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Nº 83 - TOMO 482 - 10 DE MAYO DE 2011

REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY

DIARIO DE SESIONES

DE LA

CÁMARA DE SENADORES

SEGUNDO PERÍODO DE LA XLVII LEGISLATURA

13ª SESIÓN ORDINARIA

PRESIDE EL SEÑOR DANILO ASTORI Presidente

ACTÚAN EN SECRETARÍA LOS TITULARES HUGO RODRÍGUEZ FILIPPINI Y GUSTAVO SÁNCHEZ PIÑEIRO Y EL PROSECRETARIO MIGUEL SEJAS

S U M A R I O

1) Texto de la citación

2) Asistencia

3) Asuntos entrados

4) Pedidos de informes

- El señor Senador Larrañaga solicita se curse un pedido de informes con destino al Ministerio del Interior, relacionado con la Guardia Republicana creada por la Ley Nº 18.719, de 17 de diciembre de 2010.

- El señor Senador Heber solicita se cursen los siguientes pedidos de informes:

- con destino al Ministerio de Defensa Nacional, relacionado con la situación de dos Capitanes de Navío.

- con destino al Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, relacionado con la situación de dos Capitanes de Navío y sobre el permiso de pesca de los buques “Ainoha” y “Banzare”.

- con destino al Ministerio del Interior y al Ministerio de Relaciones Exteriores, relacionado con la entrada y salida del país de dos ciudadanos.

- Oportunamente fueron tramitados.

5) Inasistencias anteriores

- Por Secretaría se da cuenta de las inasistencias registradas a las últimas convocatorias del Cuerpo y de sus Comisiones.

6) Solicitud de licencia

- El Senado concede la licencia solicitada por la señora Senadora Moreira.

7) Armonización del Sistema Notarial de Salud con el Sistema Nacional Integrado de Salud

- Manifestaciones del señor Senador Pasquet.

- Por moción del señor Senador, el Senado resuelve enviar la versión taquigráfica de sus palabras a la Presidencia de la República, al Ministerio de Salud Pública, a la Asociación de Escribanos del Uruguay y a la Caja Notarial de Seguridad Social.

8) Muerte de Juan Soto García, disidente cubano

- Manifestaciones del señor Senador Solari.

- Por moción del señor Senador, el Senado resuelve enviar la versión taquigráfica de sus palabras a la Presidencia de la República, al Ministerio de Relaciones Exteriores y a las Organizaciones de Derechos Humanos del Uruguay.

9) Grupo de Amistad Uruguay - Alemania

- Manifestaciones del señor Senador Baráibar.

- Por moción del señor Senador, el Senado resuelve enviar la versión taquigráfica de sus palabras a la Embajada de la República Federal de Alemania en Uruguay y por su intermedio al Parlamento de Baviera, al Ministerio de Relaciones Exteriores, a las Comisiones de Asuntos Internacionales del Senado y de la Cámara de Representantes y al Grupo Parlamentario de Amistad Uruguay - Alemania.

10) Julio Villegas. Una vida dedicada a la radiodifusión nacional

- Manifestaciones del señor Senador Penadés.

- Por moción del señor Senador, el Senado resuelve enviar la versión taquigráfica de sus palabras al señor Julio Villegas, al Ministerio de Educación y Cultura, a las emisoras CX14 El Espectador, CX8 Radio Sarandí y CX18 Radio Sarandí Sport y a la Asociación de Prensa del Uruguay.

11) Grave situación de productores lecheros en el país

- Manifestaciones del señor Senador Da Rosa.

- Por moción del señor Senador, el Senado resuelve enviar la versión taquigráfica de sus palabras al Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, al Instituto Nacional de Lechería, a las Juntas Departamentales de Tacuarembó y de Durazno y a sus respectivas Intendencias.

12) Positiva contribución del sistema de promoción y protección de inversiones

- Manifestaciones del señor Senador Gallo Imperiale.

- Por moción del señor Senador, el Senado resuelve enviar la versión taquigráfica de sus palabras a la Presidencia de la República, a los Ministerios de Economía y Finanzas, de Industria, Energía y Minería, de Ganadería, Agricultura y Pesca y de Turismo y Deporte, a la Unidad de Apoyo al Sector Privado, a la Cámara de Industrias del Uruguay, a la Cámara Nacional de Comercio y Servicios del Uruguay, al PIT-CNT, a los Departamentos de Economía de la Facultad de Ciencias Económicas y Administración de la Universidad de la República y de la Universidad Católica Dámaso Antonio Larrañaga y al semanario Brecha.

13) Régimen de trabajo

- Por moción de la señora Senadora Dalmás, el Senado resuelve declarar urgente y considerar de inmediato las Carpetas Nos. 533/11 y 540/11.

14) 18 de Mayo de 2011

- Proyecto de ley por el que se exceptúa del corrimiento de feriados previsto en la Ley Nº 16.805, en la redacción dada por la Ley Nº 17.414.

- Sancionado. Se comunicará al Poder Ejecutivo.

15) Centenario de la fundación de Villa Velázquez

- Proyecto de ley por el que se declara feriado no laborable para esa localidad el día 20 de mayo de 2011.

- Sancionado. Se comunicará al Poder Ejecutivo.

16) Solicitud de acuerdo del Poder Ejecutivo para designar Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria de la República ante el Gobierno del Reino de Suecia a la señora Zulma Guelman-Radtke

- Concedida.

17) Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad

- Proyecto de ley por el que se aprueba la Adhesión a este Protocolo.

- Aprobado. Se comunicará a la Cámara de Representantes.

18) Acuerdo de Contratación Pública entre la República Oriental del Uruguay y la República de Chile

- Proyecto de ley por el que se lo aprueba.

- Aprobado. Se comunicará a la Cámara de Representantes.

19) Convenio de Cooperación Comercial entre el Gobierno de la República Oriental del Uruguay y el Gobierno del Estado de Kuwait

- Proyecto de ley por el que se lo aprueba.

- Aprobado. Se comunicará a la Cámara de Representantes.

20) Acuerdo de Cooperación Económica, Comercial y Técnica entre la República Oriental del Uruguay y el Estado de Qatar

- Proyecto de ley por el que se lo aprueba.

- Aprobado. Se comunicará a la Cámara de Representantes.

21) Quincuagésimo Tercer Protocolo Adicional al Acuerdo de Complementación Económica Nº 35 entre el Mercosur y la República de Chile

- Proyecto de ley por el que se lo aprueba.

- Aprobado. Se comunicará a la Cámara de Representantes.

22) Acuerdo de Sede entre la República Oriental del Uruguay y el Mercado Común del Sur para el Funcionamiento de la Secretaría Permanente del Foro Consultivo Económico-Social

- Proyecto de ley por el que se lo aprueba.

- Aprobado. Se comunicará a la Cámara de Representantes.

23) Postergación de los numerales octavo y noveno del Orden del Día

- Por moción de la señora Senadora Dalmás a solicitud de la Bancada del Partido Nacional, el Senado resuelve posponer estos asuntos hasta la primera Sesión de junio.

24) y 26) “Maestra Tamar Méndez Balarini”

- Proyecto de ley por el que se designa con su nombre el Jardín de Infantes Nº 109 de la ciudad de Mercedes, departamento de Soriano.

- Aprobado. Se comunicará a la Cámara de Representantes.

25) “Lauro Ayestarán”

- Proyecto de ley por el que se designa con su nombre el Liceo Nº 56 del departamento de Montevideo.

- Aprobado. Se comunicará a la Cámara de Representantes.

27) “Parque Tejano”

- Proyecto de ley por el que se designa con ese nombre el Liceo Nº 66 del departamento de Montevideo.

- Por moción de la señora Senadora Topolansky, el Senado resuelve postergar su consideración e incluirlo en el Orden del Día de la próxima Sesión.

28) “Químico Luis S. Dini”

- Proyecto de ley aprobado en nueva forma por la Cámara de Representantes, por el que se designa con su nombre la Escuela Nº 26 de la localidad de Paso de Bonilla, departamento de Tacuarembó.

- Sancionado. Se comunicará al Poder Ejecutivo.

29) Solicitud de venia del Poder Ejecutivo para destituir de sus cargos a varios funcionarios públicos

- El Senado, en Sesión secreta, resolvió conceder dos de las venias solicitadas y devolver la restante al Poder Ejecutivo para ampliación de antecedentes.

30) Suspensión de la Sesión Ordinaria del martes 17 de mayo

- Por moción de la señora Senadora Dalmás en nombre de la coordinación de los partidos políticos, el Senado resuelve suspender la Sesión de ese día.

31) Levantamiento de la Sesión

1) TEXTO DE LA CITACIÓN

Montevideo, 6 de mayo de 2011.

La CÁMARA DE SENADORES se reunirá en Sesión ordinaria, el próximo martes 10 de mayo, a la hora 9:30, a fin de informarse de los asuntos entrados y considerar el siguiente

ORDEN DEL DÍA

1º) Informe de la Comisión de Asuntos Internacionales relacionado con la solicitud de acuerdo remitida por el Poder Ejecutivo, a fin de designar en calidad de Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria de la República ante el Gobierno del Reino de Suecia, a la señora Zulma Guelman-Radtke.

Carp. Nº 498/11 - Rep. 288/11

Discusión general y particular de los siguientes proyectos de ley:

2º) por el que se aprueba la Adhesión al Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, adoptado en la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América, el 13 de diciembre de 2006.

Carp. Nº 379/10 - Rep. Nº 284/11

3º) por el que se aprueba el Acuerdo de Contratación Pública entre la República Oriental del Uruguay y la República de Chile, suscrito en la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay, el 22 de enero de 2009.

Carp. Nº 413/10 - Rep. Nº 285/11

4º) por el que se aprueba el Convenio de Cooperación Comercial entre el Gobierno de la República Oriental del Uruguay y el Gobierno del Estado de Kuwait, suscrito en la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay, el 20 de julio de 2010.

Carp. Nº 452/11 - Rep. Nº 283/11

5º) por el que se aprueba el Acuerdo de Cooperación Económica, Comercial y Técnica, firmado entre la República Oriental del Uruguay y el Estado de Qatar, en la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay, el 17 de agosto de 2010.

Carp. Nº 454/11 - Rep. Nº 286/11

6º) por el que se aprueba el Quincuagésimo Tercer Protocolo Adicional al Acuerdo de Complementación Económica Nº 35 (ACE 35) entre el Mercosur y la República de Chile, suscrito en la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay, el 27 de mayo de 2009.

Carp. Nº 331/10 - Rep. Nº 282/11

7º) por el que se aprueba el Acuerdo de Sede entre la República Oriental del Uruguay y el Mercado Común del Sur (Mercosur) para el funcionamiento de la Secretaría Permanente del Foro Consultivo Económico-Social, firmado en los idiomas español y portugués, en Asunción el día 24 de julio de 2009 y el Acta de Rectificación elaborada por el Ministerio de Relaciones Exteriores de la República del Paraguay, en fecha 8 de diciembre de 2009.

Carp. Nº 435/10 - Rep. Nº 287/11

8º) por el que se designa con el nombre “Santiago Chalar” el puente ubicado sobre el arroyo Campanero Grande en la ruta nacional Nº 8 “Brigadier General Juan Antonio Lavalleja”, del departamento de Lavalleja.

Carp. Nº 428/10 - Rep. Nº 277/11

9º) por el que se designa con el nombre “Osiris Rodríguez Castillos” el puente ubicado sobre el río Yí en la ruta nacional Nº 5 “Brigadier General Fructuoso Rivera”, del departamento de Durazno.

Carp. Nº 429/10 - Rep. Nº 276/11

10) por el que se designa con el nombre de “Maestra Tamar Méndez Balarini” el Jardín de Infantes Nº 109 de la ciudad de Mercedes, departamento de Soriano, dependiente del Consejo de Educación Inicial y Primaria, Administración Nacional de Educación Pública.

Carp. Nº 521/11 - Rep. Nº 279/11

11) por el que se designa con el nombre de “Lauro Ayestarán” el Liceo Nº 56 del departamento de Montevideo, dependiente del Consejo de Educación Secundaria, Administración Nacional de Educación Pública.

Carp. Nº 523/11 - Rep. Nº 278/11

12) por el que se designa con el nombre de “Parque Tejano” el Liceo Nº 66 del departamento de Montevideo, dependiente del Consejo de Educación Secundaria, Administración Nacional de Educación Pública.

Carp. Nº 522/11 - Rep. Nº 280/11

13) Discusión única de un proyecto de ley por el que se designa con el nombre de “Químico Luis S. Dini” la Escuela Nº 26 de la localidad de Paso de Bonilla, 2da. Sección Judicial del departamento de Tacuarembó, dependiente del Consejo de Educación Inicial y Primaria, Administración Nacional de Educación Pública.

Carp. Nº 110/2010 - Rep. Nº 281/11

14) Informes de la Comisión de Asuntos Administrativos, a fin de destituir de su cargo:

- a una funcionaria del Ministerio de Salud Pública, Hospital Pasteur, dependiente de la Administración de los Servicios de Salud del Estado. (Plazo constitucional vence el 7 de junio de 2011.)

Carp. Nº 492/11 - Rep. Nº 274/11

- a una funcionaria del Ministerio de Salud Pública, Hospital Gustavo Saint Bois, dependiente de la Administración de los Servicios de Salud del Estado. (Plazo constitucional vence el 7 de junio de 2011.)

Carp. Nº 493/11 - Rep. Nº 275/11

15) Solicitud de la Comisión de Asuntos Administrativos, a los efectos de devolver al Poder Ejecutivo, para ampliación de antecedentes, la venia remitida a fin de destituir de su cargo a una funcionaria del Ministerio de Educación y Cultura, Dirección General de Registros. (Plazo constitucional vence el 1º de junio de 2011.)

Carp. Nº 491/11

Gustavo Sánchez Piñeiro Secretario - Hugo Rodríguez Filippini Secretario.

2) ASISTENCIA

ASISTEN: los señores Senadores Agazzi, Amorín, Baráibar, Bordaberry, Couriel, Chiruchi, Da Rosa, Dalmás, Gallinal, Gallo Imperiale, Gamou, Heber, Lacalle Herrera, Larrañaga, Lorier, Martínez, Michelini, Moreira (Carlos), Muguruza, Nin Novoa, Pasquet, Penadés, Rubio, Saravia, Solari, Tajam, Topolansky, Viera y Xavier.

FALTAN: con licencia, el señor Senador Fernández Huidobro y la señora Senadora Moreira; y, con aviso, el señor Senador Abreu.

3) ASUNTOS ENTRADOS

SEÑOR PRESIDENTE.-Habiendo número, está abierta la Sesión.

(Es la hora 9 y 34 minutos.)

-Dese cuenta de los asuntos entrados.

(Se da de los siguientes:)

SEÑOR SECRETARIO (Gustavo Sánchez Piñeiro).-El Poder Ejecutivo remite los siguientes Mensajes:

- por el que comunica la promulgación de un proyecto de ley por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia Internacional para las Energías Renovables (IRENA), firmado en la ciudad de Bonn, República Federal de Alemania, el 26 de enero de 2009.

- AGRÉGUESE A SUS ANTECEDENTES Y ARCHÍVESE.

- por los que solicita las venias correspondientes:

- para designar en el cargo de Fiscal Letrado Nacional de Menores de Primer Turno (Escalafón “N” Magistrados) al doctor Gilberto Carlos Rodríguez Olivar.

- para designar en el cargo de Fiscal Letrado Nacional en lo Penal de Sexto Turno (Escalafón “N” Magistrados) al doctor Carlos Genaro Negro Fernández.

- para destituir de su cargo a un funcionario del Ministerio de Economía y Finanzas.

- A LA COMISIÓN DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS.

La Cámara de Representantes remite aprobados los siguientes proyectos de ley:

- por el que se exceptúa del corrimiento de feriados previstos en la Ley Nº 16.805, de 24 de diciembre de 1996, y su modificativa, la Ley Nº 17.414, de 8 de noviembre de 2001, el feriado del 18 de mayo de 2011, fecha en que se celebran los 200 años de la Batalla de Las Piedras.

- A LA COMISIÓN DE CONSTITUCIÓN Y LEGISLACIÓN.

- por el que se designa con el nombre de “Santiago Navarro Ceballos” la Escuela Rural Nº 106 de Boquerón, departamento de Rivera, dependiente del Consejo de Educación Inicial y Primaria, Administración Nacional de Educación Pública.

- por el que se designa con el nombre de “Juana de América” el Jardín de Infantes Nº 221, departamento de Montevideo, dependiente del Consejo de Educación Inicial y Primaria, Administración Nacional de Educación Pública.

- por el que se designa con el nombre de “Maestra Ofelia de Horta Campodónico” la Escuela Nº 286 de la ciudad de Las Piedras, departamento de Canelones, dependiente del Consejo de Educación Inicial y Primaria, Administración Nacional de Educación Pública.

- A LA COMISIÓN DE EDUCACIÓN Y CULTURA.

- por el que se aprueba el Protocolo de Cartagena sobre Seguridad de la Biotecnología del Convenio sobre la Diversidad Biológica, adoptado en Montreal, Canadá, el 29 de enero de 2000, y suscrito por nuestra República el 1º de junio de 2001.

- A LA COMISIÓN DE ASUNTOS INTERNACIONALES.

- por el que se declara “Día Mundial de la Esclerosis Múltiple” el último miércoles de mayo de cada año.

- A LA COMISIÓN DE SALUD PÚBLICA.

- por el que se declara el 27 de enero de cada año “Día de Recordación de las Víctimas del Holocausto”, honrando la memoria y dignidad de las víctimas del pueblo judío y de otros colectivos.

- por el que se declara feriado no laborable para Villa Velázquez, departamento de Rocha, el día 20 de mayo de 2011, con motivo de conmemorarse los cien años de su fundación.

- A LA COMISIÓN DE CONSTITUCIÓN Y LEGISLACIÓN.

Asimismo, remite copia de las versiones taquigráficas de las palabras pronunciadas:

- por el señor Representante José Andrés Arocena por las que solicita la creación de un nuevo liceo en la ciudad capital del departamento de Florida.

- A LA COMISIÓN DE EDUCACIÓN Y CULTURA.

- por el señor Representante Alfredo Asti, referida a la problemática generada por los inmuebles abandonados.

- A LA COMISIÓN DE VIVIENDA Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL.

- por el señor Representante Ruben Martínez Huelmo por las que propone avanzar hacia las energías renovables.

- A LA COMISIÓN DE INDUSTRIA, ENERGÍA, COMERCIO, TURISMO Y SERVICIOS.

El Ministerio de Industria, Energía y Minería remite respuesta a un pedido de informes solicitado por el señor Senador Luis Alberto Heber relacionado con el llamado a una licitación pública efectuado por Antel.

- OPORTUNAMENTE FUE ENTREGADO AL SEÑOR SENADOR HEBER.

El señor Senador Jorge Larrañaga, de conformidad con lo establecido en el artículo 118 de la Constitución de la República, solicita se curse un pedido de informes con destino al Ministro del Interior, relacionado con la Guardia Republicana creada por la Ley N° 18,719, de 17 de diciembre de 2010.

El señor Senador Luis Alberto Heber, de conformidad con lo establecido en el artículo 118 de la Constitución de la República, solicita se cursen los siguientes pedidos de informes:

-con destino al Ministerio de Defensa Nacional, relacionado con la situación de dos Capitanes de Navío.

-con destino al Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, relacionado con la situación de dos Capitanes de Navío y sobre el permiso de pesca de los buques “Ainoha” y “Banzare”.

- con destino al Ministerio del Interior y al Ministerio de Relaciones Exteriores, relacionado con la entrada y la salida del país de dos ciudadanos.

-OPORTUNAMENTE FUERON TRAMITADOS.

El señor Senador Eleuterio Fernández Huidobro remite nota por la cual presenta la renuncia correspondiente al cargo de Senador de la República.

- SERÁ INCLUIDO EN EL ORDEN DEL DÍA DE UNA PRÓXIMA SESIÓN.

La Comisión de Asuntos Internacionales eleva informada la solicitud de Acuerdo remitida por el Poder Ejecutivo a fin de designar en calidad de Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria de la República ante el Gobierno del Reino de Suecia, a la señora Zulma Guelman-Radtke.

La Comisión de Asuntos Administrativos eleva informadas solicitudes de venia, remitidas por el Poder Ejecutivo, para destituir de sus cargos a dos funcionarias del Ministerio de Salud Pública.

La Comisión de Educación y Cultura eleva informados los siguientes proyectos de ley:

- por el que se designa con el nombre de “Maestra Tamar Méndez Balarini” el Jardín de Infantes Nº 109 de la ciudad de Mercedes, departamento de Soriano, dependiente del Consejo de Educación Inicial y Primaria, Administración Nacional de Educación Pública.

- por el que se designa con el nombre de “Lauro Ayestarán” el Liceo Nº 56 del departamento de Montevideo, dependiente del Consejo de Educación Secundaria, Administración Nacional de Educación Pública.

- por el que se designa con el nombre de “Parque Tejano” el Liceo Nº 66 del departamento de Montevideo, dependiente del Consejo de Educación Secundaria, Administración Nacional de Educación Pública.

- por el que se designa con el nombre de “Químico Luis S. Dini” la Escuela Nº 26 de la localidad de Paso de Bonilla, 2da. Sección Judicial del departamento de Tacuarembó, dependiente del Consejo de Educación Inicial y Primaria, Administración Nacional de Educación Pública.

La Comisión de Transporte y Obras Públicas eleva informados los siguientes proyectos de ley:

- por el que se designa con el nombre “Santiago Chalar” el puente sobre el arroyo Campanero Grande en la ruta nacional Nº 8 “Brigadier General Juan Antonio Lavalleja”, departamento de Lavalleja.

- por el que se designa con el nombre “Osiris Rodríguez Castillos” el puente sobre el río Yí en la ruta nacional Nº 5 “Brigadier General Fructuoso Rivera”, departamento de Durazno.

- HAN SIDO REPARTIDOS Y ESTÁN INCLUIDOS EN EL ORDEN DEL DÍA DE LA SESIÓN DE HOY.

La Comisión de Asuntos Internacionales eleva informados los siguientes proyectos de ley:

- por el que se aprueba la Adhesión al Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, adoptado en la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América, el 13 de diciembre de 2006.

- por el que se aprueba el Acuerdo de Contratación Pública entre la República Oriental del Uruguay y la República de Chile, suscrito en la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay, el 22 de enero de 2009.

- por el que se aprueba el Convenio de Cooperación Comercial entre el Gobierno de la República Oriental del Uruguay y el Gobierno del Estado de Kuwait, suscrito en la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay, el 20 de julio de 2010.

- por el que se aprueba el Acuerdo de Cooperación Económica, Comercial y Técnica, firmado entre la República Oriental del Uruguay y el Estado de Qatar en la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay, el 17 de agosto de 2010.

- por el que se aprueba el Quincuagésimo Tercer Protocolo Adicional al Acuerdo de Complementación Económica Nº 35 (ACE 35) entre el Mercosur y la República de Chile, suscrito en la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay, el 27 de mayo de 2009.

- por el que se aprueba el Acuerdo de Sede entre la República Oriental del Uruguay y el Mercado Común del Sur (Mercosur) para el funcionamiento de la Secretaría Permanente del Foro Consultivo Económico-Social, firmado en los idiomas español y portugués en Asunción el día 24 de julio de 2009, y el Acta de Rectificación elaborada por el Ministerio de Relaciones Exteriores de la República del Paraguay, en fecha 8 de diciembre de 2009.

- HAN SIDO REPARTIDOS Y ESTÁN INCLUIDOS EN EL ORDEN DEL DÍA DE LA SESIÓN DE HOY.

El señor Presidente de la Cámara de Consejeros de Japón remite nota de agradecimiento por el apoyo brindado por nuestro Parlamento con motivo del desastre natural que ha atravesado el citado país.

La Junta Departamental de Cerro Largo remite copia de una declaración pública emitida por la Bancada Nacionalista de dicha Corporación, relacionada con la aprobación en el Senado de la República del proyecto de ley interpretativo de la Ley de Caducidad.

La Junta Departamental de Río Negro remite nota comunicando su apoyo al planteamiento del señor Edil Roberto Delgado de la Junta Departamental de Treinta y Tres, relacionado con la extensión del beneficio de los bonos estudiantiles de transporte a todos los estudiantes hasta sexto año de liceo.

La Junta Departamental de Soriano remite copia de la versión taquigráfica de las palabras pronunciadas por el señor Edil Raúl Bruno, sobre la reglamentación de ingesta de alcohol en la vía pública.

- TÉNGANSE PRESENTES.

La Junta Departamental de Florida remite copia de las siguientes versiones taquigráficas:

- de las palabras pronunciadas por el señor Edil Alejandro Bauer, referidas a la aprobación en el Senado de la República del proyecto de ley interpretativo de la Ley de Caducidad.

- TÉNGASE PRESENTE.

- de las palabras pronunciadas por el señor Edil Edgar Machado, relacionadas con la campaña de apoyo a la jocketa uruguaya Alfonsina Maldonado, a fin de competir en los Juegos Olímpicos representando a Uruguay.

- A LA COMISIÓN ESPECIAL DE DEPORTE.

4) PEDIDOS DE INFORMES

SEÑOR PRESIDENTE.-Dese cuenta de un pedido de informes.

(Se da del siguiente:)

SEÑOR SECRETARIO (Gustavo Sánchez Piñeiro).-“El señor Senador Jorge Larrañaga, de conformidad con lo establecido en el artículo 118 de la Constitución de la República, solicita se curse un pedido de informes con destino al Ministerio del Interior, relacionado con la Guardia Republicana creada por la Ley Nº 18.719, de 17 de diciembre de 2010.”

- OPORTUNAMENTE FUE TRAMITADO.

(Texto del pedido de informes:)

“Montevideo, 5 de mayo 2011.

Señor Presidente del Senado

Cr. Danilo Astori

Presente

 

De mi mayor consideración

De conformidad con lo que determina el artículo 118 de la Constitución de la República, solicito se curse al Ministerio del Interior el siguiente Pedido de Informes:

1.: Se detalle el estado de situación de la implementación de la Guardia Republicana creada por el artículo 231 de la Ley N° 18.719 y reglamentada por el Decreto 60/011.

2.: Cuántos efectivos formarán parte de la mencionada Unidad Ejecutora 033.

3.: Informe cuál será el procedimiento de llenado de vacantes para la antedicha Unidad Ejecutora.

4.: Si se trasladarán efectivos del Ministerio de Defensa al Ministerio del Interior para dicho cometido.

5.: Informe el cronograma de traslados de reclusos hacia el centro de reclusión de Punta Rieles.

6.: Detalle el mecanismo de clasificación de los reclusos a ser trasladados a Punta Rieles.

7.: Si el Ministerio tiene planificado utilizar alguna otra instalación militar como centro de reclusión en la modalidad similar a la de Punta Rieles.

8.: Cuántos cargos de los 1500 establecidos en el art. 4 de la Ley Nº 18.667 -Emergencia de Carcelaria- han sido cubiertos.

9.: Si existe en el Ministerio algún proyecto de régimen especial y excepcional de liberación anticipada y en caso afirmativo bajo qué características operarían las mismas.

Saluda atentamente

Jorge Larrañaga. Senador.”

SEÑOR PRESIDENTE.-Dese cuenta de otros pedidos de informes.

(Se da de los siguientes:)

SEÑOR SECRETARIO (Gustavo Sánchez Piñeiro).-El señor Senador Luis Alberto Heber, de conformidad con lo establecido en el artículo 118 de la Constitución de la República, solicita se cursen los siguientes pedidos de informes:

- con destino al Ministerio de Defensa Nacional, relacionado con la situación de dos Capitanes de Navío.

- con destino al Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, relacionado con la situación de dos Capitanes de Navío y sobre el permiso de pesca de los buques “Ainoha” y “Banzare”.

- con destino al Ministerio del Interior y al Ministerio de Relaciones Exteriores, relacionado con la entrada y salida del país de dos ciudadanos.

- OPORTUNAMENTE FUERON TRAMITADOS.

(Texto de los pedidos de informes:)

Montevideo, 9 de mayo de 2011.

Señor Presidente de la

Cámara de Senadores

Contador Danilo Astori

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 118 de la Constitución de la República, solicito a usted tenga a bien cursar al Ministerio de Defensa Nacional, el siguiente Pedido de Informe:

1. Foja de servicios de los Capitanes de Navío Gonzalo Leoni y Milton Quintela y si en la que corresponde a cada uno de ellos constan sanciones de alguna naturaleza.

2. Fecha en la cual el Capitán Gonzalo Leoni pasó “en comisión” al MGAP, con destino a la Dinara.

3. Si es de conocimiento del Ministerio la existencia de relaciones comerciales entre los Capitanes Gonzalo Leoni y Milton Quintela.

4. ¿Existen investigaciones o juicios en los que se hayan encontrado o encuentren involucrados -conjunta o separadamente- los Capitanes Gonzalo Leoni y Milton Quintela?

5. Nómina de autorizaciones para viajar al extranjero -otorgadas por los mandos correspondientes- a los Capitanes Gonzalo Leoni y Milton Quintela, con especificación de fechas y destinos.

Luis A. Heber. Senador.

Montevideo, 9 de mayo de 2011.

Señor Presidente de la

Cámara de Senadores

Contador Danilo Astori

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 118 de la Constitución de la República, solicito a usted tenga a bien cursar al Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, el siguiente Pedido de Informe:

1. Fecha en la cual el Capitán de Navío Gonzalo Leoni pasó “en comisión” al MGAP, con destino a la Dinara, proveniente del Ministerio de Defensa Nacional.

2. Si es de conocimiento del Ministerio la existencia de relaciones comerciales entre los Capitanes Gonzalo Leoni y Milton Quintela.

3. ¿Existen investigaciones o juicios en los que se hayan encontrado o encuentren involucrados -conjunta o separadamente- los Capitanes Gonzalo Leoni y Milton Quintela?

4. ¿Cuál es la empresa propietaria del permiso de pesca del buque “Ainoha”?

5. Sírvase aportar el MGAP todos los datos que disponga acerca de dicha empresa propietaria del permiso de pesca del buque “Ainoha”; titulares de la Empresa, apoderados de la misma, quiénes están autorizados para firmar, detalles operativos, etc.

6. Sírvase aportar también todo lo que obre en conocimiento de dicho Ministerio, respecto de propiedades, representaciones en general y actividades anteriores al año 2010, desarrolladas por la empresa propietaria del buque “Ainoha” referidas o no a su permiso de pesca.

7. Especificar las fechas de otorgamiento del correspondiente “permiso de pesca” a los buques “Banzare” y “Ainoha” detallando el personal que intervino, los estudios realizados y quién o quiénes firmaron tal autorización.

8. Detalle de las actividades declaradas por los buques “Danzare” y “Ainoha”, en lo que a cada uno corresponda, entre los años 2004 y 2010.

Luis A. Heber. Senador.

“Montevideo, 9 de mayo de 2011.

Señor Presidente de la

Cámara de Senadores

Contador Danilo Astori

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 118 de la Constitución de la República, solicito a usted tenga a bien cursar al Ministerio del Interior y al Ministerio de Relaciones Exteriores, el siguiente Pedido de Informe:

1. Detalle que obre en poder del Ministerio, acerca de las entradas y salidas del país del ciudadano Gonzalo Leoni, del año 2002 a la fecha.

2. Detalle que obre en poder del Ministerio, acerca de las entradas y salidas del país del ciudadano Milton Quintela, del año 2002 a la fecha.

Luis A. Heber. Senador.”

5) INASISTENCIAS ANTERIORES

SEÑOR PRESIDENTE.- Dando cumplimiento a lo que establece el artículo 53 del Reglamento de la Cámara de Senadores, dese cuenta de las inasistencias a las anteriores convocatorias del Cuerpo y de sus Comisiones.

(Se da de las siguientes:)

SEÑOR SECRETARIO (Hugo Rodríguez Filippini).- A la Sesión extraordinaria del día 3 de mayo faltaron, sin aviso, el señor Senador Montiel y la señora Senadora Moreira. A la Sesión de la Comisión de Asuntos Internacionales del día 5 de mayo faltó, con aviso, el señor Senador Larrañaga.

A la Sesión de la Comisión de Asuntos Laborales y Seguridad Social del día 5 de mayo faltaron, con aviso, los señores Senadores Da Rosa y Dalmás.

A la Sesión de la Comisión de Ganadería, Agricultura y Pesca del día 5 de mayo faltaron, con aviso, los señores Senadores Agazzi y Bordaberry.

A la Sesión de la Comisión de Hacienda del día 5 de mayo faltó, con aviso, el señor Senador Abreu.

A la Sesión de la Comisión de Educación y Cultura del día 4 de mayo faltó, con aviso, el señor Senador Da Rosa.

A la Sesión de la Comisión de Vivienda y Ordenamiento Territorial del día 3 de mayo faltó, con aviso, el señor Senador Chiruchi.

A la Sesión de la Comisión de Salud Pública del día 3 de mayo faltó, con aviso, el señor Senador Saravia.

6) SOLICITUD DE LICENCIA

SEÑOR PRESIDENTE.-Léase una solicitud de licencia.

(Se lee:)

SEÑOR SECRETARIO (Hugo Rodríguez Filippini).- “Montevideo, 9 de mayo de 2011.

Sr. Presidente de la

Cámara de Senadores

Cr. Danilo Astori

Presente

 

De mi mayor consideración:

Por la presente, solicito licencia los días 10 y 11 de mayo por motivos personales. Solicito también se convoque a mi suplente respectivo. Sin otro particular, saludo a Ud. muy atentamente.

Constanza Moreira. Senadora.”

SEÑOR PRESIDENTE.- Se va a votar si se concede la licencia solicitada.

(Se vota:)

-18 en 20. Afirmativa.

Queda convocado el señor Eduardo Muguruza, a quien ya se ha tomado la promesa de estilo.

7) ARMONIZACIÓN DEL SISTEMA NOTARIAL DE SALUD CON EL SISTEMA NACIONAL INTEGRADO DE SALUD

SEÑOR PRESIDENTE.- El Senado ingresa en la Media Hora Previa.

Tiene la palabra el señor Senador Pasquet.

SEÑOR PASQUET.- Señor Presidente: la Asociación de Escribanos del Uruguay ha entendido necesario acudir a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos para solicitarle que interceda a fin de que la República Oriental del Uruguay suspenda por dos años el ingreso al Sistema Nacional Integrado de Salud de los afiliados a la Caja Notarial de Seguridad Social, dispuesto por las Leyes Nos. 18.211, 18.731, 18.732 y concordantes, a efectos de prevenir el daño irreparable que se causará a estas personas -por la desintegración del régimen que utilizan- si el 1º de julio de 2011 se produce su ingreso a dicho Sistema.

En segundo lugar, la Asociación de Escribanos pide que se cree una Comisión negociadora, integrada por delegados del Poder Ejecutivo, de los Ministerios de Economía y Finanzas y de Salud Pública, de la Caja Notarial de Seguridad Social, de la Asociación de Escribanos del Uruguay y de la Asociación de Jubilados de la Caja Notarial, a efectos de que elabore, en el marco de las excepciones previstas por la Ley Nº 18.211 y concordantes, un proyecto de ley modificativo de la Ley Nº 18.732 y concordantes. El objetivo de esa iniciativa será armonizar el Sistema Notarial de Salud con el Sistema Nacional Integrado de Salud. En síntesis, ese es el contenido del planteo que ha formulado, ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, la Asociación de Escribanos del Uruguay.

De lo que acabo de mencionar surge -y ello es obvio- que ese colectivo se siente perjudicado por las normas legales que hemos sancionado, en virtud de las cuales el 1º de julio próximo comienza un proceso que concluirá con la destrucción del Sistema Notarial de Salud y la absorción de sus despojos por el Sistema Nacional Integrado de Salud. Ello implicará un perjuicio grave e irrevocable al esfuerzo realizado por los escribanos desde hace décadas para construir un Sistema Notarial de Salud que hoy brinda prestaciones de calidad irreprochable a sus afiliados y garantiza la salud de los escribanos, activos y pasivos, y de los empleados de las escribanías. Este régimen de cobertura ampara, aproximadamente, a 10.000 personas.

Para defender la incorporación del Sistema Notarial de Salud al Sistema Nacional Integrado de Salud se han invocado dos fundamentos: la solidaridad y la universalidad, pero ninguno de los dos es de recibo. No es de recibo la invocación de la solidaridad porque la Ley Nº 18.731 -que votamos a fines del año pasado- dispuso que al 31 de diciembre de cada año se comparará el costo promedio del Seguro Nacional de Salud, incrementado en un 25%, con los aportes personales realizados al Fonasa durante el año civil, y si estos fueran superiores, el excedente se devolverá en las condiciones que fije el Poder Ejecutivo. No hay solidaridad si el excedente del aporte se va a devolver. Lo interesantes es que otra norma de la misma Ley Nº 18.731 prevé que esos excedentes puedan ser destinados a financiar Cajas de Auxilio y seguros de salud de los trabajadores amparados por el régimen de convenios colectivos. Esa es la negación más cabal de la solidaridad: la puesta en marcha -por la propia ley- de un sistema de seguros de salud y cajas de auxilio que no se permite mantener a los escribanos.

Tampoco es de recibo la referencia a la universalidad, porque el 30 de diciembre -es decir, al día siguiente de votar la Ley Nº 18.732- el Poder Ejecutivo dispuso que los servicios de salud de ANCAP, del Banco Hipotecario y de la Agencia Nacional de Vivienda permanezcan en vigencia hasta el 31 de diciembre de 2013 para los trabajadores, y hasta el 30 de junio de 2016 para los jubilados. ¿Qué universalidad es la que comprende a los escribanos pero deja afuera a los funcionarios de ANCAP, del Banco Hipotecario y de la Agencia Nacional de Vivienda? No hay universalidad; lo que hay es una discriminación absolutamente injusta y perjudicial para los escribanos, que no piden “tener coronita” o que se los deje al margen del sistema, sino que quieren negociar y para ello ofrecen hacer aportes al Fonasa pero manteniendo, al mismo tiempo, el sistema que han creado con su esfuerzo y sus aportes. En este sentido, corresponde puntualizar que dicha Asociación no ha recibido ni recibe un peso del Poder Ejecutivo o del Estado por concepto alguno.

Estas demandas de los escribanos nos parecen absolutamente justificadas, por lo que pedimos, simplemente, que el Poder Ejecutivo se siente a conversar con ellos para buscar una solución transaccional, negociada y justa.

Solicito que la versión taquigráfica de nuestras palabras se envíe a la Presidencia de la República, al Ministerio de Salud Pública, a la Asociación de Escribanos del Uruguay y a la Caja Notarial de Seguridad Social.

SEÑOR PRESIDENTE.- Se va a votar el trámite solicitado.

(Se vota:)

-22 en 24. Afirmativa.

8) MUERTE DE JUAN SOTO GARCÍA, DISIDENTE CUBANO

SEÑOR PRESIDENTE.- Continuando con la Media Hora Previa, tiene la palabra el señor Senador Solari.

SEÑOR SOLARI.- Señor Presidente: el pasado jueves 5 de mayo -no hace aún una semana- se encontraba descansando tranquilamente en el parque Leoncio Vidal de la ciudad de Santa Clara, Cuba, el señor Juan Soto García, de 46 años.

Juan Soto García era un opositor pacífico y poco conocido. Formaba parte del Polo Antitotalitario Unido: una pequeña agrupación del centro de la isla a la que también pertenece el señor Guillermo Fariñas, quien el año pasado fuera distinguido por el Parlamento Europeo con el Premio Sajárov a la Libertad de Conciencia. El domingo 8 de mayo, Fariñas denunció la muerte del señor Soto García a consecuencia de las lesiones que le produjeran efectivos policiales cuando lo detuvieron y forzaron a retirarse del parque Leoncio Vidal de la ciudad de Santa Clara. Según la nota del periodista independiente Mauricio Vicent, radicado en La Habana, Guillermo Fariñas calificó la muerte de Soto García como “un asesinato”, expresando: “asesinaron una vez más a un hombre en Cuba”.

La nota del periodista Mauricio Vicent señala que, según fuentes de la disidencia cubana, incluido el propio Fariñas, varios policías le propinaron a Juan Soto una “brutal paliza” ante los ojos de todo el mundo en el momento de la detención. Fueron esos golpes, y no las enfermedades crónicas que padecía el activista, los que motivaron su ingreso hospitalario horas después y su fallecimiento dos días más tarde.

A continuación, tratando de mostrar que ha buscado las dos campanas, afirma que hay muchas cosas en el caso que no están del todo claras. Según la disidencia, Soto García estaba sentado en el principal parque de Santa Clara cuando la policía le exigió que se retirase. Al negarse, fue reducido por la fuerza, esposado y golpeado con saña. Según un portavoz de Fariñas, laureado por el Parlamento Europeo, la misma policía lo llevó al hospital donde fue atendido y enviado a su casa. Horas más tarde se sintió mal y un compañero de la oposición lo llevó de nuevo al hospital, donde falleció dos días después.

También expresa que las autoridades no han dado todavía versión alguna de lo sucedido, y que el Hospital Provincial de Santa Clara, donde Soto García falleció luego de pasar dos días en estado crítico, informó de una “pancreatitis” como la causa de la muerte, aunque no habrá un certificado médico de su defunción hasta dentro de 15 días.

El Presidente de la Comisión Cubana de Derechos Humanos y Reconciliación Nacional ha considerado que, con independencia de si fueron los golpes la causa directa de la muerte, el responsable de esta es el régimen por alentar la violencia y la intolerancia, recordando que hace solo unos días el portavoz del Grupo de los 75, señor Ángel Moya, recibió otra brutal golpiza cuando estaba indefenso.

Refiriéndose a la muerte de Soto García, el premiado a la Libertad de Conciencia, Guillermo Fariñas, expresó que no permitirá que quede impune el asesinato, dándole plazo al Gobierno cubano hasta el próximo 26 de julio para que acepte las exigencias de la oposición sobre los derechos humanos. En caso contrario, iniciará una huelga de hambre hasta las últimas consecuencias para evitar otros asesinatos. Asimismo, reclamó una condena unánime de la comunidad internacional.

Señor Presidente: como Senador de la República, quiero contribuir -en la simple medida de mis fuerzas- a esa condena internacional. Solicito que la versión taquigráfica de mis palabras sea enviada a la Presidencia de la República, al Ministerio de Relaciones Exteriores y a las Organizaciones de Derechos Humanos del Uruguay, solicitándoles tengan a bien considerar sumarse a esta condena internacional a la violación de los derechos humanos en Cuba y a estos crímenes de lesa humanidad.

Muchas gracias.

SEÑOR PRESIDENTE.- Se va a votar el trámite solicitado por el señor Senador Solari.

(Se vota:)

-20 en 21. Afirmativa.

9) GRUPO DE AMISTAD URUGUAY - ALEMANIA

SEÑOR PRESIDENTE.- Continuando con la Media Hora Previa, tiene la palabra el señor Senador Baráibar.

SEÑOR BARÁIBAR.- Señor Presidente: el pasado 4 y 5 de mayo -hace muy pocos días- quienes integramos el Grupo de Amistad Uruguay - Alemania, además de integrantes de las Comisiones de Asuntos Internacionales de ambas Cámaras, de la Comisión de Industria, Energía, Comercio, Turismo y Servicios de la Cámara de Senadores y la Comisión de Industria, Energía y Minería de la Cámara de Representantes, recibimos en el Parlamento a una delegación de parlamentarios integrantes de la Comisión de Economía, Infraestructura, Transporte y Tecnología del Parlamento Regional del Estado Federado de Baviera de la República Federal de Alemania. La delegación de parlamentarios está de visita en nuestro país en el marco de una gira que están llevando a cabo en Argentina, Brasil y Uruguay.

El Estado libre de Baviera, -cuyo club Bayern Munich es muy conocido por los amantes del fútbol- es el más grande de los dieciséis estados federados que conforman la República Federal de Alemania. Se encuentra situado en el sureste del país y su capital y principal ciudad es Munich. Cuenta con una población de 12:500.000 habitantes y su superficie es de 70.500 kilómetros cuadrados, aproximadamente la tercera parte de Uruguay.

En Baviera se encuentra la sede central de numerosas sociedades y empresas de renombre mundial, las automotrices Audi y BMW, Siemens en el ámbito de la electrónica y las firmas deportivas Adidas y Puma, entre otras. Su tasa de desempleo en abril de 2011 -o sea, en plena crisis europea- se sitúa en 3,9% frente a un 7,3% en toda la República Federal de Alemania. Baviera es, además, el principal destino turístico del país.

La numerosa delegación de quince parlamentarios estuvo encabezada por el señor Erwin Huber, ex Ministro y Presidente de la Comisión de Economía, Infraestructura, Transporte y Tecnología del Parlamento Regional del Estado Federado de Baviera de la República Federal de Alemania, acompañado por el señor Alexander Muthmann, Vicepresidente de la misma Comisión, el señor Reinhold Bocklet, Primer Vicepresidente del Parlamento Regional de Baviera, y otros doce parlamentarios representantes de los cinco partidos políticos que integran el Parlamento del Estado de Baviera.

Me gustaría leer algunas de las apreciaciones realizadas por el señor Erwin Huber en la Sesión anteriormente mencionada: “Nos encontramos aquí presentes quince parlamentarios del Parlamento Estadual de Baviera; formamos parte de la Comisión de Economía, Infraestructura, Transporte y Tecnología, que decide sobre estos temas para el Estado de Baviera.” Más adelante, señala: “No por cortesía, sino por convicción, les podemos trasmitir que estamos sumamente impactados por los datos que hemos recibido en Uruguay a través de las conversaciones y por lo que hemos podido apreciar. Lamentablemente, la excelente situación de este país no es suficientemente conocida en Europa, pero pueden partir de la base de que han ganado quince amigos dispuestos a difundir la actualidad uruguaya. Sabemos que en todos los indicadores de estabilidad democrática, de transparencia y de dinamismo económico, ustedes están ocupando los primeros puestos del ranking, habiendo superado a algunos de sus países vecinos, económicamente muy fuertes, y les queremos expresar nuestra admiración al respeto.” Posteriormente expresa: “Nos llevamos la impresión de que Uruguay tiene un excelente emplazamiento, una ubicación excelente, tanto para el desarrollo de la producción como para el comercio, con una altísima competencia en el ámbito de la logística, y con servicios sorprendentes. Ustedes, señores Senadores y señores Diputados, durante los últimos diez o veinte años han organizado un Estado excelente, con una capacidad de crecimiento asombrosa”.

Mantuvimos un largo intercambio de opiniones -la delegación uruguaya era importante, ya que estábamos presentes muchos Senadores y Diputados- y al final, el señor Huber, Presidente de la delegación, termina diciendo: “El Estado libre de Baviera tiene sus oficinas representativas en San Pablo, las que hasta ahora solo actuaban para Brasil, pero tenemos la intención de proponer al Parlamento provincial -si los cinco partidos políticos aquí representados lo apoyan no habrá problema- que la actividad de esta oficina también se extienda al Uruguay”.

Debo decir que la delegación estuvo acompañada por la Encargada de Negocios de la Embajada Alemana en Montevideo, señora Sigrid Prause, quien excusó al señor Embajador, que en este momento se encuentra en misión en su país.

Solicito que la versión taquigráfica de mis palabras sea remitida a la Embajada de la República Federal de Alemania en el Uruguay y que, a través de ella, sea enviada al Parlamento de Baviera, al Ministerio de Relaciones Exteriores, así como a las Comisiones de Asuntos Internacionales del Senado y de la Cámara de Representantes y al Grupo Parlamentario de Amistad Uruguay - Alemania.

Muchas gracias, señor Presidente.

SEÑOR PRESIDENTE.- Se va a votar el trámite solicitado por el señor Senador.

(Se vota:)

-23 en 25. Afirmativa.

10) JULIO VILLEGAS. UNA VIDA DEDICADA A LA RADIODIFUSIÓN NACIONAL

SEÑOR PRESIDENTE.- Continuando con la Media Hora Previa, tiene la palabra el señor Senador Penadés.

SEÑOR PENADÉS.- Señor Presidente: en la mañana de hoy queremos manifestar nuestro saludo y congratulación a una vida dedicada a la radiodifusión nacional; me refiero a don Julio Villegas.

El pasado mes de abril, tras cincuenta y seis años de ininterrumpida participación en la radiodifusión nacional, Julio Villegas se retiró de la vida profesional, de su programa A las 6… Villegas. Había iniciado hacía más de cuarenta años, en Radio Sarandí, el programa Gigantísimo, una idea que le propuso en 1970 el entonces Director de esa emisora. En un principio, la idea fue considerada realmente loca -estamos hablando de hacer un informativo a las 6 de la mañana-, pero se transformó en un ícono de la radiodifusión nacional.

A través de Gigantísimo y luego de A las 6… Villegas, en Radio El Espectador -medio que lo había visto nacer profesionalmente en 1956-, Julio Villegas se convirtió en un referente de la comunicación nacional y, como dije, en sus cincuenta y seis años de labor ininterrumpida -que se iniciaron como relator de ciclismo en Radio Sport y finalizaron el pasado mes de abril en Radio El Espectador-, todos supimos escuchar esa voz inconfundible y ese estilo tan particular de decir las noticias en nuestro país.

Realmente, señor Presidente, Julio Villegas llevó adelante una labor cargada de profesionalismo, vocación y necesidad de informar, lo que lo convirtió en un referente de las radios y del sistema de información en nuestro país.

Además, el señor Villegas fue docente de la Universidad Católica del Uruguay entre los años 1990 y 1993, en el Departamento de Comunicación Social, a la vez que se desempeñaba en las radios que hemos mencionado, es decir, primero en Radio Sport, luego en Radio Sarandí y hasta finalizar su carrera en El Espectador.

No queríamos que la noticia de su retiro pasara inadvertida porque entendemos que, desde el Senado de la República, debemos saludar la labor de un ciudadano que en su tarea, en su profesión, se ha convertido en un referente de la información en nuestro país. Por eso, desde la Bancada de Senadores del Partido Nacional, queremos saludar a este periodista de primer nivel de nuestro Uruguay, a este hombre que con 75 años decide retirarse. Consideramos que es de justicia resaltar en la mañana de hoy su figura, su vocación de servicio, su profesionalidad y, fundamentalmente, la forma en que impulsó en nuestro país un nuevo decir de las noticias, innovador, creativo, novedoso y que congregó a miles y miles de uruguayos en el amanecer, escuchando esa voz tan particular y esa forma tan distinta de decir las noticias que lo convirtió en un referente de la radiodifusión nacional.

Queremos saludarlo porque entendemos que los homenajes deben hacerse en vida. No tenemos el gusto de conocerlo personalmente, pero sí fuimos sus fieles escuchas durante muchísimo tiempo y entendimos que un dato tan importante como que esta persona se acogía a los beneficios jubilatorios y se retiraba de la radiodifusión nacional, no podía pasar inadvertido. Por eso queremos levantar nuestra voz desde el Senado, interpretando a los Senadores del Partido Nacional, pero sin lugar a dudas, también a los de los demás partidos políticos que durante mucho tiempo escucharon sus informativos. Saludamos a este gran ciudadano y, desde aquí, manifestamos nuestra congratulación por una vida tan dedicada, proficua y exitosa en la tarea de informar en la radiodifusión nacional.

Señor Presidente: solicito que la versión taquigráfica de mis palabras se envíe al señor Julio Villegas, al Ministerio de Educación y Cultura, a las emisoras CX14 El Espectador, CX8 Radio Sarandí y CX18 Radio Sarandí Sport y, a su vez, a la Asociación de Prensa del Uruguay.

Nada más, muchas gracias.

SEÑOR PRESIDENTE.- Se va a votar el trámite solicitado por el señor Senador.

(Se vota:)

-27 en 27. Afirmativa. UNANIMIDAD.

11) GRAVE SITUACIÓN DE PRODUCTORES LECHEROS EN EL PAÍS

SEÑOR PRESIDENTE.- Continuando con la Media Hora Previa, tiene la palabra el señor Senador Da Rosa.

SEÑOR DA ROSA.- Señor Presidente: en más de una oportunidad, bajo la Administración del Presidente Vázquez, el entonces Ministro de Ganadería, Agricultura y Pesca, don José Mujica -quien hoy ocupa la Presidencia de la República-, planteó como objetivo estratégico, a los efectos del desarrollo productivo del país, la importancia de la extensión de la cuenca lechera en el Uruguay desde las zonas que son típicas e históricamente conocidas como lecheras, es decir, fundamentalmente, el centro y sur del país.

Planteó la conveniencia de que esa cuenca lechera se extendiera, principalmente, hacia la zona del norte del Río Negro, atendiendo a una característica de esa actividad que todos compartimos, como es su factor altamente colonizador y de ocupación de mano de obra que, naturalmente, es muy importante en una campaña tan despoblada como la del norte de nuestro país.

Paralelamente a esas expresiones del entonces Ministro de Ganadería, Agricultura y Pesca, se llevaron a cabo diferentes esfuerzos por parte de algunas Intendencias Departamentales, como las de Tacuarembó -a partir del año 2001- y Durazno -a partir del 2006-, a los efectos de impulsar y ayudar a pequeños productores lecheros ubicados, sobre todo, en la periferia o en zonas cercanas a ciudades y centros poblados, como Tacuarembó, Paso de los Toros o Durazno, y también Sarandí Grande, en el departamento de Florida. Se pretendía proteger e impulsar esa actividad y, al mismo tiempo, hacer cumplir una ley dictada en los comienzos de la restauración democrática -allá por 1986, si mal no recuerdo-, que prohibió la comercialización de la leche cruda, fundamentalmente persiguiendo objetivos sanitarios que todos compartimos. Para la concreción de este propósito, las Intendencias de Tacuarembó, desde el año 2001, y la de Durazno, a partir de 2006, realizaron un esfuerzo que se caracterizó por brindar asistencia técnica, apoyos crediticios, instalaciones e inmuebles, en régimen de comodato precario, a los efectos de la montar plantas pasteurizadoras que ayudaran e impulsaran a los pequeños productores a dejar de ser vendedores de leche cruda y pasar a vender leche a pequeñas plantas pasteurizadoras, a fin de no terminar, en un futuro -como ocurre en tantos otros casos en la campaña uruguaya-, abandonando sus pequeños núcleos productivos y yéndose a la ciudad a agrandar los cordones de miseria o pobreza que todos conocemos. Lamentablemente, este propósito se ha visto frustrado en los últimos años. Decimos esto porque, de acuerdo a una comunicación recibida de parte de una asamblea realizada hace pocos días por productores lecheros de estos departamentos, en el período comprendido entre abril de 2006 y marzo de 2011, mientras hubo un incremento salarial acumulado de un 69% y un incremento en el costo de la ración lechera del 206%, el aumento del precio de la leche pasteurizada al consumo o al público -que, además, como todos sabemos, es fijado administrativamente por el Poder Ejecutivo- llegó al 30%. Esto ha determinado una situación de grave deterioro de muchos de esos pequeños productores. Según la información que manejamos, cerca del 40% de los productores que, ubicados en esa zona, comenzaron a realizar este tipo de actividades productivas, han dejado la actividad y abandonado los predios; los que quedan pretenden subsistir en base a algún tipo de apoyo que pueda existir de parte del Gobierno Nacional, fundamentalmente, la asistencia o compensación económica que los ayude a neutralizar el desbalance que tienen entre los costos y el precio de la leche al consumo.

Pero, además, es necesaria una mayor asistencia técnica, el trazado de planes de trabajo, procesos de recuperación de fertilidad del suelo, planificación de reservas forrajeras y la instalación de algunos tipos de campos de recría de uso grupal, como forma de paliar y ayudar a enfrentar esa situación.

Creemos que este es un tema crucial para las personas involucradas y, por eso, hacemos caudal en aquella frase de Elías Regules que decía: “Cosas pequeñas para el mundo, pero grandes para mí”. Para esas poblaciones y productores que luchan por tratar de conservar sus predios, mantener a sus familias y no volver a la práctica de la venta de leche cruda para subsistir, el país, el Estado, el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca y el Instituto Nacional de Lechería deberían intervenir de alguna forma para ayudar a paliar esta situación, como forma de que esos productores enfrenten este problema con posibilidades.

Solicito que la versión taquigráfica de mis palabras sea enviada al Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, al Instituto Nacional de Lechería, a las Juntas Departamentales de Tacuarembó y de Durazno y a sus respectivas Intendencias.

SEÑOR PRESIDENTE.- Se va a votar el trámite solicitado por el señor Senador Da Rosa.

(Se vota:)

-27 en 27. Afirmativa. UNANIMIDAD.

12) POSITIVA CONTRIBUCIÓN DEL SISTEMA DE PROMOCIÓN Y PROTECCIÓN DE INVERSIONES

SEÑOR PRESIDENTE.- Continuando con la Media Hora Previa, tiene la palabra el señor Senador Gallo Imperiale.

SEÑOR GALLO IMPERIALE.- Voy a hacer algunas consideraciones sobre una nota periodística publicada en el Semanario Brecha el pasado 29 de abril, relativa al sistema existente en la Administración Pública conocido como de “Promoción y Protección de Inversiones”. Recientemente, el Ministerio de Economía y Finanzas ha realizado algunas modificaciones y actualizaciones; inclusive, algunas fueron puestas a consulta pública en la página web del Ministerio, y con los aportes recibidos se elaborará un nuevo decreto.

Este sistema de beneficio fiscal, regulado por la Ley Nº 16.906 de 1998 y reglamentado por el Decreto Nº 455 de 2007, es instrumentado, administrado y conducido por el Ministerio de Economía y Finanzas a través de la Unidad de Apoyo al Sector Privado, donde funciona la Comisión de Aplicación -denominada Comap- que estudia, controla y hace un seguimiento de los proyectos presentados.

Las consideraciones que voy a realizar sobre el tema surgen a raíz de que, en la edición del Semanario Brecha del día 29 de abril, existe una nota periodística que contiene información relevante y evidencia que el interés periodístico inicial estuvo dado por el reciente beneficio concedido al proyecto de inversión presentado por el Estudio Posadas, Posadas y Vecino, resolución ministerial de fecha 12 de enero último, amparada en la Ley de Inversiones.

En definitiva, la nota del Semanario Brecha aporta información que lleva a reconocer que el sistema es una genuina herramienta de desarrollo, políticamente buscada por todos los partidos políticos. En efecto, los números son por demás elocuentes a partir de su reglamentación a fines del 2007 y de su aplicación a partir del 2008, donde comienza la verdadera experiencia de facilitación en la promoción de las inversiones buscadas. En todas las variables estadísticas que se pueden formular, como por ejemplo, cantidad de empleo, monto del proyecto, incremento por sectores de actividad e involucramiento de pequeñas y medianas empresas, la constante fue un sensible aumento del 2008 al 2010. Los proyectos recomendados pasaron de 74 -cifra que se situaba en el año 2007- a 829 en el año 2010; a su vez, los niveles de inversión saltaron a niveles nunca vistos, pasando de US$ 455:000.000 a US$ 1.149:000.000 y abriéndose hacia todos los sectores de la economía, con una participación de las pymes del 69% sobre la totalidad de las empresas recomendadas. Asimismo, un 37% de los proyectos resultaron aprobados en el interior de la República, a lo que se agrega el aumento del número de empleo, de los niveles de exportación y de inversión, como así también de los proyectos de investigación e innovación y de otros de producción más limpia, maquinarias y equipos.

Entonces, contrario sensu de esta punta periodística buscada en el artículo, del supuesto beneficio particular reconocido a un estudio o buffet, está la verdadera solidez que le da vigencia y respaldo a este especial sistema de promoción de inversiones, pues es aplicado con total prescindencia de la propiedad o titularidad en cada uno de los proyectos aprobados, y solamente por el cumplimiento de los parámetros solicitados. Se han reconocido beneficios fiscales a importantes firmas industriales y de servicios que, posteriormente, han tenido muy alta conflictividad sindical, con génesis en reconocidas prácticas empresariales que precisamente no hacen de la relación laboral un escenario de respeto -esa podría ser una arista más atacable que el nombre de la persona titular-, pero todo eso ha motivado algunos cambios en los criterios que se proponen, como lo será el tener en cuenta la estabilidad laboral de las empresas.

En definitiva, como punto de partida de este comentario, pretendo no solamente resaltar la solidez y consistencia que emergen del análisis al cierre de tres Ejercicios en lo que hace al sistema de “Promoción de Inversiones”, sino, además, agregar y celebrar lo que anunciamos al principio, esto es, que luego de evaluado el primer ciclo de controles, se están instrumentando por el Ministerio de Economía y Finanzas modificaciones a los criterios actuales para que el sistema sea aún más eficaz, transparente y justo, apuntando a que la relación entre los objetivos a promover y los beneficios a obtener sea más estrecha.

Resulta necesario ajustar algunos aspectos fundamentalmente en lo que hace a la matriz productiva, a la incentivación de la calidad sobre la cantidad del empleo, a la promoción aún mayor de proyectos innovadores y con más valor agregado, y también al avance en la integración productiva y social promoviendo e incentivando los proyectos descentralizadores, adjuntando mayor puntaje en los departamentos con más pobreza. Se trataría de aplicar un esquema de incentivos flexibles, que operarán en forma transparente, simple y no arbitraria, de manera de introducir resultados fácilmente monitoreados a corto plazo.

Termino, señor Presidente, diciendo que los cambios a proponer en la nueva reglamentación van a reducir la renuncia fiscal en aquellos proyectos con escasa contribución en los objetivos planteados -y en esto va la respuesta a la inquietud periodística-, para dar mayores estímulos a las inversiones con alto impacto en el desarrollo nacional.

Solicito que la versión taquigráfica de mis palabras sea remitida a la Presidencia de la República y a los Ministerios de Economía y Finanzas, de Industria, Energía y Minería, de Ganadería, Agricultura y Pesca y de Turismo y Deporte, así como a la Unidad de Apoyo al Sector Privado, a la Cámara de Industrias del Uruguay, a la Cámara Nacional de Comercio y Servicios del Uruguay, al PIT-CNT, a los Departamentos de Economía de la Facultad de Ciencias Económicas y Administración de la Universidad de la República y de la Universidad Católica Dámaso Antonio Larrañaga, y al Semanario Brecha.

SEÑOR PRESIDENTE.- Se va a votar el trámite solicitado.

(Se vota:)

-26 en 26. Afirmativa. UNANIMIDAD.

13) RÉGIMEN DE TRABAJO

SEÑOR PRESIDENTE.- El Senado ingresa al Orden del Día.

SEÑORA DALMÁS.- Pido la palabra para una cuestión de orden.

SEÑOR PRESIDENTE.- Tiene la palabra la señora Senadora.

SEÑORA DALMÁS.- Formulo moción para que se declaren urgentes y se consideren de inmediato dos proyectos de ley que, según creo, ya han sido repartidos. El primero de ellos corresponde a la Carpeta Nº 533/11, por el que se exceptúa del corrimiento de feriados previstos en la Ley Nº 16.805 el correspondiente al 18 de mayo de 2011. Y el segundo es el proyecto de ley por el que se declara feriado no laborable el día 20 de mayo de 2011 para la localidad de Villa Velázquez, departamento de Rocha. En este último caso, se trata de la Carpeta Nº 540/11.

SEÑOR PRESIDENTE.- Se va a votar la moción formulada por la señora Senadora Dalmás, con la constancia de que ambos asuntos han sido distribuidos.

(Se vota:)

-27 en 27. Afirmativa. UNANIMIDAD.

14) 18 DE MAYO DE 2011

SEÑOR PRESIDENTE.- Se pasa a considerar el primero de los asuntos cuya urgencia fue votada: “Proyecto de ley por el que se exceptúa del corrimiento de feriados previstos en la Ley Nº 16.805, de 24 de diciembre de 1996, en la redacción dada por la Ley Nº 17.414, de 8 de noviembre de 2001, al feriado del 18 de mayo de 2011” (Carp. Nº 533/11).

(Antecedentes:)

Carp. N° 533/11

CÁMARA DE REPRESENTANTES

La Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, en sesión de hoy, ha sancionado el siguiente

Proyecto de Ley

Artículo Único.- Exceptúase del corrimiento de feriados previstos en la Ley N° 16.805, de 24 de diciembre de 1996, y su modificativa, la Ley N° 17.414, de 8 de noviembre de 2001, el feriado del 18 de mayo de 2011, fecha en que se celebran los 200 años de la Batalla de Las Piedras, hito en la lucha de nuestro proceso de emancipación e inicio de la conformación del Ejército Nacional.

Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 3 de mayo de 2011.

Luis Lacalle Pou, Presidente; José Pedro Montero, Secretario.

PODER EJECUTIVO

Ministerio del Interior

Ministerio de Relaciones Exteriores

Ministerio de Economía y Finanzas

Ministerio de Defensa Nacional

Ministerio de Educación y Cultura

Ministerio de Transporte y Obras Públicas

Ministerio de Industria, Energía y Minería

Ministerio de Trabajo y Seguridad Social

Ministerio de Salud Pública

Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca

Ministerio de Turismo y Deporte

Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente

Ministerio de Desarrollo Social

Montevideo, 19 de octubre de 2010.

Señor Presidente de la Asamblea General

Contador Danilo Astori

El Poder Ejecutivo cumple en remitir a ese Cuerpo, el adjunto proyecto de ley por el cual se exceptúa del corrimiento de feriados previstos en la Ley Nº 16.805, de 24 de diciembre de 1996 y su modificativa la Ley Nº 17.414, de 8 de noviembre de 2001, para el lunes inmediato anterior, el feriado del 18 de mayo de 2011, fecha en que se celebran los 200 años de la creación del Ejército Nacional.

El próximo año se cumplirán 200 años del comienzo del proceso emancipador en nuestro territorio; es la histórica jornada del 18 de mayo de 1811, cuando las Fuerzas Patriotas obtienen una victoria trascendental sobre el poder español, la que tomamos como referencia del nacimiento del Ejército Nacional, por la significación del triunfo militar y la participación central de Artigas en esa gesta.

Anteriormente, el 28 de febrero de 1811, se produce el triunfo de los Orientales, dirigidos por Pedro Viera y Venancio Benavides, frente a los españoles, en lo que se llamó “Grito de Asencio”, ocupándose en el mismo día la villa de Mercedes. Este hecho, dio comienzo al avance revolucionario, que Artigas denominó “Admirable Alarma”, extendiendo la revolución por toda la Banda Oriental.

José Artigas cruza el río Uruguay, llegando a Mercedes donde instala su Cuartel General. El 11 de abril, desde Mercedes, Artigas realiza su “Proclama al Ejército de la Banda Oriental”, que culmina con las vibrantes palabras: “A la empresa compatriotas que el triunfo es nuestro: vencer o morir sea nuestra cifra...”.

La revolución avanza hacia Montevideo. Venancio Benavides luego de partir de Santo Domingo de Soriano, dispersa la guarnición española de Calera de las Huérfanas, el 20 de abril toma Pueblo del Coya y envía tropas para inmovilizar a los españoles en Colonia del Sacramento. Por su parte, el capitán Manuel Antonio Artigas (primo del Prócer) y Baltasar Vargas, hacen lo mismo en Paso del Rey.

Luego de la toma de El Coya y Paso del Rey, las Fuerzas orientales al mando de Benavides, junto con las fuerzas del Capitán Manuel Antonio Artigas, toman San José el día 25 de abril de 1811, luego de diecisiete horas de intenso fuego.

En el Este, las fuerzas de Manuel Francisco Artigas (hermano del Prócer), ocupan Minas el 24 de abril, San Carlos el 28, Maldonado el 29, la Fortaleza de Santa Teresa y Rocha el 7 de mayo.

El avance patriota se acerca a Montevideo. El entonces Teniente Coronel José Artigas, había salido de Mercedes el 24 de abril, llegando el 6 de mayo a San José, avanza luego hacia Canelones, acampando en el río Santa Lucía y el 10 de mayo se encuentra en el arroyo Canelón Chico. El 17 de mayo es avisado por su hermano Manuel Francisco Artigas que las Fuerzas españolas se habían retirado a Las Piedras.

El 18 de mayo de 1811, las Fuerzas orientales al mando del Teniente Coronel don José Artigas, obtienen la victoria frente a las tropas españolas al mando del Capitán de Fragata José Posadas. Este triunfo, consolidó el prestigio de Artigas como militar, en momentos en que la suerte era adversa a las armas patriotas en los demás frentes. La Junta de Buenos Aires, por su parte, le otorgó el grado de Coronel y le envía una espada de honor.

La Batalla de Las Piedras fue el primer gran triunfo militar de la revolución libertadora del Río de la Plata.

Como tal, significó un episodio de gran trascendencia histórica, que tonificó el espíritu revolucionario americano.

En este marco el “canto patriótico”, origen del himno nacional argentino, decretado como tal el 14 de mayo de 1813, pautaba la importancia atribuida por el gobierno de Buenos Aires, no solo a esa batalla, sino a la toma de San José, en la evolución del movimiento revolucionario:

“San José, San Lorenzo, Suipacha, /Ambas Piedras, Salta y Tucumán, /La Colonia y las mismas murallas/Del Tirano en la Banda Oriental; / Son letreros eternos que dicen; / Aquí el brazo argentino triunfó; /Aquí el fiero opresor de la Patria/ Su cerviz orgullosa dobló.”

La referencia a “Ambas Piedras”, se desarrolla en relación a nuestra batalla de Las Piedras y a otra, con el mismo nombre pero en el Alto Perú de 1812.

Desglosando diferentes aspectos, podemos marcar: su principal consecuencia militar fue que Artigas sitió por primera vez Montevideo, en cuyas afueras acamparon sus Fuerzas, recibiendo la asistencia de un ejército porteño, enviado desde Buenos Aires, al mando del General José Rondeau. Todo el territorio de la Banda Oriental quedó fuera de la autoridad de los españoles.

Por una parte la Fuerza militar española en el Río de la Plata quedó prácticamente eliminada, al haberse apoderado Artigas de buena parte de su mejor armamento, si bien se mantuvo la resistencia en Montevideo. Con ello se dejaba de temer un movimiento de pinzas entre las Fuerzas regentistas del Alto Perú (Bolivia) y la Banda Oriental hacia Buenos Aires.

Esta misma derrota movió al Virrey Elío, sitiado en Montevideo, a recurrir a la ayuda del gobierno de Portugal mediante la invasión de la Banda Oriental por el Norte y el Este, desde el Sur de Brasil. Esta, conocida en general como la “Primera Invasión Portuguesa”, comenzó un largo período de intervención lusitana primero, que invade nuevamente nuestro territorio .en 1816 y brasileña después, que de alguna forma pautó el desarrollo de nuestra historia hasta la Independencia.

En esa situación, la asistencia militar prestada por la Junta de Buenos Aires para el sitio de Montevideo, inició un proceso de relaciones entre Artigas y el gobierno porteño, frecuente y crecientemente plagado de controversias y desinteligencias, que constituyera un factor de gran trascendencia en la culminación de la participación de Artigas en nuestra gesta libertadora.

A la vez la figura de Artigas, que se perfila como Jefe de los Orientales, comienza a tomar una trascendencia que preludia su posterior influencia regional. Militar victorioso, comenzó a profundizar, según los casos, las relaciones con otros líderes y gobiernos regionales, como ocurrió en primera instancia con Paraguay y con los caudillos del litoral entrerriano, correntino, misionero y santafecino. Comienza a perfilar una trascendencia que lo llevó a ser luego el “Protector de los Pueblos Libres”.

En la Batalla de las Piedras y llegado el momento de la victoria, Artigas demostró un espíritu que plasmaba el ideal humanista y democrático que lo signó en toda su trayectoria posterior. La frase: “Clemencia para los vencidos” que se le atribuye, deja claramente establecido el respeto a los heridos y a los vencidos, mandando que se curara a los que así lo necesitaran. Esta forma de actuar, contraria a los usos de la época, donde el vencido, a menos que se entregara bajo condiciones establecidas entre los contendientes (capitulación), quedaba a discreción del vencedor, signó no solo sus acciones posteriores sino que se convirtió en una tradición de las Fuerzas orientales.

Esta victoria mostró la capacidad de lucha de las Fuerzas orientales, que desgajándose de la tradición española (en la cual muchos de sus miembros, incluido el propio Artigas, se habían formado), pautaban así, una nueva tradición de la cual el Ejército Nacional es su representante, marcada por el valor, la disciplina y la acción integrada en la sociedad.

Entendemos que tan trascendente fecha, donde se conmemoran los 200 años del nacimiento del Ejército Nacional, debe celebrarse el mismo día de su ocurrencia.

Por los fundamentos expuestos, se solicita la atención de ese Cuerpo al adjunto proyecto de ley, cuya aprobación se encarece.

El Poder Ejecutivo saluda al señor Presidente de la Asamblea General, atentamente.

JOSÉ MUJICA, Presidente de la República; Luis Rosadilla, Eduardo Bonomi, Fernando Lorenzo, Ricardo Ehrlich, Enrique Pintado, Roberto Kreimerman, Eduardo Brenta, Luis Almagro, Daniel Olesker, Tabaré Aguerre, Graciela Muslera, Héctor Lescano, Ana Vignoli.

Proyecto de Ley

Artículo 1°.- Exceptúase del corrimiento de feriados previstos en la Ley 16.805 de 24 de diciembre de 1996 y su modificativa 17.414 de 8 de noviembre de 2001, el feriado del 18 de mayo de 2011, fecha en que se celebran los 200 años de la creación del Ejército Nacional.

Artículo 2°.- El Poder Ejecutivo reglamentará la presente Ley.

Artículo 3°.-Comuníquese, publíquese y archívese.

Luis Rosadilla, Eduardo Bonomi, Fernando Lorenzo, Ricardo Ehrlich, Enrique Pintado, Roberto Kreimerman, Eduardo Brenta, Luis Almagro, Daniel Olesker, Tabaré Aguerre, Graciela Muslera, Héctor Lescano, Ana Vignoli.

SEÑOR PRESIDENTE.- Léase el proyecto.

(Se lee.)

-En discusión general.

Tiene la palabra el Miembro Informante, señor Senador Da Rosa.

SEÑOR DA ROSA.- Señor Presidente: se trata de un proyecto de ley que fue ya aprobado en la Cámara de Representantes, por el cual se dispone que, con carácter excepcional, en este año 2011, con motivo de conmemorarse los 200 años de la Batalla de Las Piedras, como así también del día considerado como el inicio de la conformación de nuestro Ejército Nacional, el feriado del 18 de mayo se exceptúe del régimen previsto en las Leyes Nos. 16.805 y 17.414. Dichas normas son las que establecen que algunos feriados se corren a los días lunes o viernes, a los efectos de generar los conocidos “feriados largos”. Es así que el próximo 18 de mayo, que es un día miércoles, será feriado laborable.

SEÑOR PRESIDENTE.- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar en general el proyecto de ley.

(Se vota:)

-27 en 27. Afirmativa. UNANIMIDAD.

En discusión particular.

Léase el artículo único.

(Se lee:)

SEÑOR SECRETARIO (Gustavo Sánchez Piñeiro)."- “Artículo Único.-Exceptúase del corrimiento de feriados previstos en la Ley Nº 16.805, de 24 de diciembre de 1996, y su modificativa, la Ley Nº 17.414, de 8 de noviembre de 2001, el feriado del 18 de mayo de 2011, fecha en que se celebran los 200 años de la Batalla de Las Piedras, hito en la lucha de nuestro proceso de emancipación e inicio de la conformación del Ejército Nacional.”

SEÑOR PRESIDENTE.- En consideración.

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota:)

-27 en 27. Afirmativa. UNANIMIDAD.

Queda sancionado el proyecto de ley, que se comunicará al Poder Ejecutivo.

(No se publica el texto del proyecto de ley sancionado por ser igual al considerado.)

15) CENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE VILLA VELÁZQUEZ

SEÑOR PRESIDENTE.- Se pasa a considerar el segundo de los asuntos cuya urgencia fue votada: “Proyecto de ley por el que se declara feriado no laborable el día 20 de mayo de 2011 para la localidad de Villa Velázquez (departamento de Rocha), con motivo de conmemorarse el centenario de su fundación”.

(Antecedentes:)

Carp. Nº 540/11

CÁMARA DE REPRESENTANTES

La Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, en sesión de hoy, ha sancionado el siguiente

Proyecto de Ley

Artículo 1°.- Declárase feriado no laborable para villa Velázquez, departamento de Rocha, el día 20 de mayo de 2011, con motivo de conmemorarse los cien años de su fundación.

Artículo 2°.- Otórgase goce de licencia paga en la fecha indicada en el artículo 1°, a los trabajadores de las actividades pública o privada nacidos o radicados en dicha localidad.

Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 4 de mayo de 2011.

Horacio Yanes, 3er Vicepresidente, José Pedro Montero, Secretario.

Comisión de Constitución, Códigos, Legislación General y Administración

Informe

Señoras y Señores Representantes:

La Comisión de Constitución, Códigos, Legislación General y Administración, ha estudiado el proyecto de ley por el que se declara feriado no laborable para Villa Velázquez, departamento de Rocha, el día 20 de mayo de 2011, con motivo de conmemorarse los cien años de su fundación.

Don Luciano Velázquez siendo recién nacido fue abandonado en la casa de un solterón de la época don Justo Velázquez el 31 de diciembre de 1833. El niño fue dejado con una nota que decía su nombre Luciano y su fecha de nacimiento 24 de diciembre de 1833. Don Justo lo adopta dándole su apellido. Lo educa, lo instruye y le da en la medida de su poder adquisitivo todo lo que puede. A pesar de que don Justo contrae matrimonio, Luciano es su único hijo. Cuando crece, don Justo decide contarle al joven toda su historia y este en agradecimiento a la persona que lo había criado, decide, al fallecimiento de este luego de haberse casado con Adelaida Velázquez con quien tuvo 18 hijos, y al no poder dejar a cada uno de ellos una estancia, decide formar un pueblo para que el apellido de la persona que lo había rescatado a la vida perdurara por siempre en la memoria de todos.

En 1906 ya había heredado los bienes, decide donar determinada cantidad de Hás. (45) con destino a la formación de un pueblo. Esto lo hace a través de uno de sus hijos: SABINO VELÁZQUEZ, quien junto al Sr. ADOLFO REY agrimensor de la época comienza el proceso de amanzanamiento y fraccionamiento de los terrenos, proceso que culmina el 20 de mayo de 1911, por eso la fecha se toma como proceso fundacional.

Luciano reparte con algunos de sus hijos parte de lo que había recibido y generosamente dona terrenos para la construcción de la escuela, plaza pública, comisaría, oficina de rentas (actual Junta Local) e iglesia.

En 1911 comienza el novel pueblo a desarrollarse, está ubicado estratégicamente entre los arroyos Sarandí, de la Paloma e India Muerta, donde tienen lugar las Batallas de India Muerta. Hacia esa época comienzan a llegar al lugar los primeros turcos comerciantes “mercachifles” y esto comienza a producir un movimiento comercial importante hecho que le da un andamiento más grande a la vida del pueblo transformándolo en algo más trascendente de lo que se había iniciado. A tal punto que el Diputado de la época, Sr. Pérez, propone que sea declarado pueblo (28 de octubre de 1919 Ley Nº 7.019).

En 1952 la Junta Local presidida por el Sr. Gómez presenta al Diputado del momento Antonio Gabito Barrios una nota solicitando que Velázquez sea declarado Villa argumentando entre otras cosas que en materia de recaudación está ubicado detrás de Castillos y Rocha; ya tenía casi 3.000 habitantes en el entorno.

En la sesión del 29 de julio de 1953 por Ley Nº 11.965, se eleva a categoría de Villa a la población de Velázquez, la promulgación es dada por el Consejo presidido por Martínez Trueba, Justino Zavala Muníz, desempañándose como secretario Eduardo Jiménez de Aréchaga. (1 de julio de 1953.)

En 1940 el primer médico afincado en la zona el Dr. Mario Sobrero, funda la policlínica que posteriormente es vendida al Ministerio de Salud Pública. Los médicos han tenido una importante influencia en la vida de la localidad; más tarde el Dr. Mario Filippini se establece y también trabaja en el deporte fundando el C.A. Velázquez de amplia trayectoria en la vida de su comunidad. Existe actualmente una cancha.

En el año 1968, el Dr. Edison Morales junto a su esposa Gladys Saráchaga de Morales, tiene la iniciativa de atender a la adolescencia y juventud del ámbito rural con una visión amplia que perdura hasta el día de hoy.

Personalidades como Bernardino Olid y Constancio Vigil son parte de la historia de esta localidad.

Actualmente, y a través de diversas instituciones: Comuna de Rocha, Ministerio de Turismo y con una fuerte intervención del Proyecto Región Este, se apuesta al rescate de los valores históricos, conjuntamente con la Comunidad a través de Sociedad Nativista, Comisión de Patrimonio, comunidad estudiantil, etc.

Se han realizado varias ediciones de la recreación de la Batalla de India Muerta y se resaltan valores en materia de producción local, y ruta turística del arroz.

Sala de la Comisión, 4 de mayo de 2011.

Aníbal Pereyra, Miembro Informante, Andrés Abt, José Bayardi, Gustavo Borsari Brenna, Fitzgerald Cantero Piali, Gustavo Cersósimo, Felipe Michelini, Nicolás Núñez, Jorge Orrico.

Proyecto de Ley

Artículo 1°.- Declárase feriado no laborable para Villa Velázquez, departamento de Rocha, el día 20 de mayo de 2011, con motivo de conmemorarse los cien años de su fundación.

Artículo 2°.- Otórgase goce de licencia paga en la fecha indicada en el artículo 1°, a los trabajadores de las actividades públicas y privadas, nacidos o radicados en dicha localidad.

Montevideo, 3 de mayo de 2011.

José Carlos Cardoso, Representante por Rocha.

Exposición de Motivos

Este año se celebra el centenario de Villa Velázquez, en el departamento de Rocha. Es esta una instancia especialmente significativa para quienes han nacido o viven en esta villa.

Los cien años son un hito importante en la historia de una comunidad. Las celebraciones y los festejos se ambientan en un pasado común que da sentido a la actualidad y afianzan los lazos de pertenencia. En este caso, la identidad de Velázquez, hay que rastrearla en sus orígenes, muy asociados al entorno en el que se asienta, a los importantes episodios de nuestra historia protagonizados en sus inmediaciones, y también al impulso inicial de su fundador, don Luciano Velázquez.

Este hombre fue nieto de José Velázquez, primer pulpero de la zona donde hoy se emplaza la villa, e hijo adoptivo de Justo Velázquez. El destino quiso que ese niño, huérfano de padre, a quien la madre dejara en el portal de la casa de los Velázquez, con el correr de los años, y ya dedicado a la actividad ganadera en los campos heredados de sus padres, donara algunas fracciones de su propiedad para la fundación de un pueblo.

Cuenta Julia Caitano Velázquez, una de las nietas del fundador, en el libro Retazos, haber oído de sus padres que el abuelo tenía la intención de dejar a cada uno de sus hijos una suerte de estancia. Al no poder concretar ese sueño, decidió dejar como legado la fundación de un pueblo.

Es así que en medio de una próspera zona ganadera del departamento de Rocha, donde las sierras acompañan parte del trazado de la ruta 15, se inició el proceso fundacional de Villa Velázquez. Para ser más exactos, el 20 de mayo de 1911 se hace la “diligencia de mensura”, tarea que estuvo a cargo del ingeniero agrónomo Adolfo Reis. En el núcleo fundacional del pueblo, se asentarían luego la escuela, la Comisión Auxiliar Económica Administrativa, la iglesia, la plaza y la comisaría. El proceso culminaría el 28 de octubre de 1919 cuando se oficializa como pueblo. Luego, la Ley N° 11.965, de 1953, le asignó la categoría de Villa, cuando ya contaba con 1.236 habitantes.

Con el correr del tiempo, aquel acto germinal cristalizó en esta apacible villa. La caracteriza una hermosa zona urbana, donde destacan la belleza simple de su plaza, junto a la capilla María Auxiliadora, el liceo y la escuela. Al oeste de la plaza, se encuentra emplazada la casa de don Amalio Graña, una de las primeras fincas de Velázquez, y la única de 1915 que permanece en pie, y al suroeste, por la calle Gil Díaz, está emplazado el “Pozo del Estado”, que surtía de agua a los primeros pobladores. En la avenida principal se encuentran cuatro centenarias palmeras, sembradas con increíble delineación por el propio fundador, demarcando lo que él pensaba era una calle, sin saber que con el tiempo se transformaría en su principal avenida.

En el año 2004, Velázquez fue designada por Resolución Municipal N° 2533/04 “Capital Histórica del Departamento”. Es que la vida de esta villa está ligada a una serie de hechos y circunstancias históricas que avalan esta denominación. En sus inmediaciones tuvo lugar la Batalla de India Muerta del 27 de marzo de 1845. En el cuadro de Juan Manuel Blanes, que ilustra el episodio, puede verse en su parte central un rancho, cuyas ruinas aún perduran y un ombú que todavía hoy se mantiene erguido como testigo de aquella batalla.

También allí nació el Coronel Olid, quien por su gran conocimiento de la zona alcanzó gran relieve cuando la Guerra Grande. Asimismo, las ruinas de la estancia La Tuna recuerdan a Francisco de los Santos, el hombre de La Tuna; figura trascendente de la época artiguista, en la región rochense. En 1809 ya era Alcalde de Rocha; en mayo de 1815, cuando la Provincia Oriental era gobernada por Artigas, conjuntamente con Toribio Barrios fue elegido para verificar el nombramiento del Diputado por Rocha al Congreso de la Capilla de Mercedes. El 13 de julio de 1815, luego de haber sido el Comandante Militar de Rocha, el Cabildo de Montevideo le confirió el cargo de Juez de dicha villa y Capitán de su Compañía de Milicias Cívicas de Caballería.

Hay otras dimensiones de la historia de la Villa no menos significativas que estos hechos. Desde el punto de vista de la actividad productiva, estuvo siempre ligada a la explotación pecuaria. A tal punto que la primera feria ganadera de Rocha, realizada en 1896 -, tuvo asiento en esta localidad.

Y en el campo de la cultura merece destacarse la figura del poeta y periodista Constancio C. Vigil, nacido en Velázquez el 4 de setiembre de 1876. Allí vivió hasta los trece años, cuando al perder a sus padres, debió trasladarse a Buenos Aires bajo la tutela de su tío quien se hizo cargo de su educación.

La comunidad de Velázquez es hija de todas estas circunstancias y de su entorno. Por tal motivo, con el presente proyecto se pretende que una conmemoración tan trascendente, sea la ocasión de facilitar el reencuentro de quienes habitan o han nacido en dicha localidad, y se hallan diseminados dentro y fuera del país.

Montevideo, 3 de mayo de 2011.

José Carlos Cardoso. Representante por Rocha.

SEÑOR PRESIDENTE.-Léase el proyecto.

(Se lee.)

-En discusión general.

Tiene la palabra el Miembro Informante, señor Senador Da Rosa.

SEÑOR DA ROSA.- Señor Presidente: este proyecto de ley también fue aprobado en la Cámara de Representantes y es producto de una iniciativa impulsada por el señor Diputado José Carlos Cardoso, del departamento de Rocha.

Concretamente, se propone declarar feriado no laborable para la localidad de Villa Velázquez el día 20 de mayo de 2011, con motivo de conmemorarse los 100 años de su fundación. Como es de estilo y tradicional en estos proyectos de ley, se dispone también el otorgamiento del goce de licencia paga en esa fecha a los trabajadores de la actividad pública y privada que hayan nacido o estén radicados en dicha localidad.

Dada la proximidad de la fecha, la idea es que el Senado apruebe en el día de hoy la iniciativa, a los efectos de que exista la antelación suficiente para programar los actos y las medidas correspondientes de carácter administrativo que implica la celebración de este aniversario.

Por tales razones, sugerimos al Cuerpo la aprobación de este proyecto de ley.

SEÑOR PRESIDENTE.- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar en general el proyecto de ley.

(Se vota:)

-26 en 26. Afirmativa. UNANIMIDAD.

En discusión particular.

Léase el artículo 1º.

(Se lee:)

SEÑOR SECRETARIO (Gustavo Sánchez Piñeiro).- “Artículo 1º.- Declárase feriado no laborable para Villa Velázquez, departamento de Rocha, el día 20 de mayo de 2011, con motivo de conmemorarse los cien años de su fundación.”

SEÑOR PRESIDENTE.- En consideración.

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota:)

-26 en 26. Afirmativa. UNANIMIDAD.

Léase el artículo 2º.

(Se lee:)

SEÑOR SECRETARIO (Gustavo Sánchez Piñeiro).- “Artículo 2º.- Otórgase goce de licencia paga en la fecha indicada en el artículo 1º, a los trabajadores de las actividades pública o privada nacidos o radicados en dicha localidad.”

SEÑOR PRESIDENTE.- En consideración.

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota:)

-26 en 26. Afirmativa. UNANIMIDAD.

Queda sancionado el proyecto de ley, que se comunicará al Poder Ejecutivo.

(No se publica el texto del proyecto de ley sancionado por ser igual al considerado.)

-Saludamos la presencia de integrantes y alumnos de la Colonia Nicolich, a quienes les agradecemos la visita.

16) SOLICITUD DE ACUERDO DEL PODER EJECUTIVO PARA DESIGNAR EMBAJADORA EXTRAORDINARIA Y PLENIPOTENCIARIA DE LA REPÚBLICA ANTE EL GOBIERNO DEL REINO DE SUECIA A LA SEÑORA ZULMA GUELMAN-RADTKE

SEÑOR PRESIDENTE.- El Senado ingresa a la consideración del primer punto del Orden del Día: “Informe de la Comisión de Asuntos Internacionales relacionado con la solicitud de acuerdo remitida por el Poder Ejecutivo, a fin de designar en calidad de Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria de la República ante el Gobierno del Reino de Suecia, a la señora Zulma Guelman-Radtke. (Carp. Nº 498/11 - Rep. 288/11)”.

(Antecedentes:)

“Carp. Nº 498/11
Rep. Nº 288/11

CÁMARA DE SENADORES

Comisión de Asuntos Internacionales

Proyecto de Resolución

Artículo Único.- Concédese al Poder Ejecutivo el acuerdo solicitado para acreditar en calidad de Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria de la República ante el Gobierno del Reino de Suecia a la señora Zulma Guelman-Radtke.

Sala de la Comisión, 5 de mayo de 2011.

Mónica Xavier, Miembro Informante; Carlos Baráibar, Alberto Couriel, Antonio Gallicchio, Luis Alberto Heber, Luis Alberto Lacalle Herrera, Ope Pasquet, Enrique Rubio, Senadores.”

PODER EJECUTIVO

Ministerio de Relaciones Exteriores

Montevideo, 3 de marzo de 2011.

Señor Presidente de la

Cámara de Senadores

Presente

 

Señor Presidente:

El Poder Ejecutivo tiene el honor de dirigirse a ese Cuerpo, con el fin de solicitar su conformidad, de acuerdo con lo dispuesto por el numeral 12 del artículo 168 de la Constitución de la República, para acreditar en calidad de Embajadora de la República, a la señora Zulma Guelman-Radtke.

La capacidad y eficiencia que la señora Zulma Guelman-Radtke ha puesto de manifiesto en las actividades desarrolladas a lo largo de su carrera profesional, según se manifiesta en el currículum vítae que se adjunta, constituye a juicio del Poder Ejecutivo, un factor evidente de idoneidad para las responsabilidades que el Gobierno de la República se propone asignarle como Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria de la República ante el Reino de Suecia.

El Poder Ejecutivo confía en que ese Cuerpo habrá de manifestar su conformidad con el propósito antes expuesto, accediendo a la solicitud que se le formula por el presente Mensaje.

El Poder Ejecutivo saluda a la Cámara de Senadores con su más alta consideración.

JOSÉ MUJICA, Presidente de la República; Roberto Conde.

CÁMARA DE SENADORES

Comisión de Asuntos Internacionales

Informe

La Comisión de Asuntos Internacionales eleva al Cuerpo la propuesta del Poder Ejecutivo para designar a la Dra. Zulma Guelman-Radtke como Embajadora de la República en el Reino de Suecia, destino que es concurrente en Dinamarca, Noruega, Finlandia, Letonia y Estonia.

La Sra. Guelman-Radtke, es Doctora en Diplomacia en la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad de la República, presenta un importante currículum al cual no haremos referencia en su totalidad por lo extenso y documentado y al que se puede acudir en caso de que se lo disponga, en el repartido que tenemos todos los integrantes del Cuerpo.

En 1968 ingresa al Ministerio de Relaciones Exteriores como Secretaria de Tercera. Desempeñó múltiples responsabilidades dentro del Ministerio, así como en el exterior -de la mayor jerarquía- en una carrera que lleva 42 años.

Su reciente informe a la Comisión de Asuntos Internacionales del Senado de la República es muy completo y compartible, relevando todas las áreas de tan importante misión.

Por todos es conocido que cuando nos disponíamos a informar el pasado 5 de abril al Pleno de este Senado la propuesta de dicha venia, un señor Senador expresa que este punto sea enviado nuevamente a la Comisión de Asuntos Internacionales. Dicho Senador fundamenta la propuesta en el entendido que el antecedente de una sesión de fecha 11 de mayo de 1988 realizada como era de estilo en esos tiempos, en forma secreta, en la que se había producido el rechazo a una solicitud de venia del Poder Ejecutivo de la época, ameritaba el levantamiento del secreto para conocer las circunstancias sobre la que se produjo el rechazo de las Bancadas del Partido Nacional y el Frente Amplio a la venia propuesta con destino a Canadá.

En ese momento el punto queda diferido para la sesión del día siguiente. El día 6 de abril el Pleno del Senado vota el pasaje a Comisión y el levantamiento del secreto de las actuaciones en los tres destinos que le fueron propuestos en los años 1988, 1990 y 2001.

Del examen de la documentación surgen los siguientes elementos:

En 1978, la señora Zulma Guelman-Radtke fue designada Consejera ante la Delegación Permanente de las NN.UU., cargo que ocupa hasta abril de 1983. Es en ese período que se ubica el episodio que dará motivo al comportamiento de algunos partidos en el año 1988.

Durante 1988 en el primer gobierno de Dr. Julio María Sanguinetti fue propuesta como Embajadora ante la República de Canadá (Carpeta N° 1055/88). En esta instancia el Partido Nacional y el Frente Amplio por razones no explicitadas se oponen a su designación, no haciéndose lugar por tanto a la designación.

El Senador Dr. Juan Raúl Ferreira en nombre del Partido Nacional expresa, en Comisión, que “mi partido había resuelto no hacer lugar, no votar la venia y que, además, no consideraba necesario exponer los motivos por los cuales a nuestro juicio no eran suficientes las razones y los méritos para conceder la venia”. En similares términos y sin dar razones se opone también el Senador Rodríguez Camusso a nombre del Frente Amplio.

Quienes no dan explicaciones se manejan de manera muy cuidadosa para no afectar el nombre de la Dra. Guelman-Radtke. El Partido Colorado a través del Senador Américo Ricaldoni fundamenta a favor de dicha designación.

Las razones no explicitadas eran las que dicen relación con un episodio por el cual a una representación de uruguayos que pretendían denunciar situaciones de represión de la dictadura en Uruguay, se le impedía el acceso a Naciones Unidas.

Cabe destacar que la Dra. Zulma Guelman se desempeñaba en la Tercera Comisión en la que se tratan Asuntos Sociales, Humanitarios y Culturales. El tratamiento de los Derechos Humanos es abordado en esa Comisión en forma general, centrándose en la entonces Comisión de Derechos Humanos en Ginebra el tratamiento pormenorizado. Quien habría solicitado al señor Secretario de las Naciones Unidas se impidiera el acceso a ese grupo de uruguayos, habría sido el Embajador Narancio.

En 1992 fue embajadora en Japón a propuesta del Poder Ejecutivo por el Presidente Dr. Luis Alberto Lacalle Herrera, contando en esa oportunidad con el apoyo unánime de la Comisión Permanente. (Carpeta N° 87/92)

El 2 de marzo de 2001 fue designada embajadora en Alemania durante el Gobierno del Dr. Jorge Batlle. En esta oportunidad no se solicita venia a este Cuerpo en el entendido de que ya había sido otorgada anteriormente y no era necesaria para su nuevo destino, de acuerdo al criterio de dicha Administración.

Las dos designaciones posteriores a la que genera el episodio de rechazo constituyen una superación de las objeciones que fueron planteadas a juicio de esta Comisión.

Al momento actual los Poderes Ejecutivos a los que correspondían los Legisladores que se opusieron en ese momento han remitido al Poder Legislativo venias de designación.

Obviamente también nos comunicamos con dos de los protagonistas de aquel episodio, que nos trasmitieron haber dado el hecho por superado.

También debemos consignar que hemos recibido once correos electrónicos pertenecientes a compatriotas uruguayos que viven en Suecia. En ellos se hace referencia a episodios que no se corresponden -de acuerdo con la información por nosotros recabada- exactamente con los hechos y que responderemos oportunamente cuando este cuerpo se pronuncie definitivamente.

Por lo antes expuesto esta Comisión recomienda al Cuerpo se proceda a designar a la señora Dra. Zulma Guelman-Radtke como Embajadora ante el Reino de Suecia.

Sala de la Comisión, 5 de mayo de 2011.

Mónica Xavier, Miembro Informante; Carlos Baráibar, Alberto Couriel, Antonio Gallicchio, Luis Alberto Heber, Luis Alberto Lacalle Herrera, Ope Pasquet, Enrique Rubio.

A C T A Nº 25

En Montevideo, el día cinco de mayo de dos mil once, a la hora diecisiete y diez minutos, se reúne la Comisión de Asuntos Internacionales de la Cámara de Senadores.

Asisten sus miembros la señora Senadora Mónica Xavier y los señores Senadores Carlos Baráibar, Alberto Couriel, Antonio Gallicchio, Luis Alberto Heber, Luis Alberto Lacalle Herrera, Ope Pasquet y Enrique Rubio.

Falta con aviso el señor Senador Jorge Larrañaga.

Actúan en Secretaría el señor Vladimir De Bellis Martínez, Secretario de la Comisión y la señora María Victoria Lumaca, Prosecretaria.

Concurre, por haber solicitado audiencia, una delegación del Observatorio de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (Uruguay) integrada por las señoras Jesshie Toledo y Natalia Farías y los señores Gabriel Soto y Luis Trucco.

Abierto el acto se procede a tomar versión taquigráfica, cuya copia dactilografiada figura en los Distribuidos Nos. 714/11, que forman parte de la presente.

Preside el señor Senador Enrique Rubio, Presidente de la Comisión.

ASUNTOS ENTRADOS:

- CARPETA Nº 512/11. CONVENIO ENTRE LA REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY Y LA CONFEDERACIÓN SUIZA PARA EVITAR LA DOBLE IMPOSICIÓN EN MATERIA DE IMPUESTOS SOBRE LA RENTA Y SOBRE EL PATRIMONIO Y SU PROTOCOLO - Aprobación. Mensaje y proyecto de ley del Poder Ejecutivo (Distribuido Nº 668/11).

Se adjudica su estudio al señor Senador Alberto Couriel.

- CARPETA Nº 519/11. ACUERDO ENTRE LA REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY Y LA REPÚBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL, SOBRE COOPERACIÓN EN EL ÁMBITO DE DEFENSA, SUSCRITO EN LA CIUDAD DE SANTANA DO LIVRAMENTO, REPÚBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL, EL 30 DE JULIO DE 2010 - Aprobación. Mensaje y proyecto de ley del Poder Ejecutivo (Distribuido Nº 691/11).

Se adjudica su estudio al señor Senador Enrique Rubio.

- CARPETA Nº 520/11. ACUERDO DE INVERSIONES, SUSCRITO ENTRE LA REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY Y LA REPÚBLICA DE CHILE Y SUS ANEXOS, FIRMADO EN LA CIUDAD DE MONTEVIDEO, EL 25 DE MARZO DE 2010 - Aprobación. Mensaje y proyecto de ley del Poder Ejecutivo (Distribuido Nº 692/11).

Se adjudica su estudio al señor Senador Carlos Baráibar.

- CARPETA Nº 524/11. ACUERDO BILATERAL DE COOPERACIÓN ECONÓMICA, COMERCIAL Y TÉCNICA ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY Y EL GOBIERNO DE LOS EMIRATOS ÁRABES UNIDOS -Aprobación. Proyecto de ley aprobado por la Cámara de Representantes (Distribuido Nº 693/11).

Se adjudica su estudio al señor Senador Rafael Michelini.

- CARPETA Nº 525/11. PROYECTOS DE ENMIENDAS AL CONVENIO CONSTITUTIVO DEL FONDO MONETARIO INTERNACIONAL, DENOMINADOS “ENMIENDA PARA POTENCIAR LA VOZ Y LA PARTICIPACIÓN EN EL FONDO MONETARIO INTERNACIONAL” Y “ENMIENDA PARA AMPLIAR LAS FACULTADES DE INVERSIÓN DEL FONDO MONETARIO INTERNACIONAL”, ADOPTADOS POR LA JUNTA DE GOBERNADORES DE DICHO ORGANISMO LOS DÍAS 28 DE ABRIL Y 5 DE MAYO DE 2008 RESPECTIVAMENTE - Aprobación. Proyecto de ley aprobado por la Cámara de Representantes (Distribuido Nº 695/11).

Se adjudica su estudio al señor Senador Alberto Couriel.

- La señora Zulma Guelman-Radtke remite correo electrónico al que adjunta un informe sobre su actuación profesional en las Naciones Unidas y posteriores cargos desempeñados, que fue reenviado a los integrantes de la Comisión.

- La Asociación de Funcionarios del Servicio Exterior del Uruguay remite nota referida a la situación de la Embajadora Zulma Guelman-Radtke, quien ha sido propuesta por el Poder Ejecutivo para desempeñarse como Embajadora en el Reino de Suecia, que es repartido entre los integrantes de la Comisión.

ASUNTOS TRATADOS:

- CARPETA Nº 498/11. Mensaje del Poder Ejecutivo solicitando acuerdo para designar en calidad de Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria de la República ante el Gobierno del Reino de Suecia a la señora Zulma Guelman-Radtke (Distribuido Nº 630/11).

Al haber sido remitida nuevamente para su estudio a la Comisión, se vota su reconsideración: 8 en 8. Afirmativa. UNANIMIDAD.

La señora Senadora Mónica Xavier realiza un informe sobre las actuaciones llevadas a cabo en oportunidades anteriores que el Poder Ejecutivo solicitara acuerdo para designar a la señora Guelman-Radtke en otros destinos propuestos.

Una vez finalizado el informe y luego de intercambio de opiniones entre los integrantes de la Comisión se procede a votar la solicitud del Poder Ejecutivo. Se vota: 8 en 8. Afirmativa. UNANIMIDAD.

Se designa Miembro Informante a la señora Senadora Mónica Xavier quien lo hará en forma escrita.

- CARPETA Nº 379/10. ADHESIÓN AL PROTOCOLO FACULTATIVO DE LA CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD - Aprobación. Mensaje y proyecto de ley del Poder Ejecutivo. (Distribuido Nº 521/10).

Los integrantes del Observatorio de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (Uruguay) aportan el punto de vista de las organizaciones de personas con discapacidad sobre la importancia que reviste la adhesión de nuestro Estado al Protocolo.

Una vez retirados de sala se procede a considerar y se aprueba el proyecto de ley. Se vota: 7 en 7. Afirmativa. UNANIMIDAD. Se designa Miembro Informante al señor Senador Rafael Michelini, quien lo hará en forma escrita.

- CARPETA Nº 413/10. ACUERDO DE CONTRATACIÓN PÚBLICA ENTRE LA REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY Y LA REPÚBLICA DE CHILE - Aprobación. Mensaje y proyecto de ley del Poder Ejecutivo. (Distribuido Nº 533/10).

Se considera y aprueba el proyecto de ley. Se vota: 7 en 7. Afirmativa. UNANIMIDAD. Se designa Miembro Informante al señor Senador Rafael Michelini, quien lo hará en forma escrita.

- CARPETA Nº 452/11. CONVENIO DE COOPERACIÓN COMERCIAL ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY Y EL GOBIERNO DEL ESTADO DE KUWAIT - Aprobación. Mensaje y proyecto de ley del Poder Ejecutivo. (Distribuido Nº 584/11).

Se considera y aprueba el proyecto de ley. Se vota: 7 en 7 Afirmativa. UNANIMIDAD. Se designa miembro informante al señor Senador Rafael Michelini, quien lo hará en forma escrita.

- CARPETA Nº 454/11. ACUERDO DE COOPERACIÓN ECONÓMICA, COMERCIAL Y TÉCNICA FIRMADO ENTRE LA REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY Y EL ESTADO DE QATAR - Aprobación. Mensaje y proyecto de ley del Poder Ejecutivo. (Distribuido Nº 589/11).

Se considera y aprueba el proyecto de ley. Se vota: 7 en 7. Afirmativa. UNANIMIDAD. Se designa Miembro Informante al señor Senador Rafael Michelini, quien lo hará en forma escrita.

- CARPETA Nº 331/10. QUINCUAGÉSIMO TERCER PROTOCOLO ADICIONAL AL ACUERDO DE COMPLEMENTACIÓN ECONÓMICA Nº 35 (ACE 35) ENTRE EL MERCOSUR Y LA REPÚBLICA DE CHILE. - Aprobación. Mensaje y proyecto de ley del Poder Ejecutivo. (Distribuido Nº 344/10).

Se considera y aprueba el proyecto de ley. Se vota: 7 en 7. Afirmativa. UNANIMIDAD. Se designa Miembro Informante al señor Senador Carlos Baráibar, quien lo hará en forma escrita.

- CARPETA Nº 435/10. ACUERDO DE SEDE ENTRE LA REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY Y EL MERCADO COMÚN DEL SUR (MERCOSUR) PARA EL FUNCIONAMIENTO DE LA SECRETARÍA PERMANENTE DEL FORO CONSULTIVO ECONÓMICO-SOCIAL Y EL ACTA DE RECTIFICACIÓN ELABORADA POR EL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES DE LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY. - Aprobación. Mensaje y proyecto de ley del Poder Ejecutivo. (Distribuido Nº 574/10).

Se considera y aprueba el proyecto de ley. Se vota: 7 en 7. Afirmativa. UNANIMIDAD. Se designa Miembro Informante al señor Senador Carlos Baráibar, quien lo hará en forma escrita.

RESOLUCIONES:

- Se acuerda invitar al señor Ministro de Relaciones Exteriores, doctor Luis Almagro, para que informe sobre el estado actual del Parlamento del Mercosur.

A la hora dieciocho y treinta minutos se levanta la sesión.

Para constancia se labra la presente acta que, una vez aprobada, firman el señor Presidente y el señor Secretario de la Comisión.

Enrique Rubio, Presidente; Vladimir De Bellis Martínez, Secretario.

SEÑOR PRESIDENTE.- Léase.

(Se lee.)

-En discusión.

Tiene la palabra la Miembro Informante, señora Senadora Xavier.

SEÑORA XAVIER.-Señor Presidente: la Comisión de Asuntos Internacionales eleva al Cuerpo esta solicitud de Acuerdo del Poder Ejecutivo para designar como Embajadora ante el Gobierno del Reino de Suecia, a la doctora Zulma Guelman-Radtke, destino concurrente con Dinamarca, Noruega, Finlandia, Letonia y Estonia.

La señora Guelman-Radtke es doctora en Diplomacia, egresada de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad de la República y presenta un importante currículum al que no haré referencia ya que consta en el Mensaje remitido por el Poder Ejecutivo. Se trata de información muy documentada, pero en cualquier caso podemos ampliarla.

En 1968, la doctora Guelman-Radtke ingresa al Ministerio de Relaciones Exteriores como Secretaria de Tercera, por cuanto lleva 42 años de carrera en el Servicio Exterior, desempeñando múltiples e importantes responsabilidades tanto en dicha Cartera como fuera del país. Es conocido que el Plenario del Senado, el pasado 5 de abril, presentó el informe y que el señor Senador Gallinal planteó que el mismo fuera remitido nuevamente a la Comisión de Asuntos Internacionales para que se estudiaran los antecedentes que en el año 1988 llevaron a negar la venia para la doctora Guelman-Radtke con destino a Canadá. Al día siguiente, el 6 de abril, planteamos al Senado la iniciativa del señor Senador, así como también levantar el secreto de las tres instancias en las que la doctora Guelman-Radtke había sido propuesta por el Poder Ejecutivo con destino a diversos países, y el Plenario votó por unanimidad la remisión de todos los antecedentes.

Una vez que estudiamos dichos antecedentes -a través de la lectura de las sesiones secretas que eran de estilo en ese momento-, comprobamos que en 1978 la señora Guelman-Radtke había sido designada Ministro Consejero de la Misión Permanente de la República ante las Naciones Unidas, cargo que ocupó hasta abril de 1983. Es en ese período que se ubica el episodio que fundamenta el voto negativo de dos colectividades políticas cuando se plantea su destino como Embajadora a Canadá. En el año 1988, el Gobierno del doctor Julio María Sanguinetti propone este destino, que se puede verificar en la Carpeta Nº 1055/1988. En esa instancia, las colectividades del Partido Nacional y del Frente Amplio, por razones no explicitadas, se oponen a la designación y la venia no es concedida.

En este caso, queremos referirnos a dos fundamentaciones que surgen del estudio de los antecedentes. Una de ellas corresponde a la realizada por el entonces Senador Juan Raúl Ferreira, en nombre del Partido Nacional, que en esa oportunidad expresa en la Comisión: “Mi Partido había resuelto no hacer lugar, no votar la venia y que, además, no consideraba necesario exponer los motivos por los cuales a nuestro juicio no eran suficientes las razones y los méritos para conceder la venia”. En similares términos se expresa, también sin dar razones, el señor Senador Rodríguez Camusso en nombre del Frente Amplio. Queremos destacar que quienes fundamentan que los Senadores no deben expresar razones por las cuales votan en uno o en otro sentido, se manejan de una manera muy cuidadosa en cuanto a no afectar el nombre de la doctora Guelman-Radtke. En esa oportunidad, en nombre del Partido Colorado, el señor Senador Américo Ricaldoni fundamenta a favor de dicha designación.

En realidad, de la lectura de los antecedentes de la época, las razones no explicitadas refieren al impedimento que se habría dado en la Asamblea de las Naciones Unidas para que un grupo de compatriotas hicieran denuncias acerca de la represión que la dictadura llevaba adelante en nuestro país. En aquel entonces, la doctora Guelman-Radtke se desempeñaba en la Tercera Comisión en la que se tratan asuntos sociales, humanitarios y culturales, y queremos señalar que el tratamiento del tema de los derechos humanos en esa Comisión es relativamente superficial. La que efectivamente profundiza en dicho tema es la Comisión que funciona en Ginebra, que lleva adelante un tratamiento más pormenorizado. A su vez, quien habría solicitado en esa oportunidad que no se hiciera lugar al ingreso del grupo de compatriotas habría sido el Embajador Narancio, quien estaba al frente de la Misión en Naciones Unidas, a través de un planteo realizado al entonces Secretario de Naciones Unidas.

Este es el episodio que hoy podemos relatar sin la reserva del secreto y que pudimos encontrar en los antecedentes aunque, insisto, hay que entresacar datos por el hecho de que la mayoría de los Senadores no dan explicaciones para un voto, en este caso, negativo.

La doctora Guelman-Radtke es designada en 1992 como Embajadora en Japón a propuesta del señor Presidente Lacalle Herrera, cuyo tratamiento a nivel parlamentario lo realiza la Comisión Permanente. Estos antecedentes se pueden verificar en la Carpeta Nº 87/92. El 2 de marzo de 2001, durante el Gobierno del doctor Jorge Batlle, fue designada Embajadora en Alemania, oportunidad en la que no se solicita venia al Senado de la República ya que se pone en práctica un criterio de la Administración de la época que consistía en que una vez concedida una venia a un Embajador, no debía solicitársela nuevamente con destino a otro país. Insisto en que este era un criterio que manejó la Administración de la época y es por ello que dichos antecedentes no están en el Parlamento, aunque sí contamos con la resolución del Poder Ejecutivo que la designa Embajadora en Alemania.

Queda claro que al momento actual podemos decir que Poderes Ejecutivos de las colectividades políticas que en su oportunidad se opusieron a la designación de la doctora Guelman-Radtke, ya han remitido a este Poder Legislativo solicitudes de acuerdo con otros destinos, lo que muestra que el hecho está superado. De todas maneras, también investigamos directamente con quienes participaron del episodio en Naciones Unidas, pudiendo hablar con dos de las cuatro personas que estaban involucradas, las que nos comunicaron que ese hecho lo daban por superado.

También debemos consignar que en el tratamiento de esta venia recibimos once correos electrónicos pertenecientes a compatriotas que aún residen en Suecia, producto del exilio de aquella época. Queremos significar que algunos de ellos se preguntan por qué hay elementos para una designación, pero aluden a antecedentes que no se ajustan exactamente a la verdad en los que se involucra al señor Senador Wilson Ferreira Aldunate como uno de los integrantes del grupo al que no se le habría permitido su oratoria en Naciones Unidas. Esto no es así. No fue al ex Senador y hoy fallecido líder Wilson Ferreira Aldunate a quien se le impidió el ingreso a Naciones Unidas, sino al ex Senador Juan Raúl Ferreira.

Queremos señalar que en la Comisión nos comprometimos a dar cuenta a estos once compatriotas en Suecia -una vez que el Senado de la República se expida sobre esta solicitud de acuerdo- de la forma en que el Cuerpo estudió los antecedentes y adoptó su posición. Es así que la unanimidad de presentes de la Comisión de Asuntos Internacionales sugiere al Senado aprobar la venia de la doctora Zulma Guelman-Radtke en el entendido de que se trata de una profesional con una importante y evidente capacitación, que está al final de su carrera diplomática y que concurriría a un destino muy significativo. Sin duda, los antecedentes a los que se hizo referencia no se verifican como responsabilidades directas de la doctora Guelman-Radtke y, además, ha habido un comportamiento posterior que provoca que en el momento actual respaldemos el destino que el Poder Ejecutivo nos propone y sobre el que, reitero, la Comisión por unanimidad de presentes votó a favor.

Era cuanto quería informar.

SEÑOR GALLINAL.- Pido la palabra.

SEÑOR PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor Senador.

SEÑOR GALLINAL.- Señor Presidente: quiero señalar que voy a votar negativamente la venia que se está solicitando en homenaje a los Legisladores del Partido Nacional que se desempeñaban como Senadores en la Legislatura 1985-1990. He tenido la oportunidad de consultar a quienes en ese momento eran Legisladores en representación del sector “Por la Patria”, al que yo pertenecía, y no han hecho otra cosa que ratificar mis convicciones respecto al voto negativo, no relativo a la persona sino a su accionar político.

Muchas gracias.

SEÑOR PASQUET.- Pido la palabra.

SEÑOR PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor Senador.

SEÑOR PASQUET.- Señor Presidente: vamos a votar afirmativamente el pedido de acuerdo para la designación de la doctora Guelman-Radtke como Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria del Uruguay ante el Gobierno del Reino de Suecia, por las razones por las que ya estábamos dispuestos a hacerlo cuando este Cuerpo, semanas atrás, ingresó a la consideración del tema. De la consulta de los antecedentes parlamentarios de los años ochenta no han surgido elementos de juicio que nos lleven a cambiar de manera de pensar; por el contrario, esos antecedentes -como ha señalado muy correctamente en su exhaustivo informe la señora Senadora Xavier- indican que en aquel momento quienes se opusieron al otorgamiento de la venia a la doctora Guelman-Radtke lo hicieron por razones que entendieron pertinente reservarse e invocaron el derecho de los Senadores, grupos políticos y partidos políticos, a no votar las venias que considerasen inconvenientes sin exponer las razones o fundamentos de esa actitud.

Ahora bien, como señaló en su momento el señor Senador Américo Ricaldoni, al proceder de esta manera -en ejercicio de facultades que no pretendemos negar-, es evidente que se retacea el derecho de defensa de la persona que es cuestionada y cuya venia no se vota. ¿Cómo defenderse de una acusación que no se formula? En rigor, no hay tal acusación sino un acto de voluntad negativo que, sin duda, es legítimo pero que, de ninguna manera, puede perjudicar el derecho de defensa de una persona. Traigo esto a colación porque más de veinte años después de aquellos hechos, aun si nos lo propusiéramos, no podríamos realizar una investigación cuando las posibilidades de defensa de la persona que podría estar inculpada probablemente se han perdido como consecuencia del paso del tiempo. Además, con posterioridad a aquella discusión, a esos hechos y a la negativa que entonces decidió el Senado sobre el pedido de acuerdo, otro Gobierno presidido por el doctor Lacalle Herrera promovió el otorgamiento de la venia, este Cuerpo la concedió, y ello ocurrió con el voto conforme de todos los partidos políticos. Cuando en aquel momento -es decir, en los años noventa- el Senado votó la venia de la doctora Guelman-Radtke los hechos eran perfectamente conocidos; el conocimiento informal de esos hechos lo tenían todos los señores Senadores, quienes consideraron que no correspondía impedir su designación. Entonces, creo que eso termina de sanear la situación. Después de que el Senado entiende que determinados hechos no impiden que una persona sea designada Embajadora del país, veinte años después no podría revisarse el criterio sin lesionar derechos elementales a la seguridad jurídica y a la carrera funcional; no puede estar permanentemente en tela de juicio la aptitud de una persona para cumplir determinadas funciones, variando la decisión según el criterio que en cada momento sostengan los integrantes del Cuerpo.

Por todo esto, sin entrar al análisis de los hechos presuntamente ocurridos en Naciones Unidas y teniendo en cuenta solamente las razones y los fundamentos por los que el Senado se pronunció en 1988 y luego en los años noventa, con absoluta convicción votamos favorablemente el pedido de venia que remite el Poder Ejecutivo.

Es todo, señor Presidente.

SEÑOR PRESIDENTE.- Léase el proyecto de resolución.

(Se lee:)

SEÑOR SECRETARIO (Gustavo Sánchez Piñeiro).- “Artículo Único.- Concédese al Poder Ejecutivo el acuerdo solicitado para acreditar en calidad de Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria de la República ante el Gobierno del Reino de Suecia a la señora Zulma Guelman-Radtke.”

SEÑOR PRESIDENTE.- En consideración.

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota:)

-24 en26. Afirmativa.

Ha sido concedida la venia para designar a la doctora Zulma Guelman-Radtke como Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria de la República ante el Reino de Suecia.

Se comunicará al Poder Ejecutivo.

17) PROTOCOLO FACULTATIVO DE LA CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

SEÑOR PRESIDENTE.- Se pasa a considerar el asunto que figura en segundo término del Orden del Día: “Proyecto de ley por el que se aprueba la Adhesión al Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, adoptado en la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América, el 13 de diciembre de 2006. (Carp. Nº 379/10 - Rep. Nº 284/11)”.

(Antecedentes:)

Carp. Nº 379/10
Rep. Nº 284/11

PODER EJECUTIVO

Ministerio de Relaciones Exteriores

Ministerio del Interior

Ministerio de Economía y Finanzas

Ministerio de Educación y Cultura

Ministerio de Trabajo y Seguridad Social

Ministerio de Salud Pública

Ministerio de Turismo y Deporte

Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente

Ministerio de Desarrollo Social

 

Montevideo, 28 de octubre de 2010.

Señor Presidente de la Asamblea General:

El Poder Ejecutivo tiene el honor de dirigirse a ese Cuerpo, de conformidad con el artículo 168 numeral 20 de la Constitución de la República, a fin de reiterar el Mensaje de fecha 20 de julio de 2009, que se adjunta, a fin de someter a su consideración el proyecto de ley adjunto, mediante el cual se aprueba la adhesión al “Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad”, adoptado en la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América, el 13 de diciembre de 2006.

Al mantenerse vigentes los fundamentos que en su oportunidad dieron mérito al envío de aquel Mensaje, el Poder Ejecutivo se permite solicitar a ese Cuerpo la pronta aprobación del mismo.

El Poder Ejecutivo reitera al señor Presidente de la Asamblea General las seguridades de su más alta consideración.

JOSÉ MUJICA, Presidente de la República; Luis Almagro, Ana Vignoli, Graciela Muslera, Héctor Lescano, Daniel Olesker, Eduardo Brenta, Ricardo Ehrlich, Eduardo Bonomi, Pedro Buonomo.

Proyecto de Ley

Artículo Único.- Apruébase la adhesión al “Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad”, adoptado en la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América, el 13 de diciembre de 2006.

Luis Almagro, Ana Vignoli, Graciela Muslera, Héctor Lescano, Daniel Olesker, Eduardo Brenta, Ricardo Ehrlich, Eduardo Bonomi, Pedro Buonomo.

Mensaje y Proyecto de Ley del Poder Ejecutivo de fecha 20 de julio de 2009

PODER EJECUTIVO

Ministerio de Relaciones Exteriores

Ministerio del Interior

Ministerio de Economía y Finanzas

Ministerio de Desarrollo Social

Ministerio de Educación y Cultura

Ministerio de Salud Pública

Ministerio de Trabajo y Seguridad Social

Ministerio de Turismo y Deporte

Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente

Montevideo, 20 de julio de 2009.

Señor Presidente de la Asamblea General:

El Poder Ejecutivo tiene el honor de dirigirse a la Asamblea General, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 85, numeral 7 y 168, numeral 20 de la Constitución de la República, a fin de someter a su consideración el proyecto de ley adjunto, mediante el cual se aprueba la adhesión al PROTOCOLO FACULTATIVO DE LA CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD, adoptado en la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de Norte América, el 13 de diciembre de 2006.

Antecedentes

Un protocolo facultativo es un instrumento jurídico relativo a un tratado vigente, en el que se abordan cuestiones a las que el tratado original no hace referencia o no se ocupa de ellas suficientemente. Suele estar abierto únicamente, aunque no siempre, a la ratificación o adhesión únicamente por los Estados que sean partes en el tratado original. Es “facultativo” en el sentido de que los Estados no están obligados a ser partes en el protocolo, aun cuando sean partes en el tratado original.

El Protocolo Facultativo de la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad establece dos procedimientos para reforzar la aplicación de la Convención: un procedimiento de comunicaciones personales y un procedimiento de investigación.

Procedimiento de comunicaciones personales

El procedimiento de comunicaciones personales permite a personas y grupos de personas de un Estado parte en el Protocolo Facultativo presentar una denuncia ante el Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad alegando que el Estado ha infringido una de sus obligaciones con arreglo a la Convención. Esa denuncia se denomina “comunicación”. Seguidamente el Comité examinará la denuncia, formulará sus opiniones y recomendaciones si las hubiere, sobre la comunicación y la remitirá al Estado de que se trate.

Esas opiniones y recomendaciones aparecen en el informe púbico del Comité a la Asamblea General. Ordinariamente el procedimiento de comunicaciones personales consiste en documentos escritos, es decir, ni quien presenta la denuncia ni el Estado comparecen ante el Comité en persona; todos los alegatos se presentan por escrito.

No todas las denuncias son admisibles. El Comité considera que una comunicación es inadmisible cuando:

- Es anónima;

- Constituye un abuso de las disposiciones de la Convención o es incompatible con ellas;

- La misma denuncia ha sido ya examinada por el Comité;

- La misma denuncia ha sido ya examinada, o lo está siendo, mediante otro procedimiento de investigación internacional;

- No se han agotado todos los recursos disponibles en el país;

- Carece de base o no está suficientemente justificada;

- Los hechos ocurrieron y concluyeron antes de que el Protocolo entrara en vigor para el Estado de que se trate.

Procedimiento de investigación

Si el Comité recibe información fidedigna indicativa de vulneraciones graves o sistemáticas de las disposiciones de la Convención por un Estado parte, es posible que invite al Estado a colaborar en el examen de la información y presentar sus observaciones. Tras examinar las observaciones presentadas por el Estado parte, y cualquier otra información fidedigna, el Comité podrá designar a uno o más de sus miembros para que efectúe una investigación y redacte un informe con urgencia. Cuando esté justificado, y con el consentimiento del Estado interesado, esa investigación podrá incluir una visita al país. Tras examinar los resultados de la investigación, el Comité deberá comunicar esos resultados y sus propios comentarios al Estado, el cual tiene entonces seis meses para presentar sus observaciones al Comité. La investigación es confidencial y se ha de llevar a cabo con la plena colaboración del Estado de que se trate.

Una vez transcurrido el período de seis meses durante el cual el Estado puede presentar sus observaciones se podrá invitar a este a que proporcione detalles de las medidas adoptadas como resultado de la investigación. El Comité podrá solicitar nueva información al Estado. El Comité publicará entonces un resumen de los resultados de su investigación en su informe a la Asamblea General. Con el asentimiento del Estado interesado, el Comité podrá también publicar la totalidad de su informe sobre la investigación.

Todo Estado que ratifique el Protocolo Facultativo podrá “excluirse” del procedimiento de investigación. Dicho de otro modo, en el momento de firmar, ratificar o adherirse al Protocolo, el Estado podrá declarar que no reconoce la competencia del Comité para realizar investigaciones. No obstante, aun en el caso de que un Estado ‘se excluya” del procedimiento de investigación, todos los Estados partes en el Protocolo Facultativo deberán aceptar el procedimiento de comunicaciones personales.

La mayor parte de los tratados internacionales de derechos humanos contienen procedimientos facultativos de comunicaciones; algunos incluyen también procedimientos de investigación. Todos estos procedimientos guardan cierta relación con los derechos de las personas con discapacidad.

Los siguientes instrumentos internacionales contienen procedimientos de comunicaciones personales:

- El Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.

- La Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial.

- La Convención Contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, inhumanos o Degradantes.

- El Protocolo Facultativo de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer.

- La Convención internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares.

- La Convención Internacional para la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas (todavía no en vigor).

Los siguientes instrumentos internacionales contienen procedimientos de investigación:

- La Convención Contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes.

- El Protocolo Facultativo de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer.

- La Convención Internacional para la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas (todavía no en vigor).

Si bien todos los tratados admiten comunicaciones de personas con discapacidad que habiten en Estados que hayan ratificado los procedimientos ninguno de ellos se ocupa específicamente de los derechos de las personas con discapacidad; y mientras que todos estos comités disponen de expertos sobre derechos humanos no necesariamente se benefician de conocimientos especializados sobre derechos humanos y discapacidad. Por lo tanto, el Protocolo Facultativo de la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad establece procedimientos que van dirigidos específicamente a proteger los derechos de las personas con discapacidad.

El Protocolo Facultativo es un instrumento que utilizan los Estados para:

- Mejorar los mecanismos existentes de protección de las personas con discapacidad;

- Agregar nuevos mecanismos de protección a los ya existentes;

- Mejorar su comprensión de las medidas que debe adoptar para proteger y fomentar los derechos de las personas con discapacidad;

- Justificar su actuación en los casos en que el Comité determine que no hubo vulneración de los derechos;

- Fomentar la modificación de las leyes, políticas y prácticas discriminatorias.

- Sensibilizar al público acerca de las normas sobre derechos humanos relativas a las personas con discapacidad.

El procedimiento para firmar y ratificar o adherirse al Protocolo Facultativo es el mismo que el de la Convención.

El Protocolo entró en vigor el 3 de mayo de 2008, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 13.

Ochenta y un Estados lo firmaron y 27 lo han ratificado o adherido.

Nuestro país no lo ha firmado, y el 30 de marzo de 2007 se cerró el período de firmas, por lo que nuestra República deberá adherirse al Protocolo.

El Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad recibirá el apoyo de la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos, con sede en Ginebra, Suiza. La Conferencia de los Estados partes recibirá, el apoyo del Departamento de Asuntos Económicos y Sociales, con sede en Nueva York.

Texto

El Protocolo consta de 18 Artículos.

El Artículo 1 establece el reconocimiento de Todo Estado Parte en el Protocolo de la competencia del Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (“el Comité”) para recibir y considerar las comunicaciones presentadas por personas o grupos de personas sujetos a su jurisdicción que aleguen ser víctimas de una violación por ese Estado Parte de cualquiera de las disposiciones de la Convención, o en nombre de esas personas o grupos de personas.

Asimismo se establece que el Comité no recibirá comunicación alguna que concierna a un Estado Parte en la Convención que no sea parte en el presente Protocolo.

El Artículo 2 señala cuándo el Comité considerará inadmisible una comunicación.

Los Artículos 3 al 7 contemplan los procedimientos a seguir por los actores y el Comité.

El Artículo 8 se refiere a que todo Estado Parte podrá, al momento de la firma o ratificación del presente Protocolo, o de la adhesión a él, declarar que no reconoce la competencia del Comité establecida en los artículos 6 y 7.

Los Artículos 9 al final establecen los mecanismos referidos a la firma, entrada en vigor, organismos regionales, tipo de reservas, enmiendas, denuncia, y difusión.

En atención a lo expuesto y reiterando la conveniencia de la suscripción de este tipo de Acuerdos, el Poder Ejecutivo solicita la correspondiente aprobación parlamentaria.

El Poder Ejecutivo reitera al señor Presidente de la Asamblea General las seguridades de su más alta consideración.

TABARÉ VÁZQUEZ, Presidente de la República; Gonzalo Fernández, Marina Arismendi, Daisy Tourné, María Simon, Felipe Michelini, María Julia Muñoz, Eduardo Bonomi, Jorge Bruni, Héctor Lescano.

Proyecto de Ley

Artículo 1º.- Apruébase la adhesión al PROTOCOLO FACULTATIVO DE LA CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD, adoptado en la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de Norte América, el 13 de diciembre de 2006.

Artículo 2º.- Comuníquese, etc.

Gonzalo Fernández, Marina Arismendi, Daisy Tourné, María Simon, Felipe Michelini, María Julia Muñoz, Eduardo Bonomi, Jorge Bruni, Héctor Lescano.”

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CÁMARA DE SENADORES

Comisión de Asuntos Internacionales

Informe

Al Senado de la República:

La Comisión de Asuntos Internacionales somete a la consideración del Senado de la República el Proyecto de Ley a través del cual se aprueba la adhesión al “Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad”, adoptado en la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América, el 13 de diciembre de 2006.

Tal como lo indica el Poder Ejecutivo en el mensaje dirigido a la Asamblea General el Protocolo Facultativo es un instrumento jurídico relativo a un tratado vigente al que pueden adherir o no aquellos Estados que son parte en el tratado original - en este caso la Convención - y en el mismo se abordan cuestiones a las que esta última no hizo referencia o no las trató profundamente.

Resulta necesario, entonces, hacer una breve referencia a la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, que entrara en vigor el 3 de mayo de 2008, tras alcanzar la vigésima ratificación.

El propósito de la Convención fue el de promover, proteger y asegurar el goce pleno y en condiciones de igualdad de todos los derechos humanos y libertades fundamentales, por todas las personas con discapacidad, y promover el respeto de su dignidad inherente. Considerando como personas con discapacidad aquellas que tengan deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales a largo plazo que, al interactuar con diversas barreras, puedan impedir su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con las demás.

Surge de esta Convención como un derecho sustancial para las personas con discapacidad el que se les garantice su plena inclusión y participación en la comunidad, especialmente para que puedan elegir su lugar de residencia en igualdad de condiciones y no se vean obligadas a vivir con arreglo a un sistema de vida específico.

Ello abarcaría aspectos tales como: contar con acceso a una variedad de servicios de asistencia domiciliaria y otros servicios de apoyo de la comunidad, incluida asistencia personal para facilitar su existencia y para evitar su aislamiento; programas de atención de salud gratuitos o asequibles (en precio y ubicación) de la misma variedad y calidad que para la población general, incluso en el ámbito de salud sexual y reproductiva; no discriminación en seguros de salud o de vida; no quedar excluidas del sistema general de educación, tanto la primaria como la secundaria y la superior.

El hecho de enfocar la situación de las personas con discapacidad desde la perspectiva de los derechos humanos proporciona una orientación para las eventuales reformas que se deban encarar pero al firmar y ratificar la Convención, los Estados se obligan a adoptar las medidas necesarias para garantizar la igualdad y la vida en dignidad de las personas. Por tanto, es responsabilidad de los Estados garantizar el respeto de los derechos humanos de las personas con discapacidad.

Al ratificar una convención, el Estado acepta las obligaciones jurídicas que le corresponden en virtud del tratado, y después que el tratado entra en vigor tiene que adecuar su legislación y establecer políticas públicas para hacerlas cumplir. Los Estados se comprometen a introducir medidas destinadas a promover los derechos de las personas con discapacidad y a luchar contra la discriminación. Estas comprenden:

- adoptar una legislación antidiscriminatoria, así como eliminar leyes y prácticas que establezcan cualquier tipo de discriminación hacia la discapacidad;

- aprobar nuevos programas o políticas, consultando y colaborando con las personas con discapacidad para su concreción;

- poner en marcha campañas de sensibilización pública para combatir los estereotipos, fomentar percepciones positivas de los discapacitados, etc.;

- asegurar su acceso físico o tecnológico a toda instalación o servicio público;

- llevar a cabo esfuerzos para prestar servicios, proporcionar bienes y crear infraestructuras accesibles para todas las personas con discapacidad;

- designar un mecanismo nacional para dar seguimiento a la Convención.

Por último, cabe referirse a un aspecto de la Convención que está íntimamente vinculado con el Protocolo Facultativo en examen: la creación del Comité sobre los derechos de las personas con discapacidad.

Más allá de los aspectos formales en cuanto a su composición, calidad de sus miembros, los modos de elección y duración de los mismos, lo importante a resaltar tiene que ver con que los Estados Partes deben presentar al Comité, por conducto del Secretario General de las Naciones Unidas, un informe exhaustivo sobre las medidas que hayan adoptado para cumplir las obligaciones derivadas de la Convención y sobre los progresos realizados al respecto.

El Comité, por su parte, deberá considerar todos los informes, hacer las sugerencias y las recomendaciones que estime oportunas respecto a ellos y remitirlas luego al Estado Parte de que se trate.

Asimismo, según estime apropiado, el Comité podrá transmitir a otros órganos competentes, los informes de los Estados Partes, a fin de atender una solicitud o una indicación de necesidad de asesoramiento técnico o asistencia que figure en ellos, junto con las observaciones y recomendaciones del Comité, si las hubiera, sobre esas solicitudes o indicaciones.

Finalmente, cada dos años el Comité informará a la Asamblea General y al Consejo Económico y Social sobre sus actividades y podrá hacer sugerencias y recomendaciones de carácter general basadas en el examen de los informes y datos recibidos de los Estados Partes en la Convención. Esas sugerencias y recomendaciones de carácter general se incluirán en el informe del Comité, junto con los comentarios, si correspondiere, de los Estados Partes.

El Protocolo Facultativo que se pone a consideración de este Cuerpo establece dos procedimientos tendientes a reforzar la aplicación de la Convención: uno de comunicaciones personales y otro de investigación.

El Procedimiento de Comunicaciones Personales establece mecanismos a favor de personas o grupos de personas, pertenecientes a un Estado Parte del Protocolo Facultativo, que les permiten presentar denuncias ante el Comité alegando que el Estado ha infringido una de sus obligaciones con arreglo a la Convención.

Tras esta denuncia (comunicación) el Comité puede entender necesario formular opiniones y recomendaciones y, en tal caso, las remite al Estado de que se trata al tiempo que las incluye en el informe público que enviará luego a la Asamblea General.

Se establece una serie de requisitos para estas comunicaciones personales en las que no existe comparecencia ante el Comité sino que, tanto las personas que efectúan la denuncia como el Estado denunciado, se presentan por escrito.

El denominado Procedimiento de Investigación refiere a aquellas situaciones en las que el Comité recibe información fidedigna indicativa de vulneraciones graves o sistemáticas a las disposiciones de la Convención, por un Estado Parte, y podrá en ese caso invitar el Estado a colaborar en el examen de la información y presentar sus observaciones.

Tras el examen que realice el Comité podrá determinar una investigación la que, con el consentimiento del Estado interesado, podrá incluir una visita al mismo. Los resultados de la investigación, que deben respetar la confidencialidad, serán comunicados al Estado, el que tendrá seis meses para presentar sus observaciones al Comité.

Al final del proceso instituido, el Comité publicará un resumen de los resultados de la investigación en su informe a la Asamblea General y, si el Estado interesado lo consiente, podrá también publicar la totalidad de su informe sobre la investigación.

Es importante tener presente que cualquier Estado que ratifique el Protocolo Facultativo podrá excluirse del procedimiento de investigación, es decir, no reconocer la competencia del Comité para realizar investigaciones, pero la ratificación implica siempre la aceptación del procedimiento de comunicaciones personales.

El Protocolo, que entró en vigor el 3 de mayo de 2008, consta de 18 artículos.

En el artículo 1 se establece el reconocimiento, por parte de cada Estado firmante del Protocolo, de la competencia del Comité para la consideración de las Comunicaciones Personales.

El artículo 2 regula aquellas situaciones en las que el Comité deberá considerar inadmisible una comunicación como, por ejemplo, en el caso de que sea anónima, manifiestamente infundada o esté insuficientemente sustanciada.

Los artículos 3 a 7 contemplan los procedimientos a los que deben ajustarse los actores y el Comité, tanto en una situación de comunicaciones personales como en las investigaciones. Los que ya han sido examinados anteriormente al tratar ambos instrumentos.

El artículo 8 refiere a la posibilidad, antes analizada, de adherir al Protocolo pero sin reconocer la competencia del Comité de realizar las investigaciones previstas en los artículos 6 y 7 del mismo.

En definitiva la ratificación del Protocolo Facultativo, de alguna manera, permitirá la adopción de medidas que mejorarán los mecanismos ya existentes en tal sentido, al tiempo de impulsar la introducción de otros nuevos.

Asimismo la publicidad que generen las diferentes actuaciones llevarán a una mejor comprensión de las medidas que se adopten y, a la vez de contribuir a la eliminación de cualquier tipo de práctica discriminatoria, servirá como un elemento de sensibilización en torno a las normas sobre derechos humanos relativas a las personas con discapacidad.

En función de lo expuesto esta Comisión manifiesta su opinión favorable en cuanto a la aprobación del proyecto de ley puesto a su consideración.

Sala de la Comisión, 5 de mayo de 2011.

Rafael Michelini, Miembro Informante; Carlos Baráibar, Alberto Couriel, Antonio Gallicchio, Luis Alberto Heber, Ope Pasquet, Enrique Rubio, Mónica Xavier.

SEÑOR PRESIDENTE.- Léase el proyecto.

(Se lee.)

-En discusión general.

Tiene la palabra el Miembro Informante, señor Senador Michelini.

SEÑOR MICHELINI.- Señor Presidente: la Comisión de Asuntos Internacionales me ha hecho el honor de solicitarme que informe no solo este proyecto de ley sino otros que también figuran en el Orden del Día.

En la medida en que el Senado así lo determine, el Uruguay adhiere al Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. Este procedimiento que vamos a realizar en algunos minutos tiene aspectos reales y otros simbólicos. Digo “aspectos reales” porque este Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad promueve una serie de beneficios que permiten mejorar la calidad de vida de las personas con discapacidad. A su vez, posee “aspectos simbólicos” ya que, en general, las personas con discapacidad son discriminadas por Parte de la sociedad y el Estado, a través de sus múltiples funciones -en este caso, aprobando un Acuerdo internacional-, es el que envía las señales -por eso utilizo el término “simbólico”- para que las personas con discapacidad puedan ser contempladas. En definitiva, todos somos discapacitados, pues tenemos alguna discapacidad; por ejemplo, algunos usan lentes y otros tienen una descompensación en su andar, pero siempre se trata de discapacidades leves. No obstante, ahora estamos hablando de personas con discapacidades más agudas y la señal que envía el Poder Ejecutivo -es decir, todo el Gobierno- solicitando la aprobación a nivel parlamentario es la de que no haya discriminación con respecto a las discapacidades altas que tienen los diferentes individuos. Nos referimos a que se promueve una variedad de servicios de asistencia domiciliaria y de apoyo a la comunidad. A su vez, este Protocolo afirma la necesidad de que esas personas cuenten con acceso a una variedad de servicios de asistencia domiciliaria y de apoyo de la comunidad, incluida la asistencia personal para facilitar su existencia y evitar su aislamiento. También prevé programas de atención de salud gratuitos -es decir, seguros de salud o de vida- y que esas personas no queden excluidas del sistema general de educación, tanto de primaria como de secundaria y de la superior.

La ratificación de este Protocolo Facultativo implica asumir el compromiso de: adoptar una legislación antidiscriminatoria, así como eliminar leyes y prácticas que supongan cualquier tipo de discriminación hacia la discapacidad; aprobar nuevos programas o políticas, consultando y colaborando con las personas con discapacidad para su concreción; poner en marcha campañas de sensibilización pública para combatir los estereotipos, fomentar percepciones positivas de los discapacitados, etcétera; asegurar su acceso físico o tecnológico a toda instalación o servicio público; llevar a cabo esfuerzos para prestar servicios, proporcionar bienes y crear infraestructuras accesibles para todas las personas con discapacidad; y designar un mecanismo nacional para dar seguimiento a la Convención.

Tal vez lo más novedoso e importante de este Protocolo Facultativo, que ya entró en vigencia el 3 de mayo de 2008 -en esa oportunidad alcanza su vigésima ratificación, lo que demuestra que Uruguay, pese a que en general está a la avanzada, en este caso se encuentra retrasado-, es el nombramiento de un Comité de la Asamblea General de las Naciones Unidas cuya función será la de colaborar con los Estados en lo que tiene que ver con su legislación, asesoramiento técnico e, incluso, recepción de denuncias de diferentes organismos o grupos de discapacitados, para que lo cumplan determinados países, regiones, localidades o gobiernos municipales.

Sus artículos refieren al fomento de mejoras y de ayudas para los discapacitados, como es el caso del Comité que nombré recientemente. Su aprobación dejará nuevamente al Uruguay entre los países de avanzada en cuanto al mejoramiento de la calidad de vida de aquellos que tienen alta discapacidad.

Por todas estas razones, señor Presidente, la Comisión de Asuntos Internacionales aconseja su aprobación.

Es cuanto quería manifestar.

SEÑOR PASQUET.- Pido la palabra.

SEÑOR PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor Senador.

SEÑOR PASQUET.- Señor Presidente: adelanto que votaremos afirmativamente este proyecto de ley y que compartimos las razones muy bien expuestas por el señor Senador Michelini porque reflejan el criterio con el que ha considerado este asunto la Comisión de Asuntos Internacionales, pero no queremos dejar de formular algunos breves comentarios.

Durante el tratamiento de este proyecto de ley, la Comisión recibió a un grupo de personas con distintas formas de discapacidad y en esa instancia reclamaron que el asunto fuera estudiado y considerado, no con el ánimo de hacer “lo políticamente correcto” -repito sus palabras-, sino con el de asumir un compromiso serio y de fondo respecto a la situación de las personas discapacitadas, con el propósito de asistirlas según lo previsto por la Convención internacional a la que acceden por estos Protocolos que hoy ratificará el Senado y por la propia Ley Nº 18.651, que votó este Parlamento en la Legislatura anterior.

Naturalmente, todos compartimos el criterio de que no solo se trata de sancionar normas, sino también de preocuparse por su efectivo cumplimiento, que a partir de la aprobación de este Protocolo quedará sometido al escrutinio y al control internacional del Comité que prevé crear la Convención, el que podrá hacer el seguimiento de las situaciones vinculadas con el tratamiento que se da a las personas discapacitadas. Concretamente, dicho Comité controlará el efectivo cumplimiento de las normas convencionales, así como también podrá recibir denuncias y realizar investigaciones, por lo que el Estado deberá tomar debida nota de ello y prepararse para actuar de acuerdo con lo que disponen la Convención Internacional y su propia ley interna. De lo contrario, no solo estará expuesto a reclamaciones que internamente se le puedan hacer -que, por supuesto, merecen toda la atención y consideración-, sino también a las demandas internacionales. Me parece que todavía no nos hemos acostumbrado o familiarizado con esta nueva situación en que los temas que se tratan y resuelven internamente de una manera, luego se llevan a instancias internacionales que pueden enfrentar al país a situaciones de responsabilidad.

Sería bueno que esto no sucediera en este tema. Obsérvese que en el trámite parlamentario este asunto fue considerado por la Comisión de Asuntos Internacionales y no por la de Salud Pública o las que tienen que ver con la protección social de las personas; es decir que va por un carril distinto o autónomo. Me parece que el Estado uruguayo debe tomar debida nota de ello y empezar a poner en práctica la Convención Internacional y la Ley Nº 18.651, porque, de lo contrario, no solamente estará incumpliendo las disposiciones de su propio ordenamiento, sino también exponiéndose a situaciones de responsabilidad internacional, que creo que a todos nos interesa evitar y, por otra parte, corresponde que así sea.

Estos comentarios de ninguna manera enervan el propósito de votar a favor de este Protocolo, sino que simplemente son una indicación del ánimo con el que habremos de votarlo afirmativamente.

Nada más. Muchas gracias.

SEÑORA XAVIER.- Pido la palabra.

SEÑOR PRESIDENTE.- Tiene la palabra la señora Senadora.

SEÑORA XAVIER.-Señor Presidente: en el mismo sentido que han opinado el señor Miembro Informante y el señor Senador preopinante, creo que hay que reflexionar sobre el paso trascendente que daría hoy el Senado al aprobar este Protocolo Facultativo.

Quiero recordar al Cuerpo que, en 1989, la Ley Nº 16.095, “Personas Discapacitadas”, estableció un sistema de protección integral, aunque nunca fue reglamentada. Lo propio ocurrió 17 años después, porque se votó la Ley Nº 18.651, pero tampoco ha sido reglamentada, y en su objeto dice: “Establécese un sistema de protección integral a las personas con discapacidad, tendiente a asegurarles su atención médica, su educación, su rehabilitación física, psíquica, social, económica y profesional y su cobertura de seguridad social, así como otorgarles los beneficios, las prestaciones y estímulos que permitan neutralizar las desventajas que la discapacidad les provoca y les dé oportunidad, mediante su esfuerzo, de desempeñar en la comunidad un rol equivalente al que ejercen las demás personas”. No se trata de que se estén incumpliendo muchas de las disposiciones de estos marcos legales pero, en la medida en que no existe una reglamentación, es bastante difícil hacer lo que estos protocolos prevén, es decir, que se analicen los avances sistemáticamente y con periodicidad para que el Estado Parte sea evaluado.

Además, en el año 2008, el Parlamento aprobó la Ley Nº 18.418, “Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad”. Por tanto, desde 1989 -año en que la ratifica- ha habido una serie de avances manuscritos y en las prestaciones que se brindan a las personas con diferentes grados y tipos de discapacidad. Sin embargo, el hecho de que las leyes que refieren a esos temas no hayan sido reglamentadas, pone de manifiesto que no se toma en cuenta una serie de aspectos ni hay exigencias por parte del Estado, permitiéndose así que exista un desfase entre la norma y la realidad.

Por lo expuesto, creo que el paso que hoy dará el Senado al aprobar la adhesión al Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, coloca al Uruguay en una posición de mucha mayor exigencia. Me parece que eso es lo que está necesitando el país con el objeto de lograr, efectivamente, mejores condiciones para aquellos ciudadanos que tienen capacidades diferentes, que no son pocos sino que, por el contrario, llegan a un porcentaje muy significativo.

Nada más. Muchas gracias.

SEÑOR RUBIO.- Pido la palabra.

SEÑOR PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor Senador.

SEÑOR RUBIO.- Señor Presidente: en mi opinión, este es uno de los proyectos de ley más importantes que el Senado está considerando en el día de hoy.

Coincido plenamente con lo expresado por la señora Senadora Xavier en cuanto a que se ha aprobado abundante legislación vinculada con la discapacidad, que ahora estamos reforzando con este compromiso internacional.

Desde el punto de vista práctico se ha avanzado mucho, ya que en este período de Gobierno se tuvo la idea de diseñar un “Sistema Nacional de Cuidados en Uruguay”, que también está relacionado con este tema, pero aún falta reglamentación al respecto. Pienso que el Ministerio de Desarrollo Social debería tomar nota de esta situación, a los efectos de poder contar, en forma urgente, con la reglamentación de esas leyes, lo que nos permitiría homogeneizar los comportamientos de las políticas públicas a lo largo del territorio, esto es, a nivel nacional y de los Gobiernos Departamentales y locales.

Es cuanto quería manifestar.

SEÑOR PRESIDENTE.- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar en general el proyecto de ley.

(Se vota:)

-24 en 24. Afirmativa. UNANIMIDAD.

En discusión particular.

Léase el artículo único del proyecto de ley.

(Se lee:)

SEÑOR SECRETARIO (Gustavo Sánchez Piñeiro).- Artículo Único.- Apruébase la adhesión al “Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad”, adoptado en la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América, el 13 de diciembre de 2006.

SEÑOR PRESIDENTE.- En consideración.

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota:)

-24 en 24. Afirmativa. UNANIMIDAD.

Queda aprobado el proyecto de ley, que se comunicará a la Cámara de Representantes.

(No se publica el texto del proyecto de ley aprobado por ser igual al considerado.)

18) ACUERDO DE CONTRATACIÓN PÚBLICA ENTRE LA REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY Y LA REPÚBLICA DE CHILE

SEÑOR PRESIDENTE.- Se pasa a considerar el asunto que figura en tercer término del Orden del Día: “Proyecto de ley por el que se aprueba el Acuerdo de Contratación Pública entre la República Oriental del Uruguay y la República de Chile, suscrito en la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay, el 22 de enero de 2009. (Carp. Nº 413/10 - Rep. Nº 285/11)”.

(Antecedentes:)

Carp. Nº 413/10
Rep. Nº 285/11

PODER EJECUTIVO

Ministerio de Relaciones Exteriores

Ministerio de Economía y Finanzas

Ministerio del Interior

Ministerio de Defensa Nacional

Ministerio de Salud Pública

Ministerio de Educación y Cultura

Ministerio de Trabajo y Seguridad Social

Ministerio de Industria, Energía y Minería

Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca

Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente

Ministerio de Transporte y Obras Públicas Ministerio de Turismo y Deporte

Ministerio de Desarrollo Social

Montevideo, 19 de noviembre de 2010.

Señor Presidente de la Asamblea General:

El Poder Ejecutivo tiene el honor de dirigirse a la Asamblea General, de conformidad con el artículo 168 numeral 20 de la Constitución de la República, a fin de reiterar el Mensaje de fecha 9 de diciembre de 2009 que se adjunta, por el cual se solicitó la aprobación del Acuerdo de Contratación Pública entre la República Oriental del Uruguay y la República de Chile, suscripto en la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay, a los 22 días del mes de enero de 2009.

Al mantenerse vigentes los fundamentos que en su oportunidad dieron mérito al envío de aquel Mensaje, el Poder Ejecutivo se permite solicitar a ese Cuerpo la pronta aprobación del mismo.

El Poder Ejecutivo hace propicia la oportunidad para reiterar al señor Presidente de la Asamblea General las seguridades de su más alta consideración.

JOSÉ MUJICA, Presidente de la República; Luis Almagro, Ricardo Ehrlich, Edgardo Ortuño, Ana Vignoli, Héctor Lescano, Enrique Pintado, Graciela Muslera, Tabaré Aguerre, Luis Rosadilla, Daniel Olesker, Jorge Vázquez, Fernando Lorenzo, Eduardo Brenta.

Proyecto de Ley

Artículo Único.- Apruébase el Acuerdo de Contratación Pública entre la República Oriental del Uruguay y la República de Chile, suscripto en la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay, a los 22 días del mes de enero de 2009.

Luis Almagro, Enrique Pintado, Ricardo Ehrlich, Edgardo Ortuño, Tabaré Aguerre, Ana Vignoli, Héctor Lescano, Graciela Muslera, Luis Rosadilla, Daniel Olesker, Jorge Vázquez, Fernando Lorenzo, Eduardo Brenta.

Mensaje y Proyecto de Ley del Poder Ejecutivo de fecha 9 de diciembre de 2009

PODER EJECUTIVO

Ministerio de Relaciones Exteriores

Ministerio del Interior

Ministerio de Economía y Finanzas

Ministerio de Defensa Nacional

Ministerio de Educación y Cultura

Ministerio de Transporte y Obras Públicas

Ministerio de Industria, Energía y Minería

Ministerio de Trabajo y Seguridad Social

Ministerio de Salud Pública

Ministerio de Ganadería Agricultura y Pesca

Ministerio de Turismo y Deporte

Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente

Ministerio de Desarrollo Social

Montevideo, 9 de diciembre de 2009.

Señor Presidente de la Asamblea General:

El Poder Ejecutivo tiene el honor de dirigirse a la Asamblea General, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 85, numeral 7 y 168, numeral 20 de la Constitución de la República, a fin de someter a su consideración el proyecto de Ley adjunto, mediante el cual se aprueba Acuerdo de Contratación Pública entre la República Oriental del Uruguay y la República de Chile, suscripto en la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay, a los 22 días del mes de enero de 2009.

Antecedentes

Las compras de los Gobiernos son instrumentos de políticas públicas utilizados por los Estados para dirigir o promover la producción y el desarrollo de bienes y servicios “al interior de su territorio”por lo que muchos de los países se han mostrado tradicionalmente reacios a negociar estas potestades en acuerdos comerciales que limiten su capacidad para otorgar o dar mayor protección a su industria doméstica.

En general, el primer objetivo que se busca a través de una apertura del sistema a proveedores de otros países es mejorar el ahorro del Estado. Las entidades del Estado pueden obtener mayores beneficios en términos de calidad, tecnología y precio en las contrataciones de bienes y servicios que deban realizar. De esta forma se introduce una mayor competencia y eficiencia en los procesos de contratación, realizándose una mejor asignación del gasto público y al mismo tiempo, redundándose en mejores servicios en beneficio de la sociedad en su conjunto.

Otro objetivo es generar condiciones de acceso a proveedores uruguayos en las compras de otros países.

En los Acuerdos de Compras Gubernamentales se prevé la práctica de la no discriminación, y la transparencia, que constituyen bases sustanciales de una política de atracción de inversión extranjera. Dichos acuerdos prevén, en general la transparencia de las leyes, reglamentos, procedimientos y prácticas relacionadas con la contratación pública y garantizan que no se protejan los productos o proveedores nacionales, ni se discrimine a productos o proveedores extranjeros, excepción hecha de las reservas que pueden realizar los Estados.

Este Acuerdo se inserta en el marco de la profundización de las relaciones con Chile tendientes a completar un tratado de libre comercio. El Acuerdo brinda una mayor certeza jurídica, consolidando el acceso al mercado chileno, y permitiendo al Estado uruguayo adquirir bienes y servicios en condiciones de mayor competencia, sin implicar una pérdida de autonomía en la capacidad de utilizar las compras públicas como una herramienta de desarrollo, a la vez que permite a los productores uruguayos ampliar su mercado y posibilidades. Específicamente, el Acuerdo reserva, de las disciplinas contenidas en el mismo, el 15% de las compras del Estado lo que es consistente con la implementación del Programa de Compras Públicas para el Desarrollo previsto en la última rendición de cuentas.

Texto

El Acuerdo consta de un Preámbulo, 29 Artículos y 2 Anexos (Anexo I: Contratación Pública - Anexo II: Solución de Controversias) que forman Parte integral del Acuerdo.

En el Preámbulo ambas Partes se muestran decididas a fortalecer el proceso de integración de América Latina, a fin de alcanzar los objetivos previstos en el Tratado de Montevideo 1980.

El Artículo 1 señala como objeto la apertura efectiva y recíproca de los mercados de contrataciones públicas entre las Partes.

El Artículo 2 establece las Definiciones.

En el Artículo 3 se manifiesta cuál es el ámbito de aplicación, estableciéndose en el num.2 las excepciones a dicha aplicación.

Cómo se efectúa la Valoración de los Contratos es contemplado en el Artículo 4.

El Artículo 5 contempla los aspectos referidos al Trato Nacional y No Discriminación que cada Parte otorgará a los bienes, a los servicios y a los proveedores de la otra Parte.

Por el Artículo 6 se establece que las entidades no podrán considerar, solicitar ni imponer condiciones compensatorias especiales en ninguna etapa de una contratación pública.

El Artículo 7 compromete a cada Parte a publicar sin demora:

(a) sus medidas de aplicación general, que regulan específicamente a la contratación pública; y

(b) cualquier modificación a dichas medidas, de la misma manera que la publicación original.

El Artículo 8 contempla la obligación de la Publicación de un Aviso de Contratación Pública a fin de convocar a los proveedores interesados a presentar ofertas.

Los Plazos para el Proceso de Presentación de Ofertas se contemplan en el Artículo 9.

La obligación de presentar una total información respecto a los Documentos de Licitación se contempla en el Artículo 10.

El Artículo 11 establece las formalidades de las Especificaciones Técnicas prescritas por una entidad.

Las condiciones para Participar se detallan en el Artículo 12.

Las Modalidades de Contratación (Licitación Abierta y sus excepciones) son contempladas en el Artículo 13.

El Artículo 14 establece el Procedimiento de Licitación Abreviada.

Los Artículos 15 y 16, delinean cuál será el Tratamiento de las Ofertas y el procedimiento de Adjudicación de Contratos, y las Disciplinas de Negociación, respectivamente.

La Información sobre las Adjudicaciones es establecida por Artículo 17.

El Artículo 18 contempla la Integridad en las Prácticas de Contratación Pública garantizándose la existencia de sanciones administrativas o penales para enfrentar la corrupción en sus contrataciones públicas.

El establecimiento y/o designación de al menos una autoridad administrativa, jurisdiccional o judicial imparcial, independiente de sus entidades, para recibir y revisar las impugnaciones presentadas por los proveedores en conexión con una contratación pública cubierta por el Acuerdo, y formular las conclusiones y recomendaciones pertinentes; es contemplada en el Artículo 19.

El Artículo 20 está referido a las Modificaciones y Rectificaciones de las coberturas.

El Artículo 21 contempla la admisión de Excepciones siempre y cuando estas medidas no se apliquen de modo que constituyan un medio de discriminación arbitrario o injustificable o impliquen una restricción encubierta al comercio entre las Partes.

Al respecto ninguna disposición del Acuerdo se interpretará en el sentido de impedir a una Parte adoptar o mantener las medidas:

(a) necesarias para proteger la moral, el orden o la seguridad públicos;

(b) necesarias para proteger la salud o la vida humana, animal o vegetal;

(c) necesarias para proteger la propiedad intelectual; o

(d) relacionadas con los bienes o servicios de personas minusválidas, de instituciones de beneficencia o del trabajo penitenciario.

Artículo 22 contempla la Información Pública.

La administración y evaluación del Acuerdo estará a cargo de una Comisión de Contratación Pública integrada por representantes de las Partes. Dicha Comisión, su integración y funciones, es establecida por el Artículo 23.

Cuando la otra Parte otorgue a proveedores de un país no Parte, mediante un tratado internacional que entre en vigencia después de la entrada en vigor de este Acuerdo, un mayor acceso a su mercado de contratación pública que el otorgado a los proveedores de la otra Parte de conformidad con este Acuerdo, las Partes iniciarán negociaciones con el objeto de ampliar la cobertura de este Acuerdo sobre una base de reciprocidad. (Artículo 24: Negociaciones Futuras)

Artículo 25 señala que la Solución de Controversias serán sometidas al procedimiento de solución de controversias establecido en el Anexo II.

Los Anexos y notas al pie de página de este Acuerdo constituyen parte integral del mismo. (Artículo 26)

El Acuerdo entrará en vigor 60 días después de la fecha en la cual las Partes intercambien notificaciones por escrito, indicando que se han completado los procedimientos antes señalados o en cualquier otro plazo que las Partes acuerden. Asimismo, cualquier Parte podrá poner término al Acuerdo mediante una notificación por escrito enviada a la otra Parte. La denuncia de este Acuerdo surtirá efecto a los ciento ochenta (180) días después de la fecha de dicha notificación. (Artículo 27)

En cumplimiento con lo establecido en el Tratado de Montevideo 1980, el Acuerdo está abierto a la adhesión, mediante negociación previa, de los demás países miembros de la Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI). Sus formalidades se establecen en el Artículo 28.

La convergencia del Acuerdo con otros acuerdos de integración de los países latinoamericanos, de conformidad con los mecanismos establecidos en el Tratado de Montevideo 1980, será procurada por las Partes. Artículo 29.

Siguen:

El Anexo I: Contratación Pública y el Anexo II: Solución de Controversias.

En atención a lo expuesto y reiterando la conveniencia de la suscripción de este tipo de Acuerdos, el Poder Ejecutivo solicita la correspondiente aprobación parlamentaria.

El Poder Ejecutivo reitera al señor Presidente de la Asamblea General las seguridades de su más alta consideración.

RODOLFO NIN NOVOA, Vicepresidente de la República en ejercicio de la Presidencia; Pedro Vaz, Marina Arismendi, Carlos Colace, Héctor Lescano, Jorge Bruni, Ernesto Agazzi, María Julia Muñoz, Álvaro García, María Simon, Gonzalo Fernández.

Proyecto de Ley

ARTÍCULO 1°.- Apruébase el Acuerdo de Contratación Pública entre la República Oriental del Uruguay y la República de Chile, suscripto en la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay, a los 22 días del mes de enero de 2009.

ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, etc.

Pedro Vaz, Marina Arismendi, Carlos Colace, Héctor Lescano, Jorge Bruni, Ernesto Agazzi, María Julia Muñoz, Alvaro García, María Simon, Gonzalo Fernández.”

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SEÑOR PRESIDENTE.- Léase el proyecto.

(Se lee.)

-En discusión general.

Tiene la palabra el Miembro Informante, señor Senador Michelini.

SEÑOR MICHELINI.- Señor Presidente: al igual que el proyecto de ley considerado anteriormente, este tiene una enorme importancia, aunque es de un métier diferente, porque estamos hablando del Acuerdo de Contratación Pública entre la República Oriental del Uruguay y la República de Chile.

A nuestro juicio esto es muy importante, porque Uruguay, en función de su escala, tiene una apertura mucho mayor que otros países en lo que refiere a la contratación pública. En general, los países se la reservan como una forma de aumentar, mejorar y proteger a sus proveedores nacionales, pero hay algunos, sobre todo los más grandes, que son especialmente proclives a llegar a todo tipo de acuerdos, aunque no en el área de los proveedores de la función pública. Uruguay, en virtud de su escala, para no quedar preso de un solo proveedor y con eso perjudicar al consumidor en lo que refiere a la calidad o a contribuir al aumento de precios, en general tiene una apertura a las licitaciones mucho mayor que la de otros países para que comparezcan proveedores internacionales. Por lo tanto, para nuestro país es sumamente importante lograr elementos de reciprocidad a los efectos de que los proveedores uruguayos puedan vender, no solo en el mercado interno, sino también en otros, pues cuando suministran a nuestro país compiten con proveedores de otras nacionalidades, pero cuando pretenden vender a otros mercados no pueden hacerlo porque estos están muy protegidos.

En función de lo expuesto reitero que, en mi concepto, este Acuerdo es muy importante y lo sustancial de mi fundamentación radica en los aspectos que mencioné: además de permitir que los proveedores chilenos y uruguayos accedan a diferentes mercados con las mismas ventajas que en sus mercados internos, genera o consagra principios de transparencia en los procesos de contratación pública, estándares de plazo y presentación de ofertas. También establece la licitación pública como regla general de contratación y reafirma el derecho a recurrir a la utilidad jurisdiccional e independiente frente a cualquier violación del principio señalado.

Esos aspectos a que hacemos referencia se mencionan en los primeros tres artículos.

El artículo 4 contempla la valoración de los contratos.

El artículo 7 compromete a cada Parte a publicar sin demora, una vez ratificado, las medidas de aplicación general que regulan específicamente la contratación pública y cualquier modificación a dichas medidas, de la misma manera que la publicación original.

Otros artículos determinan excepciones, y el 18 contempla la integridad en las prácticas de contratación pública, garantizándose la existencia de sanciones administrativas o penales para enfrentar la corrupción en sus contrataciones públicas.

Por su parte, el artículo 20 refiere a las modificaciones y rectificaciones, como es de orden.

El artículo 21 contempla la admisión de excepciones, siempre y cuando esas medidas no se apliquen de modo que constituyan un medio de discriminación arbitrario o injustificable entre las Partes o impliquen una restricción encubierta al comercio entre las Partes.

El artículo 22 refiere a la información pública.

El artículo 23 determina que la administración y evaluación del Acuerdo estará a cargo de una Comisión de Contratación Pública integrada por representantes de las Partes y establece su integración y funciones.

El artículo 25 dictamina lo relativo al procedimiento de solución de controversias establecido en el Anexo II.

Por todo lo expuesto, señor Presidente, reiteramos al Cuerpo nuestra solicitud de que acompañe la aprobación del Acuerdo de Contratación Pública entre la República Oriental del Uruguay y la República de Chile.

Nada más. Muchas gracias.

SEÑOR PRESIDENTE.- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar en general el proyecto de ley.

(Se vota:)

-24 en 24. Afirmativa. UNANIMIDAD.

En discusión particular.

Léase el artículo único.

(Se lee:)

SEÑOR SECRETARIO (Gustavo Sánchez Piñeiro).- “Apruébase el Acuerdo de Contratación Pública entre la República Oriental del Uruguay y la República de Chile, suscrito en la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay, a los 22 días del mes de enero de 2009.”

SEÑOR PRESIDENTE.- En consideración.

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota:)

-24 en 24. Afirmativa. UNANIMIDAD.

Queda aprobado el proyecto de ley, que se comunicará a la Cámara de Representantes.

(No se publica el texto del proyecto de ley aprobado por ser igual al considerado.)

19) CONVENIO DE COOPERACIÓN COMERCIAL ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY Y EL GOBIERNO DEL ESTADO DE KUWAIT

SEÑOR PRESIDENTE.- Se pasa a considerar el asunto que figura en cuarto término del Orden del Día: “Proyecto de ley por el que se aprueba el Convenio de Cooperación Comercial entre el Gobierno de la República Oriental del Uruguay y el Gobierno del Estado de Kuwait, suscrito en la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay, el 20 de julio de 2010. (Carp. Nº 452/11 - Rep. Nº 283/11)”.

(Antecedentes:)

“Carp. Nº 452/11
Rep. Nº 283/11

PODER EJECUTIVO

Ministerio de Relaciones Exteriores
Ministerio de Economía y Finanzas

Montevideo, 20 de diciembre de 2010.

Señor Presidente de la Asamblea General:

El Poder Ejecutivo tiene el honor de dirigirse a la Asamblea General, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 85 numeral 7 y 168 numeral 20 de la Constitución de la República, a fin de someter a su consideración el proyecto de ley adjunto, mediante el cual se aprueba el CONVENIO DE COOPERACIÓN COMERCIAL ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY Y EL GOBIERNO DEL ESTADO DE KUWAIT, suscripto en Montevideo el 20 de julio de 2010.

El Convenio consta de un Preámbulo y 9 Artículos.

En el Preámbulo se destaca el deseo de desarrollar las relaciones comerciales sobre la base de la igualdad y beneficios mutuos, con el convencimiento de que es necesario desarrollar el intercambio de bienes y servicios.

Esta amplificación y diversificación del intercambio se manifiesta en el Artículo 1, promoviendo para ello la celebración de contratos entre personas físicas y jurídicas en ambos Estados tal cual lo establece el Artículo 2.

Los Artículos 3 y 4 se refieren al otorgamiento de facilidades para la participación en ferias y mercados internacionales a la vez que fomentar el intercambio de delegaciones comerciales, destacando que ello se hará de conformidad a las leyes y reglamentaciones vigentes en ambos países. El Artículo 5 establece el uso de la moneda de libre convertibilidad, a la vez que el Artículo 6 exonera del pago de tasas e impuestos aduaneros a las muestras de promoción o a los materiales y equipos que serán reexportados.

El Artículo 7 dispone la creación de una Comisión Comercial.

El Artículo 8 establece la entrada en vigor y vigencia del Convenio y el Artículo 9 entre otras consideraciones, se refiere a la solución de controversias.

En atención a lo expuesto y reiterando la conveniencia de la suscripción de este tipo de Acuerdos, el Poder Ejecutivo solicita la correspondiente aprobación parlamentaria.

El Poder Ejecutivo reitera al señor Presidente de la Asamblea General las seguridades de su más alta consideración.

JOSÉ MUJICA, Presidente de la República; Luis Almagro, Fernando Lorenzo.

Proyecto de Ley

ARTÍCULO 1°.- Apruébase el CONVENIO DE COOPERACIÓN COMERCIAL ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY Y EL GOBIERNO DEL ESTADO DE KUWAIT, suscripto en Montevideo el 20 de julio de 2010.

ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, etc.

Luis Almagro, Fernando Lorenzo.

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“CÁMARA DE SENADORES

Comisión de Asuntos Internacionales

Informe

Al Senado de la República:

La Comisión de Asuntos Internacionales somete a la consideración del Senado de la República el Proyecto de Ley a través del cual se aprueba el Convenio de Cooperación Comercial entre el Gobierno de la República Oriental del Uruguay y el Gobierno del Estado de Kuwait, suscripto en Montevideo el 20 de julio de 2010.

El acuerdo alcanzado tiene como marco una serie de contactos internacionales en los que se puso mucho énfasis en las relaciones diplomáticas con Medio Oriente. El mismo fue precedido también por visitas recíprocas de delegaciones de ambos países, a través de las cuales se vislumbró el interés de las dos Partes en profundizar los vínculos, no solo en el comercio y la cooperación, sino también en el fortalecimiento de los canales diplomáticos, a través de instalaciones directas y permanentes de representaciones en cada uno de los países.

El texto acordado consta de nueve artículos y está orientado al desarrollo de las relaciones comerciales, la promoción de contratos entre personas físicas y jurídicas, el uso de la moneda de libre convertibilidad y la exoneración de impuestos aduaneros a los materiales de muestra y productos para exposición.

Los artículos 1 a 4 refieren a las medidas que deberán tomar las Partes para ampliar y diversificar el intercambio de bienes y servicios entre los dos países, así como a la promoción de contratos entre personas físicas y jurídicas de los mismos; la facilitación para la participación en ferias comerciales o mercados internacionales y el fomento del intercambio de delegaciones comerciales entre los dos países.

El artículo 5 establece que el pago del intercambio comercial resultante entre ambos países deberá saldarse mediante monedas de libre convertibilidad.

El artículo 6 dispone la exoneración del pago de tasas e impuestos aduaneros para artículos de muestra o publicidad sin valor comercial y, principalmente, para promoción y pedidos comerciales, así como para aquellos materiales y equipos con valor comercial que son reexportados luego de su importación para las ferias y exposiciones comerciales.

A través del artículo 7 se crea una comisión comercial integrada por representantes de ambos países, cuyas funciones serán las de realizar el seguimiento de la aplicación del Convenio, efectuar una evaluación del comercio bilateral y hacer un análisis de las propuestas presentadas para la ampliación o diversificación del comercio entre los dos países.

Por último, los artículos 8 y 9 refieren a aspectos formales de entrada en vigor, mecanismos de enmienda, duración, ámbito subjetivo y resolución de controversias.

En síntesis, el acuerdo al que se llegó entre las dos naciones aparece como una herramienta apta para alcanzar los fines que se persiguen y fueron enunciados ut supra.

Si bien se trata de economías pequeñas, alcanzar un intercambio comercial fluido entre las mismas puede resultar ventajoso para las dos Partes.

En efecto, mientras uno es básicamente exportador de petróleo, con un clima que limita el desarrollo de la agricultura y depende casi por completo de las importaciones para los productos alimentarios; el otro importa el petróleo que consume, es un país agroexportador y ganadero, y entre sus industrias principales resaltan la frigorífica y la lechera.

En función de lo expuesto esta Comisión manifiesta su opinión favorable en cuanto a la aprobación del proyecto de ley puesto a su consideración.

Sala de la Comisión, 5 de mayo de 2011.

Rafael Michelini, Miembro Informante; Carlos Baráibar, Alberto Couriel, Antonio Gallicchio, Luis Alberto Heber, Ope Pasquet, Enrique Rubio, Mónica Xavier.”

SEÑOR PRESIDENTE.-Léase el proyecto.

(Se lee.)

-En discusión general.

Tiene la palabra el Miembro Informante, señor Senador Michelini.

SEÑOR MICHELINI.- Señor Presidente: este proyecto refiere a un Convenio de Cooperación Comercial entre el Gobierno de la República Oriental del Uruguay y el Gobierno del Estado de Kuwait.

Toda relación comercial tiene un primer paso, y este es el primero para que nuestro comercio se potencie, determinando en su articulado que las Partes tomarán las medidas necesarias por ampliar y diversificar el intercambio de los bienes y servicios entre los dos países. Kuwait es una nación pequeña como la nuestra, tanto en cantidad de ciudadanos como en su economía, que está determinada por la venta y exportación de petróleo. Además, tiene una agricultura muy poco desarrollada y una industria alimentaria prácticamente inexistente, lo cual determina que tenga que abastecerse del mundo que la rodea, a diferencia de nosotros, que si bien no contamos con petróleo y tenemos un problema de energía bien importante, poseemos una muy interesante industria alimentaria y una economía basada en la agropecuaria. Por tanto, estamos hablando de países que se complementan; el problema es que hay una distancia considerable.

Por todas estas consideraciones, este primer paso es muy bueno en cuanto da certezas, asegura determinadas condiciones y genera estímulos para que luego los privados puedan utilizar estos acuerdos y generar un curso de negocios que llevará a aumentar el nivel de incidencia en las economías, tanto de Uruguay como de Kuwait.

No hay que olvidar, señor Presidente, que a renglón seguido tenemos otro Acuerdo de Cooperación Económica, Comercial y Técnica con Qatar, lo que quizás permita generar -pensando en esos países del Medio Oriente- determinados estímulos comerciales a nivel de escala, con lo que Uruguay podrá exportar a mercados que, en general, por su nivel económico, pagan más por productos de calidad como los que ofrece nuestro país.

No voy a detallar el articulado porque son muy pocos artículos y refieren a la promoción de contratos, a los intercambios de bienes y servicios, a la moneda y a los aspectos comerciales y turísticos; en función de ello se determina este primer paso entre el Gobierno del Estado de Kuwait y el Gobierno de la República Oriental del Uruguay. Es por tales razones que pedimos al Cuerpo la aprobación de este Convenio.

SEÑOR PRESIDENTE.- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar en general el proyecto de ley.

(Se vota:)

-23 en 23. Afirmativa. UNANIMIDAD.

En discusión particular.

Léase el artículo único del proyecto de ley.

(Se lee:)

SEÑOR SECRETARIO (Gustavo Sánchez Piñeiro).- “Artículo 1º.-Apruébase el Convenio de Cooperación Comercial entre el Gobierno de la República Oriental del Uruguay y el Gobierno del Estado de Kuwait, suscripto en Montevideo el 20 de julio de 2010.”

SEÑOR PRESIDENTE.- En consideración.

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota:)

-24 en 24. Afirmativa. UNANIMIDAD.

Queda aprobado el proyecto de ley, que se comunicará a la Cámara de Representantes.

(No se publica el texto del proyecto de ley aprobado por ser igual al considerado.)

-Saludamos la presencia de los alumnos de 3º año del liceo de Colonia Nicolich y agradecemos su visita a esta Casa.

20) ACUERDO DE COOPERACIÓN ECONÓMICA, COMERCIAL Y TÉCNICA ENTRE LA REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY Y EL ESTADO DE QATAR

SEÑOR PRESIDENTE.- Se pasa a considerar el asunto que figura en quinto término del Orden del Día: “Proyecto de ley por el que se aprueba el Acuerdo de Cooperación Económica, Comercial y Técnica, firmado entre la República Oriental del Uruguay y el Estado de Qatar en la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay, el 17 de agosto de 2010 (Carp. Nº 454/11 - Rep. Nº 286/11)”.

(Antecedentes:)

“Carp. Nº 454/11
Rep. Nº 286/11

PODER EJECUTIVO

Ministerio de Relaciones Exteriores

Ministerio de Economía y Finanzas

Ministerio de Industria, Energía y Minería

Ministerio de Educación y Cultura

Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca
Ministerio de Turismo y Deporte

Montevideo, 19 de enero de 2011.

Señor Presidente de la Asamblea General:

El Poder Ejecutivo tiene el honor de dirigirse a la Asamblea General, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 85 numeral 7 y 168 numeral 20 de la Constitución de la República, a fin de someter a su consideración el proyecto de ley adjunto, mediante el cual se aprueba el Acuerdo de Cooperación Económica, Comercial y Técnica firmado entre la República Oriental del Uruguay y el Estado de Qatar en Montevideo, el 17 de agosto de 2010.

El Acuerdo consta de un Preámbulo y 12 Artículos.

Los fundamentos del Acuerdo se extraen de lo expresado en el Preámbulo del mismo, en el que se señala el deseo de las Partes de intensificar sus relaciones en materia de cooperación económica, comercial y técnica, sobre una base de equidad y reciprocidad de ventajas que permitan un aprovechamiento completo de las posibilidades creadas por el desarrollo económico, e industrial, y que propicien la mejoría del nivel y la calidad de vida de las respectivas poblaciones.

Los Artículos 1 y 2 establecen el objeto del Acuerdo, consistente en la Promoción de la cooperación económica como factor de intensificación y diversificación de las relaciones bilaterales.

El Artículo 1 define específicamente las áreas de la cooperación económica, comercial y técnica, tales como la industria, energía, agricultura, comunicaciones, transporte, construcción, mano de obra y turismo, entre otras.

Por su parte, el Artículo 2 refiere a la promoción y facilitación de la importación y exportación de productos industriales, agrícolas y materias primas permitidas por las leyes de cada Parte.

El Artículo 3 contempla el uso de medios de transporte propios de cada Parte para estimular y facilitar el transporte de productos.

El Artículo 4 establece los pagos y la moneda a utilizarse, la que será acordada entre las Partes intervinientes.

Los Artículos 5, 6 y 7 establecen determinados objetivos y procedimientos a fin de facilitar la participación de comerciantes, representantes de la Cámara de Comercio e Industria e Instituciones similares, en ferias internacionales a realizarse en el territorio de las Partes. Así mismo se establecen ciertas exoneraciones de tarifas aduaneras y cargas fiscales a los bienes, materiales y muestras de mercadería que se utilicen sin fines comerciales en las ferias mencionadas.

Por el Artículo 8, para la ejecución del Acuerdo, se creará una Comisión Conjunta sobre Cooperación Económica Comercial y Técnica, de la que formarán parte representantes de las Partes, que se reunirá alternadamente en Uruguay y en Qatar, en fecha y lugar a acordar por las Partes y que tendrá por objeto supervisar la cooperación económica entre ellas, e identificar las áreas de cooperación más relevantes, recomendando medidas concretas a aplicar.

Los Artículos 9, 10, 11 y 12 se refieren a la solución de diferencias mediante consultas y negociaciones amistosas entre las Partes, a la no afectación de otros Acuerdos o Convenios celebrados o a celebrarse con otros Estados, a la vigencia y denuncia (cinco años, renovable por tiempo indefinido), y a la entrada en vigor que será en la fecha de la última notificación de su ratificación.

En atención a lo expuesto y reiterando la conveniencia de la suscripción de este tipo de Acuerdos, el Poder Ejecutivo solicita la correspondiente aprobación parlamentaria.

El Poder Ejecutivo reitera al señor Presidente de la Asamblea General las seguridades de su más alta consideración.

JOSÉ MUJICA, Presidente de la República; Roberto Conde, Ricardo Ehrlich, Héctor Lescano, Fernando Lorenzo, Tabaré Aguerre, Edgardo Ortuño.

Proyecto de Ley

ARTÍCULO 1°.- Apruébase el Acuerdo de Cooperación Económica, Comercial y Técnica firmado entre la República Oriental del Uruguay y el Estado de Qatar en Montevideo el 17 de agosto de 2010.

ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, etc.

Roberto Conde, Héctor Lescano, Tabaré Aguerre, Edgardo Ortuño, Ricardo Ehrlich, Fernando Lorenzo.”

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“CÁMARA DE SENADORES

Comisión de Asuntos Internacionales

Informe

Al Senado de la República:

La Comisión de Asuntos Internacionales somete a la consideración del Senado de la República el Proyecto de Ley a través del cual se aprueba el Convenio de Cooperación Comercial entre el Gobierno de la República Oriental del Uruguay y el Gobierno del Estado de Qatar, suscripto en Montevideo el 17 de agosto de 2010.

En revista publicada por la Secretaría Permanente del Sistema Económico Latinoamericano y del Caribe (SELA)1 se señala que las relaciones entre las poblaciones del Medio Oriente (MO) y diversos países de América Latina y el Caribe (ALC) tuvieron sus inicios en los flujos migratorios del siglo XIX, marcando luego como un antecedente más cercano el período posterior a la Segunda Guerra Mundial en donde varios países del MO se independizan de las metrópolis.

Según la referida publicación, ambas regiones se encuentran hoy en una mejor posición para avanzar en una rica agenda de colaboración donde alcancen un beneficio mutuo.

En efecto, desde nuestra región el MO recibió un fuerte impulso con el establecimiento, en 2005, del proceso de Cumbres de los países de América del Sur y Países Árabes (ASPA). Este espacio de cooperación, establecido en mayo de 2005, en el marco de la I Cumbre de ASPA celebrada en Brasilia, se sustenta en una amplia agenda de temas de coordinación política, económica, cultural, de ciencia y tecnología y ambiental. Más aún, el mecanismo ASPA se ha institucionalizado a través de cumbres, reuniones de cancilleres y grupos de trabajo acompañados por el componente empresarial.

Los acuerdos bilaterales suscriptos por países de ALC y el MO refieren generalmente a temas de cooperación para el desarrollo, crecimiento, reducción de la pobreza, protección del medio ambiente, cultura y educación, eficiencia energética y utilización de energías renovables. Esta serie de acuerdos reflejan objetivos comunes y ponen de relevancia la importancia que ambas regiones le otorgan al multilateralismo como la vía para alcanzar acuerdos y resolver diferencias.

Una vía de acercamiento bilateral y birregional ha sido a través de la negociación de acuerdos comerciales; otra ha sido la firma de acuerdos para la promoción de inversiones que han servido como base para facilitar los flujos de comercio, inversión y negocios.

El acuerdo firmado entre Uruguay y Qatar, precisamente, establece áreas de cooperación económica, comercial y técnica en industria, energía, agricultura, comunicaciones, transporte, construcción, mano de obra y turismo, así como la promoción y facilitación del comercio.

En el mismo se manifiesta el deseo de las Partes de intensificar sus relaciones, sobre una base de equidad y reciprocidad de ventajas que permitan un aprovechamiento completo de las posibilidades creadas por el desarrollo económico e industrial.

El artículo primero define las áreas de la cooperación económica, comercial y técnica, tales como la industria, energía, agricultura, comunicaciones, transporte, construcción, mano de obra, turismo, etc.

El artículo segundo refiere a la promoción y facilitación de la importación y exportación de productos industriales, agrícolas y materias primas permitidas por las leyes de cada Parte.

El artículo tercero contempla el uso de medios de transporte propios de cada Parte para estimular y facilitar el transporte de productos.

El artículo cuarto establece los pagos y la moneda a utilizarse.

Los artículos quinto, sexto y séptimo establecen objetivos y procedimientos a fin de facilitar la participación de comerciantes, representantes de la Cámara de Comercio e Industria e instituciones similares, en ferias internacionales a realizarse en el territorio de las Partes. A su vez se establecen exoneraciones de tarifas aduaneras y cargas fiscales a los bienes, materiales y muestras de mercadería que se utilicen sin fines comerciales.

En el artículo octavo se indica la creación de una Comisión Conjunta sobre Cooperación Económica Comercial y Técnica con representantes de Uruguay y Qatar.

Finalmente los artículos noveno, décimo, décimo primero y décimo segundo, refieren a la solución de diferencias mediante consultas y negociaciones, a la no afectación de otros acuerdos o convenios celebrados con otros Estados, a la vigencia y entrada en vigor del mismo.

Habida cuenta de que el Acuerdo alcanzado debe considerarse en el marco regional analizado en la introducción del presente informe, esta Comisión estima beneficiosa la ratificación del mismo, por lo cual expresa su opinión favorable en cuanto a la aprobación del proyecto de ley puesto a su consideración.

1 Las relaciones de América Latina y el Caribe con el Medio Oriente: Situación actual y áreas de oportunidad. Págs. 3-4. Marzo/2011. Secretaría Permanente del SELA. Caracas. Venezuela.

Sala de la Comisión, 5 de mayo de 2011.

Rafael Michelini, Miembro Informante; Carlos Baráibar, Alberto Couriel, Antonio Gallicchio, Luis Alberto Heber, Mónica Xavier, Enrique Rubio, Ope Pasquet.”

SEÑOR PRESIDENTE.- Léase el proyecto.

(Se lee.)

-En discusión general.

Tiene la palabra el Miembro Informante, señor Senador Michelini.

SEÑOR MICHELINI.- Señor Presidente: este es un paso más para ampliar nuestro mercado. Muchas veces se critica a los Estados -y en Uruguay hay voces que lo hacen- respecto al esfuerzo y energía que ponen para ampliar mercados. Nótese que durante el año 2010 la Cancillería ha trabajado con mucho esfuerzo y energía en procura de dar pasos para abrir esos mercados y consolidarlos a través de proyectos que permitan una relación con países con los que Uruguay nunca ha firmado acuerdos comerciales y técnicos como los que se firmaron el año pasado.

Este acuerdo comercial y técnico con el Estado de Qatar también va en esa línea. Es un Acuerdo un poco más amplio que el Convenio con Kuwait, y establece áreas de cooperación económica, comercial y técnica, en industria, energía, agricultura, comunicaciones, transporte, construcción, mano de obra y turismo, así como la promoción y facilitación del comercio. Hago hincapié en el tema del turismo, porque para nosotros son normales algunas cosas que vemos en nuestro país, pero para otros ciudadanos del mundo que, como ellos, viven en zonas desérticas, venir a Uruguay y ver nuestro verde, nuestra fauna y nuestra agricultura implica observar elementos bien distintos a los que habitualmente perciben. En este Acuerdo se pone de manifiesto el deseo de las Partes de intensificar sus relaciones sobre la base de la equidad y la reciprocidad, así como las ventajas que permiten el aprovechamiento completo de las posibilidades creadas por el desarrollo económico e industrial de cada uno de los países.

En los artículos 1 al 7 se determinan todas las condiciones de este Acuerdo Comercial y Técnico, al cual ya nos referimos.

El artículo 8 es bien interesante, porque crea una Comisión Conjunta sobre Cooperación Económica Comercial y Técnica con representantes de Uruguay y Qatar. Me parece que este es un elemento innovador, que va a permitir incorporar aspectos de privados que permitirán seguir este cauce comercial que el Estado, sobre todo la Cancillería, ha abierto en el año 2010. El resto de los artículos -9, 10, 11 y 12- refieren a la solución de diferencias mediante consultas y negociaciones, que permitirán que se resuelvan en forma pacífica las controversias que puedan surgir de la profundización comercial y técnica a partir de este Acuerdo.

Es por estas razones que pedimos al Cuerpo que apruebe este Acuerdo entre el Estado de Qatar y la República Oriental del Uruguay

SEÑOR PRESIDENTE.- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar en general el proyecto de ley.

(Se vota:)

-25 en 25. Afirmativa. UNANIMIDAD.

En discusión particular.

Léase el artículo único del proyecto de ley.

(Se lee:)

SEÑOR SECRETARIO (Gustavo Sánchez Piñeiro).- “Artículo 1º.-Apruébase el Acuerdo de Cooperación Económica, Comercial y Técnica firmado entre la República Oriental del Uruguay y el Estado de Qatar en Montevideo el 17 de agosto de 2010.”

SEÑOR PRESIDENTE.- En consideración.

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota:)

-25 en 25. Afirmativa. UNANIMIDAD.

Queda aprobado el proyecto de ley, que se comunicará a la Cámara de Representantes.

(No se publica el texto del proyecto de ley aprobado por ser igual al considerado.)

21) QUINCUAGÉSIMO TERCER PROTOCOLO ADICIONAL AL ACUERDO DE COMPLEMENTACIÓN ECONÓMICA Nº 35 ENTRE EL MERCOSUR Y LA REPÚBLICA DE CHILE

SEÑOR PRESIDENTE.-El Senado pasa a considerar el asunto que figura en sexto término del Orden del Día: “Proyecto de ley por el que se aprueba el Quincuagésimo Tercer Protocolo Adicional al Acuerdo de Complementación Económica Nº 35 (ACE 35) entre el Mercosur y la República de Chile, suscrito en la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay, el 27 de mayo de 2009. (Carp. Nº 331/10 - Rep. Nº 282/11)”.

(Antecedentes:)

Carp. Nº 331/10
Rep. Nº 282/11

PODER EJECUTIVO

Ministerio de Relaciones Exteriores

Ministerio del Interior

Ministerio de Economía y Finanzas

Ministerio de Defensa Nacional

Ministerio de Salud Pública

Ministerio de Educación y Cultura

Ministerio de Trabajo y Seguridad Social

Ministerio de Industria, Energía y Minería

Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca

Ministerio de Transporte y Obras Públicas

Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente

Ministerio de Desarrollo Social
Ministerio de Turismo y Deporte

Montevideo, 17 de agosto de 2010.

Señor Presidente de la Asamblea General:

El Poder Ejecutivo tiene el honor de dirigirse a la Asamblea General, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 85 numeral 7 y 168 numeral 20 de la Constitución de la República, a fin de someter a su consideración el proyecto de ley adjunto, mediante el cual se aprueba el Quincuagésimo Tercer Protocolo Adicional al Acuerdo de Complementación Económica número 35 (ACE 35) entre Mercosur y la República de Chile, suscrito el 27 de mayo de 2009 en la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay.

Antecedentes

El Acuerdo de Complementación Económica número 35 regula relaciones comerciales entre el Mercosur y Chile. En el mismo, se establecen cronogramas de desgravación en materia de bienes hasta alcanzar una zona de libre comercio. En el caso de la relación comercial entre Uruguay y Chile, mediante este Acuerdo ya se ha logrado la desgravación de casi la totalidad del universo arancelario en materia de bienes.

En el marco del ACE 35, el Mercosur y Chile comenzaron a negociar sobre servicios a mediados del 2007. Posteriormente, el día 20 de junio del 2008, en la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, se llevó a cabo la XVII Reunión Extraordinaria de la Comisión Administradora ACE 35 donde se aprobó el “Protocolo sobre el Comercio de Servicios entre el Mercosur y Chile”. Finalmente el 27 de mayo de 2009 en la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay, las partes signatarias suscribieron dicho Acuerdo que pasó a ser el Quincuagésimo Tercer Protocolo Adicional al ACE 35.

Cabe destacar que se trata del primer acuerdo sobre comercio de servicios que firma el Mercosur desde el Protocolo de Montevideo, en este caso con un Estado Asociado como Chile.

De acuerdo a la cláusula de entrada en vigencia, este entrará en vigor en forma bilateral entre cada uno de los países del Mercosur y Chile “30 días después de que la República de Chile y por lo menos una de las otras Partes Signatarias hayan depositado sus respectivos instrumentos de ratificación”.

Texto

El Acuerdo consta de 24 Artículos y 3 Anexos.

-En el Artículo 1 está redactado el objeto del Acuerdo.

-El Artículo 2 hace referencia al Ámbito de Aplicación del Acuerdo.

-Los Artículos 3 y 4 se refieren al trato nacional y al acceso a los mercados respectivamente.

-Los Artículos 5 y 6 establecen los compromisos.

-El Artículo 7 se refiere a la reglamentación nacional.

-El Artículo 8 hace referencia al reconocimiento.

-El Artículo 9 alude a la transparencia.

-El Artículo 10 trata la divulgación de la información confidencial.

-El Artículo 11 corresponde a las excepciones generales y relativas a la seguridad.

-Los Artículos 12, 13 y 14 tratan sobre los servicios financieros, los pagos y transferencias y la Balanza de Pagos.

-El Artículo 15 se refiere a la Tributación

-El Artículo 16 corresponde a la revisión del Acuerdo.

-El Artículo 17 se refiere a la denegación de beneficios.

-El Artículo 18 establece las disposiciones institucionales.

-El Artículo 19 se refiere a la solución de controversias.

-El Artículo 20 alude los compromisos en materia de modo 4.

-El Artículo 21 corresponde a los Convenios Bilaterales.

-El Artículo 22 establece las Definiciones.

-Los Artículos 23 y 24 establecen la entrada en vigor y el depositario del Acuerdo.

-El Anexo I hace referencia a los Pagos y transferencias por parte de Chile.

-El Anexo II establece la relación entre Uruguay y Chile con respecto a Tributación.

-En el Anexo III se listan los compromisos específicos.

En atención a lo expuesto y reiterando la conveniencia de la suscripción de este tipo de Acuerdos, el Poder Ejecutivo solicita la correspondiente aprobación parlamentaria.

El Poder Ejecutivo reitera al señor Presidente de la Asamblea General las seguridades de su más alta consideración.

JOSÉ MUJICA, Presidente de la República; Luis Almagro, Héctor Lescano, Tabaré Aguerre, Ana Vignoli, Roberto Kreimerman, Graciela Muslera, Eduardo Bonomi, Enrique Pintado, Eduardo Brenta, Ricardo Ehrlich, Luis Rosadilla, Fernando Lorenzo, Daniel Olesker.

Proyecto de Ley

ARTÍCULO 1°.- Apruébase el Quincuagésimo Tercer Protocolo Adicional al Acuerdo de Complementación Económica número 35 (ACE 35) entre Mercosur y la República de Chile, suscrito el 27 de mayo de 2009 en la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay.

ARTICULO 2°.- Comuníquese, etc.

Luis Almagro, Héctor Lescano, Tabaré Aguerre, Ana Vignoli, Roberto Kreimerman, Graciela Muslera, Eduardo Bonomi, Enrique Pintado, Eduardo Brenta, Ricardo Ehrlich, Luis Rosadilla, Fernando Lorenzo, Daniel Olesker.”

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ANEXO III

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CÁMARA DE SENADORES

Comisión de Asuntos Internacionales

Al Senado:

La Comisión de Asuntos Internacionales del Senado ha considerado el Quincuagésimo Tercer Protocolo Adicional al Acuerdo de Complementación Económica N° 35 (ACE 35) entre el Mercosur y República de Chile, suscrito el 27 de mayo de 2009 en la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay.

ANTECEDENTES

El Acuerdo de Complementación Económica número 35 regula las relaciones comerciales entre el Mercosur y Chile. En el mismo, se establecen cronogramas de desgravación de bienes hasta alcanzar una zona de libre comercio. En el caso de la relación comercial entre Uruguay y Chile, mediante este Acuerdo ya se ha logrado la desgravación de casi la totalidad del universo arancelario en materia de bienes.

En el marco del ACE 35, el Mercosur y Chile comenzaron a negociar sobre servicios a mediados del 2007. Posteriormente el día 20 de junio del 2008, en la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, se llevó a cabo la XVII Reunión Extraordinaria de la Comisión Administradora ACE 35 donde se aprobó el “Protocolo sobre el Comercio de Servicios entre el Mercosur y Chile”. Finalmente el 27 de mayo de 2009 en la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay, las partes signatarias suscribieron dicho Acuerdo que pasó a ser el Quincuagésimo Tercer Protocolo Adicional al ACE 35.

Cabe destacar que se trata del primer acuerdo de servicios que firma el Mercosur desde el Protocolo de Montevideo, en este caso con un Estado Asociado como Chile.

De acuerdo a la cláusula de entrada en vigencia, este entrará en vigor en forma bilateral entre cada uno de los países del Mercosur y Chile “30 días después de la República de Chile y por lo menos una de las otras Partes Signatarias hayan depositado sus respectivos instrumentos de ratificación”.

CONTENIDO DEL ACUERDO

El Acuerdo consta de 24 artículos y 3 anexos.

En el artículo 1 está redactado el objeto del Acuerdo, donde establece que las partes signatarias liberalizarán el comercio de servicios de conformidad a las disposiciones establecidas en el presente Protocolo y con el ACE 35.

El artículo 2 hace referencia al ámbito de aplicación del Acuerdo, este se aplicará al comercio de servicios entre Chile y los Estados partes del Mercosur.

Los artículos 3 y 4 se refieren al trato nacional y al acceso a los mercados respectivamente.

Los artículos 5 y 6 señalan los compromisos específicos contraídos por cada una de las partes signatarias y se remite al anexo III.

El artículo 7 se refiere a que este Protocolo no impedirá el derecho de cada parte signataria a reglamentar e introducir nuevas reglamentaciones dentro de su territorio para alcanzar los objetivos de su política nacional.

El artículo 8 hace referencia al reconocimiento.

El artículo 9 alude a la transparencia, señalando el compromiso de cada parte signataria de informar a la Comisión Administradora del ACE 35, la adopción de nuevas leyes, reglamentos o modificaciones a las ya existentes que consideren afecten significativamente al comercio de servicios abarcado por sus compromisos específicos en virtud de este Acuerdo.

El artículo 10 trata la divulgación de la información confidencial, estableciendo que ninguna disposición de este acuerdo podrá exigir a una parte signataria que revele información cuya divulgación sea contraria al interés público conforme a su legislación, constituya un obstáculo para el cumplimiento de las leyes o lesione los intereses comerciales legítimos de empresas públicas o privadas.

El artículo 11 corresponde a las excepciones generales y relativas a la seguridad.

El artículo 12, trata sobre los servicios financieros, las partes contratantes entienden que no se han adquirido compromisos para el sector financiero en el marco de este Acuerdo.

El artículo 13 se refiere a pagos y transferencias considerando que ninguna parte signataria aplicará restricciones a los pagos y transferencias internacionales por transacciones corrientes referentes a compromisos específicos por ella contraído de conformidad con este Acuerdo.

El artículo 14 señala que en caso de la existencia de graves dificultades financieras en la balanza de pagos, la parte signataria podrá mantener medidas restrictivas respecto del comercio de servicios.

El artículo 15 se refiere a la Tributación estableciendo la libertad de las partes signatarias en la aplicación de su legislación fiscal.

El artículo 16 corresponde a la revisión del Acuerdo, estableciendo que podrá ser revisado tres años después de su entrada en vigor con el fin de profundizar el alcance de sus disciplinas, el nivel de liberalización y de reducir o eliminar las restricciones restantes, así corno considerar la incorporación de los avances en servicios en las OMC.

El artículo 17 se refiere a la denegación de beneficios derivado de este Acuerdo a los proveedores de servicios.

El artículo 18 establece que el ámbito formal para el tratamiento de temas relativos a la implementación del acuerdo, será la Comisión Administrativa del ACE 35.

El artículo 19 se refiere a la solución de controversias con relación a la aplicación, interpretación o incumplimiento de los compromisos establecidos en el Acuerdo.

El artículo 20 alude a los compromisos en materia de modo 4, señalando que este Acuerdo no impedirá que una parte aplique medidas para regular la entrada o la estadía personal de personas físicas en su territorio, siempre que esas medidas no se apliquen de manera que anule las ventajas resultantes para una parte signataria. El artículo 21 establece que los Convenios Bilaterales vigentes entre una parte signataria del Mercosur y Chille, prevalecerán sobre los compromisos asumidos en el presente Acuerdo.

El artículo 22 establece las Definiciones a efectos del presente Protocolo.

Los artículos 23 y 24 establecen la entrada en vigor y el depositario del Acuerdo.

El Anexo I hace referencia a los Pagos y transferencias por parte de Chile.

El Anexo II establece la relación entre Uruguay y Chile con respecto a Tributación.

En el Anexo III se listan los compromisos específicos.

CONSIDERACIONES

El Quincuagésimo Tercer Protocolo Adicional al Acuerdo de Complementación Económica N° 35 (ACE 35) entre el Mercosur y República de Chile, constituye un acuerdo de liberalización de servicios entre Chile y los Estados partes del Mercosur.

Uno de los objetivos generales de la liberalización en servicios es eliminar las fuentes de discriminación entre proveedores de orígenes nacionales diferentes. Se trata de que las regulaciones alcancen el objetivo deseado pero sin implicar restricciones de acceso innecesarios ni apartamientos de la regla de trato nacional.

La globalización está caracterizada por el crecimiento del comercio de servicios y dentro de ellos los tradicionalmente nombrados otros servicios comerciales. A diferencia de otras manifestaciones de la globalización, en este caso, Uruguay viene participando de esta nueva evolución. El nuevo patrón de especialización se apoya en tres pilares complementarios que caracterizan a la inserción internacional en servicios comerciales de exportación: turismo, transporte y otros servicios comerciales. El tercer pilar es menos convencional y está formado por un variado conjunto de nuevas actividades exportadoras. Con cifras para el año 2006, dentro de los países de la ALADI Uruguay se destaca como el único país en donde se verifica un superávit en la balanza comercial en cada uno de los tres pilares antes mencionados.

La literatura denomina la especialización en estos sectores como comercio de tareas. La nueva tendencia implica la fragmentación del proceso productivo dentro de los servicios. Lo que se ha dado en llamar la construcción de la oficina global.

Esta nueva realidad del comercio internacional está vinculada con la trayectoria del cambio tecnológico asociado tanto a la disminución de los costos de transporte como a la reducción de los costos de coordinar la realización de tareas distintas en diferentes lugares.

La revolución tecnológica y la intensa reducción de los costos de comunicación, así como las facilidades en la estandarización de los procesos han hecho posible la fragmentación de la producción y el outsourcing de ciertos tipos de actividades fuera del control de la empresa. Cuando esta deslocalización de la producción ocurre hacia otros países, se emplea el término de offshoring. El offshoring puede tomar la forma de inversión directa al extranjero cuando la empresa (multinacional) invierte en otro país, o de outsourcing en el extranjero cuando se contrata otra empresa en el extranjero para realizar una parte del proceso de producción.

No existen muchas economías en desarrollo que participen de esta nueva modalidad de la globalización. Uruguay tiene una ventaja competitiva en el desarrollo de estos sectores y recibe las tareas sujetas a offshoring y outsourcing de servicios. Los nuevos servicios de comercialización internacional abarcan una amplia gama, que van desde la producción de nuevo software a la prestación de servicios profesionales de consultoría aplicados al uso en la gestión de negocios, en el marketing y posicionamiento de marcas comerciales, como en las soluciones de ingeniería, hasta la creación de centro de llamadas para la atención directa de los consumidores o escritorios de apoyo informático de uso intracorporativo.

Entre los factores que explican la localización de estas actividades en nuestro país se destacan: la calidad y estabilidad institucional; la disponibilidad de trabajadores de media y alta calificación; y las comunicaciones. Los marcos normativos específicos también son relevantes. En el caso de Uruguay se observa que sin contar explícitamente con una estrategia global se han ido desarrollando políticas públicas que han ido generando las condiciones normativas necesarias para que el desarrollo de los tres tipos de sectores pueda llevarse adelante. Todos estos esfuerzos han sido políticas unilaterales y no han surgido de procesos de liberalización en servicios resultado de acuerdo de liberalización recíprocos.

Asimismo, con un mercado doméstico de pequeño tamaño, la producción y comercialización de una oferta competitiva de bienes y servicios depende de la inserción exportadora y, por lo tanto, del acceso a los mercados externos. Realizando acuerdos a nivel Mercosur se mejoran las condiciones de negociación con el resto del mundo. La obtención de mejores condiciones de acceso a estos mercados es un objetivo prioritario en materia de inserción económica internacional: el logro de condiciones mejores, estables y predecibles de acceso a mercados.

Los servicios deben estar definitivamente incorporados en la estrategia de inserción económica internacional del Uruguay, en línea con el proceso de integración creciente en la producción y comercialización de bienes y servicios.

Existen tres grandes ámbitos en la liberalización de servicios para Uruguay: el multilateral en la OMC; el regional en el Mercosur; y el estrictamente bilateral de Uruguay. En el marco de la OMC se destaca los acuerdos surgidos del GATS (1994) y los protocolos posteriores (1997) en telecomunicaciones y en el sector financiero. A nivel regional debe diferenciarse el proceso de liberalización intrarregional y los acuerdos con terceros que el Mercosur está negociando que incluyen al sector servicios (casos de la Unión Europea y Chile).

La liberalización intrarregional en servicios se ha dado en el marco del Protocolo de Montevideo (PM) del año 1997 que entró en vigencia en el año 2005 (diciembre) y tiene previsto un período de liberalización de 10 años. Si bien los compromisos asumidos en la Sexta Ronda de Negociaciones del PM son más ambiciosos que los se comprometieron en el GATS los mismos aún no se encuentra vigentes. Por último, Uruguay también tiene iniciados procesos bilaterales con México y EE.UU. Mientras en los dos primeros ámbitos (multilateral y regional) la modalidad de negociación es establecer compromisos por listas positivas (LP), en el caso del ámbito bilateral con los dos países de Norteamérica se trabaja sobre listas negativas (LN).

Para la modalidad GATS por LP se aplica el principio rector de Nación Más Favorecida (NMF) que se encuentra enunciado en el artículo II del GATS (1994). A los miembros del acuerdo deben otorgárseles condiciones no menos favorables que las que recibe cualquier otro país. Pueden existir excepciones a este principio que deben ser listadas Partes.

Entendiendo la importancia que tiene este Acuerdo de Complementación Económica N° 35 (ACE 35) entre el Mercosur y República de Chile, así como la fundamentación antes expuesta y siendo esto de interés para la República, es que esta Comisión recomienda la aprobación del: Quincuagésimo Tercer Protocolo Adicional al Acuerdo de Complementación Económica N° 35 (ACE 35) entre el Mercosur y República de Chile.

Sala de la Comisión, 5 de mayo de 2011.

Carlos Baráibar, Miembro Informante; Alberto Couriel, Antonio Gallicchio, Luis Alberto Heber, Ope Pasquet, Enrique Rubio, Mónica Xavier.

SEÑOR PRESIDENTE.- Léase el proyecto.

(Se lee.)

-En discusión general.

Tiene la palabra el Miembro Informante, señor Senador Baráibar.

SEÑOR BARÁIBAR.- Señor Presidente: este proyecto de ley tiene como objeto la aprobación del Quincuagésimo Tercer Protocolo Adicional al Acuerdo de Complementación Económica Nº 35 (ACE 35) entre el Mercosur y la República de Chile, suscrito el 27 de mayo de 2009 en la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay.

El Acuerdo de Complementación Económica número 35 regula las relaciones comerciales entre el Mercosur y Chile. En el mismo, se establecen cronogramas de desgravación de bienes hasta alcanzar una zona de libre comercio. En el caso de la relación comercial entre Uruguay y Chile, mediante este Acuerdo ya se ha logrado la desgravación de casi la totalidad del universo arancelario en materia de bienes.

En el marco del ACE 35, el Mercosur y Chile comenzaron a negociar sobre servicios a mediados de 2007. El día 20 de junio de 2008, en la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, se llevó a cabo la XVII Reunión Extraordinaria de la Comisión Administradora del ACE 35, donde se aprobó el “Protocolo sobre el Comercio de Servicios entre el Mercosur y Chile”. Finalmente el 27 de mayo de 2009 en la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay, las Partes Signatarias suscribieron dicho Acuerdo, que pasó a ser el Quincuagésimo Tercer Protocolo Adicional al ACE 35.

Cabe destacar que se trata del primer acuerdo de servicios que firma el Mercosur desde el Protocolo de Montevideo, en este caso con un Estado Asociado como Chile.

De acuerdo con la cláusula de entrada en vigencia, este entrará en vigor en forma bilateral entre cada uno de los países del Mercosur y Chile “30 días después que la República de Chile y por lo menos una de las otras Partes Signatarias hayan depositado sus respectivos instrumentos de ratificación”.

En cuanto al contenido del Acuerdo, este consta de 24 artículos y 3 anexos.

En el artículo I está redactado el objeto del Acuerdo, donde establece que las Partes Signatarias liberalizarán el comercio de servicios de conformidad con las disposiciones establecidas en el presente Protocolo y con el ACE 35.

El artículo II hace referencia al ámbito de aplicación del Acuerdo. Éste se aplicará al comercio de servicios entre Chile y los Estados Parte del Mercosur.

Los artículos III y IV se refieren al trato nacional y al acceso a los mercados respectivamente.

Los artículos V y VI señalan los compromisos específicos contraídos por cada una de las Partes Signatarias y se remite al anexo III.

El artículo VII refiere a que este Protocolo no impedirá el derecho de cada Parte Signataria a reglamentar e introducir nuevas reglamentaciones dentro de su territorio para alcanzar los objetivos de su política nacional.

El artículo VIII hace referencia al reconocimiento.

El artículo IX alude a la transparencia, señalando el compromiso de cada Parte Signataria de informar a la Comisión Administradora del ACE 35 la adopción de nuevas leyes, reglamentos o modificaciones a las ya existentes que consideren afecten significativamente el comercio de servicios abarcado por sus compromisos específicos en virtud de este Acuerdo.

El artículo X trata la divulgación de la información confidencial, estableciendo que ninguna disposición de este Acuerdo podrá exigir a una Parte signataria que revele información cuya divulgación sea contraria al interés público conforme a su legislación, constituya un obstáculo para el cumplimiento de las leyes o lesione los intereses comerciales legítimos de empresas públicas o privadas.

El artículo XI corresponde a las excepciones generales y relativas a la seguridad.

El artículo XII trata sobre los servicios financieros; las Partes contratantes entienden que no se han adquirido compromisos para el sector financiero en el marco de este Acuerdo.

El artículo XIII refiere a pagos y transferencias considerando que ninguna Parte Signataria aplicará restricciones a los pagos y transferencias internacionales por transacciones corrientes referentes a compromisos específicos por ellas contraídos de conformidad con este Acuerdo.

El artículo XIV señala que en caso de la existencia de graves dificultades financieras en la balanza de pagos, la Parte signataria podrá mantener medidas restrictivas respecto del comercio de servicios.

El artículo XV se refiere a la Tributación estableciendo la libertad de las Partes Signatarias en la aplicación de su legislación fiscal.

El artículo XVI corresponde a la revisión del Acuerdo, estableciendo que podrá ser revisado tres años después de su entrada en vigor, con el fin de profundizar el alcance de sus disciplinas y el nivel de liberalización, de reducir o eliminar las restricciones restantes, así como de considerar la incorporación de los avances en servicios en la OMC.

El artículo XVII refiere a la denegación de beneficios derivado de este Acuerdo a los proveedores de servicios.

El artículo XVIII establece que el ámbito formal para el tratamiento de temas relativos a la implementación del Acuerdo será la Comisión Administradora del ACE 35.

El artículo XIX refiere a la solución de controversias con relación a la aplicación, interpretación o incumplimiento de los compromisos establecidos en el Acuerdo.

El artículo XX alude a los compromisos en materia de modo 4, señalando que este Acuerdo no impedirá que una Parte aplique medidas para regular la entrada o la estadía personal de personas físicas en su territorio, siempre que esas medidas no se apliquen de manera que anule las ventajas resultantes para una Parte Signataria.

El artículo XXI establece que los convenios bilaterales vigentes entre una Parte Signataria del Mercosur y Chile, prevalecerán sobre los compromisos asumidos en el presente Acuerdo.

El artículo XXII establece las Definiciones a efectos del presente Protocolo.

Los artículos XXIII y XXIV establecen la entrada en vigor y el depositario del Acuerdo.

Este Acuerdo también contiene tres anexos. El Anexo I hace referencia a los pagos y transferencias por Parte de Chile. El Anexo II establece la relación entre Uruguay y Chile con respecto a Tributación y en el Anexo III se listan los compromisos específicos.

Luego, en la exposición que hicimos en la Comisión planteamos consideraciones más generales sobre el Tratado, las que están incluidas en la versión taquigráfica -que está a disposición de los miembros del Senado- y figuran en la página 138 del repartido.

Quiero mencionar los informes de la Asesoría de Política Comercial del Ministerio de Economía y Finanzas, de 17 de agosto de 2009 y 12 de julio de ese mismo año, firmadas por la licenciada Graciela Altruda y el economista Álvaro Ons, quienes dan cuenta de una observación en el sentido de que el Tratado establece que, según la Ley Nº 16.736, -que estaba vigente en el momento en que el Acuerdo se firmó-, el 50% de la mano de obra, es decir, de la tripulación de los barcos, debe ser del país. Posteriormente, por la Ley Nº 18.498, de junio de 2009, ese porcentaje fue elevado al 90%. Sin perjuicio de esta referencia, se sugiere la refrenda del Quincuagésimo Tercer Protocolo Adicional al Acuerdo de Complementación Económica Nº 35 entre el Mercosur y la República de Chile.

En consecuencia, por unanimidad, la Comisión recomienda la aprobación de este proyecto de ley cuyo artículo 1º establece: “Apruébase el Quincuagésimo Tercer Protocolo Adicional al Acuerdo de Complementación Económica número 35 (ACE 35) entre Mercosur y la República de Chile, suscrito el 27 de mayo de 2009 en la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay”.

SEÑOR PRESIDENTE.-Si no se hace uso de la palabra, se va a votar en general el proyecto de ley.

(Se vota:)

-24 en 24. Afirmativa. UNANIMIDAD.

En discusión particular.

La Mesa desea aclarar que, sin perjuicio de que, al igual que en los anteriores proyectos de ley, figura un artículo 2º que dice “Comuníquese”, este no debe ser votado por el Senado. Por esta razón, se lee y se pone a consideración el artículo único del proyecto.

Léase el artículo único del proyecto de ley.

(Se lee:)

SEÑOR SECRETARIO (Gustavo Sánchez Piñeiro).- “Artículo 1º.-Apruébase el Quincuagésimo Tercer Protocolo Adicional al Acuerdo de Complementación Económica número 35 (ACE 35) entre Mercosur y la República de Chile, suscrito el 27 de mayo de 2009 en la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay.”

SEÑOR PRESIDENTE.-En consideración.

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota:)

-24 en 24. Afirmativa. UNANIMIDAD.

Queda aprobado el proyecto de ley, que se comunicará a la Cámara de Representantes.

(No se publica el texto del proyecto de ley aprobado por ser igual al considerado.)

SEÑOR BORDABERRY.-Pido la palabra para realizar una aclaración.

SEÑOR PRESIDENTE.-Tiene la palabra el señor Senador.

SEÑOR BORDABERRY.-Pido disculpas, señor Presidente, porque respecto a la Carpeta Nº 454, que ya fue considerada, recordé que la Real Academia Española resolvió, en noviembre del año pasado, que “Qatar” ya no debe escribirse con “Q”, sino que corresponde hacerlo con “C”. Lo digo a modo de aporte, para que se realice la corrección necesaria en la versión taquigráfica.

SEÑOR PRESIDENTE.-Gracias, señor Senador. Siempre se aprende algo y es por ello que tenemos que estar abiertos al avance del conocimiento.

Se toma en consideración la aclaración realizada por el señor Senador Bordaberry.

22) ACUERDO DE SEDE ENTRE LA REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY Y EL MERCADO COMÚN DEL SUR PARA EL FUNCIONAMIENTO DE LA SECRETARÍA PERMANENTE DEL FORO CONSULTIVO ECONÓMICO-SOCIAL

SEÑOR PRESIDENTE.- El Senado pasa a considerar el asunto que figura en séptimo término del Orden del Día: “Proyecto de ley por el que se aprueba el Acuerdo de Sede entre la República Oriental del Uruguay y el Mercado Común del Sur (Mercosur) para el funcionamiento de la Secretaría Permanente del Foro Consultivo Económico-Social, firmado en los idiomas español y portugués, en Asunción, el día 24 de julio de 2009 y el Acta de Rectificación elaborada por el Ministerio de Relaciones Exteriores de la República del Paraguay, en fecha 8 de diciembre de 2009. (Carp. Nº 435/10 - Rep. Nº 287/11)”.

(Antecedentes:)

“Carp. Nº 435/10
Rep. Nº 287/11

PODER EJECUTIVO

Ministerio de Relaciones Exteriores

Ministerio del Interior

Ministerio de Economía y Finanzas

Ministerio de Educación y Cultura

Ministerio de Industria, Energía y Minería

Montevideo, 8 de diciembre de 2010.

Señor Presidente de la Asamblea General:

El Poder Ejecutivo tiene el honor de dirigirse a la Asamblea General, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 85 numeral 7 y 168 numeral 20 de la Constitución de la República, a fin de someter a su consideración el proyecto de Ley adjunto, mediante el cual se aprueba el Acuerdo de Sede entre la República Oriental del Uruguay y el Mercado Común del Sur (Mercosur) para el funcionamiento de la Secretaría Permanente del Foro Consultivo Económico-Social (FCES) de dicha entidad regional, firmado en Asunción el 24 de julio del año 2009 y el Acta de Rectificación elaborada por el Ministerio de Relaciones Exteriores de la República del Paraguay en fecha 8 de diciembre de 2009.

Antecedentes

Dicho Acuerdo de Sede fue suscripto durante la XXXVII Reunión Ordinaria del Consejo del Mercado Común y fue aprobado en el ámbito del Mercosur por Decisión CMC No. 13/09 en aplicación de lo establecido en el artículo 36 del Protocolo de Ouro Preto que establece la potestad del Mercosur de celebrar acuerdos de esta naturaleza.

Mediante la firma de dicho instrumento se da cumplimiento a lo resuelto durante el Plenario del Foro Consultivo Económico-Social (FCES) en su XVI Reunión que dispuso la creación de su Secretaría Permanente con sede en la ciudad de Montevideo, tal como consta en el punto 14 del Acta No. 3/00, siendo complementadas las funciones de dicha Secretaría Permanente por el Plenario en su XXIX Reunión conforme al Acta 4/04.

El Acuerdo de Sede suscripto, es el resultado de las negociaciones que se llevaron a cabo entre la República y el Mercosur, con la finalidad de establecer las modalidades de cooperación entre las Partes y facilitar las funciones y actividades de la Secretaría Permanente del Foro Consultivo Económico-Social en Uruguay.

Contenido del Acuerdo

Dicho instrumento contiene los Capítulos con relación a: Ámbito de Aplicación, Definiciones, Estatuto, El Secretario y demás funcionaros de la Secretaría Permanente del FCES y Disposiciones Generales.

Los Capítulos I y II establecen el Ámbito de Aplicación del Acuerdo y Definiciones respecto de los términos utilizados en el instrumento.

En el Capítulo III que refiere al Estatuto, se otorga a la Secretaría del FCES capacidad jurídica de derecho interno para el ejercicio de sus funciones, inmunidad de jurisdicción para su funcionamiento, inviolabilidad de la sede y archivos, determinadas exenciones tributarias y facilidades en materia de comunicaciones.

El Capítulo IV referido al Secretario y demás funcionarios de la Secretaría Permanente del FCES, concede determinadas prerrogativas e inmunidades que reconocen un estatus especial a los funcionarios de acuerdo con la fijación o no de residencia en la República, en su calidad de nacional o residente permanente, siguiendo al respecto los criterios que emergen del Derecho Internacional y el Régimen general aplicable en el Uruguay en materia de franquicias diplomáticas (actualmente Decreto No. 99/986 de 13/2/86 y modificativos).

Por error fue omitido el Capítulo V, por lo que se agrega al Acta de Rectificación elaborada por el Ministerio de Relaciones Exteriores de la República del Paraguay en fecha 8 de diciembre de 2009.

Finalmente en el Capítulo VI relativo a Disposiciones Generales, se determina la forma de resolver las divergencias entre las Partes, su entrada en vigor y el carácter de depositario correspondiente a la República del Paraguay.

Por considerar este tipo de Acuerdos conveniente para los intereses de nuestra República, el Poder Ejecutivo solicita a la Honorable Asamblea General la aprobación pertinente.

El Poder Ejecutivo reitera al señor Presidente de la Asamblea General las seguridades de su más alta consideración.

JOSÉ MUJICA, Presidente de la República; Héctor Lescano, Roberto Kreimerman, Ricardo Ehrlich, Eduardo Bonomi, Fernando Lorenzo, Roberto Conde.

Proyecto de Ley

ARTÍCULO 1°.- Apruébase el ACUERDO DE SEDE ENTRE LA REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY Y EL MERCADO COMÚN DEL SUR (MERCOSUR) PARA EL FUNCIONAMIENTO DE LA SECRETARÍA PERMANENTE DEL FORO CONSULTIVO ECONÓMICO-SOCIAL, firmado en los idiomas español y portugués, en Asunción el día 24 de julio de 2009 y el Acta de Rectificación elaborada por el Ministerio de Relaciones Exteriores de la República del Paraguay en fecha 8 de diciembre de 2009.

ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, etc.

Héctor Lescano, Roberto Kreimerman, Ricardo Ehrlich, Eduardo Bonomi, Fernando Lorenzo, Roberto Conde.”

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“CÁMARA DE SENADORES

Comisión de Asuntos Internacionales

Al Senado:

La Comisión de Asuntos Internacionales del Senado ha considerado el Acuerdo de Sede entre la República Oriental del Uruguay y el Mercado Común del Sur (Mercosur) para el funcionamiento de la Secretaría Permanente del Foro Consultivo Económico-Social (FCES).

Antecedentes

Dicho Acuerdo de Sede fue suscripto durante la XXXVII Reunión Ordinaria del Consejo del Mercado Común y fue aprobado en el ámbito del Mercosur por decisión CMC N° 13/09 en aplicación de lo establecido en el artículo 36 del Protocolo de Ouro Preto que establece la potestad del Mercosur de celebrar acuerdos de esta naturaleza.

Mediante la firma de dicho instrumento se da cumplimiento a lo resuelto durante el Plenario del Foro consultivo Económico-Social (FCES) en su XVI Reunión que dispuso la creación de su Secretaría Permanente con sede en la ciudad de Montevideo, tal como consta en el punto 14 del Acta N° 3/00, siendo complementadas las funciones de dicha Secretaría Permanente por el Plenario en su XXIX Reunión conforme al Acta 4/04.

El Acuerdo de Sede suscripto, es el resultado de las negociaciones que se llevaron a cabo entre la República y el Mercosur, con la finalidad de establecer las modalidades de cooperación entre las Partes y facilitar las funciones y actividades de la Secretaría Permanente del Foro Consultivo Económico-Social en Uruguay.

Contenido del Acuerdo

Dicho instrumento contiene los capítulos con relación a: Ámbito de aplicación, Definiciones, Estatuto, El Secretario y demás funcionarios de la Secretaría Permanente del FCES y Disposiciones Generales.

Los capítulos I y II establecen el Ámbito de Aplicación del Acuerdo y Definiciones respecto de los términos utilizados en el instrumento.

En el capítulo III que refiere al Estatuto, se otorga a la Secretaría del FCES capacidad jurídica de derecho interno para el ejercicio de sus funciones, inmunidad de jurisdicción para su funcionamiento, inviolabilidad de la sede y archivos, determinadas exenciones tributarias y facilidades en materia de comunicaciones.

El capítulo IV referido al Secretario y demás funcionarios de la Secretaría Permanente del FCES, concede determinadas prerrogativas e inmunidades que reconocen un estatus especial a los funcionarios de acuerdo con la fijación o no de residencia en la República, en su calidad de nacional o residente permanente, siguiendo al respecto los criterios que emergen del Derecho Internacional y el Régimen general aplicable en el Uruguay en materia de franquicias diplomáticas (actualmente Decreto N° 99/986 de 13/2/86 y modificativos).

Por error fue omitido el capítulo V, por lo que se agrega al Acta de Rectificación elaborada por el Ministerio de Relaciones Exteriores de la República del Paraguay en fecha de 8 de diciembre de 2009.

Finalmente en el capítulo VI relativo a Disposiciones Generales, se determina la forma de resolver las divergencias entre las Partes, su entrada en vigor y el carácter de depositario correspondiente del Paraguay.

Consideraciones

Desde el comienzo del proceso de constitución del Mercosur, el Uruguay se perfiló como sede y actor dinámico del desarrollo institucional del Mercosur.

Dicha aspiración encontraba más de un factor favorable: su posición geopolítica como país bisagra entre Brasil y Argentina; su trayectoria histórica como activo promotor de apuestas integracionistas (ALALC, ALADI, etc.); la estabilidad y previsibilidad de su sistema político, junto con su tradición democrática reconocida; la existencia de una política exterior de Estado, dotado de la fortaleza del consenso interpartidario interno.

Uruguay además de compartir las características geográficas comunes de la región, tiene un perfil propio en esta dimensión que es de interés destacar. En efecto, el Uruguay comparte la característica de ser una frontera interna y una frontera externa de la región. Como frontera interna, tiene toda su frontera terrestre adyacente a los dos países más grandes de la región. Además Uruguay es el primer acceso al Atlántico en la Cuenca del Plata, lo que lo sitúa como frontera externa con el resto del mundo, circunstancia que potencia otras características del país en cuanto a la relación extrarregional. Entre otras pueden mencionarse el desarrollo del área de servicios, tanto en lo que se refiere al sector financiero, a la logística de transporte y portuaria y por supuesto, al impulso que ha tenido el sector turístico en la década pasada.

Por tanto, ser nodo geográfico implica que el Uruguay en término del tamaño del propio mercado es pequeño, pero sin embargo se encuentra cercano de las macro sub-regiones que forman el territorio del Mercosur.

El funcionamiento de la Secretaría Permanente del Foro Consultivo Económico-Social (FCES) en nuestro país significa la afirmación y el reconocimiento de nuestro país como sede y actor dinámico del desarrollo institucional del Mercosur.

Por último, y en términos generales, la estructura normativa del Acuerdo está acorde con las normas de Derecho Diplomático y Consular y el Régimen general aplicable en Uruguay en materia de facilidades y prerrogativas (Decreto N° 99/986 de 13/2/86 y modificativos).

Para que las misiones diplomáticas puedan desarrollar sus funciones en forma adecuada, necesitan rodearse de un marco de seguridad especial. Tales garantías las proporciona el Derecho Diplomático y Consular y comprenden el estatuto de protección de los propios órganos y de los funcionarios. El amparo de los órganos incluye las prerrogativas propiamente dichas (inviolabilidad de los locales, exenciones impositivas, etc.) y una serie de ayudas directamente referidas a los medios materiales necesarios para el cumplimiento de las funciones. Estas ventajas denominadas por la doctrina “facilidades”, en su mayoría son de origen consuetudinario y han sido recogidas por los tratados multilaterales en vigor.

Los artículos 4 al 8 establecen el amparo debido a la Secretaría Permanente del Mercosur y las facilidades y prerrogativas que gozará la Secretaría, destacando la inmunidad de jurisdicción, la intangibilidad de locales y muebles, la inviolabilidad de archivos y documentos así como exenciones impositivas. Y señala que estas facilidades no serán menos favorables que las otorgadas por la República a las misiones diplomáticas permanentes. Esta disposición está acorde con la Convención de Viena de 1961.

Con respecto al Secretario de la Secretaría permanente del FCES, el artículo 9 señala que gozará de inmunidad de jurisdicción amplia y funcional en materia penal, civil y administrativa, si bien no lo dice expresamente plantea que el Secretario tendrá la inmunidad otorgada a los funcionarios de las Misiones permanentes ante Organismos Internacionales (Convención de Viena de 1975). Y si se remite a este Convenio se puede constatar que la inmunidad de jurisdicción otorgada a estos funcionarios es amplia en materia penal, civil y administrativa.

También el Secretario gozará de los privilegios, franquicias y exenciones tributarias otorgados a los funcionarios equivalentes señalados en dicha Convención.

Por lo expuesto y atendiendo al rol relevante que tendrá la Secretaría Permanente del Foro Consultivo Económico-Social en la profundización institucional del Mercosur, es que recomendamos al Cuerpo la aprobación del:

Acuerdo Sede entre la República Oriental del Uruguay y el Mercado Común del Sur (Mercosur) para el funcionamiento de la Secretaría Permanente del Foro Consultivo Económico-Social.

Sala de la Comisión, 5 de mayo de 2011.

Carlos Baráibar Miembro Informante; Alberto Couriel, Antonio Gallicchio, Luis Alberto Heber, Ope Pasquet, Enrique Rubio, Mónica Xavier.”

SEÑOR PRESIDENTE.- Léase el proyecto.

(Se lee.)

-En discusión general.

Tiene la palabra el Miembro Informante, señor Senador Baráibar.

SEÑOR BARÁIBAR.-Señor Presidente: el presente Acuerdo Sede fue suscrito durante la XXXVII Reunión Ordinaria del Consejo del Mercado Común y fue aprobado en el ámbito del Mercosur por Decisión del Consejo del Mercado Común Nº 13/09, en aplicación de lo establecido en el artículo 36 del Protocolo de Ouro Preto, que otorga al Mercosur la potestad para celebrar acuerdos de esta naturaleza.

Mediante la firma de dicho instrumento se da cumplimiento a lo resuelto durante el Plenario del Foro Consultivo Económico-Social (FCES) en su XVI Reunión, que dispuso la creación de su Secretaría Permanente con sede en la ciudad de Montevideo, tal como consta en el punto 14 del Acta Nº 3/00, siendo complementadas las funciones de dicha Secretaría Permanente por el Plenario en su XXIX Reunión, conforme al Acta Nº 4/04.

El Acuerdo de Sede suscrito es el resultado de las negociaciones que se llevaron a cabo entre la República y el Mercosur, con la finalidad de establecer las modalidades de cooperación entre las Partes y facilitar las funciones y actividades de la Secretaría Permanente del Foro Consultivo Económico-Social en Uruguay.

Dicho instrumento contiene capítulos con relación al ámbito de aplicación, definiciones, estatuto, Secretario y demás funcionarios de la Secretaría Permanente del FCES y disposiciones generales.

Los Capítulos I y II establecen el ámbito de aplicación del acuerdo y definiciones respecto a los términos utilizados en el instrumento.

En el Capítulo III, que refiere al Estatuto, se otorga a la Secretaría del Foro Consultivo Económico-Social en Uruguay capacidad jurídica de Derecho interno para el ejercicio de sus funciones, inmunidad de jurisdicción para su funcionamiento, inviolabilidad de la sede y archivos, determinadas exenciones tributarias y facilidades en materia de comunicaciones.

El Capítulo IV, referido al Secretario y demás funcionarios de la Secretaría Permanente del Foro Consultivo Económico-Social en Uruguay, concede determinadas prerrogativas e inmunidades que reconocen un estatus especial a los funcionarios de acuerdo con la fijación o no de residencia en la República, en su calidad de nacional o residente permanente, siguiendo al respecto los criterios que emergen del Derecho Internacional y el régimen general aplicable en el Uruguay en materia de franquicias diplomáticas, actualmente Decreto Nº 99/986, de 13 de febrero de 1986 y modificativos.

Por error fue omitido el Capítulo V, por lo que se agrega al Acta de Rectificación elaborada por el Ministerio de Relaciones Exteriores de la República del Paraguay, de fecha 8 de diciembre de 2009.

Finalmente, en el Capítulo VI, relativo a las disposiciones generales, se determina la forma de resolver las divergencias entre las Partes, su entrada en vigor y el carácter de depositario correspondiente a la República del Paraguay.

Al igual que en el caso anterior, señor Presidente, presentamos a los miembros de la Comisión de Asuntos Internacionales un informe escrito con consideraciones de carácter más general sobre el Acuerdo, que informo que se encuentran en la página 28 de la versión taquigráfica.

A su vez, en la página 25 aparece una mención que hago a un Acta de Rectificación del Ministerio de Relaciones Exteriores del Paraguay, por un error con relación a la numeración de los Capítulos que, tal como lo que expresé, no afecta el alcance de lo dispuesto por los Estados Signatarios. Se procede por tanto a la rectificación conforme a lo expuesto precedentemente.

En consideración a lo expuesto y agregando que la Comisión de Asuntos Internacionales lo votó por unanimidad, proponemos que se apruebe el proyecto de ley relativo al Acuerdo de Sede entre la República Oriental del Uruguay y el Mercado Común del Sur (Mercosur) para el Funcionamiento de la Secretaría Permanente del Foro Consultivo Económico-Social.

Era cuanto tenía para informar, señor Presidente.

SEÑOR PRESIDENTE.- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar en general el proyecto de ley.

(Se vota:)

-20 en 20. Afirmativa. UNANIMIDAD.

En discusión particular.

Léase el artículo único del proyecto de ley.

(Se lee:)

SEÑOR SECRETARIO (Gustavo Sánchez Piñeiro).- “Artículo Único.- Apruébase el Acuerdo de Sede entre la República Oriental del Uruguay y el Mercado Común del Sur (Mercosur) para el Funcionamiento de la Secretaría Permanente del Foro Consultivo Económico-Social, firmado en los idiomas español y portugués, en Asunción el día 24 de julio de 2009 y el Acta de Rectificación elaborada por el Ministerio de Relaciones Exteriores de la República del Paraguay en fecha 8 de diciembre de 2009.”

SEÑOR PRESIDENTE.- En consideración.

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota:)

-20 en 20. Afirmativa. UNANIMIDAD.

Queda aprobado el proyecto de ley, que se comunicará a la Cámara de Representantes.

(No se publica el texto del proyecto de ley aprobado por ser igual al considerado.)

23) POSTERGACIÓN DE LOS NUMERALES OCTAVO Y NOVENO DEL ORDEN DEL DÍA

SEÑORA DALMÁS.- Pido la palabra para una moción de orden.

SEÑOR PRESIDENTE.- Tiene la palabra la señora Senadora, no sin antes saludar a los alumnos de 6º año de la Escuela Nº 299 de Montevideo, a quienes les agradecemos su visita.

SEÑORA DALMÁS.- Gracias, señor Presidente.

A solicitud del coordinador de la Bancada del Partido Nacional, solicitamos que se pospongan para la primera Sesión de junio los asuntos que figuran en octavo y noveno término del Orden del Día de la Sesión de hoy, ya que el Miembro Informante, señor Senador Abreu, hoy no se encuentra en Sala y tampoco podrá hacerlo mañana.

SEÑOR PRESIDENTE.- Se va votar, entonces, la moción de orden presentada por la señora Senadora Dalmás en el sentido de postergar hasta la primera Sesión ordinaria del mes de junio la consideración de los asuntos que figuran en octavo y noveno lugar del Orden del Día de la Sesión de hoy.

(Se vota:)

-21 en 21. Afirmativa. UNANIMIDAD.

24) “MAESTRA TAMAR MÉNDEZ BALARINI”

SEÑOR PRESIDENTE.- Corresponde pasar a considerar el asunto que figura en décimo término del Orden del Día, pero como el Miembro Informante, señor Senador Lorier, no se encuentra en Sala, sugiero al Cuerpo votar la postergación momentánea de su tratamiento.

(Se vota:)

-21 en 21. Afirmativa. UNANIMIDAD.

25) “LAURO AYESTARÁN”

SEÑOR PRESIDENTE.- Se pasa a considerar el asunto que figura en undécimo término del Orden del Día: “Proyecto de ley por el que se designa con el nombre de “Lauro Ayestarán” el Liceo Nº 56 del departamento de Montevideo, dependiente del Consejo de Educación Secundaria, Administración Nacional de Educación Pública. (Carp. Nº 523/11 - Rep. Nº 278/11)”.

(Antecedentes:)

Carp. Nº 523/11
Rep. Nº 278/11

CÁMARA DE SENADORES

Comisión de Educación y Cultura

Proyecto de Ley sustitutivo

Artículo Único.- Desígnase con el nombre de “Lauro Ayestarán” al Liceo N° 56 del departamento de Montevideo, dependiente del Consejo de Educación Secundaria, Administración Nacional de Educación Pública.

Sala de la Comisión, 4 de mayo de 2011.

Gustavo Penadés, Miembro Informante; José Amorín, Eduardo Lorier, Daniel Montiel, Constanza Moreira, Enrique Rubio.

PODER EJECUTIVO

Ministerio de Educación y Cultura

Montevideo, 7 de abril de 2011.

Sr. Presidente de la Asamblea General
Cr. Danilo Astori

El Poder Ejecutivo tiene el honor de dirigirse a ese Alto Cuerpo con el fin de someter a su consideración el proyecto de ley que se acompaña, por el cual se designa al Liceo N° 56, del departamento de Montevideo, con el nombre de “Lauro Ayestarán”.

La propuesta efectuada por la Dirección, personal docente, no docente, alumnos, padres y vecinos del mencionado centro escolar, cuenta con el apoyo de familiares y con los informes favorables de las autoridades de la Administración Nacional de Educación

Sin otro particular, saluda al señor Presidente, y por su intermedio al resto de los integrantes de ese Alto Cuerpo, con su mayor consideración.

JOSÉ MUJICA, Presidente de la República; Ricardo Ehrlich.

Proyecto de Ley

Artículo Único.- Desígnase al Liceo N° 56, del departamento de Montevideo, con el nombre de “Lauro Ayestarán”.

Ricardo Ehrlich.

SEÑOR PRESIDENTE.- Léase el proyecto.

(Se lee.)

-En discusión general.

Tiene la palabra el Miembro Informante, señor Senador Penadés.

SEÑOR PENADÉS.- Señor Presidente: tenemos el gusto y el honor de informar al Cuerpo el proyecto de ley remitido por el Poder Ejecutivo, por el que se designa el Liceo Nº 56 del departamento de Montevideo con el nombre “Lauro Ayestarán”.

Si bien la personalidad de Lauro Ayestarán presenta muchas aristas, él siempre se definió como investigador.

Nació el 9 de julio de 1913 en Montevideo y falleció en esta ciudad el 22 de julio de 1966. Fue profesor de música e investigador uruguayo. Comenzó sus primeros estudios musicales en el Conservatorio Larrimbe. Ingresó a la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales, pero en 1935 abandonó la carrera para dedicarse por entero a la investigación y a la enseñanza de la música.

En 1937 fue designado profesor de Canto Coral e Historia de la Música en Enseñanza Secundaria. Cuando en el año 1946 se creó la Facultad de Humanidades y Ciencias, fue nombrado profesor de Musicología en su viejo recinto de la Ciudad Vieja.

Hacia 1960 fue Director de Programaciones en el Servicio Oficial de Difusión Radio Eléctrica. Con la introducción de una formidable renovación en los programas, generó enfoques culturales que permitieron a las distintas personalidades de este ámbito, desarrollar y abordar diversos temas en pequeños espacios de diez minutos. Por los mencionados estudios de la radiodifusión nacional del SODRE pasaron Arturo Ardao, Clemente Estable, Roberto Ibáñez, Domingo Bordoli, por citar algunos de los maestros convocados por Lauro Ayestarán, cuya voz ha quedado guardada en el Archivo de la Palabra, que también le debe su autoría y creación. En este Archivo -existente en el SODRE- se recogieron las memorables voces del pasado, obtenidas a través de contactos que llevaron a ese reservorio a Miguel de Unamuno, Winston Churchill, Pablo Neruda y Gabriela Mistral, entre otros. No debemos omitir las voces nacionales de José Luis Zorrilla de San Martín, de Álvaro Armando Vasseur, de Juana de Ibarbourou, etcétera.

Uno de los mayores aportes del profesor Lauro Ayestarán fue la recolección de material folclórico del Uruguay, tarea que llevó adelante sin descuidar la docencia y la atención de su familia, integrada por la señora Flor de María Rodríguez y sus cuatro hijos. Su colección de música, fundamentalmente de campo -que fue recogida primero en disco y luego en cinta magnética-, se conserva actualmente en el Museo Histórico Nacional y alcanza a cuatro mil grabaciones.

En 1951 concurrió como delegado del Uruguay al Primer Congreso de Archivos y Bibliotecas Municipales realizado en París, bajo el auspicio de la Unesco.

En 1960 visitó catorce Universidades de los Estados Unidos de América que tienen departamentos de musicología y tuvo oportunidad de disertar en las Universidades de California y de Nueva Orleans, entre otras.

En el año 1963 concurrió a Washington, para participar de la Primera Conferencia Interamericana de Musicología, donde leyó su ensayo “Transcripción y Hallazgo del Barroco Musical Hispanoamericano”.

En 1965 fue invitado por la Segunda Conferencia Interamericana de Etnomusicología, en Estados Unidos, ámbito en el que disertó sobre el tema “El tamboril afro-uruguayo”.

La recopilación realizada por el profesor Ayestarán comprende cinco mil grabaciones de campo y permite afirmar, sin titubeos, que constituye el rostro sonoro de nuestro país.

Dejó varios libros. Su monumental obra La Música en el Uruguay, editada en 1953, es pieza fundamental a la que debería seguir otro volumen que, lamentablemente, nunca llegó a escribir.

Señor Presidente: su nombre se perpetúa -y es justicia reconocerlo- en el Centro Nacional de Documentación Municipal, creado durante el Gobierno del doctor Tabaré Vázquez, a propuesta de la ingeniera María Simon, Ministra de Educación y Cultura de la época.

Entre las obras publicadas del profesor Lauro Ayestarán se destacan las siguientes: Doménico Zipoli, el gran compositor y organista romano del 1700 en el Río de la Plata, en 1941; Crónica de una temporada musical en el Montevideo de 1830, en 1943; Fuentes para el estudio de la música colonial uruguaya, en 1947; La música indígena en el Uruguay, en 1949; La primitiva poesía gauchesca en el Uruguay; El Minué Montonero, en 1950; La Misa para Día de Difuntos de Fray Manuel Ubeda, de 1802 y recogida por el profesor Ayestarán en el año 1953; La Música en el Uruguay, que obtuvo el Premio Nacional de Historia Pablo Acevedo; Luis Sambucetti. Vida y obra; El Centenario del Teatro Solís; y La primera edición uruguaya del Fausto de Estanislao del Campo.

Estas son algunas de las obras que realizó el profesor Lauro Ayestarán durante su larga y proficua vida.

Por lo tanto, consideramos de estricta justicia recomendar al Senado que proceda a votar afirmativamente el proyecto de ley remitido por la Comisión de Educación y Cultura.

Nada más. Muchas gracias.

SEÑOR PRESIDENTE.- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar en general el proyecto de ley.

(Se vota:)

-20 en 21. Afirmativa.

En discusión particular.

Léase el artículo único.

(Se lee:)

SEÑOR SECRETARIO (Gustavo Sánchez Piñeiro).- “Artículo Único.- Desígnase con el nombre de “Lauro Ayestarán” al Liceo Nº 56 del departamento de Montevideo, dependiente del Consejo de Educación Secundaria, Administración Nacional de Educación Pública.”

SEÑOR PRESIDENTE.- En consideración.

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota:)

-23 en 24. Afirmativa.

Queda aprobado el proyecto de ley, que se comunicará a la Cámara de Representantes.

(No se publica el texto del proyecto de ley aprobado por ser igual al considerado.)

26) “MAESTRA TAMAR MÉNDEZ BALARINI”

SEÑOR PRESIDENTE.- Puesto que ha regresado a Sala el señor Senador Lorier, se pasa a considerar el asunto que figura en décimo término del Orden del Día: “Proyecto de ley por el que se designa con el nombre de “Maestra Tamar Méndez Balarini” al Jardín de Infantes Nº 109 de la ciudad de Mercedes, departamento de Soriano, dependiente del Consejo de Educación Inicial y Primaria, Administración Nacional de Educación Pública. (Carp. Nº 521/11 - Rep. Nº 279/11)”.

(Antecedentes:)

Carp. N° 521/11
Rep. N° 279/11

CÁMARA DE SENADORES

Comisión de Educación y Cultura

Proyecto de Ley sustitutivo

Artículo Único.- Desígnase con el nombre de “Maestra Tamar Méndez Balarini” al Jardín de Infantes N° 109 de la ciudad de Mercedes, departamento de Soriano, dependiente del Consejo de Educación Inicial y Primaria, Administración Nacional de Educación Pública.

Sala de la Comisión, 4 de mayo de 2011.

Constanza Moreira, Miembro Informante; José Amorín, Eduardo Lorier, Daniel Montiel, Gustavo Penadés, Enrique Rubio.

PODER EJECUTIVO

Ministerio de Educación y Cultura

Montevideo, 7 de abril 2011.

Sr. Presidente de la Asamblea General

Don Danilo Astori

El Poder Ejecutivo tiene el honor de dirigirse a ese Alto Cuerpo con el fin de someter a su consideración el proyecto de ley que se acompaña, por el cual se designa al Jardín de Infantes N° 109, de la ciudad de Mercedes, del departamento de Soriano, con el nombre de “Maestra Tamar Méndez Balarini”.

La propuesta efectuada por padres, vecinos y amigos del mencionado centro escolar, cuenta con el apoyo de la Dirección, de la Comisión de Fomento y con los informes favorables de las autoridades de la Administración Nacional de Educación Pública.

Sin otro particular, saludo al señor Presidente, y por su intermedio al resto de los integrantes de ese Alto Cuerpo, con mi mayor consideración.

JOSÉ MUJICA, Presidente de la República; Ricardo Ehrlich.

Proyecto de Ley

Artículo Único.- Desígnase al Jardín de Infantes N° 109, de la ciudad de Mercedes, del departamento de Soriano, con el nombre de “Maestra Tamar Méndez Balarini”.

Ricardo Ehrlich.

CÁMARA DE SENADORES

Comisión de Educación y Cultura

ACTA N° 22

En Montevideo, el día cuatro de mayo del año dos mil once, a la hora dieciséis se reúne la Comisión de Educación y Cultura de la Cámara de Senadores.

Asisten los miembros señora Senadora Constanza Moreira y los señores Senadores José Amorín, Eduardo Lorier, Daniel Montiel, Gustavo Penadés y Enrique Rubio.

Falta con aviso el señor Senador Eber Da Rosa.

Concurren en audiencia integrantes de la Comisión de Padres de la Escuela N° 200 para niños con discapacidad motriz: señoras Marta Estevez y Luciana Ferrarese y señores Benjamín Aquila y Carlos Morales.

Preside la señora Senadora Constanza Moreira, Presidenta de la Comisión.

Actúan en Secretaría la señora Secretaria de Comisión María Cecilia Fernández y la señora Prosecretaria María Victoria Lumaca.

1. Asuntos entrados.

- Proyectos de ley remitidos por el Poder Ejecutivo:

* Por el cual se designa con el nombre de “Maestra Tamar Méndez Balarini” al Jardín de Infantes N° 109 de la ciudad de Mercedes, departamento de Soriano. (Carpeta N° 521/11 - Distribuido N° 690/11).

* Por el cual se designa con el nombre “Parque Tejano” al Liceo N° 66 del departamento de Montevideo. (Carpeta N° 522/11 - Distribuido N° 689/11).

* Por el cual se designa con el nombre de “Lauro Ayestarán” al Liceo N° 56 del departamento de Montevideo. (Carpeta N° 523/11 - Distribuido N° 688/11).

- Proyecto de ley aprobado en nueva forma por la Cámara de Representantes por el cual se designa con el nombre de “Químico Luis S. Dini” a la Escuela N° 26 de la localidad de Paso de Bonilla, departamento de Tacuarembó.

- Solicitud de audiencia presentada por el director del proyecto educativo “Uruguay Recicla”, señor José Ramírez, con el objetivo de hacer conocer su página web.

- Nota presentada por la Comisión de Padres de las Escuelas Nos. 29 y 30 del Cerro, reiterando las dificultades edilicias de sus centros educativos.

2. Asuntos tratados.

La señora Presidenta de la Comisión Senadora Constanza Moreira informa que, en referencia a la problemática de las pasantías de los alumnos del Curso Técnico de Vestimenta de la UTU, mantuvo conversaciones con su Directora, señora Julia Vidal, y con el escribano Luis López, quien se desempeña en el área jurídica de la División Proyectos y Convenios de la UTU. Estas autoridades han manifestado que no se han logrado convenios con empresas privadas debido a que estas no están interesadas en incorporar pasantes en sus organizaciones. Al respecto, los miembros de la Comisión manejan diversas alternativas, como la posibilidad de llevar adelante convenios con INEFOP, Instituto que abarca aspectos de formación educativa y profesional, en el que están representados los trabajadores, las empresas y el Estado y que cuenta con recursos importantes.

Se acuerda enviar nota a la Directora de la Escuela Técnica de Palermo señora Julia Vidal, expresando la preocupación que ha sido planteada en la Comisión y remitir la versión taquigráfica de la presente sesión con las ideas manejadas para la obtención de soluciones.

A continuación, la señora Senadora Constanza Moreira da cuenta que se ha comunicado con el Presidente de la Asamblea General del Claustro de la Universidad de la República señor Álvaro Díaz, quien le expresó que se está trabajando con el fin de avanzar en las negociaciones sobre el proyecto de ley de creación de la Agencia para la Promoción y Aseguramiento de la Calidad de la Educación Terciaria. Informa que se busca la obtención de un texto con modificaciones consensuadas para que la Comisión analice un proyecto con mayor base de entendimiento entre las partes involucradas.

También señala la señora Presidenta que el señor Rector de la Universidad doctor Rodrigo Arocena le manifestó la aspiración de que se lleve a cabo alguna jornada en el Parlamento a fin de presentar diversos temas como sus planes de descentralización, de reforma y otros. Así la Comisión podría alentar la realización de una jornada en el marco del proyecto “Uruguay Educa” y se invitaría a los miembros de la Comisión de Educación y Cultura de la Cámara de Representantes.

3. Proyectos aprobados.

Seguidamente, se analizan los proyectos de ley remitidos por el Poder Ejecutivo, que cuentan con el aval del Codicen.

Carpeta N° 521/11. Proyecto de ley por el cual se designa con el nombre de “Maestra Tamar Méndez Balarini” al Jardín de Infantes N° 109 de la ciudad de Mercedes, departamento de Soriano. Se pone a consideración y se vote un proyecto de ley sustitutivo: 6 en 6. Afirmativa. UNANIMIDAD. Se designa Miembro Informante a la señora Senadora Constanza Moreira, quien lo hará en forma verbal.

El texto del proyecto de ley sustitutivo aprobado se transcribe a continuación: “Artículo Único.- Desígnase con el nombre de “Maestra Tamar Mendez Balarini” al Jardín de Infantes N° 109 de la ciudad de Mercedes, departamento de Soriano, dependiente del Consejo de Educación Inicial y Primaria, Administración Nacional de Educación Pública”.

Carpeta N° 522/11. Proyecto de ley por el cual se designa con el nombre “Parque Tejano” al Liceo N° 66 del departamento de Montevideo. Se pone a consideración y se vota un proyecto de ley sustitutivo: 6 en 6. Afirmativa. UNANIMIDAD. Se designa Miembro Informante al señor Senador Daniel Montiel quien lo hará en forma verbal.

El texto del proyecto de ley sustitutivo aprobado se transcribe a continuación:

“Artículo Único.- Desígnase con el nombre “Parque Tejano” al Liceo N° 66 del departamento de Montevideo, dependiente del Consejo de Educación Secundaria, Administración Nacional de Educación Pública”.

Carpeta N° 522/11. Proyecto de ley por el cual se designa con el nombre de “Lauro Ayestarán” al Liceo N° 56 del departamento de Montevideo. Se pone a consideración y se vota un proyecto de ley sustitutivo: 6 en 6. Afirmativa. UNANIMIDAD. Se designa Miembro Informante al señor Senador Gustavo Penadés, quien lo hará en forma verbal.

El texto del proyecto de ley sustitutivo aprobado se transcribe a continuación:

“Artículo Único.- Desígnase con el nombre de “Lauro Ayestarán” al Liceo N° 56 del departamento de Montevideo, dependiente del Consejo de Educación Secundaria, Administración Nacional de Educación Pública”.

Carpeta N° 110/10. Se analiza el proyecto de ley remitido por la Cámara de Representantes aprobado en nueva forma, por el cual se designa con el nombre de “Químico Luis S. Dini” a la Escuela N° 26 de la localidad de Paso de Bonilla, departamento de Tacuarembó. Se informa por Secretaría que la modificación es de carácter formal en la redacción del texto del proyecto, debido a que ante consultas realizadas a la Real Academia Española sobre la correcta redacción de un proyecto de designación de un centro educativo, se obtuvo una respuesta con la fórmula más correcta a emplear, que es la que fue votada en la Cámara de Representantes. Los miembros de la Comisión sostienen que ante esa recomendación, en adelante todos los proyectos de este tipo sean redactados siguiendo sus lineamientos.

Se pone a consideración el proyecto de ley. Se vota: 6 en 6. Afirmativa. UNANIMIDAD. Se designa Miembro Informante al señor Senador José Amorín, quien lo hará en forma verbal.

4. Audiencia.

Siendo la hora dieciséis y treinta minutos ingresan a Sala los integrantes de la Comisión de Padres de la Escuela N° 200, para niños con discapacidad motriz. Los integrantes de la Comisión agradecen su presencia y la señora Presidenta les concede la palabra.

La señora Marta Estevez, quien concurre acompañada de su nieto Fernando Rodríguez, expresa la preocupación de los familiares de los chicos con capacidades diferentes debido a la falta de maestros especializados que trabajen con ellos. Esa carencia se traduce en poco tiempo de atención para cada uno y limitación en las horas de clase.

Los otros representantes de la Comisión de Padres se refieren además a la falta de locomoción para los chicos y la necesidad de contar con asistentes personales que los auxilien en los centros educativos donde comparten con niños que no tienen sus dificultades.

Solicitan la sensibilización de las autoridades para lograr una pronta solución a su problemática.

Una vez finalizadas las exposiciones y habiendo dado respuesta a las consultas de los Senadores de la Comisión, a la hora diecisiete y diez minutos de retiran de Sala los familiares de los niños de la Escuela N° 200.

Finaliza la toma de la versión taquigráfica.

A continuación, los señores Senadores analizan la información proporcionada en la audiencia, y se determinan los problemas mencionados como: carencia de maestros especializados y de asistentes para la escuela; falta de asistentes personales para los niños que concurren a escuelas normales; disminución de las horas de clase y de atención a los niños, ya que de seis horas se redujo a tres por insuficiencia de maestros; necesidad de contar con un ómnibus que traslade a los chicos con dificultades motrices (se informó que hay comprados dos vehículos pero no hay choferes) y posibilidad de aumentar el cupo de ingresos a la escuela ya que hay lista de espera.

Luego de evaluada la situación, se dispone el envío de lo actuado a las autoridades del Consejo de Educación Inicial y Primaria y remitir invitación a su Presidente señor Oscar Gómez para que concurra a una próxima sesión de la Comisión y analizar en conjunto el problema planteado ante esta Asesora.

3. Resoluciones.

A.- Remitir nota y versión taquigráfica de lo analizado en relación con las pasantías del Curso Técnico de Vestimenta de la UTU a sus autoridades.

B.- Reiterar solicitud de información a Codicen sobre las Escuelas Nos. 29 y 30 del Cerro, y manifestar nuevamente el interés por concurrir a dichos centros educativos.

C.- Remitir versión taquigráfica de lo actuado en torno a la problemática de la Escuela N° 200 para niños con discapacidad motriz al Consejo de Educación Inicial y Primaria y nota de invitación a su Presidente señor Oscar Gómez para que asista próximamente a la Comisión.

No habiendo más asuntos para considerar, a la hora diecisiete y treinta minutos se levanta la sesión.

La versión taquigráfica de lo actuado figura en los Distribuidos Nos. 708/11 y 709/11, que forman parte de esta acta.

Para constancia se labra la presente que, una vez aprobada, firman la señora Presidenta y la señora Secretaria de la Comisión.

Constanza Moreira, Presidenta, María Cecilia Fernández, Secretaria.

SEÑOR PRESIDENTE.-Léase el proyecto.

(Se lee.)

-En discusión general.

Tiene la palabra el Miembro Informante, señor Senador Lorier.

SEÑOR LORIER.- Señor Presidente: este proyecto de ley remitido por el Poder Ejecutivo cuenta con el aval de las autoridades de la educación. Surgió a solicitud de las Comisiones de Fomento y de los vecinos de la ciudad de Mercedes, concretamente, de los ayudantes de la Escuela, de quienes fueron alumnos de jardinera de la Escuela Nº 4 y de los padres de los niños. Como acto de justicia y reconocimiento, proponen designar al Jardín de Infantes Nº 109 de la ciudad de Mercedes, departamento de Soriano, con el nombre “Maestra Tamar Méndez Balarini”.

Fue maestra de vocación, recordada, respetada y querida por todos quienes la conocieron. Trabajó cuarenta años ininterrumpidos en Enseñanza Primaria y Secundaria. Su incondicional entrega fue reconocida por las autoridades y vecinos de Villa Soriano y Mercedes.

El Jardín de Infantes se creó el 9 de diciembre de 1968 y la maestra Tamar Méndez fue designada como su primera Directora. A falta de un local para su funcionamiento, el primer año lo hizo en el Instituto Normal para poder empezar a organizarse e inscribir a los alumnos.

En el año 1969 algunos vecinos de la zona prestaron un local de su propiedad, que estaba desocupado hacía mucho tiempo, y refaccionaron un sector para que funcionara el Jardín de Infantes. Allí comenzó su tarea como Directora la maestra Tamar Méndez, con tres ayudantes y un auxiliar vigilante. Luego, cuando los dueños del edificio decidieron reconstruirlo, comenzó una nueva búsqueda, tras la cual se llegó a un acuerdo para que el Jardín de Infantes funcionara en el mismo local de la Escuela Nº 111, en el turno vespertino. Como siempre existió la idea de conseguir un local propio, luego de muchas vicisitudes y sacrificios, la Comisión de Fomento y el Consejo de Educación Primaria pudieron comprar una casa antigua que, después de varias etapas de reconstrucción, permitió la inauguración del nuevo local el 2 de julio de 1977.

Esta propuesta de designación fue realizada en el año 2009. Luego de cumplir con todos los requisitos y con la normativa vigente, el Consejo de Educación Inicial y Primaria comparte la iniciativa en base a la excelente trayectoria de la Directora Tamar Méndez Balarini.

Por lo expuesto, y por tratarse de un referente de la educación inicial y de la institución a la cual se propone nominar, la Comisión de Educación y Cultura aconseja al Senado la aprobación de este proyecto de ley.

Muchas gracias.

SEÑOR PRESIDENTE.- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar en general el proyecto de ley.

(Se vota:)

-23 en 24. Afirmativa.

En discusión particular.

Léase el artículo único del proyecto de ley.

(Se lee:)

SEÑOR SECRETARIO (Gustavo Sánchez Piñeiro) “Artículo único.- Desígnase con el nombre de “Maestra Tamar Méndez Balarini” al Jardín de Infantes Nº 109 de la ciudad de Mercedes, departamento de Soriano, dependiente del Consejo de Educación Inicial y Primaria, Administración Nacional de Educación Pública.”

SEÑOR PRESIDENTE.- En consideración.

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota:)

-23 en 23. Afirmativa. UNANIMIDAD.

Queda aprobado el proyecto de ley, que será remitido a la Cámara de Representantes para su análisis.

(No se publica el texto del proyecto de ley aprobado por ser igual al considerado.)

27) “PARQUE TEJANO”

SEÑOR PRESIDENTE.-Se pasa a considerar el asunto que figura en decimosegundo término del Orden del Día: Proyecto de ley por el que se designa con el nombre de “Parque Tejano” al Liceo Nº 66 del departamento de Montevideo, dependiente del Consejo de Educación Secundaria, Administración Nacional de Educación Pública. (Carp. Nº 522/11 - Rep. Nº 280/11).

(Antecedentes:)

Carp. Nº 522/11
Rep. Nº 280/11

CÁMARA DE SENADORES

Comisión de Educación y Cultura

Proyecto de Ley sustitutivo

Artículo Único.- Desígnase con el nombre “Parque Tejano” al Liceo N° 66 del departamento de Montevideo, dependiente del Consejo de Educación Secundaria, Administración Nacional de Educación Pública.

Sala de la Comisión, 4 de mayo de 2011.

Daniel Montiel, Miembro Informante; José Amorín, Eduardo Lorier, Constanza Moreira, Gustavo Penadés, Enrique Rubio.

PODER EJECUTIVO

Ministerio de Educación y Cultura

Sr. Presidente de la Asamblea General

Don Danilo Astori

El Poder Ejecutivo tiene el honor de dirigirse a ese Alto Cuerpo con el fin de someter a su consideración el proyecto de ley que se acompaña, por el cual se designa al Liceo N° 66, del departamento de Montevideo, con el nombre de “Parque Tejano”.

La propuesta efectuada por la Dirección, Personal Docente, cuenta con el apoyo de vecinos del mencionado centro y con los informes favorables de las autoridades de la Administración Nacional de Educación Pública.

Sin otro particular, saludo al señor Presidente, y por su intermedio al resto de los integrantes de ese Alto Cuerpo, con mi mayor consideración.

JOSÉ MUJICA, Presidente de la República; Ricardo Ehrlich.

Proyecto de Ley

Artículo Único - Desígnase al Liceo N° 66, del departamento de Montevideo, con el nombre de “Parque Tejano”.

Ricardo Ehrlich.”

SEÑOR PRESIDENTE.-Léase el proyecto.

(Se lee.)

-En discusión general.

Tiene la palabra la Miembro Informante, señora Senadora Topolansky.

SEÑORA TOPOLANSKY.-Debido a que estuve enferma, no asistí a la última Sesión de la Comisión y no sabía que había sido designada como Miembro Informante. Por lo tanto, solicito que se postergue este punto para poder estudiar su fundamentación.

SEÑOR PRESIDENTE.- ¿Solicita que se postergue dentro de la misma Sesión?

SEÑORA TOPOLANSKY.-Eso sería imposible; solicito que este punto se postergue y sea tratado en otra Sesión.

SEÑOR PRESIDENTE.- Se va a votar la propuesta de la señora Senadora Topolansky, en el sentido de postergar la consideración del decimosegundo punto del Orden del Día para otra Sesión.

(Se vota:)

-22 en 23. Afirmativa.

28) “QUÍMICO LUIS S. DINI”

SEÑOR PRESIDENTE.- El Senado pasa a considerar el asunto que figura en decimotercer término del Orden del Día:Discusión única del proyecto de ley por el que se designa con el nombre de “Químico Luis S. Dini” a la Escuela Nº 26 de la localidad de Paso de Bonilla, 2ª. Sección Judicial del departamento de Tacuarembó, dependiente del Consejo de Educación Inicial y Primaria, Administración Nacional de Educación Pública (Carp. Nº 110/2010 - Rep. Nº 281/11).

(Antecedentes:)

Carp. Nº 110/10
Rep. Nº 281/11

CÁMARA DE REPRESENTANTES

La Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, en sesión de hoy, ha sancionado el siguiente

Proyecto de Ley

Artículo Único.- Desígnase con el nombre de “Químico Luis S. Dini” a la Escuela N° 26 de la localidad de Paso de Bonilla, 2da. Sección Judicial del departamento de Tacuarembó, dependiente del Consejo de Educación Inicial y Primaria, Administración Nacional de Educación Pública.

Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 6 de abril de 2011.

Luis Lacalle Pou, Presidente; José Pedro Montero, Secretario.

CÁMARA DE SENADORES

La Cámara de Senadores en sesión de hoy ha sancionado el siguiente

Proyecto de Ley

ARTÍCULO ÚNICO.- Desígnase “Químico Luis S. Dini” la Escuela Nº 26 de la localidad de Paso de Bonilla, 2da. Sección Judicial del departamento de Tacuarembó, dependiente del Consejo de Educación Primaria de la Administración Nacional de Educación Pública.

Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 12 de mayo de 2010.

Alberto Couriel, Primer Vicepresidente; Hugo Rodríguez Filippini, Secretario.

SEÑOR PRESIDENTE.- En discusión.

Tiene la palabra el Miembro Informante, señor Senador da Rosa.

SEÑOR DA ROSA.- En realidad, este proyecto de ley ya había sido aprobado en el Senado. Lo que ocurre es que por segunda vez -al menos es lo que recuerdo- la Comisión de Educación y Cultura de la otra Cámara nos enmienda la plana en función de una exquisitez idiomática o de redacción que, naturalmente, tenemos que respetar porque no vamos a discutir ese aspecto. Reitero, el proyecto ya había sido aprobado por la Cámara de Senadores con la siguiente redacción: Artículo Único.- Desígnase “Químico Luis S. Dini” a la Escuela Nº 26 de la localidad de Paso de Bonilla, 2ª. Sección Judicial del departamento de Tacuarembó, dependiente del Consejo de Educación Inicial y Primaria, Administración Nacional de Educación Pública. La nueva redacción propone que se introduzca la expresión “con el nombre de” y que el texto pase a decir: Desígnase con el nombre de “Químico Luis S. Dini” a la Escuela Nº 26 de la localidad de Paso de Bonilla, 2ª. Sección Judicial del departamento de Tacuarembó, dependiente del Consejo de Educación Inicial y Primaria, Administración Nacional de Educación Pública.

Desde ya, recuerdo a mis compañeros de la Comisión de Educación y Cultura que, en este aspecto, nuestra Comisión colega de la Cámara de Representantes hace especial énfasis en cuanto a la redacción del artículo correspondiente y es bueno que lo tengamos presente.

Lo cierto es que el proyecto de ley ha vuelto con esta pequeña modificación de redacción, pero quiero aprovechar esta oportunidad para decir que en momentos en que este tema se trató en el Senado, yo no estuve presente por encontrarme con problemas de salud que me impidieron asistir a la Sesión. En mi opinión, el personaje merece que se realice una reflexión.

Don Luis Dini no fue uno de esos hombres que han pasado por la vida de una comunidad como figuras testimoniales o de alguna gravitación simbólica, sino que fue verdaderamente un gran visionario en el departamento de Tacuarembó. Hasta diría que fue un revolucionario, utilizando el correcto y cabal sentido de la expresión. Se desarrolló en diversos planos, porque fue productor agropecuario, y precisamente esta escuela que va a ser designada con su nombre está sobre la Ruta Nº 5, al lado de donde era el predio donde él tenía una pequeña extensión de campo. Era químico farmacéutico y había nacido en el departamento de Florida, es decir que no era originario de Tacuarembó. Llegó allí a ejercer su profesión, se casó con Doña Dalva Siqueira y constituyó una numerosa familia. En ese lugar desarrolló buena parte de su vida, desempeñando actividades propias de su profesión como químico farmacéutico y como comerciante, porque también fue propietario de una farmacia.

Fue un hombre vinculado a la política porque fue militante, impulsor y principal dirigente de la Unión Cívica en el departamento de Tacuarembó. También fue docente y durante muchos años dictó cátedra de materias como biología y química en el liceo departamental, que en aquella época era el único existente en la capital departamental.

Fundamentalmente, fue un gran visionario en el tema de las comunicaciones. Y como se ha dicho, en los últimos cincuenta años las comunicaciones evolucionaron mucho más de lo que lo habían hecho en toda la historia de la humanidad. Don Luis S. Dini fue un verdadero protagonista de ese desarrollo en el departamento y no solo en Tacuarembó, sino en toda la región norte del país. Impulsó la creación de la primera radio AM, CX 140 Radio Zorrilla de San Martín; y años después, en la década de los sesenta, promovió la creación del primer canal de televisión abierto y de la primera emisora FM que se instaló en la ciudad de Tacuarembó. De manera que fue todo un visionario y un hombre con un gran enfoque social en cuanto al rol que debían desempeñar los medios de comunicación, en una época en la que había mucha más gente que vivía en el medio rural. Es decir, las comunicaciones, las vías de transporte, los caminos, las carreteras y los puentes eran mucho más precarios o casi inexistentes, por lo que la radio se convertía casi en el único elemento que permitía a los familiares o a la gente de la ciudad conectarse durante buena Parte del invierno con quienes estaban radicados en el medio rural a través de los informativos y los comunicados.

Precisamente, son muy recordadas en Tacuarembó las campañas que impulsó y desarrolló desde la radio en función de determinados objetivos; por ejemplo, el de llevar la Universidad al norte del país. Esa realidad que se concretó años después, aunque no en Tacuarembó, sino en la ciudad de Salto, significó sin duda un gran paso para el norte del país y constituyó una gran bandera por la que Dini luchó denodadamente desde los micrófonos de la radio.

Asimismo, fue responsable por la realización de muchas obras sociales, como el mejoramiento del hospital y de las instalaciones de la entonces Casa Cuna, que hoy son dependencias del INAU en el departamento de Tacuarembó. Otras tantas obras sociales contaron siempre con el apoyo desinteresado de la radio, donde a veces se dedicaban jornadas enteras para realizar campañas, espectáculos y números musicales. Todas esas cosas hicieron que Don Luis S. Dini, además de ser un visionario, fuera, evidentemente, un gran protagonista de la historia de Tacuarembó a lo largo del siglo XX. Incluso diría que este proyecto de ley que hoy estaremos aprobando en el Senado -tal como ya se hiciera antes-, designando a esta escuela con su nombre, es un pequeño homenaje de todo lo que Tacuarembó le debe rendir a Don Luis S. Dini. Tacuarembó tiene una gran deuda con Don Luis S. Dini porque fue un gran visionario y un gran transformador de la realidad, fue uno de esos hombres que no pasan simplemente como meros espectadores por la vida de una comunidad sino que verdaderamente a través de su acción, esfuerzo, inteligencia y entrega a la sociedad permitió el desarrollo, el crecimiento, la formación de instituciones, la consolidación de obras sociales que fueron y son indudablemente muy importantes para la ciudad, así como también de obras como la misma instalación de la Universidad del norte, en el norte del Río Negro, aun cuando no fuera instalada en aquel momento en el departamento o en la ciudad de Tacuarembó.

Quería expresar estas palabras a modo de un pequeño homenaje porque no había tenido la oportunidad de hacer esta distinción a una figura que merece un reconocimiento mucho más importante y jerarquizado desde la comunidad del departamento de Tacuarembó, a uno de los grandes hombres de su historia: el químico Luis S. Dini.

Por ello es para mí una gran satisfacción, un gran orgullo y honor poder expresarme hoy en este Senado sobre la personalidad de Don Luis S. Dini, y sugerir y aconsejar al Plenario, que atendiendo a la corrección de redacción que hizo la Comisión de Educación y Cultura de la Cámara de Representantes, aprobemos el proyecto de ley con el texto dado por esa Cámara.

SEÑOR PRESIDENTE.- Léase nuevamente el artículo con su redacción actual.

(Se lee:)

SEÑOR SECRETARIO (Gustavo Sánchez Piñeiro).- Artículo Único.- Desígnase con el nombre de “Químico Luis S. Dini” a la Escuela Nº 26 de la localidad de Paso de Bonilla, 2ª Sección Judicial del departamento de Tacuarembó, dependiente del Consejo de Educación Inicial y Primaria, Administración Nacional de Educación Pública.”

SEÑOR PRESIDENTE.- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar por las razones que expuso el señor Miembro Informante, señor Senador Da Rosa, en una votación única, el proyecto de ley que viene con modificaciones de la Cámara de Representantes.

(Se vota:)

-22 en 22. Afirmativa. UNANIMIDAD.

Ha quedado sancionado el proyecto de ley, que será remitido al Poder Ejecutivo para su promulgación.

(No se publica el texto del proyecto de ley sancionado por ser igual al considerado.)

29) SOLICITUD DE VENIA DEL PODER EJECUTIVO PARA DESTITUIR DE SUS CARGOS A VARIOS FUNCIONARIOS PÚBLICOS

SEÑOR PRESIDENTE.- Corresponde que el Senado pase a Sesión secreta para considerar el asunto que figura en decimocuarto término del Orden del Día.

(Así se hace. Es la hora 12 y 3 minutos.)

(En Sesión pública.)

SEÑOR PRESIDENTE.- Habiendo número, se reanuda la Sesión.

(Es la hora 12 y 13 minutos.)

-Dese cuenta de lo actuado en Sesión secreta.

SEÑOR SECRETARIO (Gustavo Sánchez Piñeiro).- El Senado, en Sesión secreta, concedió venia al Poder Ejecutivo para destituir de sus cargos a dos funcionarias del Ministerio de Salud Pública y resolvió devolver al Poder Ejecutivo la Carpeta Nº 491 a fin de que se amplíen los antecedentes correspondientes.

30) SUSPENSIÓN DE LA SESIÓN ORDINARIA DEL MARTES 17 DE MAYO

SEÑORA DALMÁS.- Pido la palabra

SEÑOR PRESIDENTE.- Tiene la palabra la señora Senadora.

SEÑORA DALMÁS.- Señor Presidente: como ya hemos tratado el último punto del Orden del Día, solicito en nombre de la coordinación de los partidos políticos que se vote la suspensión de la Sesión ordinaria del próximo martes 17, en virtud de que va a haber una actividad parlamentaria, concretamente del Eurolat, en este mismo edificio y, además, porque nuestra actividad como Legisladores va a estar concentrada en la conmemoración de los 200 años de la Batalla de Las Piedras.

En síntesis, repito, solicito que suspenda la Sesión ordinaria del próximo martes 17 de mayo.

SEÑOR PRESIDENTE.- La Presidencia quiere recordar que esa conmemoración se realizará a través de un acto de la Asamblea General para cuya concurrencia ya ha sido cursada la invitación a todos los integrantes de este Cuerpo.

Se va a votar la moción formulada por la señora Senadora Dalmás.

(Se vota:)

-22 en 22. Afirmativa. UNANIMIDAD.

SEÑOR BARÁIBAR.- Pido la palabra para fundar el voto.

SEÑOR PRESIDENTE.-Tiene la palabra el señor Senador.

SEÑOR BARÁIBAR.- Señor Presidente: creo que es correcto lo que se ha hecho, teniendo en cuenta que la reunión de Eurolat, que convoca a representantes del Parlamento Europeo, a los de Parlamentos regionales, es decir, de América Latina, como es el caso del Parlasur, del Parlatino, del Parlamento Centroamericano y del Parlamento Andino, se va a realizar en la ciudad de Montevideo. Si se me permite quisiera formular un pedido en el sentido de que se concurra a estas reuniones, ya que tengo la impresión de que no ha habido hasta ahora un suficiente involucramiento del Senado -no tengo conocimiento de lo que sucede en la Cámara de Representantes- en estas actividades que me parecen muy importantes puesto que las delegaciones que vienen desde Europa son realmente representativas y la contrapartida de ser atendidos por los representantes locales constituye un componente fundamental para el éxito de la reunión y para mostrar una actitud hospitalaria y solidaria con nuestros colegas parlamentarios.

En resumen, quiero decir que se trata de una reunión realmente trascendente y, además, como todos sabemos, los encuentros de esta índole no se realizan frecuentemente en nuestro país. Por consiguiente, repito, exhorto a los señores Senadores a concurrir a las sesiones de este evento que se llevarán a cabo la semana que viene.

31) LEVANTAMIENTO DE LA SESIÓN

SEÑOR PRESIDENTE.- No habiendo más asuntos, se levanta la Sesión.

(Así se hace, a la hora 12 y 14 minutos, presidiendo el señor Danilo Astori y estando presentes los señores Senadores Agazzi, Amorín, Baráibar, Bordaberry, Couriel, Chiruchi, Da Rosa, Dalmás, Gallo Imperiale, Lorier, Martínez, Muguruza, Nin Novoa, Pasquet, Solari, Tajam, Topolansky, Viera y Xavier.)

DANILO ASTORI Presidente

Hugo Rodríguez Filippini Secretario

Gustavo Sánchez Piñeiro Secretario

Walter Alex Cofone Director General

Sergio Pereira Director del Cuerpo de Taquígrafos

Linea del pie de página
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.