pasa a la Comisión de Hacienda.

12) Residencia permanente en la República

– Proyecto de ley por el que se facilita a cónyuges, concubinos, padres, hermanos y nietos de uruguayos y a los nacionales de los Estados Parte del Mercosur y Estados Asociados, la residencia permanente en la República.

• Sancionado. Se comunicará al Poder Ejecutivo.

13) Sociedades Anónimas y en Comandita por Acciones

– Proyecto de ley por el que se establecen normas para la depuración de sociedades inactivas y para la identificación de titulares de participaciones patrimoniales al portador.

• Aprobado. Se comunicará a la Cámara de Representantes.

14) Señor Fernando López Fabregat y doctor Hugo Cayrús. Designación como Embajadores

– Solicitudes de acuerdo del Poder Ejecutivo para acreditar en calidad de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República ante el Gobierno del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte al señor Fernando López Fabregat; y en calidad de Representante Permanente de la República ante la Organización de los Estados Americanos al doctor Hugo Cayrús.

• Concedidas.

15) Doctora María Cristina Cabrera Costa. Designación como Ministro de Tribunal de Apelaciones

– Solicitud de venia de la Suprema Corte de Justicia.

• Concedida.

16) Impuesto al Patrimonio. Tributación del sector agropecuario

– Proyecto de ley aprobado en nueva forma por la Cámara de Representantes, por el que se modifica el artículo 20 de la Ley n.º 19088.

• Sancionado. Se comunicará al Poder Ejecutivo.

17) Patrulleros oceánicos

– Proyecto de resolución por el que se declara la necesidad de que la Armada Nacional cuente con estas unidades navales.

• Aprobado.

18) Acuerdo sobre el beneficio de litigar sin gastos y la asistencia jurídica gratuita entre los Estados Parte del Mercosur, la República de Bolivia y la República de Chile

– Proyecto de ley por el que se procede a su aprobación.

• Sancionado. Se comunicará al Poder Ejecutivo.

19) Tratado de Marrakech para facilitar el acceso a las obras publicadas a las personas ciegas, con discapacidad visual o con otras dificultades para acceder al texto impreso

– Proyecto de ley por el que se procede a su aprobación.

• Sancionado. Se comunicará al Poder Ejecutivo.

21) Acuerdo de Cooperación entre la República Oriental del Uruguay y Georgia

– Proyecto de ley por el que se procede a su aprobación.

• Sancionado. Se comunicará al Poder Ejecutivo.

22) 135 años del Centro Gallego

– Por moción del señor Senador Gallinal, el Senado resuelve que se trate como primer punto en la sesión ordinaria del martes 9 de setiembre y que hable un representante por partido.

23) Solicitudes de venia del Poder Ejecutivo para destituir de sus cargos a dos funcionarios públicos

• El Senado, en sesión secreta, concedió venia al Poder Ejecutivo para destituir de su cargo a un funcionario del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente y a una funcionaria del Ministerio de Industria, Energía y Minería.

24) Levantamiento de la sesión

1) TEXTO DE LA CITACIÓN

«Montevideo, 15 de agosto de 2014

La CÁMARA DE SENADORES se reunirá en sesión extraordinaria el próximo martes 19 de agosto, a la hora 9:30, a fin de informarse de los asuntos entrados y considerar el siguiente

ORDEN DEL DÍA

1.º) Continuar con la consideración del Informe de la Comisión Preinvestigadora sobre la situación económica y financiera de Ancap.

Carp. n.º 1563/2014 – Rep. n.º 1125/2014

Discusión general y particular de los siguientes proyectos de ley:

2.º) por el que se establece el marco normativo relativo a la actividad turística.

Carp. n.º 1523/2014 – Rep. n.º 1124/2014 – Rep. n.º 1124/2014 Anexo I

3.º) por el que se facilita a cónyuges, concubinos, padres, hermanos y nietos de uruguayos y a los nacionales de los Estados Parte del Mercosur y Estados Asociados, la residencia permanente en la República.

Carp. n.º 1485/2014 – Rep. n.º 1116/2014 – Rep. n.º 1116/2014 Anexo I

4.º) por el que se establecen normas para la depuración de sociedades inactivas y para la identificación de titulares de participaciones patrimoniales al portador en las Sociedades Anónimas y en Comandita por Acciones.

Carp. n.º 1374/2013 – Rep. 1114/2014 – Rep. 1114/2014 Anexo I

5.º) Informes de la Comisión de Asuntos Internacionales relacionados con los mensajes remitidos por el Poder Ejecutivo, a fin de designar:

– en calidad de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República ante el Gobierno del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, al señor Fernando López Fabregat.

Carp. n.º 1548/2014 – Rep. n.º 1119/2014

– en calidad de Representante Permanente de la República ante la Organización de los Estados Americanos, al doctor Hugo Cayrús.

Carp. n.º 1552/2014 – Rep. n.º 1122/2014

6.º) Informe de la Comisión de Asuntos Administrativos relacionado con la solicitud remitida por la Suprema Corte de Justicia, a fin de designar en el cargo de Ministro de Tribunal de Apelaciones, a la doctora María Cristina Cabrera Costa.

Carp. n.º 1558/2014 – Rep. n.º 1129/2014

7.º) Discusión única de un proyecto de ley aprobado en nueva forma por la Cámara de Representantes, por el que se modifica el artículo 20 de la Ley n.º 19088, de 14 de junio de 2013, Impuesto al Patrimonio, Ajustes a la Tributación del Sector Agropecuario.

Carp. n.º 1499/2014 – Rep. n.º 1128/2014

8.º) Discusión única de un proyecto de resolución por el que se declara la necesidad de que la Armada Nacional cuente con Patrulleros Oceánicos adecuados a sus objetivos.

Carp. n.º 1553/2014 – Rep. n.º 1112/2014

Discusión general y particular de los siguientes proyectos de ley:

9.º) por el que se aprueba el Acuerdo sobre Beneficio de Litigar sin Gastos y la Asistencia Jurídica Gratuita entre los Estados Parte del Mercosur, la República de Bolivia y la República de Chile, suscrito en Florianópolis, República Federativa del Brasil, el 15 de diciembre de 2000.

Carp. n.º 945/2012 – Rep. n.º 1120/2014

10) por el que se aprueba el Acuerdo de Cooperación entre la República Oriental del Uruguay y Georgia, suscrito en Montevideo, República Oriental del Uruguay, el 29 de abril de 2013.

Carp. n.º 1415/2013 – Rep. n.º 1121/2014

11) por el que se aprueba el Tratado de Marrakech para Facilitar el Acceso a las Obras Publicadas a las Personas Ciegas, con Discapacidad Visual o con otras Dificultades para Acceder al Texto Impreso, suscrito en Marrakech, Reino de Marruecos, el 27 de junio de 2013.

Carp. n.º 1551/2014 – Rep. n.º 1123/2014

12) Informes de la Comisión de Asuntos Administrativos relacionados con la solicitud remitida por el Poder Ejecutivo, a fin de destituir de su cargo:

– a un funcionario del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, Dirección Nacional de Medio Ambiente. (Plazo constitucional vence el 21 de setiembre de 2014).

Carp. n.º 1538/2014 – Rep. n.º 1117/2014

– a una funcionaria del Ministerio de Industria, Energía y Minería, Dirección Nacional de Propiedad Industrial. (Plazo constitucional vence el 29 de setiembre de 2014).

Carp. n.º 1541/2014 –Rep. n.º 1118/2014

Gustavo Sánchez Piñeiro Secretario - Hugo Rodríguez Filippini Secretario».

2) ASISTENCIA

ASISTEN: los señores Senadores Abreu, Agazzi, Alonso, Amorín, Antognazza, Baráibar, Cardoso, Chiruchi, Conde, Couriel, Echeverría, Gallinal, Gallo Imperiale, Gandini, Heber, López Goldaracena, Martínez, Michelini, Moreira (Carlos), Moreira (Constanza), Penadés, Rosadilla, Rubio, Saravia, Solari, Tajam, Topolansky y Viera; y a partir de la hora 12:00, el señor Senador Gallicchio.

FALTAN: con licencia, los señores Senadores Bordaberry, Lacalle Herrera, Larrañaga, Lorier y Nin Novoa; y a partir de la hora 12:00, el señor Senador Michelini.

3) ASUNTOS ENTRADOS

SEÑOR PRESIDENTE.- Habiendo número, está abierta la sesión.

(Es la hora 9 y 43 minutos).

– Dese cuenta de los asuntos entrados.

(Se da de los siguientes).

SEÑOR SECRETARIO (Gustavo Sánchez Piñeiro).- «La Presidencia de la Asamblea General destina un mensaje del Poder Ejecutivo al que acompaña un proyecto de ley por el que se autoriza al Banco Central del Uruguay a proceder a la acuñación de monedas conmemorativas del Bicentenario del “Reglamento Provisorio de la Provincia Oriental para el Fomento de la Campaña y Seguridad de sus Hacendados” de 10 de setiembre de 1815.

–A LA COMISIÓN DE HACIENDA.

El Ministerio de Desarrollo Social remite respuesta a los siguientes pedidos de informes:

• solicitado por el señor Eduardo Mezzera, relacionado con la base de datos informática de los padrones de beneficiarios de los planes de dicho Ministerio.

–OPORTUNAMENTE FUE ENTREGADA.

• solicitado por el señor Senador Alfredo Solari, relacionado con el Centro de Rehabilitación Tiburcio Cachón y el Instituto Nacional de Ciegos General Artigas.

–OPORTUNAMENTE FUE ENTREGADA AL SEÑOR SENADOR SOLARI.

La Cámara de Representantes remite aprobados los siguientes proyectos de ley:

• por el que se establecen ajustes en la liquidación del Impuesto a la Renta de las Actividades Económicas, correspondiente a la realización de actividades agropecuarias.

–A LA COMISIÓN DE HACIENDA.

• por el que se transfieren, del Ministerio de Transporte y Obras Públicas a la Intendencia de Salto, varios bienes inmuebles ubicados en la zona suburbana de la ciudad capital del departamento de Salto.

–A LA COMISIÓN DE VIVIENDA Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL.

• por el que se regula la administración electrónica.

–A LA COMISIÓN DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA.

• por el que se autoriza la salida del país de una delegación del Ejército Nacional integrada por catorce efectivos militares sin armamento, pertenecientes al Batallón “Gral. L. Olivera” de Infantería Mecanizado n.º 12, para participar en el 72.º Aniversario del 6.º Grupo de Artillería de Campaña – Grupo Marqués de Tamandaré en la ciudad de Río Grande, Río Grande del Sur, República Federativa del Brasil, el 1.º de octubre de 2014, regresando al país el mismo día al finalizar la ceremonia.

–A LA COMISIÓN DE DEFENSA NACIONAL.

 Asimismo, comunica que ha aprobado los siguientes proyectos de ley:

• por el que se aprueba el Protocolo para la Eliminación del Comercio Ilícito de Productos del Tabaco, aprobado durante la Quinta Conferencia de las Partes de la Organización Mundial de la Salud, para el Control del Tabaco, realizada en Seúl, República de Corea, el 12 de noviembre de 2012;

• por el que se crea el Colegio Veterinario del Uruguay;

• por el que se establecen disposiciones relacionadas con los premios que se otorgan a la labor literaria e intelectual en nuestro país.

–AGRÉGUENSE A SUS ANTECEDENTES Y ARCHÍVENSE.

El señor Senador Germán Cardoso, conforme a lo establecido en el artículo 172 del Reglamento del Senado, solicita se curse una exposición escrita al Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, relacionada con la situación generada a nivel ambiental por las empresas Arrosur y Galofer, establecidas en las cercanías de la localidad de Villa Sara, departamento de Treinta y Tres.

–HA SIDO REPARTIDA. SE VA A VOTAR UNA VEZ FINALIZADA LA LECTURA DE LOS ASUNTOS ENTRADOS.

La Comisión de Constitución y Legislación eleva informado un proyecto de ley por el que se sustituye el artículo 33 de la Ley n.º 18591, de 18 de setiembre de 2009, Colegio Médico del Uruguay.

La Comisión de Industria, Energía, Comercio, Turismo y Servicios eleva informado un proyecto de ley por el que se otorgan facultades sancionatorias al Poder Ejecutivo en el control del cumplimiento de la normativa que exige la observancia de especificaciones técnicas para los bienes y servicios destinados al uso y consumo.

La Comisión de Asuntos Laborales y Seguridad Social eleva informado un proyecto de ley por el que se sustituye el artículo 20 de la Ley n.º 19133, de 20 de setiembre de 2013, sobre Empleo Juvenil.

La Comisión de Educación y Cultura eleva un proyecto de ley por el que se aprueba la Ley Orgánica de la Universidad de la Educación.

La Comisión de Salud Pública eleva informado un proyecto de ley por el que se modifica el Sistema Nacional de Residencias Médicas.

La Comisión de Asuntos Internacionales eleva informados los siguientes proyectos de ley:

• por el que se aprueba el Acuerdo entre el Gobierno de la República Oriental del Uruguay y el Gobierno del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte sobre Intercambio de Información en Materia Tributaria, suscrito en Londres, el 14 de octubre de 2013;

• por el que se aprueba el Acuerdo Marco de Comercio e Inversión entre el Gobierno de la República Oriental del Uruguay y el Gobierno de la República Socialista de Vietnam, suscrito en Montevideo, el 9 de diciembre de 2013;

• por el que se aprueba el Convenio entre la República Oriental del Uruguay y la República de Rumania para Evitar la Doble Imposición y Prevenir la Evasión Fiscal en Materia de Impuestos sobre la Renta y sobre el Patrimonio, firmado en la ciudad de Bucarest, República de Rumania, el 14 de setiembre de 2012.

Asimismo, eleva informado una solicitud remitida por el Poder Ejecutivo a los efectos de designar en calidad de Representante Permanente ante las Oficinas de la Organización de las Naciones Unidas y Organismos Especializados, con sede en Ginebra, de acuerdo con lo dispuesto por el numeral 12 del artículo 168 de la Constitución de la República, al señor Ricardo González Arenas.

–REPÁRTANSE E INCLÚYANSE EN EL ORDEN DEL DÍA DE UNA PRÓXIMA SESIÓN.

La Comisión de Hacienda eleva informado un proyecto de ley por el que se modifica el artículo 20 de la Ley n.º 19088, de 14 de junio de 2013, sobre el Impuesto al Patrimonio, Ajustes a la Tributación del Sector Agropecuario.

La Comisión de Asuntos Administrativos eleva informada la solicitud remitida por la Suprema Corte de Justicia a fin de designar en el cargo de Ministro de Tribunal de Apelaciones a la doctora María Cristina Cabrera Costa.

–HAN SIDO REPARTIDOS Y ESTÁN INCLUIDOS EN EL ORDEN DEL DÍA DE LA SESIÓN DE HOY.

El Tribunal de Cuentas remite copia de oficios transcribiendo varias resoluciones relacionadas con los siguientes organismos: Administración Nacional de Telecomunicaciones, Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas, Banco Central del Uruguay, Instituto Nacional de Colonización y Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca.

–TÉNGANSE PRESENTES. LOS OFICIOS SE ENCUENTRAN PUBLICADOS EN LA PÁGINA WEB DEL PARLAMENTO. LA INFORMACIÓN COMPLETA SE ENCUENTRA A DISPOSICIÓN DE LOS SEÑORES SENADORES EN LA SECRETARÍA DEL SENADO.

 La Junta Departamental de Canelones remite copia de la versión taquigráfica de las palabras pronunciadas por el señor Edil Danilo Onesti sobre el tema “Don Tomás Berreta, de tropero a Presidente”.

–OPORTUNAMENTE FUE REMITIDA A LA BANCADA DEL PARTIDO COLORADO.

La Junta Departamental de Maldonado remite copia de la versión taquigráfica de las palabras pronunciadas por la señora Edila Cristina Pérez relacionadas con la atención en los centros privados del departamento de Maldonado.

–OPORTUNAMENTE FUE REMITIDA A LA COMISIÓN DE SALUD PÚBLICA.

La Junta Departamental de Cerro Largo remite copia de una declaración relacionada con manifestaciones del señor Intendente del citado departamento.

–TÉNGASE PRESENTE».

4) PEDIDOS DE INFORMES

SEÑOR PRESIDENTE.- Dese cuenta de un pedido de informes.

(Se da del siguiente:)

SEÑOR SECRETARIO (Gustavo Sánchez Piñeiro).- «El señor Senador Luis A. Lacalle Herrera, en conformidad con lo establecido en el artículo 118 de la Constitución de la República, solicita se curse un pedido de informes con destino a los Ministerios del Interior y de Relaciones Exteriores, relacionado con los ciudadanos detenidos en Guantánamo que serán recibidos por nuestro país.

–OPORTUNAMENTE FUE TRAMITADO».

(Texto del pedido de informes:)

«Montevideo, 13 de agosto de 2014

Sr. Presidente de la

Cámara de Senadores

Cr. Danilo Astori

 

De mi consideración:

Al amparo del artículo 118 de la Constitución de la República, solicito a usted elevar el presente al Ministerio de Relaciones Exteriores y al Ministerio del Interior a fin de informar:

1) Si la lista de detenidos en la base de Guantánamo (Cuba), que serían recibidos por nuestro país es la que sigue a continuación:

Mohammed Tahamatan – 34 años, palestino conexiones con Hamás, preso en Pakistán en 2002 en casa que miembros de al-Qaeda usaban para fabricar explosivos.

Peligrosidad: MEDIA

Jihad Deyab – 34 años, libanés, detenido por las fuerzas de seguridad pakistaníes acusado de actuar como reclutador para al-Qaeda. Participó en campos de organización y entrenamiento. Actuó en Siria, Europa y África.

Peligrosidad: ALTA

Ahmed Adnan Ahjm – 37 años, sirio entrenado en campos de al-Qaeda en Afganistán. Luchó contra fuerzas americanas en Tora Bora y participó de atentados contra tropas aliadas. Fue apresado en Pakistán en 2001.

Peligrosidad: ALTA

Ali Husain Shaaban – 32 años, sirio preso en 2001 en Pakistán, luchó con los talibanes en Tora Bora. Entrenado en ataques suicidas, antes de huir a Pakistán fue reclutado para actuar en operaciones terroristas contra el régimen de Bashar Assad.

Peligrosidad: ALTA

Abd al-Hadi Faraj – 39 años, sirio acusado de haber sido entrenado en los campos de reclutamiento de al-Qaeda y haber participado en ataques contra las tropas aliadas. Entrenado para combates y operaciones suicidas. Fue preso en 2001.

Peligrosidad: ALTA

Abdul Bin Mohammed – 49 años, de Túnez, especialista en explosivos con más de cuatro años de entrenamiento en los campos de al-Qaeda en Afganistán, donde fue preso en 2001. Fue miembro del Grupo Combatiente Tunecino.

Peligrosidad: ALTA

2) En caso afirmativo, si la calificación de su peligrosidad es exacta, así como los actos que le son atribuidos.

Sin otro particular, saludo a usted atentamente.

Luis Alberto Lacalle Herrera. Senador».

SEÑOR PRESIDENTE.- Dese cuenta de otro pedido de informes.

(Se da del siguiente:)

SEÑOR SECRETARIO (Gustavo Sánchez Piñeiro).- «El señor Senador Alfredo Solari, en conformidad con lo establecido en el artículo 118 de la Constitución de la República, solicita se curse un pedido de informes con destino al Ministerio de Salud Pública y, por su intermedio, a la Administración de los Servicios de Salud del Estado, relacionado con la situación funcional del señor Alfredo Silva.

–OPORTUNAMENTE FUE TRAMITADO».

(Texto del pedido de informes:)

«Montevideo, 19 de agosto de 2014

Señor Presidente de la

Cámara de Senadores

Contador Danilo Astori

 

De mi mayor consideración:

De acuerdo con lo preceptuado en el artículo 118 de la Constitución de la República, solicito se curse el presente pedido de informes, al Ministerio de Salud Pública y por su intermedio a la Administración de los Servicios de Salud del Estado.

Con fecha 12 de los corrientes solicitamos información sobre los hechos y circunstancias que culminaron con el fallecimiento de un paciente en ocasión de no ser admitido en el Hospital de Las Piedras, donde había sido trasladado por la emergencia médica móvil actuante, por indicación de la Coordinadora de ASSE.

Complementando dicha solicitud requerimos que, además de los datos ya solicitados, se nos remita copia de la conversación grabada entre la Coordinadora de ASSE y el móvil de la emergencia médica móvil que efectuó el traslado del paciente en cuestión.

Sin otro particular, saludo a usted atentamente.

Alfredo Solari. Senador».

5) EXPOSICIÓN ESCRITA

SEÑOR PRESIDENTE.- Corresponde poner a votación la remisión de la exposición escrita de la que se dio cuenta durante la lectura en los asuntos entrados.

Se va a votar si se remite al Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente la exposición escrita presentada por el señor Senador Cardoso.

(Se vota:)

–14 en 15. Afirmativa.

(Texto de la exposición escrita:)

«Montevideo, 13 de agosto de 2014

Señor Presidente de la

Cámara de Senadores

Contador Danilo Astori

Presente

 

De mi mayor consideración:

Al amparo de lo establecido en el artículo 172 del Reglamento del Cuerpo solicito dar curso a la presente exposición escrita al señor Ministro de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente.

Se me ha puesto en conocimiento de que aparentemente las empresas Arrosur y Galofer establecidas en las proximidades del km 285 de la ruta nacional n.° 8 Brigadier General Juan Antonio Lavalleja, linderas con la localidad de Villa Sara, departamento de Treinta y Tres, no cumplirían con las medidas necesarias para preservar la calidad medioambiental de su entorno.

En el proceso de incineración de los desechos de las arroceras, por momentos el humo se transforma en algo muy espeso y molesto para las personas que habitan dicha localidad: las casas, ropa y utensilios de cocina se tiznan y quedan negros alterando la vida cotidiana.

Se produce un serio proceso de contaminación por esos desperdicios ambientales que además afecta seriamente las vías respiratorias de los seres humanos que residen en la zona circundante.

También los vecinos nos han manifestado que los filtros que se deben utilizar para el tratamiento de eliminación tóxica del aire, quizás no serían los adecuados, produciendo esas fugas de magnitud al no cumplir adecuadamente su función de purificación de los gases emanados de la combustión.

Aunque no exista prueba científica comprobada que sea el motivo, llama la atención que en Villa Sara exista un porcentaje muy alto de índices de tumores tales como cáncer de útero que preocupa a la población.

Los vecinos de Villa Sara están tomando diversas iniciativas pacíficas reclamando por la higiene ambiental que debe coronar al procedimiento de quema de los residuos arroceros.

Apelamos a que vuestro Ministerio a través de quienes corresponda se constituya en el lugar a efectos de constatar la situación descripta y se tomen las medidas necesarias para normalizar el estado de situación en esa zona del país en la eventualidad de que los hechos así lo ameriten.

Atentamente.

Germán Cardoso. Senador».

6) INASISTENCIAS ANTERIORES

SEÑOR PRESIDENTE.- Dando cumplimiento a lo que establece el artículo 53 del Reglamento de la Cámara de Senadores, dese cuenta de las inasistencias a las anteriores convocatorias.

(Se da de las siguientes:)

SEÑOR SECRETARIO (Hugo Rodríguez Filippini).- En la sesión ordinaria del día 13 de agosto no se registraron inasistencias.

A la sesión de la Comisión de Salud Pública del 12 de agosto faltaron con aviso los señores Senadores Lacalle Herrera, Moreira y Solari.

A la sesión de la Comisión de Vivienda y Ordenamiento Territorial del 12 de agosto faltó con aviso el señor Senador Chiruchi.

A la sesión de la Comisión de Industria, Energía, Comercio, Turismo y Servicios del 13 de agosto faltaron con aviso los señores Senadores Abreu, Cardoso y Lacalle Herrera.

A la sesión de la Comisión de Educación y Cultura del 13 de agosto faltaron con aviso los señores Senadores Amorín y Da Rosa.

A la sesión de la Comisión de Presupuesto integrada con Hacienda del 13 de agosto faltaron con aviso los señores Senadores Abreu, Amorín, Heber, Obispo y Rubio.

A la sesión de la Comisión de Transporte y Obras Públicas del 13 de agosto faltó con aviso el señor Senador Viera.

A la sesión de la Comisión de Asuntos Administrativos del 13 de agosto faltó con aviso el señor Senador Cardoso.

A la sesión de la Comisión de Asuntos Internacionales del 14 de agosto faltó con aviso el señor Senador Michelini.

A la sesión de la Comisión de Asuntos Laborales y Seguridad Social del 14 de agosto faltaron con aviso los señores Senadores Da Rosa, Rubio y Tajam.

A la sesión de la Comisión de Ganadería, Agricultura y Pesca del 14 de agosto faltaron con aviso los señores Senadores Cardoso, Chiruchi, Gandini y Saravia.

A la sesión de la Comisión de Hacienda del 14 de agosto faltaron con aviso los señores Senadores Abreu, Amorín y Heber.

SEÑOR PRESIDENTE.- Aprovechamos la ocasión para saludar a los alumnos y docentes de 5.º año del Colegio Bautista Maranatha, de Montevideo, a quienes les agradecemos mucho su visita en la mañana de hoy.

7) SOLICITUDES DE LICENCIA E INTEGRACIÓN DEL CUERPO

SEÑOR PRESIDENTE.- Léase una solicitud de licencia.

(Se lee:)

SEÑOR SECRETARIO (Hugo Rodríguez Filippini).- «Montevideo, 18 de agosto de 2014

Señor Presidente de la

Cámara de Senadores

Contador Danilo Astori

Presente

 

De mi mayor consideración:

A través de la presente, solicito al Cuerpo me conceda licencia por razones personales por el día 19 del corriente mes, al amparo del artículo 1.º de la ley n.º 17827, de 14 de setiembre de 2004.

Sin otro particular, saludo al señor Presidente muy atentamente.

Rodolfo Nin Novoa. Senador».

SEÑOR PRESIDENTE.- Se va a votar si se concede la licencia solicitada.

(Se vota:)

–15 en 15. Afirmativa. UNANIMIDAD.

Se comunica que los señores Héctor Lescano, Gustavo Guarino, Humberto Ruocco, Felipe Michelini, Antonio Gallicchio y Mariella Torello han presentado nota de desistimiento, informando que por esta vez no aceptan la convocatoria a integrar el Cuerpo, por lo que queda convocado el señor Alejandro Echeverría, a quien ya se ha tomado la promesa de estilo.

Léase otra solicitud de licencia.

(Se lee:)

SEÑOR SECRETARIO (Hugo Rodríguez Filippini).- «Montevideo, 18 de agosto de 2014

Señor Presidente de la

Cámara de Senadores

Contador Danilo Astori

Presente

 

De mi mayor consideración:

A través de la presente, solicito al Cuerpo que usted preside me conceda licencia por motivos particulares, al amparo del artículo 1.º de la Ley n.º 17827, de 14 de setiembre de 2004, el día 19 de agosto del presente año.

Sin otro particular, saludo a usted muy atentamente.

Pedro Bordaberry. Senador».

SEÑOR PRESIDENTE.- Se va a votar si se concede la licencia solicitada.

(Se vota:)

–17 en 17. Afirmativa. UNANIMIDAD.

Queda convocado el señor Senador Germán Cardoso, a quien ya se ha tomado la promesa de estilo.

Léase otra solicitud de licencia.

(Se lee:)

SEÑOR SECRETARIO (Hugo Rodríguez Filippini).- «Montevideo, 18 de agosto de 2014

Sr. Presidente de la

Cámara de Senadores

Cr. Danilo Astori

Presente

 

De mi mayor consideración:

Por la presente y de acuerdo con la Ley n.º 17827, de fecha 14 de setiembre de 2004, solicito a Ud. se me conceda licencia, por motivos personales, los días 19, 20 y 21 del corriente mes, a partir de las 12 horas del propio día 19, así como los días 26, 27 y 28 del corriente mes.

Sin otro particular, saludo a usted muy atentamente.

Rafael Michelini. Senador».

SEÑOR PRESIDENTE.- Se va a votar si se concede la licencia solicitada.

(Se vota:)

–16 en 17. Afirmativa.

Se comunica que el señor Felipe Michelini ha presentado nota de desistimiento, informando que por esta vez no acepta la convocatoria a integrar el Cuerpo, por lo que queda convocado el señor Antonio Gallicchio, a quien ya se ha tomado la promesa de estilo.

Léase otra solicitud de licencia.

(Se lee:)

SEÑOR SECRETARIO (Hugo Rodríguez Filippini).- «Montevideo, 19 de agosto de 2014

Sr. Presidente de la

Cámara de Senadores

Cr. Danilo Astori

Presente

 

De mi mayor consideración:

Por la presente, solicito licencia el día 19 de agosto de 2014, a partir de las 14:30 horas, por motivos personales.

Solicito también se convoque a mi suplente respectivo.

Sin otro particular, saludo a usted muy atentamente.

Constanza Moreira. Senadora».

SEÑOR PRESIDENTE.- Se va a votar si se concede la licencia solicitada.

(Se vota:)

–17 en 18. Afirmativa.

Se comunica que los señores Eduardo Muguruza y Francisco Beltrame han presentado nota de desistimiento, informando que por esta vez no aceptan la convocatoria a integrar el Cuerpo, por lo que queda convocado el señor Aníbal Rondeau, a quien ya se ha tomado la promesa de estilo.

Léase otra solicitud de licencia.

(Se lee:)

SEÑOR SECRETARIO (Hugo Rodríguez Filippini).- «Montevideo, 19 de agosto de 2014

Señor Presidente de la

Cámara de Senadores

Presente

 

De mi mayor consideración:

He sido invitado por la Cámara de Comercio Uruguay–Miami y por el Council de las Américas a realizar dos presentaciones sobre la economía uruguaya, en la ciudad de Miami.

Por tal motivo, solicito al Cuerpo me conceda licencia entre los días 20 y 26 de agosto del corriente año, de acuerdo con el artículo 1.º, literal D), de la n.º Ley 17827.

Sin otro particular, saludo al señor Presidente muy atentamente.

Danilo Astori. Presidente del Senado».

SEÑOR PRESIDENTE.- Se va a votar si se concede la licencia solicitada.

(Se vota:)

–16 en 18. Afirmativa.

Comunico que, en virtud de que estaré en uso de licencia entre los días 20 y 26 de agosto, pasará a ocupar la Presidencia del Senado la señora Senadora Lucía Topolansky. Por tal motivo, y habiéndose presentado los desistimientos correspondientes, queda convocado el señor Aníbal Rondeau, a quien ya se ha tomado la promesa de estilo.

8) ACTIVIDAD TURÍSTICA

SEÑOR PRESIDENTE.- Corresponde ingresar a la consideración del Orden del Día.

SEÑOR MICHELINI.- Pido la palabra para una cuestión de orden.

SEÑOR PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor Senador.

SEÑOR MICHELINI.- Señor Presidente: luego de haber realizado las consultas correspondientes con las diferentes bancadas, vamos a proponer que el segundo punto del Orden del Día, por el que se establece el marco normativo relativo a la actividad turística, se considere en primer término, en la medida en que hay acuerdo para aprobarlo rápidamente.

SEÑOR PRESIDENTE.- Se va a votar la moción de orden formulada por el señor Senador Michelini.

(Se vota:)

–18 en 18. Afirmativa. UNANIMIDAD.

En consecuencia, el Senado ingresa al Orden del Día con la consideración del asunto que figura en segundo término: «Proyecto de ley por el que se establece el marco normativo relativo a la actividad turística. (Carp. n.º 1523/2014 – Rep. n.º 1124/2014 y Anexo I)».

(Antecedentes:)

a001.jpg

 

a002.jpg

a003.jpg

a004.jpg

a005.jpg

a006.jpg

a007.jpg

a008.jpg

a009.jpg

a010.jpg

a011.jpg

a012.jpg

a013.jpg

a014.jpg

a015.jpg

a016.jpg

a017.jpg

a018.jpg

a019.jpg

a020.jpg

a021.jpg

a022.jpg

a023.jpg

a024.jpg

a025.jpg

a026.jpg

a027.jpg

a028.jpg

a029.jpg

a030.jpg

a031.jpg

a032.jpg

a033.jpg

a034.jpg

a035.jpg

a036.jpg

a037.jpg

a038.jpg

a039.jpg

a040.jpg

a041.jpg

a042.jpg

a043.jpg

a044.jpg

a045.jpg

a046.jpg

a047.jpg

a048.jpg

a049.jpg

a050.jpg

a051.jpg

a052.jpg

a053.jpg

a054.jpg

a055.jpg

a056.jpg

a057.jpg

a058.jpg

a059.jpg

a060.jpg

a061.jpg

a062.jpg

a063.jpg

a064.jpg

a065.jpg

a066.jpg

a067.jpg

a068.jpg

a069.jpg

a070.jpg

a071.jpg

a072.jpg

a073.jpg

a074.jpg

a075.jpg

a076.jpg

a077.jpg

a078.jpg

a079.jpg

a080.jpg

a081.jpg

a082.jpg

a083.jpg

a084.jpg

a085.jpg

a086.jpg

a087.jpg

«CÁMARA DE SENADORES

Comisión de Industria, Energía,

Comercio, Turismo y Servicios

ACTA n.º 90

En Montevideo, el día seis de agosto de dos mil catorce, a la hora catorce y diez minutos, se reúne la Comisión de Industria, Energía, Comercio, Turismo y Servicios de la Cámara de Senadores.

Asisten sus miembros los señores Senadores Sergio Abreu, Milton Antognazza, Germán Cardoso, Hebert Clavijo, Alberto Couriel y Daniel Martínez.

Falta con aviso, el señor Senador Luis Alberto Heber.

Asisten por el Ministerio de Turismo y Deporte, la escribana Hyara Rodríguez, Directora General de Secretaría; el señor Benjamín Liberoff, Director Nacional de Turismo; el doctor Gastón Gianero, encargado de la Asesoría Letrada; la escribana Adriana Baceda, encargada del Registro de Operadores Turísticos; la doctora Carolina Bestard, y las escribanas Beatriz Muñiz y Mabel Alarcon.

Preside el señor Senador Daniel Martínez, Presidente de la Comisión.

Actúan en Secretaría los señores Martín Secco, Secretario de Comisión y Rodolfo Lutegui, Prosecretario de Comisión.

De lo actuado se toma versión taquigráfica, cuya copia dactilografiada luce en el Distribuido n.° 2822/2014 que forma parte de la presente Acta.

Asuntos entrados:

La Junta Departamental de Maldonado remite nota con las palabras pronunciadas por la señora edila Liliana Capece (Asunto n.° 121869).

Asuntos considerados:

– CARPETA n.° 1523/2014. ACTIVIDAD TURÍSTICA, Normas. Proyecto de ley aprobado por la Cámara de Representantes. Distribuido n.° 2768/2014

Seguidamente se pone a consideración el proyecto de ley a estudio.

Se vota en bloque: 4 en 4. Afirmativa. UNANIMIDAD

Queda aprobado el proyecto sin modificaciones.

Se designa miembro informante al señor Senador Daniel Martínez, se vota: 4 en 4. Afirmativa. UNANIMIDAD. Informe verbal.

Resoluciones:

– Comenzar con el estudio del proyecto de ley Carpeta n.° 1504/2014. BIENES Y SERVICIOS. USO O CONSUMO. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. CUMPLIMIENTO. Proyecto de ley aprobado por la Cámara de Representantes. (Distribuido n.° 2754/2014), en la próxima sesión.

A la hora diecisiete y quince minutos se levanta la sesión.

Para constancia se labra la presente que, una vez aprobada, firman el señor Presidente y el señor Secretario de la Comisión.

Daniel Martínez, Presidente; Martín Secco Secretario».

b001.jpg

b002.jpg

b003.jpg

b004.jpg

b005.jpg

b006.jpg

b007.jpg

b008.jpg

b009.jpg

b010.jpg

b011.jpg

b012.jpg

b013.jpg

b014.jpg

b015.jpg

b016.jpg

b017.jpg

b018.jpg

b019.jpg

b020.jpg

b021.jpg

b022.jpg

b023.jpg

b024.jpg

b025.jpg

b026.jpg

SEÑOR PRESIDENTE.- Léase el proyecto.

(Se lee:)

–En discusión general.

Tiene la palabra el miembro informante, señor Senador Martínez.

SEÑOR MARTÍNEZ.- Señor Presidente: creo que esta es una de esas iniciativas por las que el sistema político debe congratularse. Esto es así, en primer lugar, por todo el proceso que se ha desarrollado al respecto y que vamos a describir a continuación; y, en segundo término, por la importancia que tiene esta actividad, sobre todo en virtud de que ha surgido en el marco de una estrategia de diversificación productiva que implica apoyar la capacidad de generar riqueza para los uruguayos en muchos aspectos.

Cabe destacar, asimismo, que este proyecto ha contado con el apoyo de todos los actores vinculados al área y con el consenso necesario para su formulación. En momentos en que se habla tanto de la importancia de la asistencia política del Estado, el hecho de poder llegar a alternativas legislativas que son parte de una política de Estado, en este caso en particular en materia de turismo, constituye una buena noticia y demuestra que hay muchos temas en los que los uruguayos podemos lograr buenos resultados a través del consenso.

Este proyecto de ley fue aprobado en la Cámara de Representantes por unanimidad y, por lo que hemos podido conversar, aquí en el Senado será sancionado con el acuerdo de todos sus integrantes.

Quisiera destacar el proceso por el que ha pasado esta iniciativa. No se trata de un proyecto de ley surgido de un laboratorio sino que, por el contrario, es fruto de un proceso de maduración de la sociedad con relación a la importancia que ha adquirido la actividad turística. En esa materia, se han concretado políticas específicas a través de decisiones y decretos tendientes a promover el turismo, que contaron con el aporte del sector público y también del privado. A los factores anteriormente mencionados, se suma el aporte legislativo contenido en esta normativa, que dará el marco legal a esa política de Estado.

Este proyecto de ley surgió, en primer término, con un importante trabajo por el que se recogieron las experiencias acumuladas durante unos cuantos años por los propios funcionarios –vinculados a diferentes colectividades políticas– que se ocuparon del tema en los sucesivos gobiernos que hubo en nuestro país. Es muy destacable el hecho de que durante esa experiencia se capitalizó el aprendizaje de los errores y la profundización de los aciertos que se han registrado en esta materia, lo que sin dudas enriqueció este proyecto de ley.

En segundo lugar, también contó con el aporte importante de los agentes privados de turismo en la elaboración, en el acercamiento de propuestas y en instancias de debate, buscando que todos los involucrados en el desarrollo del turismo –los diferentes integrantes del sector privado y del sector público que tuvieran algo para decir, para comunicar– pudieran transmitir esa experiencia. Creo que estos son aspectos a destacar. Ni que hablar que cuando mencionamos la importancia de la diversificación productiva del país –como dijimos, el turismo es una de esas patas– nos referimos a hacer cosas diferentes con el objetivo de lograr más calidad, excelencia y profesionalización. Es así que el turismo ha ganado un lugar de destaque, y en la actualidad representa entre el 6 % y el 7 % del PBI, y entre trabajadores directos e indirectos nuclea cerca de 100.000 uruguayos. Eso no es poca cosa en un sector que tiene la ventaja de contar con una estructura y un interesante componente de distribución de riqueza que requiere gente calificada y que, a su vez, genera capacitación. Entonces, dentro de la apuesta a la diversificación sobre la base de la calidad, la excelencia y la calificación, y a una construcción estratégica de país en desarrollo, el turismo –con justicia– perfectamente se suma.

Otra característica más que interesante: sabido es que nuestro país tiene un problema de macrocefalia o de concentración, sobre todo de las actividades con más valor agregado y más desarrollo tecnológico, particularmente en Montevideo, aunque se produce una especie de «L» que va desde el litoral hasta la costa atlántica en la que, sin duda, se distribuyen las cuatro zonas en las cuales nuestro país se mide, que permiten identificar los niveles de generación de riqueza y de desarrollo social. Está claro que hay zonas de nuestro país que, justamente por tener menos alternativas de trabajo y escasa diversificación, tienen mucho menor desarrollo productivo y social. Debemos considerar que el turismo tiene la belleza de que puede ser desarrollado a lo largo y ancho de todo el país contribuyendo a la equidad territorial, que creo que es uno de los objetivos estratégicos que tenemos como nación.

Por lo tanto, llegar a tener una ley con estas características y trabajar en este sentido aporta a otro de los imperativos estratégicos que la nación tiene, que es lograr el desarrollo equitativo, no solo a nivel global de la sociedad sino del territorio.

Además del hecho de cómo ha sido concebida esta iniciativa, que plasma legislativamente muchos de los trabajos y el propio plan estratégico que vamos a mencionar, ha habido algo muy positivo, que ha sido la búsqueda del desarrollo de la actividad turística, mucho más en el marco del desarrollo territorial equitativo con las Intendencias, logrando una participación efectiva de todos los actores. O sea, el trabajo no ha sido solo a nivel del sector público, a través del Ministerio de Turismo, y de los sectores privados, a través de sus agentes y representantes en cada una de las áreas, sino también de las Intendencias, agregando el concepto de territorio a esa línea de trabajo a la que todos los actores de la nación se suman para desarrollar diferentes actividades.

Todo esto se plasmó en un plan estratégico, el «Plan Nacional de Turismo Sostenible 2009/2020». Creo que la forma de trabajar es marcar objetivos estratégicos, y luego, en forma periódica –anualmente o de acuerdo a los lapsos de tiempo que se entienda necesarios–, reactualizar basado en el cambio de condiciones internas y externas.

En este plan estratégico se destacan algunos elementos que ya mencionamos, como la colaboración público-privada y la importancia de la calificación. Como ya dijimos, creemos en la diversificación productiva basada en la excelencia de la calidad y la calificación de los ciudadanos, mucho más en esta área en la que es tan importante la calificación. Sostenemos y entendemos que la calificación también abona la redistribución de la riqueza, porque la gente más calificada y que hace cosas con excelencia no solo obtiene mejores resultados sino que gana más, y esa es la verdadera forma de lograr la redistribución desde la estructura de la riqueza. Debemos marcar que esta capacitación ha contado con la colaboración, con la coordinación y con la suma de esfuerzos tanto del sector público como del privado. Por lo tanto, hay que destacarlo.

Creo que un tema fundamental es la búsqueda y la diversificación de la oferta, no solo con el objetivo de generar un Uruguay que tenga posibilidades de atraer diferentes tipos y segmentos de turistas al país, sino para que se llegue a todo el territorio con el desarrollo de esta actividad en el marco de la equidad territorial que mencionábamos.

Quiero destacar también que este proyecto de ley fue avalado por la Organización Mundial del Turismo, y de la misma forma que el otro día tratamos de explicar por qué no entendíamos que se justificara la creación de una Comisión Investigadora de Ancap, hoy decimos que Uruguay se encuentra dentro de un marco estratégico. Además, mencionamos que la Organización de las Naciones Unidas para el Desarrollo Industrial señala que nuestro país ha logrado atenuar la primarización de la economía que se ha dado en toda América Latina, y en ese sentido, marcamos que este es un organismo internacional independiente que cuenta con expertos que hacen un seguimiento de la evolución de los temas industriales. De la misma forma, quiero aclarar que la Organización Mundial del Turismo es un organismo de probada seriedad, que ha marcado estándares y que tiene pautas y seguimientos internacionales que creo que es muy importante tener en cuenta, y por eso a nuestro entender es trascendental que este proyecto de ley esté avalado por dicha organización.

Voy a destacar algunos de los elementos que fueron plasmados por el Ministerio de Turismo en ocasión de su presentación ante la Comisión de Industria, Energía, Comercio, Turismo y Servicio.

Con respecto a los enfoques políticos, este proyecto de ley se encuentra dentro de la construcción de una política de Estado: Plan Nacional de Turismo Sostenible 2009/2020, que ya mencionamos.

Es importante la efectiva coordinación de responsables públicos del turismo con otros actores públicos involucrados, tanto nacionales como departamentales y municipales, así como del sector privado, elemento que también destacamos en nuestra intervención.

Por otro lado, hay que tener en cuenta la plena accesibilidad al disfrute del tiempo libre sin limitaciones económicas ni físicas, un elemento de justicia social que también está dentro de la concepción del plan estratégico y de esta iniciativa. Me refiero a entender al turismo como un derecho humano; por lo tanto, no importa el origen ni la capacidad económica, pues todos los ciudadanos tienen el derecho, y tal vez la necesidad –que debe ser respaldada a través de un marco legal–, de acceder a diversas formas de turismo. En este sentido, creo que son conocidas las políticas de turismo social que el Ministerio de Turismo ha logrado instrumentar, llegando a sectores que de repente antes no podían acceder a ello.

Otro aspecto a destacar es la trascendencia de los lineamientos de la política de Estado en materia turística al ámbito de la cooperación bilateral y multilateral, buscando sumar esfuerzos y experiencias con actores de otros países.

Es necesario mantener las actuales soluciones legislativas vigentes con el aprendizaje de las nuevas normas dictadas. Para la elaboración de este proyecto de ley se tomaron como ejemplo los de Argentina de 2005, México de 2009 y Chile de 2010, por mencionar tan solo algunos.

Con respecto a las bases –para no quedarnos solo en los imperativos políticos– se establecen diversos puntos: el derecho al turismo como algo inherente a la persona; el individuo como centro de esta actividad que presenta un importante contenido comercial y económico, aunque no hay que olvidar que toda política debe tener no solo un contenido comercial y económico –si no fuera así no se justificaría en nuestro sistema–, sino que debe ubicar al individuo como centro de sus desvelos y sus soluciones legislativas y ejecutivas; el dinamismo de la actividad y velocidad de los cambios, especialmente en materia de formas de comercialización y nuevas ofertas, que implica adoptar instrumentos y sistemas de colaboración que nos permita adaptarnos a ese cambio permanente, además de dar respuestas a los cambios que el propio sistema y la sociedad imponen; la construcción de una ley conceptual como base, encomendando el desarrollo de las soluciones a la reglamentación, y marcando claramente que, como en toda ley, acá no está hasta la coma de lo que hay que hacer pero sí el marco global legal que permitirá tener una reglamentación que fortalezca y permita llevar a la práctica los objetivos previstos; el establecimiento de criterios y espacios de participación en el diseño de las políticas del sector, o sea, institucionalizar ese trabajo público-privado, municipal, etcétera, que habíamos explicado; y el mantenimiento actualizado del rol de policía turística consagrado en la solución legislativa de 1974. O sea, no partir de cero, sino acumular la experiencia y lo bueno que se hizo en anteriores Administraciones.

En definitiva, se trata de una actividad de interés nacional que debe tener como principios la sostenibilidad, la calidad y la accesibilidad, entre otros, así como la presencia del Estado como promotor y regulador. Es importante el turismo social, y considerando al individuo como centro de la actividad, son fundamentales los principios de cooperación, de subsidiariedad y holístico, así como también es importante contar con Centros de Conciliación Turística. Otro aspecto a remarcar son las garantías jurisdiccionales para la aplicación de sanciones que permitan corregir errores y tener un marco de respaldo para los turistas ante las situaciones que se puedan crear.

Este proyecto de ley está compuesto por una serie de Títulos y Capítulos de los que, dado la brevedad del tiempo de que disponemos, simplemente voy a mencionar titulares, puesto que lo que más importa aquí son los conceptos y el trabajo que se ha hecho que, además, contó con el respaldo de la unanimidad de la Cámara de Representantes; esperemos que lo mismo suceda aquí en el Senado.

El Capítulo I refiere al objeto de la actividad turística y a los fundamentos por los cuales se la declara de interés nacional. El Capítulo II establece los principios y conceptos que rigen la actividad turística, muchos de los cuales he mencionado: la cooperación, la sostenibilidad, la calidad, la competitividad, la accesibilidad, la subsidiariedad, el carácter tuitivo y el holístico.

Luego, dentro del Título II, que refiere a las personas vinculadas a la actividad turística y a sus respectivas competencias, el Capítulo I dispone la competencia y cometidos del Estado en materia turística. No voy a entrar en detalles con respecto a esto, porque creo que ha habido acuerdo y espero que todos los señores Senadores hayan podido leer el proyecto de ley; simplemente voy a mencionar que marca todas las competencias y deberes del Estado, en particular se refiere al Ministerio de Turismo y Deporte y a las responsabilidades de la Dirección Nacional de Turismo como organismo fijador de políticas, que son múltiples y variadas.

El Capítulo II crea el Registro de Prestadores de Servicios Turísticos, con el objeto de lograr cierta trazabilidad y como forma de acreditar las capacidades e idoneidades de los actores turísticos, apuntando a un servicio de calidad.

El Capítulo III establece las obligaciones, las responsabilidades y la clasificación de los prestadores turísticos, sobre la base de la experiencia que ha aportado el sector luego de tantos años de actividad turística en el Uruguay, así como lo han hecho los actores privados.

El Capítulo IV refiere a la creación del Consejo Nacional de Turismo, con el objeto de aprovechar todas las experiencias y hacer que todos los actores vinculados al desarrollo de esta rama de actividad puedan opinar y expresar sus puntos de vista.

En el Capítulo V se hace referencia al turista como un agente comercial y económico, pero también se valora su protección, disponiendo elementos para su defensa.

Por su parte, el Título III tiene que ver con las distintas modalidades del turismo y las zonas turísticas relevantes, y está integrado por los Capítulos I, vinculado al turismo receptivo y emisivo; el II, relativo al turismo interno e internacional; el III, referido al turismo social; y el IV, que trata de las prácticas especializadas de turismo.

Luego, el Título IV dispone las formas de financiamiento del turismo nacional, creando instrumentos para ello, como el Fondo de Fomento del Turismo.

El Título V se refiere a la fiscalización y a los procedimientos para llevarla adelante, buscando abarcar todos los aspectos vinculados al turismo. Y en el Capítulo III de ese Título se establecen las sanciones.

Como decíamos al inicio de nuestra exposición, este proyecto de ley intenta aprender de toda la experiencia que los agentes del turismo nacional han reunido a lo largo de decenas de años, poniendo al hombre como centro de la actividad y apuntando a la excelencia, a la calidad, a la calificación y a la capacitación de los actores. En definitiva, lo que se busca es que el turismo sea parte de un motor de desarrollo dentro de un plan de diversificación productiva que tiene como base la excelencia, la calidad y la calificación de los uruguayos.

Es cuanto quería manifestar.

SEÑOR PRESIDENTE.- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar en general el proyecto de ley.

(Se vota:)

–20 en 21. Afirmativa.

En discusión particular.

SEÑOR MICHELINI.- Pido la palabra.

SEÑOR PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor Senador.

SEÑOR MICHELINI.- Señor Presidente: formulo moción para que suprima la lectura de los artículos y se voten en bloque.

SEÑOR PRESIDENTE.- Se va a votar la moción presentada por el señor Senador Michelini.

(Se vota:)

–19 en 21. Afirmativa.

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar en particular el proyecto de ley, en las condiciones que propuso el señor Senador Michelini.

(Se vota:)

–19 en 21. Afirmativa.

Queda sancionado el proyecto de ley, que se comunicará al Poder Ejecutivo.

(No se publica el texto del proyecto de ley sancionado por ser igual al considerado).

9) COMISIÓN PREINVESTIGADORA SOBRE LA SITUACIÓN ECONÓMICA Y FINANCIERA DE ANCAP

SEÑOR PRESIDENTE.- Se pasa a considerar el asunto que figura en primer término del Orden del Día: «Continuar con la consideración del Informe de la Comisión Preinvestigadora sobre la situación económica y financiera de Ancap. (Carp. n.º 1563/2014 – Rep. n.º 1125/2014)».

(Antecedentes:)

«Carp. n.º 1563/2014
Rep. n.º 1125/2014

Montevideo, 6 de agosto de 2014

Sr. Presidente del Senado

Cr. Danilo Astori

 

De mi mayor consideración:

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 120 de la Constitución de la República, la Ley n.° 16698, de 25 de abril de 1995 y los artículos 135 y ss. del Reglamento del Senado, vengo a solicitar la formación de una Comisión Investigadora de la situación económica y financiera de Ancap en mérito a las siguientes consideraciones:

1.- Las “irregularidades” (artículo 6.º de la Ley n.° 16698) que dan mérito a la formación de una Comisión Investigadora, son las siguientes:

a) el manifiesto incumplimiento por Ancap del artículo 32 de la Ordenanza 81 del Tribunal de Cuentas de la República, de 17 de diciembre de 2002, según el cual el balance de dicha empresa pública debió haberse presentado al Tribunal no después del 31 de marzo del año en curso. Como es público y notorio, a la fecha dicho balance no solo no fue presentado al Tribunal de Cuentas sino que ni siquiera fue aprobado por el Directorio de Ancap. Obviamente, la presentación tardía del balance no purgará la mora en la que se ha incurrido;

b) la existencia de diferencias de criterio entre el Directorio de Ancap y la firma auditora que controla el balance, que se habrían zanjado mediante “un acuerdo [...] que contempla a las dos partes”, según lo expresó el presidente del organismo a una emisora radial, lo que suscita dudas acerca de la naturaleza y contenido de dicho acuerdo;

c) la contumaz omisión de Ancap en responder los pedidos de informes del Senador Pedro Bordaberry referidos a contratos celebrados por la empresa (en particular, determinados contratos estipulados con la empresa ALUR, cuyas acciones pertenecen mayoritariamente a Ancap, como es notorio). La omisión llama especialmente la atención en virtud de que en la sesión de la Comisión de Industria del Senado de fecha 17 de abril de 2013 (Distribuido n.º 2026), el entonces presidente de Ancap, Sr. Sendic, dijo que haría llegar los contratos “con mucho gusto” a los Senadores que los habían solicitado. Y cuando compareció en el Senado en régimen de Comisión General, el pasado 23 de octubre, fue el propio Ministro Kreimerman quien ratificó el compromiso todavía incumplido.

Ancap retacea información aun a los legisladores que tienen la misión constitucional de controlarla.

2.- El estudio de la situación económica y financiera de Ancap por la Comisión cuya creación se propone, procuraría ante todo determinar hasta qué punto comprometen esa situación fenómenos claramente negativos, como los que a continuación se indicarán, que resultan tanto más llamativos cuanto que, según la Memoria Anual 2012 de Ancap, el mercado interno de combustibles (sin considerar consumos de UTE ni de la propia refinería) pasó de 1.451.600 m3, en 2004, a 1.940.000 m3 en 2012. Tamaña expansión del mercado debería corresponderse con balances brillantes de la empresa monopólica; sin embargo, no sucede así.

2.1.- Un pasivo en permanente crecimiento. Entre el 2005 y el 2012 el pasivo de Ancap no dejó de aumentar; pasó de USD 324 millones en 2005, a USD 1.528 en 2012. Cuando se conozca el balance del ejercicio 2013 probablemente se encuentre un pasivo mayor aún.

2.2.- Resultados negativos que se repiten. Se observan oscilaciones bruscas del porcentaje que mide el resultado bruto sobre los ingresos operativos netos, con tres años donde el ratio de margen bruto sobre ingresos operativos netos se sitúa en menos de un tercio del nivel del resto de los ejercicios.

Ancap tiene resultados netos negativos en 2006, 2008, 2011 y 2012.

2.3.- Un déficit acumulado fenomenal. De los estados de ejecución financiera que publica mensualmente el MEF y que forman parte de los informes sobre la evolución del resultado global del sector público, resulta que desde 2006 a 2013 se van acumulando déficits.

El déficit del 2006 fue de USD 6 millones.

El déficit acumulado al cierre del 2012 fue de USD 880 millones.

2.4.- Pérdidas récord tras más de diez años de crecimiento. Al día de la fecha, como se ha dicho, el Directorio de Ancap aún no ha aprobado los estados contables 2013 del ente.

Según ha trascendido, las pérdidas del balance 2013 oscilarían entre 150 y 190 millones de dólares (las mayores pérdidas de toda la historia de Ancap).

Para justificar estos resultados se ha dicho que ellos reflejan las grandes inversiones hechas por Ancap. La justificación no parece de recibo, dado que en esta medición las incorporaciones de activo fijo no

impactan en el resultado (salvo a través de las depreciaciones futuras de los montos invertidos).

2.5.- ¿Una paramétrica incorregible? Otra de las explicaciones del mal resultado del ejercicio 2013 manejada, por Directores de Ancap, es la de que la fórmula paramétrica en función de la cual el organismo determina sus precios, no tomaría en cuenta adecuadamente ciertos costos, como los que se generarían en el sector transporte por ejemplo.

Ante ello, cabe señalar ante todo que cuesta mucho entender que una empresa con la historia y la solidez institucional de Ancap, no cuente con una paramétrica técnicamente satisfactoria.

En segundo lugar, es alarmante que después de haber constatado defectos en esa herramienta Ancap no los corrija, lo que hace que sus Directores anuncien que los malos resultados del 2013 se repetirán en el 2014.

En términos más sencillos: si la paramétrica está mal, ¿por qué no la corrigen? ¿Es política de Ancap seguir perdiendo dinero?

2.6.- Gastos en publicidad de una empresa monopólica. Basta mirar la televisión para advertir que Ancap gasta cuantiosas sumas de dinero en propaganda, a pesar de ser un ente monopólico en la parte sustancial de su actividad.

Interesa saber qué criterios se manejan para definir los montos a invertir en publicidad y propaganda y cuál ha sido el impacto de esta erogación en evolución de los resultados, tanto económicos como financieros.

2.7.- Este año, peor que el anterior. Según surge del ejecutado financiero publicado por el MEF (fuente OPP), en el primer semestre de 2014 Ancap acumuló un resultado deficitario de 2.045 millones de pesos. En igual período del año anterior (año en el que el resultado económico que surge del balance de Ancap alcanza un déficit récord), el ejecutado financiero del primer semestre acumuló un superávit de 3.021 millones de pesos.

En suma, podemos concluir que el ejecutado financiero del primer semestre de 2014 muestra un deterioro de 5.246 millones de pesos (corrientes) respecto de igual período del año anterior.

2.8.- Si no hay cambios, se repetirán los malos resultados. Según manifestó a la prensa el Ing. Juan Máspoli, miembro del Directorio de Ancap, si la empresa no corrige ciertos aspectos de su funcionamiento financiero, el ejercicio 2014 terminará con pérdidas muy similares a las del año anterior, que fueron las más elevadas de la historia de Ancap (El Observador, 3/8/2014, página 14).

2.9.- Sigue creciendo la deuda financiera de Ancap. En la misma ocasión señalada en el parágrafo precedente, el Ing. Juan Máspoli manifestó que de los últimos 17 cargamentos de petróleo importados por Ancap seis fueron financiados a 15 años, con dos de gracia, por la empresa venezolana PDVSA.

Es público y notorio que el Poder Ejecutivo autorizó recientemente a Ancap a pedir un préstamo de 110 millones de dólares para pagar vencimientos por compra de crudo (El País, 1/8/2014, página 15).

Otro préstamo por 50 millones de dólares se solicitó hace un mes.

Ancap, pues, necesita en la actualidad de préstamos bancarios, para hacerse de capital de giro con el que atender el negocio que realiza desde hace más de 80 años.

Ha trascendido, además, que la empresa está preparando una emisión de deuda de hasta 500 millones de dólares.

2.10.- Ancap paga sobreprecios a ALUR y encarece el combustible. El 23 de octubre del año pasado, los Senadores Bordaberry y Heber llamaron a Sala en régimen de Comisión General al Sr. Ministro de Industria, Energía y Minería, Ing. Quím. Roberto Kreimerman.

En esa oportunidad el Senador Bordaberry presentó una estimación de los sobreprecios que ALUR estaba pagando en la compra de biocombustibles, con una proyección hacia el futuro basada en el Plan de Negocios de ALUR.

A la fecha, nadie ha desmentido que en 2012 Ancap pagó 48,4 millones de dólares de sobreprecio de biocombustibles y que de acuerdo con las proyecciones de aumento de producción, el sobreprecio alcanzaría a 187 millones de dólares anuales a partir del año 2015.

Más allá del sobreprecio, Ancap termina pagando alrededor de 1.950 dólares por el metro cúbico del mix etanol/biodiésel, mientras que la cotización del crudo Brent se sitúa en el eje de los 108 dólares el barril, que contiene unos 159 litros (679 dólares los mil litros, más gastos de internación).

Es indispensable realizar un análisis técnico riguroso, que permita determinar cuál será en definitiva el impacto económico de la sustitución de crudo por biodiésel en los resultados de Ancap y en el precio del combustible al público.

2.11.- ¿Por qué se ocultan los contratos entre Ancap y sus propias empresas? En el referido llamado a Sala el Senador Bordaberry señaló que existe un contrato que fija el precio de venta de ALUR a Ancap, con un porcentaje asegurado sobre costos. Agregó que se habían reliquidado al alza, con retroactividad, negocios de venta de biocombustibles entre ambas empresas. Volvió a reclamar una copia del contrato y el Ministro volvió a asegurarle que la recibiría. A la fecha, el Senador Bordaberry no ha recibido la copia prometida.

3.- Elementos de juicio sobran, pues, para preocuparse por la suerte de Ancap. A partir del trabajo de la Comisión, se podría determinar:

a) si los malos resultados señalados comprometieron la responsabilidad política del Poder Ejecutivo, por no haber utilizado los instrumentos de control sobre la gestión de las empresas públicas que pone en sus manos la Constitución de la República;

b) si es conveniente adoptar medidas legislativas para corregir un rumbo que lleva a aumentar el déficit de Ancap año tras año, mientras el consumidor uruguayo sigue pagando el combustible más caro de la región.

Por lo expuesto, al Sr. Presidente pido:

Que le dé a esta solicitud el trámite que de acuerdo con el artículo 136 de Reglamento del Senado corresponde.

Ope Pasquet. Senador».

c001.jpg

c002.jpg

c003.jpg

c004.jpg

c005.jpg

c006.jpg

c007.jpg

c008.jpg

c009.jpg

c010.jpg

c011.jpg

c012.jpg

c013.jpg

c014.jpg

c015.jpg

c016.jpg

c017.jpg

c018.jpg

c019.jpg

c020.jpg

c021.jpg

c022.jpg

c023.jpg

c024.jpg

c025.jpg

c026.jpg

c027.jpg

c028.jpg

c029.jpg

c030.jpg

c031.jpg

c032.jpg

c033.jpg

c034.jpg

c035.jpg

c036.jpg

c037.jpg

c038.jpg

c039.jpg

c040.jpg

c041.jpg

c042.jpg

c043.jpg

c044.jpg

c045.jpg

«CÁMARA DE SENADORES

Comisión Preinvestigadora

sobre la situación económica y

financiera de Ancap

ACTA n.º 2

En Montevideo, el día once de agosto de dos mil catorce, a la hora nueve y veinte minutos, se reúne la Comisión Preinvestigadora sobre la situación económica y financiera de Ancap.

Asisten sus miembros, señores Senadores Daniel Martínez, Rodolfo Nin Novoa y Alfredo Solari.

Concurre, especialmente invitado, el señor Senador Ope Pasquet.

Actúan en Secretaría el Secretario de Comisión señor Vladimir De Bellis Martínez y la Prosecretaria señora María José Morador.

De lo actuado se toma versión taquigráfica, cuya copia dactilografiada luce en el Distribuido n.º 2860/2014 que forma parte de la presente.

Asuntos considerados:

Los señores Senadores Daniel Martínez y Rodolfo Nin Novoa presentan un informe, así como el señor Senador Alfredo Solari presenta otro.

Por Secretaría se leen ambos informes y se procede a la votación de los mismos. El informe presentado por los señores Senadores Daniel Martínez y Rodolfo Nin Novoa, entendiendo que no es procedente la creación de una Comisión Investigadora. Se vota: 2 en 3. Afirmativa.

El informe presentado por el señor Senador Alfredo Solari recomendando al Cuerpo la constitución de una Comisión Investigadora. Se vota: 1 en 3. Negativa.

Se acuerda elevar a consideración del Cuerpo los dos informes que se han producido, designándose miembro informante del informe en mayoría al señor Senador Daniel Martínez y miembro informante del informe en minoría al señor Senador Alfredo Solari.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 136 del Reglamento del Senado, ingresa a Sala el señor Senador Ope Pasquet y se le informa sobre el criterio adverso a la investigación.

El señor Senador Ope Pasquet ratifica sus denuncias por las razones expuestas en la moción por las que solicita la conformación de una Comisión Investigadora. A la hora diez se levanta la sesión.

Para constancia se labra la presente Acta que, una vez aprobada, firman el señor Presidente y el señor Secretario de la Comisión.

Daniel Martínez, Presidente; Vladimir De Bellis Martínez, Secretario».

SEÑOR PRESIDENTE.- De acuerdo con la lista de oradores oportunamente confeccionada, tiene la palabra el señor Senador Pasquet.

SEÑOR PASQUET.- Señor Presidente: lamentamos, francamente, que el oficialismo haya resuelto no dar su voto para la constitución de esta Comisión Investigadora, porque pensamos que hay fundamentos que justifican proceder en el sentido que hemos propuesto.

Al promover la formación de la Comisión Investigadora señalamos que había un atraso manifiesto por parte de Ancap en la presentación de su balance correspondiente al Ejercicio 2013 ante el Tribunal de Cuentas de la República. De acuerdo con la norma aplicable –el artículo 32 de la Ordenanza n.º 81 de este Tribunal, de fecha 17 de diciembre del 2002–, el plazo de que disponía dicho organismo para la presentación mencionada vencía el 31 de marzo. Sin embargo, ese balance fue aprobado por el Directorio recién en los primeros días de agosto; suponemos que a esta altura ya habrá sido presentado al Tribunal de Cuentas, aunque con más de cuatro meses de retraso. Se nos dice que este hecho no tiene significación o relevancia porque históricamente la presentación de los balances de Ancap siempre ha sido así. Si bien no niego esa situación, me parece que no es aceptable y que debemos reclamar el cumplimiento de las normas pertinentes. Porque si los balances no se presentan cuando la norma lo dispone, ¿cuándo se lo hace? ¿Cuando al Directorio de cada empresa se le ocurra, en función de sus circunstancias particulares o comodidades? Creo que estas tolerancias debieran tener un fin, porque si Ancap es una empresa de primera línea que quiere alternar entre las que tienen esta condición y si, como se dice, quiere emitir deuda por USD 500:000.000, colocándola en el mercado internacional, tendrá que acostumbrarse a funcionar de acuerdo con los estándares vigentes entre empresas de ese tipo, y está claro que en ese ámbito no se estila presentar los balances cuatro meses fuera de plazo.

¿Que la tarea es compleja y que Ancap tiene que considerar varias empresas menores que giran como satélites en torno a ella? Sí; sin duda es cierto, pero no olvidemos que la Constitución marca un plazo para la presentación del Presupuesto Nacional y eso siempre se cumple, obviamente con dificultades, a veces a las corridas y a último momento, pero se presenta dentro del plazo, y creo que el Presupuesto Nacional es bastante más complejo que el balance de Ancap. Por lo tanto, creo que hacemos bien en señalar este incumplimiento.

Por otro lado, decíamos que había trascendido a la prensa que la razón de la demora era una discrepancia que había entre los servicios técnicos de Ancap y la firma auditora, que en este caso es KPMG. Se habló mucho sobre la naturaleza y el contenido de esa discrepancia; el propio Presidente del Directorio de Ancap dijo que se había llegado a un acuerdo entre ambas partes, lo que nos suscitó ciertas dudas porque pensamos que estas cuestiones no son materia de negociación o de transacción, sino de la aplicación de un criterio técnico que debe ser muy preciso y claro y no estar muy sujeto a negociaciones. A propósito, la nota que salió publicada ayer en el suplemento Economía y Mercado del diario El País, firmada por Carlos Sténeri, ratifica nuestro entendimiento. Un hombre con versación notoria en esta materia nos dice que no es de recibo esto de las diferencias de criterio que se negocian y se transan, sino que la propia seriedad de la contabilidad y del Balance presentado requiere que este responda a criterios técnicos, precisos y claros. Como dice Sténeri con buen criterio, esto es lo único que permite comparar balances de empresas distintas, porque si cada uno estuviera expuesto a negociaciones, transacciones y acuerdos que pueden ser diferentes, ¿cómo se compara después un Balance con otro, de épocas distintas o de empresas distintas? No hay margen para tales discrepancias y negociaciones si han de aplicarse criterios técnicos rigurosos.

Sobre la diferencia de criterios entre Ancap y la firma auditora, se dijo que estaba referida a la forma de considerar el Impuesto a la Renta diferido. Y en el balance consolidado de Ancap hay una Nota, la n.º 20, que se refiere a este punto. Me ha llamado la atención un párrafo de esta Nota 20, que quiero leer. Ese párrafo dice así: «Si bien Ancap ha tenido pérdidas fiscales en el último ejercicio, se entiende que esta situación se revertirá a partir del cumplimiento de una política de precios que determina la estabilización en el corto plazo del margen bruto en torno al 15 %, según nota recibida del Ministerio de Economía y Finanzas del 29 de julio de 2014.

Los principales supuestos que sustentan las proyecciones de renta de Ancap son los siguientes», y a continuación viene un cuadro en el que se dice cómo se estima que van a variar distintos elementos como el volumen de gasolinas, el de gasoil, los costos unitarios, el margen bruto y la devaluación, desde el 2014 inclusive hasta el 2018.

Aquí hay una serie de estimaciones. Por ejemplo, se estima que la devaluación en el 2018 va a ser del 4 %. Uno ha visto que hay dificultades para que las previsiones resulten certeras en el curso de un año –y ni que hablar en el año siguiente–, por lo que esto de hacer estimaciones para el año 2018 parece algo realmente audaz. De todas maneras, ese no es el punto que quería subrayar, sino lo siguiente. En la última línea de esta Nota 20 se dice lo siguiente: «Se estiman incrementos de precio de aproximadamente un 2 % por encima de la devaluación prevista».

Entonces, esta Nota del Ministerio de Economía y Finanzas del 29 de julio es lo que destraba la situación y permite la aprobación del balance. ¿En qué consiste? En el mensaje del Ministerio de Economía y Finanzas de que los precios de Ancap van a dejar de estar contenidos para frenar la inflación y van a subir 2 % por encima de la devaluación prevista. Según el cuadro contenido en la Nota 20, estas estimaciones comienzan en el 2014 y siguen hasta el 2018. Es decir que el Ministerio de Economía y Finanzas hace estimaciones y previsiones para el próximo ejercicio de Gobierno; se ve que se tiene mucha fe. Lo cierto es que empiezan en el 2014, donde se prevé una devaluación del 10 %. Reitero que la Nota dice: «Se estiman incrementos de precios de aproximadamente un 2 % por encima de la devaluación». Este año hemos tenido aumentos de combustible de más o menos el 3 % en promedio en enero; con una devaluación del 10 % para el año, parecería que falta un aumento del 7 % en promedio. La pregunta obvia, natural, ¿es cuándo se va a disponer este aumento del 7 % que estaría pendiente para ajustarse a lo que dice esta Nota del Ministerio de Economía y Finanzas del 29 de julio del 2014? ¿Se va a hacer el aumento antes de las elecciones o se va a hacer después? No sé por qué, pero supongo que el aumento va a disponerse después de las elecciones, señor Presidente. Acá el señor Senador Solari me acota que va a ser el 1.º de diciembre, y puede ser que tenga razón. ¡Vaya uno a saberlo! Pero sí nos interesaría conocer exactamente el tenor de esta Nota del Ministerio de Economía y Finanzas porque, evidentemente, esta es la que zanja el diferendo entre Ancap y la auditora; esta Nota está anunciando una política de precios que implica un aumento del 2 % por encima de la devaluación y creo que sería bueno conocer eso en todos sus términos.

Como decía, hay otras estimaciones. Se estima que la variación de costos unitarios va a bajar del 11 % en el 2014 al 2 % en el 2015 y que después va a ir subiendo gradualmente hasta estabilizarse en el 6 %. Sería bueno saber cómo es que van a bajar los costos unitarios del 11 % al 2 % –nada menos– en un año, pero estas son algunas de las dudas que nos suscita esta Nota 20 a la que hacemos referencia.

Lo que nos queda claro es que la forma de superar las diferencias y habilitar la activación de unos $ 400:000.000 –que es lo que lleva el déficit a USD 169:000.000 en vez de USD 190:000.000, como estimaban los Directores de la oposición– es el compromiso del Ministerio de Economía y Finanzas de aplicar una política de precios que consiste en lo que acabo de señalar. Nos queda por saber, repito, cuándo se va a hacer efectivo el aumento de precios, que según lo que acabo de leer está pendiente para este año, porque las estimaciones empiezan en el 2014.

Ahora bien: habíamos señalado otros elementos que justificaban la formación de la Comisión Investigadora, que pueden calificarse de irregularidades en cuanto implican el incumplimiento de normas vigentes. Me refiero ahora, específicamente, a lo que llamo la omisión contumaz de Ancap en responder los pedidos de informes que se le han hecho. En particular, me refiero al pedido de informes que ha hecho el señor Senador Bordaberry, que viene queriendo conocer desde hace tiempo los contratos entre Ancap y ALUR, y a los pedidos de informes del señor Senador Saravia, acerca de los cuales él mismo hacía referencia en la sesión pasada.

Es notable, señor Presidente, porque cuando se comentó nuestro planteamiento para formar la Comisión Investigadora, el ex-Presidente de Ancap, señor Sendic, decía en un programa de televisión que estas cuestiones que planteábamos se resolvían con tres informes y no había por qué crear una Comisión Investigadora. De pronto es así, señor Presidente, y tiene razón él, pero lo que pasa es que Ancap no contesta los pedidos de informes. Hay que recurrir a otros instrumentos y promover otros mecanismos porque Ancap no contesta.

El señor Senador Bordaberry pidió varias veces los contratos entre Ancap y ALUR, pero hasta hoy no se los han dado, a pesar de que varias veces le dijeron que se los iban a dar. Se lo dijeron el señor Ministro Kreimerman y el señor Sendic en la Comisión de Industria, Energía, Comercio, Turismo y Servicios del Senado el año pasado, en el mes de abril. Allí, el señor Senador Bordaberry dijo que quería conocer los contratos entre Ancap y ALUR, y Sendic le explicó que la política del ente es preservar la confidencialidad de su contratación pero que, siendo un Senador el que los estaba pidiendo, se los iban a hacer llegar. Y termina esa sesión de la Comisión de Industria, Energía, Comercio, Turismo y Servicios del Senado con el señor Ministro Kreimerman diciendo que iban a poner a disposición los contratos, pero no sucedió así.

Se llegó a la Comisión General de noviembre del año pasado, en la que estuvieron el señor Ministro Kreimerman con sus asesores y varios jerarcas de su dependencia; se volvió a plantear la cuestión de los contratos y el señor Ministro reiteró que estaban a disposición. Este es un giro que podía dar lugar a alguna duda –por si él entendía que había que ir a buscarlos–, pero termina la sesión y dice que nos los van a hacer llegar. Lo cierto es que hasta el día de hoy, señor Presidente, no han hecho llegar los contratos entre Ancap y ALUR; no sabemos qué dicen y nos tenemos que manejar con conjeturas. Después Sendic dice que esto se arregla con tres informes; pero, ¿cómo se va a arreglar con tres informes si no contestan los pedidos de informes?

Y lo mismo decía el señor Senador Saravia con relación a la construcción de una planta de etanol en el departamento de Paysandú. Él decía que había pedido información al respecto pero que no le había sido suministrada. No voy a agregar nada a lo que dijo el señor Senador Saravia, que fue muy claro en sus manifestaciones, pero quiero aportar otro elemento que apareció en la prensa de estos días. Hay una nota del semanario Búsqueda del jueves de la semana pasada en la que se informa acerca del juicio que se está desarrollando en Paysandú a raíz de la demanda entablada por jerarcas o exjerarcas de ALUR y de Ancap que se sintieron agraviados por expresiones de empresarios que habían hecho manifestaciones sobre presuntos sobreprecios en la construcción de esas plantas, etcétera. Los que se sienten agraviados promueven un juicio y allí, los demandados, naturalmente, se acogen a la posibilidad de interponer la llamada excepción de verdad, que en otros juicios no es de recibo –por ejemplo en juicios por delitos contra el honor–, pero que cuando están involucrados funcionarios e intereses públicos sí corresponde. Y en función de esa excepción de verdad que en estos juicios tiene recibo, se le empiezan a hacer preguntas al señor De León, que es demandante, es actor en este juicio y jerarca de ALUR. Dice Búsqueda: «Pablo Donnángelo, –el abogado de los demandados– y el fiscal Carlos Reyes interrogaron a De León sobre los detalles económicos y el presidente de ALUR se negó a contestar.

El abogado preguntó “en qué consistió la propuesta de asociación” pedida por ALUR a los dos finalistas. En las actas consta que “por asesoramiento de sus letrados patrocinantes” De León no contestó la pregunta.

Donnángelo –es decir, el abogado de los demandados– le preguntó también “cuál era el alcance de la propuesta de periféricos asociados”, a lo que el jerarca de ALUR tampoco respondió.

El representante de los denunciados inquirió si ALUR estaba dispuesta a presentar en el juzgado la propuesta actualizada de Abengoa de febrero de 2012 y el informe de adjudicación que elaboraron los equipos técnicos. De León sostuvo que iba a evaluarlo». Más adelante le preguntan: «“¿Está en condiciones ALUR de poner en disposición de la sede los informes de la comisión técnica y/o asesora en el curso del proceso de compra?”, preguntó Donnángelo –quien como ya he mencionado, es abogado de los demandados–. “Por consejo de sus profesionales manifiesta que no responderá la pregunta”, dice el acta».

Entonces, señor Presidente, ¿cómo se nos dice que para despejar las dudas basta con tres pedidos de informes si no los contestan? ¡No le contestan al Parlamento y no le contestan al juez! ¡No contestan en el Juzgado!

¡Yo no he visto una situación más clara de ocultamiento, de negación de la transparencia! ¡Es elemental! Recuerdo y señalo lo siguiente: los que promueven el juicio son el señor De León, y no sé si no lo hace también el señor Sendic; pero el señor De León, el Gerente de ALUR, el que se sintió ofendido, es el que toma la iniciativa; es él quien va al Juzgado; no lo llevan. ¡Va él y demanda al otro! Cuando se toma la iniciativa de esta manera hay que estar dispuesto a presentar la prueba necesaria para el acogimiento de la pretensión. Nadie podía ignorar que en este juicio la parte demandada iba a interponer la excepción de verdad: «dije lo que dije porque lo que dije es cierto», y en este caso, por tratarse de intereses públicos, de funcionarios que tienen que ver con una empresa pública, etcétera, era obvio, se sabía de antemano que la excepción de verdad era de recibo y, por lo tanto, iban a estar llamados a producir prueba sobre estos temas. Frente al requerimiento elemental de aportar la información necesaria para saber si lo que los demandados habían dicho era o no cierto –de eso se trata, en definitiva–, la respuesta es que no van a dar información. ¡Es increíble!

Más allá de que puedan perder el juicio, con costas y costos –cosa que no nos interesa–, lo que quiero señalar es que la información que la opinión pública tiene derecho a conocer no se conoce. A su vez, la información que el señor Senador Saravia reclama, vía pedido de informe, no se la dan a él y tampoco se conoce en un Juzgado, a través de todos los mecanismos procesales correspondientes.

Por lo tanto, no es cierto que esto se arregle con tres pedidos de informes porque, a pesar de que se piden, los informes no aparecen en el Parlamento ni en el Juzgado.

No quiero restar importancia a estas cuestiones, pero me interesa continuar con el desarrollo de mi planteo. Con respecto a la situación de Ancap –que es el trasfondo de todo esto–, creo honestamente que es para preocuparse porque, según el balance aprobado por la mayoría del Directorio de dicho ente, la mayor de nuestras empresas públicas, la mayor de las empresas uruguayas, cerró el Ejercicio 2013 con una pérdida de USD 169:000.000. Los Directores de la oposición afirman que la pérdida es mayor y rondaría los USD 190:000.000, pero dejemos esto de lado por un momento y atengámonos a los USD 169:000.000 que reconoce la mayoría del Directorio. Esa es la mayor pérdida en la historia de Ancap.

Ahora bien: resulta que Ancap perdió también en el Ejercicio anterior, en el año 2012, al igual que en 2011; tenemos tres años consecutivos de pérdidas, y lo que sabemos, por las estimaciones que se manejan, es que en 2014 también habrá pérdidas.

Se trata de una empresa que arroja pérdidas durante tres Ejercicios consecutivos, lo que de por sí ya es motivo para preocuparse. Pero si resulta que es la mayor empresa pública del país, si resulta que su giro principal, el eje de su actividad, es la compra de petróleo, su refinación y la venta de combustible con un mercado interno que ha crecido notoriamente, tal como lo ha hecho la actividad económica nacional, uno podría esperar resultados positivos, resultados aún florecientes. Es notorio: aumenta la actividad económica, aumenta el consumo de combustible. Son datos que están en las correspondientes Memorias de Ancap, pero no quiero hacer esto demasiado farragoso buscando cifras que a veces no significan mucho para los que no estamos muy versados en los números. Me estoy refiriendo al hecho notorio de que aumentó el consumo de combustible en el mercado interno y uno podría esperar que Ancap recibiera el efecto benéfico de ello; sin embargo, son tres años consecutivos de pérdidas y se nos anuncia un cuarto año en el mismo sentido. ¡Ojo que todo esto afecta a Ancap, pero estas pérdidas –como las de otras empresas públicas– también afectan al déficit general! El déficit de 3,3 que se anuncia para este año reconoce como causa principal –según los analistas que se dedican a estos temas– la gestión de las empresas públicas, y Ancap tiene allí un capítulo muy importante con estos USD 169:000.000, que constituyen la mayor pérdida de su historia.

SEÑOR LÓPEZ GOLDARACENA.- ¿Me permite una interrupción, señor Senador?

SEÑOR PASQUET.- Con mucho gusto.

SEÑOR PRESIDENTE.- Puede interrumpir el señor Senador López Goldaracena.

SEÑOR LÓPEZ GOLDARACENA.- Señor Presidente: escuchaba atentamente la intervención del señor Senador Pasquet, quien se preguntaba sobre las pérdidas, y quiero traer a colación, de forma muy puntual y en relación al concepto, que estamos en presencia de una empresa pública que está orientada al bien común. Muchas veces es necesario que los balances reflejen pérdidas porque se está invirtiendo con un criterio diferente al de las empresas privadas, que buscan un afán de lucro en lo inmediato.

Lo que quiero recordar es que en el año 1927, siendo Baltasar Brum Presidente del Directorio del Banco Hipotecario, también le reclamaron que esa Institución daba pérdidas y que eso sucedía en años acumulados.

El 7 de junio de 1927, en un discurso de Brum, en ocasión de un homenaje que le hacían los funcionarios del Banco Hipotecario, él contestaba acerca de esas pérdidas diciendo textualmente: «¿Qué es más conveniente para la economía nacional: una administración dispendiosa por el Estado o una administración rigurosamente mezquina por empresas cuyos capitales radican en el exterior? A la economía nacional le convendría, en el menos favorable de los casos, la administración dispendiosa del Estado. ¿Cuáles son, por lo tanto, las causas de que algunas veces, en la práctica, una y otra administración conduzcan a resultados diferentes? Es fácil indicarlas. Primero: el Estado industrial no busca dividendos; segundo: el Estado industrial se interesa por el mejoramiento del servicio público que atiende; tercero: el Estado industrial, paga sueldos y jornales que permiten vivir a los empleados y obreros que lo sirven, a los que siempre debería hacer participar, también, de 1as ganancias que pudieran producirse. En este sentido, al Estado corresponde ser un patrono altruista y humano, que se complazca en la felicidad de sus servidores y que trate de hacerles todo el bien que esté a su alcance.

Estas tres causas, que en las cifras de los balances acusan diferencias desfavorables para los Directorios oficiales, no deben desaparecer. Por el contrario: hay un inmenso interés en que subsistan, porque ellas enaltecen la posición moral y económica del Estado como administrador y le permiten la realización de sus fines en este orden importante de cosas».

Es eso lo que quería señalar.

Gracias, señor Senador. Gracias, señor Presidente.

SEÑOR PRESIDENTE.- Puede continuar el señor Senador Pasquet.

SEÑOR PASQUET.- Estimo mucho las citas que hace el señor Senador López Goldaracena; él lo sabe. Pero creo, francamente, que no son de aplicación a esta cuestión y no tienen nada que ver con lo que estamos discutiendo ahora; entre otras razones, porque la contracara de estas pérdidas de Ancap no es un combustible barato de manera que podamos decir que la empresa está con alguna dificultad momentánea o pasajera, pero ofrece un combustible barato, un gasoil barato, una nafta barata, porque eso ayuda a la producción nacional y al consumo de la familia. Notoriamente eso no es así. ¡Notoriamente no es así!

No voy a decir que tenemos el combustible más caro del mundo, el más caro de la región o el segundo más caro. No. No tengo datos para decir eso, pero sí afirmo que no es un combustible barato y que se oyen las quejas por dondequiera que uno vaya.

Tengo una comparación muy sencilla, muy elemental, hecha por un amigo con gran competencia en estos temas que, sabiendo que hoy yo iba a hablar de este asunto, me la hizo llegar. Me dijo que comparara los precios de los combustibles en Uruguay con los de Chile.

¿Por qué comparar con los de Chile? Porque no vamos a comparar con Argentina, con Brasil ni con Venezuela, que tienen petróleo. Pero sí tiene sentido hacerlo con Chile, que importa el 98 % del petróleo que utiliza. En ese país no hay un monopolio estatal, sino que son varias empresas en competencia que importan, refinan, venden, etcétera.

Con relación a los precios –los digo en dólares; aquí tengo los datos de la conversión–, el litro de nafta 95 en Chile cuesta USD 1,53. Sin embargo, el mismo producto en Uruguay cuesta USD 1,76. Por tanto, hay una diferencia de USD 0,23, que es un 14,8 %.

Si comparamos el gasoil, tanto común como especial, también hay diferencias muy sensibles. En Chile, el litro de gasoil común está a USD 1,16, y en Uruguay está a USD 1,68. El litro de gasoil especial cuesta USD 1,16 en Chile, mientras que en Uruguay está a USD 2,14. Son diferencias claras, manifiestas, al pie del surtidor.

Dejemos de lado toda la cuestión de los costos y de los impuestos. Vamos a ver estrictamente cuánto le cuesta al que va a echar nafta o al que va a echar gasoil. Las diferencias de precio son estas, comparando, insisto, con un país que también tiene que importar su petróleo, al igual que lo hacemos nosotros.

Entonces, no podemos engañarnos a nosotros mismos diciéndonos que tenemos un combustible barato. Yo creo que esa afirmación no la hace nadie.

En consecuencia, considero que no podemos restar entidad a las pérdidas, a los resultados de Ancap, diciendo que la contracara son combustibles baratos a disposición de la producción nacional. Es al contrario: estamos gravando la producción nacional con combustibles caros. Se me dirá que esto es, en buena medida, producto de los impuestos que gravan a los combustibles. Sí, lo acepto. Eso, sin duda, es una parte fundamental del problema, pero el resultado final es que tenemos combustibles caros y que la empresa que los produce en régimen de monopolio –porque Ancap compite en otras ramas de menor importancia, pero en lo que es esencial no compite y tiene monopolio– ha tenido pérdidas por tres años consecutivos.

SEÑOR PRESIDENTE.- Disculpe, señor Senador, pero ha llegado a la Mesa una moción para que se prorrogue el tiempo de que usted dispone.

Se va a votar.

(Se vota:)

–17 en 19. Afirmativa.

Puede proseguir el señor Senador Pasquet.

SEÑOR RUBIO.- ¿Me permite una interrupción, señor Senador?

SEÑOR PASQUET.- Con mucho gusto.

SEÑOR PRESIDENTE.- Puede interrumpir el señor Senador Rubio.

SEÑOR RUBIO.- Muchas gracias, señor Senador.

Es para referirme a un aspecto puntual, del que hablaré cuando intervenga a continuación, para lo que estoy anotado.

Técnicamente, la comparación no me parece admisible, cuando los tipos de cambio han tenido una evolución distinta en Chile y en Uruguay. Se podrá comparar paridad de poder de compra, pero si el tipo de cambio ha estado más «atrasado» –digámoslo entre comillas– en nuestro país que en Chile, da resultados diferentes. Por tanto, desde este punto de vista me parece que la comparación no es la pertinente.

De todos modos, ingresaremos en este tema cuando nos corresponda intervenir.

Gracias, señor Senador.

SEÑOR PRESIDENTE.- Puede continuar el señor Senador Pasquet.

SEÑOR VIERA.- ¿Me permite una interrupción, señor Senador?

SEÑOR PASQUET.- Con mucho gusto.

SEÑOR PRESIDENTE.- Puede interrumpir el señor Senador Viera.

SEÑOR VIERA.- Gracias, señor Presidente.

Quizás el rol y los conceptos que tenemos de las empresas del Estado –a las que, como nuestra historia y nuestra ideología lo marcan, obviamente, hemos defendido y defendemos– sean motivo de otro debate. Planteo esto a propósito de la intervención del señor Senador López Goldaracena.

Simplemente, quiero decir algo al respecto. Creo que el señor Senador López Goldaracena hace referencia –me parece bien– a que las empresas del Estado no tienen que tener lucro, porque no son empresas privadas; su fin no es el lucro que legítimamente tiene una empresa privada. Tienen que buscar el buen servicio, el mejor, y asegurarlo con equidad y con una serie de características. Pero creo que tampoco tienen por qué tener pérdidas. Considero que es obligación de un buen administrador buscar el equilibrio. Si no tienen ganancias, que no tengan pérdidas, porque las pérdidas de las empresas públicas las pagan todos los uruguayos, ya sea de una manera o de otra. Es un gran impuesto. Y cuando esas pérdidas son millonarias, extraordinarias –como está ocurriendo en Ancap–, cuando se acumula un déficit que lleva a que la relación activo-pasivo sea de 80 a 100, se prende una luz amarilla porque, si se tratara de una empresa privada, estaría al borde de la quiebra.

Eso es más que suficiente para que investiguemos, para que se vote la creación de una Comisión Investigadora, ni siquiera prejuzgando, pero sí pensando en corregir aquellos desvíos o problemas que están ocasionando que la principal empresa en materia de recaudación del Estado uruguayo tenga un déficit tan abultado, una deuda de USD 1.500:000.000 que, de una manera u otra, vamos a pagar todos los uruguayos. Eso es, en definitiva, lo que deben hacer las Comisiones Investigadoras.

Creo que el concepto de empresa pública sin fines de lucro no tiene por qué acarrear pérdidas tan grandes, que pagamos todos los uruguayos.

Gracias, señor Senador.

SEÑOR PRESIDENTE.- Puede continuar el señor Senador Pasquet.

SEÑOR SOLARI.- ¿Me permite una interrupción, señor Senador?

SEÑOR PASQUET.- Con mucho gusto, pero será la última que concedo.

SEÑOR PRESIDENTE.- Puede interrumpir el señor Senador Solari.

SEÑOR SOLARI.- Creo que el oficialismo hace mal en negarse a la creación de esta Comisión Investigadora, y, tal como lo dije en el informe en minoría de la Comisión Preinvestigadora, en su momento va a estar arrepentido de no haberlo hecho. Y lo digo sobre la base de esa nota del Ministerio de Economía y Finanzas del 29 de julio, en la que anticipa –o compromete– que el precio de los combustibles en el año 2014 va a estar un 2 % por encima de la tasa esperada de devaluación del 10 %. Eso significa una tasa de aumento promedio del precio de los combustibles en el año del 12 %. Ya han transcurrido ocho meses de este Ejercicio con un aumento del 3 %; quiere decir que para cumplir con la nota del Ministerio de Economía y Finanzas quedan cuatro meses para alcanzar el promedio del 12 %. Por lo tanto, de aplicarse a partir del 1.º de setiembre el aumento al que se compromete el Ministerio de Economía y Finanzas en su nota, el precio del combustible tendría que aumentar $ 12,6, pasando de un promedio de 42 a uno de 54,6 el litro.

¡Noticia interesante para la población uruguaya que el Ministerio de Economía y Finanzas quiere aumentar el precio del combustible en $ 12,6, a efectos de poder cerrar el Balance del año 2013!

Muchas gracias, señor Presidente. Muchas gracias, señor Senador.

SEÑOR PRESIDENTE.- Puede continuar el señor Senador Pasquet.

SEÑOR PASQUET.- Señor Presidente: en los minutos que me restan trataré de comprimir lo que me falta exponer, por lo que adelanto que no concederé más interrupciones.

Decía que las cifras nos generan preocupación.

Según los Balances de 2013, el patrimonio de Ancap asciende a la suma de USD 871:000.000. Si relacionamos la pérdida registrada en 2013 con esta cifra del patrimonio, de continuar las pérdidas produciéndose a este ritmo, en cinco años se tragarán el patrimonio. No son de entidad menor. El endeudamiento, que es muy importante, asciende a USD 1.500:000.000, de los cuales USD 256:000.000 corresponden a deuda comercial y el resto a deuda financiera de Ancap y de ALUR, esta última por USD 154:000.000. Llegamos a un punto en el que Ancap tiene que pedir préstamos a los bancos para comprar petróleo. Así lo ha hecho a lo largo del año y, al respecto, ha habido alguna observación por parte del Tribunal de Cuentas, lo cual se publicó en la prensa en estos días. El punto aquí es que terminan pidiendo plata a los bancos, no ya para hacer grandes inversiones sino para cumplir con los negocios normales del giro e importar petróleo.

No me parece que estas sean señales de buena salud de la empresa; creo que en algún momento se escaparon las previsiones, se gastó de más y ello provocó una situación de desfinanciación que, reitero, los llevó a tener que pedir plata a los bancos para desarrollar el giro normal del negocio que consiste en importar petróleo y refinarlo. Hace ochenta años que están en lo mismo y terminan pidiendo plata a la banca privada para hacer eso. No me parece que esta sea una buena señal.

En esta situación, ¿pueden haber incidido –no sabemos en qué magnitud– los gastos de la empresa? Posiblemente, sí. La publicidad es uno de esos gastos sobre el que me gustaría saber exactamente a cuánto ascendió y qué impacto ha tenido. En el transcurso de estos años hemos visto la publicidad institucional de Ancap, que dice frases que a uno le parece que son tan aplicables a la venta de combustibles o lubricantes como a la de duraznos en almíbar. Cuando voy por la calle transitando leo frases que se estampan en la parte de atrás de los ómnibus, que dicen, por ejemplo: «Las opiniones se respetan, la sociedad se transforma», o cosas por el estilo, y uno se pregunta qué tiene que ver eso con Ancap, con su negocio y con la empresa. En fin, se gasta dinero en eso. Por lo tanto, nos gustaría saber si en este año, que es electoral, se va a gastar, cuánto se va a gastar y qué relación tendrá esa cifra con la del año anterior. Es bueno que hagamos transparentes estas cosas, porque si las empresas públicas gastan más en año electoral, uno piensa –con razón– que es el oficialismo que intenta batirse el parche, lo cual no parece bueno ni aceptable. Pero no tenemos que hacer conjeturas acerca de esto, sino saber exactamente cuáles son las cifras, cuáles son los datos.

Más allá de los gastos que, seguramente, representan una cifra menor en todo este conjunto, está el famoso tema de las inversiones, y respecto de ellas –en las que tanto énfasis se pone por parte del oficialismo–, quisiera hacer hincapié en ALUR, que se ha caracterizado como el buque insignia de la Administración pasada de Ancap y, en alguna medida, también de la actual.

En lo que tiene que ver con ALUR –observe, señor Presidente, que «ALUR» es anagrama de Raúl; daría la impresión de que en esta denominación de la empresa habría un homenaje encriptado–, no voy a hacer la historia de lo que Ancap ha invertido en ella, porque de este tema se ha hablado mucho en distintas oportunidades –y los datos andan por ahí–, pero voy a volver sobre algo que señalé al comienzo. Hay contratos vigentes entre Ancap y ALUR que no conocemos y nos gustaría conocer; los hemos reclamado y se nos ha dicho que se nos proporcionarían, pero al día de hoy eso no ha ocurrido. Según lo que ha trascendido de esos contratos, el compromiso de Ancap es pagarle a ALUR el costo de lo que produce más un porcentaje de utilidad que, según tenemos entendido, actualmente ronda el 10 %. De manera que Ancap le paga el costo más un porcentaje.

Señor Presidente: me parece que el sistema es francamente perverso, porque lo que tiene que hacer entonces ALUR para aumentar sus utilidades es aumentar sus costos, aumentar su ineficiencia. Si produce a un costo de 1.000 y le van a dar el 10 % de lo que produce, ganará 1.000 más 100, pero si se vuelve tremendamente ineficiente y produce lo mismo a un costo de 2.000, recibirá una utilidad de 200. ¡Es absurdo! Pero ese es el sistema que tenemos según lo que se nos ha dicho que establecen estos contratos.

De esta manera, los datos que se dan a veces en el sentido de que ALUR aumenta su producción, en vez de alegrarnos tendrían que preocuparnos, porque si funcionan de esta manera y la ineficiencia es retribuida, en la medida en que produzca más los números para Ancap serán cada vez peores. En ese sentido, en una columna del suplemento «Economía y Mercado» del diario El País, publicada hace algunas semanas y que es muy clara, el economista Alfie hace hincapié en lo que paga Ancap de sobreprecio, es decir lo que le paga a ALUR y podría no pagarle si comprara los biocombustibles en el mercado internacional. Allí, luego de una serie de estimaciones, concluye que en el año 2012 lo que pagó Ancap de sobreprecio fueron casi USD 48:500.000. Luego, realiza estimaciones para el 2013 y expresa que, en función de los volúmenes de producción anunciados y los precios vigentes en el mercado internacional, el sobreprecio para el 2013 –esto es, el que Ancap le paga a ALUR– sería de USD 64:000.000 y un pico que voy a obviar porque no tiene mayor relevancia. Y si los volúmenes de producción siguen creciendo en la forma en que se ha anunciado que crecerán, cuando ALUR llegue a producir 95.000 metros cúbicos de etanol y 75.000 toneladas de biodiésel –lo que ocurriría, aproximadamente, en 2015–, el sobreprecio que tendría que pagar Ancap sería de USD 187:000.000.

Esas fueron estimaciones realizadas por el economista Alfie, expuestas en este ámbito por el señor Senador Bordaberry en oportunidad de la Comisión General que tuvo lugar el año pasado, y que no fueron contradichas. Nadie dijo que los cálculos están mal hechos y que las cifras no son esas; eso ha quedado en pie.

Consideramos que nuestra preocupación es totalmente legítima, porque les estamos cargando sobreprecios a los combustibles; en vez de abaratarlos, los estamos haciendo más caros y, al hacerlo, estamos introduciendo un factor de encarecimiento de la producción nacional y de la exportación del país. El combustible no es como, por ejemplo, el azúcar, que tiene un sobreprecio que sabemos que es el resultado de determinados aranceles para proteger la producción nacional. Eso, en definitiva, lo pagan los hogares y no las empresas que exportan, que traen el azúcar en régimen de admisión temporaria. En este caso, como lo que cada consumidor o cada familia tienen que pagar es relativamente poco, el impacto no es mayor. Sin embargo, distinto es en materia de combustibles, que es el torrente sanguíneo del organismo económico nacional. Si se encarecen los combustibles y la producción, se perjudica la competitividad y la posibilidad del país de colocar su producción en el exterior. Este es el tema que está detrás de todas estas cifras y estimaciones.

¿Vamos a seguir teniendo combustibles más caros? ¿Cómo va a impactar en el costo de los combustibles el aumento de producción de ALUR que, según lo previsto por la Ley de Agrocombustibles, debe ser adquirido por Ancap? Eso es lo que nos preocupa y lo que debería responderse.

De acuerdo con la mencionada ley, el costo de los biocombustibles debería incorporarse a la tarifa. ¿Esto ya está en la paramétrica de Ancap? ¿Los biocombustibles ya están considerados en la paramétrica? Formulo estas preguntas para saber en cuánto incide este factor en el costo de los combustibles que se paga en el Uruguay. Quisiéramos saber si esto es así, porque no lo sabemos.

Se nos ha dicho que, de una manera u otra, esto no tiene arreglo o solución porque está previsto en la Ley de Agrocombustibles y, sobre la base de ello, ALUR tiene que producir, Ancap debe comprar y esto trasladarse a los precios. Además, según las disposiciones legales, empieza a haber mínimos de biocombustibles en los combustibles y no hay manera de zafar. No creo que sea tan así, señor Presidente. De acuerdo con el artículo 10 de la Ley n.º 18195, Agrocombustibles, el Poder Ejecutivo podrá modificar las metas definidas en los artículos 6.º y 7.º –donde se establece que debe incorporarse determinado porcentaje de bioetanol o biodiésel al combustible nacional– por varias razones, entre otras, las magnitudes de sus costos. Pensamos que este giro del texto legal autoriza a que, si los costos se disparan y la ecuación se desequilibra, ello pueda ser tenido en cuenta para abatir el porcentaje de participación de los biocombustibles en los combustibles que produce Ancap. Pero no sabemos, insisto, si todo esto está incluido en la paramétrica, si lo contempla Ancap o el Poder Ejecutivo, o si estamos alegremente embarcados en una política de expansión de la producción de ALUR que significa un incremento del sobreprecio que paga Ancap, lo que en definitiva lleva a un encarecimiento del combustible que paga Uruguay: la producción nacional, las empresas nacionales, las familias, los consumidores individuales, etcétera.

Nos parece que estas consideraciones debieran preocuparnos a todos y que justifican concentrar esfuerzos en estos datos y en estos números, para ver hacia dónde estamos yendo: si hacia combustibles alguna vez más baratos, o si tomamos un rumbo que nos encamina a tener combustibles cada vez más caros, en homenaje a una empresa en torno a la cual trabajan, directa e indirectamente, unas 4000 personas y cuyo interés parece contrapuesto con el del conjunto de la sociedad uruguaya.

Para esclarecer estas cosas y determinar dónde estamos parados realmente en esta materia, señor Presidente, queríamos la formación de una Comisión Investigadora.

Nos parece que la seriedad del planteo no resulta de que lo haya hecho yo –todos los integrantes de este Cuerpo, así como los de la Cámara de Diputados, nos reconocemos recíprocamente seriedad; no es un tema subjetivo–, sino de que los datos que estamos manejando son oficiales.

La entidad de la cuestión es manifiesta. Si no es de importancia lo que atañe a la principal empresa uruguaya, no sé qué otra cosa puede tener entidad.

Y la oportunidad me parece que es esta, que es este año electoral; y lo voy a decir con toda franqueza y lealtad: si el candidato a la Vicepresidencia de la República por el Frente Amplio, el señor Sendic, puede exhibir su gestión en Ancap como único título que lo legitima para reclamar la consideración ciudadana, es justo que los ciudadanos puedan tener una apreciación completa de lo que ha sido esa gestión, no solamente la que les ofrecen los cortos publicitarios que paga Ancap –y que, en definitiva, pagamos todos–, sino la que puede resultar del análisis de todos estos temas. Vamos a escuchar las dos campanas: la de los jingles y los cortos, que dicen que Ancap es fantástica, y la de las cifras, que muestran que Ancap lleva tres años consecutivos perdiendo plata, que va a volver a perder y que estamos teniendo combustibles cada vez más caros porque seguimos embarcados en esta política de biocombustibles que se traduce en el encarecimiento del combustible nacional y no en su abaratamiento.

Nos parece que todo esto, señor Presidente, es materia suficiente para constituir una Comisión Investigadora y lamentamos, francamente, no contar con los votos del oficialismo para formarla.

Era cuanto quería manifestar. Muchas gracias.

SEÑOR RUBIO.- Pido la palabra.

SEÑOR PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor Senador.

SEÑOR RUBIO.- Gracias, señor Presidente.

En realidad, a nuestro juicio –esto no implica ninguna valoración con relación a la seriedad con la que trabajan los miembros de la oposición que la han planteado–, esta Comisión Investigadora no tiene mérito, no se justifica; en primer lugar, por razones que voy a tratar de demostrar.

En segundo término, porque se plantea en una oportunidad en la que el Parlamento ni siquiera tendría la oportunidad de hacer una investigación a fondo, porque el 15 de setiembre va a cesar el trabajo y no imagino que en plena campaña electoral del mes de octubre, o en el balotaje –si es que se produce, como anuncian las encuestadoras– del mes de noviembre estemos dedicándonos a la investigación de Ancap. Las dudas y las incertidumbres que tienen los miembros de la oposición que han planteado esta Comisión se podrían haber esclarecido –como hizo la Cámara de Diputados– haciendo la correspondiente convocatoria a la Comisión de Industria, Energía, Comercio, Turismo y Servicios de la Cámara de Senadores, a una sesión en régimen de Comisión General, o por algún otro de los sistemas que tiene el Parlamento para analizar una cuestión.

En tercer lugar, me parece que la oposición siempre estuvo informada, e incluso compartió la inmensa mayoría de las decisiones que se adoptaron, a través de los miembros que integraron el Directorio de Ancap. Esto se puede verificar haciendo la historia completa, que perfectamente podría hacerla, pero me parece demasiado engorroso y, en verdad, no hay tiempo.

En cuarto término, creo que la Comisión Investigadora que se propone tiene algo que acaba de manifestar el señor Senador Pasquet: está hecha en el marco de una campaña preelectoral, con la foto del candidato a Vicepresidente por el Frente Amplio, el compañero Raúl Sendic. En realidad, creo que este contexto no es el mejor para formar una Comisión Investigadora.

Nosotros recibimos el apoyo del Partido Colorado –en esto estoy respondiendo a manifestaciones que ha realizado el señor Senador Ope Pasquet, no acá pero sí públicamente– para la conformación de la Comisión Investigadora que se nombró en 2002 y que en el año 2003 terminó en el envío de los antecedentes a la Justicia penal. Desde el año 1995 había un escándalo monumental en España relacionado con la empresa AVA-Socimer que fue la que asesoró a la empresa Sol Petróleo –con la cual se endeudó– y, a su vez, fue la asesora de Ancap para decidir su intervención en la República Argentina. Esto mereció el juicio adverso y contundente en un informe reservado de Deloitte –era la consultora– que, a su vez, recibió un informe demoledor del Gobierno, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto presidida por el contador Davrieux, elaborado por la contadora Pérez Montero. Entonces, había un marco de situación para comprar empresas fundidas que terminaron en denuncias penales que realizó la propia Ancap y de las cuales todavía no hemos salido en su totalidad. Era una situación distinta, con todo un período de Gobierno por delante. Creo que no podemos comparar una situación con la otra.

Ahora bien, sobre el fondo de esta cuestión hay muchas diferencias de naturaleza conceptual entre el encare que tiene la oposición en el tema de las empresas públicas y el que tenemos los miembros actuales del Gobierno.

Me veo obligado a repetir lo que dije en la sesión anterior porque las cifras dadas por el señor Senador Viera, del Partido Colorado, no coinciden con las reales. Incluso, pensaba pasar un PowerPoint, pero no lo voy a hacer para no cansar al Senado. El activo de Ancap es del orden de los USD 3.000:000.000; el pasivo es de USD 1.500:000.000, y el resto es el patrimonio. El activo se ha triplicado, el pasivo también, y el patrimonio se ha duplicado. Esto habla de la expansión de una empresa. Nosotros estamos de acuerdo con la expansión que ha tenido esta empresa pública, que por remodelación de plantas vetustas o por la incorporación de plantas nuevas, ha llegado a contar con diez plantas en esta última década. Este nos parece un dato relevante.

Además, hemos dicho –ya lo adelantamos en la reunión anterior; después lo vamos a desarrollar– que todos sabemos –como nos enseñara en su momento un brillante Senador del Partido Colorado, el doctor Atchugarry– que existe una especie de espejismo en este país por el cual se cree que la mayor parte de las cosas económicas importantes pasan por el Presupuesto Nacional cuando, en realidad, pasan por el presupuesto de las empresas públicas, cuyo régimen no tiene absolutamente nada que ver con el régimen del Presupuesto Nacional. Las empresas públicas, históricamente –en los últimos cincuenta años, por lo menos–, aprueban sus balances en el correr del año, y puedo hacer el inventario de los momentos del año en que los aprueban. Es verdad que siempre tienen una diferencia con la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y con el Ministerio de Economía y Finanzas, porque estos piden rapidez en el proceso y las empresas son lentas en la elaboración de sus presupuestos, por lo que se producen en distintos momentos del año; sin embargo, después las cifras cierran y las autorizaciones dadas por el Poder Ejecutivo para hacer inversiones se concretan. No es que las inversiones se realicen por fuera de la política macroeconómica que fija el Poder Ejecutivo. Entonces, no confundamos lo que a veces sucede en el proceso de elaboración de la documentación, con lo que es el proceso de la toma de decisiones.

Quiero agregar, además, que fue una expresión desafortunada de mi compañero, el señor Senador Martínez, decir que había una negociación. En realidad, supongo que quiso referirse al debate entre los servicios técnicos de Ancap y la consultora. En ese marco, finalmente se llegó a un acuerdo que supone que, en el futuro, el Ministerio de Economía y Finanzas le va a dar márgenes mayores de los que ha tenido hasta el presente por la política de combate a la inflación. Es cierto que si solo se permite que los precios suban el 2,2 % cuando la inflación es del 6,6 %, hay un problema que después se traduce en el balance de resultados. Impacta en el balance de situación de otra manera, pero se expresa en el balance de resultados.

También hay que tener en cuenta que, en esta situación, Ancap vuelca USD 900:000.000 de impuestos que recauda, que van incorporados a los productos finales. Estoy hablando del Imesi y los demás impuestos; no del impuesto a la renta, obviamente, porque si no hay ganancias, no incide. Entonces, en el futuro va a valer la pena considerar si esa entidad recaudadora de Ancap –que se aplica a finalidades económicas y sociales, buenas o malas, dependiendo del gobierno y del encare que se tenga– se debe mantener o no en esa proporción.

De manera que hay diversos elementos para tener en cuenta. Lo cierto es que el Ministerio de Economía y Finanzas admite que va a tener que flexibilizar en el futuro alguno de los elementos que ha mencionado el señor Senador Pasquet.

Ahora bien, la auditora, que es una empresa de prestigio internacional indudable, concluye –y lo leímos ya en la sesión anterior– lo siguiente: «En nuestra opinión, los referidos estados contables consolidados presentan razonablemente, en todos sus aspectos significativos, la situación patrimonial consolidada de Ancap y sus subsidiarias al 31 de diciembre de 2013, los resultados de sus operaciones y el origen y aplicación de fondos consolidado por el ejercicio anual terminado en esa fecha, de acuerdo con normas contables adecuadas en Uruguay». Esta es una afirmación demoledora. Ancap tiene una calificación internacional de primera línea. ¿Cómo podría tener esa calificación y estos informes de auditoría si estuviéramos ante una empresa en una evolución ruinosa? ¿Cómo no íbamos a tener un escándalo de la oposición, que ha integrado el Directorio de Ancap durante cinco años y que vota la inmensa mayoría de las decisiones que se toman, si la evolución fuera la que se está pintando en esta sesión y fuera de este ámbito? Creo que es una incongruencia desde ese punto de vista.

SEÑOR PASQUET.- ¿Me permite una interrupción, señor Senador?

SEÑOR RUBIO.- Con mucho gusto.

SEÑOR PRESIDENTE.- Puede interrumpir el señor Senador Pasquet.

SEÑOR PASQUET.- Creo, en primer lugar, que lo que dice la auditora es que su trabajo se ha hecho en función de los datos proporcionados por la empresa y que en esa medida se hacen responsables por lo que dicen. No está aplaudiendo la gestión de la empresa; no está diciendo que el estado de la empresa es fantástico. Lo que está diciendo es que ha recibido información y, en función de ello, estima que los estados de contabilidad reflejan la situación de la empresa. Es lo que debe decir el auditor, nada más. No advierto que esto tenga otro alcance.

Pero quería referirme a la cuestión del patrimonio de Ancap, porque quien manejó una cifra fui yo y no el señor Senador Viera; entonces, me interesaba aclararlo. Tengo aquí, en el Balance consolidado de Ancap, el Estado de Situación Patrimonial consolidado al 31 de diciembre de 2013, y dice que el total del patrimonio es de $ 18.651:576.712. Lo que hice fue dividir esta cifra entre el tipo de cambio al cierre del Ejercicio 2013, que es $ 21,42, y esto me dio, en números redondos, USD 871:000.000. Por eso mencioné esa cifra; es lo que me da en función del Estado que acabo de leer. Si en vez de referirme al Estado Consolidado, voy a la Situación Patrimonial individual al 31 de diciembre, es prácticamente lo mismo. En este caso, la cifra del patrimonio es $ 18.467:271.133. Por eso hablé de un patrimonio de USD 871:000.000. En algún momento he escuchado hablar de un patrimonio de USD 1.500:000.000; no sé de dónde sale la cifra. Quizás esté yo en un error, pero estoy leyendo los Estados Contables de Ancap.

Agradezco al señor Senador por la interrupción.

SEÑOR PRESIDENTE.- Puede continuar el señor Senador Rubio.

SEÑOR RUBIO.- Lo que venimos sosteniendo es que el activo de Ancap se triplica en el período y el pasivo sigue la misma curva porque, dado el margen escaso que tiene la empresa para hacer inversiones, utilizó buena parte de sus resultados en el incremento del capital para la operación. Es una forma de capitalización. Y lo incrementó en más de USD 500:000.000, porque aumentar el volumen de la empresa, diversificarse de esta manera y, a su vez, comprar redes de distribución enteras, supone otra escala de negocios.

Entonces, lo que hemos dicho, al mismo tiempo, es que considerando la cifra inicial en el año 2005, el patrimonio se duplica. El hecho de que el patrimonio se haya duplicado no significa que sea de USD 1.500:000.000. No dije eso. Manejé la misma cifra que el señor Senador Pasquet. Nosotros hemos trazado la línea evolutiva de las tres variables y eso nos da este resultado que, en su conjunto, corresponde a una empresa que está teniendo una enorme expansión y tiene que abordar la realidad de otra manera.

Que la mayor parte de ese endeudamiento se traduce en inversiones está demostrado por los propios repartidos que ha hecho Ancap y por las cifras a las que aludió –no voy a reiterarlas– el señor Senador que hizo el informe en mayoría, que me parece que, desde ese punto de vista, fueron contundentes.

Además, es cierto que KPMG no está diciendo que aplaude o deja de aplaudir; lo que está diciendo es que los resultados de sus operaciones y el origen y la aplicación de fondos consolidados por el ejercicio anual terminado a esa fecha se realizan de acuerdo con las normas contables adecuadas vigentes en Uruguay. ¡Eso es lo que está diciendo! ¡No dice «acá hay algo raro»! ¡No está diciendo «acá hay algo oscuro»! ¡No está diciendo «acá hay algo que huele mal»! ¡Está diciendo otra cosa! Se podrá tener una diferencia en cuanto a si la orientación era la adecuada o no, pero esa es una diferencia que hace a los proyectos de país y a la visión de las empresas públicas que tenemos en el Uruguay. Por ese motivo, se han llevado a cabo plebiscitos y ha habido muchas diferencias en el pasado. Para lograr todo esto, la tasa de inversión fue de un 15 % anual. El crecimiento de los bienes de uso fue de un 360 % en el período –en esta década– y, como ya lo manifesté, el capital de trabajo creció en más de USD 500:000.000 para solventar esta evolución. Si estamos hablando de una empresa cuyo activo fijo crece en esa proporción, creo que los uruguayos deberíamos tener, desde ese punto de vista, un juicio de otra naturaleza.

El señor Senador Martínez ya expuso que la suma total de las inversiones era de USD 1.284:000.000 –¡no es poco!–, de los cuales USD 247:000.000 corresponden a ALUR y el resto se distribuye de la manera en que lo expresó, y figura en la versión taquigráfica, tanto la discriminación de la logística como de las cuatro plantas que tienen que ver con el pórtland, que son muy importantes. En la Cámara de Diputados se dio una explicación muy importante a tener en cuenta, acerca de que un factor que originaba pérdidas era que Ancap se expandía para aguantar la competencia, el crecimiento del país y la demanda que tenía en materia de pórtland y para ello tenía que utilizar un combustible que nunca podía compararse ni competir con las empresas privadas que estaban actuando en el ramo. Ese ha sido un factor que originó pérdidas de unos USD 30:000.000 en el período. La empresa está haciendo una transformación para salir de ese combustible y pasar a uno en base al coque. Prácticamente, esto está terminado.

Creo que debemos tener en cuenta todos estos procesos. No se trata de la inversión, sino de las consecuencias de no haberla realizado y de tener que competir en un mercado ampliado con una tecnología vetusta. Si queremos que no se privatice totalmente porque es un mercado clave, tenemos que soportar las inclemencias del período de transición.

Si bien los resultados acumulados del período 2004-2013 muestran este problema en los últimos tres años, con distinta intensidad –convengamos: las cifras lo muestran–, son positivos. Ancap tuvo años de muchas ganancias y otros de muchas pérdidas, que en buena parte se explican por la diferencia en el tipo de cambio, que jugó a favor y ahora juega en contra. ¿Por qué? Porque tiene una posición en moneda extranjera que, con un tipo de cambio que crece más allá de las previsiones –ya expliqué por qué era realmente imposible hacerlas en el mundo y todos han errado acerca de la evolución del dólar porque la Reserva Federal tuvo un comportamiento diferente al de los últimos doce meses–, produce un cambio desde ese punto de vista. Entonces, si uno tiene una importante posición pasiva en dólares por factores de endeudamiento y demás, eso después se refleja en el Balance; si hubo un crecimiento del dólar, no se podía anticipar. A su vez, si se aplicó una política macroeconómica que impactó en la inflación con el fin de moderarla, las tarifas de las empresas públicas jugaron de manera muy importante.

No me voy a detener en la descripción de las inversiones porque hay abundante material al respecto. En el alegato que hizo el señor Senador Pasquet en la Comisión Preinvestigadora dio información de muchos años. Desde 1980 a 2013 puedo dar la fecha, año por año, en que se aprobaron los balances y lo que es usual en las empresas públicas. Desde ese punto de vista, tenemos un problema –nuestro país lo tiene, desde hace muchísimos años–: me refiero al momento en que se aprueban los balances. Como ya se señaló, quiero decir que la diferencia no fue entre el Directorio de Ancap y la empresa consultora, sino entre los servicios técnicos de uno y de otro lado. Aclaro que estamos hablando de una empresa que es auditada por firmas de mucho prestigio.

También quiero decir que no siempre las tarifas han acompañado los sobrecostos debido al combate de la inflación, como ya señalé. A su vez, Ancap tiene autorizada una ganancia que está topeada en USD 32:000.000; en los años positivos eso es una restricción muy importante que no permite llevar a cabo una política anticíclica significativa. Las ventas de cemento se han incrementado un 41 % desde 2005 a 2013, pero –como dije– la tecnología obsoleta ocasiona el problema al que ya nos referimos.

Quiero manifestar que la mirada puesta exclusivamente en la evolución del pasivo es parcial e insuficiente para evaluar la marcha y el desarrollo económico de cualquier empresa, no solo de Ancap. Por tanto, considero que debemos integrar otros conceptos como los que incluimos. Lo de la diferencia de cambio ya fue explicado.

La preocupación que alarmó al señor Senador Solari tiene una explicación. Él decía que en un año aparecía una diferencia en torno a USD 800:000.000, pero eso tiene una explicación; si se hubiera realizado una sesión en Comisión para escuchar al Directorio de Ancap, se hubiera podido esclarecer el tema en un minuto. En realidad, se trata de un déficit que está en el programa Energía de 2012, que no suma USD 817:000.000, sino USD 760:000.000. El problema es que en las asignaciones presupuestales del Rubro 1 no se incluye la previsión de importación de derivados que va a necesitar UTE, mientras que en las incorporaciones que después se hacen al balance se incluye la totalidad de las importaciones realizadas. En el presupuesto no se incluyen, no se pueden anticipar porque se debieron a la sequía. Esto hizo que hubiera que comprar un plus de combustible para ceder a UTE. De ahí viene el déficit tan abultado –es la explicación que nos da Ancap– expuesto en la ejecución presupuestal de 2012. Estamos hablando de USD 212:000.000 de fueloil, de USD 68:000.000 de fueloil para motores y de USD 482:000.000 de gasoil, lo que da un total de USD 752:000.000. Como consecuencia de esto, Ancap tiene una reunión todas las semanas con UTE y esta última hace una previsión de demanda para los próximos 40 días, pero muchas veces es modificada a la semana siguiente de haber sido planteada debido a los cambios climáticos. Por lo tanto, es imposible que Ancap haga una previsión anual de lo que va a invertir en compra de combustible para UTE. Y esta es la cifra más abultada que aparece en las preocupaciones –¡legítimas!– que han tenido algunos Senadores y que han manifestado en el curso de esta sesión.

Además, quiero expresar que si comparamos las estadísticas del Tribunal de Cuentas –desde 2010 en adelante– de todas las empresas públicas, Ancap es el organismo con menor porcentaje de observaciones. Eso no quiere decir que no haya un problema, pero lo tienen las empresas públicas y el Tribunal de Cuentas. Por algo hay comisiones integradas por el Tribunal de Cuentas y las empresas públicas tratando de encarar y de resolver este problema. Entre otras cosas, se ha manejado que la intervención preventiva debería hacerse solo para las inversiones muy importantes. Esto ha generado la misma dificultad que tuvimos en el Parlamento sobre las observaciones del Tribunal de Cuentas: cómo se discriminan, desde el punto de vista objetivo, las inversiones o los gastos que exigen una intervención preventiva muy relevante de aquellos que no tienen la misma relevancia. Este es un tema técnico que, en el marco constitucional tan estrecho que de alguna manera tiene aprobado el Uruguay sobre las funciones del Tribunal de Cuentas, ocasiona una innumerable cantidad de desencuentros y de problemas desde ese punto de vista.

Me informan que, desde hace varios años –con más fuerza desde el 2010–, funcionarios de alto nivel jerárquico del Tribunal de Cuentas han planteado la posibilidad de realizar la intervención preventiva solamente en forma selectiva y para las partidas de gran materialidad. Existe un principio de acuerdo en el Tribunal de Cuentas en cuanto a que la reforma de la Constitución debería permitir la intervención a posteriori y que solo se interviniera en forma preventiva y de muestreo los gastos de gran materialidad, como se ha señalado reiteradamente. En la mayoría de los países no se realiza la intervención preventiva; algunos países la hacen solo para los gastos más importantes.

(Suena el timbre indicador de tiempo).

SEÑOR PRESIDENTE.- Disculpe, señor Senador, pero ha llegado a la Mesa una moción para que se prorrogue el término de que usted dispone.

Se va a votar.

(Se vota:)

–18 en 19. Afirmativa.

Puede continuar el señor Senador.

SEÑOR RUBIO.- De acuerdo con la opinión de miembros del Tribunal de Cuentas, parece más importante, a los efectos del control de la Hacienda Pública y de optimizar los recursos con que cuentan los Gobiernos, la realización de auditorías de gestión. El Tribunal de Cuentas no realiza auditorías de gestión, sino que actúa en cumplimiento de los artículos 211 y 228 de la Constitución con relación a la vigilancia y ejecución de los presupuestos. Este es un problema, más que del Tribunal de Cuentas y de las empresas públicas, del sistema político en el Uruguay.

Por eso, creo que estas situaciones deben ser contextualizadas porque estamos ante un asunto de gran sensibilidad –¡no digo de gran sensibilidad política, que también la tiene!– y el prestigio de las empresas públicas es parte de los activos del Uruguay. Si, como consecuencia de desencuentros parlamentarios y de algunos manejos comunicacionales –que a veces no son responsabilidad de quienes toman la iniciativa pero que después vuelan, de alguna manera, a partir de otros actores–, se daña la imagen de determinadas empresas públicas, creo que también se daña o puede llegar a dañarse el patrimonio del Uruguay.

Por último, me voy a referir a algunas imputaciones que se realizaron sobre ALUR en la sesión anterior.

En primer lugar, digo que el proceso fue competitivo. La empresa Serrana Bioenergía, de acuerdo con la opinión de varias personas, quiso «entrar por la ventana» y en el último momento. ¡Nadie la conoce en Brasil! ¡No se le conoce una sola planta de etanol de cereales como la de Paysandú ni tampoco de etanol de caña de azúcar! A tal punto es así, que en las pruebas que presentó nunca colocó un antecedente vinculado a algún proyecto en estas materias. Por lo tanto, las comparaciones –comparto el juicio de directivos de ALUR en la materia– no son válidas porque no se conoce el proyecto de la planta, su alcance, las prestaciones, qué tipo de energía utiliza, su gestión ambiental, qué tipo de alimento produce, etcétera.

Tampoco se destaca el carácter competitivo que tuvieron las cotizaciones. Si para hacer la planta se convoca y se abre un proceso para que participen empresas de porte internacional de mucho prestigio –estoy hablando de más de media docena– y cotizan con diferencias enormes en relación con Serrana Bioenergía, queda de manifiesto que, si nos atenemos a las consideraciones de esa empresa, estamos fuera de contexto, para decirlo de alguna manera. ¿Por qué? Porque fueron invitadas las empresas Maguin, de Francia; De Smet y Desmet Ballestra, de Bélgica; Praj, de la India; APTI e ICM de Estados Unidos; Abengoa y Elecnor, de España. El lanzamiento del proyecto fue público. En el primer trimestre del 2011, el equipo técnico de ALUR visitó las plantas fabricadas por proveedores de Europa y de Estados Unidos. En abril de 2011 se recibieron siete ofertas de las ocho empresas invitadas a ofertar. En junio resultaron preseleccionadas cuatro empresas. En julio de ese mismo año se amplió el llamado para los cuatro proveedores preseleccionados. En agosto de 2011 se realizó la evaluación de las ofertas recibidas, seleccionándose a Abengoa y a Elecnor como finalistas. En setiembre de 2011 se comunicó a Abengoa la intención de comenzar a negociar los términos y condiciones para la ejecución de la obra completa. En febrero de 2012 se entregó a la Dirección de ALUR un informe de adjudicación –revisado con los criterios originales de adjudicación– de la propuesta actualizada de Abengoa. Todas las decisiones involucradas en el proceso de selección y de adjudicación resultaron validadas por los Directores de ALUR y de Ancap. Reitero: ¡todas las decisiones! Para graficarlo, el Director del Partido Colorado, Juan Máspoli, en radio El Espectador rechazó las acusaciones de sobrefacturación de la empresa Serrana Bioenergía sobre Ancap por la construcción de una planta productora de etanol y sostuvo que «no son veraces», que –cito entre comillas– «Siempre dijimos que desde la oposición lo que estaba bien lo íbamos a acompañar, y esto es un ejemplo». Esto lo expresó el Director del Partido Colorado en el Directorio de Ancap en cuanto a la decisión que se adoptó.

Con respecto al financiamiento del proyecto, ALUR solicitó y obtuvo la aprobación del Poder Ejecutivo para tomar deuda, en conformidad con lo previsto por el artículo 337 de la Ley n.º 18996, Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal Ejercicio 2011, y no hubo objeciones –¡esto es muy llamativo!– de los referentes que no resultaron seleccionados. En realidad, no conozco un caso en el Uruguay –después de haber seguido muchas licitaciones de empresas públicas de porte– en el que no impugnen los que perdieron. Este es un problema del proceso licitatorio que llevó al entonces Senador Atchugarry, entre otros, a proponer que se hiciera un remate en la Bolsa cuando discutimos el tema de la terminal de contenedores, que tanto lío generó en Montevideo después de tres licitaciones fracasadas. En aquel momento, nosotros no discrepamos con el remate sino con la base del remate y otros elementos, pero debemos reconocer que fue un proceso muy transparente, en el que se liquidó en un solo acto el tema y se pusieron ciertas condiciones. Justamente, el tema es el de las condiciones. Esto fue tomado por el partido de Gobierno como sistema, aunque a veces fue mal aplicado. En ocasiones corresponde la licitación y en otras no, porque los procesos llevan a impugnaciones sucesivas que muchas veces tienen el efecto de paralizar el proceso y pasan años para que se adopte una decisión.

Finalmente, la licitación se adjudicó al grupo empresarial, que es una de las principales empresas contratistas del Estado con dos décadas en plaza y con un prestigio bastante consolidado. Se podría dar una infinita cantidad de datos complementarios, como la naturaleza de la denuncia penal realizada, su ampliación y otros elementos, pero creo que no vienen al caso porque es preferible que ese proceso se dé en el ámbito de la Justicia y no que trascienda al campo político.

En cuanto a las informaciones que solicita la oposición, creo que lo mejor es seguir el mismo camino que la Cámara de Representantes –aunque el contenido puede variar–, formular a Ancap las preguntas que se desee y pedirle el acceso a los documentos que se desee con la constancia de que, cuando se está en competencia –y acá hay muchas áreas que no son monopólicas y que están en competencia, y otras tantas que son de derecho privado– el manejo de la información es un tema clave desde el punto de vista de la supervivencia de las empresas.

No podemos ignorar que este es un tema harto delicado.

SEÑOR COURIEL.- ¿Me permite una interrupción, señor Senador?

SEÑOR RUBIO.- Con mucho gusto.

SEÑOR PRESIDENTE.- Puede interrumpir el señor Senador Couriel.

SEÑOR COURIEL.- Señor Presidente: tengo la sensación de que los Senadores Martínez y Rubio fueron lo suficientemente contundentes en sus exposiciones como para no dar lugar a una Comisión Investigadora.

Para que se cree una Comisión Investigadora es necesario que sea pertinente desde el punto de vista de la entidad, la seriedad y la oportunidad de las denuncias. La seriedad, ni en lo más mínimo está en discusión. Como muy bien dijo el señor Senador Pasquet, todos estamos en condiciones de poder solicitar una Comisión Investigadora.

Lo que llama la atención es que la mayoría de las preguntas planteadas en Sala fueron contestadas en la reunión de la Comisión de Industria, Energía y Minería de la Cámara de Representantes de junio de 2014, esto es, hace dos meses. Leí muy serenamente la versión taquigráfica de esa sesión y del mismo modo escuché al señor Senador Pasquet, que es quien plantea el tema, y puedo decir que la mayoría de las preguntas –reitero– están contestadas allí.

Tomemos algunas de ellas, como la del atraso del balance. Es verdad que hay atraso del balance porque correspondía al 31 de marzo, pero Ancap muestra una cantidad de años de otros Gobiernos donde también hubo atrasos. No quiero ir para atrás –realmente, no quiero– pero recuerdo haber realizado 52 preguntas a Ancap en la Comisión de Industria, Energía, Comercio, Turismo y Servicios del Senado hace alrededor de 15 años, de las que no obtuve respuestas y voy a contar la siguiente anécdota. En aquel momento, el Presidente de Ancap, que era el contador Ache, me llamó a su despacho y cuando empezó la conversación le dije: «Contador, todo lo que diga y hablemos para mí es público». Lógicamente, tenía informaciones que no quería que fueran públicas y no me las dio. Por tanto, nos saludamos con amabilidad pero la reunión no se pudo concretar. Estas cosas ocurren. Se trataba de la época, además, donde Ancap tenía pérdidas fabulosas en sus inversiones en Argentina; justamente, Enrique Rubio y Eleuterio Fernández Huidobro escribieron un libro al respecto. De todas maneras, el Senador Pasquet tiene razón en cuanto a que no es un argumento definitivo el que se sigan atrasando porque antes se atrasaban. Tiene razón, pero el hecho de que se atrasen los balances de Ancap, no da para hacer una Comisión Investigadora porque, además, no se trata solo de este ente, sino de todo un conjunto de empresas que están haciendo inversiones.

Un segundo elemento es la comparación que hace el señor Senador Pasquet con Chile y con Argentina. Pero pido al señor Senador que compare a Uruguay, en el rubro que le guste, en términos de dólares en función del tipo de cambio nominal y no del poder de compra. Nuestro país es caro en estos momentos. Seguramente, en dólares, los salarios son muchos más altos que los de Chile. Entonces, no vale la comparación. Con Argentina el tema es más complicado y, además, subsidia el precio final, aunque me aclaran que de Argentina no se habló y es verdad. En todo caso, el tema clave es la evolución de la cotización del dólar. En términos de la pérdidas de USD 169:000.000, dos tercios se explican por la cotización del tipo de cambio. Respecto a este punto, quiero decir clara y nítidamente lo siguiente. En un momento determinado, el Sistema de Reserva Federal dijo que iba a limitar la expansión monetaria que se hace para aumentar la demanda interna y mejorar los niveles de empleo en Estados Unidos. Antes de que empezara a hacer el corte –que ahora está haciendo– los mercados reaccionaron y varias monedas de la región se empezaron a depreciar. La diferencia es entre $ 19,50 y $ 21,50; son $ 2 –casi un 10 %– que explican dos tercios de las pérdidas. La otra mitad del tercio tiene que ver con la política económica antiinflacionaria. El Gobierno ha utilizado las tarifas de los servicios públicos para que, entre otras cosas, la inflación no llegue al 10 %; por ejemplo, le pide a UTE rebajas y así sucesivamente. De manera que, desde este punto de vista, Ancap no es responsable por la evolución del tipo de cambio ni por la política de tarifas, que está muy limitada por la acción del Poder Ejecutivo y, especialmente, del Ministerio de Economía y Finanzas para bajar la inflación.

(Suena el timbre indicador del tiempo).

SEÑOR PRESIDENTE.- Disculpe, finalizó el tiempo del que dispone, señor Senador.

SEÑOR COURIEL.- ¿Me permite una interrupción, señor Senador?

SEÑOR RUBIO.- Con mucho gusto.

SEÑOR PRESIDENTE.- Puede interrumpir el señor Senador Couriel.

SEÑOR COURIEL.- La otra mitad de la pérdida tiene que ver con las inversiones en cemento. Hace muchos años que están dando pérdida; eso es así.

Todo lo que aparece en los medios, con su correspondiente impacto, refiere a la pérdida. Esta podría estar referida a la gestión pero, en realidad, dos tercios de ella tienen que ver con la evolución del tipo de cambio y, la mitad del tercio restante, con la política del Gobierno en términos de tarifas de los servicios públicos y no de Ancap específicamente. Además, hubo enormes inversiones y el endeudamiento tiene que ver directamente con ese altísimo nivel de inversiones que está haciendo la primera empresa del Estado.

Por tanto, para concluir, señalo lo siguiente: desde el punto de vista de la seriedad, no hay problema. Desde el punto de vista de la entidad, siento que es extremadamente limitada porque las mismas preguntas fueron contestadas en la Cámara de Representantes en el mes de junio. En términos de oportunidad y hablando claro y con toda lealtad, lo cierto es que estamos en plena campaña electoral. Entonces, lo que uno siente es que se quiere crear una Comisión Investigadora para traer al candidato a la Vicepresidencia de la República todos los días acá, al Senado, para que se diga ante la opinión pública si hubo o no pérdidas en Ancap.

Desde ese punto de vista, creo que no se justifica en este momento, ni por la entidad ni por la oportunidad, la necesidad de una Comisión Investigadora.

Muchas gracias.

SEÑOR PRESIDENTE.- Puede continuar el señor Senador Rubio.

SEÑOR RUBIO.- He finalizado, señor Presidente.

SEÑOR PRESIDENTE.- Saludamos a alumnos y a docentes del tercer año del Liceo IEP, de El Pinar, a quienes agradecemos mucho la visita.

SEÑOR PASQUET.- Pido la palabra para contestar una alusión.

SEÑOR PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor Senador.

SEÑOR PASQUET.- Señor Presidente: las alusiones han sido varias, por lo que no daría el tiempo para contestarlas todas. De todos modos, me interesa señalar lo siguiente.

Se dice que en una sesión de la Comisión de Industria, Energía y Minería de la Cámara de Representantes se consideraron todos estos temas y se respondieron todas las preguntas. Pero yo leí la versión taquigráfica de esa sesión y puedo decir que no es así, pues algunos temas sí fueron abordados pero otros no, por lo que hemos planteado y procurado desarrollar, justamente, algunos de ellos. En particular, todo el capítulo de ALUR y su incidencia en el costo de los combustibles no fue abordado en esa sesión, ni acá tampoco. Asimismo, la cuestión de la entrega de los contratos entre Ancap y ALUR no fue tratada en esa sesión; sí se mencionó en la Comisión de Industria, Energía, Comercio, Turismo y Servicios del Senado y lo que hubo fue un compromiso de entregar los contratos a quien los había solicitado, el Senador Bordaberry, pero ese compromiso no se ha cumplido. En ese caso, hay dos empresas que son, en definitiva, una y la misma, pues Ancap es dueña de más del 90 % de las acciones de ALUR, por tanto, no hay allí competencia. No existe, en realidad, ninguna razón objetiva que se pueda advertir para no suministrar esos contratos. Hemos hecho hincapié en eso y nada se ha dicho.

Por otra parte, hemos procurado señalar nuestra preocupación por la incidencia que tiene el sobreprecio que Ancap le paga a ALUR por los biocombustibles y la forma en que eso puede repercutir aumentando el costo de los combustibles en el Uruguay, y sobre eso tampoco se ha dicho nada. Hemos repetido estimaciones que se han hecho otras veces sobre el sobreprecio que está pagando Ancap, que ha representado USD 48:000.000 en el 2012 y USD 64:000.000 –según estimaciones– en el 2013, y se proyecta para el futuro un sobreprecio de USD 187:000.000. Sobre eso tampoco se ha dicho nada.

A mi juicio, todos estos asuntos son materia para una Comisión Investigadora. Mirando la cuestión desde ángulos diferentes, me parece más que oportuno que esto se ventile en plena campaña electoral para que, al votar, la gente escuche no solamente los jingles de la publicidad, sino también los datos duros resultantes de los balances de la empresa y de la información que al respecto se puedan aportar.

Nada más. Muchas gracias.

SEÑOR SOLARI.- Pido la palabra para contestar una alusión.

SEÑOR PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor Senador.

SEÑOR SOLARI.- Señor Presidente: simplemente, quiero aclarar que no fui yo quien causó alarma con relación al gasto en exceso de aproximadamente USD 800:000.000 observado por el Tribunal de Cuentas, sino que fue, justamente, el propio Tribunal de Cuentas. Se dijo en ese momento que había un marco constitucional que no era el más conveniente, según los propios funcionarios de jerarquía del Tribunal. Pero, hasta que no la cambiemos, tenemos que regirnos por las normas de la Constitución de la República. Como decía, es el propio Tribunal de Cuentas el que observa el gasto en exceso de cerca de USD 800:000.000 que, si bien podrán haber sido ocasionados por la sequía, el fueloil o lo que fuera, la cuestión es que dicho gasto ha sido observado por el Tribunal.

Además, quiero agregar que, evidentemente, en la explicación que se da para no investigar se dice que, en el fondo, lo que hay es un choque entre la política antiinflacionaria por un lado, y la política monetaria por otro. Pero el que paga los platos rotos por ese choque es el consumidor, el que va a cargar nafta. Para evitar el déficit de la empresa en este Ejercicio habría que llevar el precio del combustible a $ 55,60; ¿se va a hacer eso? ¿O el año que viene tendremos que explicar otra vez a la población por qué Ancap perdió nuevamente cerca de USD 200:000.000? Y ahora no hay ningún factor sorpresa, porque la política monetaria de la Reserva Federal ya viene con esta orientación y este ritmo desde el año pasado.

Repito: la alarma no la creé yo sino, por un lado, el Tribunal de Cuentas y, por otro, el Ministerio de Economía y Finanzas con su nota de 29 de julio, por tanto, hay paño para investigar y para decir a la población por qué Ancap llega a esta situación.

Muchas gracias.

10) PROYECTO PRESENTADO

SEÑOR PRESIDENTE.- Dese cuenta de un asunto entrado fuera de hora.

(Se da del siguiente:)

SEÑOR SECRETARIO (Gustavo Sánchez Piñeiro).- «Los señores Senadores Ernesto Agazzi, Milton Antognazza, Carlos Baráibar, Alberto Couriel, Oscar López Goldaracena, Daniel Martínez, Rafael Michelini, Luis Rosadilla, Enrique Rubio, Héctor Tajam y Lucía Topolansky presentan, con exposición de motivos, un proyecto de ley por el que se modifica el literal E) del artículo 38 del Texto Ordenado 1996 sobre normas tributarias referido a la posibilidad de habilitar deducciones en el caso de préstamos otorgados a hijos mayores o menores legalmente declarados incapaces o que sufran discapacidades graves.

–A LA COMISIÓN DE HACIENDA».

(Texto del proyecto de ley presentado:)

«Exposición de motivos

Los menores discapacitados o con síndrome de Down, cuando están pagando las cuotas de un préstamo por compra de vivienda a su nombre, los padres o el tutor, que es quien paga realmente la vivienda, descuentan el 6 % de IRPF, como el mismo régimen que tiene todos los menores. Pero cuando son mayores, dichos discapacitados o con síndrome de Down, y pasan a un régimen de Curatela dependientes de sus padres o tutor, la ley no les deja hacer la deducción correspondiente, aunque a todas luces la casa la sigue pagando el tutor o sus padres. El siguiente proyecto de ley pretende reparar esta situación injusta, permitiendo la deducción correspondiente.

 Proyecto de ley

Artículo único. Agrégase como segundo inciso del Literal E) del artículo 38 del Título 7 del Texto Ordenado 1996 el siguiente:

“También podrán deducirse los montos referidos en el inciso anterior, cuando el préstamo haya sido otorgado a hijos mayores o menores, legalmente declarados incapaces, o que sufran discapacidades graves, de acuerdo a los criterios que establezca el Banco de Previsión Social; en tanto los mismos no practiquen la deducción prevista en el presente literal y vivan conjuntamente con el contribuyente que efectúa la misma”».

Ernesto Agazzi, Milton Antognazza, Carlos Baráibar, Alberto Couriel, Oscar López Goldaracena, Daniel Martínez, Rafael Michelini, Luis Rosadilla, Enrique Rubio, Héctor Tajam, Lucía Topolansky. Senadores».

11) COMISIÓN PREINVESTIGADORA SOBRE LA SITUACIÓN ECONÓMICA Y FINANCIERA DE ANCAP

SEÑOR PRESIDENTE.- Continuando con la consideración del primer punto del Orden del Día, cabe señalar que existen dos informes, uno en mayoría y otro en minoría, que están en poder de los señores Senadores.

Corresponde votar, en primer lugar, el informe en mayoría elevado por la Comisión Preinvestigadora.

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota:)

–15 en 24. Afirmativa.

SEÑOR PENADÉS.- Solicito que se rectifique la votación.

SEÑOR PRESIDENTE.- Se va a rectificar la votación.

(Se vota:)

–13 en 24. Afirmativa.

No corresponde votar el informe en minoría.

12) RESIDENCIA PERMANENTE EN LA REPÚBLICA

SEÑOR PRESIDENTE.- Se pasa a considerar el asunto que figura en tercer término del Orden del Día: «Proyecto de ley por el que se facilita a cónyuges, concubinos, padres, hermanos y nietos de uruguayos y a los nacionales de los Estados Parte del Mercosur y Estados Asociados, la residencia permanente en la República. (Carp. n.º 1485/2014 – Rep. n.º 1116/2014 y Anexo I)».

 (Antecedentes:) 

d001.jpg

 

d002.jpg

 

d003.jpg

 

d004.jpg

 

d005.jpg

 

d006.jpg

 

d007.jpg

 

d008.jpg

 

d009.jpg

 

d010.jpg

 

d011.jpg

 

d012.jpg

 

d013.jpg

 

d014.jpg

 

d015.jpg

 

d016.jpg

 d017.jpg

 d018.jpg

 d019.jpg

 d020.jpg

 d021.jpg

 

d022.jpg

 d023.jpg

d024.jpg

 

 d025.jpg

 d026.jpg

 d027.jpg

d028.jpg

d029.jpg

d030.jpg

d031.jpg

d032.jpg

d033.jpg

d034.jpg

d035.jpg

d036.jpg

d037.jpg

d038.jpg

d039.jpg

d040.jpg

d041.jpg

d042.jpg

d043.jpg

«CÁMARA DE SENADORES

Comisión de

Constitución y Legislación

ACTA n.º 147

En Montevideo, el día cinco de agosto del año dos mil catorce, a la hora catorce y cuarenta y cinco minutos, se reúne la Comisión de Constitución y Legislación de la Cámara de Senadores.

Asisten sus miembros señores Senadores Hebert Clavijo, Eber Da Rosa, Francisco Gallinal, Oscar López Goldaracena, Eduardo Muguruza, Rodolfo Nin Novoa y Ope Pasquet.

Falta con aviso el señor Senador Carlos Moreira.

Preside el señor Senador Ope Pasquet, Presidente de la Comisión.

Concurre el asesor del señor Senador Oscar López Goldaracena, doctor Walter De León.

Actúan en Secretaría la señora Secretaria de Comisión Ana Veríssimo, la señora Prosecretaria Lucía Bomio y la señora Jefa de Departamento Florencia Montero.

Asuntos entrados:

– Proyecto de ley sustitutivo acordado en la Subcomisión para el estudio del proyecto de ley por el que se reforma el Código del Proceso Penal.

– Nota del Ministerio del Interior dando su opinión sobre el Informe de Estudios Legislativos de la Cámara de Senadores y documento que contiene la información solicitada por la Comisión respecto de las residencias que se han tramitado ante la Dirección Nacional de Migraciones.

Asuntos tratados:

– Carpeta n.° 1485/2014. RESIDENCIA PERMANENTE EN LA REPÚBLICA. Se facilita a cónyuges, concubinos, padres, hermanos y nietos de uruguayos y a los nacionales de los países del Mercosur y Estados asociados. Proyecto de ley aprobado por la Cámara de Representantes (Distribuido n.º 2691/2014).
El señor Senador Nin Novoa propone que se reconsidere la votación del proyecto de ley.

Se vota la reconsideración: 7 en 7. Afirmativa. UNANIMIDAD.

Se vota el proyecto de ley aprobado por la Cámara de Representantes: 4 en 7. Afirmativa.

Se designa miembro informante al señor Senador Rodolfo Nin Novoa, quien lo hará en forma verbal.

– Carpeta n.° 1537/2014. COLEGIO MÉDICO DEL URUGUAY. Se sustituye el artículo 33 de la Ley n.° 18591, de 18 de setiembre de 2009. Texto aditivo presentado por los señores Ope Pasquet y Alfredo Solari en sesión del Senado, de 18 de junio de 2014, en oportunidad del tratamiento del proyecto de ley por el que se aprueba el Código de Ética Médica (Distribuido n.º 2780/2014).

En consideración.

El Señor Presidente propone postergar la consideración de este punto para la próxima sesión. Así se acuerda.

– Carpeta n.° 845/2012. TRÁFICO ILÍCITO DE ARMAS. Se tipifican delitos y se modifica el artículo 365 del Código Penal. Proyecto de ley aprobado en nueva forma por la Cámara de Representantes (Distribuido n.° 2375/2013 y Anexo I).

En consideración.

Se vota: 4 en 7. Afirmativa. Se designa miembro informante al señor Senador Luis Rosadilla quien la hará en forma verbal.

– Carpeta n.° 1339/2013. DESIGNACIÓN DE CURADOR EN PREVISIÓN DE UNA FUTURA INCAPACIDAD. Se modifican los artículos 441 y siguientes del Código Civil, artículos 439 y 444 del Código General del Proceso y artículo 35 de la Ley n.° 16871, de 28 de setiembre de 1997. Proyecto de ley aprobado por la Cámara de Representantes (Distribuido n.º 2450/2013).

El señor Presidente propone postergar la consideración de este punto para la próxima sesión. Así se acuerda.

– Carpeta n.° 1493/2014. CIUDAD DE TRANQUERAS. Se declara Capital de la Forestación y la Madera. Proyecto de ley aprobado por la Cámara de Representantes (Distribuido n.° 2700/2014).

En consideración:

El señor Presidente propone postergar la consideración de este punto hasta recibir la respuesta del Municipio de Tranqueras sobre el proyecto de ley. Se acuerda.

– Carpeta n.° 418/2010.- CÓDIGO DEL PROCESO PENAL. Reforma. Mensaje y proyecto de ley remitido por el Poder Ejecutivo (Distribuido n.° 558/2010).

El señor Senador López Goldaracena solicita un cuarto intermedio por cinco minutos, siendo la hora quince y diez minutos.

Se vota: 6 en 8. Afirmativa.

A la hora quince y quince minutos se reanuda la sesión.

Luego de intercambios entre los señores Senadores se acuerda postergar su consideración hasta la próxima sesión de la Comisión.

A la hora dieciséis se levanta la sesión.

De lo actuado se toma versión taquigráfica que luce en el Distribuido n.° 2849/2014 y que forma parte de la presente.

Para constancia se labra la presente Acta que, una vez aprobada, firman el señor Presidente y la señora Secretaria.

Ope Pasquet, Presidente; Ana Veríssimo, Secretaria».

e001.jpg

e002.jpg

SEÑOR PRESIDENTE.- Léase el proyecto.

(Se lee:)

–En discusión general.

Tiene la palabra el miembro informante, señor Senador Rosadilla.

SEÑOR ROSADILLA.- Señor Presidente: la Comisión de Constitución y Legislación de la Cámara de Senadores aprobó el proyecto de ley denominado «Residencia Permanente en la República». Dicho proyecto, proviene originalmente del Poder Ejecutivo y ha sido modificado por la Cámara de Representantes. El espíritu de esta norma es facilitar la solicitud y resolución de las solicitudes de residencia definitiva a cónyuges, concubinos, hermanos y nietos de uruguayos, así como a los nacionales de los Estados Parte del Mercosur y Estados Asociados.

Tal como expresa el informe remitido por el Poder Ejecutivo, la finalidad de esta norma se deriva de la vocación integracionista de nuestro país y se enmarca en una política migratoria basada en una perspectiva de derechos y en la línea de los compromisos internacionales asumidos.

Esta norma modifica el literal B) del artículo 27 y el artículo 33 de la Ley n.º 18250, de 6 de enero de 2008, que establece las normas referentes a la migración y establece al Ministerio de Relaciones Exteriores el cometido de tramitar las solicitudes de residencia permanente directamente en el Ministerio o en las oficinas consulares de la República para cónyuges, concubinos, hermanos y nietos de uruguayos. Esto apunta a simplificar los trámites burocráticos para que esta población pueda integrarse plenamente a una sociedad que también es suya, para ejercer sus derechos sin mayor demora.

A los nacionales de los Estados Parte del Mercosur y Estados Asociados, el hecho de comenzar a realizar los trámites de residencia ya desde su país de origen les simplifica y clarifica su situación migratoria desde el comienzo. Además, esta norma les permite obtener la categoría de residentes permanentes, constituyendo una inequívoca señal de fraternal integración para quienes eligen vivir en el Uruguay. Se establecen plazos breves y perentorios para que la Administración se expida sobre el otorgamiento de la residencia que se solicite. Además, se garantiza que no podrán exigirse, para la residencia definitiva, requisitos diferentes o mayores a la temporal.

Es por lo expuesto, señor Presidente, que aconsejamos a este Cuerpo la aprobación del proyecto de ley en consideración, haciendo acuerdo, además, con las modificaciones realizadas por la Cámara de Representantes a la redacción original y entendiendo que esta norma constituye un aporte más a la construcción de la vocación integracionista que siempre ha tenido nuestro país.

Muchas gracias.

SEÑOR ABREU.- Pido la palabra.

SEÑOR PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor Senador.

SEÑOR ABREU.- Señor Presidente: creo que es importante analizar el marco jurídico del derecho multilateral y del derecho bilateral con que estamos manejando los aspectos de carácter permanente y provisorio de la residencia.

Tenemos una ley vigente, que es la Ley n.º 18250, a lo que se agrega el Acuerdo sobre Residencia para Nacionales de los Estados Parte del Mercosur, Bolivia y Chile de diciembre de 2002. En julio de 2012 se aprobó un plan de desarrollo sostenible para la integración y se creó el Grupo de Alto Nivel Brasil-Uruguay –GAN– que es, precisamente, de expresión bilateral. En diciembre de 2012 se aprobó un plan de acción a corto y mediano plazo, sobre difusión, agilización y facilitación de la tramitación de la residencia. En julio de 2013 se firmó un Acuerdo sobre Residencia Permanente con el Objetivo de Alcanzar la Libre Circulación de Personas, y en abril de 2014 se aprobó el Acuerdo con la República Federativa del Brasil sobre Residencia Permanente con el Objetivo de Alcanzar la Libre Circulación de Personas. Se pactó bilateralmente un régimen más favorable para que los socios de ambos países tuvieran facilidades en materia de residencia.

Señor Presidente: estamos frente a la política de los parches jurídicos y no estamos manejándonos con la debida coherencia y armonía legislativa. En el proyecto de ley en consideración, los nacionales de los Estados Parte del Mercosur y Estados Asociados pasan a tener el mismo régimen para obtener la residencia permanente que los familiares directos de los uruguayos. En la ley vigente –Ley n.º 18250– estas personas tienen automáticamente la calidad de residentes temporarios, pero no la de residentes permanentes. Con la aprobación de esta iniciativa, los trámites para obtener la residencia permanente no se harán más en la Dirección Nacional de Migración sino en el Ministerio de Relaciones Exteriores o en las Oficinas Consulares de la República, debiéndose hacer la consulta con el Ministerio del Interior para constatar si las personas que solicitan la residencia tienen o no antecedentes penales.

Deseo hacer algunos comentarios para reflexionar sobre este tema. En primer lugar, otorgar la condición de residentes permanentes, automáticamente, a nuestros hermanos de casi todo el continente es algo que nosotros compartimos. Pero la pregunta que se hace desde la base del propio Derecho Internacional y desde la diplomacia de un país como Uruguay, es si esto tiene carácter recíproco en los demás países. En el mensaje del Poder Ejecutivo no se dice nada al respecto y en el remitido por la Cámara de Representantes dice textualmente: «Esta medida además facilitará la reciprocidad sobre la situación de miles de compatriotas que residen en los países integrantes del acuerdo regional o en los países asociados». Me pregunto si esto es el puntapié inicial para lograr una reciprocidad para nuestros ciudadanos en el contexto regional –como parece derivarse del verbo utilizado– o si, por el contrario, con esta medida nos estamos poniendo en consonancia con una unilateralidad de tratamiento que ya nos conceden otros países de la región en esta materia. Esta es la primera cuestión; el principio de reciprocidad es un principio muy importante para un país como el nuestro.

En segundo término, cualquiera fuera la respuesta a la pregunta anterior, no teniendo reciprocidad –hagamos como que no la tenemos–, desde nuestro punto de vista, estos temas no se pueden tratar de forma unilateral en la región. Sigo sosteniendo que, más allá de las dificultades que tenemos en el marco del avance de un proceso de integración, con esta medida nos estamos poniendo en consonancia con una unilateralidad de tratamiento que ya nos conceden otros países de la región. Me parece que esto responde a una política regional equivocada en la materia y quiero señalar que, desde nuestro punto de vista, este no es el camino correcto. El camino para asegurar la reciprocidad plena y el buen funcionamiento en estos temas es adoptar medidas a través de acuerdos colectivos regionales. ¿Por qué digo esto? Porque parece que olvidamos que ya tenemos un Acuerdo con el Mercosur sobre residencia, cuyo artículo 11 –que tampoco se señala como antecedente en este proyecto de ley– permite, por cierto, la aplicación de normas más benignas para la residencia de los nacionales, como la que estamos tratando. Si no tuviera este artículo 11, esta disposición iría contra el cuerpo de ese acuerdo que solo otorga a los nacionales la residencia temporaria.

La pregunta es: ¿podemos seguir construyendo la integración como una colcha de retazos y dejar que algunos países apoyen el artículo 11 para hacer su legislación más benigna y otros no? Así no funciona el sistema. Esta es una medida que se enmarca en el concepto de libre circulación de personas y, más precisamente, en la libertad de establecimiento. Estos son temas que deben ser tratados en el marco de la integración regional o de convenios especiales porque, generalmente, son beneficios que se otorgan siempre –vuelvo a insistir– en régimen de reciprocidad pactada. Ya que tenemos los instrumentos regionales, es lógico que en el marco en que se adopten estas resoluciones se avance en forma recíproca, que es la lógica que subyace detrás de estas concepciones.

Voy a llegar a un hecho puntual, no menor, que también es producto de esta legislación «parche» donde puede haber un inconveniente práctico a la hora de aplicar esta norma. En el Acuerdo con Brasil sobre residencia permanente se pactó, en forma bilateral, un régimen más favorable que el establecido en el Acuerdo del Mercosur. El problema es que es más favorable aún que el que se otorgaría por esta modificación de la Ley n.º 18250, ya que en el acuerdo con Brasil basta una declaración jurada que demuestre la falta de antecedentes penales para que se otorgue la residencia permanente. Estoy citando el artículo 2.º del Acuerdo con la República Federativa del Brasil sobre Residencia Permanente con el Objetivo de alcanzar la libre Circulación de Personas.

Ahora bien, de acuerdo al actual proyecto de ley, para que eso suceda tiene que haber una comunicación al Ministerio del Interior –modificación del artículo 33–, o sea que no basta con la declaración jurada. Por otra parte, el Acuerdo firmado con Brasil manda tramitar las residencias a través de una representación diplomática –no consular, como se dice en esta modificación– o a través de la Dirección Nacional de Migración, y no a través del Ministerio de Relaciones Exteriores como se establece ahora, en esta iniciativa.

Mis reflexiones son, señor Presidente, de cierta perplejidad porque estamos superponiendo normas sin tener una clara visión del alcance de las disposiciones regionales ni de las de carácter bilateral que hemos asumido en el ámbito del Mercosur, sin hacerlas extensibles al resto o sin manejar el criterio de la reciprocidad.

Entonces, una de mis reflexiones es de carácter general y plantea una cuestión lógica y estratégica. La pregunta que surge es si la facilitación de la residencia permanente se enmarca en una política de reciprocidad en el ámbito de la integración regional o si se trata de una decisión unilateral del Uruguay y sin contrapartida.

Una segunda reflexión que quiero plantear es de carácter puntual, porque no estamos hablando de teorías sino de una relación con Brasil –que, además, tiene enormes restricciones de carácter administrativo, político y jurídico–, y apuntamos a dar una flexibilidad adecuada a lo que Uruguay percibe o puede percibir en materia de residencia.

¿Qué sucederá con los ciudadanos brasileños? ¿Les aplicaremos la norma del convenio bilateral o esta reforma de la ley nacional? Por lo pronto, el tema se va a complicar; creemos que deberíamos consultar adecuadamente a alguien especializado en Derecho Internacional y vamos a decir por qué. Si aplicamos el principio de derogación, prevalece esta norma sobre la ley migratoria reformada y «caerían» las disposiciones del Tratado con Brasil que la contradigan, con todo lo que ello implica en materia de responsabilidad internacional. Pero si aplicamos el principio de la especialidad, prevalecerá la norma específica del convenio con Brasil y bastaría, por ejemplo, con la declaración jurada de ausencia de delitos, que nuestras oficinas deberían aceptar como buena.

Por tanto, si aplicamos el principio de jerarquía, finalmente también prevalecería el tratado internacional sobre la ley, siempre y cuando estemos de acuerdo acerca de que, en nuestro derecho, los tratados internacionales están por encima de la ley nacional por razones de jerarquía lo que, como se sabe, no es una opinión unánime o, por lo menos, es discutida.

Con esto, señor Presidente, estoy llamando a reflexión a este Cuerpo sobre la inconveniencia de legislar en estos temas sobre la base del sistema de parches. La residencia permanente de personas de los países del Mercosur y asociados –incluida la excepción que se ha hecho con Brasil y que no está claramente establecida aquí– debe ser regulada, desde nuestro punto de vista, a nivel regional y bajo el principio de reciprocidad. Luego deberemos modificar nuevamente las leyes para adaptarlas a estas decisiones.

En cuanto a los familiares, me parece muy bien que se facilite la residencia permanente desde el exterior, lo que redundará en una simplificación de los trámites, pero considero que una cosa son los nacionales de Uruguay –nuestros familiares– y, otra, los nacionales de otros países que, como señalé, precisan enmarcarse en un concepto de facilitación de la libre circulación y establecimiento que nos integre, pero en un marco regulatorio regional que asegure la reciprocidad y la cohesión en la materia.

¿Por qué digo esto, señor Presidente? Porque a todo esto no solo se vinculan los temas de carácter internacional o multilateral sobre las leyes vigentes del Mercosur, sino también aspectos bilaterales con la República Federativa del Brasil y su legislación.

Esto debe ser analizado desde el punto de vista estratégico y en lo que tiene que ver con el alcance de las políticas de frontera. Todos sabemos las dificultades que tenemos con Brasil, que nunca ha tenido una reciprocidad adecuada para permitir que nuestros ciudadanos obtengan la residencia o, por lo menos, reciban los beneficios de una reciprocidad apropiada. Esta iniciativa tampoco garantiza eso, señor Presidente, entre otros motivos, porque ahora tenemos legislaciones muy diferentes con Brasil, por ejemplo, en cuanto a legalización de la droga. Precisamente, ese país tiene una clara disposición en ese sentido ya que, por ejemplo, ha destinado más de USD 2.000:000.000 en Río Grande del Sur para combatir el tema de la droga. Estamos hablando de que vamos a tener un país que va a facilitar trámites o residencias sin tener una legislación adecuada en materia de antecedentes penales, por ejemplo.

Tenemos otra legislación que ha sido aprobada en estos días, que es la relativa a los free shops. Brasil ha aprobado una norma que habilita a que los free shops brasileños tengan un tratamiento diferente a los uruguayos. Estamos hablando de que 5.000 puestos de trabajo van a verse afectados y también el 10 % de la recaudación de la Dirección General Impositiva porque, como dijimos, el tratamiento va a ser distinto. De esta forma, los brasileños van a poder comprar en sus free shops del lado brasileño mientras que nuestros compatriotas no pueden hacerlo en los free shops del lado uruguayo. Además, ese país modificó las normas respecto de los USD 300 y USD 150 para comerciar, lo que fue rectificado en 24 horas por una queja directa que hizo el Presidente de Paraguay a Brasil, hecho que determinó la modificación de estas normas.

Entonces, señor Presidente, no estamos en contra de manejarnos en una política de integración que avance, pero sí de que eso se haga sobre la base de estos parches, porque la interpretación va a apuntar a qué es lo que prevalece, si el tratado bilateral, el subgrupo de alto nivel o las normas del Mercosur y, sobre todo si, además, se agregan disposiciones y leyes que realmente pueden afectar a nuestro país en materia de residencia permanente. Digo esto, porque sabemos que ya tuvimos problemas, por ejemplo, con los médicos –nadie lo puede ignorar–, y hubo una rectificación de la política por una simple actitud, que después fue ajustada y corregida.

Desde nuestro punto de vista, vamos a tener problemas en este sentido, por lo que vuelvo a insistir en que si no tenemos una reciprocidad adecuada se repetirán las viejas californias históricas que determinaron que los brasileños residentes en Uruguay incidieran sobre nuestras políticas internas en la medida en que han heredado ese concepto desde la vieja idea de las fronteras vivas, que son parte de la naturaleza intrínseca de la política portuguesa.

Hoy en Paraguay hay 400.000 «brasiguayos» y, a la vez, brasileños que no tienen ningún límite. Si nosotros no funcionamos con la reciprocidad y exigencia adecuadas respecto a este tema, vamos a tener dificultades adicionales con residencias. Ni siquiera tenemos una ley que pueda detener o administrar la propia extranjerización de la tierra, salvo que estemos en condiciones de decir que Brasil puede seguir ingresando con la misma «mano productiva» que ya tiene una enorme participación en toda la cadena de productividad del país y, sobre todo, en el sector agropecuario.

Esto no lo digo con espíritu de obstaculizar, señor Presidente, pero considero que a este proyecto de ley le faltan antecedentes como, por ejemplo, el tratado bilateral con Brasil. Tampoco hay referencias al artículo 11 ni a las disposiciones que están vinculadas con el Acuerdo del Mercosur. Mientras tanto, estaríamos aplicando un tratamiento de carácter diferencial para residencias permanentes sin tener el concepto de reciprocidad asegurado y, por tanto, abriendo todas las fronteras sin contar, además, con la posibilidad de que Uruguay haga jugar sus intereses nacionales respecto de sus propios ciudadanos que residan fuera del país o que quieran tener tratamientos similares a los que implican las normas que estaríamos aprobando.

Este no es un tema menor. Quienes conocemos el tema con Brasil sabemos muy bien que la apertura, el reconocimiento de los títulos, la posibilidad de trabajar o de estar vinculado con una libre circulación de personas no ha sido históricamente factible. Además, en un proceso de integración donde la libertad de circulación de personas es la última instancia de un mercado común que está fallando en todos los aspectos que tienen que ver con los bienes, los servicios y los capitales, cuando ingresamos en estos temas debemos hacerlo con un criterio de reciprocidad adecuado. De lo contrario, se va a dar esta asimetría que se va a profundizar como una política de los vecinos y, en particular, de Brasil, que no va a hacer efectiva su reciprocidad de la manera que nosotros queremos, salvo que se diga que está asegurada. Sin embargo, tampoco podemos estar diciendo que está vigente un tratado multilateral –una norma que modifica algunos de los aspectos en cuestión– y también otro tratado de carácter bilateral con Brasil, que ya está firmado y que responde a un grupo de alto nivel que se maneja a nivel de las Subsecretarías de Relaciones Exteriores y que va avanzando sin necesidad de estar tomando en cuenta las normas del Mercosur o, mejor dicho, de lo que queda del Mercosur, señor Presidente.

Creo que en este marco de inseguridad jurídica y de parches, no le hacemos un favor a la seguridad del Uruguay en la defensa de su mercado de trabajo, de su política de frontera y, en particular, de los temas puntuales que debemos defender, que hoy –entre otras cosas– ponen en peligro miles de puestos de trabajo que no están contemplados en lo que, para nosotros, son las modificaciones unilaterales de las legislaciones de los países vecinos, que nos afectarán en forma directa, más allá de lo que podamos decir sobre los conceptos de residencia permanente.

Esta es nuestra preocupación, señor Presidente. Por lo tanto, preferimos que este proyecto de ley vuelva a Comisión y que se llame a la Cancillería, particularmente a la Dirección de Tratados, para obtener información y para que opine sobre estos temas diciendo cuáles son las normas vigentes: si las bilaterales o las multilaterales; que nos informe acerca de cómo avanzar en todos estos aspectos que tienen que ver con la diferencia de legislación, con el tema del free shop e, incluso, con la legalización de la droga que no será de fácil manejo, sobre todo en cuanto a la frontera seca.

Nos gustaría, entonces, que el tema volviera a ser estudiado con esos criterios, porque avanzar en forma compartimentada no solo fragiliza al país, sino que da una señal contradictoria de cuáles son las líneas básicas de nuestra proyección en política de frontera, en política bilateral y, sobre todo, en lo que queda de nuestra política multilateral en el ámbito del Tratado del Mercosur.

Por eso, señor Presidente, queríamos hacer estas reflexiones porque no vamos a ver realmente quiénes son los competentes, quiénes aplicarán las normas, quiénes se beneficiarán y, principalmente, qué régimen jurídico será aplicable a los nacionales de Brasil y Uruguay, por la superposición inorgánica que estamos teniendo en materia jurídica.

Por lo tanto, señor Presidente, proponemos que esta iniciativa vuelva a Comisión para recibir el asesoramiento claro de la Cancillería y de la Dirección de Tratados, para que expliquen de forma transparente cuál es el régimen jurídico que será aplicado nada menos que en materia de residencias permanentes en los temas vinculados con los socios del Mercosur y, en particular, a la República Federativa de Brasil.

Gracias, señor Presidente.

SEÑOR CONDE.- Pido la palabra.

SEÑOR PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor Senador.

SEÑOR CONDE.- Señor Presidente: he seguido atentamente la exposición del señor Senador Abreu y debo decir que tenemos la convicción de que no hay mérito para frenar la aprobación de este proyecto de ley y volverlo a Comisión. Entendemos que las normas son suficientemente claras, que no hay contradicciones que impidan su aplicación y, además, que obedecen a una política, no resultando de una simple consecuencia de negociaciones aisladas que terminan generando una situación de confusión o un cuadro normativo de parches, como lo ha calificado en forma gráfica el señor Senador Abreu.

Está claro que las normas que estamos analizando –como bien lo ha señalado el señor Senador– deben leerse, interpretarse y aplicarse de una forma integrada. Me refiero, fundamentalmente, a tres normas que ya han sido citadas aquí e internalizadas en Uruguay: la Ley n.º 17927, Tratado de Residencia del Mercosur, Bolivia y Chile; la Ley n.º 18250, de Migraciones, en su Decreto Reglamentario n.º 394/09; y la Ley n.º 19214, Convenio Bilateral de Residencias entre Uruguay y Brasil.

¿Por qué decimos que estas leyes deben verse en forma integrada? Porque obedecen, precisamente, a una visión política de este problema.

Aunque el Acuerdo de Residencia entre Mercosur, Bolivia y Chile –según la información que pude recabar en los últimos días–, está vigente en todos los países del Mercosur, excepto en Venezuela, y los términos que están acordados ahí a nivel multilateral y regional garantizan la aplicación de la más completa reciprocidad –porque ya es ley interna en todos los países que firmaron los Acuerdos, es decir, está internalizada–, nosotros hemos decidido ir un paso más adelante en la política bilateral con Brasil. Dejo en un punto aparte una referencia, que haré luego, con respecto a la Argentina.

¿Por qué hemos decidido ir un paso más adelante o, si se quiere, dar un paso más rápido en la relación Uruguay-Brasil que lo que marca el Tratado Marco o el Acuerdo General del Mercosur? Por varias razones evidentes. Por un lado, Uruguay tiene 1050 kilómetros de frontera terrestre con Brasil. Por otra parte, la vida en la región fronteriza entre Uruguay y Brasil es de una intensísima interacción desde todo punto de vista –social, cultural y económico–, que facilita intercambios de todo tipo en sus facetas tanto productivas como comerciales. Asimismo, la frontera entre Uruguay y Brasil es el escenario permanente de cooperación, a través de múltiples convenios que han firmado nuestros institutos educativos, las Universidades de ambos lados, los institutos sociales dependientes de los Ministerios de Desarrollo Social, las Cámaras de Comercio y las distintas unidades de atención en salud de los Ministerios de Salud Pública, tanto federales como estaduales del lado brasileño, etcétera. O sea que la interacción en esa frontera es completa por la vía de los hechos y, naturalmente, esto genera una realidad muchísimo más avanzada o, si se quiere, más evolucionada en lo que hace a la convivencia de los nacionales de ambos países, que la que se genera entre los residentes de Uruguay y Paraguay, Uruguay y Bolivia, o Uruguay y Chile, con los cuales naturalmente queremos avanzar en materia de derechos migratorios, pero con quienes no tenemos fronteras comunes y con quienes la interacción es muchísimo más débil, tanto en cantidad como en calidad.

De modo que hay sobradas razones –sería hasta ocioso seguir insistiendo– para determinar que la residencia con Brasil amerita una legislación especial con ese país. Por lo tanto, esto responde a una definición de prioridad estratégica, no a una política de parches ni tampoco a una política de confusión. Reitero, responde a una definición de prioridad estratégica, que se expresa en la relación Uruguay-Brasil, no solo en este campo sino en muchos otros de la vida nacional.

Es precisamente por eso que hemos aprobado este Acuerdo bilateral con Brasil. ¿Cuál es el avance que, en definitiva, este ha pautado respecto al Acuerdo general con el Mercosur de la Ley n.º 17927? Que se suprime el requisito de la probatoria de medios de vida lícitos. El Acuerdo del Mercosur reclama –como la mayoría de los acuerdos multilaterales de residencia permanente– la acreditación, por parte de los solicitantes, de medios de vida lícitos que permitan la subsistencia del peticionante y su grupo familiar conviviente.

Nosotros hemos suprimido este requisito para las solicitudes que los brasileños hagan para residir en forma permanente en el Uruguay y viceversa. Este es el cambio sustancial. Ahora hemos extendido este beneficio de manera unilateral, pero visto en perspectiva no es una concesión del Uruguay, sino un paso que da nuestro país, en la perspectiva y en la seguridad de que todos los países del Mercosur irán progresando en esta dirección y avanzando en este camino.

No es la primera vez que al Uruguay le toca dar el primer paso. En otros casos, otros países lo han dado, y después hemos seguido nosotros para adoptar políticas de integración muy avanzadas. Esto responde –como dije ya– a una definición de prioridad estratégica en la relación internacional del país. Sería ocioso decir –pero voy a mencionarlo para que no quede un vacío en la estructura jerárquica normativa– que es un mandato directo, claro y contundente del artículo 6.º de la Constitución de la República que mandata a los Gobiernos del Uruguay a tomar medidas conducentes a la integración económica y social de nuestros países, el gran debate es acerca de la integración política. Esta es una Constitución que considero absolutamente vieja e insuficiente, que hay una necesidad perentoria de reformarla, que no la hicimos ni la votamos nosotros, pero que, reitero, en este aspecto, el mandato de la integración social y económica de nuestros países es absolutamente contundente y claro. Y la política migratoria es uno de los campos más característicos de la integración social de nuestros pueblos. De modo que responde a ese ordenamiento jurídico, a esa definición de prioridad estratégica y a esta decisión específica del actual Gobierno del Uruguay de dar un paso adelante suprimiendo la probatoria de medios de vida para los ciudadanos de Brasil que soliciten la residencia. Aquí la reciprocidad, de la que bien hablaba el señor Senador Abreu, está garantizada porque se trata de un acuerdo bilateral entre Uruguay y Brasil. Sin embargo, no hay reciprocidad respecto de otros países del Mercosur a los cuales nosotros les estamos dando –si se quiere ver así– el beneficio de que sus nacionales puedan solicitar residencia permanente en Uruguay sin probatoria de medios de vida, y no tenemos la seguridad –hasta el momento–, de que cuando un uruguayo solicite la residencia permanente en Bolivia, Chile o en Paraguay, vaya a ser tratado de la misma manera, pero no nos produce ningún temor específico porque nuestros países se están moviendo en esa dirección. El Uruguay hace bien en marcar ese camino –como nos ha tocado otras veces hacerlo–, y ser vanguardia de medidas conducentes a la efectiva integración de nuestras naciones.

Luego tenemos algunas discusiones subsidiarias que no hacen a la médula del punto que estoy mencionando, que tienen que ver con la política de seguridad. Aquí no se lesiona en absoluto dicha política, porque se siguen requiriendo los antecedentes penales, judiciales o policiales. Se usa diferente terminología en los dos Acuerdos –recojo la observación que en términos técnicos puede caber, realizada por el señor Senador Abreu– es decir, en este Acuerdo y en el Acuerdo Bilateral con Brasil, lo que en algún punto puede inducir a confusión, pero en ningún caso a una contradicción sustancial, porque la documentación sobre estos antecedentes se exige en ambos acuerdos y no caben dudas de que son los Ministerios del Interior –o aquellos que cumplan las funciones de seguridad interna–, los que tienen que proveer esa certificación.

El artículo 2.º del Acuerdo con Brasil se refiere al certificado o declaración jurada de ausencia de antecedentes judiciales o penales, o policiales, y el proyecto de ley que está a consideración dice: «El Ministerio de Relaciones Exteriores dará traslado al Ministerio del Interior a los efectos de que se expida respecto de los antecedentes penales del peticionario, en un plazo máximo de quince días hábiles». En este Acuerdo se fija un plazo que no se fija en el Acuerdo bilateral con Brasil; aquí se habla de antecedentes penales, en el Acuerdo bilateral con Brasil se habla de certificado o declaración jurada de ausencia de antecedentes judiciales o penales, o policiales, pero me parece que esto no significa una contradicción del tal grado que haga inviable las normas y, en todo caso, primaría el Acuerdo bilateral con Brasil en lo que hace a la especificidad cuando se trate de nacionales uruguayos o brasileños.

Otro punto que se ha discutido tiene que ver con el rol del Ministerio de Relaciones Exteriores. No cabe ninguna duda que la política migratoria de un país, es una materia perteneciente a la política internacional. Además, los acuerdos migratorios, normalmente, son parte de los organismos multilaterales de Naciones Unidas que regulan el tema, y no por casualidad el Secretario General de las Naciones Unidas tiene un Alto Comisionado para las Migraciones. De modo que esta materia le cabe en específica responsabilidad al Ministerio de Relaciones Exteriores cuando tiene que definir qué tipo de política migratoria, en ejecución de la política internacional de un país, se quiere llevar a cabo.

El hecho de que la tramitación pueda hacerse en las oficinas diplomáticas o consulares de la República es una facilitación que el Estado uruguayo quiere otorgar a todas aquellas personas de los países con quienes se firman estos acuerdos, para que puedan, de una manera más inmediata, más práctica y más fácil, solicitar la residencia permanente en el Uruguay porque nuestro país y este Gobierno tienen una política de promoción de la residencia permanente de ciudadanos. Creemos que eso es bueno para la República y si, además, son ciudadanos pertenecientes a nuestra comunidad cultural «mercosuriana», sudamericana, etcétera –comunidad cultural, social, histórica, incluso económica–, no dudamos en calificar esto como un beneficio para el fortalecimiento de nuestros factores de desarrollo.

En definitiva, señor Presidente, si uno lee de forma integrada estas tres normas, no se advierten contradicciones entre ellas, puede haber alguna discordancia en el lenguaje, pero no una contradicción de conceptos que impida su aplicación.

La normativa responde a una definición estratégica del Gobierno nacional –de interés nacional– de fomentar la radicación permanente de extranjeros en Uruguay y, en definitiva, en lo que hace a la reciprocidad, la tenemos garantizada con Brasil. Uruguay ha tenido un gesto de avanzada –confío en que los demás países lo interpreten como tal– para promover en los demás países del Mercosur la reciprocidad –hay que revisar, perfeccionar o mejorar el propio Tratado del Mercosur– en suprimir la probatoria de medios de vida, que nosotros estamos en condiciones de hacer.

Los otros aspectos que se han mencionado aquí, que tienen que ver con la cuestión comercial o con la cuestión de las drogas, corresponden a políticas nacionales de los países y si violan los acuerdos del Mercosur, Uruguay tendrá que plantearlo en los organismos correspondientes, pero no nos parece que sean temas que se puedan transformar en un obstáculo para la aplicación de la normativa que tenemos bajo tratamiento.

Finalmente, me cabe hacer un último comentario de índole general, que es insistir una vez más en que los dos grandes países de migración de uruguayos en la región son Brasil y Argentina. Con Brasil el Tratado de 2014 garantiza la reciprocidad, y con Argentina esa reciprocidad está garantizada por la propia historia y por la propia vida, porque el país más generoso que ha habido en toda la historia del Uruguay para recibir migrantes uruguayos ha sido la Argentina. De modo que, en ese caso particular, ni siquiera estamos hablando de pueblos extraños, estamos hablando de Estados diferentes, pero de pueblos hermanos.

Es todo cuanto quería manifestar.

SEÑOR PASQUET.- Pido la palabra.

SEÑOR PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor Senador.

SEÑOR PASQUET.- Muchas gracias, señor Presidente. Trataré de ser breve en mi exposición.

En primer lugar, el señor Senador Abreu dijo que a su entender era necesario contar con otros elementos de juicio antes de votar el proyecto de ley. Si presenta una moción en ese sentido, vamos a acompañarla hasta por razones mínimas de cortesía parlamentaria. Si ese temperamento no prosperase y debiese considerarse el fondo del asunto, adelantamos que vamos a votar afirmativamente, no porque el proyecto de ley no nos merezca reparos –que nos los merece–, sino porque pensamos que en el balance pesan más las consideraciones que justifican su aprobación.

Voy a empezar por las cuestiones menores, las que nos merecen reparos –que, si se quiere, son hasta de técnica legislativa– como es el caso del artículo 1.º, que modifica el literal B) del artículo 27 de la Ley n.º 18250. Esa disposición refiere a las competencias del Ministerio del Interior y, a propósito de ellas, se asignan nuevas atribuciones al Ministerio de Relaciones Exteriores; ese es el sentido de la modificación. Si bien no es algo trascendente ni de mayor importancia, no parece muy prolijo asignarle competencias al Ministerio de Relaciones Exteriores en un artículo donde se tratan, precisamente, las competencias del Ministerio del Interior.

Otro aspecto que queremos señalar es que por este proyecto de ley se otorga al Ministerio del Interior un plazo máximo de quince días hábiles para investigar los antecedentes penales del peticionario. Los funcionarios de la referida Cartera que concurrieron a la Comisión de Constitución y Legislación a fin de informar sobre este asunto, señalaron que normalmente demoran por lo menos un mes en investigar los antecedentes; sin embargo, aun disponiendo de ese dato, aquí se les está dando solamente quince días hábiles. No nos parece que sea un criterio razonable. Se les debería haber otorgado, al menos, ese lapso que mencionaron, con la esperanza de que en el futuro todo se haga mejor, de forma más eficiente y rápida, pero no cercenar así, a priori, un plazo en verdad necesario para cumplir una tarea absolutamente ineludible, como es la de verificar si la persona que pretende instalarse en el país tiene, o no, antecedentes penales. A nuestro juicio, este punto merecía otro tratamiento que, sin duda, se le hubiera dado de no haber mediado el ánimo de culminar el trámite legislativo antes del fin de esta legislatura.

Estos reparos que tenemos, señor Presidente, no nos impiden votar afirmativamente el proyecto de ley, por las razones que seguidamente paso a detallar.

SEÑOR ABREU.- ¿Me permite una interrupción, señor Senador?

SEÑOR PASQUET.- Con mucho gusto.

SEÑOR PRESIDENTE.- Puede interrumpir el señor Senador Abreu.

SEÑOR ABREU.- Gracias, señor Senador.

Agradezco también al señor Senador Conde los aportes que ha realizado.

La pregunta a formular es muy sencilla: ¿qué sucede con los ciudadanos brasileños? Es decir, ¿qué norma se les aplica: el convenio bilateral o esta reforma de la ley migratoria? Simplemente eso. Queremos saber qué opina el Gobierno al respecto.

Si se va a aplicar esta ley de reforma migratoria, hay que tener presente que ella deroga las normas del Tratado bilateral con Brasil y que, eventualmente, podrá haber responsabilidades internacionales de otra naturaleza. Ahora bien, si se quiere aplicar, no el principio derogatorio, sino el de la especialidad, prevalecería el Acuerdo con Brasil y, por tanto, estaría por encima de las normas del Mercosur, con un tratamiento diferencial. La cuestión es muy sencilla: si con Brasil se aplica la ley, basta con una declaración jurada por parte de las autoridades, en la que solo se toma nota de que están dispuestas, precisamente, en el Acuerdo con dicho país.

Reitero la pregunta que queremos hacer al Gobierno: ¿cuál es la normativa que se va a aplicar: la ley con el Brasil –la bilateral– o la migratoria? Porque son excluyentes y dependen del criterio que queramos utilizar. Si se emplea el criterio de la derogación, una ley posterior deroga a la anterior; si se opta por el principio de la especialidad, quedaría vigente el Acuerdo con Brasil, con un tratamiento diferencial para los acuerdos bilaterales con ese país, que nada tendrán que ver con el Mercosur, sino con una aproximación de carácter bilateral y jurídica entre dos países.

Por lo tanto, debe quedar muy en claro –porque, como dice la propia Constitución, cuando la letra de la ley no es clara, la interpretación corre por cuenta de los aportes que puedan haberse hecho en la discusión sobre el espíritu de la ley– si el Gobierno quiere aplicar la ley general, o hacer prevalecer el principio de especialidad sobre las normas vigentes en materia multilateral.

Agradezco nuevamente al señor Senador Pasquet por su deferencia.

SEÑOR PRESIDENTE.- Puede continuar el señor Senador Pasquet.

SEÑOR PASQUET.- El señor Senador Abreu dice que le plantea la pregunta al Gobierno, y es notorio que quien habla no lo integra; sin embargo, como siento un profundo optimismo, se la voy a contestar igual, de cara al porvenir.

A mi juicio es muy claro –aunque, naturalmente, puedo equivocarme– que a la relación con los brasileños se aplicará el Tratado con Brasil, en función del principio de especialidad –que bien señalaba el propio señor Senador Abreu– y de la primacía del Derecho Internacional. No podemos mañana decirle a Brasil que no vamos a cumplir con tal o cual norma del Tratado que hemos suscrito porque esta ley lo impide o dispone otra cosa, pues una norma de Derecho interno no puede esgrimirse válidamente para no cumplir una de Derecho Internacional, como lo son las consagradas en el Tratado entre Uruguay y Brasil. Por lo tanto, desde el punto de vista jurídico, esto me parece muy claro.

Yendo al fondo del asunto y pensando en la relación, no con Brasil –que ya está encaminada a través de este Tratado–, sino con los demás países miembros del Mercosur y Estados asociados, la razón determinante es la siguiente: Uruguay tiene un gran problema demográfico. Este debiera ser el telón de fondo de todas nuestras reflexiones sobre este tema. ¡Necesitamos que venga gente a poblar el país! ¡Somos muy pocos! Uruguay es el país con menor población de América del Sur. Necesitamos gente que venga a trabajar, que se integre a las actividades productivas y empiece a aportar a la seguridad social. Es una necesidad nacional de primer orden. Entonces, no me preocupa que no haya reciprocidad; algún día lo habrá. Y está bien que asumamos –como lo expresó el señor Senador Conde– un papel de vanguardia; eso también le hace bien a la imagen internacional del país. Pero, hasta por una razón egoísta, nacional, necesitamos que venga gente. ¡Que vengan, sí, los paraguayos, los bolivianos y los chilenos que quieran venir! ¡Que sean bienvenidos y que encuentren en esta tierra un lugar de acogida donde trabajar y prosperar! ¡Ojalá que eso les haga bien! Sin duda, le va a hacer bien al Uruguay.

Para nosotros, sigue siendo cierto lo que decía Alberdi: «Gobernar es poblar». Facilitemos la venida de inmigrantes. Alberdi pensaba en europeos; démosle nosotros la bienvenida, también, a los americanos. ¡Necesitamos gente! Este país, que no es tan chico –somos más grandes que muchos países europeos– y tiene una gran historia, necesita gente; hagamos, pues, todo aquello que contribuya a que esa gente venga y se instale aquí.

Por esas razones, pese a los reparos que he planteado –y que también expuse en el ámbito de la Comisión, sin mayor éxito–, voy a votar afirmativamente el proyecto de ley en consideración.

SEÑOR CONDE.- Pido la palabra para una aclaración.

SEÑOR PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor Senador.

SEÑOR CONDE.- En cuanto a la aplicación del principio de especificidad que dimana de las normas de derecho internacional, ya el señor Senador Pasquet ha sido absolutamente claro, por lo que no amerita que hagamos ningún otro comentario. En cuanto a los métodos, la reglamentación o los requisitos, también nos vamos a manejar con Brasil con el mismo criterio de reciprocidad. El acuerdo específico con Brasil hace referencia al certificado o declaración jurada de ausencia de antecedentes. En la aplicación de este Tratado podemos utilizar el certificado y, en ese caso, no difiere en absoluto el Tratado que estamos votando ahora con los de los demás países del Mercosur. El certificado lo expedirá la autoridad de seguridad interna de cada país.

Otra posibilidad es que se termine aplicando en forma bilateral –y, naturalmente, diferenciada del acuerdo que estamos votando hoy– el mecanismo de la declaración jurada; pero si eso fuera así, se haría con reciprocidad: si los brasileños aceptan que nuestros solicitantes puedan acogerse a la residencia solo con la declaración jurada, aceptaremos la misma metodología para los brasileños que quieran acogerse a la residencia en Uruguay.

Usaremos uno u otro mecanismo, de acuerdo a una metodología simétrica que deberemos fijar, porque es lo que está en la base de la aplicación de un acuerdo bilateral de esta naturaleza.

SEÑOR PRESIDENTE.- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar en general el proyecto de ley.

(Se vota:)

–25 en 25. Afirmativa. UNANIMIDAD.

En discusión particular.

Léase el artículo 1.º del proyecto de ley.

(Se lee:)

SEÑOR SECRETARIO (Gustavo Sánchez Piñeiro).- «Artículo 1.º.- Sustitúyese el literal B) del artículo 27 de la Ley n.º 18250, de 6 de enero de 2008, por el siguiente:

“B) Otorgar y cancelar a las personas extranjeras la residencia definitiva en los casos señalados en esta ley, salvo en los de cónyuges, concubinos, padres, hermanos y nietos de uruguayos y los nacionales de los Estados Partes del Mercosur y Estados Asociados, los que serán cometidos del Ministerio de Relaciones Exteriores”».

SEÑOR PRESIDENTE.- En consideración.

La Mesa recuerda al Cuerpo que, de acuerdo con lo establecido por el artículo 174 de la Constitución de la República, la aprobación de este artículo requiere mayoría absoluta.

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota:)

–25 en 25. Afirmativa. UNANIMIDAD.

Léase el artículo 2.º.

(Se lee).

SEÑOR SECRETARIO (Gustavo Sánchez Piñeiro).- «Artículo 2.º.- Sustitúyese el artículo 33 de la Ley n.º 18250, de 6 de enero de 2008 por el siguiente:

“ARTÍCULO 33.- Tendrán la categoría de residentes permanentes:

a) Los cónyuges, concubinos, padres, hermanos y nietos de uruguayos bastando que acrediten dicho vínculo.

b) Los nacionales de los Estados Parte del Mercosur y Estados Asociados que acrediten dicha nacionalidad.

La solicitud de trámite de residencia podrá ser presentada ante el Ministerio de Relaciones Exteriores o las Oficinas Consulares de la República.

El Ministerio de Relaciones Exteriores dará traslado al Ministerio del Interior a los efectos de que se expida respecto de los antecedentes penales del peticionario, en un plazo máximo de quince días hábiles.

El Ministerio de Relaciones Exteriores deberá expedirse sobre el otorgamiento de la residencia solicitada en un plazo no mayor a treinta días hábiles.

A los efectos de la reglamentación, los requisitos correspondientes no podrán resultar más exigentes que los previstos para tramitar la residencia temporal”».

SEÑOR PRESIDENTE.- En consideración.

De acuerdo con lo establecido por el artículo 174 de la Constitución de la República, la aprobación de este artículo también requiere mayoría absoluta.

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota:)

–25 en 25. Afirmativa. UNANIMIDAD.

Léase el artículo 3.º.

(Se lee:)

SEÑOR SECRETARIO (Gustavo Sánchez Piñeiro).- «Artículo 3.º.- El Poder Ejecutivo reglamentará esta ley dentro de los treinta días de su publicación».

SEÑOR PRESIDENTE.- En consideración.

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota).

–25 en 25. Afirmativa. UNANIMIDAD.

SEÑOR ABREU.- Pido la palabra para fundar el voto.

SEÑOR PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor Senador.

SEÑOR ABREU.- Señor Presidente: hemos votado este proyecto de ley porque se trata de normas que van al encuentro de determinadas líneas de residencia, pero lo hemos hecho, también, con las observaciones jurídicas y las dificultades que hemos planteado.

Desde ya creemos que habrá alguna dificultad en la interpretación de las normas. La reglamentación de esta ley no va a poder resolver la cuestión de cuáles son las disposiciones vigentes para los brasileños –es decir, si se trata del convenio bilateral o del multilateral– y cuáles los trámites que habrán de realizarse.

Hacemos esta advertencia porque, como a veces no tenemos la fuerza de convicción suficiente, intentamos que pueda verse que a la hora en que se planteen algunas dificultades –aplicando aquello de que Infelizmente eu virei–, cada uno tendrá que asumir la forma en que aprobó esta normativa, ya que esta bilateralidad está absolutamente reñida con las normas de integración que hemos tratado de impulsar desde hace mucho tiempo y que, entre otras cosas, han constituido una de las banderas –por decirlo así– que hemos sostenido, o uno de los aspectos que hemos discutido, sobre todo, en la orientación política del proceso de integración.

Gracias, señor Presidente.

SEÑOR PRESIDENTE.- Queda sancionado el proyecto de ley, que se comunicará al Poder Ejecutivo.

(No se publica el texto del proyecto de ley sancionado por ser igual al considerado).

13) SOCIEDADES ANÓNIMAS Y EN COMANDITA POR ACCIONES

SEÑOR PRESIDENTE.- Se pasa a considerar el asunto que figura en cuarto término del Orden del Día: «Proyecto de ley por el que se establecen normas para la depuración de sociedades inactivas y para la identificación de titulares de participaciones patrimoniales al portador en las Sociedades Anónimas y en Comandita por Acciones. (Carp. n.º 1374/2013 – Rep. n.º 1114/2014 y Anexo I)».

(Antecedentes:)

f001.jpg

f002.jpg

f003.jpg

f004.jpg

f005.jpg

f006.jpg

f007.jpg

f008.jpg

f009.jpg

f010.jpg

f011.jpg

f012.jpg

f013.jpg

f014.jpg

f015.jpg

f016.jpg

f017.jpg

f018.jpg

f019.jpg

f020.jpg

f021.jpg

f022.jpg

f023.jpg

f024.jpg

f000.jpg

f027.jpg

f028.jpg

f029.jpg

f030.jpg

f031.jpg

f032.jpg

f033.jpg

f034.jpg

f035.jpg

f036.jpg

f037.jpg

f038.jpg

f039.jpg

f040.jpg

f041.jpg

f042.jpg

f043.jpg

f044.jpg

f045.jpg

f046.jpg

f047.jpg

f048.jpg

f049.jpg

f050.jpg

f051.jpg

f052.jpg

f053.jpg

f054.jpg

f055.jpg

f056.jpg

f057.jpg

f058.jpg

f059.jpg

f060.jpg

f061.jpg

f062.jpg

f063.jpg

f064.jpg

f065.jpg

f066.jpg

f067.jpg

f068.jpg

f069.jpg

f070.jpg

f071.jpg

f072.jpg

f073.jpg

f074.jpg

f075.jpg

f076.jpg

f077.jpg

f078.jpg

f079.jpg

f080.jpg

f081.jpg

f082.jpg

f083.jpg

f084.jpg

f085.jpg

f086.jpg

f087.jpg

f088.jpg

f089.jpg

f090.jpg

f091.jpg

f092.jpg

f093.jpg

f094.jpg

f095.jpg

f096.jpg

f097.jpg

f098.jpg

f099.jpg

f100.jpg

f101.jpg

f102.jpg

f103.jpg

f104.jpg

f105.jpg

f106.jpg

f107.jpg

f108.jpg

f109.jpg

f110.jpg

f111.jpg

f112.jpg

f113.jpg

f114.jpg

f115.jpg

f116.jpg

f117.jpg

f118.jpg

f119.jpg

f120.jpg

f121.jpg

f122.jpg

f123.jpg

 

 

f124.jpg

f125.jpg

f126.jpg

f127.jpg

f128.jpg

f129.jpg

f130.jpg

f131.jpg

f132.jpg

f133.jpg

f134.jpg

f135.jpg

f136.jpg

f137.jpg

f138.jpg

f139.jpg

f140.jpg

f141.jpg

f142.jpg

f143.jpg

f144.jpg

f145.jpg

f146.jpg

f147.jpg

f148.jpg

f149.jpg

f150.jpg

f151.jpg

f152.jpg

f153.jpg

f154.jpg

f155.jpg

f156.jpg

f157.jpg

f158.jpg

f159.jpg

g001.jpg

g002.jpg

g003.jpg

g004.jpg

g005.jpg

g006.jpg

g007.jpg

g008.jpg

g009.jpg

g010.jpg

g011.jpg

g012.jpg

g013.jpg

SEÑOR PRESIDENTE.- Léase el proyecto.

(Se lee:)

–En discusión general.

Tiene la palabra el miembro informante, señor Senador Baráibar.

SEÑOR BARÁIBAR.- Señor Presidente: el proyecto de ley que está a consideración fue analizado en la Comisión de Hacienda y su texto, en general, fue votado y remitido al Plenario del Senado.

Tal como lo plantea el Poder Ejecutivo en la exposición de motivos, se trata de una iniciativa de gran complejidad temática, por lo que antes de ser remitida al Poder Legislativo ameritó el trabajo conjunto de un equipo multidisciplinario, integrado por técnicos de los organismos directamente involucrados en los sistemas de control de las entidades correspondientes, a saber: Auditoría Interna de la Nación, Banco Central del Uruguay, Dirección General Impositiva, Dirección General de Registros y Ministerio de Economía y Finanzas.

Asimismo, una versión del anteproyecto de ley fue enviada a la Asociación de Escribanos del Uruguay al Colegio de Contadores, Economistas y Administradores del Uruguay y al Colegio de Abogados del Uruguay.

En la Comisión de Hacienda recibimos asesoramiento permanente acerca del tema. En ese sentido, comparecieron el señor Ministro de Economía y Finanzas y sus asesores, entre ellos, el contador Fernando Serra, quien en todo momento colaboró para aclarar las dudas que podían surgir con respecto al proyecto de ley. Asimismo, recibimos a delegaciones de organizaciones involucradas en el tema, como es el caso del Colegio de Abogados del Uruguay.

La Ley n.º 18930 –que figura en la página 141 del Repartido que obra en poder de los señores Senadores– fue aprobada el 17 de julio de 2012, es decir, hace relativamente poco tiempo. Se la denominó: Convergencia Técnica en Materia de Transparencia Fiscal Internacional, y por ella se estableció la obligación de identificación de los titulares de participaciones patrimoniales emitidas al portador, a través de la inscripción en un registro que, a tales efectos, lleva el Banco Central del Uruguay y que, en general, implica un régimen cuya autoridad de control es la Auditoría Interna de la Nación.

La referida norma legal abarca todo tipo de participación emitida al portador –entre otros, fideicomisos y fondos de inversión–, pero el conjunto más significativo lo constituyen las sociedades anónimas con acciones al portador.

A su vez, la ley implicaba también la creación de un procedimiento que fuera una vía rápida para la transformación de las sociedades con acciones al portador en sociedades con acciones nominativas.

La acumulación de sociedades anónimas con una situación patrimonial incierta, que no han cumplido con las obligaciones de identificación de los accionistas en conformidad con la Ley n.º 18930, genera inconvenientes para la tarea de efectuar controles en materia tributaria, comercial, registral y para la prevención del lavado de activos y financiamiento al terrorismo. Todo este proceso tiene que ver con la apertura, la mayor transparencia tributaria, los convenios y acuerdos internacionales, la flexibilización del régimen de secreto bancario, la eliminación en la reforma tributaria de las sociedades anónimas financieras de inversión y la referida ley de registro de accionistas al portador de este tipo de entidades.

(Ocupa la Presidencia el señor Senador Ope Pasquet).

–En su comparecencia ante la Comisión, el señor Ministro de Economía y Finanzas, contador Mario Bergara, dijo que ese proceso había sido exitoso en la medida en que, en un universo estimado que podría estar rondando las 39.000 sociedades con acciones al portador y unas 6.000 con acciones nominativas, 13.500 sociedades con acciones al portador se transformaron en sociedades con acciones nominativas. A su vez, en el Registro a cargo del Banco Central referido a los datos relacionados con la estructura de propiedad de cada empresa, 23.500 sociedades registraron la información solicitada en ese proceso, que en su momento tenía como fecha de finalización el 30 de abril de 2013 y luego se extendió al 31 de mayo del mismo año. De modo que esta es información procesada al 31 de mayo de 2013, y la situación se mantuvo esencialmente incambiada a partir de ese momento. Por otra parte, se registran 19.500 sociedades anónimas con acciones nominativas.

Estos datos demuestran que no existe una tendencia definida por alguno de los regímenes vigentes, lo cual justifica plenamente el mantenimiento de un régimen mixto de identificación de accionistas.

A la luz de estos cambios, ahora existe un número de sociedades –que no es sencillo determinar pero que sigue siendo relativamente importante, por lo menos así lo consideran quienes están especializados en la materia– que se encuentran en una situación jurídica incierta, puesto que en algún momento se registraron ante la Dirección General de Registros y algunas de ellas se transformaron, cesaron su actividad o quizás nunca la tuvieron. Dicha situación es el resultado de la vigencia, durante un largo período, de un régimen de sociedades con identificación secreta.

En las actuales circunstancias existen grupos de sociedades anónimas con acciones al portador en situación indefinida, que no han cumplido con las obligaciones impuestas por la Ley n.º 18930, de 17 de julio de 2012.

A su vez, las sociedades anónimas que fueron clausuradas de oficio por la DGI no habían presentado las declaraciones fiscales ni pagado el Impuesto de Control de Sociedades Anónimas (Icosa) por un lapso de tres años. Esta clausura solo tiene efectos administrativos para dicho organismo. Esa situación se ha prolongado en el tiempo y es consecuencia del propio diseño del sistema jurídico comercial aplicable a las sociedades anónimas, donde la propiedad de las acciones se encontraba bajo la cobertura de un riguroso secreto, no existiendo oposición de intereses para estimular su disolución y liquidación.

Entre estas sociedades clausuradas de oficio por la DGI pueden encontrarse aquellas que fueron utilizadas con fines instrumentales o que sirvieron transitoriamente para proceder al cambio de la propiedad de determinados bienes; esto se concluye por el propio desinterés de los accionistas en cumplir con sus obligaciones fiscales.

El presente proyecto de ley tiene como objetivo primordial resolver los problemas que hacen que a las sociedades les sea dificultoso cumplir con la identificación de los titulares de participaciones patrimoniales emitidas al portador, y se propone efectuar una depuración de las sociedades anónimas y en comandita por acciones incumplidoras de las obligaciones de identificación de sus accionistas, para las cuales se establecen diferentes soluciones, según el grado de incumplimiento de la Ley n.º 18930, de julio de 2012.

Para lograr el referido objetivo se proponen dos tipos de soluciones: a) las sociedades que no identifiquen a titulares que alcancen a representar la mitad o más del capital integrado quedarán disueltas de pleno derecho en un plazo de noventa días, sin necesidad de trámite administrativo de ningún tipo; b) en caso de que la sociedad no resulte disuelta de pleno derecho y los titulares no cumplan con la obligación de identificarse ante la sociedad, serán estos los que perderán la calidad de titulares.

Por otra parte, este proyecto de ley tiene como objetivo solucionar también el problema de los incumplimientos sobre la identificación de titulares de participaciones patrimoniales al portador emitidas por fideicomisos, fondos de inversión y otras entidades, con soluciones análogas a las mencionadas.

(Ocupa la Presidencia el señor Danilo Astori).

–En el marco de la presente iniciativa, se propone un conjunto de normas tendientes a evitar que en lo sucesivo se vuelva a generar el inconveniente de la existencia de sociedades vigentes sin contenido económico real, así como el surgimiento de omisiones en la identificación de los titulares de las participaciones patrimoniales al portador.

En concreto, el proyecto de ley tiene como fin esencial solucionar el problema de los incumplimientos, sobre todo en el caso de aquellas sociedades que efectivamente tienen razón de ser, tienen un objeto y pretenden seguir funcionando.

En definitiva, esta ha sido una síntesis del proyecto de ley, que consta de veintiún artículos, cuyo contenido resumiré a continuación.

El artículo 1.º refiere al ámbito de aplicación y a la disolución de pleno derecho, estableciendo que las sociedades anónimas y en comandita por acciones –artículo 1.º de la Ley n.º 18930, de 17 julio de 2012– que no cumplan en el plazo de noventa días con la obligación de informar sobre los titulares que representan, al menos, el 50 % del capital integrado –artículos 6.º y 7.º de la Ley n.º 18930– quedarán disueltas de pleno derecho. En tal caso, no será de aplicación lo dispuesto en la Ley n.º 16060, de 1989, en los artículos 165 –criterio de subsistencia de la sociedad en caso de duda en la configuración de la causal de disolución– y 166, reactivación de la sociedad disuelta por resolución de la mayoría de los socios.

El registro de los titulares que presenten al menos el 50 % del capital integrado significa identificar a quien tiene el control efectivo de la sociedad. Se tendrá en cuenta para determinar el porcentaje referido, las participaciones patrimoniales al portador, nominativas y escriturales integradas. Asimismo, serán de aplicación, en lo pertinente, a las entidades, fideicomisos y fondos de inversión, las disposiciones del presente proyecto, según lo dispuesto por el artículo 15.

El artículo 2.º hace mención a la situación de los mandatos y poderes que hubiere otorgado la sociedad hasta el momento, los que resultarán rescindidos o revocados por el imperio legal, una vez disuelta la entidad por la causal prevista en el artículo anterior.

El artículo 3.º establece el plazo para la liquidación. Una vez pasados los noventa días de plazo estipulados en el artículo 1.º, las sociedades disueltas de pleno derecho dispondrán de un plazo de ciento veinte días para proceder a su liquidación, lo cual implica la extinción de los pasivos y la adjudicación de los activos, estando en condiciones aquí para cancelar su personería jurídica mediante el procedimiento automático previsto en el presente artículo 19, relativo a la cancelación de la inscripción, que involucra la clausura ante la Dirección General Impositiva y el Banco de Previsión Social, y la posterior comunicación por parte de la DGI a la Dirección General de Registros, a efectos de la cancelación de oficio de la inscripción registral de la sociedad, es decir, de la extinción de la personería jurídica de la sociedad.

Las sociedades referidas deberán celebrar una asamblea extraordinaria de accionistas o socios para designar a los liquidadores y aprobar su inventario y balance inicial, para así proceder a la liquidación de la entidad.

El artículo 4.º prevé la multa por incumplimiento del plazo para la liquidación. Si en el plazo establecido de ciento veinte días no se ha acreditado por parte de la sociedad la efectiva liquidación –extinción del pasivo y adjudicación del activo–, la misma será pasible de una multa cuyo monto será equivalente al 50 % de los activos propiedad de la sociedad a esa fecha.

Los artículos 5.º, 6.º y 7.º hacen referencia a las exoneraciones de sanciones e impuestos correspondientes, una vez configurada la disolución de la sociedad.

El artículo 8.º establece la cancelación de la inscripción registral de las sociedades inactivas, de aquellas sociedades anónimas y en comandita por acciones con capital expresado total o parcialmente en acciones al portador, que a la fecha de entrada en vigencia de esta ley hayan clausurado actividades ante la DGI y el BPS.

Los artículos 9.º, 10 y 11, referidos a la cancelación de oficio de la inscripción registral, señalan que la DGI y el BPS identificarán en el Registro Único Tributario y en el Registro de Contribuyentes y Empresas las sociedades disueltas según el artículo 1.º del presente proyecto, definiéndolas como sociedades en liquidación.

En los casos de las sociedades liquidadas, la DGI comunicará los datos respectivos a la Dirección General de Registros a los efectos de la cancelación de oficio de su inscripción registral.

El artículo 12, referido a la pérdida de pleno derecho de la calidad de titular del capital integrado, establece que los titulares de participaciones patrimoniales al portador incumplidores de la obligación de presentar su declaración jurada ante la sociedad –artículo 6.º de la Ley n.º 18930, de julio de 2012– en el plazo de 90 días corridos desde la vigencia de esta ley, perderán de pleno derecho la calidad de titulares respecto del capital integrado, siempre que la respectiva sociedad no haya resultado disuelta en aplicación del artículo 1.º del presente proyecto.

Esto significa que, a pesar de que la sociedad continúe funcionando porque no ha sido disuelta en virtud de haberse registrado al menos el 50 % del capital integrado, sí resultarán afectados aquellos titulares que no hubieren informado en tiempo y forma, perdiendo su calidad de tales. Para no perder la calidad de titulares, ellos deberán presentar ante la sociedad la declaración jurada antes del vencimiento del plazo de noventa días establecido en el artículo 1.º de este proyecto.

A continuación el artículo refiere al proceso de liquidación y pago al titular de la participación patrimonial al portador no informada –a regularse por los artículos 154 y 155 de la Ley n.º 16060, de 1989–, así como a la multa que la sociedad deberá retener de la liquidación a favor del titular y verter a la Auditoría Interna de la Nación, según lo dispuesto por el literal B) del artículo 8.º de la Ley n.º 18930, de 2012.

Todo lo dispuesto aquí no será de aplicación en caso de que la titularidad de las participaciones patrimoniales al portador no informadas sea objeto de contienda judicial a la fecha del vencimiento del plazo previsto.

El artículo 13, que refiere a la extinción o disolución de pleno derecho para otras entidades, hace extensivo el alcance de lo dispuesto por el artículo 1.º de este proyecto a las demás entidades comprendidas en el artículo 1.º de la Ley n.º 18930, que refiere a sociedades y asociaciones agrarias cuyo capital esté expresado en títulos al portador, fideicomisos y fondos de inversión. Cuando dichas entidades no cumplan en un plazo de noventa días desde la vigencia de la presente ley con la obligación de informar sobre los titulares de las participaciones patrimoniales al portador al 1.º de agosto de 2012 que sean representativas de al menos el 50 % del capital integrado, quedarán extinguidas o disueltas de pleno derecho, según corresponda.

El artículo 14 –al igual que el 12, relativo a sociedades anónimas y en comandita por acciones– regula la pérdida de la calidad del titular del capital integrado de aquellos con participaciones patrimoniales al portador en fideicomisos, sociedades administradoras de fondos de inversión u otra entidad emisora que, en los términos dispuestos en el artículo 6.º de la Ley n.º 18930, no cumplan con la obligación de presentar la declaración jurada en el plazo de noventa días y siempre que dichas entidades no resultaren disueltas o extinguidas por aplicación del artículo anterior.

El artículo 16 establece el régimen aplicable una vez vencido el plazo. Para ello, determina lo siguiente. En primer lugar, que luego de vencido el plazo de noventa días de que disponen las entidades para regularizar su situación, el Banco Central solo aceptará declaraciones que comprendan la identidad de la totalidad de las participaciones al portador, es decir que el Banco Central solo admitirá la información relativa al 100 % de las participaciones emitidas por las entidades. De esta manera se trata de evitar que luego de finalizado el plazo y de proceder a la depuración, aparezcan sociedades que registren parcialmente a sus titulares en el Banco Central, ya que este solo aceptará registro de sociedades que comprendan la totalidad de los titulares del capital involucrado. En segundo término, determina la presunción de que son titulares los fundadores o antecesores, nominativos o escriturales, de las entidades que se constituyan o devenguen obligadas de acuerdo con el régimen de la Ley n.º 18930; es decir que los fundadores o antecesores nominativos son los que tienen la calidad de titulares, en los casos en que no se disuelva la sociedad de pleno derecho pero sí haya extinción de los derechos de aquellos titulares que no se identifiquen. Y, en tercer lugar, que cuando se alteren las participaciones relativas en el capital integrado como consecuencia de modificaciones contractuales o aumentos de capital y no se cumpla con la obligación de informar al Banco Central los nuevos titulares derivados de dichos cambios, se perderá de pleno derecho la calidad de titular en relación con dicho aporte.

El artículo 17 se relaciona con el relevo del secreto de las actuaciones. Para el cumplimiento de las funciones asignadas por el artículo 4.º de la Ley n.º 18930, se releva del secreto de las informaciones que resulten de sus actuaciones administrativas o judiciales a los funcionarios de la DGI para remitir la información correspondiente a la Auditoría Interna de la Nación y a la Dirección General de Registros.

El artículo 18 refiere a las modificaciones en la participación. Sustituye el artículo 7.º de la Ley n.º 18930, estableciendo que cuando se modifique el contrato social o se aumente el capital integrado alterando el porcentaje de participación que los accionistas, socios o partícipes tengan en el capital integrado de las entidades comprendidas, las mismas deberán comunicarlo, mediante declaración jurada, al Banco Central.

En el artículo 19 se describe la cancelación de la inscripción. Esta norma establece una modificación al artículo 181 de la Ley de Sociedades Comerciales, fijando un trámite más eficiente para la cancelación de la personería jurídica de las sociedades.

Actualmente, como culminación del proceso de liquidación de las sociedades y para realizar la cancelación de la inscripción registral ante la Dirección General de Registros, es necesario tramitar previamente los certificados especiales expedidos por la DGI y el BPS, cuyo diligenciamiento, en los hechos, no es habitual, y en otros casos puede insumir plazos muy extensos. Para facilitar el proceso de cancelación de inscripción ante la Dirección General de Registros, con esta modificación –artículo 181 de la Ley n.º 16060– se suprime la emisión de los certificados especiales por parte de la DGI y del BPS.

En el artículo 20 se sustituye el artículo 67 de la Ley n.º 18083, de 2006, ampliando el contenido de la información que la Dirección General Impositiva está facultada a hacer pública: nómina de personas físicas, personas jurídicas u otras entidades inscriptas en el Registro Único Tributario. En dicha norma se podrá incluir el nombre o la denominación, el número de inscripción, domicilio fiscal, impuestos, giro y demás datos que faciliten la identificación del contribuyente.

Finalmente, el artículo 21 establece que la entrada en vigencia será a partir del primer día del segundo mes siguiente al de su promulgación.

Esta ha sido una síntesis del proyecto de ley cuyo articulado está en poder de todos los señores Senadores, y que fuera exhaustivamente examinado en Comisión.

Como dije al comienzo, esta iniciativa ha sido fruto de un trabajo interdisciplinario previo de gran importancia, tanto de los organismos del Estado vinculados con el tema, como de los Colegios especializados en la materia, es decir, el Colegio de Abogados, la Asociación de Escribanos y el Colegio de Contadores.

Si bien el texto podría merecer algunos ajustes, no afectan sustancialmente el proyecto, y considerando que esta es la primera Cámara que lo trata y que deberá aprobarlo también la Cámara de Representantes, la Comisión entendió preferible mantener el texto, ya que dichos ajustes no cambian el contenido. Los informes que tengo aquí así lo establecen. Por ejemplo, el informe remitido por el Director de la Asesoría Tributaria del Ministerio de Economía y Finanzas fundamenta por qué no se realizaron algunas modificaciones solicitadas. En dicho informe se expresa que el Ministerio de Economía y Finanzas entiende que deberá mantenerse en todos sus términos el proyecto de ley remitido por el Poder Ejecutivo en acuerdo con el Consejo de Ministros. El Colegio de Abogados y el doctor Eugenio Xavier de Mello también presentaron un minucioso informe –que está a disposición, aunque creo que en su momento fue remitido a todos los integrantes del Senado y no solo a los miembros de la Comisión– que no introduce modificaciones sustanciales. Es más, el doctor Xavier de Mello –quien compareció ante la Comisión en nombre del Colegio de Abogados junto con otros destacados Letrados– manifestó que, en términos generales, comparte el proyecto de ley, aunque considera que se le podrían realizar algunos ajustes.

En la Comisión se entendió –creo que por unanimidad– que era bueno que este proyecto de ley fuera aprobado rápidamente, dado que hay urgencias de distinta naturaleza. Como todavía queda la instancia de la Cámara de Representantes, esperamos que con todo el acervo de información que hay sobre el tema, pueda ser considerado rápidamente y sea aprobado en un plazo razonablemente breve.

Era cuanto tenía para informar, señor Presidente, y quedo a las órdenes para cualquier sugerencia o comentario de parte de los señores Senadores.

SEÑOR GALLINAL.- Pido la palabra.

SEÑOR PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor Senador.

SEÑOR GALLINAL.- Señor Presidente: la bancada del Partido Nacional va a acompañar con su voto este proyecto de ley.

Compartimos en todos sus términos el informe brindado por el señor Senador Baráibar, quien fuera designado por unanimidad como miembro informante. Si bien hemos firmado con salvedades, estas se fundamentan en que entendemos que el proyecto es perfectible. Se podrían haber considerado otras variantes para atender un problema que hoy es una acuciante realidad para quienes están vinculados a las sociedades anónimas al portador; sin embargo, más allá de esa discrepancia, no tenemos dificultad en votar el proyecto de ley tal como está.

Como bien decía el señor Senador Baráibar, mediante esta iniciativa se pretende prorrogar el plazo de que disponían originalmente las sociedades anónimas para su proceso de depuración, cumpliendo con exigencias que en su momento fueron establecidas por la OCDE y de las cuales se dieron cuenta en ocasión de aprobarse el proyecto original.

Este proyecto de ley se basa en el supuesto de que en la mayoría de los casos que no se ha cumplido con la ley original, ello es consecuencia de que las sociedades se encontraban en inactividad. Probablemente, el noventa por ciento de los casos se refiera a sociedades inactivas, pero hay situaciones en las que son otros los motivos que impiden poner punto final al sistema de acciones al portador.

Lo que más nos mueve a aprobar el proyecto de ley es que la Auditoría Interna de la Nación ha puesto en marcha un mecanismo –a nuestro juicio, en una aplicación desmedida del régimen sancionatorio– que no hace otra cosa que agravar la situación de las sociedades que no han cumplido con las formas correspondientes. Estas acciones se vienen desarrollando a través de un sistema cruzado de información obtenida por el Banco Central del Uruguay y la DGI, y nos parece que votando este instrumento, que otorga nuevos plazos, se va a poner punto final a esta persecución o búsqueda de sanciones. Como muy bien lo expresó en algún momento de su intervención el señor Senador Baráibar, en el artículo 5.º del proyecto de ley se establece expresamente que las sociedades que se disuelvan en función del artículo 1.º de esta iniciativa van a quedar eximidas de las sanciones que originalmente estableció la Ley n.º 18930, que son las que actualmente está aplicando la Auditoría Interna de la Nación.

La ley madre tiene otros problemas. El más importante de todos es que los administradores de las sociedades anónimas –aun aquellas que se encuentran en inactividad– no tienen el libre albedrío de poder renunciar a su condición de administrador, como corresponde en todos los casos. Para poder renunciar necesitan, sí o sí, el consentimiento del directorio de la sociedad anónima o de la asamblea de accionistas. Pero si la sociedad está inactiva, mal puede otorgarle el consentimiento de esa renuncia. Entonces, el administrador está preso de esa situación. Ese problema lo han planteado expresamente la Asociación de Contadores y el Colegio de Abogados del Uruguay. Y el camino razonable que hemos elegido en la Comisión es ir, no a la ley que refiere a la culminación de un proceso ya iniciado por una ley anterior, sino a la ley madre en materia de sociedades anónimas, a fin de corregir el error de que una persona quede atada de por vida a una responsabilidad, sin posibilidad de renunciar a ella.

Por consiguiente, quien habla se ha comprometido ante la Comisión a presentar en los próximos días, con el asesoramiento del Colegio de Abogados del Uruguay, y en particular del doctor Xavier de Mello, un proyecto de ley que corrija la situación de los administradores que, además, viola principios constitucionales: una persona no puede ser sometida a trabajo perpetuo; a una persona no se le puede limitar de tal suerte su voluntad que no pueda renunciar al ejercicio de una responsabilidad administrativa que puede conllevar, asimismo, responsabilidades de carácter económico.

Existe otro problema respecto de sociedades cuyos accionistas mayoritarios no se conocen, pero se encuentran en actividad desarrollando sus negocios. Este es otro tema. Si bien se trata de sociedades en actividad, sus accionistas no se conocen porque murieron, porque se fueron del país o porque no quieren declarar su condición de tales. A esa situación también habría que encontrarle posibles alternativas, por lo que buscaremos el tiempo o la circunstancia acorde.

Como el 15 de setiembre comienza el receso parlamentario, en la Comisión convinimos, con los representantes de los distintos partidos políticos, que lo mejor era aprobar este proyecto cuanto antes, para que pudiera pasar a la Cámara de Representantes. ¡Ojalá que allí reciba sanción definitiva! Si quedan cosas en el tintero, no están referidas a este proyecto, sino a la ley madre, y quizás en su momento tengamos oportunidad de discutirlo.

En consecuencia, señor Presidente, vamos a votar afirmativamente, tanto en general como en particular, este proyecto de ley.

SEÑOR RUBIO.- Pido la palabra por una cuestión de orden.

SEÑOR PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor Senador.

SEÑOR RUBIO.- Dado el respaldo unánime que tiene este proyecto de ley y lo avanzado de la hora, sugiero que después de votarlo en general se suprima la lectura de los artículos, y que luego se voten en bloque aquellos artículos que no requieren mayoría absoluta.

SEÑOR PRESIDENTE.- En primer lugar, si no se hace uso de la palabra, se va a votar el proyecto de ley en general.

(Se vota:)

–21 en 21. Afirmativa. UNANIMIDAD.

En discusión particular.

El señor Senador Rubio ha formulado moción en el sentido de que se suprima la lectura de todos los artículos y que luego se vote en bloque el proyecto, con la excepción de seis artículos que requieren mayoría especial, que son: 9.º, 10, 16, 17, 19 y 20.

Se va a votar la moción formulada.

(Se vota:)

–23 en 23. Afirmativa. UNANIMIDAD.

En consideración el articulado.

Si no se hace uso de la palabra, se van a votar los artículos 1.º a 21, con excepción de los artículos 9.º, 10, 16, 17, 19 y 20.

(Se vota:)

–24 en 24. Afirmativa. UNANIMIDAD.

En consideración el artículo 9.º.

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar, aclarando que, de acuerdo con el artículo 174 de la Constitución de la República, requiere mayoría absoluta.

(Se vota:)

–24 en 24. Afirmativa. UNANIMIDAD.

En consideración el artículo 10.

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar, aclarando que por el mismo artículo de la Constitución también requiere mayoría absoluta.

(Se vota:)

–24 en 24. Afirmativa. UNANIMIDAD.

En consideración el artículo 16.

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar, aclarando que, en este caso, requiere mayoría absoluta de acuerdo con el artículo 196 de la Constitución de la República.

(Se vota:)

–24 en 24. Afirmativa. UNANIMIDAD.

En consideración el artículo 17.

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar, aclarando que, de acuerdo con el artículo 174 de la Constitución de la República, requiere mayoría absoluta.

(Se vota:)

–24 en 24. Afirmativa. UNANIMIDAD.

En consideración el artículo 19.

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar, aclarando que también requiere mayoría absoluta por el artículo 174 de la Constitución de la República.

(Se vota:)

–23 en 24. Afirmativa.

En consideración el artículo 20.

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar, aclarando que, por el artículo 174 de la Constitución de la República, requiere mayoría absoluta.

(Se vota:)

–24 en 24. Afirmativa. UNANIMIDAD.

Queda aprobado el proyecto de ley, que se comunicará a la Cámara de Representantes.

(No se publica el texto del proyecto de ley aprobado, por ser igual al considerado).

14) SEÑOR FERNANDO LÓPEZ FABREGAT Y DOCTOR HUGO CAYRÚS. DESIGNACIÓN COMO EMBAJADORES

SEÑOR PRESIDENTE.- Se pasa a considerar el asunto que figura en quinto lugar del Orden del Día: «Informes de la Comisión de Asuntos Internacionales relacionados con los mensajes remitidos por el Poder Ejecutivo a fin de designar:

– en calidad de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República ante el Gobierno del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, al señor Fernando López Fabregat.

(Carp. n.º 1548/2014 – Rep. n.º 1119/2014).

– en calidad de Representante Permanente de la República ante la Organización de los Estados Americanos, al doctor Hugo Cayrús.

(Carp. n.º 1552/2014 – Rep. n.º 1122/2014)».

(Antecedentes:)

«Carp. n.º 1548/2014

Rep. n.º 1119/2014

CÁMARA DE SENADORES

Comisión de

Asuntos Internacionales

Proyecto de resolución

Artículo único.- Concédese al Poder Ejecutivo el acuerdo solicitado para acreditar en calidad de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República ante el Gobierno del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte al señor Fernando López Fabregat.

Sala de la Comisión, 7 de agosto de 2014.

Carlos Baráibar, miembro informante; Roberto Conde, Alberto Couriel, Ope Pasquet, Enrique Rubio».

h001.jpg

«CÁMARA DE SENADORES

Comisión de

Asuntos Internacionales

ACTA n.º 98

En Montevideo, el día siete de agosto de dos mil catorce, a la hora diecisiete y cinco minutos, se reúne la Comisión de Asuntos Internacionales de la Cámara de Senadores.

Asisten sus miembros los señores Senadores Carlos Baráibar, Roberto Conde, Alberto Couriel, Luis Alberto Lacalle Herrera, Ope Pasquet y Enrique Rubio.

Faltan con aviso los señores Senadores Jorge Larrañaga, Rafael Michelini y Gustavo Penadés.

Concurren, especialmente invitados, los señores Embajadores Fernando López Fabregat y Hugo Cayrús, acompañados por la Asesora de la Dirección de Relaciones Institucionales del Ministerio de Relaciones Exteriores, licenciada María del Carmen Menoni.

Preside el señor Senador Carlos Baráibar, Presidente de la Comisión.

Actúan en Secretaría el señor Vladimir De Bellis Martínez, Secretario de la Comisión y el señor Rodolfo Lutegui, Prosecretario.

De lo actuado se toma versión taquigráfica, cuya copia dactilografiada figura en los Distribuidos n.os 2858/2014 y 2859/2014 que forman parte de la presente.

Asuntos entrados:

– CARPETA n.º 1551/2014. TRATADO DE MARRAKECH PARA FACILITAR EL ACCESO A LAS OBRAS PUBLICADAS A LAS PERSONAS CIEGAS, CON DISCAPACIDAD VISUAL O CON OTRAS DIFICULTADES PARA ACCEDER AL TEXTO IMPRESO – Aprobación. Proyecto de ley aprobado por la Cámara de Representantes (Distribuido n.º 2840/2014).

– CARPETA n.º 1552/2014. Mensaje del Poder Ejecutivo solicitando acuerdo para acreditar en calidad de Representante Permanente de la República ante la Organización de los Estados Americanos al doctor Hugo Cayrús (Distribuido n.º 2842/2014).

– CARPETA n.º 1559/2014. ACUERDO ENTRE LA REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY Y LA REPÚBLICA DE GUATEMALA PARA INTERCAMBIO DE INFORMACIÓN EN RELACIÓN AL DISEÑO E IMPLEMENTACIÓN DE POLÍTICAS EN MATERIA DE DROGAS – Aprobación. Mensaje y proyecto de ley del Poder Ejecutivo (Distribuido n.º 2843/2014).

Asuntos tratados:

– CARPETA n.º 1548/2014. Mensaje del Poder Ejecutivo por el que solicita acuerdo para designar en calidad de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República ante el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte al señor Fernando López Fabregat (Distribuido n.º 2805/2014).

El señor Fernando López Fabregat expone sobre los lineamientos de trabajo a desarrollar en el destino al que fue propuesto e intercambia opiniones con los integrantes de la Comisión.

Una vez retirado de Sala, se considera y se concede el acuerdo solicitado. Se vota: 5 en 5. Afirmativa. UNANIMIDAD.

Se designa miembro informante al señor Senador Carlos Baráibar, quien lo hará en forma verbal.

– CARPETA n.º 1552/2014. Mensaje del Poder Ejecutivo solicitando acuerdo para acreditar en calidad de Representante Permanente de la República ante la Organización de los Estados Americanos al doctor Hugo Cayrús (Distribuido n.º 2842/2014).

El señor Hugo Cayrús expone sobre los lineamientos de trabajo a desarrollar en el destino al que fue propuesto e intercambia opiniones con los integrantes de la Comisión.

Una vez retirado de Sala, se considera y se concede el acuerdo solicitado. Se vota: 5 en 5. Afirmativa. UNANIMIDAD.

Se designa miembro informante al señor Senador Alberto Couriel, quien lo hará en forma verbal.

– CARPETA n.º 945/2012. ACUERDO SOBRE BENEFICIOS DE LITIGAR SIN GASTOS Y LA ASISTENCIA JURÍDICA GRATUITA ENTRE LOS ESTADOS PARTE DEL MERCOSUR, LA REPÚBLICA DE BOLIVIA Y LA REPÚBLICA DE CHILE – Aprobación. Proyecto de ley aprobado por la Cámara de Representantes (Distribuido n.º 1525/2012).

Se considera y aprueba el proyecto de ley. Se vota: 5 en 5. Afirmativa. UNANIMIDAD.

Se designa miembro informante al señor Senador Ope Pasquet, quien lo hará en forma escrita.

– CARPETA n.º 1415/2013, ACUERDO DE COOPERACIÓN ENTRE LA REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY Y GEORGIA – Aprobación. Proyecto de ley aprobado por la Cámara de Representantes (Distribuido n.º 2565/2013). Se considera y aprueba el proyecto de ley. Se vota: 5 en 5. Afirmativa. UNANIMIDAD.

Se designa miembro informante al señor Senador Ope Pasquet, quien lo hará en forma escrita.

– CARPETA n.º 1551/2014. TRATADO DE MARRAKECH PARA FACILITAR EL ACCESO A LAS OBRAS PUBLICADAS A LAS PERSONAS CIEGAS, CON DISCAPACIDAD VISUAL O CON OTRAS DIFICULTADES PARA ACCEDER AL TEXTO IMPRESO – Aprobación. Proyecto de ley aprobado por la Cámara de Representantes (Distribuido n.º 2840/2014).

Se considera y aprueba el proyecto de ley. Se vota: 5 en 5. Afirmativa. UNANIMIDAD.

Se designa miembro informante al señor Senador Alberto Couriel, quien lo hará en forma escrita.

A la hora dieciocho y cuarenta y cinco minutos se levanta la sesión.

Para constancia se labra la presente Acta que, una vez aprobada, firman el señor Presidente y el señor Secretario de la Comisión.

Carlos Baráibar, Presidente. Vladimir De Bellis Martínez, Secretario».

«Carp. n.º 1552/2014

Rep. n.º 1122/2014

CÁMARA DE SENADORES

Comisión de

Asuntos Internacionales

Proyecto de resolución

Artículo único.- Concédese al Poder Ejecutivo el acuerdo solicitado para acreditar en calidad de Representante Permanente de la República ante la Organización de los Estados Americanos al doctor Hugo Cayrús.

Sala de la Comisión, 7 de agosto de 2014.

Alberto Couriel, miembro informante; Carlos Baráibar, Roberto Conde, Ope Pasquet, Enrique Rubio».

i001.jpg

SEÑOR PRESIDENTE.- En consideración la Carpeta n.º 1548/2014, correspondiente a la solicitud de acuerdo del Poder Ejecutivo para acreditar en calidad de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República ante el Gobierno del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte al señor Fernando López Fabregat.

Tiene la palabra el miembro informante, señor Senador Baráibar.

SEÑOR BARÁIBAR.- Señor Presidente: efectivamente, la Comisión de Asuntos Internacionales recibió al señor Fernando López Fabregat. Su solicitud fue votada por unanimidad y se remite al Pleno del Senado para su aprobación.

Debo decir que el señor Fernando López Fabregat es un funcionario de carrera. Ha desarrollado toda su acción en distintos lugares de la diplomacia, tanto a nivel nacional como en las misiones que le fueron encomendadas. Actualmente es el Director General de la Dirección General de Asuntos Económicos Internacionales.

El Embajador Fernando López Fabregat presentó un excelente informe – haríamos lo posible para hacérselo llegar a quienes tengan interés,– sobre las relaciones económicas, políticas e históricas entre Uruguay y el Reino Unido; el punto de vista planteado tiene en cuenta las circunstancias especiales que rodean esta relación y la situación de conflicto ancestral que existe entre el Reino Unido y la República Argentina debido a la disputa por las islas Malvinas. El señor Fernando López Fabregat no eludió el tema en su exposición, pero tengo la impresión de que se manejó con absoluta serenidad y pragmatismo, sin dejar de reconocer el conflicto mencionado entre Argentina y el Reino Unido. Una cosa distinta es la relación entre nuestro país y el Reino Unido que, por razones históricas de larga data, es excelente y, en lo posible, debemos procurar que continúen así en el futuro.

Como he dicho, esta solicitud de venia fue considerada en la Comisión de Asuntos Internacionales y aprobada por unanimidad, por lo que sugerimos al Plenario su aprobación.

Muchas gracias.

SEÑOR PRESIDENTE.- Léase el proyecto de resolución correspondiente a la Carpeta n.º 1548/2014.

(Se lee:)

SEÑOR SECRETARIO (Hugo Rodríguez Filippini).- «Artículo Único.- Concédese al Poder Ejecutivo el acuerdo solicitado para acreditar en calidad de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República ante el Gobierno del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte al señor Fernando López Fabregat».

SEÑOR PRESIDENTE.- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota:)

–20 en 20. Afirmativa. UNANIMIDAD.

El Senado dará cuenta al Poder Ejecutivo.

En consideración la Carpeta n.º 1552/2014, correspondiente a la solicitud de acuerdo remitida por el Poder Ejecutivo para acreditar en calidad de Representante Permanente de la República ante la Organización de los Estados Americanos al doctor Hugo Cayrús.

Tiene la palabra el miembro informante, señor Senador Couriel.

SEÑOR COURIEL.- Señor Presidente: el doctor Hugo Cayrús se presentó ante la Comisión de Asuntos Internacionales y realizó un excelente informe sobre la tarea que tendrá a su cargo en la Organización de los Estados Americanos.

Hugo Cayrús es doctor en Derecho y Ciencias Sociales, tiene múltiples estudios en cursos de especialización y, en general, todos están vinculados a la Organización Mundial del Comercio. Es un diplomático de carrera que ya fue Embajador ante la República de Colombia –desde 2009 a 2012– y antes –entre 2007 y 2009– había estado en misión en Estados Unidos. Asimismo, estuvo muy vinculado a cargos en Ginebra, sobre todo a la relación con la Organización Mundial del Comercio.

El doctor Cayrús ingresó al Ministerio de Relaciones Exteriores por concurso de oposición y méritos y, entre otras cosas, es profesor de la Universidad de Montevideo, donde dicta cursos sobre GATT/OMC en la Maestría de Integración y Comercio Internacional. En su currículo aparecen, por lo menos, cinco publicaciones en revistas nacionales e internacionales, generalmente en trabajos vinculados con la Organización Mundial del Comercio, tarea que había realizado anteriormente en Ginebra.

Podríamos ver las diferentes tareas a la luz de lo que es hoy la Organización de los Estados Americanos, pero dado el tiempo de que disponemos, preferiría dejar por acá la fundamentación de este excelente candidato para cumplir su tarea en la Organización de los Estados Americanos en el futuro.

Muchas gracias.

SEÑOR PRESIDENTE.- Léase el proyecto de resolución correspondiente a la Carpeta n.º 1552/2014.

(Se lee:)

SEÑOR SECRETARIO (Hugo Rodríguez Filippini).- «Artículo Único.- Concédese al Poder Ejecutivo el acuerdo solicitado para acreditar en calidad de Representante Permanente de la República ante la Organización de los Estados Americanos al doctor Hugo Cayrús».

SEÑOR PRESIDENTE.- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota:)

–19 en 19. Afirmativa. UNANIMIDAD.

El Senado dará cuenta al Poder Ejecutivo.

15) DOCTORA MARÍA CRISTINA CABRERA COSTA. DESIGNACIÓN COMO MINISTRO DE TRIBUNAL DE APELACIONES

SEÑOR PRESIDENTE.- Se pasa a considerar el asunto que figura en sexto término del Orden del Día: «Informe de la Comisión de Asuntos Administrativos relacionado con la solicitud remitida por la Suprema Corte de Justicia, a fin de designar en el cargo de Ministro de Tribunal de Apelaciones a la doctora María Cristina Cabrera Costa. (Carp. n.º 1558/2014 – Rep. n.º 1129/2014) ».

(Antecedentes:)

j001.jpg

j002.jpg

j003.jpg

«CÁMARA DE SENADORES

Comisión de

Asuntos Administrativos

ACTA n.º 91

En Montevideo, el día trece del mes de agosto del año dos mil catorce, a la hora doce y quince minutos, se reúne la Comisión de Asuntos Administrativos de la Cámara de Senadores.

Asisten sus miembros los señores Senadores Alejandro Echeverría, Rubén Martínez Huelmo, Rodolfo Nin Novoa y Gustavo Penadés.

Falta con aviso el señor Senador Germán Cardoso.

Preside ad hoc el señor Senador Rodolfo Nin Novoa.

Actúan en Secretaría la Secretaria de la Comisión, señora María Celia Desalvo y la Prosecretaria, señora Gloria Mederos.

Abierto el acto, se acuerda postergar la elección del Presidente para la próxima sesión.

Inmediatamente se da cuenta del siguiente asunto entrado:

– Carpeta n.º 1567/2014. Mensaje de la Suprema Corte de Justicia por el que solicita la aprobación correspondiente para designar en el cargo de Ministro de Tribunal de Apelaciones a la doctora Lina Silvia Fernández Lembo. Distribuido n.º 2869/2014.

Pasa a estudio del señor Senador Gustavo Penadés.

Asuntos tratados:

– Carpeta n.º 1517/2014. Mensaje del Poder Ejecutivo por el que solicita la venia correspondiente para destituir de su cargo, por la causal de omisión, a un funcionario perteneciente al Inciso 14 “Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente”, Unidad Ejecutora 001 “Dirección General de Secretaría”. Distribuido n.º 2748/2014.

La Comisión adopta resolución.

Se designa miembro informante al señor Senador Rodolfo Nin Novoa (informe verbal).

– Carpeta n.º 1558/2014. Mensaje de la Suprema Corte de Justicia por el que solicita la aprobación correspondiente para designar en el cargo de Ministro de Tribunal de Apelaciones a la doctora María Cristina Cabrera Costa. Distribuido n.º 2839/2014.

La Comisión adopta resolución.

Se designa miembro informante al señor Senador Gustavo Penadés (informe verbal).

– Carpeta n.º 344/2010. Resolución n.º 4/2010 de la Presidencia de la Comisión Administrativa del Poder Legislativo por la que se solicita la venia de destitución de un funcionario de esa Unidad Ejecutora. Distribuido n.º 364/2010.

La Comisión resuelve devolver la Nota n.º 61, de fecha dieciséis de julio de dos mil catorce remitida por el señor Director del Servicio Médico del Poder Legislativo, por considerarla improcedente. Se vota: 4 en 4. Afirmativa. UNANIMIDAD.

A la hora doce y treinta y cinco minutos se levanta la sesión.

Para constancia se labra la presente Acta que, una vez aprobada, firman el señor Presidente ad hoc y la señora Secretaria de la Comisión.

Rodolfo Nin Novoa, Presidente ad hoc; María Celia Desalvo, Secretaria».

SEÑOR PRESIDENTE.- Léase.

(Se lee:)

–En discusión.

Tiene la palabra el miembro informante, señor Senador Penadés.

SEÑOR PENADÉS.- Señor Presidente: tal cual usted lo ha dicho, se trata de la solicitud de la Suprema Corte de Justicia, de acuerdo con lo establecido en el numeral 4.º) del artículo 239 de la Constitución de la República, por la que se pide la aprobación de la Cámara de Senadores para designar a la doctora María Cristina Cabrera Costa en el cargo de Ministro de Tribunal de Apelaciones.

La profesional propuesta ha tenido una prolongada actividad jurisdiccional; ingresa al Poder Judicial en 1993 y tiene como primer destino el de Juez Letrado de Primera Instancia de Salto de 6.º Turno. Allí estuvo varios años para luego pasar a desempeñarse en otra serie de Juzgados ubicados en la Ciudad de la Costa o en la capital de la República. Además de todo esto, tiene un currículo –revisado y analizado por la Comisión de Asuntos Administrativos– en el que se constata su sólida formación jurídica. Todo esto hace que la Comisión de Asuntos Administrativos recomiende al Senado la aprobación de la venia solicitada.

Nada más. Muchas gracias, señor Presidente.

SEÑOR PRESIDENTE.- Léase el proyecto de resolución.

(Se lee:)

SEÑOR SECRETARIO (Gustavo Sánchez Piñeiro).- «Artículo Único.- Apruébase la solicitud formulada por la Suprema Corte de Justicia para designar en el cargo de Ministro de Tribunal de Apelaciones, a la doctora María Cristina Cabrera Costa».

SEÑOR PRESIDENTE.- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota:)

–20 en 20. Afirmativa. UNANIMIDAD.

El Senado dará cuenta a la Suprema Corte de Justicia.

16) IMPUESTO AL PATRIMONIO. TRIBUTACIÓN DEL SECTOR AGROPECUARIO

SEÑOR PRESIDENTE.- Se pasa a considerar el asunto que figura en séptimo término del Orden del Día: «Proyecto de ley aprobado en nueva forma por la Cámara de Representantes, por el que se modifica el artículo 20 de la Ley n.º 19088, de 14 de junio de 2013, Impuesto al Patrimonio, Ajustes a la Tributación del Sector Agropecuario. (Carp. n.º 1499/2014 – Rep. n.º 1128/2014)».

(Antecedentes:)

k001.jpg

k002.jpg

k003.jpg

«CÁMARA DE SENADORES

La Cámara de Senadores en sesión de hoy ha sancionado el siguiente:

Proyecto de ley

Artículo único.- Modifícase el artículo 20 de la Ley n.º 19088, de 14 de junio de 2013, que quedará redactado de la siguiente manera:

“ARTÍCULO 20.- Facúltase al Poder Ejecutivo a financiar por el equivalente a la recaudación obtenida por la aplicación de los artículos precedentes, las siguientes erogaciones:

1. El equivalente al 10 % (diez por ciento) de la recaudación total se destinará al financiamiento de proyectos educativos de la Universidad Tecnológica creada por la Ley n.º 19043, de 28 de diciembre de 2012, que deberán ser incluidos en las sucesivas instancias presupuestales.

2. El restante 90 % (noventa por ciento) se destinará:

A) El primer ejercicio de vigencia de la presente ley para el financiamiento de proyectos de rehabilitación y mantenimiento de la caminería departamental fuera de las zonas urbanas, incluyendo la adquisición de maquinaria vial por parte de los Gobiernos Departamentales en los términos que apruebe la Comisión Sectorial de Descentralización, a cuyos efectos el Ministerio de Economía y Finanzas habilitará, a propuesta de dicha Comisión, el crédito presupuestal correspondiente en el Inciso 24 “Diversos Créditos”, unidad ejecutora 002 “Presidencia de la República”.

B) El segundo ejercicio de vigencia de la presente ley tendrá por destino:

i) Financiar los proyectos de rehabilitación y mantenimiento según se establece en el literal A) precedente, a cuyos efectos el Ministerio de Economía y Finanzas habilitará, a propuesta de la Comisión Sectorial de Descentralización, el crédito presupuestal correspondiente en el Inciso 24 “Diversos Créditos”, unidad ejecutora 002 “Presidencia de la República”.

ii) y si lo recaudado supera la suma de US$ 15:000.000, con el excedente se financiarán los proyectos de mantenimiento y mejora de la red vial secundaria y terciaria, a cuyos efectos se faculta al Ministerio de Economía y Finanzas a ampliar el tope de ejecución de inversiones del Ministerio de Transporte y obras Públicas.

C) El tercer ejercicio de vigencia de la presente ley tendrá por destino:

i) En un 50 % (cincuenta por ciento) al financiamiento de los proyectos indicados en el literal A) precedente, a cuyos efectos el Ministerio de Economía y Finanzas habilitará, a propuesta de la Comisión Sectorial de Descentralización, el crédito presupuestal correspondiente en el Inciso 24 “Diversos Créditos”, unidad ejecutora 002 “Presidencia de la República”.

ii) El restante 50 % (cincuenta por ciento) a financiar proyectos de mantenimiento y mejora de la red vial secundaria y terciaria, a cuyos efectos se faculta al Ministerio de Economía y Finanzas a ampliar el tope de ejecución de inversiones del Ministerio de Transporte y Obras Públicas.

D) A partir del cuarto ejercicio tendrá como destino Rentas Generales.

El equivalente a las sumas que se hubiesen recaudado por concepto del impuesto creado por la Ley n.º 18876, de 29 de diciembre de 2011 (Impuesto a la Concentración de Inmuebles Rurales – ICIR) y que hubieran sido destinadas a los Gobiernos Departamentales, será deducido del monto referido en el numeral 2, literal A) del inciso anterior del presente artículo y será vertido a Rentas Generales.

De las habilitaciones de créditos presupuestales y los levantamientos de tope realizados se dará cuenta a la Asamblea General”.

Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 18 de junio de 2014.

Danilo Astori, Presidente. Hugo Rodríguez Filippini, Secretario».

k004.jpg

k005.jpg

k006.jpg

k007.jpg

k008.jpg

k009.jpg

k010.jpg

k011.jpg

«CÁMARA DE SENADORES

Comisión de

Hacienda

ACTA n.º 125

En Montevideo, el día jueves catorce de agosto de dos mil catorce a la hora diez, se reúne la Comisión de Hacienda de la Cámara de Senadores.

Asisten sus miembros señores Senadores Carlos Baráibar, Alberto Couriel, Francisco Gallinal, Rafael Michelini, Enrique Rubio y Héctor Tajam.

Faltan con aviso los señores Senadores Sergio Abreu, José Amorín y Luis A. Heber, quienes remiten nota justificando su inasistencia.

Preside el señor Senador Francisco Gallinal, Presidente de la Comisión.

Actúan en Secretaría la señora Dinorah Amato, Secretaria de la Comisión y la señora Alicia Hackenbruch, Prosecretaria.

Abierto el acto se procede a la toma de la versión taquigráfica, cuya copia dactilografiada luce en el Distribuido n.º 2874/2014 que forma parte de la presente Acta.

Asuntos entrados:

1) IMPUESTO AL PATRIMONIO. TRIBUTACIÓN DEL SECTOR AGROPECUARIO. Se modifica el artículo 20 de la Ley n.º 19088, de 14 de junio de 2013. Proyecto de ley aprobado en nueva forma por la Cámara de Representantes. Carpeta n.º 1499/2014. Distribuido n.º 2863/2014.

2) Solicitud de audiencia de los despachantes de aduanas del interior a fin de realizar una serie de planteos con relación al proyecto de ley del Código Aduanero.

3) Invitación de las Cooperativas Agrarias Federadas a participar en el II Foro Cooperativo Agropecuario a realizarse el próximo dos de setiembre de dos mil catorce, en la Sala de Conferencias del Edificio Mercosur.

Asuntos considerados:

1) CÓDIGO ADUANERO DE LA REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY (CAROU). Proyecto de ley aprobado por la Cámara de Representantes. Carpeta n.º 1328/2013. Distribuido n.º 2423/2013.

Se resuelve conceder la audiencia solicitada por los despachantes de aduana del interior y recibirlos el próximo jueves veintiuno del corriente.

2) BASES DE DATOS DE CONSULTA PÚBLICA. Se establecen normas. Proyecto de ley con exposición de motivos del señor Senador Francisco Gallinal. Carpeta n.º 978/2012. Distribuido n.º 1633/2012.

Luego de un intercambio de opiniones entre los señores Senadores se resuelve incorporar el proyecto de ley en el Orden del Día de la próxima sesión.

3) IMPUESTO AL PATRIMONIO. TRIBUTACIÓN DEL SECTOR AGROPECUARIO. Se modifica el artículo 20 de la Ley n.º 19088, de 14 de junio de 2013. Proyecto de ley aprobado en nueva forma por la Cámara de Representantes. Carpeta n.º 1499/2014. Distribuido n.º 2863/2014.

En consideración:

La Comisión acepta las modificaciones introducidas por la Cámara de Representantes.

Se vota. Artículo Único: 6 en 6. Afirmativa. UNANIMIDAD.

Se designa miembro informante al señor Senador Héctor Tajam, quien lo hará en forma verbal.

Resoluciones:

La Comisión acuerda designar al señor Senador Carlos Baráibar, Vicepresidente de la Comisión, para que asista en representación de esta, al II Foro Cooperativo Agropecuario a realizarse el próximo dos de setiembre del corriente.

A la hora once y cuarenta minutos se levanta la sesión.

Para constancia se labra la presente Acta que firman el señor Presidente y la señora Secretaria de la Comisión.

Francisco Gallinal, Presidente. Dinorah Amato, Secretaria».

SEÑOR PRESIDENTE.- Léase el proyecto.

(Se lee).

–En discusión.

Tiene la palabra el miembro informante, señor Senador Tajam.

SEÑOR TAJAM.- Señor Presidente: este proyecto de ley tiene que ver con la Ley n.º 19088, de 14 de junio de 2013. En aquella oportunidad se derogó la exoneración del impuesto al patrimonio de los bienes afectados a la explotación agropecuaria y –como recordarán los señores Senadores– se creó una sobretasa que le dio un carácter progresivo a este impuesto.

Ahora bien, el artículo 20 de aquella Ley n.º 19088 definió el destino de la recaudación: un 10 % para la Universidad Tecnológica y el otro 90 % para mantenimiento y mejoras de caminería departamental fuera de las zonas urbanas, tarea que le corresponde a los Gobiernos Departamentales, así como para la red vial secundaria y terciaria, lo cual compete al Ministerio de Transporte y Obras Públicas.

Habíamos aprobado un proyecto de ley que en alguna medida cambiaba esta distribución debido a la desmejora de la caminería, sobre todo la vial, por las inclemencias del tiempo que tuvimos hace poco. Lo que se hizo para el año 2014 fue readecuar ese 90 % de tal manera que unos USD 15:000.000 fueran para la caminería departamental de zonas urbanas, a cargo de los Gobiernos Departamentales, y el excedente de la recaudación quedara para la red vial secundaria y terciaria, a cargo del Ministerio de Transporte y Obras Públicas.

Ese fue un criterio de orden, sobre todo, que tenía en cuenta qué era lo que había sido más afectado, pero ¿qué sucedió? Que todo esto desequilibró los recursos entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y los Gobiernos Departamentales, por lo que el propio Poder Ejecutivo, cuando concurrió a la Cámara de Representantes, propuso el cambio que hoy estamos poniendo a consideración. Este cambio consiste en que para el año 2014 el 50 % restante de esa recaudación se distribuirá de la siguiente manera: hasta USD 15:000.000 se destinarán a proyectos de rehabilitación y mantenimiento de la caminería departamental fuera de las zonas urbanas y, si hubiera excedente, este se destinará a financiar los proyectos de mantenimiento y mejora de la red vial secundaria y terciaria.

De esa manera, se recompone el equilibrio entre los ejecutantes: los Gobiernos Departamentales y el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, a la vez que para el año 2014 se reafirman esos destinos, de acuerdo con lo mencionado anteriormente, por el deterioro de esa caminería.

Eso es lo fundamental, señor Presidente.

Además, quiero señalar que todos los integrantes de la Comisión de Hacienda estuvieron de acuerdo con apoyar este proyecto de ley.

Es de hacer notar que cuando fundamentamos el otro proyecto de ley nos preguntaron cuánto era la recaudación. Ahora podemos adelantar que la recaudación del primer semestre –de octubre de 2013 a marzo de 2014–, entre la sobretasa y la recaudación del Impuesto al Patrimonio, ronda los USD 45:000.000.

Muchas gracias.

SEÑOR PRESIDENTE.- En consideración.

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota:)

–21 en 21. Afirmativa. UNANIMIDAD.

Queda sancionado el proyecto de ley, que se comunicará al Poder Ejecutivo.

(No se publica el texto del proyecto de ley sancionado por ser igual al considerado).

17) PATRULLEROS OCEÁNICOS

SEÑOR PRESIDENTE.- Se pasa a considerar el asunto que figura en octavo término del Orden del Día: «Proyecto de resolución por el que se declara la necesidad de que la Armada Nacional cuente con patrulleros oceánicos adecuados a sus objetivos. (Carp. n.º 1553/2014 – Rep. n.º 1112/2014)».

(Antecedentes).

«Carp. n.° 1553/2014
Rep. n.° 1112/2014

CÁMARA DE SENADORES

Comisión de

Defensa Nacional

Proyecto de resolución

La Cámara de Senadores declara:

1.- El Atlántico Sur tiene un creciente valor estratégico. En él operan flotas de diversos Estados, ajenos a la región y sin ningún tipo de control. En ese sentido, aprovechan las carencias de las Armadas de los Estados ribereños que no están en condiciones de neutralizar la incursión de esas flotas en sus ZEE, y eventualmente, en las futuras Plataformas Continentales.

2.- La Armada Nacional debe tener una permanente presencia en nuestros espacios marítimos, a través de unidades navales modernas y adecuadas de manera tal que su “estar en el mar”, permita ejercer una vigilancia eficiente sobre sus aguas interiores, su mar territorial, así como las zonas marítimas más allá del mar territorial, sobre las cuales el Uruguay ejerce o ejerza derechos de soberanía o jurisdicción de acuerdo con su legislación nacional y el Derecho Internacional.

3.- El Estado, a través de las unidades navales de la Armada, debe ejercer el control efectivo sobre los espacios mencionados; de modo tal, que las medidas de fiscalización establecidas en la Convención de NNUU sobre el Derecho del Mar, de 1992, el control y vigilancia a cargo del Ministerio de Defensa Nacional (art. 20 de la Ley 17033) y el cumplimiento de sus responsabilidades en materia de búsqueda y rescate en el mar, le permita defender efectivamente los intereses nacionales.

4.- Actualmente, nuestra Armada Nacional no dispone de buques adecuados para cumplir con todas estas tareas que hoy se desempeñan por los modernos “patrulleros oceánicos”.

5.- En conclusión, los miembros de la Comisión de Defensa Nacional de la Cámara de Senadores manifiestan su voluntad de que, en los tiempos que corresponda y de acuerdo a los procedimientos vigentes, la Armada Nacional pueda contar con Patrulleros Oceánicos adecuados a los objetivos mencionados en la presente declaración.

28 de julio de 2014, Sala de la Comisión.

Sergio Abreu, Carlos Baráibar, Luis Alberto Lacalle Herrera, Rodolfo Nin Novoa, Luis Rosadilla, Jorge Saravia, Lucía Topolansky».

l001.jpg

l002.jpg

l003.jpg

l004.jpg

l005.jpg

l006.jpg

l007.jpg

l008.jpg

l009.jpg

l010.jpg

l011.jpg

l012.jpg

l013.jpg

«CÁMARA DE SENADORES

Comisión de

Defensa Nacional

ACTA n.° 82

En Montevideo, el día veintiocho de julio del año dos mil catorce, a la hora diecisiete y diez minutos, se reúne la Comisión de Defensa Nacional de la Cámara de Senadores.

Asisten sus miembros la señora Senadora Lucía Topolansky, los señores Senadores Sergio Abreu, Carlos Baráibar, Luis Alberto Lacalle Herrera, Rodolfo Nin Novoa, Luis Rosadilla y Jorge Saravia.

Faltan con aviso los señores Senadores Luis Gallo Imperiale y Tabaré Viera.

Preside el señor Senador Sergio Abreu, Presidente de la Comisión.

Actúa en Secretaría la señora Secretaria de Comisión María Victoria Lumaca y la señora Prosecretaria Gillian Callorda.

Asuntos entrados:

Invitación del Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea Uruguaya, General del Aire Washington R. Martínez, al acto que se realizará con motivo del “Día de los Mártires de la Aviación Militar”, el día lunes 11 de agosto a las 11 horas, en el Cementerio del Norte, Panteón de la Fuerza Aérea.

Invitación del señor Ministro de Defensa Nacional, don Eleuterio Fernández Huidobro a la conferencia “La importancia del mar para Brasil”, dictada por el señor Comandante en Jefe de la Marina de la República Federativa del Brasil, Almirante Julio Soares de Moura Neto, el día viernes 8 de agosto a las 9:30 horas en la Escuela Naval.

Orden del Día:

Proyecto de resolución sobre patrulleros oceánicos.

La Comisión aprueba un proyecto de resolución a presentar al Plenario a efectos de que este pueda manifestar la voluntad política de que la Armada Nacional cuente con patrulleros oceánicos adecuados a los objetivos mencionados en la declaración,

Se vota: 7 en 7. Afirmativa. UNANIMIDAD.

Resolución:

Invitación al señor Ministro de Defensa Nacional.

La Comisión resuelve invitar al señor Ministro de Defensa Nacional para tratar temas referidos a la compra de armamento por parte del Gobierno nacional y los lineamientos de ese Ministerio en esta materia.

De lo actuado se toma versión taquigráfica, cuya copia dactilografiada luce en el Distribuido n.° 2835/2014 que forma parte de este documento.

A la hora dieciocho y cinco minutos, se levanta la sesión.

Para constancia se labra la presente Acta que, una vez aprobada, firman el señor Presidente y la señora Secretaria de la Comisión.

Sergio Abreu, Presidente; María Victoria Lumaca, Secretaria.

ACTA n.° 83

En Montevideo, el día seis de agosto del año dos mil catorce, a la hora nueve y quince minutos, se reúne la Comisión de Defensa Nacional de la Cámara de Senadores.

Asisten sus miembros los señores Senadores Sergio Abreu, Carlos Baráibar, Hebert Clavijo, Luis José Gallo Imperiale, Luis Alberto Lacalle Herrera, Rubén Martínez Huelmo, Rodolfo Nin Novoa, Jorge Saravia y Tabaré Viera.

Preside el señor Senador Sergio Abreu, Presidente de la Comisión.

Actúa en Secretaría la señora Secretaria de Comisión, María Victoria Lumaca.

Asuntos tratados:

CARPETA n.° 1553/2014. Proyecto de resolución sobre patrulleros oceánicos. Proyecto de resolución de los señores Senadores Sergio Abreu, Carlos Baráibar, Luis Alberto Lacalle Herrera, Rodolfo Nin Novoa, Luis Rosadilla, Jorge Saravia y Lucía Topolansky, miembros de la Comisión de Defensa Nacional de la Cámara de Senadores. (Distribuido n.° 2487/2014).

La Comisión aprueba el proyecto de resolución a estudio.

Se vota: 9 en 9. Afirmativa. UNANIMIDAD.

A la hora nueve y treinta minutos, se levanta la sesión.

Para constancia se labra la presente Acta que, una vez aprobada, firman el señor Presidente y la señora Secretaria de la Comisión.

Sergio Abreu, Presidente; María Victoria Lumaca, Secretaria».

SEÑOR PRESIDENTE.- Léase el proyecto.

(Se lee).

–En discusión general.

Tiene la palabra el miembro informante, señor Senador Rosadilla.

SEÑOR ROSADILLA.- Gracias, señor Presidente.

En primer lugar, quisiera hacer una aclaración. Entre las firmas de los Senadores que suscriben este proyecto de ley no figuran las de los señores Senadores Viera y Gallo Imperiale, pero nos consta que ellos también lo apoyan y que son parte de la construcción de esta declaración que la Comisión de Defensa Nacional, por unanimidad, hoy trae a consideración del Plenario para su aprobación.

A continuación, me gustaría leer el proyecto de resolución porque creo que la propia lectura es la parte esencial de este fundamento. En él se establece:

«La Cámara de Senadores declara:

1.- El Atlántico Sur tiene un creciente valor estratégico. En él operan flotas de diversos Estados, ajenos a la región y sin ningún tipo de control. En ese sentido, aprovechan las carencias de las Armadas de los Estados ribereños que no están en condiciones de neutralizar la incursión de esas flotas en sus ZEE, y eventualmente, en las futuras Plataformas Continentales.

2.- La Armada Nacional debe tener una permanente presencia en nuestros espacios marítimos, a través de unidades navales modernas y adecuadas de manera tal que su “estar en el mar”, permita ejercer una vigilancia eficiente sobre sus aguas interiores, su mar territorial, así como las zonas marítimas más allá del mar territorial, sobre las cuales el Uruguay ejerce o ejerza derechos de soberanía o jurisdicción de acuerdo con su legislación nacional y el Derecho Internacional.

3.- El Estado, a través de las unidades navales de la Armada, debe ejercer el control efectivo sobre los espacios mencionados; de modo tal, que las medidas de fiscalización establecidas en la Convención de NNUU sobre el Derecho del Mar, de 1992, el control y vigilancia a cargo del Ministerio de Defensa Nacional (art. 20 de la Ley 17033) y el cumplimiento de sus responsabilidades en materia de búsqueda y rescate en el mar, le permita defender efectivamente los intereses nacionales.

4.- Actualmente, nuestra Armada Nacional no dispone de buques adecuados para cumplir con todas estas tareas que hoy se desempeñan por los modernos “patrulleros oceánicos”.

5.- En conclusión, los miembros de la Comisión de Defensa Nacional de la Cámara de Senadores manifiestan su voluntad de que, en los tiempos que corresponda y de acuerdo a los procedimientos vigentes, la Armada Nacional pueda contar con Patrulleros Oceánicos adecuados a los objetivos mencionados en la presente declaración».

Es muy claro que los medios con los que cuenta nuestra Armada para un sinnúmero de tareas en las que ha estado presente históricamente, pero también para nuevas tareas, para nuevos desafíos –los trabajos que se están realizando en la zona petrolera, el desarrollo de un nuevo puerto, el crecimiento incesante del tránsito internacional– imponen la necesidad de que el Uruguay –que, como muchas veces se ha dicho, vive de espaldas al mar– asuma su territorio marítimo como una responsabilidad que, por no ser tan visible, no puede dejar de considerarse ni de satisfacerse.

Actualmente, las tareas en esta materia se realizan con buques obsoletos, enormemente caros de mantener, que deben disponer de una tripulación que excede largamente lo posible y que tienen muy poca autonomía.

Esta es una tarea que ya debería haber sido realizada, algo que ya deberíamos tener. Y es obvio que en este momento político no se pueden disponer gastos y esto no se puede ejecutar. Pero en una discusión, en un debate, en una conversación que duró varias sesiones en la Comisión –algo más de tres meses–, entendimos que es muy importante hacer esta declaración, más allá de que no pasa de serlo.

Además, es fundamental que en este tiempo, en que prontamente el país cambiará de Gobierno –no sabemos de qué signo será, y no necesariamente los legisladores que hoy estamos aquí seremos los que estén en marzo del año próximo–, dejemos clara una señal de convencimiento nacional en cuanto a que el país necesita esto y que no hacerlo significaría una omisión grave: grave para el desarrollo de nuestro país productivo, grave para la seguridad de las personas que trabajan en nuestro territorio marítimo, grave para nuestras responsabilidades internacionales, grave para los pescadores, para los turistas y para los que traen y llevan carga por las aguas que están bajo nuestra jurisdicción.

No es más que una declaración, pero tampoco es menos que una declaración de todos los partidos con representación en el Senado de la República. Creemos que tiene un importante valor, no solo testimonial sino de señal para cuando efectivamente el país y, en particular el Poder Legislativo, en su momento, se aboquen a discutir prioridades y necesidades en el próximo Presupuesto nacional.

Es cuanto quería decir, señor Presidente, y me siento muy honrado de que la Comisión me haya designado para informar esta declaración que representa a todos los partidos.

Muchas gracias.

SEÑOR GALLO IMPERIALE.- Pido la palabra.

SEÑOR PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor Senador.

SEÑOR GALLO IMPERIALE.- Es para ratificar lo que ha manifestado el señor Senador Rosadilla. Por razones de orden administrativo no firmamos esta declaración, pero adherimos a ella, y así lo hicimos en la propia Comisión.

Creemos que esta declaración que, por unanimidad, hace el Senado, es de enorme importancia debido a la trascendencia que tiene el tema de toda la zona marítima. El espacio marítimo está ahora en vías de aumentar considerando las más de trescientas millas que se le van a adjudicar y el desarrollo de una cantidad de actividades que en él se realizan, un enorme tránsito fluvial y marítimo, la prospección petrolera y la riqueza ictícola. La idea es que todo aquello que el país necesite para estar alerta y vigilante –como sucederá en este caso, a través de la adquisición de lanchas oceánicas– nos dé seguridad y nos permita conocer la importancia que tiene el tema.

Muchas gracias.

SEÑOR PRESIDENTE.- Antes de someter a votación el proyecto de resolución, la Mesa se permite realizar algunas sugerencias.

En primer lugar, que se eliminen todas las siglas por considerar que no es correcto aprobar textos que las contengan. Según entendemos, la sigla ZEE –que figura en el primer párrafo– «Zonas Económicas Exclusivas».

Luego sería conveniente suprimir el plural de la abreviatura de Naciones Unidas, a que refiere el tercer párrafo.

Finalmente, hay que recordar que no se está aprobando una declaración de la Comisión de Defensa Nacional, sino una declaración del Senado. Por lo tanto, en lugar de establecer «los miembros de la Comisión de Defensa Nacional de la Cámara de Senadores manifiestan su voluntad», se exprese: «el Senado de la República manifiesta su voluntad», etcétera.

(Apoyados).

–Si los señores Senadores están de acuerdo, se va a votar el proyecto de resolución con las modificaciones propuestas por la Mesa.

(Se vota:)

–21 en 21. Afirmativa. UNANIMIDAD.

Se hará la comunicación pertinente.

(Texto del proyecto de resolución aprobado).

LA CÁMARA DE SENADORES DECLARA:

1.- El Atlántico Sur tiene un creciente valor estratégico. En él operan flotas de diversos Estados, ajenos a la región, y sin ningún tipo de control. En ese sentido, aprovechan las carencias de las Armadas de los Estados ribereños que no están en condiciones de neutralizar la incursión de esas flotas en sus zonas económicas exclusivas (ZEE) y, eventualmente, en las futuras plataformas continentales.

2.- La Armada Nacional debe tener una permanente presencia en nuestros espacios marítimos, a través de unidades navales modernas y adecuadas, de manera tal que su “estar en el mar” permita ejercer una vigilancia eficiente sobre sus aguas interiores, su mar territorial, así como las zonas marítimas más allá del mar territorial, sobre las cuales el Uruguay ejerce o ejerza derechos de soberanía o jurisdicción de acuerdo con su legislación nacional y el Derecho Internacional.

3.- El Estado, a través de las unidades navales de la Armada, debe ejercer el control efectivo sobre los espacios mencionados, de modo tal que las medidas de fiscalización establecidas en la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, de 1992, el control y vigilancia a cargo del Ministerio de Defensa Nacional (artículo 20 de la Ley n.º 17.033, de 20 de noviembre de 1998) y el cumplimiento de sus responsabilidades en materia de búsqueda y rescate en el mar, le permita defender efectivamente los intereses nacionales.

4.- Actualmente, nuestra Armada Nacional no dispone de buques adecuados para cumplir con todas estas tareas que hoy se desempeñan por los modernos “patrulleros oceánicos”.

5.- En conclusión, el Senado de la República manifiesta su voluntad de que, en los tiempos que corresponda y de acuerdo a los procedimientos vigentes, la Armada Nacional pueda contar con patrulleros oceánicos adecuados a los objetivos mencionados en la presente declaración».

SEÑOR PASQUET.- Pido la palabra para fundar el voto.

SEÑOR PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor Senador.

SEÑOR PASQUET.- Señor Presidente: quiero dejar expresa constancia de que el Partido Colorado acompaña esta declaración, que ha votado afirmativamente. Por razones circunstanciales, nuestro representante en la Comisión de Defensa Nacional, el señor Senador Viera, no se encontraba presente en Sala cuando se votó el proyecto, pero sabedores de su aprobación a lo que en él se establece, lo hemos votado todos los integrantes de la bancada.

Muchas gracias.

18) ACUERDO SOBRE EL BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS Y LA ASISTENCIA JURÍDICA GRATUITA ENTRE LOS ESTADOS PARTE DEL MERCOSUR, LA REPÚBLICA DE BOLIVIA Y LA REPÚBLICA DE CHILE

SEÑOR PRESIDENTE.- Se pasa a considerar el asunto que figura en noveno término del Orden del Día: «Proyecto de ley por el que se aprueba el Acuerdo sobre Beneficio de Litigar sin Gastos y la Asistencia Jurídica Gratuita entre los Estados Parte del Mercosur, la República de Bolivia y la República de Chile, suscrito en Florianópolis, República Federativa del Brasil, el 15 de diciembre de 2000. (Carp. n.º 945/2012 – Rep. n.º 1120/2014)».

(Antecedentes:)

m001.jpg

«CÁMARA DE SENADORES

Comisión de

Asuntos Internacionales

Informe

1.- Con fecha 26 de julio de 2010 el Poder Ejecutivo –actuando por acuerdo de la Presidencia de la República con los Ministerios de Relaciones Exteriores, Economía y Finanzas y Educación y Cultura– ­remitió a la Asamblea General el proyecto de ley objeto de este informe, por el cual se aprueba el Acuerdo sobre beneficios de litigar sin gastos y la asistencia jurídica gratuita entre los Estados Parte del Mercosur, la República de Bolivia y la República de Chile firmado en Florianópolis, República Federativa del Brasil, el 15 de diciembre de 2000.

2.- La Cámara de Representantes le dio media sanción al presente proyecto con fecha 10 de julio de 2012.

3.- Como lo señala el mensaje del Poder Ejecutivo el Acuerdo tiene por objeto otorgar a los nacionales ciudadanos y residentes habituales de los Estados Parte, los beneficios de litigar sin gastos y la posibilidad de obtener asistencia jurídica gratuita, del mismo modo que los concedidos a los nacionales, ciudadanos y residentes habituales del Estado en el cual transcurre el juicio.

4.- El Acuerdo fue aprobado por Decisión del CM 50/00 y consta de un preámbulo y diecisiete artículos.

5.- En el preámbulo se expresa la preocupación que los Estados Parte y Asociados del Mercosur atribuyen a los más necesitados y la necesidad de establecer los mecanismos que permitan el efectivo acceso a la Justicia, haciéndose eco de las disposiciones de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

6.- El artículo primero del Acuerdo refiere al trato igualitario que los nacionales, ciudadanos y residentes habituales de cada uno de los Estados Parte gozarán en el territorio de los otros Estados Parte, a fin de acceder a los beneficios de litigar sin gastos y de acceder a asistencia jurídica gratuita concedidos a sus ciudadanos y residentes habituales.

7.- El artículo segundo regula la jurisdicción internacional para resolver la solicitud del beneficio de litigar sin gastos. En tal sentido se establece que será competente para conceder el beneficio de litigar sin gastos la autoridad del Estado Parte que tiene jurisdicción para entender en el proceso en el que solicita. El inciso segundo establece que la autoridad competente podrá requerir según las circunstancias del caso, la cooperación de las autoridades de los otros Estados Parte conforme con lo establecido en el artículo 12 del presente Acuerdo.

8.- El artículo tercero refiere al derecho aplicable a la solicitud. Al respecto se indica que la oportunidad procesal para presentar la solicitud del beneficio de litigar sin gastos, los hechos en que se fundare, la prueba, el carácter de la resolución, el asesoramiento y la defensa del beneficiario y cualesquiera otras cuestiones procesales, se regirán por el derecho del Estado Parte que tiene jurisdicción para conceder el beneficio. El segundo inciso de este artículo agrega que la extinción del beneficio de litigar sin gastos, si correspondiere, se regirá por el derecho del Estado Parte que tiene jurisdicción para conceder el beneficio.

9.- Del artículo cuarto al noveno se regula la extraterritorialidad del beneficio de litigar sin gastos, estableciéndose en el artículo cuarto que en caso de procesos en que se solicitaren medidas cautelares, recepción de prueba en el extranjero o cualesquiera otras medidas de cooperación tramitadas mediante exhorto o cartas rogatorias, dicho beneficio será reconocido en el Estado Parte requerido.

10.- En el artículo quinto se establece que el beneficio de litigar sin gastos concedido en el Estado Parte de origen de la sentencia, será mantenido en el de su presentación para su reconocimiento o ejecución.

11.- El artículo sexto prevé que los Estados Parte adoptarán las medidas que sean necesarias para lograr la gratuidad de los procedimientos de restitución de menores conforme a su Derecho interno.

12.- Mediante el artículo séptimo se le reconoce el beneficio de litigar sin gastos al acreedor alimentario en el Estado Parte donde hubiera presentado la reclamación, del mismo modo que en el Estado Parte donde se hiciere efectivo el reconocimiento o la ejecución.

13.- En el artículo octavo se señala que si el juez del Estado Parte de prestación de la cooperación prevista en los artículos 4.°, 5.°, 6.° y 7.° tuviera la certeza de que las circunstancias por la que se concedió el beneficio de litigar sin gastos han cambiado sustancialmente, se lo comunicará al juez de la concesión del referido beneficio.

14.- A través del artículo noveno los Estados Parte se comprometen a prestar asistencia jurídica gratuita a las personas que gocen del beneficio de litigar sin gastos, en igualdad de condiciones con sus nacionales o conciudadanos.

15.- Del artículo décimo al decimosegundo se regula la cooperación internacional. Al respecto el artículo décimo establece que el beneficio de litigar sin gastos y asistencia jurídica gratuita se tramitará conforme a la Convenciones y normas vigentes entre los Estados Parte.

16.- El decimoprimer artículo indica que los exhortos o cartas rogatorias y los documentos que lo acompañan, así como el que acredite el beneficio de litigar sin gastos, deberán redactarse en el idioma de la autoridad requirente y estar acompañados de una traducción al idioma de la autoridad requerida. Los gastos de traducción no estarán a cargo del Estado Parte requerido.

17.- El artículo decimosegundo prevé que la autoridad con competencia en la materia podrá solicitar información sobre la situación económica del requirente a las autoridades de los otros Estados Parte. Asimismo, señala que la autoridad encargada del reconocimiento del beneficio mantendrá el derecho de verificar la suficiencia de los certificados, declaraciones e informes que le sean suministrados y de solicitar información complementaria para documentarse.

18.- De los artículos decimotercero al decimocuarto se regulan los gastos y costas. Al respecto el artículo decimotercero establece que todos los trámites y documentos relacionados con la solicitud del beneficio de litigar sin gastos y la asistencia jurídica gratuita, estarán exentos de todo tipo de gastos.

19.- El artículo decimocuarto señala que quedan dispensadas del pago de costas judiciales y demás gastos procesales las medidas requeridas en el ámbito de la cooperación jurisdiccional internacional por personas que hayan obtenido el beneficio en uno de los Estados Parte, en materia civil, comercial, laboral, y, en su caso, en materia judicial contencioso-administrativa.

20.- A través del artículo decimoquinto se establece que el Estado Parte que concede el beneficio no tendrá derecho a exigir reembolso alguno al Estado Parte del beneficiario.

21.- Finalmente los artículos decimosexto y decimoséptimo regulan las disposiciones finales del Acuerdo. El artículo decimosexto indica que el mismo entrará en vigor treinta días después del depósito de los instrumentos de ratificación de por lo menos un Estado Parte del Mercosur y un Estado Asociado. Para los demás Estados Parte, entrará en vigor el trigésimo día posterior al depósito de su respectivo instrumento de ratificación.

22.- El último artículo del Acuerdo señala que el Gobierno de la República del Paraguay será el depositario del presente Acuerdo y de los instrumentos y enviará copias debidamente autenticadas de los mismos a los Gobiernos de los demás Estados Parte. El Gobierno de la República del Paraguay también notificará a los otros Gobiernos la fecha de entrada en vigor del presente Acuerdo y la fecha del depósito de los instrumentos de ratificación.

Las disposiciones glosadas no merecen reparos. Por el contrario componen ellas un instrumento jurídico útil para promover el acceso igualitario a la justicia de todos los ciudadanos de los Estados Parte.

Por consiguiente, entendemos que se debe recomendar al Senado la aprobación del Acuerdo objeto de este informe.

Sala de la Comisión, 7 de agosto de 2014.

Ope Pasquet, miembro informante; Carlos Baráibar, Roberto Conde, Alberto Couriel, Enrique Rubio».

m002.jpg

m003.jpg

m004.jpg

m005.jpg

m006.jpg

m007.jpg

m008.jpg

m009.jpg

m010.jpg

m011.jpg

m012.jpg

SEÑOR PRESIDENTE.- Léase el proyecto.

(Se lee).

–En discusión general.

Tiene la palabra el miembro informante, señor Senador Pasquet.

SEÑOR PASQUET.- Señor Presidente: la Comisión de Asuntos Internacionales recomienda, por la unanimidad de sus miembros, la aprobación de este Acuerdo, cuyos rasgos fundamentales son dos.

En primer lugar, en el proyecto de ley se establece el principio de que cada Estado Parte del Acuerdo se obliga a dar a los nacionales o residentes habituales de los otros Estados signatarios el mismo trato que dé a sus propios nacionales, ciudadanos o residentes habituales en materia de litigar sin gastos y gozando de asistencia jurídica gratuita.

Este principio, establecido en el Acuerdo sometido a consideración del Cuerpo, en el Uruguay no innova; todos sabemos que, desde siempre, aquí no ha habido distingos a la hora de otorgarle a quien carece de medios para litigar y debe hacerlo, no el beneficio de litigar sin gastos sino lo que llamamos la «auxiliatoria de pobreza». En nuestro país no se le pregunta a nadie qué nacionalidad tiene para otorgar o no la auxiliatoria de pobreza. Es más, la Defensoría de Oficio nunca preguntó a persona alguna ni hizo cuestión de nacionalidad para otorgar asistencia jurídica gratuita a quien la necesite. Estas son cosas que nos vienen de la mejor tradición liberal del país. Por lo tanto, la aprobación de este proyecto de ley no nos significa cambio alguno y está bien que esto conste en un Acuerdo internacional.

El segundo punto que sí tiene más contenido es el que establece que cuando un Estado Parte de este Acuerdo, a través del órgano jurisdiccional competente, otorga los beneficios que aquí se mencionan –es decir, el beneficio de litigar sin gastos y la asistencia jurídica gratuita–, los demás Estados Parte se obligan a reconocerlos. De manera que si en el Uruguay alguien solicita, para iniciar un juicio, el beneficio que nosotros llamamos «auxiliatoria de pobreza», y luego tiene que cumplir alguna diligencia en cualquier otro de estos Estados Parte –por ejemplo, solicitar una medida cautelar o diligenciar prueba en Chile–, estos se obligan a reconocer esa disposición del juez que fue competente para conocer en el asunto, que otorgó el beneficio de litigar sin gastos o de contar con asistencia jurídica gratuita y de respetarlo en su territorio o jurisdicción. En el ejemplo planteado de la persona que obtuvo la auxiliatoria de pobreza y luego fue a Chile a tramitar una prueba, no se le va a exigir que pague allí los tributos que puedan corresponder; por el contrario, se le exonerarán en virtud de la declaración del juez uruguayo. Como es natural, nosotros nos comprometemos a hacer lo mismo, como lo hacen todos los firmantes del Acuerdo.

Luego hay una serie de disposiciones particulares referidas a materias específicas como, por ejemplo, la restitución internacional de menores y la ejecución de sentencias. La idea es que quien vaya a ejecutar una sentencia, habiendo recibido este beneficio de litigar sin gastos en el Estado donde se tramitó el juicio principal, podrá contar con el mismo beneficio a la hora de ejecutar la sentencia en otro Estado Parte. Todas estas disposiciones concretan el propósito –compartido por los Estados signatarios– de facilitar el acceso a la Justicia en los territorios de sus respectivas jurisdicciones.

Reitero que la Comisión de Asuntos Internacionales recomienda al Cuerpo, por unanimidad de sus miembros, la aprobación de este proyecto de ley.

Era cuanto tenía para informar.

SEÑOR PRESIDENTE.- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar en general el proyecto de ley.

(Se vota:)

–21 en 21. Afirmativa. UNANIMIDAD.

En discusión particular.

Léase el artículo único del proyecto de ley.

(Se lee).

SEÑOR SECRETARIO (Hugo Rodríguez Filippini).- «Artículo único.- Apruébase el Acuerdo sobre Beneficio de Litigar sin Gastos y la Asistencia Jurídica Gratuita entre los Estados Partes del Mercosur, la República de Bolivia y la República de Chile, firmado en Florianópolis, República Federativa del Brasil, el 15 de diciembre de 2000».

SEÑOR PRESIDENTE.- En consideración.

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota:)

–21 en 21. Afirmativa. UNANIMIDAD.

Queda sancionado el proyecto de ley, que se comunicará al Poder Ejecutivo para su promulgación.

(No se publica el texto del proyecto de ley sancionado por ser igual al considerado).

19) TRATADO DE MARRAKECH PARA FACILITAR EL ACCESO A LAS OBRAS PUBLICADAS A LAS PERSONAS CIEGAS, CON DISCAPACIDAD VISUAL O CON OTRAS DIFICULTADES PARA ACCEDER AL TEXTO IMPRESO

SEÑOR PRESIDENTE.- Se pasa a considerar el asunto que figura en undécimo término del Orden del Día: «Proyecto de ley por el que se aprueba el Tratado de Marrakech para Facilitar el Acceso a las Obras Publicadas a las Personas Ciegas, con Discapacidad Visual o con otras Dificultades para Acceder al Texto Impreso, suscrito en Marrakech, Reino de Marruecos, el 27 de junio de 2013. (Carp. n.º 1551/2014 – Rep. n.º 1123/2014)».

(Antecedentes)

n001.jpg

«CÁMARA DE SENADORES

Comisión de

Asuntos Internacionales

Informe

Antecedentes

En la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad adoptada en diciembre de 2006 y ratificada por nuestro país desde diciembre de 2011, encontramos que el propósito de esa Convención es “promover, proteger y asegurar el goce pleno y en condiciones de igualdad de todos los derechos humanos y libertades fundamentales por todas las personas con discapacidad, y promover el respeto de su dignidad inherente”. Por su parte, señala: Los Estados Partes reconocen que todas las personas son iguales ante la ley y en virtud de ella y que tienen derecho a igual protección legal y a beneficiarse de la ley en igual medida sin discriminación alguna.

En su artículo 30 señala: “Los Estados Partes reconocen el derecho de las personas con discapacidad a participar, en igualdad de condiciones con las demás, en la vida cultural y adoptarán todas las medidas pertinentes para asegurar que las personas con discapacidad [...]. Tengan acceso a material cultural en formatos accesibles; [...] se tomen todas las medidas pertinentes, de conformidad con el derecho internacional, a fin de asegurar que las leyes de protección de los derechos de propiedad intelectual no constituyan una barrera excesiva o discriminatoria para el acceso de las personas con discapacidad a materiales culturales”.

El tratado también recoge como antecedentes, en su Preámbulo a la Declaración Universal de Derechos Humanos, de la cual recuerda y señala sus principios de no discriminación, de igualdad de oportunidades, de accesibilidad y de participación e inclusión plena y efectiva en la sociedad.

En lo que a Derechos de Autor se refiere, el Tratado hace expresa cita del Convenio de Berna para la Protección de las obras Literarias y Artísticas (1979). “Se reserva a las legislaciones de los países de la Unión la facultad de permitir la reproducción de dichas obras en determinados casos especiales, con tal que esa reproducción no atente a la explotación normal de la obra ni cause un perjuicio injustificado a los intereses legítimos del autor”.

A este aspecto, se suma en el Preámbulo, la cita a las recomendaciones de la Agenda para el Desarrollo adoptadas por la Asamblea General de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual cuyo propósito es asegurar que las consideraciones relativas al desarrollo formen parte integral de la labor de la Organización.

Basados en datos aportados por la Unión Mundial de Ciegos (WBU, por sus siglas en inglés) sabemos que en el mundo desarrollado anualmente solo el 5 % de los libros editados se encuentra disponible en formatos accesibles: versiones en braille, macrotipo, audiolibro, etc. En los países subdesarrollados esa cifra apenas alcanza al 1 %. Obviamente si la publicación de libros en braille fuera económicamente redituable estos porcentajes serían otros. Se suma otra limitante y es que menos del 60 % de los países miembros de OMPI contemplan en sus legislaciones cláusulas sobre limitaciones y excepciones especiales sobre el derecho de autor en favor de las personas con discapacidad visual. Esto hace muy difícil la tarea a las organizaciones que desean transformar los textos en formatos accesibles y la convierten en una actividad con altísimos costos.

Intercambio Transfronterizo: en este sentido también aparecen las limitantes de derechos de autor y económicas, haciendo que la tarea de importación sea más difícil y compleja para los países más pobres o con un mercado pequeño.

En vista de los antecedentes que se expresan y se nota claramente en la difícil situación actual de acceso a los textos impresos que impera en la colectividad de personas ciegas o con baja visión.

Es absolutamente urgente e imperioso adoptar un instrumento de derecho internacional que establezca las prescripciones nacionales sobre excepciones y limitaciones al derecho de autor en favor de los discapacitados visuales y que, además, contemple la creación de mecanismos que permitan el intercambio transfronterizo de obras en formato accesible.

Texto del Tratado

El mismo cuenta con un Preámbulo y 22 artículos.

En párrafos anteriores ya se hizo mención a varios puntos del Preámbulo, a los cuales se debe agregar aquellos donde se establece “la importancia que significan los desafíos para el desarrollo integral de las personas con discapacidad visual o con otras dificultades para acceder al texto impreso, que limitan su libertad de expresión, incluida la libertad de recabar, recibir y difundir información e ideas de toda índole en pie de igualdad con otras […]. Así como su goce del derecho de educación y la oportunidad de llevar a cabo investigaciones”.

Los artículos 1, 2 y 3 se refieren a la relación con otros tratados o convenios; enumera las definiciones pertinentes y la necesaria identificación de determinados términos como, por ejemplo, son “obra”, “ejemplar en formato accesible”, “entidad autorizada” y, por último, se refiere a quienes son los beneficiarios.

El artículo 4 se destina a detallar las excepciones y limitaciones contempladas en la legislación nacional de derecho de autor sobre los ejemplares en formato accesible. Así también la distribución y disposición al público. Se detalla, además, la manera en que las entidades autorizadas pueden realizar un ejemplar en formato accesible.

Por su lado, el artículo 5 establece los mecanismos para el intercambio transfronterizo de ejemplares de las obras en formato accesible, estableciendo como las Partes Contratantes dispongan si pueden ser distribuidas o puestas a disposición de una entidad autorizada a un beneficiario o a una entidad autorizada en otra Parte Contratante. También indica que las Partes pueden establecer otras limitaciones o excepciones en su legislación para satisfacer el intercambio.

El artículo 6 describe le importación de ejemplares en formato accesible, el artículo 7 las obligaciones relativas a las medidas tecnológicas y el artículo 8 se refiere al respeto a la intimidad.

El artículo 9 detalla la cooperación encaminada a facilitar el intercambio transfronterizo, alentando el intercambio voluntario, comprometiéndose las Partes a dar asistencia a las entidades autorizadas con el intercambio de información entre entidades autorizadas como con la puesta a disposición e información sobre las políticas y prácticas.

El artículo 10 se refiere a los Principios generales sobre la aplicación del tratado; los artículos 11 y 12 relatan las obligaciones generales sobre limitaciones y excepciones. El artículo 13 detalla el funcionamiento e integración de la Asamblea, donde estarán representadas las Partes Contratantes, las competencias que esta tenga y la forma de toma de decisiones.

Para la administración del Tratado se designa a la Oficina internacional de OMPI (artículo 14).

El artículo 15 indica cuáles son las condiciones para ser parte del tratado y cómo se decide la admisión de organizaciones intergubernamentales.

El artículo 16 habla de los derechos y obligaciones en virtud del tratado y el artículo 17 la firma del mismo, la entrada en vigor aparece en el artículo 18 y en el 19 la fecha efectiva para ser parte del mismo. Los artículos 20, 21 y 22 incluyen la denuncia del tratado, los idiomas y el depositario, respectivamente.

Por lo anteriormente expuesto y en el entendido que la aprobación del presente proyecto de ley irá en beneficio del acceso a la literatura de una colectividad que hoy por hoy está privada en su derecho fundamental, es que solicitamos a este Cuerpo su aprobación.

Sala de la Comisión, 7 de agosto de 2014.

Alberto Couriel, miembro informante; Carlos Baráibar, Roberto Conde, Ope Pasquet, Enrique Rubio».

n002.jpg

n003.jpg

n004.jpg

n005.jpg

n006.jpg

n007.jpg

n008.jpg

n009.jpg

n010.jpg

n011.jpg

n012.jpg

n013.jpg

n014.jpg

n015.jpg

n016.jpg

n017.jpg

n018.jpg

n019.jpg

SEÑOR PRESIDENTE.- Léase el proyecto.

(Se lee:)

–En discusión general.

Tiene la palabra el miembro informante, señor Senador Couriel.

SEÑOR COURIEL.- Señor Presidente: el Tratado de Marrakech fue aprobado en junio de 2013 y, de sancionarse en el día de hoy –teniendo en cuenta que la Cámara de Representantes ya lo votó afirmativamente–, probablemente convierta al Uruguay en el primer país en aprobarlo. En esencia, por él se facilita el acceso, a las obras publicadas, a las personas ciegas, con discapacidad visual o con otras dificultades para acceder al texto impreso. La verdad es que lo hago con mucho cariño por mi situación personal, porque los problemas en mis córneas o en mi mácula me llevan a tener una especial consideración por estos temas.

Hemos recibido dos informes: uno proveniente del Poder Ejecutivo y otro de la Unión Latinoamericana de Ciegos, que nos ayudan a tratar de entender las características de este proyecto de ley.

Señor Presidente: existe una serie de antecedentes sobre esta temática. Desde el año 2003, la Unión Mundial de Ciegos ha estado solicitando al Comité Permanente de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual sobre Derechos de Autor y Derechos Conexos que responda a la necesidad de armonizar y establecer normas en materia de limitación y excepciones al Derecho de Autor con el fin de facilitar la publicación y distribución de obras protegidas que sean accesibles a las personas ciegas o con otras discapacidades visuales.

En esencia, señor Presidente, hoy en día las personas ciegas o con discapacidad para la lectura se enfrentan a enormes obstáculos para tener acceso a obras protegidas por Derechos de Autor. En un mundo ideal, los editores distribuirían sus obras en formatos accesibles para las personas ciegas, con deficiencias visuales y con discapacidad para la lectura, pero en la práctica esto solo ocurre en raras ocasiones.

De acuerdo con las estimaciones de la Organización Mundial de la Salud, en 2010 había en el mundo entero más de 285:000.000 de personas con discapacidad visual, de las cuales 248:000.000 presentaban baja visión y 39:000.000 eran ciegos. De ellos, el 90 % vivía en países en vías de desarrollo.

La Unión Mundial de Ciegos estima que del millón de libros impresos cada año mundialmente, en los países desarrollados solo el 5 % son disponibles en formatos accesibles a los discapacitados visuales, es decir, versiones en braille, macrotipo, audiolibros, entre otros. Si se toman en cuenta los países menos adelantados o en desarrollo, esta cifra apenas alcanza el 1 %.

Otra información marca que en 2006 la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual realizó una encuesta que arrojó que menos de 60 países contemplaban en su legislación nacional de Derechos de Autor, cláusulas sobre limitaciones y excepciones especiales en favor de las personas con discapacidad visual que permitiesen la conversión de textos impresos en formatos accesibles.

Por lo tanto, es posible que Uruguay sea el primer país en ratificar este Tratado de Marrakech.

En el preámbulo del Tratado surgen antecedentes que vale la pena reseñar. Dice así: «Recordando los principios de no discriminación, de igualdad de oportunidades, de accesibilidad y de participación e inclusión plena y efectiva en la sociedad, proclamados en la Declaración Universal de Derechos Humanos y en la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad» Más adelante señala: «Recalcando la importancia de la protección del derecho de autor como incentivo y recompensa para las creaciones literarias y artísticas y la de incrementar las oportunidades de todas las personas, incluidas las personas con discapacidad visual. […] Consciente de las barreras que, para acceder a las obras publicadas en aras de lograr igualdad de oportunidades en la sociedad, deben enfrentar las personas con discapacidad visual o con otras dificultades para acceder al texto impreso, y de la necesidad de ampliar el número de obras en formato accesible y de mejorar la distribución de dichas obras».

También vale la pena remarcar la ausencia de legislación sobre esta materia, tal como figura en los antecedentes de la propuesta que viene del Poder Ejecutivo. Dice: «La ausencia de regulación internacional sobre movimiento transfronterizo de textos en formatos accesibles, impide por ejemplo, que los países de habla hispana de América Latina, puedan beneficiarse plenamente de los más de 100.000 títulos en formatos accesibles que tiene la biblioteca de la Organización Nacional de Ciegos de España (ONCE) o los más de 50.000 con que cuenta la República Argentina.

De esta manera, es imperativo y urgente la adopción de un instrumento de Derecho Internacional, que haga en primer lugar, mandatorio prescripciones nacionales sobre excepciones y limitaciones al derecho de autor en favor de los discapacitados visuales, pero que también contemple la creación de mecanismos eficientes que permitan el intercambio transfronterizo de obras en formato accesible y de cooperación»

Reitero, señor Presidente, que los cambios que se introducen en el Tratado admiten la necesidad –y esto no es menor– de lograr un equilibrio entre la protección de los derechos de autor y un interés público de mayor envergadura, en especial, la educación, investigación y acceso a la información. Lo que genera el Tratado permite el intercambio, a través de las fronteras, de obras accesibles publicadas de una entidad a otra y también de una entidad autorizada a personas particulares, lo que permite que un usuario con discapacidad de un país pueda acceder directamente a una biblioteca de libros accesibles de otro país.

En fin, señor Presidente, los beneficiarios concretos de este Tratado de Marrakech se enumeran en su artículo 3.º: «Será beneficiario toda persona: a) ciega; b) que padezca una discapacidad visual o una dificultad para percibir o leer que no puede corregirse para que permita un grado de visión sustancialmente equivalente al de una persona sin ese tipo de discapacidad o dificultad, y para quien es imposible leer material impreso de una forma sustancialmente equivalente a la de una persona sin esa discapacidad o dificultad; o c) que no pueda de otra forma, por una discapacidad física, sostener o manipular un libro o centrar la vista o mover los ojos en la medida en que normalmente se considera apropiado para la lectura; independientemente de otras discapacidades».

Por estas razones, señor Presidente, queremos que Uruguay sea el primer país que apruebe este Tratado de Marrakech –en la Comisión de Asuntos Internacionales el proyecto se aprobó por unanimidad– que da la posibilidad de leer a las personas que tienen discapacidad visual.

Muchas gracias.

SEÑOR PRESIDENTE.- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar en general el proyecto de ley.

(Se vota:)

–22 en 22. Afirmativa. UNANIMIDAD.

En discusión particular.

Léase el artículo único del proyecto de ley.

(Se lee).

SEÑOR SECRETARIO (Hugo Rodríguez Filippini).- «Artículo Único.- Apruébase el Tratado de Marrakech para facilitar el acceso a las obras publicadas a las personas ciegas, con discapacidad visual o con otras dificultades para acceder al texto impreso, suscrito en Marrakech, Reino de Marruecos, el 27 de junio de 2013».

SEÑOR PRESIDENTE.- En consideración.

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota:)

–22 en 22. Afirmativa. UNANIMIDAD.

Queda sancionado el proyecto de ley, que se comunicará al Poder Ejecutivo.

(No se publica el texto del proyecto de ley sancionado por ser igual al considerado).

20) SOLICITUDES DE LICENCIA E INTEGRACIÓN DEL CUERPO

SEÑOR PRESIDENTE.- Léase una solicitud de licencia.

(Se lee).

SEÑOR SECRETARIO (Hugo Rodríguez Filippini).- «Montevideo, 19 de agosto de 2014

Señor Presidente del Senado

Contador Danilo Astori

Presente

 

De mi mayor consideración:

A través de la presente, tengo el agrado de dirigirme a usted, con el fin de solicitar licencia el lunes 1.º de setiembre del año en curso, inclusive.

Motiva dicha solicitud, que debo concurrir como Parlamentario miembro de la Comisión de Presupuesto y Asuntos Internos del Mercosur, que se llevará a cabo el 1.º de setiembre del corriente año, en la ciudad de Buenos Aires.

Sin otro particular, lo saludo muy atentamente.

Gustavo Penadés. Senador».

SEÑOR PRESIDENTE.- Se va a votar si se concede la licencia solicitada.

(Se vota:)

–21 en 22. Afirmativa.

Queda convocado el señor Julio Silveira, a quien ya se ha tomado la promesa de estilo.

21) ACUERDO DE COOPERACIÓN ENTRE LA REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY Y GEORGIA

SEÑOR PRESIDENTE.- Pido disculpas al Senado porque, por error, salteamos el décimo punto del Orden del Día.

En consecuencia, se pasa a considerar el asunto que figura en décimo término del Orden del Día: «Proyecto de ley por el que se aprueba el Acuerdo de Cooperación entre la República Oriental del Uruguay y Georgia, suscrito en Montevideo, República Oriental del Uruguay, el 29 de abril de 2013. (Carp. n.º 1415/2013 - Rep. n.º 1121/2014)».

(Antecedentes:)

o001.jpg

«CÁMARA DE SENADORES

Comisión de

Asuntos Internacionales

Informe

1.- Con fecha 22 de setiembre de 2013 el Poder Ejecutivo –actuando por acuerdo de la Presidencia de la República con los Ministerios de Relaciones Exteriores, Economía y Finanzas y Educación y Cultura– remitió a la Asamblea General el proyecto de ley objeto de este informe, por el cual se aprueba el Acuerdo de Cooperación entre la República Oriental del Uruguay y Georgia firmado en Montevideo, República Oriental del Uruguay, el 29 de abril de 2013.

2.- La Cámara de Representantes le dio media sanción al presente proyecto con fecha 3 de diciembre de 2013.

3.- Como lo señala el mensaje del Poder Ejecutivo el Acuerdo “pondrá al servicio de las relaciones entre ambos países un instrumento práctico y abierto, que se ajustará a la necesidad de nuestro país de intensificar las relaciones políticas, económico-comerciales y culturales con Georgia al aportar un marco jurídico que actuará como herramienta de trabajo bajo la cual se podrá incrementar la relación bilateral en áreas de particular interés para ambas Partes”.

4.- El Acuerdo consta de un Preámbulo y nueve artículos.

5.- En el Preámbulo se indica que se procura promover la cooperación política, económica y cultural entre los dos Estados, así como desarrollar y fortalecer las relaciones de amistad entre las dos naciones de conformidad con la Carta de las Naciones Unidas.

6.- En el artículo primero se establece que los Ministerios de Relaciones Exteriores de Uruguay y Georgia desarrollarán contactos en el ámbito internacional con el propósito de lograr un acercamiento entre los dos Estados, fortalecer la paz y seguridad internacional y promover la mutua cooperación con todos los países en el campo político, económico, humanitario y cultural, de acuerdo con la Carta de las Naciones Unidas.

7.- El artículo segundo señala que con la finalidad de profundizar las relaciones bilaterales, las Partes mantendrán regularmente consultas a nivel de Ministros o a otros niveles sobre temas de interés internacional y bilateral.

8.- Por medio del artículo tercero se establece que las Partes determinarán de antemano y por mutuo consentimiento el nivel, agenda, tiempo y lugar de las consultas que se mantendrán al menos una vez al año.

9.- En el parágrafo primero del artículo cuarto se señala que las partes intercambiarán, cuando sea necesario, información sobre los temas de implementación de los tratados internacionales, celebrados entre los países así como nuevas iniciativas referidas a dichos temas. En el segundo parágrafo del mismo artículo prevé que las partes intercambien dentro de los límites de sus competencias, información y puntos de vista sobre los principales temas de política internacional y nacional de ambos Estados.

10.- En el quinto artículo se establece que las Partes promoverán la expansión y profundización de la cooperación en beneficio mutuo en el ámbito político, económico-comercial, cultural, humanitario, de la información y otros campos.

11.- El artículo sexto indica que las Partes determinarán condiciones para establecer contactos directos y compartir experiencias a través del intercambio de becarios así como la realización de consultas y seminarios.

12.- En el artículo séptimo se prevé que cualquier controversia que pueda surgir entre las Partes en el proceso de implementación e interpretación del presente Acuerdo será resuelta a través de consultas y negociaciones.

13.- El artículo octavo del Acuerdo establece que las Partes podrán por mutuo consentimiento introducir enmiendas y agregados al Acuerdo, que serán redactados como protocolos separados y entrarán en vigor de la misma manera que el presente Acuerdo. Se agrega que estos protocolos constituirán parte integral del presente Acuerdo.

14.- Finalmente en el artículo noveno regula la entrada en vigor del presente Acuerdo, su vigencia, así como su prórroga.

Las disposiciones glosadas no merecen reparos. Por el contrario componen ellas un instrumento jurídico útil para promover la cooperación entre la República Oriental del Uruguay y Georgia.

Por consiguiente, entendemos que se debe recomendar al Senado la aprobación del Acuerdo objeto de este informe.

Sala de la Comisión, 7 de agosto de 2014.

Ope Pasquet, miembro informante; Carlos Baráibar, Roberto Conde, Alberto Couriel, Enrique Rubio».

o002.jpg

o003.jpg

o004.jpg

o005.jpg

o006.jpg

o007.jpg

o008.jpg

o009.jpg

SEÑOR PRESIDENTE.- Léase el proyecto.

(Se lee).

–En discusión general.

Tiene la palabra el miembro informante, señor Senador Pasquet.

SEÑOR PASQUET.- Señor Presidente: la Comisión de Asuntos Internacionales recomienda al Senado la aprobación de este Acuerdo, que tiende a establecer los primeros vínculos de cooperación entre nuestro país y la República de Georgia. Y decimos «los primeros vínculos» porque, en realidad, el Acuerdo tiene un contenido mínimo: prevé, simplemente, que los Ministerios de Relaciones Exteriores de ambos Estados desarrollen contactos en el plano internacional, a fin de –según establece el artículo 1– «lograr un acercamiento entre los dos Estados, fortalecer la paz y seguridad internacional y promover la mutua cooperación». Es decir que estamos en el plano de las declaraciones absolutamente genéricas.

En el artículo 2 se dice que «las partes mantendrán regularmente consultas a nivel de ministros o a otros niveles sobre temas de interés internacional y bilateral». Quiere decir que de pronto alcanza con que los Embajadores de los dos países se encuentren en un ámbito en el que estén ambos Estados representados, como Naciones Unidas, por ejemplo, y se estará cumpliendo con esta previsión del Tratado.

Las reuniones deben celebrarse con una frecuencia mínima: «una vez por año», al menos, dice el artículo 3.

Cuando aparece la posibilidad de prever contactos más estrechos o directos, el artículo 6 adopta un circunloquio que aleja prudentemente toda posibilidad de concreción, porque dice que «Las Partes determinarán condiciones para establecer contactos directos y compartir experiencias».

De manera que es muy laxo todo el entramado de disposiciones que constituye este Acuerdo. En definitiva, como decía, se trata de un primer paso, un primer acercamiento entre ambos Estados.

No vemos, francamente, ningún inconveniente que obste a la aprobación del Acuerdo; por el contrario, pensamos que es una forma de comenzar este nuevo relacionamiento internacional de la República, por todo lo cual la Comisión de Asuntos Internacionales recomienda al Senado la aprobación de este proyecto de ley.

Es cuanto quería expresar, señor Presidente.

SEÑOR PRESIDENTE.- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar en general el proyecto de ley.

(Se vota:)

–20 en 21. Afirmativa.

En discusión particular.

Léase el artículo único.

(Se lee:)

SEÑOR SECRETARIO (Hugo Rodríguez Filippini).- «Artículo único.- Apruébase el Acuerdo de Cooperación entre la República Oriental del Uruguay y Georgia, suscrito en Montevideo, República Oriental del Uruguay, el 29 de abril de 2013».

SEÑOR PRESIDENTE.- En consideración.

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota:)

–20 en 21. Afirmativa.

Queda sancionado el proyecto de ley, que se comunicará al Poder Ejecutivo.

(No se publica el texto del proyecto de ley sancionado, por ser igual al considerado).

22) 135 AÑOS DEL CENTRO GALLEGO

SEÑOR GALLINAL.- Pido la palabra para una cuestión de orden.

SEÑOR PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor Senador.

SEÑOR GALLINAL.- Señor Presidente: hemos conversado con los coordinadores de los distintos partidos acerca de que en estos días se están cumpliendo 135 años del Centro Gallego; con tal motivo –si no estamos equivocados– la Cámara de Representantes estaría celebrando una sesión de homenaje, y nosotros consideramos que el Senado de la República no puede permanecer ajeno a este tema.

Como además vendrá especialmente una delegación desde España, vamos a proponer, porque así lo hemos acordado, que el primer punto del Orden del Día de la sesión ordinaria del martes 9 de setiembre sea, precisamente, la conmemoración del aniversario del Centro Gallego, homenajeando así a la colectividad gallega en el Uruguay. Hemos decidido, además, que hable un representante por partido, con la brevedad del caso, en atención a que estamos entrando en las últimas sesiones previas al receso, que comienza el próximo 15 de setiembre. De manera que queremos hacer moción en ese sentido.

SEÑOR PRESIDENTE.- Se va a votar la moción formulada por el señor Senador Gallinal.

(Se vota:)

–22 en 22. Afirmativa. UNANIMIDAD.

Por lo tanto, queda incorporado como primer punto del Orden del Día de la sesión ordinaria del 9 de setiembre la conmemoración de los 135 años del Centro Gallego, como homenaje a la colectividad gallega en el Uruguay.

23) SOLICITUDES DE VENIA DEL PODER EJECUTIVO PARA DESTITUIR DE SUS CARGOS A DOS FUNCIONARIOS PÚBLICOS

SEÑOR PRESIDENTE.- Corresponde que el Senado pase a sesión secreta para considerar el asunto que figura en duodécimo término del Orden del Día.

(Así se hace. Es la hora 14 y 15 minutos).

(En sesión pública).

–Habiendo número, se reanuda la sesión.

(Es la hora 14 y 20 minutos).

–Dese cuenta de lo actuado en sesión secreta.

SEÑOR SECRETARIO (Hugo Rodríguez Filippini).- El Senado, en sesión secreta, concedió venia al Poder Ejecutivo para destituir de su cargo a un funcionario del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente y a una funcionaria del Ministerio de Industria, Energía y Minería.

SEÑOR PRESIDENTE.- Se realizarán las comunicaciones pertinentes.

24) LEVANTAMIENTO DE LA SESIÓN

SEÑOR PRESIDENTE.- No habiendo más asuntos, se levanta la sesión.

(Así se hace, a la hora 14 y 21 minutos, presidiendo el señor Danilo Astori y estando presentes los señores Senadores Agazzi, Alonso, Antognazza, Baráibar, Conde, Couriel, Echeverría, Gallicchio, Gallinal, Gallo Imperiale, Heber, López Goldaracena, Martínez, Moreira (Constanza), Pasquet, Rosadilla, Rubio, Solari, Tajam y Topolansky).

DANILO ASTORI Presidente

Hugo Rodríguez Filippini Secretario

Gustavo Sánchez Piñeiro Secretario

Adriana Carissimi Canzani

Directora General del Cuerpo de Taquígrafos

Control División Diario de Sesiones del Senado

Diseño División Imprenta del Senado

Linea del pie de página
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.