Retorno a página principal

Nº 66 - TOMO 478 - 15 DE DICIEMBRE DE 2010

REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY

DIARIO DE SESIONES

DE LA

CÁMARA DE SENADORES

PRIMER PERÍODO DE LA XLVIIa. LEGISLATURA

65ª SESIÓN ORDINARIA

PRESIDEN EL SEÑOR DANILO ASTORI Presidente

Y

EL SEÑOR ALBERTO COURIEL Primer Vicepresidente

ACTÚAN EN SECRETARÍA EL TITULAR GUSTAVO SÁNCHEZ PIÑEIRO Y EL PROSECRETARIO MIGUEL SEJAS

S U M A R I O

1) Texto de la citación

2) Asistencia

3), 17), 20) y23) Asuntos entrados

4) Pedido de informes

- El señor Senador Lacalle Herrera solicita se curse un pedido de informes al Ministerio de Economía y Finanzas y por su intermedio a la Oficina Nacional del Servicio Civil, relacionado con los funcionarios de la Administración Central.

- Oportunamente fue tramitado.

5) y 18) Proyectos presentados

- El señor Senador Abreu presenta, con exposición de motivos, un proyecto de ley por el que se designa con el nombre “Santiago Chalar” el puente sobre el arroyo Campanero Grande en la Ruta Nacional Nº 8 Brigadier General Juan Antonio Lavalleja, departamento de Lavalleja.

- Pasa a la Comisión de Transporte y Obras Públicas.

- Los señores Senadores Luis Alberto Heber y Sergio Abreu presentan, con exposición de motivos, un proyecto de ley por el que se designa con el nombre “Osiris Rodríguez Castillos” el puente sobre el río Yí en la Ruta Nacional Nº 5 Brigadier General Fructuoso Rivera, departamento de Durazno.

- Pasa a la Comisión de Transporte y Obras Públicas.

- El señor Senador Pasquet presenta, con exposición de motivos, un proyecto de ley por el que se instituye el “Día del Emprendedor”, a celebrarse el primer lunes de julio de cada año.

- Pasa a la Comisión de Educación y Cultura.

6) Inasistencias anteriores

- Por Secretaría se da cuenta de las inasistencias registradas a las últimas convocatorias del Cuerpo y de sus Comisiones.

7) “Galería de Patriotas Latinoamericanos del Bicentenario”

- Manifestaciones del señor Senador Baráibar.

- Por moción del señor Senador, el Senado resuelve enviar la versión taquigráfica de sus palabras pronunciadas al respecto en la media hora previa de las sesiones de fecha 6 de octubre y 14 y 15 de diciembre, a la Presidencia de la República, al Ministerio de Relaciones Exteriores, al Ministerio de Educación y Cultura, a la Embajada argentina en Uruguay, a la Presidencia de la Nación argentina, al Ministerio de Relaciones Exteriores de ese país, a la Embajada uruguaya allí existente y a la Administración de la Casa Rosada.

8) Homenaje al doctor Luis Barrios Tassano

- Manifestaciones del señor Senador Solari.

- Por moción del señor Senador, el Senado resuelve enviar la versión taquigráfica de sus palabras a la viuda del doctor Barrios Tassano, doña Raquel Osacar, a su hija Gabriela Barrios, al Comité Ejecutivo Nacional del Partido Colorado, a la Junta Local de San Carlos, a la Cámara de la Industria Frigorífica y al Frigorífico San Jacinto.

9) Exportaciones de ganado en pie

- Manifestaciones del señor Senador Lacalle Herrera.

- Por moción del señor Senador, el Senado resuelve enviar la versión taquigráfica de sus palabras al señor Ministro de Ganadería, Agricultura y Pesca, a las principales gremiales rurales, como la Asociación Rural del Uruguay y la Federación Rural del Uruguay, y a la Comisión de Fomento Rural.

10) Incremento del delito de abigeato

- Manifestaciones del señor Senador Abreu.

- Por moción del señor Senador, el Senado resuelve enviar la versión taquigráfica de sus palabras a los Ministerios del Interior y de Defensa Nacional, a la Presidencia de la República y a la Comisión de Ganadería, Agricultura y Pesca del Senado.

11) Importante déficit de infraestructura en el departamento de Cerro Largo

- Manifestaciones del señor Senador Barreiro.

- Por moción del señor Senador, el Senado resuelve enviar la versión taquigráfica de sus palabras al Directorio de UTE, al Ministerio de Transporte y Obras Públicas y a la Intendencia y Junta Departamental de Cerro Largo.

12) Estado de la rutas nacionales

- Manifestaciones del señor Senador Sanabria.

13) Régimen de trabajo de Comisiones durante el receso parlamentario

- Por moción del señor Senador Agazzi, el Senado resuelve autorizar su funcionamiento.

14) Presupuesto del Senado

- Planteamiento del señor Senador Lacalle Herrera.

- Respuesta del señor Presidente del Cuerpo.

15) Integración y creación de Comisiones Especiales

- Planteamiento del señor Senador Heber.

16), 19), 22), 26) Carta Orgánica del Banco de la República Oriental del Uruguay

- Proyecto de ley por el que se la modifica.

- Sancionado. Se comunicará al Poder Ejecutivo.

21) Prórroga de la hora de finalización de la Sesión

- Por moción del señor Senador Agazzi, así se procede.

24) y 31) Misión de la Organización de las Naciones Unidas en la República de Haití

- Por moción del señor Senador Saravia, el Senado resuelve que se distribuya, se declare urgente y se considere en la presente Sesión el proyecto de ley por el que se pide la prórroga del plazo de permanencia de los efectivos pertenecientes a nuestras Fuerzas Armadas.

- Aprobado. Se comunicará a la Cámara de Representantes.

25), 27) y 29) Declaratoria de emergencia sanitaria de la asistencia anestésico-quirúrgica de la población

- Por moción del señor Senador Agazzi, el Senado resuelve que se distribuya, se declare urgente y se considere en la presente Sesión el proyecto de ley por el que se declara la emergencia sanitaria de la asistencia anestésico-quirúrgica.

- Aprobado. Se comunicará a la Cámara de Representantes.

28) Solicitudes de licencia e integración del Cuerpo

- El Senado concede las licencias solicitadas por los señores Lorier y Fonticiella.

- Nota de desistimiento. La presenta el señor Jorge Venegas.

30) y 32) Cuestión de orden sobre la integración del Cuerpo

- Planteamiento del señor Senador Heber.

- Intervención del señor Presidente del Cuerpo y de varios señores Senadores.

33) Levantamiento de la Sesión

1) TEXTO DE LA CITACIÓN

“Montevideo, 14 de diciembre de 2010.

La CÁMARA DE SENADORES se reunirá en Sesión ordinaria mañana miércoles 15 de diciembre, a la hora 9 y 30, a fin de informarse de los asuntos entrados y considerar el siguiente

ORDEN DEL DÍA

1) Discusión general y particular de un proyecto de ley por el que se modifica la Carta Orgánica del Banco de la República Oriental del Uruguay.

Carp. Nº 410/10 - Rep. Nº 200/10. Anexo I.

2) Informe de la Comisión de Asuntos Administrativos relacionado con la solicitud de venia remitida por la Presidencia de la Comisión Administrativa del Poder Legislativo, a fin de destituir de su cargo a un funcionario de dicha Comisión.

Carp. Nº 344/10 - Rep. Nº 170/10.

3) Mensaje del Poder Ejecutivo por el que solicita la venia correspondiente para destituir de su cargo a una funcionaria del Ministerio de Salud Pública, Administración de los Servicios de Salud del Estado. (Plazo constitucional vence el 22 de diciembre de 2010.) (Se incluye en el Orden del Día por disposición reglamentaria.)

Carp. Nº 354/2010 - Rep. Nº 184/10.

Gustavo Sánchez Piñeiro Secretario - Hugo Rodríguez Filippini Secretario.”

2) ASISTENCIA

ASISTEN: los señores Senadores Abreu, Agazzi, Amorín, Baráibar, Barreiro, Bartesaghi, Bordaberry, Da Rosa, Dalmás, Fernández Huidobro, Fonticiella, Gallicchio, Gallinal, Heber, Lacalle Herrera, Moreira (Carlos), Moreira (Constanza), Morodo, Nin Novoa, Pasquet, Penadés, Pintos, Rubio, Sanabria, Saravia, Solari, Tajam, Topolansky y Xavier.

FALTAN: con licencia, los señores Senadores Chiruchi, Larrañaga, Lorier, Martínez, Michelini y Viera.

3) ASUNTOS ENTRADOS

SEÑOR PRESIDENTE.- Habiendo número, está abierta la Sesión.

(Es la hora 9 y 35 minutos.)

- Dese cuenta de los asuntos entrados.

(Se da de los siguientes:)

SEÑOR SECRETARIO (Gustavo Sánchez Piñeiro).-La Presidencia de la Asamblea General destina Mensajes del Poder Ejecutivo a los que acompañan los siguientes proyectos de ley:

- por el que se aprueba el Acuerdo entre el Ministerio de Defensa de la República Argentina y el Ministerio de Defensa Nacional de la República Oriental del Uruguay para el Fortalecimiento de la Cooperación en Materia de Defensa, suscrito en San Juan de Anchorena, departamento de Colonia, República Oriental del Uruguay, el 2 de junio de 2010.

- A LA COMISIÓN DE ASUNTOS INTERNACIONALES.

- por el que se concede una pensión graciable al señor Jorge Antonio Acuña Antúnez.

- por el que se concede una pensión graciable al señor Guillermo Escalada Píriz.

- A LA COMISIÓN DE ASUNTOS LABORALES Y SEGURIDAD SOCIAL.

El Poder Ejecutivo remite los siguientes Mensajes:

- por el que comunica la promulgación de los siguientes proyectos de ley:

- por el que se faculta al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social a extender, hasta por un plazo de ciento ochenta días, el subsidio por desempleo de los trabajadores de la empresa Metzen y Sena S.A.

- por el que se faculta al Poder Ejecutivo a otorgar un crédito fiscal a las Instituciones de Asistencia Médica Colectiva.

- AGRÉGUENSE A SUS ANTECEDENTES Y ARCHÍVENSE.

- por el que solicita, de conformidad con lo dispuesto por el numeral 12 del artículo 168 de la Constitución de la República, el acuerdo correspondiente para acreditar en calidad de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República ante el Gobierno del Estado Plurinacional de Bolivia, al señor Carlos Flanagan.

- A LA COMISIÓN DE ASUNTOS INTERNACIONALES.

El señor Senador Luis Alberto Lacalle Herrera, de acuerdo con lo establecido por el artículo 118 de la Constitución de la República, solicita se curse un pedido de informes con destino al Ministerio de Economía y Finanzas y a la Oficina Nacional de Servicio Civil, conforme a lo dispuesto por el artículo 17 de la Ley Nº 16.134, de 24 de setiembre de 1990, relacionado con los funcionarios de la Administración Central.

- OPORTUNAMENTE FUE TRAMITADO.

El señor Senador Sergio Abreu presenta con exposición de motivos un proyecto de ley por el que se designa con el nombre de “Santiago Chalar” el puente sobre el arroyo Campanero Grande en la ruta nacional Nº 8 “Brigadier General Juan Antonio Lavalleja”, departamento de Lavalleja.

Los señores Senadores Sergio Abreu y Luis Alberto Heber presentan con exposición de motivos un proyecto de ley por el que se designa con el nombre de “Osiris Rodríguez Castillos” el puente sobre el río Yí en la ruta nacional Nº 5 “Brigadier General Fructuoso Rivera”, departamento de Durazno.

- A LA COMISIÓN DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS.

La Suprema Corte de Justicia remite Mensaje Nº 24/10, de fecha 7 de diciembre de 2010, relacionado con el proyecto de ley sobre el “Proceso de Restitución de Menores”, aprobado por el Cuerpo en la Legislatura anterior.

- A LA COMISIÓN DE CONSTITUCIÓN Y LEGISLACIÓN.

La Comisión de Hacienda eleva informado un proyecto de ley por el que se modifica la Carta Orgánica del Banco de la República Oriental del Uruguay.

- HA SIDO REPARTIDO Y ESTÁ INCLUIDO EN EL ORDEN DEL DÍA DE LA SESIÓN DE HOY.

La Junta Departamental de Montevideo remite copia de la versión taquigráfica de las palabras pronunciadas por el señor Edil Dari Mendiondo, relacionadas con su participación en una reunión organizada por la Dirección de AGADU.

- TÉNGASE PRESENTE.

4) PEDIDO DE INFORMES

SEÑOR PRESIDENTE.- Dese cuenta de un pedido de informes.

(Se da del siguiente:)

SEÑOR SECRETARIO (Gustavo Sánchez Piñeiro).- “El señor Senador Luis Alberto Lacalle Herrera, de conformidad con lo establecido en el artículo 118 de la Constitución de la República, solicita se curse un pedido de informes con destino al Ministerio de Economía y Finanzas y por su intermedio a la Oficina Nacional del Servicio Civil, relacionado con los funcionarios de la Administración Central.”

- OPORTUNAMENTE FUE TRAMITADO.

(Texto del pedido de informes:)

“Montevideo, 14 de diciembre de 2010.

Señor Presidente de la

Cámara de Senadores

Contador Danilo Astori

 

De mi mayor consideración:

De acuerdo a lo dispuesto por el artículo 118 de la Constitución de la República, solicito a Ud. tenga a bien tramitar el presente pedido de informes al Ministerio de Economía y Finanzas, y a la Oficina de Servicio Civil, conforme a lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley Nº 16.134.

1) Días de paro registrados en la Administración Central durante el año 2010.

2) Monto de los descuentos efectuados a los funcionarios con motivo de los mismos.

Sin otro particular, saluda a Ud. atentamente.

Luis Alberto Lacalle Herrera. Senador.”

5) PROYECTOS PRESENTADOS

SEÑOR PRESIDENTE.- Dese cuenta de un proyecto presentado.

(Se da del siguiente:)

SEÑOR SECRETARIO (Gustavo Sánchez Piñeiro).- El señor Senador Sergio Abreu presenta, con exposición de motivos, un proyecto de ley por el que se designa con el nombre “Santiago Chalar” al puente sobre el arroyo Campanero Grande en la Ruta Nacional Nº 8 “Brigadier General Juan Antonio Lavalleja”, departamento de Lavalleja.

- A LA COMISIÓN DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS.

(Texto del proyecto de ley presentado:)

“Exposición de Motivos

Carlos Alfredo Paravís Salaverry fue conocido en el ámbito artístico nacional, regional e internacional como Santiago Chalar. Se destacó por su actividad polifacética que acumuló su condición de médico traumatólogo, poeta, compositor, músico y cantante con sus preferencias deportivas.

La casualidad determinó que naciera en Montevideo en una casa ubicada en la esquina de Lavalleja y Minas. Esa circunstancia pareció determinar su apego y su enamoramiento con el paisaje, y la vida rural del departamento de Lavalleja, y en especial de los destacados atributos de la ciudad de Minas. La música y su identificación con la tradición y el folklore nacionales lo llevaron a ser reconocido como uno de los artistas con mayor personalidad en el canto y poemas referidos a las tareas del hombre de campo destacándose una especial sensibilidad a los problemas de su pueblo.

A los nueve años comenzó sus estudios de guitarra con el profesor Gregorio Rodríguez, en el Conservatorio Fernando Sor de Montevideo. En su temprana adolescencia, comenzó a interpretar música propia y compuesta por otros autores incursionando así en las corrientes musicales de la frontera uruguayo-brasileña.

En poco tiempo se destaca la influencia de Atahualpa Yupanqui en su repertorio. A los diecisiete años brindó su primer concierto de piano y guitarra abordando temas folklóricos de toda América. Su especialidad en milonga, serranera, media serranera, valsecito criollo y recitado lo llevó a interpretar textos de Wenceslao Varela, Lucio Muniz, Rubén Lena y Santos Inzaurralde.

Durante décadas participó de todos los festivales de música del Uruguay, de la región, e inclusive fuera de ella. Recibió el apoyo del Sodre para realizar un ciclo de conciertos en el interior del país y para representar al Uruguay en el Festival Mundial de Folklore que tuvo lugar en México durante los Juegos Olímpicos de 1968.

Siendo Director del Hospital de Minas, fue invitado por Jorge Cafrune a participar en el Festival de Cosquín, donde deslumbró por sus cualidades artísticas en la ejecución de la guitarra y en particular por su voz.

Por otro lado, el Dr. Carlos Paravís (Santiago Chalar) se destacó por su defensa de los más desvalidos y trabajó durante varios años para el Hospital de Minas sin percibir salario, asistiendo, ya sea profesionalmente o mediante recitales a enfermos y convalecientes como forma de expresar su profunda solidaridad humana. En ese contexto organizó un festival de música en la ciudad de Minas, para obtener los recursos necesarios destinados a remodelar el Hospital de la ciudad. Su esfuerzo fue acompañado por los propios vecinos en un avanzado proyecto de participación ciudadana.

Su relación con Osiris Rodríguez Castillos profundizó su cercanía con los ritmos autóctonos orientales. En 1958 recibió el premio como “Mejor Interpretación del Año” por la entrañable canción “Gurí pescador”, otorgado por la Cámara del Disco y CX14.

Sus éxitos discográficos, como “Minas y Abril”, “Desde el Mangrullo”, “Yo no canto por la fama”, “Al hombre bueno”, “El fogón de Wenceslao Varela”, “Costumbres, Canto y Guitarra” entre tantos más, hablan de un artista y un músico de cualidades excepcionales, acompañado de una voz que, a pesar de su reciedumbre, fue capaz de acariciar el alma de tantas generaciones dentro y fuera del Uruguay.

Nunca tuvo una militancia política activa y aunque también fue proscrito y perseguido por la dictadura, decía: “Yo canto al sentir del hombre de mi tierra y si todo el mundo puede expresarse, …que lo haga”.

Su último tema, compuesto por Omar Sanz, hablaba justamente de cuál era la voluntad de Chalar para su última morada.; “Canto a Minas” quedó como legado para el departamento que lleva el nombre del Libertador, un fogón siempre prendido para recibir e interpretar sus milongas y serraneras.

Carlos Paravís tuvo cuatro hijos con Adela Martínez Graña. Sus dos varones, Carlos y Santiago, médico y abogado respectivamente, también continúan con el mensaje artístico de su padre prolongando su mensaje humanista hacia las nuevas generaciones.

Fue amigo de sus amigos y su “Ave María”, compuesto para una circunstancia especial, constituye una de las canciones de mayor ternura y de exigencia para la voz en la guitarra.

Su profesión médica como traumatólogo lo llevó a participar activamente en el mundo deportivo. Fue médico y socio vitalicio de Club Atlético River Plate, hecho que motivó que en su despedida, a la hora cumplir su voluntad de descansar al pie de los altos cipreses del Campanero, Santos Inzaurralde expresara: “A lo lejos desde el Mangrullo, Olimpia inclinaría sus Banderas y las Alas Rojas volarían a su encuentro”.

Por todas estas razones, y muchas más, se presenta este Proyecto de Ley para que el puente sobre el arroyo Campanero en la ciudad de Minas lleve el nombre de Santiago Chalar. No solo como homenaje a su persona, a su trayectoria artística, a su aporte profesional y a su calidez humana, sino también como reconocimiento al departamento de Lavalleja y a la ciudad de Minas que junto a Santiago Dossetti y Juan José Morosoli, constituyen un punto de referencia en la cultura y en la tradición del Uruguay.

Proyecto de Ley

Artículo Único.- Desígnase “Santiago Chalar” al puente ubicado sobre el arroyo Campanero Grande en la Ruta Nacional Nro. 8 Brigadier General Juan Antonio Lavalleja del Departamento de Lavalleja.

SEÑOR PRESIDENTE.- Dese cuenta de otro proyecto presentado.

(Se da del siguiente:)

SEÑOR SECRETARIO (Gustavo Sánchez Piñeiro).- Los señores Senadores Luis Alberto Heber y Sergio Abreu presentan, con exposición de motivos, un proyecto de ley por el que se designa con el nombre “Osiris Rodríguez Castillos” al puente sobre el río Yí en la Ruta Nacional Nº 5 “Brigadier General Fructuoso Rivera”, departamento de Durazno.

- A LA COMISIÓN DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS.

(Texto del proyecto de ley presentado:)

“Exposición de Motivos

Osiris Rodríguez Castillos, puede considerarse una de las figuras más destacadas de la cultura nacional por sus múltiples facetas de poeta, escritor, investigador, compositor, cantante, instrumentista y luthier.

Podría definírselo como una referencia ineludible en el culto a la tradición y al folklore nacional en el ámbito de sus distintas expresiones.

Nacido en Montevideo y criado en Sarandí del Yí, construyó entre las costumbres camperas del Uruguay, la relación de sus habitantes con su geografía y sus raíces históricas, una permanente relación que proyectó su mensaje más allá de fronteras.

Sus canciones fueron interpretadas por Eduardo Falú, Jorge Cafrune, Carlos Di Fulvio, José Larralde y fundamentalmente intérpretes uruguayos como la inolvidable Amalia de la Vega, Santiago Chalar y el propio Alfredo Zitarrosa.

Su primer libro Grillo Nochero editado en 1955 fue un punto de referencia literario para varias generaciones y en particular, 1904. Luna Roja, por el que recibe el “Premio Ministerio de Instrucción Pública” por ese extenso poema dramático sobre la revolución saravista y la muerte del caudillo oriental Aparicio Saravia.

Al principio autodidacta en la ejecución de la guitarra, estudia con el maestro Atilio Rapat y edita su primer Long Play titulado “Poemas y Canciones Orientales”. En la década del “60 y parte del “70 edita otros discos como “El Forastero”, “Osiris Rodríguez Castillo, vol. 3”, “Pájaros de piedra”, “Cimarrones”, y el conocido disco doble “Canción para mi Río” con temas inéditos.

Muchas de sus canciones se han incorporado al acervo cultural y musical del País, “El Romance del Malevo”, “De Corrales a Tranqueras”, “Como yo lo siento”, “Camino de los quileros” y el “Cielo de los tupamaros”, el primer cielito que se compuso en el Uruguay desde la época de Bartolomé Hidalgo 200 años antes. Una canción con clara referencia al Grito de Asencio y al proceso de independencia de nuestro país que comenzamos a celebrar a partir del año 2011.

Su obra literaria, alguna de ellas ya mencionadas, y entre las que podemos destacar “Romance al Gral. Lavalleja”, “Décimas a Jacinto Luna”, “Entierro de carnaval” y “Vida y aventuras del gaucho Alambre”, completó una extraordinaria expresión polifacética de su sentido oriental.

Por estos motivos brevemente expuestos, proponemos que el puente sobre el río Yí en la ruta nacional Nº 5, sea designado con su nombre. Y esto se fundamenta no solo por los años que él vivió en Sarandí del Yí, sino por una de sus canciones más recordadas, más tiernas y más descriptivas del interior del País como fue “Gurí pescador”; en ella decía entre otras cosas “…Y yo que crecí en silencio, bajo los sauces del Yí, cobrizo de soles largos, comprendo bien al gurí...”; ese gurí que seguramente fuera él mismo descripto magistralmente en la mágica lucha entre la arisca y sabia tararira y su ocasional pescador.

El Gobierno y el Parlamento uruguayo le deben este homenaje a Osiris Rodríguez Castillos para que su nombre sea incorporado a un puente en el departamento de Durazno, sobre el río Yí, que representa en su condición de obra pública el prolífico aporte cultural con el que Osiris construyó tantos puentes entre la tradición, la historia y el futuro del País.

Proyecto de ley

Artículo Único.- Desígnase “Osiris Rodríguez Castillos” al puente ubicado sobre el río Yí en la ruta nacional Nº 5 “Brigadier General Fructuoso Rivera” del Departamento de Durazno.

6) INASISTENCIAS ANTERIORES

SEÑOR PRESIDENTE.- Dando cumplimiento a lo que establece el artículo 53 del Reglamento de la Cámara de Senadores, dese cuenta de las inasistencias a las anteriores convocatorias del Cuerpo y de sus Comisiones.

(Se da de las siguientes:)

SEÑOR SECRETARIO (Hugo Rodríguez Filippini).- A la Sesión ordinaria del día 14 de diciembre faltaron, con aviso, los señores Senadores Abreu y Moreira.

A la Sesión de la Comisión de Transporte y Obras Públicas del día 13 de diciembre faltó, con aviso, el señor Senador Penadés.

Y a la Sesión de la Comisión de Ciencia y Tecnología faltó, con aviso, el señor Senador Agazzi.

7) “GALERÍA DE PATRIOTAS LATINOAMERICANOS DEL BICENTENARIO”

SEÑOR PRESIDENTE.- El Senado ingresa a la media hora previa.

Tiene la palabra el señor Senador Baráibar.

SEÑOR BARÁIBAR.- Señor Presidente: en la media hora previa de la Sesión del día 6 de octubre y en la de ayer hice referencia a la llamada “Galería de Patriotas Latinoamericanos del Bicentenario” -omito algunos detalles para tener tiempo suficiente para culminar la exposición-, que se encuentra en la Casa Rosada.

En la Sesión de ayer mencioné algunos nombres de ilustres patriotas latinoamericanos que se encuentran en la referida Galería, y hoy quisiera terminar con esa nómina. Por tanto, continúo mencionando las personalidades que figuran en la Galería de Patriotas Latinoamericanos del Bicentenario.

Ellos son: Getúlio Vargas -1883-1954-, de Brasil, con la frase: “No hay lugar para regímenes fundados en privilegios y distinciones; solo hay lugar para proyectos que incorporen toda la nación y ofrezcan, equitativamente, justicia social y oportunidad en la lucha por la vida”.

Francisco Solano López -1826-1870-, de Paraguay: “¡Muero por mi Patria!”.

José Gervasio Artigas -1764-1850-, de Uruguay: “La libertad de América forma mi sistema, y plantarlo es mi único anhelo”.

Bernardo O’higgins -1778-1842-, de Chile: “Detesto por naturaleza la aristocracia, y la adorada igualdad es mi ídolo”.

Salvador Allende -1908-1973-, de Chile: “La historia es nuestra y la hacen los pueblos”.

Manuel Belgrano -1770-1820-, de Argentina: “Sirvo a la Patria sin otro objeto que el de verla constituida; ese es el premio al que aspiro”.

Y, por último, figura una lista de personalidades destacadas de la República Argentina: José de San Martín -1778-1850-; Juan Manuel de Rosas -1793-1877-; Hipólito Irigoyen -1852-1933-; Juan Domingo Perón -1895-1974-; y Eva Perón, 1919-1952.

Con estos nombres finalizo la lectura que realicé en la media hora previa de tres Sesiones.

Como mencioné al comienzo, en ocasión de realizarse el Foro de San Pablo, en el mes de agosto, tuvimos una reunión con la Presidenta de la República Argentina, Cristina Fernández de Kirchner, quien nos recibió en la Casa Rosada, la que se encuentra remozada, entre otros motivos, por la conmemoración del Bicentenario. En la planta baja visitamos la Galería de Patriotas Latinoamericanos del Bicentenario. Se trata de un lugar realmente sorprendente, donde figura la nómina de patriotas latinoamericanos que acabo de mencionar. En esa Sala, el 27 de octubre se realizaron los homenajes póstumos al ex Presidente argentino Néstor Kirchner, en ocasión de su velatorio en la Casa Rosada. Considero que vale la pena mencionar esta lista, que pude recomponer gracias a un video que me enviaron de la Casa Rosada y es un testimonio que pongo en manos de todos aquellos que tengan algún interés por la historia de nuestra América Latina.

Señor Presidente: solicito que la versión taquigráfica de mis palabras pronunciadas el 6 de octubre, el 14 de diciembre y en el día de hoy, sean remitidas a la Presidencia de la República, al Ministerio de Relaciones Exteriores, al Ministerio de Educación y Cultura, a la Embajada argentina en Uruguay, a la Presidencia de la Nación argentina, al Ministerio de Relaciones Exteriores de ese país, a la Embajada uruguaya allí existente y a la Administración de la Casa Rosada. Esos son los destinos que quisiera que se le diera a la intervención que he realizado a lo largo de tres sesiones durante la media hora previa del Senado de la República.

SEÑOR PRESIDENTE.- Se va a votar el trámite solicitado por el señor Senador.

(Se vota:)

-16 en 18. Afirmativa.

8) HOMENAJE AL DOCTOR LUIS BARRIOS TASSANO

SEÑOR PRESIDENTE.- Continuando con media la hora previa, correspondería ceder el uso de la palabra al señor Senador Penadés, pero no se encuentra en Sala. Por lo tanto, tiene la palabra el señor Senador Solari.

SEÑOR SOLARI.- Señor Presidente: hoy se cumplen 19 años del fallecimiento de un oriental que contribuyó mucho al bienestar de nuestra sociedad en diferentes campos, tanto en el mundo público como en el privado: me refiero al doctor Luis Barrios Tassano. Luisito Barrios nació el 26 de agosto de 1935 en San Carlos, departamento de Maldonado. Fue el primer abogado de una familia carolina que alcanzó prestigio nacional e internacional, al igual que su hermano Honorio, lamentablemente fallecido hace pocos meses.

Luis Barrios reflejó, de alguna manera, la mejor historia del Uruguay. Era hijo de una familia muy humilde de una ciudad del interior, constituida por un padre sastre y por una madre maestra, quien se empeñó en trabajar en su familia y en su escuela, llegando a ser Subdirectora de la escuela primaria de San Carlos. Su padre tenía dificultades de audición y a los sordos en San Carlos se les llama “tapera”; por ello, a Luisito Barrios se le conoció durante toda su vida por “el tapera”. Así me lo mencionó Raúl Amorín, otro gran ciudadano que fuera Director de ASSE, también carolino, quien se destacó como cirujano toráxico.

Luis Barrios fue compañero de clase en la Facultad de Derecho de la Universidad de la República de Julio María Sanguinetti, con quien desarrolló, entre otras, una amistad que duró toda la vida. Fue Secretario de la Presidencia de la República durante el Gobierno constitucional de Juan María Bordaberry, desde marzo de 1972 hasta junio de 1973, en que se retira del Gobierno ante la concreción de la dictadura. Meses más tarde se incorpora al Banco Mundial, donde sus dotes técnicas, políticas y personales son sumamente valoradas por su Director Gerente. En aquel momento, ese cargo era ocupado por Robert McNamara, recordado Ministro de Defensa de Kennedy, que se equivocara tan estrepitosamente en la escalada de la Guerra de Vietnam, pero que pese a ello no dejó de tener valores importantes en tareas de desarrollo y que tanto hizo por modernizar y humanizar la labor del Banco Mundial.

Luis Barrios, como oriental que era, retornó al Uruguay desechando oportunidades y ofrecimientos. Aquí participó activamente en la recuperación de la democracia y acompañó a su amigo y correligionario, el doctor Sanguinetti, durante el primer Gobierno constitucional luego de la dictadura, ocupando en principio el cargo de Embajador en Argentina, y luego, el de Ministro de Relaciones Exteriores.

Como dije, falleció hace 19 años, a la cortísima edad de 56 años. Tal vez la obra más importante por él emprendida haya sido la de promover, trabajar, impulsar y finalmente concretar la apertura de las relaciones del primer Gobierno constitucional uruguayo posdictadura con la República Popular de China.

Solicito que la versión taquigráfica de mis palabras sea enviada a su viuda, doña Raquel Osacar, a su hija Gabriela Barrios, al Comité Ejecutivo Nacional del Partido Colorado, a la Junta Local de San Carlos, a la Cámara de la Industria Frigorífica y al Frigorífico San Jacinto, del cual fue impulsor y creador.

SEÑOR PRESIDENTE.- Se va a votar el trámite solicitado por el señor Senador.

(Se vota:)

-23 en 23. Afirmativa. UNANIMIDAD.

9) EXPORTACIÓN DE GANADO EN PIE

SEÑOR PRESIDENTE.- Continuando con la hora previa, tiene la palabra el señor Senador Lacalle Herrera.

SEÑOR LACALLE HERRERA.- Señor Presidente: en esta oportunidad quería referirme a un tema que ha preocupado a la pecuaria nacional: la exportación de ganado en pie y la suspensión de determinados negocios de esta modalidad.

La exportación de ganado en pie fue un logro obtenido por la pecuaria nacional en los años noventa y se constituyó en un regulador eficaz del mercado. Las exportaciones nunca han sido demasiado numerosas, pero cuando los precios no eran redituables significaba una válvula de salida para los productores. Por supuesto que la exportación de ganado en pie, con sus requisitos, era un regulador muy moderado del precio que se estaba pagando por las haciendas en los frigoríficos.

Esta política, junto con la liberalización del mercado de carnes, que se produjo durante el Gobierno del Partido Nacional, determinó el auge en que hoy está esa actividad en nuestra economía. Creo que nadie puede discutir que medidas como la eliminación del stock regulador, la exportación de ganado en pie y la libre exportación de cueros tonificaron el sector cárnico, al punto de lograrse fantásticos números de exportación. Esto, por supuesto, ha representado inversiones y mejoras, además de la intensificación del engorde y la cría mediante el encierro de ganado y la suplementación alimentaria.

Si el Gobierno quiere equivocarse, puede hacerlo; para eso es Gobierno. Ahora bien, nos parece que la medida de suspender negocios pactados no es la mejor señal que se puede dar a ningún sector de la economía. Si la intención es modificar esto, el Gobierno puede hacerlo; tiene todo el poder en sus manos para equivocarse con total libertad. Lo que no nos parece correcto es que se haga en mitad de una negociación en la que ya había compromisos asumidos; no nos parece correcto para quienes trabajan en la actividad agropecuaria, que no se rigen por la voluntad de quien está en ella, sino por los ciclos biológicos y por las estaciones.

En consecuencia, queremos reivindicar el mecanismo de la exportación de ganado en pie. Creemos que hay que ajustar la relación entre los frigoríficos y los ganaderos; aunque siempre va a ser conflictiva, son actividades complementarias y ambas son necesarias para un mejor desarrollo de la industria y para que esta dé trabajo. Al mismo tiempo, tienen que resultar redituables en tiempos impositivos muy fuertes, con cargas tributarias que se hacen sentir y con una devaluación del dólar que a veces impide cumplir cómodamente con los compromisos fiscales y salariales. Por lo tanto, no nos parece que sea una buena idea suspender estos negocios.

Solicito que la versión taquigráfica de mis palabras sea enviada al señor Ministro de Ganadería, Agricultura y Pesca, a las principales gremiales rurales, como la Asociación Rural del Uruguay y la Federación Rural del Uruguay, y a la Comisión de Fomento Rural.

SEÑOR PRESIDENTE.- Se va a votar el trámite solicitado por el señor Senador.

(Se vota:)

-24 en 24. Afirmativa. UNANIMIDAD.

10) INCREMENTO DEL DELITO DE ABIGEATO

SEÑOR PRESIDENTE.- Continuando con la media hora previa, tiene la palabra el señor Senador Abreu.

SEÑOR ABREU.- Señor Presidente: quiero distraer la atención del Cuerpo para recordar que hace unos meses visitamos al señor Ministro del Interior, luego de una reunión que mantuvimos en Durazno con el señor Jefe de Policía de ese departamento y cerca de 150 productores, todos preocupados por el incremento del abigeato -así está descrito en el Código Penal-, lo que origina una pérdida para el productor rural.

Hace pocos días hubo denuncias penales por abigeatos de ganado ovino, que significan pérdidas importantes para los productores. Eso, de alguna manera, ha afectado enormemente el proyecto y la actividad productivos, en particular, del pequeño y mediano productor. Nuestro país cuenta actualmente con aproximadamente 8:000.000 de cabezas de ovino, aunque llegó a tener 20:000.000. Obviamente, todos los temas que inciden en la producción están vinculados al precio y a la comercialización, y el abigeato se ha constituido en una influencia muy importante.

Luego de esa reunión mantenida en Durazno, un grupo importante de productores de todo el país se comunicó con nosotros para decirnos que es imposible tener una oveja cerca del alambrado porque existe una organización delictiva especializada en el manejo de menores, de mayores y en canales de comercialización que hacen que el abigeato ingrese en la categoría de crimen organizado. El señor Ministro quedó en retomar la ley de seguridad -un proyecto presentado en el Senado en la Legislatura pasada- y, en función de los recursos presupuestales, iba a ver cómo ajustar la actividad de la Brigada Especial de Prevención y Represión del Abigeato (BEPRA), que es el equipo especializado en estos temas.

Lamentablemente, el delito de abigeato sigue incrementándose, por lo que hay que instrumentar una actualización de la legislación, que es muy frágil, para hacerla equiparable a otros delitos -como por ejemplo, la caza furtiva y algunos otros que el Código Penal y el Código Rural establecen como severos- pero, sobre todo, categorizándolo dentro del crimen organizado. Incluso, según informes en materia ovina de la Oficina de Programación y Política Agropecuaria (OPYPA), el rendimiento o la posibilidad de rentabilidad es mucho más importante en ese rubro que en el vacuno. De manera que todo pequeño y mediano productor del país que esté orientado a la cría, al engorde y al trabajo en el rubro ovino, tiene sobre su cabeza la espada de Damocles del abigeato, que por un simple episodio puede terminar con todos sus proyectos productivos e, incluso, hasta con su radicación en el interior del país.

En base a esta preocupación, queremos transmitir nuevamente que, a nuestro entender, habría que acelerar la reforma de esta legislación; además, ya que se han otorgado recursos presupuestales importantes al Ministerio del Interior, habría que buscar una forma de proteger al productor más desvalido, que es el pequeño y el mediano, que hoy se encuentra enfrentado a un delito organizado que aún no ha sido posible combatir con eficiencia.

Solicito que la versión taquigráfica de mis palabras sea enviada a los Ministerios del Interior y de Defensa Nacional, a la Presidencia de la República y a la Comisión de Ganadería, Agricultura y Pesca del Senado, que seguramente ya está considerando este tema.

SEÑOR PRESIDENTE.- Se va a votar el trámite solicitado por el señor Senador.

(Se vota:)

-26 en 26. Afirmativa. UNANIMIDAD.

11) IMPORTANTE DÉFICIT DE INFRAESTRUCTURA EN EL DEPARTAMENTO DE CERRO LARGO

SEÑOR PRESIDENTE.- Continuando con la media hora previa, tiene la palabra el señor Senador Barreiro.

SEÑOR BARREIRO.- Señor Presidente: quiero aprovechar la oportunidad de estar transitoriamente ocupando una banca en este honorable Cuerpo para hacer algunas reflexiones en momentos en que estamos viviendo una expansión económica muy importante y está habiendo un interesante crecimiento productivo, todo lo que confluye para generar un desarrollo armónico del país. Esto no sucede en varios departamentos del interior, sobre todo en aquellos más alejados y ubicados en la frontera, como Cerro Largo -lo menciono porque es el que más conozco-, que han quedado postergados, fundamentalmente en lo que tiene que ver con infraestructura y con la radicación de capitales de inversión. No obstante ello, Cerro Largo es el departamento que tiene el rodeo vacuno más grande del país, la mayor área sembrada de arroz y la consiguiente producción de este grano, un auge importantísimo de la forestación que se ha dado en los últimos años y un desarrollo importante de la agricultura, sobre todo de soja. Además, algunos privados impulsan importantes proyectos para los cuales también es necesario el respaldo de los distintos Ministerios. Me refiero, por ejemplo, a la construcción de una terminal granelera en el Río Tacuarí -que prevé utilizar la hidrovía Laguna Merín-Laguna de los Patos-, a proyectos de energía eólica -algunos de los cuales están consolidados y otros en proceso de licitación-, a una zona franca -que está en trámite en las oficinas correspondientes-, a la prospección y exploración de los esquistos bituminosos -ya habilitadas por ANCAP desde hace más de un año, aunque todavía no se percibe ningún movimiento- y a otra cantidad de iniciativas que datan de más tiempo, concretamente, de la época en que se hicieron estudios por parte de la Comisión Mixta de la Laguna Merín.

Como contrapartida frente a todas estas inquietudes y proyectos -algunos en marcha y otros en expectativa-, existe un déficit muy importante de infraestructura. Cerro Largo es el departamento que tiene la menor cantidad de energía eléctrica rural; clara y definidamente -UTE está en conocimiento de ello-, Cerro Largo es el departamento que tiene menor extensión de líneas eléctricas en el medio rural. Las rutas nacionales que pasan por el departamento están en pésimo estado; me refiero a las rutas 7 y 8, que van desde Montevideo hacia la frontera. La ruta 8, que es la más importante, después de la ciudad de Treinta y Tres pasa a ser una ruta de segunda categoría, y así se mantiene hasta llegar a Aceguá, que es el punto culminante de esta carretera. En el Presupuesto cuyo análisis está terminando se previeron tres puentes, pero para Cerro Largo ninguno. Me refiero a los puentes sobre los arroyos Fraile Muerto, Quebracho y Sarandí de Quebracho, todos ubicados sobre la ruta 7. También en el Presupuesto se previó una represa sobre el arroyo Conventos, en un emblemático proyecto llamado “Itacuruzú”, iniciativa de la sociedad civil de la ciudad de Melo, que tiene el fin de evitar la contaminación y las crecidas de ese arroyo. No sabemos si todo eso va a ser efectivamente contemplado en el próximo Presupuesto, porque aún no lo conocemos.

Concretamente, señor Presidente, dejamos planteadas estas inquietudes y solicitamos que la versión taquigráfica de nuestras palabras sea enviada al Directorio de UTE, al Ministerio de Transporte y Obras Públicas, a la Junta Departamental de Cerro Largo y a la Intendencia de ese departamento.

SEÑOR PRESIDENTE.- Se va a votar el trámite solicitado.

(Se vota:)

-25 en 25. Afirmativa. UNANIMIDAD.

12) ESTADO DE LAS RUTAS NACIONALES

SEÑOR PRESIDENTE.- Continuando con la media hora previa, tiene la palabra el señor Senador Sanabria.

SEÑOR SANABRIA.- Señor Presidente: creo que uno de los factores que apuntan a generar condiciones favorables al desarrollo y la producción nacional es el estado de la caminería, y no me refiero solo a la rural, sino en este caso particular a las rutas nacionales. Estas rutas tienen una extensión de aproximadamente 3.800 kilómetros, si consideramos aquellas que podemos llamar de primer nivel. Evidentemente su mantenimiento no ha sido el adecuado, sobre todo porque en los últimos años no se hizo la inversión necesaria para generar el 10% de renovación anual que se requiere para que una carpeta asfáltica -que tiene como vida útil en óptimas condiciones no más de diez años- no se destruya. Lo conveniente habría sido reparar un 10% del total de extensión de esas rutas, pero en los últimos ocho o diez años disminuyó el número de emprendimientos tendientes a mantenerlas en buenas condiciones. Hoy no solo nos encontramos con rutas que están llegando al final de su vida útil en todo el país, sino que, además, algunas de ellas ya están intransitables, y como ejemplo basta señalar algunas por las que circula tránsito pesado -de transporte de madera y granos- que llega, fundamentalmente, a los puertos y a los corredores de la producción nacional.

Creemos que es necesario acelerar la implementación de algunos instrumentos que el Gobierno ha anunciado, vinculados a asociaciones públicas y privadas. Pero además, pensamos que se deben adoptar rápidamente algunas medidas, puesto que los meses de verano son los apropiados para llevar a cabo el mejoramiento de las rutas, porque todos sabemos que el asfalto no se lleva bien con los tiempos húmedos o lluviosos. En lo personal, recorro a menudo el país y no he visto una ejecución apropiada con referencia a este tema. Me parece que por encima de las circunstancias políticas o económicas es necesario buscar instrumentos que permitan dar al Ministerio de Transporte y Obras Públicas, a la Corporación Vial y a las propias Intendencias los recursos necesarios para realizar el mantenimiento de las rutas nacionales, que son un capital muy preciado para la República, no solamente por la necesidad de conservarlas en buen estado, sino por el crecimiento que, por suerte para el país y para los uruguayos, han tenido el tránsito pesado y el turístico. Creo que estamos ante la mejor temporada de los últimos veinte años, quizás debido a la situación económica favorable de la región, pero también en virtud de la apertura de los puentes, que desde el 12 de octubre ha habilitado un flujo turístico parecido al de los mejores años -fundamentalmente en Punta del Este y Rocha-, en que los operadores turísticos llegaban al 15 de diciembre con su situación económica generada en el invierno ya balanceada. En aquellos años, a partir del 15 de diciembre el movimiento turístico permitía el desahogo económico de los operadores de turismo, así como de los comercios y la industria.

Teniendo en cuenta todo esto, considero que el país tendrá un ingreso de divisas muy importante proveniente de la industria de la construcción en el área del turismo. En este momento se está viviendo un boom de la construcción que se puede considerar excepcional, pero no hay que olvidar que eso está directamente vinculado con los recursos del Estado, ya que este es socio del crecimiento económico de la industria turística, del mismo modo que lo es del sector agroindustrial del país.

En este sentido, señor Presidente, entiendo que hay emprendimientos que pueden esperar y hay otros que no. A mi juicio, estamos cerca de una emergencia nacional y aclaro que en esto no me animan intenciones políticas, sino que simplemente estoy hablando de realidades. Creo que hay que crear las condiciones necesarias para que el Ministerio de Economía y Finanzas, a través del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, habilite el traslado de recursos necesarios para rescatar esas rutas nacionales que, reitero, se están menoscabando en forma peligrosa y simultánea. Obviamente, si no llegamos a tiempo para resolver este tema, la situación puede complicarse aun más, ya que algunas de esas rutas se están deteriorando rápidamente y en forma alarmante, otras ya están llegando al límite de su necesidad de reparación, y algunas son rescatables y tal vez con una simple carpeta asfáltica puedan mantenerse por diez años más.

Pienso que es necesario que asumamos la responsabilidad política de encontrar los mecanismos de inversión, así como de obtención de recursos, que no desconocemos que siempre son difíciles de lograr porque no se pueden ignorar las dificultades que en ciertos aspectos enfrenta el país. Considero que este es uno de los temas importantes que deben incluirse en la agenda política del país.

Muchas gracias.

13) RÉGIMEN DE TRABAJO DE COMISIONES DURANTE EL RECESO PARLAMENTARIO

SEÑOR AGAZZI.- Pido la palabra para una cuestión de orden.

SEÑOR PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor Senador.

SEÑOR AGAZZI.- Señor Presidente: hoy finaliza este Período parlamentario y como tenemos varios asuntos a consideración, existe necesidad de que se reúnan las Comisiones Permanentes del Senado durante el receso. Por esa razón, formulamos moción para que se habilite el funcionamiento de esos Cuerpos.

SEÑOR PRESIDENTE.- Se va votar la moción formulada por el señor Senador Agazzi.

(Se vota:)

-23 en 23. Afirmativa. UNANIMIDAD.

14) PRESUPUESTO DEL SENADO

SEÑOR LACALLE HERRERA.- Pido la palabra para una cuestión de orden.

SEÑOR PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor Senador.

SEÑOR LACALLE HERRERA.- Señor Presidente: los integrantes de las diferentes bancadas estamos interesados en conocer los detalles de la negociación presupuestal que se está llevando a cabo, porque tenemos entendido que el proyecto de ley tendrá que ser aprobado antes del 14 de febrero. Como muy probablemente los señores Senadores nos dispersemos durante los días siguientes, queremos ver si hay posibilidad de tener una línea de información con el señor Secretario -en la mañana de hoy ha sido muy amable en explicarnos algunos de sus aspectos- para saber qué está ocurriendo y en qué sentido podremos emitir nuestro voto en el mes de febrero.

SEÑOR PRESIDENTE.- La Mesa aclara que coincide totalmente con el planteo del señor Senador Lacalle Herrera e informa que, a ese respecto, ya había tomado la resolución de convocar a los coordinadores de todos los Partidos representados en el Senado, precisamente para intercambiar reflexiones al respecto, por lo que no cree necesario votar la moción que se acaba formular. Sin duda, en las próximas horas los coordinadores de Bancada recibirán una invitación para realizar la reunión que se acaba de mencionar.

15) INTEGRACIÓN Y CREACIÓN DE COMISIONES ESPECIALES

SEÑOR HEBER.- Pido la palabra para una cuestión de orden.

SEÑOR PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor Senador.

SEÑOR HEBER.- Señor Presidente: el Cuerpo está en deuda con la integración de la Comisión Especial para el Análisis del Funcionamiento del Sistema Electoral establecido por la Reforma Constitucional del año 1996, creada a propuesta del señor Senador Gallinal, que deberá conformarse con nueve miembros e informar sus conclusiones al Cuerpo en un plazo de 120 días. El Partido Nacional ya ha nominado a las personas que la integrarán. Creo que sería importante que en estos meses de receso fueran designados los demás miembros, porque tendrá que abordar temas que quedaron pendientes de discusión, producto de la instancia de consideración del proyecto de ley de Presupuesto Nacional.

Por otro lado, quiero mencionar que en su momento tuvimos la iniciativa de formar una Comisión Especial de Derechos Humanos, de modo de hacer un seguimiento de la Comisión de la Asamblea General denominada de Derechos Humanos para la Elección de Miembros del Consejo Directivo de la Institución Nacional de Derechos Humanos, que es de carácter especial o excepcional, no permanente. Simplemente, quiero recordar que es necesario informar este tema y que el Senado pueda hacer un seguimiento, porque debemos tener presente que la mencionada Comisión es de carácter bicameral y su único objetivo es la designación de los miembros del Instituto Nacional de Derechos Humanos, y luego de lo cual termina su labor.

SEÑOR PRESIDENTE.- La Mesa aclara que, seguramente, también se podrán analizar esas posibilidades -sobre las que probablemente coincidamos- en la reunión de coordinadores de Bancada.

SEÑOR LACALLE HERRERA.- Pido la palabra para una aclaración.

SEÑOR PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor Senador.

SEÑOR LACALLE HERRERA.- Señor Presidente: de las palabras del señor Senador Heber surge que la Comisión Especial para el Análisis del Funcionamiento del Sistema Electoral establecido por la Reforma Constitucional del año 1996 se nombra a raíz de un planteo del señor Senador Gallinal. Lo ideal sería que ingresáramos a los meses de receso parlamentario sabiendo quiénes serán sus miembros, porque ello nos permitirá realizar reuniones informales que, en un asunto como ese, harán posible comenzar a encontrar coincidencias y a hacer un índice de temas. La época del receso es muy proclive a ese tipo de reuniones, pero reitero que como está faltando la designación de los miembros del Frente Amplio, sería importante que fueran nombrados para que la semana que viene nos reunamos a los efectos de intercambiar ideas en ese período.

16) CARTA ORGÁNICA DEL BANCO DE LA REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY

SEÑOR PRESIDENTE.- El Senado ingresa al Orden del Día con la consideración del asunto que figura en primer término: “Proyecto de ley por el que se modifica la Carta Orgánica del Banco de la República Oriental del Uruguay. (Carp. Nº 410/10 - Rep. Nº 200/10, Anexo I.)”

(Antecedentes:)

Carp. Nº 410/10
Rep. Nº 200/10

CÁMARA DE REPRESENTANTES

La Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, en Sesión de hoy, ha sancionado el siguiente

Proyecto de Ley

CAPÍTULO I. NATURALEZA JURÍDICA, DOMICILIO Y REPRESENTACIÓN

Artículo 1°.- El Banco de la República Oriental del Uruguay, creado por la Ley N° 2.480, de 4 de agosto de 1896, es un servicio del dominio comercial, del Estado, organizado bajo la forma de ente autónomo, que se regirá por las disposiciones de las Secciones XI, XIII y XIV de la Constitución de la República y las que por esta ley se establecen, así como por las leyes que regulan la actividad bancaria.

Artículo 2°.- El Banco de la República Oriental del Uruguay es persona jurídica capaz de todos los derechos y obligaciones que establecen la presente y demás leyes de la nación. Su domicilio legal y principal asiento es la ciudad de Montevideo, sin perjuicio del de las sucursales respecto de sus operaciones. Cuando el Banco sea demandado conocerán en los juicios respectivos los Juzgados del departamento de Montevideo.

La representación del Banco y del Directorio estará confiada al Presidente, asistido del Secretario General, y en materia patrimonial será ejercida conjuntamente por el Presidente y el Gerente General, quienes podrán otorgar también conjuntamente poderes y conceder por medio de ellos, todas las facultades, aun aquellas para las cuales las leyes exigen autorización expresa.

La representación del Banco en las agencias y sucursales, será ejercida por quienes ocupen los cargos que determine el Directorio, quienes suscribirán, en ese carácter, las escrituras y documentos públicos y privados, ya se refieran a actos como a contratos de cualquier naturaleza. Cuando los funcionarios referidos en este inciso otorguen poderes, podrán también conceder todas las facultades aun aquellas para las cuales las leyes exigen autorización expresa.

La representación del Banco en las sucursales, agencias y oficinas representativas radicadas en el exterior será otorgada por el Directorio a sus funcionarios mediante poderes que les acuerden las facultades necesarias para ejercer los cargos respectivos de acuerdo con la legislación de cada país.

CAPÍTULO II. GOBIERNO Y ADMINISTRACION

Artículo 3°.- El gobierno y la administración del Banco estarán a cargo de un Directorio compuesto de un Presidente y cuatro Directores nombrados por el Poder Ejecutivo, de conformidad con el artículo 187 de la Constitución de la República.

Artículo 4°.- Sin perjuicio de las incompatibilidades referidas en el artículo 200 de la Constitución de la República no podrán ser miembros del Directorio:

A) Las personas que no estén en ejercicio de la ciudadanía natural o no tengan cinco años de ejercicio de la ciudadanía legal.

B) Las personas menores de veinticinco años.

C) Quienes formen parte o dependan de la dirección, administración, representación o sindicatura de otros Bancos o entidades financieras, no estatales, excepto cuando por su condición de integrantes del Directorio del Banco de la República Oriental del Uruguay, sean miembros de aquellas instituciones.

D) Dos o más personas que sean directores o síndicos o tengan una relación de dependencia o trabajen en virtud de una relación contractual de cualquier índole con una misma sociedad comercial o civil.

E) Los deudores del Banco de la República Oriental del Uruguay, salvo aquellos que lo fueran por operaciones ordinarias de Crédito Social o de tarjetas de crédito, siempre que no se encuentren en situación de mora.

F) Las personas que se encontraran concursadas o que fueran directores o administradores de sociedades en situación de concurso, siempre que hubieran sido encontrados responsables de acciones fraudulentas o de ocultamiento de información.

G) Las personas inhabilitadas por el Banco Central del Uruguay en los últimos diez años, por haber incurrido en irregularidades en el sistema financiero.

H) Las personas que hayan sido condenadas por delitos que pudieran tener conexión con la función pública.

Artículo 5°.- El Directorio nombrará, en su primera Sesión, después de cada integración periódica, un Vicepresidente que ejercerá las funciones de Presidente en los casos de ausencia o impedimento de este.

En el caso de que las exigencias del buen servicio así lo requieran, el Presidente podrá delegar sus atribuciones en el Vicepresidente.

Se nombrará un segundo Vicepresidente que ejercerá las funciones de Presidente en ausencia o impedimento de este y del Vicepresidente.

Artículo 6°.- El Directorio tiene facultades de amplia, franca y general administración.

Artículo 7°.- El Directorio establecerá el régimen de reuniones ordinarias sin perjuicio de las extraordinarias que podrá disponer el Presidente o solicitar dos o más de los Directores.

Sin perjuicio de ello en circunstancias excepcionales en que a juicio del Presidente se requiera una pronta decisión, este las podrá adoptar siempre que se trate de casos en que la ley no imponga mayorías especiales, debiendo el Directorio considerarla en la sesión siguiente.

Artículo 8°.- Sin perjuicio de lo dispuesto por el artículo 24 de la Constitución de la República, los miembros del Directorio son personal y solidariamente responsables de las resoluciones votadas en oposición a la Constitución, a las leyes o a los reglamentos.

Quedan dispensados de esta responsabilidad:

A) Los presentes que hubieran hecho constar en actas su disentimiento con la resolución adoptada y el fundamento que lo motivó.

B) Los ausentes de la sesión en que se adoptó la resolución, siempre que hagan constar en actas su disentimiento en la primera oportunidad en que sea posible.

En ambos casos el Secretario General, dentro de las veinticuatro horas, deberá remitir al Poder Ejecutivo testimonio del acta respectiva.

Artículo 9°.- En los casos de acefalía temporaria a que se refiere el inciso tercero del artículo 192 de la Constitución de la República, el Directorio podrá ser integrado, mediante designación del Poder Ejecutivo, con miembros de los Directorios de otros entes autónomos o servicios descentralizados, preferentemente los de naturaleza análoga. El voto que emita este miembro lleva implícita la responsabilidad a que se refiere el artículo 8° de la presente ley.

CAPÍTULO III. CAPITAL, RESERVAS Y UTILIDADES

Artículo 10.- El capital autorizado del Banco de la República Oriental del Uruguay será de UI 10.000.000.000 (diez mil millones de unidades indexadas), que se integrará:

A) Con el actual capital integrado.

B) Con la capitalización del saldo de cuentas de reserva, a excepción de las fiscales, al cierre del último ejercicio económico.

C) Con la capitalización de los saldos de cuentas de ajustes al patrimonio derivados de la variación del poder adquisitivo de la moneda, al cierre del último ejercicio económico.

D) Con el 80% (ochenta por ciento) del importe remanente de las utilidades anuales del Banco, una vez cubiertas las contribuciones a que refiere el artículo siguiente, destinándose el 20 % (veinte por ciento) restante al Fondo de Reserva.

Una vez integrado el total del capital autorizado por este artículo, la totalidad de las utilidades remanentes se destinará al Fondo de Reserva, las cuales por decisión del Directorio, con el voto favorable de tres de sus miembros, y previa autorización del Poder Ejecutivo, podrán incorporarse al capital.

E) Con los recursos que se fijen por ley.

Artículo 11.- El Banco contribuirá a Rentas Generales en el monto que fije el Poder Ejecutivo, hasta el 50 % (cincuenta por ciento) de sus utilidades netas anuales después de debitar los impuestos.

Solo podrán realizarse contribuciones a Rentas Generales cuando la responsabilidad patrimonial neta del Banco supere en más del 30% (treinta por ciento) el nivel mínimo exigido por la normativa del Banco Central del Uruguay.

CAPÍTULO IV. COMETIDOS Y ATRIBUCIONES PRINCIPALES

Artículo 12.- (Cometidos).- El Banco tendrá como principales cometidos, procurar que los servicios financieros resulten accesibles a la población, estimular el ahorro como instrumento de desarrollo personal y fomentar la producción de bienes y servicios de forma de contribuir al crecimiento económico y social del país.

Artículo 13.- (Atribuciones principales).- El Banco podrá realizar toda clase de operaciones comerciales y/o financieras que constituyan transacciones bancarias usuales y que no se encuentren prohibidas por la Constitución de la República y esta Carta Orgánica. Sin perjuicio de ello y a título de ejemplo, podrá especialmente:

1) Recibir toda clase de depósitos en moneda nacional, extranjera o unidad de cuenta o valor, a la vista, en cuenta corriente, a plazos o en cualquier otra modalidad.

2) Otorgar créditos, préstamos, avales u otras formas de garantía, y descontar títulos valores y demás documentos comerciales pudiendo requerir toda clase de garantías reales o personales en moneda nacional o extranjera.

3) Comprar y vender por cuenta propia toda clase de valores de oro, plata y otras pastas metálicas, títulos y valores públicos nacionales o extranjeros de cualquier naturaleza.

4) Comprar y vender por comisión, títulos de deuda, acciones de compañías, bonos, títulos hipotecarios y toda clase de valores y obligaciones de sociedades comerciales.

5) Invertir en valores de oferta pública.

6) Realizar operaciones de cambio en plaza o en el exterior, y realizar toda clase de operaciones bancarias usuales relacionadas con operaciones de comercio internacional, pudiendo a tal efecto situar fondos o valores en sus sucursales o agencias radicadas en el exterior y en sus corresponsales.

7) Acordar créditos a los corresponsales en carácter de reciprocidad.

8) Redescontar o caucionar, dentro o fuera del país, los títulos, documentos o valores que tenga en su cartera.

9) Redescontar documentos de otras empresas de intermediación financiera.

10) Financiar operaciones de importación y/o exportación.

11) Prestar sobre “warrants” o certificados de depósitos.

12) Realizar operaciones de prenda dentro de las disposiciones de la Ley N° 17.228, de 7 de enero de 2000, concordantes y modificativas.

13) Realizar operaciones de adelanto sobre cereales, frutos y lanas, pudiendo hacerlo también sobre el producto de cosechas y zafras futuras.

14) Realizar operaciones de crédito de uso, factoraje con o sin recurso, prefinanciamiento de emisión de valores, reporto, y de derivados financieros.

15) Actuar en fideicomisos en cualquier carácter.

16) Realizar por cuenta del Estado toda clase de operaciones financieras y mediante la correspondiente autorización del Poder Legislativo, también por cuenta del Estado, operaciones comerciales o industriales cuando así lo exijan las conveniencias públicas.

17) Avalar créditos en moneda extranjera destinados al requerimiento, ampliación o instalación de plantas industriales, que produzcan para la exportación y/o para la elaboración de artículos o mercaderías sustitutivos de importaciones foráneas.

18) Adquirir acciones o partes de capital de instituciones financieras radicadas en el exterior del país, por resolución que cuente con el voto conforme de tres de los miembros del Directorio y la anuencia del Banco Central del Uruguay.

19) Adquirir acciones de sociedades anónimas, constituirlas o participar en ellas, al igual que en sociedades comerciales de otra naturaleza, a los efectos de cumplir directamente o por intermedio de las mismas, negocios que se correspondan con el giro financiero o bancario.

20) Constituir o integrar como accionista sociedades administradoras de fondos de inversión de acuerdo con el régimen de la Ley N° 16.774, de 27 de setiembre de 1996, y sus modificativas; sociedades fiduciarias de acuerdo con el régimen de la Ley N° 17.703, de 27 de octubre de 2003, así como también bancos de inversión.

21) Emitir títulos de deuda, certificados de depósito, deuda subordinada, así como recibir préstamos de otras instituciones financieras u organismos internacionales.

22) En general, realizar todas las operaciones habilitadas a las instituciones de intermediación financiera.

23) Realizar actividades de responsabilidad social empresarial directamente, o también a través de una Fundación que podrá crear.

Artículo 14.- (Límites de créditos al sector no financiero).- Los créditos o préstamos que conceda el Banco a una persona física o jurídica del sector no financiero, son acumulables entre sí -en las proporciones y hasta los límites parciales que el mismo Banco determine-, pero la suma total de créditos o préstamos a una misma persona, no podrá exceder del equivalente del 5% (cinco por ciento) del Capital Integrado y Reservas del Banco. Cuando la referida suma total exceda del equivalente de 1% (uno por ciento) del capital y reservas del banco, la respectiva concesión requerirá el voto conforme de tres Directores.

Artículo 15.- (Créditos o préstamos a entes industriales o comerciales).- Cuando se trate de préstamos o créditos a conceder a los entes industriales o comerciales a que refiere el artículo 221 de la Constitución de la Republica, se tendrán en cuenta los porcentajes referidos en el artículo anterior, incrementados en un 100% (cien por ciento).

Artículo 16.- (Conjuntos económicos).- Cuando se trate de créditos o préstamos a conceder a personas físicas o jurídicas del sector no financiero, o a entes industriales y comerciales, que integren un conjunto económico, deberán tenerse en cuenta los topes establecidos en los dos artículos anteriores, pero la suma total de créditos o préstamos al conjunto económico, no podrá superar en más de un 50% (cincuenta por ciento) dichos topes. La determinación de la existencia de un conjunto económico se ajustará como mínimo a lo que establezcan las Normas de Regulación y Control del Sistema Financiero dictadas por el Banco Central del Uruguay, sin perjuicio de que el Directorio del Banco pueda adoptar criterios complementarios por razones de mejor administración. Si determinada la existencia del mismo, se constatare que la suma de todos los créditos y préstamos a sus integrantes, sobrepasare el tope máximo establecido en este inciso, el Directorio del Banco contará con un plazo de tres años a partir de la constatación, para adecuar la asistencia financiera del conjunto a dicho tope.

Artículo 17.- (Créditos o préstamos al Estado).- Con el voto conforme de tres de los miembros del Directorio y la aprobación del Poder Legislativo, podrá conceder créditos o préstamos al Estado, así como también a los Gobiernos Departamentales, con el límite en el caso de estos últimos, a un monto no superior al duodécimo de sus respectivos presupuestos de sueldos y gastos. Podrá también con el voto conforme de tres de los miembros del Directorio, otorgar créditos especiales a los Gobiernos Departamentales por importes que no superen el 20% (veinte por ciento) de sus presupuestos de obras públicas contratadas y en ejecución y que no excedan de un medio duodécimo de sus respectivos presupuestos de sueldos y gastos.

Artículo 18.- Declárase que la Ley N° 9.678, de 12 de agosto de 1937, y los artículos 39 y 41 de la Ley N° 13.608, de 8 de setiembre de 1967, regirán para todas o cualquier operación que haya realizado o realice en el futuro el Banco de la República Oriental del Uruguay.

Artículo 19.- (Operaciones de crédito, colocaciones e inversiones en el sector financiero). - El Banco podrá situar o depositar fondos o valores en instituciones del sector financiero interno o externo, invertir en instrumentos financieros por ellas emitidos, así como concretar operaciones crediticias en las mismas, con los límites que el Directorio del Banco deberá establecer para estos tipos de operaciones, atendiendo al tipo de riesgo asumido, a la calificación de la entidad financiera contratante y a la diversificación de las inversiones.

En ningún caso los límites referidos podrán superar los que fije el Banco Central del Uruguay para estos tipos de operaciones.

Artículo 20.- (Inversiones en deuda soberana interna y externa).- Al mismo régimen establecido en el artículo anterior estarán sometidas las inversiones en deuda soberana interna y externa.

Artículo 21.- (Operaciones de ahorro de personas relativamente incapaces). - El Banco podrá abrir cuentas de ahorro, en las condiciones que determine, a niños, niñas o adolescentes, púberes, los que podrán por sí depositar y retirar sus depósitos, mientras no se notifique a la institución bancaria una resolución judicial en contrario.

Los representantes legales no podrán retirar los depósitos de sus representados relativamente incapaces, sin el consentimiento de estos.

CAPÍTULO V. PROHIBICIONES

Artículo 22.- (Prohibiciones).- El Banco no podrá:

1) Hacer préstamos para fomentar especulaciones de Bolsa o de cualquier otra índole.

2) Adquirir acciones de sociedades anónimas, salvo en los casos previstos por los numerales 18), 19) y 20) del artículo 13 de la presente ley o propiedades raíces (fuera de las que necesite para el funcionamiento del Banco y sus dependencias o sean producto de operaciones de fideicomiso o crédito de uso), pudiendo sin embargo recibir o adquirir acciones, obligaciones o propiedades en pago o garantía de deudas cuyo cobro no pueda realizarse de otro modo. También podrá adquirir obligaciones o acciones cuando se trate de operaciones de prefinanciamiento de emisión de obligaciones o las de acciones que impliquen su tenencia transitoria con fines de capitalización de la entidad emisora.

La prohibición de adquisición de acciones de sociedades anónimas no regirá cuando se trate de constituir o participar como socio de una sociedad comercial cuyo objeto social exclusivo sea la Administración de Fondos de Ahorro Previsional.

3) Tomar parte, directa o indirectamente, en operaciones comerciales o industriales ajenas a su giro, con las excepciones previstas en la presente ley.

4) Conceder créditos o avales a los miembros del Directorio o a su personal superior, ya sean asesores o funcionarios que desempeñan cargos gerenciales, así como a empresas o a instituciones de cualquier naturaleza, en las que estos funcionarios actúen en forma rentada u honoraria, como directores, directivos, síndicos, fiscales o en cargos superiores ya sea en dirección, gerencia o asesoría, sea esta situación directa o indirecta a través de personas físicas o jurídicas de cualquier naturaleza. Se exceptúan las operaciones ordinarias de crédito social o de tarjetas de crédito.

La prohibición prevista en este numeral se mantendrá hasta un año después del abandono del cargo por el funcionario correspondiente.

CAPÍTULO VI. ESTABLECIMIENTO DE SUCURSALES Y AGENCIAS

Artículo 23.- (Establecimiento de sucursales y agencias).- Además de las sucursales que el Banco ha establecido y deberá mantener en todas las capitales de departamento, podrá instalar sucursales y agencias en otras localidades, con carácter permanente o transitorio.

Podrá también establecer sucursales, agencias o representaciones en el exterior, con el voto conforme de tres miembros del Directorio y autorización del Poder Ejecutivo.

CAPÍTULO VII. RELACIONES DEL BANCO CON EL PODER EJECUTIVO

Artículo 24.- El Estado responde directamente de los depósitos y operaciones que realice el Banco.

Artículo 25.- Los depósitos judiciales, los provenientes de instituciones públicas estatales o no estatales, y los que deban efectuar los particulares en garantía de obligaciones y contratos con el Estado se efectuarán de conformidad con las disposiciones legales y reglamentarias vigentes a la fecha de la promulgación de la presente ley.

CAPÍTULO VIII. DIVISIÓN CRÉDITO SOCIAL

Artículo 26.- La División Crédito Social (Caja Nacional de Ahorros y Descuentos), funcionará como una unidad dependiente del Banco y será dirigida y administrada por el Directorio.

Artículo 27.- Sus operaciones serán determinadas por el Directorio y consistirán, principalmente, en:

A) Acordar préstamos o créditos con garantía prendaria de alhajas, muebles y otros objetos.

B) Otorgar créditos o préstamos con o sin retención de haberes, a empleados públicos, privados, jubilados o pensionistas.

C) Conceder créditos o préstamos a personas que ejerzan profesión u oficio y ofrezcan garantía satisfactoria.

D) Dar anticipos de sueldos a empleados públicos y privados, así como, a jubilados y pensionistas respecto de sus jubilaciones y pensiones.

Artículo 28.- El interés a cobrarse sobre los créditos otorgados por la División Crédito Social será fijado por el Directorio, quien deberá ponderar especialmente a esos efectos, el destino social que tienen los mismos.

Artículo 29.- Todas las referencias existentes en la legislación vigente a la Caja Nacional de Ahorros y Descuentos y todas las facultades a ella conferidas, se entenderán efectuadas a la División Crédito Social.

CAPÍTULO IX. DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 30.- Los limites para créditos o préstamos, así como para las colocaciones o inversiones previstas en esta Carta Orgánica, son sin perjuicio de los que establezca el Banco Central del Uruguay para las instituciones de intermediación financiera.

Artículo 31.- En las ejecuciones de hipoteca iniciadas por el Banco, los jueces ordenarán sin más trámite y directamente a pedido y bajo la responsabilidad de aquel, el levantamiento de todo embargo, segunda y ulteriores hipotecas o cualquier otro gravamen posterior a la hipoteca que pese sobre el inmueble vendido, al solo efecto del traspaso de dominio.

Las costas y costos que se originen en caso de ejecución de segunda o ulteriores hipotecas, no tendrán prelación sobre el crédito del Banco.

Artículo 32.- El Banco podrá solicitar de los jueces que se le dé posesión de las propiedades hipotecadas y le concedan el embargo y percepción inmediata de sus rentas para aplicarlas al pago de los servicios, gastos de administración y conservación de las propiedades, si los deudores dejaren pasar noventa días, desde las fechas en que debieran pagarse los servicios respectivos.

Artículo 33.- Declárase de utilidad pública la adquisición de los terrenos y fincas que el Banco necesite para establecer o ensanchar sus oficinas o dependencias.

Artículo 34.- El Banco publicará anualmente, previa visación del Tribunal de Cuentas, los estados contables correspondientes al cierre de cada ejercicio económico. El Directorio dará cuenta anualmente de su gestión al Poder Ejecutivo.

Lo precedentemente dispuesto es sin perjuicio de atender las disposiciones que en esta materia regulan la actividad bancaria.

Artículo 35.- El Poder Ejecutivo dictará el reglamento general por el cual deberá regirse el Banco, de acuerdo con las disposiciones que preceden. A esos efectos, el Directorio formulará el proyecto correspondiente y lo elevará al Poder Ejecutivo.

Artículo 36.- Las quitas que se concedan a los créditos comprendidos en el artículo 622 de la Ley N° 15.903, de 10 de noviembre de 1987, deberán otorgarse por un mínimo de tres votos conformes de integrantes del Directorio.

Artículo 37.- Ninguna de las disposiciones de la presente ley afecta las potestades de regulación, supervisión, control y punición que las leyes vigentes acuerdan al Banco Central del Uruguay sobre el Banco de la República Oriental del Uruguay en su calidad de institución de intermediación financiera integrante del sistema financiero nacional.

Artículo 38.- Los cometidos, facultades, competencias, prerrogativas o atribuciones conferidos al Banco de la República Oriental del Uruguay en esta Carta Orgánica, son sin perjuicio de cualesquiera otros que le hubieran sido confiados por la legislación vigente a la fecha de la promulgación de la presente, o que le correspondiesen en su condición de entidad de intermediación financiera.

Artículo 39.- Deróganse la Ley N° 9.808, de 2 de enero de 1939, los artículos 5° y 6° de la Ley N° 13.243, de 20 de febrero de 1964, los artículos 1° y 2° del Decreto-Ley N° 14.623, de 4 de enero de 1977, y la Ley N° 17.416, de 20 de noviembre de 2001.

Artículo 40.- Sin perjuicio de lo establecido en el inciso segundo del artículo 11 de la Carta Orgánica del Banco de la República Oriental del Uruguay, el Poder Ejecutivo podrá requerir contribuciones adicionales de hasta un 30% (treinta por ciento) de sus utilidades netas anuales después de debitar los impuestos, con destino a la creación de fondos, con el objetivo de apoyar el financiamiento de proyectos productivos viables y sustentables, que resulten de interés a juicio del Poder Ejecutivo. Este último, a través del Ministerio de Economía y Finanzas, reglamentará la forma de funcionamiento de los mismos.

Artículo 41.- El Poder Ejecutivo remitirá en cada Rendición de Cuentas información detallada respecto a la utilización de los fondos.

Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 25 de noviembre de 2010.

Ivonne Passada, Presidenta; José Pedro Montero, Secretario.

PODER EJECUTIVO

Ministerio de Economía y Finanzas

Montevideo, 26 de octubre de 2010.

Señor Presidente de la Asamblea General:

El Poder Ejecutivo tiene el honor de dirigirse a ese Cuerpo adjuntando el Proyecto de Ley referente a modificaciones a la Carta Orgánica del Banco de la República Oriental del Uruguay, Ley N° 9.808.

Saluda al señor Presidente con la mayor consideración.

JOSÉ MUJICA, Presidente de la República; Fernando Lorenzo.

Exposición de motivos

El Poder Ejecutivo somete a consideración del Poder Legislativo de la República el presente Proyecto de Ley por el cual se propone la actualización de la Carta Orgánica del Banco de la República Oriental del Uruguay (BROU).

La primera versión de la Carta Orgánica data del año 1939. Téngase en cuenta que, cuando esta se aprobó el BROU aún cumplía la función de emisor de la moneda nacional, la que pasó a ser desempeñada por el Banco Central del Uruguay a partir de 1967.

Al texto original de la Carta Orgánica se le han introducido modificaciones en varias oportunidades, las que han contribuido a adecuar la normativa para enfrentar los desafíos que la institución ha ido enfrentando a lo largo de su historia. Las importantes transformaciones ocurridas durante los últimos años en la sociedad, en la economía y en el sistema financiero, plantean nuevas exigencias y sugieren la conveniencia de adecuar la normativa que sirve de marco al desarrollo del BROU.

Sin perjuicio de ello, y en la medida en que no se pretende alterar el marco jurídico general en que se sustenta la actividad de la institución, en este proyecto no se proponen cambios estructurales significativos y se encomienda al Reglamento General a dictarse por el Poder Ejecutivo todo lo referente al funcionamiento de la Administración del BROU. El cambio más relevante que se propone refiere a las mayorías necesarias para tomar decisiones, sustituyendo los actuales requerimientos de cuatro o cinco votos conformes por una regla de decisión basada en la mayoría absoluta de los integrantes del Directorio. Esta propuesta pretende facilitar y agilizar la gestión de una institución que realiza actividades de banca comercial y de fomento simultáneamente.

Al funcionamiento del BROU son aplicables tanto normas de derecho público como de derecho privado. La actividad bancaria se encuentra sometida, además, a un régimen de competencia en que operan otras instituciones financieras.

El proyecto se divide en nueve capítulos. En el capítulo I bajo el titulo “NATURALEZA JURÍDICA, DOMICILIO Y REPRESENTACIÓN” se encuentran las disposiciones que regulan aspectos relativos al marco normativo en que se inscribe la actuación del BROU. En el proyecto se confiere mayor discrecionalidad al Directorio para determinar los titulares de los cargos que ejercerán la representación de la institución en dependencias situadas en el país y en el exterior. En la Carta Orgánica vigente se hace referencia a determinados cargos que, en algunos casos, han cambiado de denominación. La normativa propuesta se proyecta, precisamente, ante la eventualidad de cambios futuros en las designaciones de los cargos en los que puede confiarse la representación de la institución.

El capítulo II denominado “GOBIERNO Y ADMINISTRACIÓN” mantiene la estructura y el contenido de las normas actualmente vigentes, aunque se procede a una actualización de algunos aspectos específicos. Así, respecto de la norma que determina las inelegibilidades para ser miembro del Directorio, se aclaran aspectos que resultaban imprecisos en la versión actual. Asimismo, se incorporaron aspectos contenidos en la nueva Carta Orgánica del Banco Central del Uruguay referidos a la designación de los Directores. Se procedió a incorporar, también, la “potestad delegatoria” del Presidente en el Vicepresidente, cuando el buen funcionamiento de la institución así lo requiera. Si bien la normativa vigente prevé este tipo de actos, la nueva versión incorpora de manera más precisa la naturaleza de los actos de delegación. La Carta Orgánica actual expresa de manera muy general que el Vicepresidente podrá colaborar en las funciones confiadas al Presidente (artículo 5 de la Carta Orgánica vigente). También, siguiendo las mejores prácticas en la materia, se incorporan normativas que permiten que el Presidente, en circunstancias excepcionales, adopte decisiones en aquellos asuntos en que la ley no imponga mayorías especiales, debiendo considerarse esta decisión del Presidente en la sesión siguiente del Directorio de la institución.

El capítulo III referido a “CAPITAL, RESERVAS Y UTILIDADES” está compuesto por dos artículos en los que se actualiza el capital del Banco y se definen los criterios sobre las reservas y destino de las utilidades. En este sentido, cabe recordar que el capital del Banco sufrió diversas modificaciones desde su creación. En la Carta Orgánica original (Ley N° 9.808 de 2 de enero de 1939) el capital del BROU estaba situado en $ 60.000.000 de la época (artículo 23). Posteriormente, el artículo 1 de la Ley N° 12.491, de 9 de enero de 1958, aumentó el capital hasta $ 200.000.000. Años después, el artículo 5 de la Ley N° 13.243 de 20 de febrero de 1964 fija el capital autorizado en la suma de $ 1.500.000.000. En esta fecha el nivel de capital era de $ 193.250.345,58. Como consecuencia de la capitalización de utilidades previstas en la mencionada norma, se integró totalmente el capital autorizado, destinándose las utilidades de los ejercicios posteriores, una vez cubiertas las contribuciones a Rentas Generales establecidas legalmente al Fondo de Reserva.

En la actualidad, transcurridos más de cuarenta y seis años desde la última modificación de este Capítulo de la Carta Orgánica, el BROU cuenta con un capital autorizado de tan solo $ 1.500, siendo el patrimonio al 31 de diciembre de 2009 de $ 17.853:407.000. Precisamente, la forma en que aparecen expresadas las cifras en los estados contables no se compadece con las mejores prácticas en la materia. Resulta entonces, no solo conveniente sino necesario, fijar un capital autorizado acorde a los requerimientos e importancia de la institución bancaria más grande del país, y una de las más grandes de América Latina, ocupando en el año 2009 el lugar 41 en el ranking elaborado por la revista América Económica.

En concordancia con el sostenido incremento que viene verificándose en el patrimonio de la institución, se considera adecuado proponer un capital autorizado de 10.000:000.000 de Unidades Indexadas. Tal cifra se sustenta, en primer lugar, en la circunstancia de que el nivel patrimonial es un indicador básico de solvencia para confiar los depósitos. Sobre el particular, debe tenerse presente que el BROU, como cualquier otro banco comercial, posee un plan de negocios y de funcionamiento en donde el nivel de depósitos ocupa un lugar de relevancia. En segundo lugar, el patrimonio es también un indicador fundamental para posibilitar la expansión crediticia, así como para desarrollar íntegramente la actividad promocional que le compete al BROU en tanto institución bancaria de propiedad estatal.

El Poder Ejecutivo entiende que es fundamental que la institución cuente con un patrimonio suficiente para oficiar de contrapartida para el financiamiento a largo plazo. Esto es especialmente relevante debido a que en nuestro país existe un escaso desarrollo del mercado de capitales y a que los depósitos bancarios tienden a concentrarse en plazos cortos. En buena medida, esta situación justifica que el 20% de las utilidades líquidas de la institución sean capitalizadas y que un 30% adicional sea utilizado a efectos de crear y consolidar Fondos de Garantías que faciliten el acceso al financiamiento a proyectos productivos viables y sustentables, que no cuenten con garantías suficientes para acceder al crédito en condiciones adecuadas.

El capítulo IV del proyecto refiere a COMETIDOS Y ATRIBUCIONES PRINCIPALES, así como a los límites para otorgamiento de los créditos. En materia de cometidos se destacan los enunciados relacionados con el funcionamiento de una institución que realiza actividades bancarias múltiples y que es, al mismo tiempo, un banco comercial y banca de fomento. De alguna manera, en los enunciados del proyecto se encuentran presentes las funciones básicas de una institución financiera moderna, como son la inclusión financiera, la captación de ahorro público y el fomento a la producción de bienes y servicios, con el fin de contribuir al desarrollo económico y social del país.

En lo que refiere a las atribuciones principales, se reiteran básicamente las operaciones contempladas en el artículo 24 de la Carta Orgánica vigente, eliminando o modificando, en algún caso, operaciones que no justifican su mantenimiento, e incorporando otras que forman parte de la actividad normal de la institución (crédito de uso, fideicomiso, factoraje, derivados financieros, etc.).

Como novedad se prevé que el BROU pueda constituir o participar en bancos de inversión -posibilidad que tienen las instituciones bancarias privadas según el artículo 47 de la Ley N° 15.322. Esto pretende ser una herramienta al servicio del desarrollo del mercado de capitales y que otorgue impulso a la inversión productiva en el país.

En materia de límites de créditos, se regulan los orientados al sector no financiero, distinguiendo en función del volumen de sus operativas y de la naturaleza jurídica de las empresas involucradas, y los dirigidos a los entes industriales y comerciales del Estado, como UTE, ANCAP, Antel, etc. Asimismo se contemplan los conjuntos económicos integrados por personas del sector no financiero.

También dentro de los créditos a este sector, se distinguen y regulan los límites de créditos al Estado. Se innova en lo que refiere a las mayorías necesarias para aprobar los créditos o préstamos dentro del Sector no financiero. En aquellos casos en que la Carta Orgánica vigente exige mayorías especiales de cuatro o cinco votos para su aprobación, se propone en la norma proyectada una mayoría de tres votos conformes en el Directorio. De esa forma, se posibilita una más ágil y mejor gestión, al habilitar la adopción de decisiones por mayoría simple o absoluta del Directorio.

En el capítulo se regulan, también, las operaciones de crédito, inversiones y colocaciones con los sectores financieros interno y externo, así como las inversiones en deuda soberana externa e interna, de una forma similar, aunque más completa, a la establecida en la normativa vigente. Finalmente, se prevé expresamente que los límites previstos no podrán superar los que la entidad reguladora imponga al sistema financiero, previsión normativa que permite adaptarse a los cambios que en el futuro pudiera introducir en esta materia el Banco Central del Uruguay.

Una norma novedosa que se incorpora en este capítulo, es el proyectado artículo 21, que tiene su fuente de inspiración en la Ley Orgánica del Banco del Estado de Chile, y que pretende profundizar en la inclusión financiera y en el fomento del ahorro, al posibilitar que los menores púberes, puedan ahorrar y operar por sí solos, reeditando lo que de alguna manera, en otro momento y contexto, se podía hacer a través de la ex Caja Nacional de Ahorro Postal (Ley N° 6.888).

En el capítulo V se describen las operaciones que le están prohibidas al BROU, adaptando el actual artículo 27 a los cambios introducidos en el ordenamiento jurídico y, en especial, los incluidos en la Ley N° 15.322 y sus modificativas.

El capítulo VI hace referencia al establecimiento de sucursales y agencias. Los únicos cambios respecto a la normativa vigente consisten en prever la instalación de representaciones que el BROU no tiene en la actualidad, pero que eventualmente podría tenerlas en el futuro. También, se adapta el número de votos del Directorio necesarios respecto a estos temas, siguiendo criterios de establecimiento de mayorías similares a los ya comentados.

El capítulo VII alude a las relaciones del BROU con el Poder Ejecutivo. En lo referente a la responsabilidad directa del Estado sobre las operaciones del BROU, se mantiene la redacción de la normativa vigente. En cuanto a los depósitos de los organismos del Estado en el BROU, se salvaguarda el régimen actualmente vigente en la materia. Asimismo, se eliminan otros artículos vigentes en tanto su contenido, o bien fue absorbido por los cometidos asignados a otros organismos (véase, por ejemplo el artículo 34 referido a cometidos del Banco Central del Uruguay) o bien está en definitiva contemplado en las operaciones que puede realizar la institución.

El capítulo VIII refiere a la División Crédito Social, sucesora de la operativa de la Caja Nacional de Ahorros y Descuentos y, por ende, del Monte de Piedad creado por Ley de 1899. A través de la actividad de esta división se ha asegurado el acceso al crédito en forma regular y permanente por parte de trabajadores, pasivos y trabajadores independientes a tasas y plazos razonables. Esta operativa ha resultado ser un eficiente regulador y catalizador del acceso al crédito, principalmente en los ciclos recesivos de la economía o en épocas de desinterés de los intermediarios financieros en este tipo de actividades. También, se han mostrado adecuadas ante situaciones derivadas de los efectos internos de la aplicación de políticas contractivas por parte de terceros países.

Finalmente, en el capítulo IX se incorporan las “DISPOSICIONES GENERALES” la mayoría de las cuales se basan en normas vigentes, aunque se tienen en cuenta cambios producidos durante los últimos años en nuestro ordenamiento jurídico. En este sentido, cabe destacar que la previsión referida a la publicación de los estados contables hace que le sean aplicables al BROU diferentes normas que lo obligan a repetir innecesariamente determinadas publicaciones. Así, el artículo 43 de la Carta Orgánica vigente, impone publicar los estados contables todos los meses, mientras que el artículo 191 de la Constitución de la República obliga a las empresas públicas a efectuar la publicación de los estados contables con la periodicidad que fije la ley, la cual en todos los casos deberá contar con opinión previa del Tribunal de Cuentas de la República. Téngase en cuenta, además, que el BROU está sujeto, por ser una entidad financiera, a lo que dispone en esta materia el Banco Central del Uruguay. Esta realidad fue advertida por el Legislador, que en cumplimiento del artículo 191 de la Constitución de la República sancionó la Ley N° 17.040, de 20 de noviembre de 1998, por la que se obliga a las empresas públicas a publicar anualmente sus estados contables, previa intervención del Tribunal de Cuentas de la República. Esta ley exceptúa de tal obligación al Banco de la República Oriental del Uruguay y al Banco Hipotecario del Uruguay, quienes “atenderán a las disposiciones que regulan la actividad bancaria”.

Al respecto, el Banco Central del Uruguay obliga a las instituciones de intermediación financiera a presentarle mensualmente los estados contables dentro de los siete días hábiles siguientes a la fecha a que están referidos, los cuales son publicados por la entidad de contralor en su página web. A su vez, anualmente, exige publicarlos en dos diarios (Diario Oficial y otro de circulación nacional) dentro de los sesenta días de cerrado el ejercicio económico a que refieren. Ese corto plazo de sesenta días impuesto por el Banco Central del Uruguay no siempre permite que el Tribunal de Cuentas de la República emita su dictamen, lo que determina, en definitiva, que el BROU deba publicar mensualmente los estados contables con intervención del Tribunal de Cuentas de la República para cumplir con la Carta Orgánica, y anualmente publicar los estados contables correspondientes al cierre del ejercicio económico en dos oportunidades, una para cumplir con las normas del Banco Central del Uruguay y otra -una vez obtenido el dictamen del Tribunal de Cuentas- para cumplir con la exigencia constitucional.

El presente proyecto propone modificaciones a la redacción actual del artículo 43 de la Carta Orgánica tendientes a adecuarlo a lo dispuesto por el ordenamiento jurídico vigente en materia de publicaciones de los estados contables de las entidades de intermediación financiera, moderando y racionalizando las exigencias, de forma tal que el BROU publique sus estados contables una vez al año, previa intervención del Tribunal de Cuentas de la República, con lo cual cumplirá con lo dispuesto en el artículo 191 de la Constitución de la República, sin perjuicio de lo que disponga el Banco Central del Uruguay para las instituciones de intermediación financiera.

En este capítulo se incorporan tres artículos a través de los cuales implícitamente se aclara que esta Carta Orgánica no cambia las competencias del Banco Central del Uruguay, ni las que tiene asignadas el propio BROU. En efecto, como integrante del sistema financiero, el BROU está regulado y controlado por el Banco Central del Uruguay. De la misma forma en lo que refiere al BROU y a sus competencias, prerrogativas o facultades, explícita o implícitamente refieren múltiples disposiciones constitucionales, legales o reglamentarias, lo cual no pretende alterarse a través de esta modificación de la Carta Orgánica.

JOSÉ MUJICA, Presidente de la República; Fernando Lorenzo.

Proyecto de Ley

CAPÍTULO 1. NATURALEZA JURÍDICA, DOMICILIO Y REPRESENTACIÓN

Artículo 1°.- El Banco de la República Oriental del Uruguay, creado por la Ley del 4 de agosto de 1896, es un servicio del dominio comercial del Estado, organizado bajo la forma de Ente Autónomo, que se regirá por las disposiciones de las Secciones XI, XIII y XIV de la Constitución de la República y las que por esta ley se establecen, así como por las leyes que regulan la actividad bancaria.

Artículo 2º.- El Banco de la República Oriental del Uruguay es persona jurídica capaz de todos los derechos y obligaciones que establecen la presente y demás leyes de la Nación. Su domicilio legal y principal asiento es la ciudad de Montevideo, sin perjuicio del de las sucursales respecto de sus operaciones. Cuando el Banco sea demandado conocerán en los juicios respectivos los Juzgados del Departamento de Montevideo.

La representación del Banco y del Directorio estará confiada al Presidente, asistido del Secretario General, y en materia patrimonial será ejercida conjuntamente por el Presidente y el Gerente General, quienes podrán otorgar también conjuntamente poderes y conceder por medio de ellos, todas las facultades, aun aquellas para las cuales las leyes exigen autorización expresa.

La representación del Banco en las Agencias y Sucursales, será ejercida por quienes ocupen los cargos que determine el Directorio, quienes suscribirán, en ese carácter, las escrituras y documentos públicos y privados, ya se refieran a actos como a contratos de cualquier naturaleza. Cuando los funcionarios referidos en este inciso otorguen poderes, podrán también conceder todas las facultades aun aquellas para las cuales las leyes exigen autorización expresa.

La representación del Banco en las Sucursales, Agencias y Oficinas representativas radicadas en el exterior será otorgada por el Directorio a sus funcionarios mediante poderes que les acuerden las facultades necesarias para ejercer los cargos respectivos de acuerdo con la legislación de cada país.

CAPÍTULO II. GOBIERNO Y ADMINISTRACIÓN

Artículo 3º.- El gobierno y administración del Banco estarán a cargo de un Directorio compuesto de un Presidente y cuatro Directores nombrados por el Poder Ejecutivo, de conformidad con el artículo 187 de la Constitución de la República.

Artículo 4°.- Sin perjuicio de las incompatibilidades referidas en el artículo 200 de la Constitución de la República no podrán ser miembros del Directorio:

a) Las personas que no estén en ejercicio de la ciudadanía natural o no tengan cinco años de ejercicio de la ciudadanía legal.

b) Las personas menores de veinticinco años.

c) Quienes formen parte o dependan de la dirección, administración, representación o sindicatura de otros bancos o entidades financieras, no estatales, excepto cuando por su condición de integrantes del Directorio del Banco de la República, sean miembros de aquellas instituciones.

d) Dos o más personas que sean directores o síndicos o tengan una relación de dependencia o trabajen en virtud de una relación contractual de cualquier índole con una misma sociedad comercial o civil.

e) Los deudores del Banco de la República Oriental del Uruguay, salvo aquellos que lo fueran por operaciones ordinarias de Crédito Social o de tarjetas de crédito, siempre que no se encuentren en situación de mora.

f) Las personas que se encontraran concursadas o que fueran directores o administradores de sociedades en situación de concurso, siempre que hubieran sido encontrados responsables de acciones fraudulentas o de ocultamiento de información.

g) Las personas inhabilitadas por el BCU en los últimos diez años, por haber incurrido en irregularidades en el sistema financiero.

h) Las personas que hayan sido condenadas por delitos que pudieran tener conexión con la función pública.

Artículo 5º.- El Directorio nombrará, en su primera sesión, después de cada integración periódica, un Vicepresidente que ejercerá las funciones de Presidente en los casos de ausencia o impedimento de este.

En el caso de que las exigencias del buen servicio así lo requieran, el Presidente podrá delegar sus atribuciones en el Vicepresidente.

Se nombrará un 2do. Vicepresidente que ejercerá las funciones de Presidente en ausencia o impedimento de este y del Vicepresidente.

Artículo 6º.- El Directorio tiene facultades de amplia, franca y general administración.

Artículo 7º.- El Directorio establecerá el régimen de reuniones ordinarias sin perjuicio de las extraordinarias que podrá disponer el Presidente o solicitar dos o más de los Directores.

Sin perjuicio de ello en circunstancias excepcionales en que a juicio del Presidente se requiera una pronta decisión, este las podrá adoptar siempre que se trate de casos en que la ley no imponga mayorías especiales, debiendo el Directorio considerarla en la sesión siguiente.

Artículo 8º.- Sin perjuicio de lo dispuesto por el artículo 24 de la Constitución de la República, los miembros del Directorio son personal y solidariamente responsables de las resoluciones votadas en oposición a la Constitución, a las leyes o a los reglamentos.

Quedan dispensados de esta responsabilidad:

a) Los presentes que hubieran hecho constar en actas su disentimiento con la resolución adoptada y el fundamento que lo motivó.

b) Los ausentes de la sesión en que se adoptó la resolución, siempre que hagan constar en actas su disentimiento en la primera oportunidad en que sea posible.

En ambos casos el Secretario General, dentro de las veinticuatro horas, deberá remitir al Poder Ejecutivo testimonio del acta respectiva.

Artículo 9º- En los casos de acefalía temporaria a que se refiere el inciso 3° del artículo 192 de la Constitución de la República, el Directorio podrá ser integrado, mediante designación del Poder Ejecutivo, con miembros de los Directorios de otros Entes Autónomos o Servicios Descentralizados, preferentemente los de naturaleza análoga. El voto que emita este miembro lleva implícita la responsabilidad a que se refiere el artículo 8º.

CAPÍTULO III. CAPITAL, RESERVAS Y UTILIDADES

Artículo 10.- El Capital autorizado del Banco de la República Oriental del Uruguay será de UI 10.000:000.000 (unidades indexadas diez mil millones), que se integrará:

a) Con el actual capital integrado;

b) Con la capitalización del saldo de cuentas de reserva, a excepción de las fiscales, al cierre del último ejercicio económico;

c) Con la capitalización de los saldos de cuentas de ajustes al patrimonio derivados de la variación del poder adquisitivo de la moneda, al cierre del último ejercicio económico;

d) Con el 80% del importe remanente de las utilidades anuales del Banco, una vez cubiertas las contribuciones a que refiere el artículo siguiente, destinándose el 20% restante a Fondo de Reserva.

Una vez integrado el total del capital autorizado por este artículo, la totalidad de las utilidades remanentes se destinará a Fondo de Reserva, las cuales por decisión del Directorio, con el voto favorable de tres de sus miembros, y previa autorización del Poder Ejecutivo, podrán incorporarse al capital;

e) Con los recursos que se fijen por ley.

Artículo 11.- El Banco contribuirá a Rentas Generales en el monto que fije el Poder Ejecutivo, hasta un 50% de las utilidades netas anuales del Banco de la República Oriental del Uruguay después de debitar los impuestos. El Poder Ejecutivo podrá incrementar en hasta un 30% adicional el porcentaje de contribución a Rentas Generales, con destino a Fondos de Garantía, administrados y reglamentados por el Ministerio de Economía y Finanzas, con el objetivo de otorgar garantías a proyectos productivos viables y sustentables, que resulten de interés a juicio del Poder Ejecutivo, que no cuenten con garantías suficientes para acceder al crédito.

Solo podrán realizarse contribuciones a Rentas Generales cuando la Responsabilidad Patrimonial Neta del Banco supere en más de 30% el nivel mínimo exigido por la normativa del Banco Central del Uruguay.

CAPÍTULO IV. COMETIDOS Y ATRIBUCIONES PRINCIPALES

Artículo12.- (Cometidos) El Banco tendrá como principales cometidos, procurar que los servicios financieros resulten accesibles a la población, estimular el ahorro como instrumento de desarrollo personal y fomentar la producción de bienes y servicios de forma de contribuir al crecimiento económico y social del país.

Artículo 13.- (Atribuciones principales) El Banco podrá realizar toda clase de operaciones comerciales y/o financieras que constituyan transacciones bancarias usuales y que no se encuentren prohibidas por la Constitución de la República y esta Carta Orgánica. Sin perjuicio de ello y a título de ejemplo, podrá especialmente:

1) Recibir toda clase de depósitos en moneda nacional, extranjera o unidad de cuenta o valor, a la vista, en cuenta corriente, a plazos o en cualquier otra modalidad.

2) Otorgar créditos, préstamos, avales u otras formas de garantía, y descontar títulos valores y demás documentos comerciales pudiendo requerir toda clase de garantías reales o personales en moneda nacional o extranjera.

3) Comprar y vender por cuenta propia toda clase de valores de oro, plata y otras pastas metálicas, títulos y valores públicos nacionales o extranjeros de cualquier naturaleza.

4) Comprar y vender por comisión, títulos de deuda, acciones de compañías, bonos, títulos hipotecarios y toda clase de valores y obligaciones de sociedades comerciales.

5) Invertir en valores de oferta pública.

6) Realizar operaciones de cambio en plaza o en el exterior, y realizar toda clase de operaciones bancarias usuales relacionadas con operaciones de comercio internacional, pudiendo a tal efecto situar fondos o valores en sus sucursales o agencias radicadas en el exterior y en sus corresponsales.

7) Acordar créditos a los corresponsales en carácter de reciprocidad.

8) Redescontar o caucionar, dentro o fuera del país los títulos, documentos o valores que tenga en su cartera.

9) Redescontar documentos de otras empresas de intermediación financiera.

10) Financiar operaciones de importación y/o exportación.

11) Prestar sobre warrants o certificados de depósitos.

12) Realizar operaciones de prenda dentro de las disposiciones de la Ley N° 17.228, de 7/1/2000, concordantes y modificativas.

13) Realizar operaciones de adelanto sobre cereales, frutos y lanas, pudiendo hacerlo también sobre el producto de cosechas y zafras futuras.

14) Realizar operaciones de crédito de uso, factoraje con o sin recurso, prefinanciamiento de emisión de valores, reporto y de derivados financieros.

15) Actuar en fideicomisos en cualquier carácter.

16) Realizar por cuenta del Estado toda clase de operaciones financieras y mediante la correspondiente autorización del Poder Legislativo, también por cuenta del Estado, operaciones comerciales o industriales cuando así lo exijan las conveniencias públicas.

17) Avalar créditos en moneda extranjera destinados al requerimiento, ampliación o instalación de plantas industriales, que produzcan para la exportación y/o para la elaboración de artículos o mercaderías sustitutivos de importaciones foráneas.

18) Adquirir acciones o partes de capital de instituciones financieras radicadas en el exterior del país, por resolución que cuente con el voto conforme de tres de los miembros del Directorio y la anuencia del Banco Central del Uruguay.

19) Adquirir acciones de sociedades anónimas, constituirlas o participar en ellas, al igual que en sociedades comerciales de otra naturaleza, a los efectos de cumplir directamente o por intermedio de las mismas, negocios que se correspondan con el giro financiero o bancario.

20) Constituir o integrar como accionista sociedades administradoras de fondos de inversión de acuerdo con el régimen de la Ley N° 16.774, de 27 de setiembre de 1996 y sus modificativas; sociedades fiduciarias de acuerdo con el régimen de la Ley N° 17.703, de 27 de octubre de 2003, así como también bancos de inversión.

21) Emitir títulos de deuda, certificados de depósito, deuda subordinada, así como recibir préstamos de otras instituciones financieras u organismos internacionales.

22) En general, realizar todas las operaciones habilitadas a las instituciones de intermediación financiera.

23) Realizar actividades de Responsabilidad Social Empresarial directamente, o también a través de una Fundación que podrá crear.

Artículo 14.- (Límites de créditos al sector no financiero) Los créditos o préstamos que conceda el Banco a una persona física o jurídica del sector no financiero, son acumulables entre sí -en las proporciones y hasta los límites parciales que el mismo Banco determine-, pero la suma total de créditos o préstamos a una misma persona, no podrá exceder del equivalente del 5% (cinco por ciento) del Capital Integrado y Reservas del Banco. Cuando la referida suma total exceda del equivalente de 1% (uno por ciento) del Capital y Reservas del Banco, la respectiva concesión requerirá el voto conforme de tres Directores.

Artículo 15.- (Créditos o préstamos a Entes Industriales o Comerciales) Cuando se trate de préstamos o créditos a conceder a los entes industriales o comerciales a que refiere el artículo 221 de la Constitución de la República, se tendrán en cuenta los porcentajes referidos en el artículo anterior, incrementados en un 100% (cien por ciento).

Artículo 16.- (Conjuntos Económicos) Cuando se trate de créditos o préstamos a conceder a personas físicas o jurídicas del sector no financiero, o a Entes Industriales y Comerciales, que integren un conjunto económico, deberán tenerse en cuenta los topes establecidos en los dos artículos anteriores, pero la suma total de créditos o préstamos al conjunto económico, no podrá superar en más de un 50% (cincuenta por ciento) dichos topes. La determinación de la existencia de un conjunto económico se ajustará como mínimo a lo que establezcan las Normas de Regulación y Control del Sistema Financiero dictadas por el Banco Central del Uruguay, sin perjuicio de que el Directorio del Banco pueda adoptar criterios complementarios por razones de mejor administración. Si determinada la existencia del mismo, se constatare que la suma de todos los créditos y préstamos a sus integrantes, sobrepasaren el tope máximo establecido en este inciso, el Directorio del Banco contará con un plazo de tres años a partir de la constatación, para adecuar la asistencia financiera del conjunto a dicho tope.

Artículo 17.- (Créditos o Préstamos al Estado) Con el voto conforme de tres de los miembros del Directorio y la aprobación del Poder Legislativo, podrá conceder créditos o préstamos al Estado, así como también a los Gobiernos Departamentales, con el límite en el caso de estos últimos, a un monto no superior al duodécimo de sus respectivos presupuestos de sueldos y gastos. Podrá también con el voto conforme de tres de los miembros del Directorio, otorgar créditos especiales a los Gobiernos Departamentales por importes que no superen el 20% (veinte por ciento) de sus presupuestos de obras públicas contratadas y en ejecución y que no excedan de un medio duodécimo de sus respectivos presupuestos de sueldos y gastos.

Artículo 18.- Declárase que la Ley N° 9.678, de 12 de agosto de 1937 y los artículos 39 y 41 de la Ley N° 13.608, de 8 de setiembre de 1967 regirán para todas o cualquier operación que haya realizado o realice en el futuro el Banco de la República Oriental del Uruguay.

Artículo 19.- (Operaciones de crédito, colocaciones e inversiones en el sector financiero) El Banco podrá situar o depositar fondos o valores en instituciones del sector financiero interno o externo, invertir en instrumentos financieros por ellas emitidos, así como concretar operaciones crediticias en las mismas, con los límites que el Directorio del Banco deberá establecer para estos tipos de operaciones, atendiendo al tipo de riesgo asumido, a la calificación de la entidad financiera contratante y a la diversificación de las inversiones.

En ningún caso los límites referidos podrán superar los que fije el Banco Central del Uruguay para estos tipos de operaciones.

Artículo 20.- (Inversiones en deuda soberana interna y externa) Al mismo régimen establecido en el artículo anterior estarán sometidas las inversiones en deuda soberana interna y externa.

Artículo 21.- (Operaciones de ahorro de personas relativamente incapaces) El Banco podrá abrir cuentas de ahorro, en las condiciones que determine, a niños, niñas o adolescentes, púberes, los que podrán por si depositar y retirar sus depósitos, mientras no se notifique a la institución bancaria una resolución judicial en contrario.

Los representantes legales no podrán retirar los depósitos de sus representados relativamente incapaces, sin el consentimiento de estos.

CAPÍTULO V. PROHIBICIONES

Artículo 22.- (Prohibiciones) El Banco no podrá:

1) Hacer préstamos para fomentar especulaciones de Bolsa o de cualquier otra índole.

2) Adquirir acciones de sociedades anónimas, salvo en los casos previstos por el numeral 18), 19) y 20) del artículo 13 o propiedades raíces (fuera de las que necesite para el funcionamiento del Banco y sus dependencias o sean producto de operaciones de fideicomiso o crédito de uso), pudiendo sin embargo recibir o adquirir acciones, obligaciones o propiedades en pago o garantía de deudas cuyo cobro no pueda realizarse de otro modo. También podrá adquirir obligaciones o acciones cuando se trate de operaciones de prefinanciamiento de emisión de obligaciones o las de acciones que impliquen su tenencia transitoria con fines de capitalización de la entidad emisora.

La prohibición de adquisición de acciones de sociedades anónimas no regirá cuando se trate de constituir o participar como socio de una sociedad comercial cuyo objeto social exclusivo sea la administración de fondos de Ahorro Previsional.

3) Tomar parte, directa o indirectamente, en operaciones comerciales o industriales ajenas a su giro, con las excepciones previstas en la presente ley.

4) Conceder créditos o avales a los miembros del Directorio o a su personal superior, ya sean asesores o funcionarios que desempeñan cargos gerenciales, así como a empresas o a instituciones de cualquier naturaleza en las que estos funcionarios actúen en forma rentada u honoraria, como Directores, Directivos, Síndicos, Fiscales o en cargos superiores ya sea en Dirección, Gerencia o Asesoría, sea esta situación directa o indirecta a través de personas físicas o jurídicas de cualquier naturaleza. Se exceptúan las operaciones ordinarias de Crédito Social o de tarjetas de crédito.

La prohibición prevista en este numeral se mantendrá hasta un año después del abandono del cargo por el funcionario correspondiente.

CAPÍTULO VI. ESTABLECIMIENTO DE SUCURSALES Y AGENCIAS

Artículo 23.- (Establecimiento de Sucursales y Agencias) Además de las Sucursales que el Banco ha establecido y deberá mantener en todas las Capitales de Departamento, podrá instalar Sucursales y Agencias en otras localidades, con carácter permanente o transitorio.

Podrá también establecer sucursales, agencias o representaciones en el exterior, con el voto conforme de tres miembros del Directorio y autorización del Poder Ejecutivo.

CAPÍTULO VII. RELACIONES DEL BANCO CON EL PODER EJECUTIVO

Artículo 24.- El Estado responde directamente de los depósitos y operaciones que realice el Banco.

Artículo 25.- Los depósitos judiciales, los provenientes de instituciones públicas estatales o no estatales, y los que deban efectuar los particulares en garantía de obligaciones y contratos con el Estado se efectuarán de conformidad con las disposiciones legales y reglamentarias vigentes a la fecha de la promulgación de la presente ley.

CAPÍTULO VIII. DIVISIÓN CRÉDITO SOCIAL

Artículo 26.- La División Crédito Social (Caja Nacional de Ahorros y Descuentos), funcionará como una unidad dependiente del Banco y será dirigida y administrada por el Directorio.

Artículo 27.- Sus operaciones serán determinadas por el Directorio y consistirán, principalmente, en:

a) acordar préstamos o créditos con garantía prendaria de alhajas, muebles y otros objetos,

b) otorgar créditos o préstamos con o sin retención de haberes, a empleados públicos, privados, jubilados o pensionistas,

c) Conceder créditos o préstamos a personas que ejerzan profesión u oficio y ofrezcan garantía satisfactoria.

d) Dar anticipos de sueldos a empleados públicos y privados, así como a jubilados y pensionistas respecto de sus jubilaciones y pensiones.

Artículo 28.- El interés a cobrarse sobre los créditos otorgados por la División Crédito Social será fijado por el Directorio, quien deberá ponderar especialmente a esos efectos, el destino social que tienen los mismos.

Artículo 29.- Todas las referencias existentes en la legislación vigente a la Caja Nacional de Ahorros y Descuentos y todas las facultades a ella conferidas, se entenderán efectuadas a la División Crédito Social.

CAPÍTULO IX. DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 30.- Los límites para créditos o préstamos, así como para las colocaciones o inversiones previstas en esta Carta Orgánica, son sin perjuicio de los que establezca el Banco Central del Uruguay para las Instituciones de Intermediación Financiera.

Artículo 31.- En las ejecuciones de hipoteca iniciadas por el Banco, los jueces ordenarán sin más trámite y directamente a pedido y bajo la responsabilidad de aquel, el levantamiento de todo embargo, segunda y ulteriores hipotecas o cualquier otro gravamen posterior a la hipoteca que pese sobre el inmueble vendido, al solo efecto del traspaso de dominio.

Las costas y costos que se originen en caso de ejecución de segunda o ulteriores hipotecas, no tendrán prelación sobre el crédito del Banco.

Artículo 32.- El Banco podrá solicitar de los jueces que se le dé posesión de las propiedades hipotecadas y le concedan el embargo y percepción inmediata de sus rentas para aplicarlas al pago de los servicios, gastos de administración y conservación de las propiedades, si los deudores dejaren pasar noventa días desde las fechas en que debieran pagarse los servicios respectivos.

Artículo 33.- Declárase de utilidad pública la adquisición de los terrenos y fincas que el Banco necesite para establecer o ensanchar sus oficinas o dependencias.

Artículo 34.- El Banco publicará anualmente, previa visación del Tribunal de Cuentas de la República, los estados contables correspondientes al cierre de cada ejercicio económico. El Directorio dará cuenta anualmente de su gestión al Poder Ejecutivo.

Lo precedentemente dispuesto es sin perjuicio de atender las disposiciones que en esta materia, regulan la actividad bancaria.

Artículo 35.- El Poder Ejecutivo dictará el reglamento general por el cual deberá regirse el Banco, de acuerdo con las disposiciones que preceden. A esos efectos, el Directorio formulará el proyecto correspondiente y lo elevará al Poder Ejecutivo.

Artículo 36.- Las quitas que se concedan a los créditos comprendidos en el artículo 622 de la Ley N° 15.903, de 10 de noviembre de 1987 deberán otorgarse por un mínimo de tres votos conformes de integrantes del Directorio.

Artículo 37.- Ninguna de las disposiciones de la presente ley afecta las potestades de regulación, supervisión, control y punición que las leyes vigentes acuerdan al BCU sobre el BROU en su calidad de institución de intermediación financiera integrante del sistema financiero nacional.

Artículo 38.- Los cometidos, facultades, competencias, prerrogativas o atribuciones conferidos al Banco de la República en esta Carta Orgánica, son sin perjuicio de cualesquiera otros que le hubieran sido confiados por la legislación vigente a la fecha de la promulgación de la presente, o que le correspondiesen en su condición de entidad de intermediación financiera.

Artículo 39.- Deróganse la Ley N° 9.808, de 2 de enero de 1939, los Arts. 5º y 6º de la Ley N° 13.243, de 20 de febrero de 1964, artículos 1º y 2º de la Ley N° 14.623, de 4 de enero de 1977 y la Ley N° 17.416, de 20 de noviembre de 2001.

Artículo 40.- Comuníquese, etc.

Fernando Lorenzo.

CÁMARA DE REPRESENTANTES

Comisión de Hacienda

Informe

Señores Representantes:

La Comisión de Hacienda recomienda a la Cámara la aprobación del presente proyecto de ley por el cual el Poder Ejecutivo propone la actualización de la Carta Orgánica del Banco de la República Oriental del Uruguay.

En cuanto a la forma de dirección del Banco de la República Oriental del Uruguay se modifican las mayorías necesarias para la toma de decisiones, estableciendo la mayoría absoluta a los efectos de facilitar y agilizar la gestión, al tiempo de adecuarla a la nueva realidad política del país.

Como aspectos destacables de este proyecto cabe remarcar, en sus Capítulos I y II, la incorporación de nuevas prácticas en lo que tiene que ver con el funcionamiento del Directorio del mismo, y sus atribuciones.

En el Capítulo III, se adecuan el capital y las reservas a valores actuales, y asimismo se determina un nuevo régimen de distribución de las utilidades.

En el Capítulo IV, se establecen límites para los otorgamientos de créditos, y las formas de relacionamiento del BROU con distintos agentes públicos y privados.

En el Capítulo V, se encuentran las operaciones prohibidas a la institución, y en el Capítulo VI, se hace una actualización de las potestades a los efectos de abrir nuevas sucursales y agencias.

En el Capítulo VII, se mantienen las principales características de relacionamiento del BROU con el Poder Ejecutivo.

En el Capítulo VIII, se detallan las operaciones principales que deberá realizar la División Crédito Social.

Finalmente, en el Capítulo IX, se incorporan normativas vigentes de distinta índole a la estructura del estatuto.

Sala de la Comisión, 22 de noviembre de 2010.

Gonzalo Mujica, Miembro Informante; Ana Irene Lima, Alicia Torres, Pablo Pérez, Alejandro Sánchez, Alfredo Asti; Marco Correa, con salvedades que expresará en Sala; Jorge Gandini, con salvedades que expresarán en Sala; Iván Posada, con salvedades que expresará en Sala.

missing image file

missing image file

missing image file

missing image file

missing image file

missing image file

missing image file

missing image file

missing image file

missing image file

missing image file

missing image file

missing image file

missing image file

missing image file

missing image file

missing image file

missing image file

missing image file

missing image file

missing image file

missing image file

missing image file

missing image file

missing image file

missing image file

missing image file

missing image file

missing image file

missing image file

missing image file

missing image file

missing image file

missing image file

missing image file

missing image file

missing image file

missing image file

missing image file

missing image file

missing image file

missing image file

missing image file

missing image file

missing image file

missing image file

missing image file

missing image file

missing image file

missing image file

missing image file

missing image file

missing image file

missing image file

missing image file

missing image file

missing image file

missing image file

missing image file

missing image file

missing image file

missing image file

missing image file

missing image file

CÁMARA DE SENADORES

Comisión de Hacienda

ACTA Nº 23

En Montevideo, el día catorce del mes de diciembre de dos mil diez, a la hora diecisiete y cinco minutos se reúne la Comisión de Hacienda de la Cámara de Senadores.

Asisten los señores Senadores miembros, Sergio Abreu, José Amorín, Carlos Baráibar, Alberto Couriel, Francisco Gallinal, Antonio Gallicchio, Luis A. Heber, Enrique Rubio y Héctor Tajam.

Preside el señor Senador Carlos Baráibar, Presidente de la Comisión.

Actúan en Secretaría, la señora Dinorah Amato, Secretaria de la Comisión y el señor Jorge Fernández, Prosecretario.

Abierto el acto se procede a la toma de la versión taquigráfica, cuya copia dactilografiada luce en el Distribuido Nº 559/10 que forma parte de la presente Acta.

Asunto entrado:

La Cámara de Representantes remite aprobado un proyecto de ley, por el que se faculta al Ministerio de Economía y Finanzas a aplicar sanciones a los infractores de las normas legales y reglamentarias en materia de Régimen de Origen Mercosur. Carpeta Nº 420/10.

Asunto considerado:

CARTA ORGÁNICA DEL BANCO DE LA REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY. Modificación. Proyecto de ley aprobado por la Cámara de Representantes. Carpeta Nº 410/10. Distribuido Nº 480/10.

En consideración:

Se vota:

Artículo 1º. Se vota 9 en 9. Afirmativa. UNANIMIDAD.

Artículo 2º. Se vota 9 en 9. Afirmativa. UNANIMIDAD.

Artículo 3º. Se vota 9 en 9. Afirmativa. UNANIMIDAD.

Artículo 4º. Se vota 9 en 9. Afirmativa. UNANIMIDAD.

Artículo 5º. Se vota 9 en 9. Afirmativa. UNANIMIDAD.

Artículo 6º. Se vota 9 en 9. Afirmativa. UNANIMIDAD.

Artículo 7º. Se vota 9 en 9. Afirmativa. UNANIMIDAD.

Artículo 8º. Se vota 9 en 9. Afirmativa. UNANIMIDAD.

Artículo 9º. Se vota 9 en 9. Afirmativa. UNANIMIDAD.

Artículo 10. Se vota 8 en 9. Afirmativa.

Artículo 11. Se vota 5 en 9. Afirmativa.

Artículo 12. Se vota 8 en 9. Afirmativa.

Artículo 13. Se vota 8 en 9. Afirmativa.

Artículo 14. Se vota 8 en 9. Afirmativa.

Artículo 15. Se vota 8 en 9. Afirmativa.

Artículo 16. Se vota 8 en 9. Afirmativa.

Artículo 17. Se vota 8 en 9. Afirmativa.

Artículo 18. Se vota 8 en 9. Afirmativa.

Artículo 19. Se vota 8 en 9. Afirmativa.

Artículo 20. Se vota 8 en 9. Afirmativa.

Artículo 21. Se vota 5 en 9. Afirmativa.

Artículo 22. Se vota 8 en 9. Afirmativa.

Artículo 23. Se vota 9 en 9. Afirmativa. UNANIMIDAD.

Artículo 24. Se vota 9 en 9. Afirmativa. UNANIMIDAD.

Artículo 25. Se vota 9 en 9. Afirmativa. UNANIMIDAD.

Artículo 26. Se vota 9 en 9. Afirmativa. UNANIMIDAD.

Artículo 27. Se vota 9 en 9. Afirmativa. UNANIMIDAD.

Artículo 28. Se vota 9 en 9. Afirmativa. UNANIMIDAD.

Artículo 29. Se vota 9 en 9. Afirmativa. UNANIMIDAD.

Artículo 30. Se vota 8 en 9. Afirmativa.

Artículo 31. Se vota 8 en 9. Afirmativa.

Artículo 32. Se vota 8 en 9. Afirmativa.

Artículo 33. Se vota 6 en 9. Afirmativa.

Artículo 34. Se vota 9 en 9. Afirmativa. UNANIMIDAD.

Artículo 35. Se vota 9 en 9. Afirmativa. UNANIMIDAD.

Artículo 36. Se vota 9 en 9. Afirmativa. UNANIMIDAD.

Artículo 37. Se vota 9 en 9. Afirmativa. UNANIMIDAD.

Artículo 38. Se vota 9 en 9. Afirmativa. UNANIMIDAD.

Artículo 39. Se vota 8 en 9. Afirmativa.

Artículo 40. Se vota 5 en 9. Afirmativa.

Artículo 41. Se vota 8 en 9. Afirmativa.

Se designa Miembro Informante al señor Senador Héctor Tajam, quien lo hará en forma verbal.

Resolución:

Sesionar en forma extraordinaria el próximo martes veintiuno del corriente a las catorce horas.

A la hora dieciocho se levanta la Sesión.

Para constancia se labra la presente Acta que firman el señor Presidente y la señora Secretaria de la Comisión.

Carlos Baráibar, Presidente; Dinorah Amato, Secretaria.

001.jpg

missing image file

missing image file

missing image file

missing image file

missing image file

missing image file

missing image file

missing image file

missing image file

missing image file

missing image file

missing image file

missing image file

missing image file

missing image file

missing image file

missing image file

missing image file

missing image file

missing image file

missing image file

missing image file

missing image file

missing image file

missing image file

missing image file

missing image file

missing image file

missing image file

missing image file

missing image file

missing image file

missing image file

missing image file

missing image file

missing image file

missing image file

missing image file

missing image file

missing image file

SEÑOR PRESIDENTE.- Léase el proyecto.

(Se lee.)

- En discusión general.

Tiene la palabra el Miembro Informante, señor Senador Tajam.

SEÑOR TAJAM.- Señor Presidente: este proyecto de ley, que ya fue aprobado por la Cámara de Representantes, tuvo un tratamiento breve en el seno de la Comisión de Hacienda, en la que fueron recibidos los representantes del Ministerio de Economía y Finanzas y del Directorio del Banco de la República Oriental del Uruguay, dado que refiere a la actualización de su Carta Orgánica, aún vigente.

A mi juicio, en este proyecto de ley hay tres motivos primarios y uno adicional que sustentan su presentación.

Con respecto a los motivos primarios, cabe citar que uno de ellos tiene que ver con las mayorías necesarias para la toma de decisiones del Banco, a fin de darle más agilidad, como decía el propio Presidente de esa Institución. Es una realidad que esas mayorías se modificaron en el marco de los acuerdos multipartidarios que posibilitaron la participación de la oposición en el Directorio del Banco. Por lo tanto, el cambio obedece a varias causas y objetivos.

Otro de los motivos primarios está vinculado con la actualización del capital autorizado del Banco que, como se dijo en el seno de la Comisión, hoy se remite a la ridícula suma de $ 1.500, en función de que está nominado en moneda nacional -que se fue desvalorizando progresivamente- y no fue actualizado.

El tercer motivo tiene que ver con la eliminación del numeral 2 del Capítulo II “Del Departamento de Emisión”, sobreviviente de épocas en que el Banco de la República Oriental del Uruguay también cumplía las funciones del Banco Central del Uruguay. Esto ocurrió hasta 1967, año en que este último comenzó a funcionar como tal. Al respecto, también cabe señalar que se elimina la norma referente al encaje del Banco, definido como un porcentaje de los depósitos realizados en él. Obviamente, quien lo define ahora es el propio Banco Central del Uruguay y el Banco de la República Oriental del Uruguay responde a las normas bancocentralistas, a la par de la banca privada en este sentido.

También se elimina la posibilidad de que exista una cuenta corriente contra la cual el Poder Ejecutivo pueda girar en descubierto por hasta $ 20:000.000 para el pago de las planillas presupuestales.

Asimismo, cabe puntualizar que se elimina la preferencia del Banco para negociar préstamos del Estado y de los Municipios por hasta el límite que fijará el propio Directorio.

Todas estas eliminaciones se producen en el marco más amplio del Departamento de Emisión, porque tienen que ver con temas supervivientes de otros tiempos.

Hace un momento dijimos que había un tema adicional, que finalmente se agregó y resultó polémico. Tiene que ver con la posibilidad de hacer un aporte adicional de las utilidades netas anuales; sobre el 50% que la ley vigente habilita, se establece un 30% adicional para el financiamiento de proyectos productivos que, por su carácter social, hoy el Banco no puede atender.

Es interesante destacar que dentro del Capítulo IV “Cometidos y Atribuciones Principales”, en el artículo 12 (Cometidos), se indica que el Banco tendrá como principales cometidos, procurar que los servicios financieros resulten accesibles a la población, estimular el ahorro como instrumento de desarrollo personal y fomentar la producción de bienes y servicios, de forma de contribuir al crecimiento económico y social del país. Este es un entorno que se da al Banco en el marco de los objetivos del país productivo, que ha sido varias veces señalado en otras definiciones de política económica.

No es la primera vez que el Banco hace un aporte como este de sus utilidades, para destinos específicos fijados por el Poder Ejecutivo, en función de una coyuntura favorable que se materializa en importantes ganancias, además de cumplir holgadamente con los indicadores de solvencia fijados por el Banco Central del Uruguay. Ya hubo Rendiciones de Cuentas que apelaron a este recurso, pero después ampliaremos el tema.

Aun cuando la primera versión de la Carta Orgánica del Banco de la República Oriental del Uruguay data de 1939 -fue modificada en pocas ocasiones-, es importante anotar que la propia exposición de motivos nos indica que con este proyecto de ley no se pretende alterar el marco jurídico general en que se sustenta la actividad de la institución, ni se proponen cambios estructurales significativos. Compartimos esa opinión porque creemos que existe una modernización de la Carta Orgánica y algunos cometidos específicos del momento.

Con respecto al tema del Directorio, habíamos indicado que el cambio principal se daría en torno a las mayorías. No obstante, cabe mencionar también el artículo 9º, que amplía a los miembros de los Directorios de otros Entes Autónomos o Servicios Descentralizados la posibilidad de integrar el Directorio del Banco en caso de acefalía temporaria, mediante designación del Poder Ejecutivo. En la versión vigente de la Carta Orgánica, esta acefalía, en caso de requerirse quórum especial, solamente contemplaba la designación de un miembro del Directorio de otro banco oficial. Ahora se amplía la posibilidad de compensar la ausencia de miembros del Directorio con integrantes de otros Directorios de Entes Autónomos.

También el artículo 7º fue especialmente nombrado por el Presidente del Banco de la República Oriental del Uruguay, ya que se necesitaba de su habilitación para aplicar un determinado régimen de reuniones del Directorio.

Asimismo, el artículo 5º tiene que ver con el funcionamiento del Directorio, porque le brinda mayores posibilidades de actuación al Vicepresidente de la Institución, a los efectos de que pueda asociarse, con el fin de cumplir mejor las funciones del Directorio, con el propio Presidente.

Todo lo expuesto tiene que ver con el funcionamiento del Directorio, que va mejorando y posibilitando una acción más efectiva del Banco.

Como decíamos anteriormente, tal vez el cambio más relevante que se propone tenga que ver con la mayoría necesaria para tomar decisiones. Los actuales requerimientos fijan en 4 o 5 los votos necesarios, y ahora se reducen a 3, por los motivos que hemos señalado.

En cuanto a las mayorías, en el artículo 17 se cambian de 4 a 3 los votos necesarios para conceder créditos o préstamos al Estado y a los Gobiernos Departamentales, con la aprobación del Poder Legislativo.

En el artículo 23 los votos se cambian de 5 a 3, para establecer sucursales, agencias o representaciones en el exterior, que obviamente se agregan ahora, porque originalmente el Banco no las tenía.

Por el numeral 18) del artículo 13, se requieren 3 votos para adquirir acciones o partes de capital de instituciones financieras radicadas en el exterior del país.

El artículo 14 cambia de 4 o 5 a 3 los votos necesarios para definir los límites del crédito a una misma persona física o jurídica.

Por su parte, el artículo 36 cambia los votos de los integrantes de los Directorios de 4 a 3 para las quitas que se conceden a créditos de la Ley Nº 15.903, que exigía esa mayoría especial.

Por último, el artículo 10 define 3 votos para incorporar las utilidades remanentes al Fondo de Reserva.

Señor Presidente: queríamos hacer notar los casos particulares en los que ahora las mayorías refieren a 3 integrantes del Directorio, cuando antes aludían a 4 o 5.

Esto es cuanto queríamos señalar respecto al tema del Directorio del Banco.

En lo que tiene que ver con el capital autorizado del Banco, la última vez que se actualizó fue en 1964, por la Ley Nº 13.246, que lo había fijado en $ 1.500:000.000. Hoy, después de los cambios en las nominaciones y en virtud de la desvalorización, queda en $ 1.500 ¡Tómese en cuenta la desproporción que esto significa al 30 de noviembre! El capital del Banco de la República Oriental del Uruguay asciende a la suma de $ 22.290:000.000, alrededor de US$ 1.100:000.000; estamos hablando de la institución bancaria más importante del país, que maneja un capital importantísimo.

El artículo 10 introduce dos cambios: uno cuantitativo y, el otro, en la unidad de medida. De esta manera, el capital autorizado del Banco se fija ahora en 10.000:000.000 de Unidades Indexadas. Quiere decir que cambia la unidad de medida; antes eran pesos y ahora se trata de Unidades Indexadas. Esta es una cifra cercana a los $ 22.000:000.000 que, al estar expresada en Unidades Indexadas, evitará en el futuro problemas de desvalorización del monto indicado y, por lo tanto, se irá actualizando.

Reitero, $ 22.000:000.000 coinciden con lo que hoy es el capital del Banco.

El otro punto que queríamos desarrollar tiene que ver con las utilidades del Banco de la República Oriental del Uruguay y esto está tratado en los artículos 10, 11, 40 y 41.

El artículo 10 destina un 20% a Fondo de Reserva -lo que ya estaba establecido en la Carta Orgánica vigente- y el 80% restante para cubrir las contribuciones que fije el Poder Ejecutivo.

Por su parte, el artículo 11 mantiene el aporte de hasta un 50% de sus utilidades netas a Rentas Generales, pero que ahora será fijado por el Poder Ejecutivo. Antes, según el artículo 23, se requería que se estableciera por ley, pero el artículo 11 -importante es decirlo-, agrega el requisito de que las contribuciones a Rentas Generales se realizarán si el indicador que relaciona la responsabilidad patrimonial neta -el patrimonio del Banco- con la responsabilidad patrimonial mínima, que fija el Banco Central del Uruguay, es mayor a 1.3, es decir, que la supere en más del 30%.

Por lo tanto, junto con la indicación del aporte a Rentas Generales de hasta un 50% de las utilidades, se hace referencia al cumplimiento de este requerimiento. ¿Cómo figura hoy este requerimiento? Esto es importante tenerlo en cuenta. Hoy el capital del Banco supera en dos veces y media el mínimo establecido por el Banco Central del Uruguay, es decir que está muy por encima de la banca privada, que tiene un promedio de 1,55. Si sumamos el Banco República a todo el sistema financiero, la cifra aumenta a 1,62. De manera que es el Banco más sólido del país. Ese capital mínimo ronda los US$ 440:000.000, por lo que es ampliamente superado por los US$ 1.100:000.000 que habíamos indicado anteriormente. Para alcanzar la relación de 1,3, bastaría con un capital de US$ 570:000.000. En conclusión, el Banco debería perder, como decía su propio Presidente, más de US$ 530:000.000 de capital para estar por debajo de esa cifra, lo que es muy improbable. Además, si observamos cómo se dio su capitalización, es fácil comprobar que no ha sido un hecho aislado, sino el fruto de una política continua y consistente que fue sustentando el patrimonio del Banco en bases muy sólidas. En 2008 esa relación ya estaba en 1,9 y luego se siguió avanzando, es decir que esta situación patrimonial es fruto de un proceso que no se revierte fácilmente y estamos seguros de que va a continuar acompasado a lo que es el proceso de crecimiento económico y social del país. En caso de que bajara de 1,3, el Poder Ejecutivo debería obligar a capitalizar las utilidades. Entonces, se agregó este importante requerimiento que, además -lo mencionábamos hoy como uno de los temas que se incorporan en la Carta-, posibilita un aporte adicional del 30% para proyectos productivos. El artículo 40 establece claramente que este aporte se destinará a la creación de fondos con el objetivo de apoyar el financiamiento de proyectos productivos viables y sustentables, que resulten de interés a juicio del Poder Ejecutivo. Y a continuación dispone que, a través del Ministerio de Economía y Finanzas, se reglamentará su forma de funcionamiento. Es decir que queda pendiente una reglamentación a la que se refirió muy claramente el señor Ministro cuando habló de la orientación de esos fondos.

El artículo 41 establece que el Poder Ejecutivo remitirá en cada Rendición de Cuentas información detallada respecto a la utilización de los fondos. Creo que este es un aspecto importante, porque hay un compromiso de transparencia que apunta a informar al Parlamento cada año si se utilizan estos fondos. Debemos destacar que no es una obligación del Banco aportar este 30% adicional, sino una posibilidad.

Quiero referirme también a un aspecto polémico del artículo 40, que en su comienzo establece: “Sin perjuicio de lo establecido en el inciso segundo del artículo 11 de la Carta Orgánica”, etc. Este inciso segundo está referido a la relación de 1,3, por lo que, en realidad, debería haberse hecho mención al primer inciso. Seguramente fue un error que se produjo cuando el artículo 11 fue separado y la parte adicional del 30% fue llevada al artículo 40. De todas maneras, me interesa destacar que el señor Presidente del Banco de la República señaló que este error no tiene ningún efecto económico y si esto llegara a ocurrir en la realidad actual del Uruguay, el país debería tener una crisis peor a la del año 2002, lo que es impensable.

El tema del adicional del 30% que se toma de las utilidades del Banco República ha sido muy discutido, pero lo cierto es que estos fondos se destinan a apoyar proyectos productivos, lo que actualmente no se puede hacer, no porque el Banco no quiera, sino porque no puede en virtud de las normas bancocentralistas y del propio funcionamiento del sistema financiero a partir de las conductas de los ahorristas y del crédito.

Nos interesa destacar algunos aspectos sobre este tema. Cuando un Banco presta, debe tener una base sólida dentro de sus depósitos, partiendo de un margen de riesgo que asume y, además, de un cierto horizonte de inversión. La conducta del ahorro hoy en Uruguay tiene una particularidad que hace muy difícil orientar el crédito hacia la inversión y las actividades productivas, porque los depósitos a la vista superan el 70% del total. Esto, indudablemente, ha hecho que el sistema financiero se oriente a inversiones de plazos más cortos. Es una realidad que se aprecia muy claramente cuando vemos cómo empieza a evolucionar el crédito de la llamada “banca persona” sobre la “banca empresa”. A fines del año 2009 el crédito orientado a la banca persona, es decir, el crédito individual, al consumo, prácticamente alcanzó al orientado a las empresas. Este fue de US$ 1.015:000.000, mientras el de banca persona alcanzó los US$ 906:000.000. Se trata, pues, de casi el mismo porcentaje: 37% para las empresas y 33% para las personas. Este es el reflejo de la otra situación, es decir, de que el 70% de los depósitos sean a la vista. Es más, se busca el mantenimiento de las utilidades y la solidez de este Banco. Tal como dijo el Presidente, la institución tiene una capacidad prácticamente ilimitada de préstamos, pero por las razones que estamos exponiendo -es decir, por las normas de funcionamiento del sistema y por el comportamiento de los actores del sistema, de los que piden crédito y de los que lo financian con sus depósitos- no los puede cubrir.

Fíjese, señor Presidente, que el total de activos de ese momento -la cifra siguió aumentando, pero nosotros vamos a hacer referencia al último balance- era de US$ 9.000:000.000 -es decir, un tercio del PBI-, de los cuales US$ 2.800:000.000 se colocaron en el sector no financiero interno y US$ 4.800:000.000 en el exterior. Quiere decir que de un total de casi US$ 9.000:000.000, solamente un tercio se destinó al crédito: 37% a las empresas, 33% a las personas, 14% al sector agropecuario y 20% al fideicomiso. A su vez, el 53% de esos activos -US$ 4.800:000.000- correspondieron a colocaciones financieras, de los cuales el 39% -US$ 1.900:000.000- se ubicaron en el exterior, el 29% -casi US$ 1.400:000.000- se encuentra en la sucursal de Nueva York, el 22% está colocado en Títulos -US$ 1.000:000.000- y el resto -US$ 1.800:000.000- en el Banco Central. El desbalance que producen las situaciones de funcionamiento que se dan en el propio sistema financiero -aclaro que no estamos diciendo que el Banco no quiera actuar, pero se ve restringido por ellas- y la conducta de los principales actores, provoca que la Institución no pueda asumir lo que le estamos solicitando, es decir, el crédito productivo.

Como podrán apreciar los señores Senadores, aquí no vamos a hablar de cifras menores a millones de dólares. Las utilidades del Banco de la República en el 2010 seguramente lleguen a alrededor de US$ 140:000.000, después del pago de impuestos, es decir, del IRIC, que es el gravamen fundamental que paga esta Institución. Por lo tanto, un 30% de ese monto no va a ser una cifra muy grande, pues no llega ni a US$ 50:000.000. Recién estábamos manejando miles de millones de dólares que el propio Directorio del Banco califica como una capacidad inconmensurable de crédito y nosotros proponemos reorientar hacia proyectos productivos -mediante la formulación del artículo 40- entre US$ 40:000.000 y US$ 50:000.000.

Por todo esto, nos parece importante definir las características del Banco y, en particular, las de los bancos públicos. Hoy el sistema financiero presta en relación directa con la garantía y en relación inversa con las necesidades. Sin ninguna duda, este es un subproducto de la crisis que, como decíamos, también alteró la conducta de los ahorristas. Fíjese, señor Presidente, cuáles son las tasas de interés por tamaño del establecimiento, ordenadas de mayor a menor. La tasa de interés mayor corresponde a las microempresas; luego le sigue la pequeña empresa; después la mediana empresa y por último la gran empresa. Si bien a nosotros nos podría parecer una situación inversa en cuanto a quiénes tienen capacidad para pagar la devolución de los empréstitos, las unidades económicas en las que está sustentada la mayor creación de empleo son las que tienen que asumir los mayores costos del crédito. Este tema nos apoya en la decisión de utilizar este adicional de las utilidades para beneficiar a los proyectos productivos de otro carácter, que tienen que ver con el desarrollo del fomento. Podemos ayudar al Banco de la República para que cumpla esa función de fomento que hoy no puede desarrollar; podemos darle los instrumentos para que esas utilidades sean reorientadas de otra manera.

Tenemos claro que contamos con instrumentos, algunos de los cuales fueron mencionados por el Ministro de Economía y Finanzas, señor Lorenzo, cuando hizo referencia a la Corporación Nacional para el Desarrollo. Inclusive, varios compañeros Senadores se refirieron al hecho de que el Banco de la República se abrió al microcrédito, pero nosotros también tenemos un instrumento que todavía no hemos utilizado y que pensamos emplear. Me refiero a la Agencia Nacional para el Desarrollo, creada a través de la Ley Nº 18.602, que está apta para utilizar estos fondos. En efecto, el literal H) del artículo 2º habilita a la Agencia para “Administrar fondos, por cuenta de terceros, dirigidos al fomento, promoción o asistencia a actividades o sectores productivos”. Por su parte, el literal I) refiere a “Constituir fondos de inversión y fideicomisos y cumplir cualquiera de las funciones referidas a fideicomisos en general, financieros o de cualquier otro tipo que tengan por fin el cumplimiento de los cometidos” que se mencionan en dicha norma. El literal K) expresa que debe “Actuar como ejecutora de proyectos vinculados al desarrollo económico productivo financiados con préstamos o donaciones nacionales o internacionales”. Más adelante, el artículo 14 del Capítulo III “Régimen Financiero”, expresa que “Constituirán recursos y fuentes de financiamiento de la Agencia:”, por ejemplo, lo que se estipula en el literal D) “Las transferencias de organismos públicos y/o privados que sean realizadas a la Agencia para la ejecución de programas e instrumentos”.

A su vez, el artículo 22 del Capítulo IV “Disposiciones Generales”, faculta “al Poder Ejecutivo a transferir o encomendar a la Agencia, mediante el establecimiento de convenios o contratos, las tareas de administración, organización, ejecución, coordinación o contralor de todos aquellos planes, programas, fondos e instrumentos cuyo objetivo esté directamente relacionado con la finalidad y cometidos de la Agencia”.

Quiere decir que esta disposición establece un instrumento idóneo para utilizar estos fondos y en un principio, cuando se elaboró el proyecto de ley que vino del Poder Ejecutivo, que se refería únicamente a la constitución de fondos de garantía, en la Cámara de Representantes se entendió que se debía establecer una mayor amplitud, porque si bien se levantaba una de las limitaciones de los proyectos hacia los cuales queremos direccionar estos fondos, igual quedaban sujetos al entorno financiero que ya hemos detallado, que no es necesariamente proclive al desarrollo y al fomento. Estos fondos quedaron así y pueden tener diversas aplicaciones; tampoco se descarta que una parte de ellos se pueda utilizar para fondo de garantía.

Se ha dicho que el hecho de que se sustrajeran fondos adicionales para los destinos mencionados, podía ser peligroso o que podía atentar contra la solidez del Banco. Por el contrario, si se analizan los números que manejamos cuando destacamos la solidez del Banco de la República Oriental del Uruguay -se habló de varios millones de dólares: US$ 40:000.000, US$ 45:000.000 y US$ 50:000.000 que se podrían derivar hacia este fondo-, se podrá comprobar que no tiene mayor sustento decir que esto podría acarrear alguna complicación para esta institución. He mencionado que hubo una experiencia anterior, concretamente, la instancia de la Rendición de Cuentas de 2006, momento en que se conformó el espacio fiscal que luego diera lugar al apoyo de importantes políticas económicas del gobierno del doctor Tabaré Vázquez, por ejemplo, respecto al Fondo Nacional de Salud y al Plan de Equidad. Del mismo modo, también se impulsó al propio sector productivo con US$ 27:000.000 para el sector textil de la vestimenta que en aquel entonces estaba en crisis. Sin embargo, no hubo ningún problema para el Banco que, en aquella circunstancia, aportó US$ 50:000.000 para todo ese espacio fiscal con un requisito inferior al que hoy se plantea. En esa etapa la relación de la responsabilidad patrimonial neta con respecto al mínimo exigido por el Banco Central del Uruguay no llegaba al 2,5 que hoy estamos reclamando. Cuando el Banco de la República aportó US$ 50:000.000 y el Banco de Seguros del Estado, US$ 10:000.000 para conformar una de las columnas de aquel espacio fiscal que dio la posibilidad de acceder a fondos y resultados tan interesantes e importantes, el indicador era del 1,9. Esto demuestra que también existen antecedentes.

En resumen, debemos ayudar al Banco de la República a prestar con los destinos diversificados que se considere conveniente. Por lo menos, el propio Presidente del Directorio planteó que, a su entender, sería adecuado prestar de otra manera, o sea, fuera de los marcos del sistema financiero actual que carece de fondos de desarrollo y de fomento. Insisto en que lo que se implementa mediante estas disposiciones es de poco porte y si lo relacionamos con las cifras que se manejan, me atrevería a decir que, tal como lo afirmó su Presidente en la Comisión de Hacienda, es insignificante y sin efecto económico para el Banco.

Por último, quisiera hacer mención a algunos artículos a los que se les introdujeron modificaciones.

En el artículo 19 se establece que el Banco podrá realizar operaciones de crédito, colocaciones e inversiones en el sector financiero.

En el artículo 20 se habla que las inversiones en deuda soberana interna y externa estarán sometidas a los límites fijados por el Banco Central del Uruguay. Cabe acotar que esta posibilidad no estaba contemplada en la Carta Orgánica anterior.

El artículo 21 es novedoso porque promueve el ahorro de los jóvenes -tal como se había previsto en otros tiempos-, concretamente de mujeres de entre 12 y 18 años y de hombres de entre 14 y 18 años, o sea que se propicia un cambio de conducta. En realidad, la conducta de ahorro de los ciudadanos de este país podría condicionar una política de crédito y de apoyo productivo que, de no contar con instrumentos como los que aquí se proponen, quedaría en un marco financiero que dejaría de lado a los que más necesitan.

Por las razones y los fundamentos expuestos, solicitamos al Cuerpo la aprobación de este proyecto de ley.

SEÑOR LACALLE HERRERA.- ¿Me permite una interrupción, señor Senador?

SEÑOR TAJAM.- Con mucho gusto.

SEÑOR PRESIDENTE.- Puede interrumpir el señor Senador Lacalle Herrera.

SEÑOR LACALLE HERRERA.- Quisiera solicitar la aclaración de parte de la terminología porque me parece que se trata de una curiosidad jurídica. En particular, me refiero al numeral 14) del artículo 13, que dice: “Realizar operaciones de crédito de uso, factoraje con o sin recurso, prefinanciamiento de emisión de valores, reporto, y de derivados financieros”. Seguramente, el término “factoraje” será la traducción al castellano de la expresión factoring. Pero también me gustaría saber qué significa en castellano, y desde el punto de vista económico y bancario, la palabra “reporto”.

SEÑOR PRESIDENTE.- Puede continuar el señor Senador Tajam.

SEÑOR TAJAM.- El señor Senador Lacalle Herrera tiene razón en lo que refiere al término “factoraje”, pero vamos a hacer la consulta pertinente con respecto a la expresión “reporto” porque en este momento no la puedo responder.

SEÑOR ABREU.- Pido la palabra.

SEÑOR PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor Senador.

SEÑOR ABREU.- Señor Presidente: ante todo quiero hacer mención a la forma y al método con los que venimos trabajando. Estamos hablando de la reforma de la Carta Orgánica del Banco de la República Oriental del Uruguay, que es la tercera vez que se hace en la historia, desde 1896. Como se sabe, esta institución fue creada por el Presidente Idiarte Borda, a iniciativa del entonces Ministro Vidiella. Luego sufrió una serie de modificaciones hasta llegar a su estatización y monopolio en 1911.

Entre 1907 y 1908, antes de su estatización y declaración como Ente Autónomo, también sufrió modificaciones. Luego, en 1939, se produjo una reforma importante por la que se estableció un capital en su Departamento Bancario por valor de $ 60:000.000 y un fondo de reserva; cabe agregar que en aquel entonces dentro del organigrama del Banco de la República también figuraba el Departamento de Emisión. Es decir que todavía no existía el Banco Central del Uruguay, creado por la reforma constitucional de 1966, que separa las competencias en materia de política monetaria, sobre todo de política bancocentralista y de supervisión de actividades financieras.

Todo esto se fue manejando con modificaciones según los criterios jurídicos y políticos que se empleaban para la administración de sus utilidades. Siempre se consideró el 50% porque se entendía que esas utilidades -esa es la gran discusión- no eran naturales -como lo pueden ser en una sociedad comercial de Derecho Privado-, sino de otro tipo; y se distribuían con criterios diferentes. Por tanto, se hacía una contribución a Rentas Generales en función de los porcentajes que se fueron manejando a la luz de determinadas circunstancias puntuales y de las dificultades que vivió el país por mucho tiempo a partir de la constitución del Banco de la República. Así se continúa hasta 1964, cuando entra en vigencia la Constitución de 1966 y se separa el Banco de la República del Banco Central, que pasa a cumplir las funciones que desarrollaba el viejo Departamento de Emisión del Banco de la República Oriental del Uruguay.

La Comisión correspondiente venía trabajando, diría, a marcha forzada. Estamos hablando de una reforma importante del Banco de la República, e incluso de algunas coincidencias políticas en la forma de su integración, pero no llegamos a discutir profundamente el concepto de estas modificaciones, no solo desde el punto de vista jurídico y de técnica legislativa -que es pésima y este no es un tema menor-, sino también en relación a los aspectos de fondo que tienen que ver con cómo se dispone de las utilidades y de qué manera se interpreta el rol del Banco en el sistema crediticio y económico del país.

De acuerdo con la información que tenemos, en la Cámara de Representantes se introdujeron modificaciones. No obstante, tenemos una serie de dudas sobre la conexión entre los artículos 11 y 40. Pero, además, desde el punto de vista jurídico, tal como está redactado el articulado, la referencia que se hace de determinados incisos y de parte del artículo 40, está equivocada, lo que nos lleva a pensar que será probable que se originen dificultades de toda naturaleza en la interpretación y aplicación de la ley. Esto se debe a que no se ha administrado debidamente la técnica legislativa ni tampoco se nos ha permitido contribuir como quisimos hacerlo en estos temas de carácter general, e incluso en los de carácter particular, que van a beneficiar o crear ciertas expectativas laterales e importantes. A mi juicio, de ninguna manera se puede dejar de lado que la discusión de la reforma de la Carta Orgánica del Banco de la República necesita un estudio profundo y sobre todo un entendimiento claro de cómo se conecta con el resto de la normativa legal de nuestro país. Lo hemos manejado con las dificultades que imponen las mayorías regimentadas, porque si bien se ha reconocido que hay problemas, también es cierto que algunos artículos deben ser modificados, pero eso no se hace porque no se estaría en condiciones de poder disciplinar -por decirlo de alguna manera- al resto de las Bancadas de la Cámara de Representantes para poder finalizar con un proyecto de ley modificado y ajustado adecuadamente, tal como todos lo reconocen.

Este proyecto se ha impulsado a un ritmo absolutamente contradictorio en relación con lo que significa la buena técnica legislativa y la buena relación política, que implican que se pueda contribuir en aquellos puntos que consideramos necesario para que una norma de esta naturaleza tenga el respaldo adecuado.

Esta situación es parte de una realidad de la que nos hacemos cargo, pero nos recuerda aquella famosa reunión entre el Presidente de Colombia, López Michelsen y el Primer Ministro inglés -cuando estas jerarquías inglesas concurrían a las trasmisiones de mando-, en la que este último le preguntó cuál era el apoyo parlamentario que tenía, a lo que el Presidente de Colombia respondió que tenía mayoría; el Primer Ministro inglés le preguntó si con eso estaba tranquilo, a lo que López Michelsen contestó que sí, porque tenía una mayoría asegurada. Ante esta respuesta, el Primer Ministro le dijo: “Lo compadezco. Usted no sabe lo que es el precio del voto decisivo dentro del propio partido”. Esta realidad también se ve en nuestro país porque hay un juego de pesas y contrapesas que no permiten siquiera demostrar una posición favorable a acompañar las modificaciones. Es así que llegamos a una absoluta falta de coordinación jurídica, política e institucional.

En la Comisión compareció el señor Ministro de Economía y Finanzas y también el Directorio del Banco de la República Oriental del Uruguay y a medida que íbamos avanzando en el estudio de este proyecto de ley se advertían criterios distintos respecto a estos temas. Incluso se planteaba cierta perplejidad tanto de parte del equipo económico como del Banco de la República, por el avance y la forma en que se iba orientando esta iniciativa. Esa perplejidad tiene aspectos de toda naturaleza. Es cierto que el capital del Banco de la República es de $ 1.500 y que se lleva a $ 10:000.000 en unidades indexadas, pero ese capital necesita ser integrado. Es decir que por el simple hecho de disponer de un capital autorizado no se puede dejar por el camino esa integración establecida según las normas del Banco Central, porque se corre el riesgo de que la institución opere sin cumplir con las referidas reglas prudenciales imprescindibles para toda entidad bancaria. El cumplimiento de ciertas reglas técnicas en materia de solvencia, liquidez y capacidad crediticia, que se establece en la responsabilidad patrimonial básica neta o neta mínima, entre otras, implica justamente que el capital autorizado esté efectivamente integrado. En mi opinión, se debería mencionar esto porque es parte de la obligación a la que está sometido el Banco. Por eso llamamos la atención de los señores Senadores, es decir, para analizar cómo se puede orientar esta normativa en ese sentido.

Además, nos surge otra serie de preocupaciones que van más allá de los aspectos formales, los que incluso el propio articulado maneja en forma errática y contradictoria. Una de ellas es que la Carta Orgánica del Banco de la República repite una serie de artículos, que vienen de anteriores Cartas Orgánicas, que a mi entender deberían ser sustituidos simplemente porque hoy la regulación del Banco Central tiene determinadas normas que, al coexistir con alguna de estas, puede dar lugar a interpretaciones distintas o situaciones no beneficiosas para el sistema financiero. Es decir, por la sola mención de que las normas a las que se debe ajustar el Banco de la República tienen que ser las de intermediación financiera, solo por ese concepto, es superabundante una serie de artículos que se van dejando y describiendo, entre los que se establecen algunos aspectos incompatibles con la propia Ley de Promoción y Defensa de la Competencia, que integra la legislación nacional y que fuera aprobada en la última Legislatura. Esta ley, relativa a la competencia, supone que no debe haber discriminación respecto de los distintos actores, razón por la cual la banca privada podría pronunciarse en el sentido de que se le permite al Banco de la República realizar actividades que están prohibidas a las de intermediación financiera por disposición de las normas del Banco Central.

La desprolijidad jurídica es de tal magnitud que crea una serie de elementos que terminan mostrando una gran falta de definición en todo lo que significan las competencias del Banco, y, desde el punto de vista técnico, el alcance que puede tener hoy esta institución dentro del sistema financiero.

Señor Presidente: este tema se puede desarrollar en cada uno de los artículos e, inclusive, se han hecho las consultas pertinentes a destacados catedráticos de Derecho Comercial, quienes han realizado una serie de comentarios realmente importantes. Uno de ellos, por ejemplo, plantea que se podría hacer referencia simplemente a la intermediación financiera, que es un concepto técnico comprensivo de las diferentes operaciones activas y pasivas que puede realizar el Banco.

Además, se incluyen conceptos repetidos como, por ejemplo, las garantías reales o personales, y se dictan operaciones concretas, tales como financiación, redescuentos e, incluso, reporto o factoraje, términos sobre los cuales consultaba el señor Senador Lacalle Herrera. Estos elementos son realmente novedosos dentro del idioma español; se podría decir que son anglicismos forzados, pero todavía no he podido encontrar al factoraje como una de las operaciones financieras que se puedan manejar. A nuestro juicio, esto puede generar dudas interpretativas sobre el ámbito de actuación del Banco; basta con analizar -y me voy a referir a lo que expresó el señor Miembro Informante- algunas operaciones en base a las prohibiciones incluidas en los numerales 2) y 3) del artículo 22. Si nos remitimos a esta norma, nos daremos cuenta de que toda esta casuística puede crear una situación absolutamente incompatible en lo que tiene que ver con las prohibiciones. Digo esto porque las prohibiciones que se establecen no son exclusivas para el Banco de la República, sino que forman parte de la ley sobre entidades financieras y de regulación que corresponde al Banco Central.

Podemos concluir que todas estas normas son superabundantes y crean un sistema más de perplejidad que de seguridad jurídica. El numeral 2) del artículo 22 se refiere a “adquirir acciones de sociedades anónimas, salvo en los casos previstos por el numeral 18), 19) y 20) del artículo 13 de la presente ley o propiedades raíces”. A su vez, en el numeral 3) se expresa: “tomar parte, directa o indirectamente, en operaciones comerciales o industriales ajenas a su giro, con las excepciones previstas en la presente ley”. Esto implica que estas operaciones no están expresamente autorizadas para el resto de la banca privada, que va a decir que se está planteando un tema discriminatorio porque se le establecen limitaciones que no tiene el Banco de la República, que puede ampararse en la propia Ley de Competencia, en función de que hay determinados factores dominantes que pueden afectar la competencia -tal como se definió en la Legislatura pasada- que tratan de abrir a todos los actores en un pie de igualdad.

Estos temas, señor Presidente, son de una extremada gravedad y, por tal razón, me gustaría plantear dos aspectos para resumir nuestra preocupación. Uno de ellos es la afectación de las utilidades del Banco de la República. Al respecto, podemos mencionar los artículos 11 y 40, que tienen una incongruencia difícil de administrar y de buscarle solución. Más allá de la naturaleza jurídica de este Ente Autónomo -vuelvo a repetir que es un Banco comercial e industrial del Estado, que se rige por la Constitución de la República-, es una estructura empresarial que presta servicios financieros y, por lo tanto, debe estar sujeto a los principios y reglas generales que determinan el buen funcionamiento empresarial. No tenemos que optimizar un criterio excepcional para el tratamiento del Banco de la República, sobre todo, por las características que va a tener de ahora en adelante. De acuerdo con estos principios y reglas, la utilidad generada por las empresas es una fuente de autofinanciamiento, solamente distribuible cuando dicha distribución no afecte la estabilidad financiera de la institución y su capacidad de mantener su nivel de prestación de servicios. Ahora vamos a considerar este argumento, más allá de lo que se puede traer a colación respecto de la solidez de algunas de las declaraciones que se hacen por parte de las autoridades, tanto del equipo económico como del Banco de la República.

La contribución del Banco de la República a Rentas Generales, con un porcentaje de sus utilidades netas, resulta equiparable al pago del dividendo que la sociedad comercial común paga a sus socios o accionistas. En el caso de las sociedades anónimas, la Ley de Sociedades Comerciales incluye el pago de un dividendo mínimo obligatorio del 20% de las utilidades netas del ejercicio, tal como establece el artículo 320 de esa norma. Pero podemos mencionar leyes más osadas que la uruguaya, por ejemplo, la brasileña de 1976 o la chilena de 1981, que elevan este porcentaje al 25% y al 30% de la utilidad neta, respectivamente. Insisto en que esto se da para las sociedades comerciales. Fijar una contribución del 50% de las utilidades, como dispone el artículo 11 del proyecto de ley, no tiene precedentes en materia empresarial. Además, establecer que por decisión del Poder Ejecutivo, autoridad externa al Banco de la República eleve estos porcentajes al 80% -como surge del artículo 40-, supone imponer a dicha institución, que es una empresa financiera sujeta a la regulación del Banco Central, una carga de proporciones absolutamente inéditas.

Desde nuestro punto de vista, la propuesta parte de un grave error, que es pensar que las utilidades constituyen recursos excedentarios de los que se puede disponer sin mayores consecuencias; esto no es así, señor Presidente. Las utilidades son fuentes naturales y necesarias de financiamiento de las empresas, a las cuales acuden regularmente, tanto en nuestro país como en el mundo entero, para financiar sus negocios. Entonces, imponer a cualquier empresa y, en particular, al Banco de la República la obligación de distribuir el 80% de sus beneficios, es amputarle peligrosamente un recurso patrimonial técnicamente necesario para financiar su operativa. Si bien, como hemos visto, el artículo 11 condiciona la distribución de utilidades a que se supere en un 30% la responsabilidad patrimonial neta mínima fijada por el Banco Central, no puede resultar ajeno a este Cuerpo que este límite es absolutamente estático. Los técnicos que consultamos nos explicaron que no es recomendable aplicar porcentajes de esta naturaleza en estos casos. Además, nos expresaron que este puede variar en función del crecimiento de la operativa del Banco, de la mayor morosidad de la cartera o de circunstancias que la volatilidad y la incertidumbre del escenario regional e internacional nos imponen. De esta forma, se puede afectar directamente la suerte del Banco, más allá de la situación que hoy podamos diagnosticar de próspera o de cómoda. Este fenómeno es sensible en situaciones de crisis, donde las carteras pueden llegar a aumentar en forma alarmante con el cargo a resultados y la reducción de la responsabilidad patrimonial. Pocas actividades como la bancaria resultan tan sensibles a la actividad económica. ¡Si lo sabrá el país, señor Presidente, que nuestra frágil memoria nos hace olvidar que hace apenas ocho años la ley debió reprogramar el vencimiento de depósitos del Banco de la República a tres años, en un auténtico concordato legal y el Estado debió capitalizar a dicha institución a través de un fideicomiso de compra de carteras! Esto se aplica de la misma manera técnica y políticamente a ese concepto tan gráfico del tiempo de las vacas gordas y el tiempo de las vacas flacas. Si nosotros no tomamos en cuenta esto, en momentos en que el país busca el reconocimiento del grado de inversión que tenía en 1999 -y que todavía no ha alcanzado-, consideramos altamente desaconsejable adoptar una medida que se traduce en el debilitamiento institucional del Banco de la República.

A nuestro juicio, la medida contradice las tendencias actuales de relación bancaria y, en particular -como bien se ha dicho y está publicado en la página web del Banco Central- las normas de Basilea I, II y de la ruta a Basilea II, donde el Banco Central comienza a recorrer el camino en función de los riesgos, ya no solo de crédito sino de mercado y de los conceptos modernos. No sé si se sabe que estamos en una etapa de banca Basilea III derivada de las burbujas financieras y de las especulaciones que en el mundo desarrollado terminaron afectando al resto de la economía internacional. Más allá de las distintas circunstancias que afectan a cada uno de los países, si nosotros manejamos estos temas de espaldas a Basilea II y III, comenzaremos a trabajar sobre un criterio de fragilidad del Banco que no es muy recomendable. Esto, señor Presidente, se agrava por las características del Banco. Cuando el Presidente del Banco de la República concurrió a la Comisión, realizó algunas reflexiones que nos parecieron muy atinadas, pero son claramente para un banco comercial y, a mi juicio, no pueden escapar a la regulación del Banco Central.

El Presidente del Banco de la República dijo que es preferible separar el patrimonio y la distribución de las utilidades del establecimiento de porcentajes fijos y que no es partidario de ello -como tampoco lo son quienes consultamos sobre la fijación estática de porcentajes- porque hay dos aspectos que son de particular incidencia sobre el rol del Banco. Uno de ellos se refiere a los aportes al Fondo de Garantía de Depósitos y la COPAB, creada durante la Administración anterior. Al respecto, la norma establece que el aporte crece a partir del momento en que el patrimonio disminuye dos veces respecto al mínimo exigido para el funcionamiento y, en ese caso, el Banco tiene un nivel de riesgo mayor. En ese sentido, el Presidente del Banco de la República decía que le gustaría tener la posibilidad de manejar referencias de esta naturaleza sin hablar de porcentajes fijos, teniendo en cuenta criterios objetivos y sacando de su ámbito los créditos sociales, de subsidio o de especial sensibilidad, que tienen un riesgo diferente y que, por lo tanto, el Banco no debería asumir. Es más, aludía con mucho respeto a los viejos créditos clientelistas -no en el sentido político- que se otorgaban por necesidad social, pero que implicaban un riesgo altísimo que afectaba el patrimonio del Banco. A su entender, estos deberían salir de la órbita de la institución y pasar a otro ámbito del Poder Ejecutivo, con las observaciones y objeciones que nosotros tenemos.

Por otra parte, el Banco de la República Oriental del Uruguay es doblemente sistémico. Al respecto, hay que tener en cuenta las normas de Basilea III, es decir, todas aquellas que van tratando de ajustar la crisis que se ha producido en el ámbito financiero. Recordemos que la innovación en materia financiera siempre viene primero que la regulación; la creatividad es de tal naturaleza que nunca puede ser controlada debidamente, aun cuando se tenga la mejor de las intenciones en materia de prevenciones. El Banco de la República, por ser parte de la columna vertebral del sistema, necesita un porcentaje más alto y, por lo tanto, como decía su Presidente, un criterio objetivo que permita establecer, por lo menos, dos veces el patrimonio mínimo, como se plantea actualmente para la banca privada.

El nivel de capital promedio de la banca hoy es dos veces el mínimo y, tal como decía con mucha precisión el Presidente del Banco, se podría utilizar como criterio, de manera de no quedar ajustados exclusivamente a los parámetros de porcentajes fijos que siempre terminan diluidos por distintas circunstancias, como sucedió hace muchos años, en que la inflación y otros elementos terminaron afectando claramente la naturaleza de un porcentaje que, al ser estático, no es el más adecuado para utilizar.

Este es un tema de carácter técnico, pero lo cierto es que vamos a quitar el 30% adicional de las utilidades del Banco de la República y se lo vamos a dar al Poder Ejecutivo. El proyecto original de la Cámara de Representantes decía que ese dinero iba a ser destinado a un fondo de garantía; si no me equivoco, se trataba de un fondo de garantía destinado a préstamos que se entiendan sustentables y viables a juicio del Poder Ejecutivo, aunque no tengan las garantías requeridas en el sistema bancario. Ese artículo fue modificado y hoy simplemente establece que hay una transferencia -a través del artículo 40- de ese 30% de las utilidades adicionales al 50% para ser utilizados con un criterio sujeto a la reglamentación, es decir, a la subjetividad que el propio Poder Ejecutivo establecerá en su momento, sin hacer referencia alguna a que se trata de un fondo de garantía. Se nos dice en los corrillos del Senado y en la propia Comisión que la idea del gobierno es establecer un fondo de garantía y que lo va a reglamentar, pero dado el impacto que se da sobre la credibilidad del Banco de la República -se afecta el 80% de sus utilidades; el 50% más el 30%-, sería mejor establecerlo por ley. De este modo, habría ciertas normas de garantía y no quedaría en manos del Poder Ejecutivo con un criterio subjetivo.

SEÑOR RUBIO.- ¿Me permite una interrupción, señor Senador?

SEÑOR ABREU.- Con mucho gusto.

SEÑOR PRESIDENTE.- Puede interrumpir el señor Senador Rubio.

SEÑOR RUBIO.- La verdad es que no logro comprender la lógica de la intervención del señor Senador Abreu y me sorprende el nivel de catastrofismo que se atribuye a este proyecto. Es cierto que muchos artículos se pueden perfeccionar desde el punto de vista jurídico -los proyectos de ley siempre son mejorables-, pero acá se establece la sustancia de algunas transformaciones estructurales que creo que son muy bienvenidas para el país. Se trata de un Banco que estaba fundido y que ha sido gestionado de una manera muy adecuada, lo que le ha permitido estar en una posición de solvencia totalmente contundente, tal como fue claramente expresado por los miembros de su Directorio en ambas Cámaras y por el propio Ministerio de Economía y Finanzas. En ese sentido, el Miembro Informante por la Bancada de Gobierno ha dado cuenta de la responsabilidad patrimonial que tiene el Banco de la República, que supera a todo el sistema bancario nacional, incluyendo toda la banca trasnacional que está operando en nuestro país. Además, se trata de una concepción que procura que sea un Banco de fomento y que, si genera utilidades, una parte de ellas puedan ser destinadas por el Poder Ejecutivo a la promoción de proyectos productivos. Este es un tema que se puede discutir aparte pero con el que estamos absolutamente de acuerdo.

Realmente, no entiendo que se pueda afirmar que porque se va a destinar un monto a tal fin, con las condicionalidades que se establecen en materia de responsabilidad patrimonial -que a mi entender no se violan, aunque lo discutiremos al analizar el artículo 40-, se pueda poner en riesgo el investment grade, la credibilidad financiera o el Banco. Si este razonamiento se hubiera hecho hace diez años, con los sistemas de gestión que había y los niveles de capital y de patrimonio existentes, se podría comprender, pero en este caso me desconcierta.

SEÑOR PRESIDENTE.- Ha llegado a la Mesa una moción para que se prorrogue el término de que dispone el señor Senador Abreu.

Se va a votar.

(Se vota:)

-25 en 26. Afirmativa.

Puede continuar el señor Senador Abreu.

SEÑOR ABREU.- Estoy acompañando el desconcierto que tiene el señor Senador Rubio porque, en realidad, hubiera preferido tener la posibilidad de discutir este tema en la Comisión con el asesoramiento adecuado. Allí podríamos haber intercambiado ideas y haber dicho cuáles son nuestros argumentos de fondo y nuestras preocupaciones. De todos modos, quiero aclarar que es el señor Senador Rubio el que dice que estamos ingresando en una interpretación catastrófica, ya que es una interpretación subjetiva que él hace. Nosotros no estamos siendo agoreros de nada, sino que simplemente decimos que hace ocho años el Banco de la República, obviamente debido a una crisis internacional y razones externas -más allá de algunos problemas internos-, tuvo la necesidad de reprogramar los depósitos y hacer una especie de “corralito”. Sin embargo, hoy no se puede decir que la prosperidad, la bonanza uruguaya sea mérito exclusivamente de la gestión, porque no he visto que el gobierno hiciera lobby en el mundo para aumentar los precios internacionales o para evitar que la crisis tuviera otro tipo de incidencia en la economía internacional.

Se pueden reconocer méritos en algún tema, pero lo que no se puede aceptar es que cuando en el Plenario se hacen reflexiones de esta naturaleza se nos diga que desconciertan. Hubiera preferido desconcertar al señor Senador en Comisión; pero no tuvimos la más mínima oportunidad de desconcertar a nadie, puesto que se trabaja como si fuéramos en una 4 x 4 y se levanta la mano.

Se nos dice que es cierto, que existen incongruencias absolutas entre los artículos 40 y 11, por la referencia que se hace al inciso segundo, pero que hay que votar igual porque este proyecto de ley tiene que salir antes de fin de año. Puedo ser sensible a temas puntuales, pero hay cosas que no puedo concebir. Como Senador de la oposición reflexiono sobre el sistema, sobre el doble carácter sistémico del Banco de la República, sobre el 80% de sus utilidades, sobre sus características especiales, sobre su relación con el Banco Central y sobre el argumento que utiliza el Presidente del Banco de la República al decir que prefiere que se saquen todos estos temas de la órbita del Banco. Esa institución es un banco comercial que está presente más que cualquiera en el mercado y es más capitalista que cualquiera de los capitalistas; entonces, si se quiere hacer beneficencia social, que se establezca el porcentaje que se considere adecuado y no este.

Por su parte, el Ministerio de Economía y Finanzas deberá establecer una reglamentación que ya anunció que tendrá determinadas características, cuyo contenido no conocemos hasta ahora.

Entonces, señor Presidente, esto nos provoca perplejidad, porque estamos hablando de una reforma a la Carta Orgánica del Banco de la República, que se modifica por tercera vez en la historia del país, y se quiere hacer en 48 horas, luego de una conversación sin anestesia, donde los hechos impuestos y las decisiones pasan por la buena voluntad de los que queremos votar el proyecto de ley y ayudar en determinadas circunstancias puntuales. Esto es así, simplemente, porque el gobierno dice que tiene dificultades para poder convocar al número de Diputados necesario para votar la modificación que pretendemos, que es de sentido común. Esta es la forma en que el tema se está manejando. Recordemos -no por ser agoreros- que hace ocho años tuvimos una dificultad muy importante. En estas condiciones seguiremos trabajando sobre un sistema que técnicamente va a afectar, por ejemplo, el gasto público o la forma en que utilice esos recursos el Banco de la República. Entiendo que podemos tener cierta disciplina o una forma más estructurada de manejar estos temas y no esta falta de profesionalidad.

Revisando cada uno de los artículos, hemos podido observar que existe una superposición de irracionalidad. Hay una asimetría en la regulación entre las entidades de intermediación financiera y el resto de la actividad privada, que va a crear dificultades. En el mercado de intermediación financiera, el Banco de la República compite con otras instituciones que tienen normas de similares características, y carece de sentido que se encuentre sujeto a normas sobre su operativa que difieran de las establecidas para la generalidad de las instituciones financieras. Esto está amparado por la ley que se ha aprobado en materia de competencias. Por ejemplo, se admiten normas de ejecución hipotecaria en las segundas hipotecas, entre otras cosas, porque se sabe que cuando se ejecuta la primera hipoteca -generalmente industrial del Banco de la República- y se pasa a la ejecución de la segunda, el Banco de la República cobra por preferencia. Pero los costos no pueden ser preferenciales respecto del crédito que se ejecuta. ¿Por qué? Porque no se quiere que los profesionales, que son más ágiles y más hábiles que los del Banco de la República, cuando se ejecuta la primera hipoteca cobren antes que los demás respecto de la preferencia del crédito.

Considero que deberíamos discutir todo esto y analizar cuál es el criterio de ejecución a utilizar, así como también lo relativo a los embargos en el ámbito procesal. No quiero insistir sobre temas puntuales, pero sabemos que a los economistas les gusta utilizar cierta terminología precisa y que los médicos no se pueden equivocar a la hora de hacer un diagnóstico por utilizar una palabra imprecisa, lo que demuestra que cada profesional tiene su terminología.

Quisiera leer dos o tres artículos y ustedes me dirán por qué el Poder Ejecutivo no tuvo tiempo de trabajar en el tema, y no me refiero solamente a las utilidades, al artículo 40 o a la resolución sobre el inciso que ya mencioné. Cuando discutimos en Comisión a qué inciso se refería el artículo 40, nos dimos cuenta de que, de no modificar este articulado, la interpretación sería otra. ¿Por qué traigo a colación esto? Porque cuando la letra de la ley es clara, no da lugar a ninguna otra interpretación.

Fíjese, señor Presidente, lo que dice el artículo 33: “Declárase de utilidad pública la adquisición de los terrenos y fincas que el Banco necesite para establecer o ensanchar sus oficinas o dependencias”. Pienso que se debería decir: “Decláranse de utilidad pública los bienes inmuebles que necesite para su trabajo”, o “para desarrollar su actividad”. No sabía que “ensanchar” es el criterio que se utiliza para poder expropiar; en ese caso, si fuera para arriba no lo podría hacer, porque el “ensanchamiento” se realiza hacia los costados. Digo esto porque hay profesiones que viven de la interpretación de este tipo de temas.

No quiero entrar al tema de los menores, porque si bien estamos de acuerdo, creemos que se debe respetar el Código Civil. En el articulado se dice que se habilita a los niños y niñas y adolescentes púberes, pero ¿cuál es el criterio jurídico de pubertad? ¿Por qué esta discriminación? Un niño puede llegar a la pubertad a los 11 años y otro a los 16. Entonces, ¿esto va a depender del desarrollo físico? Creo que no es así, que se podría hablar de niños, niñas y adolescentes, de acuerdo con lo que dispone el Código de la Niñez, que habla de niños y niñas de 13 años, etcétera. El Presidente del Banco de la República nos dio la razón y dijo que habría que realizar algunas modificaciones, porque se dio cuenta de que aquí se estaba modificando el Código Civil y la norma relativa a la capacidad. Esto se está manejando, como se dice en el Código Penal, al “empuje de brutal ferocidad”.

Aclaro que no son temas menores y podría leer otros artículos donde se termina consagrando este tipo de imprecisiones.

¿Por qué no dejamos claro cuáles son las incompatibilidades que tiene el Banco? ¿Por qué no establecemos claramente cuáles son sus competencias? ¿Por qué no dejamos al Banco Central, que es el Banco que regula, que diga hasta dónde puede llegar la institución que está en el sistema? Hay varios artículos que repiten y repiten imprecisiones como “reporto” o “factoraje”. Se utiliza una terminología propia de otras profesiones, muy respetables, pero que no es la que da seguridad jurídica al manejo de los agentes.

Es por esto que el tema termina provocando perplejidad a la hora de analizarlo a un ritmo de 48 horas. Como hay que aprobar la reforma de la Carta Orgánica del Banco de la República -que repito que es la tercera vez que se modifica en toda la historia del país-, su análisis se lleva a cabo sin una discusión adecuada, ignorando, entre otras cosas, la voluntad de la oposición que quiere acompañar. Parece no existir voluntad de querer intercambiar ideas, ni se tiene respeto técnico y jurídico por la seguridad jurídica, que es la que está comprometida en muchos aspectos de esta legislación.

Podríamos discutirlo, señor Presidente, pero no tenemos oportunidad. Incluso, por la vía de la interrupción debemos escuchar que se nos diga que no se sabe a dónde va el Senador Abreu con lo que viene desarrollando. No estamos diciendo que el país se vaya a fundir, señor Presidente, pero creo que estamos viviendo de prestado y si no es así, que se pruebe lo contrario.

Puedo coincidir sobre algunos aspectos, como el de la deuda externa, pero si mañana caen los precios internacionales y se modifica el tipo de cambio en Brasil -aclaro que no estoy siendo agorero-, ¿cómo vamos a manejar esa situación? En 1998 teníamos un investment grade distinto al que tenemos hoy -es cierto que las circunstancias también eran diferentes- y acuérdense cómo terminamos cuando devaluó Brasil.

Esto es lo que tenemos que analizar con criterio técnico, porque con criterio político podemos atender determinadas inquietudes, pero no sobre estas formas. Lo cierto es que estamos recorriendo el camino del mercado más absoluto, en el que hoy el Banco de la República es el banco comercial más fuerte e importante, aunque tenga -como decía el Miembro Informante- un 67% de depósitos a la vista.

Debe quedar claro que las señales tienen que ser muy nítidas y fuertes y que también la estabilidad del sistema depende de cómo tratamos al “Banco sistema” del país. En cuanto a los criterios, el propio Presidente del Banco República expresó que le gustaría que todo lo relativo a los créditos sociales, políticos o clientelistas -en el buen sentido-, se manejara fuera del Banco. Entonces, si tenemos en cuenta las utilidades, vemos que estamos en la ley de mercado más absoluta, aunque la discrecionalidad del Poder Ejecutivo a la hora de manejar el dinero -que alcanza al 80%- dependerá exclusivamente de si la economía sigue siendo un elemento a favor para poder disponer de tantos recursos para trabajar en estos créditos.

Es cierto que esto ha sido objeto de una discusión de larga data, pero también lo es que ahora no se ha manejado adecuadamente desde el punto de vista formal, de la técnica y, mucho menos, desde el punto de vista político, en cuanto al logro de acuerdos e intenciones coincidentes sobre algo que consideramos importante. Pensamos que de la forma en que se va a manejar, se emitirán señales contradictorias y se dejará a la discrecionalidad del Poder Ejecutivo que nos diga, con condescendencia, si se trata de Fondos de Garantía o no. Esto figuraba en la ley anterior y se sacó expresamente, dejando a la discrecionalidad del Poder Ejecutivo decidir si quiere o no el Fondo de Garantía. Señor Presidente: Papá Noel pasa por la ley y no por la discrecionalidad del Poder Ejecutivo.

Por todas estas razones, en Comisión hemos votado en contra la mayoría de los artículos; no los hemos acompañado porque ni siquiera tuvimos la posibilidad de intercambiar ideas en profundidad y porque la técnica legislativa continúa siendo el camino más encontrado a la hora de lograr acuerdos políticos para legislar en forma conjunta. Siguiendo tal camino, este proyecto de ley va a salir, de la misma forma que se aprobó la ley laboral -a la que ya se le han interpuesto 1.500 acciones de inconstitucionalidad, aunque el Poder Ejecutivo todavía no se ha dignado a enviar un proyecto de ley para revocarla- y como serán aprobadas otras tantas leyes. Quiero destacar que en estas condiciones el sistema de la seguridad jurídica se va a ver afectado, aun a pesar de la voluntad política de querer trabajar en conjunto. De esta forma, los asesoramientos se hacen por el costado y todo lo que se puede lograr es gracias al impulso y a la voluntad de catedráticos Grados 4 y 5 de la Facultad de Derecho, que en forma aislada nos han hecho el favor de asesorarnos, simplemente porque están tan preocupados como nosotros por la manera en que se recorre el camino legislativo en el Uruguay respecto a estos temas.

Este es el criterio que hemos manejado, sin perjuicio de tener la vocación política de acompañar a la hora de encontrar una solución a este tema. Ahora no podemos hacerlo por la forma en que se ha desarrollado, porque no es lo que deberíamos concertar desde el punto de vista de nuestra responsabilidad política.

Muchas gracias, señor Presidente.

17) ASUNTOS ENTRADOS

SEÑOR PRESIDENTE.- Dese cuenta de dos asuntos entrados fuera de hora.

(Se da de los siguientes:)

SEÑOR SECRETARIO (Gustavo Sánchez Piñeiro).- “La Presidencia de la Asamblea General destina un mensaje del Poder Ejecutivo al que acompaña un proyecto de ley con declaratoria de urgente consideración, de conformidad con el artículo 168 numeral 7º de la Constitución de la República, por el que se declara el estado de emergencia sanitaria de la asistencia anestésico-quirúrgica de la población usuaria de los servicios de salud del sector público, en todo el territorio nacional.

-A LA COMISIÓN DE SALUD PÚBLICA.”

18) PROYECTOS PRESENTADOS

SEÑOR PRESIDENTE.- Dese cuenta de un proyecto presentado.

SEÑOR SECRETARIO (Gustavo Sánchez Piñeiro).-El señor Senador Ope Pasquet presenta, con exposición de motivos, un proyecto de ley por el que se instituye el “Día del Emprendedor”, a celebrarse el primer lunes de julio de cada año.

-A LA COMISIÓN DE EDUCACIÓN Y CULTURA.”

(Texto del proyecto presentado:)

“Exposición de Motivos

El calendario reconoce días consagrados a distintas actividades y sectores de la sociedad, como el Día de la Industria, el Día del Patrimonio, el Día Internacional de la Mujer o el Día de los Trabajadores. Se propone establecer por ley el Día del Emprendedor. Ese día podrá celebrarse de distintas maneras pero nunca dejando de trabajar, porque el trabajo creativo, innovador, fecundo, es precisamente lo que caracteriza al emprendedor. Dedicarle un día del año a esta figura es reconocer sus méritos, exaltar los valores que encarna y proponerla como modelo válido a los jóvenes del Uruguay.

Emprendedor es alguien que actúa por propia iniciativa y no por orden ajena; que crea antes de repetir; que asume riesgos calculados en vez de optar siempre por la seguridad de lo conocido; que toma decisiones y asume sus responsabilidades, sin echar sobre los hombros de otros el fardo que le toca cargar a él.

El emprendedor es un líder en el ámbito en el que actúa. Atrae a otras personas, forma equipos, los hace funcionar y logra mantenerlos en funcionamiento por el tiempo necesario para la concreción del proyecto. El emprendedor se propone objetivos, reúne los medios que hagan falta para alcanzarlos y trabaja hasta que efectivamente los alcanza. Los obstáculos que se le cruzan en el camino no lo disuaden, sino que lo acicatean; lucha y persevera todo lo que sea menester, hasta removerlos. El emprendedor no es un soñador que se conforme con sus sueños, sino un hacedor que quiere lograr lo que se propone y está resuelto a hacer lo necesario para conseguirlo. El emprendedor no pierde tiempo lamentándose cuando le va mal, ni criticando lo que hacen otros; aprende de sus errores, los corrige, redobla su esfuerzo y compite con sus rivales porque tiene confianza en sus propias fuerzas.

Hay emprendedores en todos los campos de actividad. Emprendedor es, por ejemplo, el empresario que crea sus propias empresas y logra prosperar y enriquecerse, como Francisco Piria, y emprendedoras son también las personas como la Madre Teresa de Calcuta, a quienes su vocación religiosa las lleva a fundar y sostener obras de caridad en el seno de los sectores más pobres de una sociedad. Emprendedores son los deportistas que se proponen y logran una hazaña extraordinaria, como los marinos uruguayos que hace décadas recorrieron el mundo a bordo del “Alférez Cámpora”. Emprendedor es también el artista que, no conforme con crear, se empeña en difundir su manera de ver el mundo con fervor de apóstol y funda una escuela, como lo fue por ejemplo el legendario Taller Torres García.

Así como hay campos más o menos fértiles para la agricultura, hay sociedades más o menos propicias para que en ellas se formen y actúen los emprendedores. La sociedad uruguaya no forma parte del grupo de las primeras. Ello es así por algunas razones que vienen del fondo de nuestra historia de colonia española, y por otras que lucen la impronta de los tiempos que corren. No intentaremos esbozar aquí los rasgos de ese perfil cultural del Uruguay que hace que solo un 7% de los jóvenes diga que quiere ser empresario, mientras decenas de miles de personas sueñan con ser ujieres en el Palacio Legislativo. Lo que importa es que una sociedad que valora por sobre todo la seguridad del empleo público y el sagrado inviolable de la jubilación, que desconfía del éxito y de los innovadores, difícilmente genere oportunidades, prosperidad, bienestar y una visión de la vida esperanzada y constructiva.

Modificar siquiera parcialmente la escala de valores de una sociedad, los criterios según los cuales juzga el desempeño de sus miembros y recompensa a unos o a otros, no es tarea sencilla; seguramente, no ha de lograrse solo con la institución de un “Día del Emprendedor” ni con alguna otra medida de similar naturaleza y alcance. Pero “principio quieren las cosas”, y el que un paso no sea suficiente para alcanzar la meta no es razón para dejar de darlo. La acción del Estado, en este caso a través de la ley, puede contribuir a lograr cambios culturales, si tiene la energía y la continuidad necesarias para ello y si logra articularse eficazmente con esfuerzos en el mismo sentido, provenientes de fuera del Estado. En el Uruguay, hoy, hay diversos grupos y asociaciones que promueven los valores del “emprendedurismo”. El establecimiento, por ley, de un “Día del Emprendedor”, puede servir de foco a sus trabajos y darles un nuevo impulso.

El día elegido para el propósito indicado es el sugerido precisamente por el líder de uno de esos grupos, el Dr. Guillermo Sicardi: el primer lunes del mes de julio de cada año. Sicardi explica que eligió el primer lunes, porque el emprendedor es un iniciador, no un mero continuador de lo que hicieron otros, y porque el lunes representa el comienzo de la semana laboral, es decir, el comienzo del esfuerzo en pro de la concreción de los proyectos. En vez de decir “¡Gracias a Dios es viernes!”, dice Sicardi, quienes tienen fibra de emprendedores anhelan la llegada del lunes, porque quieren hacer, concretar, realizar.

El mes elegido es el de julio -sigue explicando el proponente- porque cuando al cabo de la primera mitad del año muchos comienzan a pensar ya en las vacaciones, los emprendedores se mantienen enfocados en sus objetivos, empeñados en aprovechar cada día para trabajar en pro de su consecución.

Se comete al Poder Ejecutivo la programación, organización y ejecución -por sí o por intermedio de otros actores, públicos o privados- de las actividades con las que haya de celebrarse, cada año, el “Día del Emprendedor”. Parece conveniente darle al Poder Administrador amplias facultades para que, escuchando a todas las voces que quieran aportar ideas y aprovechando la experiencia de otros países, escoja en cada ocasión los motivos y los instrumentos más apropiados para la celebración. Podrán ser ellos -dicho sea como ejemplo solamente- el homenaje a personalidades o instituciones destacadas por su aptitud emprendedora o por el apoyo que ofrezcan a los emprendedores, el reconocimiento a emprendimientos especialmente importantes, la premiación de emprendedores jóvenes y mujeres emprendedoras, el otorgamiento de facilidades o estímulos para la concreción de iniciativas que se consideren merecedoras de ese apoyo u otras medidas similares, que irán cambiando según lo aconsejen las circunstancias. Lo importante es que una vez al año por lo menos, el país reconozca y aplauda la tarea que cumplen todos aquellos que con su esfuerzo crean riqueza y valor, en todos los campos de la actividad humana.

Podría decirse que la celebración que proponemos no es sino el complemento del ya clásico “Día del Patrimonio”: si disfrutamos de lo hecho, de lo logrado, de lo que ya forma parte del patrimonio nacional, justo es que celebremos y reconozcamos el valor de lo que está en el origen de ese patrimonio, que es la actitud emprendedora de quienes un día se pusieron a trabajar para construirlo.

Reconocer el valor social de los emprendedores hoy, es la mejor manera de asegurarnos de que tendremos un patrimonio nacional para disfrutar mañana.

Proyecto de Ley

Se instituye el “Día del Emprendedor”

Artículo 1º.- Institúyese el “Día del Emprendedor”, a celebrarse el primer lunes del mes de julio de cada año.

Artículo 2º.- El Poder Ejecutivo programará, organizará y ejecutará -por sí o por intermedio o con el concurso de otros actores, públicos o privados- las actividades con las que se celebrará el “Día del Emprendedor”.

19) CARTA ORGÁNICA DEL BANCO DE LA REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY

SEÑOR PRESIDENTE.- Continuando con el tema en discusión, tiene la palabra el señor Senador Heber.

SEÑOR HEBER.- Señor Presidente: queremos comenzar diciendo -como manifestó el señor Senador Abreu- que vamos votar en general este proyecto de ley y la mayoría de sus artículos, pero no todos. ¿Por qué el Partido Nacional ha adoptado esta posición? Porque el origen de la modificación de la Carta Orgánica nace de un entendimiento político con el Gobierno para sortear el escollo que se generó en el pasado por no contar con las mayorías en el Directorio del Banco República, que llevó a un distanciamiento entre los partidos políticos y a que el Partido Nacional no ejerciera la función de contralor en los Entes Autónomos durante el período anterior de gobierno. Esta solución que se encontró fue la de modificar la Carta Orgánica del Banco, cambiando las mayorías de su Directorio; eso generó el entendimiento con el gobierno. ¿Qué decía la Carta Orgánica anterior? Que para muchas de las decisiones que debía tomar esta institución no era suficiente la mayoría legítima del gobierno por obtener el 50% del voto ciudadano; por tal motivo no podía conducirla y para controlar su administración estaba presa del voto de Directores que podían ser blancos o colorados. Reitero que llegamos a un entendimiento en el sentido de modificar la Carta Orgánica para que todas aquellas resoluciones que requirieran de cuatro votos, de un total de cinco Directores, pasaran a tres. ¿Para qué hicimos esto? Para que el Partido de Gobierno no estuviera preso del voto del cuarto o quinto Director, sino que con su propia mayoría pudiera conducir el Banco. Nosotros estuvimos de acuerdo con eso porque también se daba a los partidos de la oposición la posibilidad de integrar el Directorio del Banco, fiscalizando su conducción y su accionar. Ese fue el entendimiento al que se llegó.

Quiero que esto quede muy claro, porque cuando nosotros llegamos a un entendimiento -que a veces nos cuesta-, cumplimos. Nosotros vamos a cumplir y vamos a votar porque hicimos acuerdos, y si hay algo que hay que tener en la actividad política, es palabra. En el pasado, en la sociedad uruguaya, la palabra era algo sagrado y no sé por qué razón ahora se ha visto desacreditada. Pero en esta Casa, cuando uno da la palabra y compromete su voto, tiene que cumplir; no puede haber razón alguna para no hacerlo. Eso vale oro en nuestras relaciones humanas y en el entendimiento político. Por supuesto, que podemos tener nuestras discrepancias y enfoques distintos, tal como a veces lo manifestamos, pero cuando llegamos a entendimientos, hay que cumplir y no puede haber motivos para no hacerlo.

¿Qué pasó con la Carta Orgánica? Se aplicó el famoso criterio uruguayo del “ya que estamos” y se decidió que como se iba a cambiar la mayoría del Directorio, también se podían arreglar algunas otras cosas del Banco de la República.

Cuando el señor Presidente del Senado me planteó esto, le manifesté que estaba de acuerdo con que la Carta Orgánica era de otra época; estuvimos de acuerdo en modificarla y adecuarla, porque obedecía a otros tiempos, incluso, a aquellos en los que no existía el Banco Central y, por tanto, se atribuía a esta institución funciones bancocentralistas. Esto fue planteado por el señor Vicepresidente de la República y lo trasladé a mi Bancada, que estuvo de acuerdo en adaptar una cantidad de normas de esa Carta Orgánica que hasta eran absurdas, ya que el capital del propio Banco debía ascender a $ 1.500, o sea, menos de US$ 100. En este proyecto de ley se incluyen cifras que se acompasan con los tiempos actuales y se expresan en unidades indexadas; creo que el capital del Banco se sitúa en 10.000:000.000 unidades indexadas.

Estuvimos de acuerdo con todas las normas sobre las que se nos consultó previo al “ya que estamos”, cuando existía el compromiso político de modificar la integración del Directorio y adecuar a estos tiempos una Carta Orgánica totalmente vetusta. Reitero: vamos a cumplir con nuestra palabra empeñada, aclarando que la reforma de la Carta Orgánica estaba sujeta al nombramiento del quinto integrante del Directorio del Banco de la República. En virtud de que se sucedieron algunos inconvenientes de entendimiento que generaron una demora en el Poder Ejecutivo para el envío de esta iniciativa, nuestro Partido señaló que comprometía sus votos a favor, pero que se votara la venia del Director. Y así se hizo con la solicitud de venia del contador Irastorza, quien representa a nuestro partido en ese Directorio. Como decía, hubo un compromiso muy claro y contundente de que el Partido Nacional iba a acompañar la reforma de la Carta Orgánica. En función de eso fue que avanzamos y ahora estamos en condiciones de decir que venimos a cumplir con los compromisos que hemos asumido.

SEÑOR LACALLE HERRERA.- ¿Me permite una interrupción, señor Senador?

SEÑOR HEBER.- Con mucho gusto.

SEÑOR PRESIDENTE.- Puede interrumpir el señor Senador.

SEÑOR LACALLE HERRERA.- Señor Presidente: en mi calidad de principal responsable político del Partido Nacional, quiero agregar mi testimonio a las muy acertadas y ajustadas expresiones del señor Senador Heber y aclarar hasta dónde llega nuestro compromiso.

Tal como relató el señor Senador Heber, todo empezó con el deseo del actual Poder Ejecutivo de modificar la mayoría calificada para tomar determinadas decisiones en el Banco de la República. Siempre consideramos que esos cuatro votos conformes que exigían varias cartas orgánicas ofrecían una garantía de participación de la oposición en medidas excepcionales. Por ejemplo, en el Codicen, para remover a los Consejos se precisan cuatro votos, lo que quiere decir que el Legislador pensó que la magnitud de esa decisión obligaba a contar con algo más que la mayoría del Gobierno, o sea, tres votos, o dos, según el ente autónomo. Sin embargo, contestes en que quizás algunas de estas decisiones correspondían a otra época, estuvimos de acuerdo con que fueran tres votos en lugar de cuatro. Ese fue el compromiso. Inclusive, pensamos que en marzo o abril se iba a enviar un proyecto de ley con dos artículos que sustituyeran el término “cuatro” por “tres”, pero hubo una metástasis de esta iniciativa. Utilizando una metodología de mercado, creo que hay una especie de abuso de posición dominante radicada en el hecho de tener las mayorías que tiene el Gobierno.

En definitiva, quiero que quede claro que el Partido Nacional -y estoy haciendo uso de la palabra en representación del mismo- siempre estuvo dispuesto a introducir esa modificación, o sea, a poner “tres” donde decía “cuatro”. Lo razonable hubiera sido cumplir; nosotros estábamos, y estamos, dispuestos a cumplir con los compromisos asumidos, tal como corresponde.

Estamos hablando de una reforma radical de la Carta Orgánica del Banco de la República, la institución de más prestigio en el país, prestigio que ha sido fortalecido a través de su Directorio, ya que las principales figuras de nuestra vida política lo integraron, como el ingeniero José Serrato y el doctor Gabriel Terra. Podríamos seguir enumerando ciudadanos de primer nivel que antes o después de ser Presidentes del Banco de la República fueron Presidentes de la República, y dieron al Banco ese prestigio institucional que tiene y que este Directorio sostiene muy bien, porque es muy calificado. Ahora bien, aprovechar la circunstancia del “ya que estamos” -que muy gráficamente utiliza el señor Senador Heber-, me parece que está totalmente fuera de nuestro compromiso -compromiso que venimos a cumplir-, porque no se puede incorporar todas estas cosas, en una ley ómnibus, porque eso es forzar la voluntad de la oposición, que será cumplida en los términos en que fue comprometida. Estamos dispuestos a estudiar los demás puntos, pero no en una ley ómnibus, que ha incorporado muchos aspectos que están fuera del compromiso.

Queremos que quede bien claro que nuestra discusión en el día de hoy no va a abarcar nada más que lo estrictamente comprometido. Nos parece buena idea que se creen fondos de inversión y de fomento a través de la Agencia Nacional de Desarrollo, pero no traigamos esas iniciativas al trote, con los plazos encima, para que tengamos que expresarnos en el momento. Lo vamos a hacer en forma negativa, precisamente para decir que en estas condiciones no queremos expresarnos, porque no son las que corresponden. No estamos designando una escuela, sino modificando la Carta Orgánica del Banco de la República, del que todos hemos sido, y con mucho gusto seguiremos siendo clientes, porque ha sido un factor de desarrollo para el país.

En síntesis, quería dejar claro el alcance del compromiso asumido por el Partido Nacional y aquellos aspectos a los que no alcanza. Consideramos que esta es una táctica equivocada del Gobierno y del oficialismo, que tiene mayorías que deberían ser utilizadas de otra manera.

Nada más, señor Presidente.

SEÑOR PRESIDENTE.- Puede continuar el señor Senador Heber.

SEÑOR HEBER.- Llegamos a esta instancia en la que -vuelvo a reiterar, tal como dijo el señor Senador Lacalle Herrera en nombre del Partido Nacional- vamos a cumplir con los acuerdos a los que llegamos.

Este proyecto de ley contiene dos grandes ingredientes. Uno de ellos es la adaptación de la Carta Orgánica del Banco de la República a los nuevos tiempos, con lo que estamos de acuerdo. Para nosotros está bien que el Banco de la República no tenga funciones bancocentralistas y que se adecuen las cifras de su patrimonio. Pero aquí se pretende incorporar otra situación que genera rispideces, y en Comisión planteamos alguna solución para ello. Me refiero al famoso artículo 40, que fue modificado en la Cámara de Representantes. Antes, esta disposición venía incluida en el inciso primero del artículo 11.

Quienes tengan el comparativo podrán ver que el artículo 40 del proyecto corresponde al segundo inciso del artículo 11 del proyecto original del Poder Ejecutivo. ¿Qué hay en el artículo 40? En primer lugar, se establece un fondo de garantías con utilidades excepcionales. Históricamente el Banco de la República, por su vieja Carta Orgánica, podía destinar el 50% de sus utilidades a Rentas Generales; eso se mantiene, pero se agrega que en forma excepcional el Poder Ejecutivo puede retirar el 30% de las utilidades, además del 50%, para formar un fondo de garantías -tal como lo establecía el artículo 11 del proyecto original-, a lo que el nuevo proyecto aprobado por la Cámara de Representantes agrega que no solo se trata de un fondo de garantías, sino de un fondo que puede destinarse tanto a garantías como a préstamos directos. Nosotros no estamos en contra de eso, pero sí lo queremos estudiar aparte.

En la última propuesta presentada por el señor Senador Amorín en la Comisión de Hacienda, se propuso al Gobierno que, si existía apuro por que entrara en vigencia este fondo, se aprobara ya este artículo 40 y se dejara a estudio la Carta Orgánica, a la que, como bien lo demostró el señor Senador Abreu, habría muchas correcciones para hacerle. Concretamente, propusimos votar ahora el artículo 40 como una ley aparte, porque hay urgencia. ¿Por qué hay urgencia? Porque el Poder Ejecutivo quiere disponer de esas utilidades antes de fin de año, porque van a formar parte de la salvación de la empresa Metzen y Sena, a través de la formación de una cooperativa de trabajadores con cuya presencia contamos hoy aquí, en la Barra. Aclaro que nosotros no nos oponemos a esa iniciativa y estamos de acuerdo con ella. Entonces, me pregunto cómo es posible que si estamos todos de acuerdo, simplemente por una cuestión de forma, no votemos juntos. Creo que cualquiera puede preguntarse eso hoy. ¿Cuál es el problema en el sistema político? Parecería que este proyecto no puede pasar a la Cámara de Representantes porque está sobrepasada de trabajo, se terminan los plazos, empieza el receso y no se puede recargar a esa Cámara, que además está tratando el Presupuesto. En virtud de eso, no nos podemos poner de acuerdo en nada.

Por nuestra parte, sí vamos a cumplir con el compromiso de cambiar la integración del Directorio del Banco, cumpliendo con nuestra palabra, pero de todos modos, aun estando de acuerdo con ciertas modificaciones a realizar en la Carta Orgánica, no podemos hacerlo porque se introduce el artículo 40, que pedimos se trate como ley aparte, porque nada tiene que ver con la Carta Orgánica. Estamos hablando de la creación de un fondo y podemos ponernos o no de acuerdo en cuanto a si este puede ser un fondo de garantías o un dinero para otorgar préstamos directos; esa es la discusión que tenemos. Pero si hay algo en lo que podemos coincidir es en que formar un fondo en el Poder Ejecutivo no tiene nada que ver con la Carta Orgánica. El Poder Ejecutivo ya recibe el 50% de las utilidades del Banco y quiere agregar un 30% más.

Nosotros estamos de acuerdo con lo que dijo el Presidente del Banco de la República, Fernando Calloia, persona a la que no tenemos inconveniente en ponderar, porque cuando vemos a un jerarca que está actuando bien, aunque pertenezca a otro partido político, nos gusta reconocerlo y darle nuestro apoyo. Vamos a tener esa credencial, porque cuando nos parezca que ese jerarca está actuando mal, también vamos a ser muy duros con él. Pero como no siempre estamos en contra de todo, sino que además creemos que el Presidente del Banco de la República tiene razón en este tema, entendemos que lo que está haciendo el Senado, con este apuro que viene desde la Cámara de Representantes, es no apoyarlo en lo que expresó en la Comisión de Hacienda. Claramente, él dijo en Comisión que no tiene inconveniente en pasar el 100% de las utilidades del Banco de la República a Rentas Generales, siempre y cuando se cumpla con lo establecido en el inciso segundo del artículo 11, que voy a leer textualmente. “Sólo podrán realizarse contribuciones a Rentas Generales cuando la Responsabilidad Patrimonial Neta del Banco supere en más del 30% el nivel mínimo exigido por la normativa del Banco Central del Uruguay (BCU)”. El señor Presidente del Banco de la República dijo que no tenía inconveniente en que en vez del 50% fuera el 100% lo que destinara a Rentas Generales porque, en definitiva, ¿quién es el dueño de las utilidades del Banco de la República? El pueblo uruguayo. ¿Y quién representa al pueblo uruguayo? El Poder Ejecutivo, que ha sido electo para manejar sus cuentas. Entonces, no es el Banco el que debe determinar el monto de las utilidades.

El Presidente del Banco de la República también dijo que estaba de acuerdo con el 30% y que hasta habían manejado la posibilidad de llegar al 100% de la Responsabilidad Patrimonial Neta. Esos son criterios objetivos, tal como me acota el señor Senador Abreu. Entonces, ¿la oposición está para retacear dinero de las utilidades del Banco de la República al Poder Ejecutivo? No. ¿Tenemos inconveniente en que ese 50% pase al 100%? No; estamos de acuerdo con el Presidente del Banco de la República. Simplemente, queremos que también se le haga caso a él para preservar a la institución, que es un banco sistémico y clave para el país, tal como él mismo afirmó, y que tiene los depósitos y las ganancias que mencionó el señor Senador Tajam. Sin duda, tenemos que cuidar al Banco de la República, porque es el banco de todos, del Estado, sin que ello implique que este Poder Ejecutivo y todos los que vengan estén impedidos de retirar sus utilidades. Lo importante es que no se afecte la Responsabilidad Patrimonial Neta del Banco de la República en un 100%. Esto me pareció bien.

El Presidente del Banco de la República señaló algo que me pareció digno de ponderación; concretamente, dijo que prefería que esos créditos no los diera el Banco de la República cuando se tratara de préstamos sociales o de política. Afirmó, sin embargo, que en el pasado se llamó mal a los créditos que el Banco de la República establecía como “clientelísticos”. Aseguró que eso no era así, sino que se trataba de requerimientos sociales y políticos que todo Gobierno tiene, que muchas veces se dan fuera de norma porque se quiere atender a trabajadores o a una actividad que al país le interesa, y que a veces se cometen errores. Sí se cometieron muchos errores en el pasado, pero el Presidente del Banco de la República dijo que ya no quería salirse de las normas bancarias, bancocentralistas, para atender un requerimiento del Poder Ejecutivo. Es más, el Presidente del Banco República dijo que prefería que el Poder Ejecutivo tuviera la facultad de dar créditos por medio de la Corporación Nacional del Desarrollo o de otro Banco, para que no lo obligaran a él en el Directorio a tomar aquellos que, desde el punto de vista social -no bancario-, resulten interesantes al Poder Ejecutivo y al Parlamento. Estos comentarios del señor Presidente del Banco de la República son trascendentes e importantes. Ahora nos reúnen y nos urgen, porque la Cámara de Representantes tiene prisa en considerarlo o porque tiene mucho trabajo, pero eso no hace necesariamente factible que nos pongamos de acuerdo en el día de hoy, pues precisamos más tiempo para discutir la Carta Orgánica. Este es un tema muy importante, y prueba de ello es que solamente fue modificada tres veces en la historia.

En la circunstancia en que ocupé la Presidencia de la Comisión de Hacienda por no estar presente su titular, el señor Senador Baráibar, dije que me parecía muy importante ser, en la historia del Banco de la República, uno de los Legisladores que adecuara la Carta Orgánica a los nuevos tiempos, en un “ya que estamos”, pero sin apuros ni introducir temas que se pueden resolver de otra manera. Por ejemplo, si el Poder Ejecutivo quiere tener el dinero antes de fin de año, solucionemos ese tema separando el artículo 40 -que es el motivo de ansiedad de muchos trabajadores-, que es muy importante, y no mezclemos los asuntos. Estoy de acuerdo en que se apoye la formación de una cooperativa de trabajadores y en resucitar una empresa que es orgullo nacional. ¡No nos hagan votar en contra pese a compartir el objetivo! Déjennos votarlo aparte, que es la solución que sensatamente planteó el señor Senador Amorín. Devolvamos este proyecto de ley a Comisión, separemos el artículo 40 -que es lo que urge y genera ansiedad a los que están en la barra, a quienes no queremos hacer esperar- y votémoslo como un proyecto de ley aparte, porque no tiene nada que ver con la Carta Orgánica. Luego enviaremos ese proyecto de ley a la Cámara de Representantes para que lo voten, y como tendrá un solo artículo, no los estaremos recargando con más trabajando a fin de año. Además, ellos ya estudiaron el tema y lo conocen mejor que nosotros, por lo que seguramente saben del error de redacción que tiene ese artículo 40, que además está mal referenciado, como hizo notar el señor Senador Gallinal en la Comisión. Esto fue admitido por el oficialismo, por los señores Senadores del Frente Amplio, incluso por el propio Presidente del Banco de la República, quien dijo que había un error en la redacción, pues hace referencia al inciso segundo del artículo 11 cuando debería hacerlo al inciso primero. La propuesta del señor Senador Gallinal en Comisión motivó que el Gobierno repensara su posición e hiciera las consultas del caso. Surgió la solución del señor Senador Amorín en el sentido de votar separadamente, en un proyecto de ley, el artículo 40 y dejar la Carta Orgánica para su mejor estudio en la Comisión, ya que es un tema trascendente, porque esta sería la tercera vez que se va a modificar en la historia.

Reitero: demos respuesta a las ansiedades en la formación de cooperativas de trabajadores, que hoy claman por una solución que consideramos justa.

SEÑOR PRESIDENTE.- Ha llegado a la Mesa una moción para que se prorrogue el término de que dispone el orador.

Se va a votar.

(Se vota:)

-24 en 25. Afirmativa.

Puede proseguir el señor Senador Heber.

SEÑOR HEBER.- Señor Presidente: no se nos puede decir que los señores Representantes están con muchos temas a estudio, porque este texto está mal redactado y referenciado y hay que enmendarlo ahora; no conviene aprobarlo así. Hagamos un cuarto intermedio, separemos el artículo 40 para redactarlo bien y demos solución -como planteaba el señor Senador Amorín- ahora a las ansiedades de muchas familias trabajadoras que no queremos que lleguen a Navidad y a Fin de Año en esa situación. Nos gustaría que el sistema político les diera el regalo navideño de saber que tienen un proyecto común, que ojalá sea viable y que vamos a apoyar, porque tenemos la esperanza de que funcione. Sabemos que está bien planteado porque ayer algunos señores Senadores salimos de Sala unos instantes y nos reunimos con ellos.

Demos ya ese instrumento al Poder Ejecutivo y no lo mezclemos con la Carta Orgánica; hagamos de esta una buena Carta Orgánica que perdure, no ya para siempre, pero que aspiramos a que dure cien años. En ese entonces tal vez tendremos una realidad diferente y los futuros Legisladores podrán modificarla nuevamente.

SEÑOR BARÁIBAR.- ¿Me permite una interrupción, señor Senador?

SEÑOR HEBER.- Con mucho gusto.

SEÑOR PRESIDENTE.- Puede interrumpir el señor Senador Baráibar.

SEÑOR BARÁIBAR.- Señor Presidente: durante este año me ha correspondido ser Presidente de la Comisión de Hacienda, que ha estudiado varios proyectos de ley, entre los cuales analizó, en el día de ayer, el que hoy está a consideración del Cuerpo.

Quiero hacer una precisión porque hemos tenido que soportar una andanada de acusaciones, como por ejemplo que la Bancada oficialista los corre a ponchazos, que no tienen tiempo para discutir los asuntos y que se los analiza insuficientemente.

SEÑOR HEBER.- ¿Yo dije eso?

SEÑOR BARÁIBAR.- No, lo digo yo señor Senador.

SEÑOR PRESIDENTE.- La Mesa ruega que se eviten los dialogados.

SEÑOR BARÁIBAR.- Hace unos dos meses discutimos la reforma tributaria. Quien habla, como Presidente, estuvo en todas las sesiones de la Comisión, por lo que puede afirmar que se dieron todas las posibilidades de recibir a quienes lo solicitaron y a delegaciones que algunos señores Senadores propusieron invitar; incluso, muchas de las citadas declinaron concurrir. Se dieron todas las instancias de discusión, de las que hay registros mediante la versión taquigráfica, y se tuvo el tiempo suficiente para escucharlas, pero hete aquí que luego de casi tres meses, los argumentos que se esgrimieron en la discusión del proyecto de ley en el Senado fueron exactamente los mismo que se dieron el primer día que trabajó la Comisión en el tema. Entonces, no es cierto que se trata de un problema de falta de tiempo para discutir los temas, sino de diferencias políticas de apreciación.

Me da la sensación de que en el Parlamento uruguayo no hubiera cuatro partidos, sino siete.

SEÑOR HEBER.- Eso sucede dentro del Frente Amplio.

SEÑOR PRESIDENTE.- La Mesa ruega nuevamente que se eviten los dialogados.

SEÑOR BARÁIBAR.- Pido que se me ampare en el uso de la palabra.

SEÑOR PRESIDENTE.- Es lo que procura hacer la Mesa.

SEÑOR BARÁIBAR.- ¿Por qué digo que parece que hubiera siete partidos? Porque en el Senado hay tres partidos representados, y en la Cámara de Representantes hay cuatro. Y da la impresión de que los señores Senadores no se enteran de lo que ocurre con sus propios colegas de la Cámara de Representantes y ahora tenemos que empezar de cero, porque lo que se discutió durante meses en ese Cuerpo no se conoce. Nosotros tenemos una coordinación permanente y eficaz entre ambas Cámaras como para saber que se podría ser más eficiente con lo que se discute acá. De todas maneras, tratamos de cumplir y discutir los asuntos en tiempo real, mientras se van analizando. Por ejemplo, cuando se comenzó a discutir el proyecto de ley de Presupuesto Nacional en la Cámara de Representantes, fuimos siguiendo los pasos en el Senado. Es decir que los vasos comunicantes deberían funcionar.

Es de recibo decir y aceptar que cuando un proyecto de ley fue largamente discutido en una Cámara, esa discusión se suma a la que se pueda dar en la otra. Insisto en que creo que es de recibo y de práctica normal parlamentaria que esto ocurra.

Con relación al proyecto de ley que estamos considerando, en el día de hoy -aunque también sucedió en la Comisión de Hacienda- escuché elogiar al señor Presidente del Banco de la República. A este respecto, debo señalar que en la redacción de esta iniciativa trabajó buena parte de los representantes de la institución y sus asesores, integrantes de ese mismo Directorio que fue ponderado de excelente y que dispuso de ocho meses para hacer una reforma de fondo de dos artículos -que, tal como se mencionó, constituye la tercera modificación de la Carta Orgánica en cien años- y remitirla al Parlamento. Es justamente ese Directorio, el que recibe elogios sobreabundantes -no porque no los merezca, sino porque ello tiene una connotación política subyacente, subliminal-, el que concurrió a la Comisión correspondiente.

(Suena el timbre indicador del tiempo.)

-El punto objeto de discusión no está referido estrictamente al Banco de la República Oriental del Uruguay ni a las modificaciones de su Carta Orgánica, sino a los artículos 11 y 40, que tienen que ver con otro aspecto.

SEÑOR PRESIDENTE.- La Mesa comunica al señor Senador que ha finalizado el tiempo de que disponía.

Puede continuar el señor Senador Heber.

SEÑOR RUBIO.- ¿Me permite una interrupción, señor Senador?

SEÑOR HEBER.- Antes de conceder esta interrupción, telegráficamente quiero decir que si es verdad la íntima conexión que existe entre los Senadores y Diputados del Frente Amplio, no concibo cómo pueden venir estos errores de referencia y de redacción que fueron señalados por el Presidente del Banco, señor Fernando Calloia. Además, si es como dice el señor Senador Baráibar, lo que apruebe el Senado será homologado inmediatamente por la Cámara de Representantes y no vamos a tener problemas, aunque advierto que algunos ya tenemos.

Ahora sí, con gusto concedo la interrupción que me solicitaba el señor Senador Rubio.

SEÑOR PRESIDENTE.- Puede interrumpir el señor Senador Rubio.

SEÑOR RUBIO.- Señor Presidente: coincido en un aspecto con lo mencionado por el señor Senador Heber, pero no en otro. Comparto el hecho de que durante el proceso de negociación llevado a cabo para que la oposición estuviera representada en todo el Estado -esto es algo que no tiene precedentes en el Uruguay, por lo menos en lo que se refiere a nuestra fuerza política-, el compromiso del Partido Nacional fue el señalado por los señores Senadores Heber y Lacalle Herrera. Estoy totalmente de acuerdo con ello, porque estaba referido a la conducción del Banco de la República Oriental del Uruguay y a la toma de decisiones. Se podría decir que tanto el Partido Nacional como el Partido Colorado cumplieron con su compromiso; el Frente Amplio también lo hizo e, incluso, en algunos aspectos se adelantó. Hasta ahí llegó.

Aquí se ha jugado limpio; no estamos diciendo que los partidos de la oposición estaban comprometidos con otras cosas, sino que, en forma simultánea, en la Carta Orgánica del Banco de la República se introducen algunos cambios que la Bancada de Gobierno asume como responsabilidad propia porque entendió conveniente hacer algunas modificaciones que, en sustancia, se refieren a cosas obvias. Entre otra serie de actualizaciones que son elementales, figura la del capital del banco, que se ubicaba en $1.500 y se decidió pasarlo a algo más de US$ 1.000:000.000, entre capital y patrimonio, que es lo que más o menos tiene en la actualidad la institución.

A continuación, quiero aludir a un tema muy importante y sobre el que hemos venido discutiendo. ¿En qué condiciones y bajo qué supuestos el Poder Ejecutivo puede pedirle al Banco de la República Oriental del Uruguay una parte de sus ganancias para darle otro destino? Entendámonos: este no es un tema menor, porque si bien estaba contemplado en la Carta Orgánica vigente, ahora se introduce una condicionalidad relacionada con el 1.3 del que veníamos hablando. De esta forma, el patrimonio del Banco se ampliaría y, por otro lado, se estaría estableciendo la posibilidad de que existiera un plus por encima del 50% de las utilidades del banco y que un 30% pudiera ser retirado para otro destino. Como dije, este es un tema importante, pero también lo es atender a un conjunto de industrias y empresas que, a nuestro juicio, son técnicamente viables, pero carecen de las condiciones necesarias en las actuales circunstancias y por diversos motivos como para solicitar créditos. Nosotros asumiremos esa responsabilidad.

(Ocupa la Presidencia el señor Senador Couriel.)

-Ahora bien; ese punto está relacionado con el anterior porque, en realidad, la modificación que se pretende introducir en el artículo tiene una segunda condicionalidad desde el momento en que establece que solo podrán realizarse contribuciones a Rentas Generales cuando la responsabilidad neta del Banco supere en más de 30% el nivel mínimo exigido por la normativa del Banco Central. Como el Banco de la República Oriental del Uruguay se encuentra ubicado por encima de este porcentaje de una manera récord, esto termina en una modificación plasmada en el articulado, más allá de que la sustancia se mantenga.

En lo personal, creo que podemos ponernos de acuerdo en estas dos cuestiones de fondo, es decir, en cambiar el régimen de mayorías establecido en la Carta Orgánica del Banco y en autorizar la utilización de recursos del Banco para determinados destinos.

(Suena el timbre indicador del tiempo.)

-Cuando el señor Presidente del Banco de la República concurrió a la Comisión -a la que no asistí porque no me encontraba en esta Casa-, manifestó que está de acuerdo con esto e incluso -así consta en la versión taquigráfica- señaló lo siguiente: “En segundo lugar, quiero decir que no tiene efectos económicos de ningún tipo porque el banco jamás va a llegar por debajo de 1.3 veces del patrimonio mínimo. Si llegara a ocurrir eso en la realidad actual del Uruguay, el país debería estar en una crisis peor que la registrada en 2002, y eso es impensable”. Seguramente uno puede legislar en el horizonte de la catástrofe, pero creo que en este país estamos en condiciones de asumir la responsabilidad correspondiente para no tener que enfrentar situaciones de cataclismo.

SEÑOR PRESIDENTE (Alberto Couriel).- Puede continuar el señor Senador Heber.

SEÑOR HEBER.- Señor Presidente: me han solicitado otras interrupciones -de lo que me alegro porque ello es señal de que nuestra intervención es por lo menos polémica-, pero antes de concederlas, quiero pedir que escuchemos lo que estamos diciendo, de forma tal de responder fehacientemente.

Aquí estamos manifestando que vamos a cumplir con el acuerdo original. Es verdad que existirá una instancia en la que deberemos ponernos de acuerdo sobre algunas modificaciones, pero en esta oportunidad le estamos diciendo al Gobierno que “la solución Calloia”, el hombre de su confianza, es la que apoya nuestro partido. ¿Cuál es la solución Calloia? Aclaro que no es la del 30% adicional, porque se está hablando del 50% que históricamente el Banco de la República le viene dando a Rentas Generales. Esto fue así y lo seguirá siendo. Ahora bien; en el artículo 40 se establece “hasta un 30%” adicional, lo que permite que el 80% de las utilidades pase a Rentas Generales. Y reitero: tenemos que escucharnos.

El Partido Nacional está dispuesto a dar el 100%, es decir, el 20% más de lo que dice el proyecto, siempre y cuando se respete una condición, que no es para este Poder Ejecutivo ni para esta Administración porque, como dijo claramente el economista Calloia, en este momento hay reservas de sobra. Concretamente, lo que estamos planteando es que ese 30% de responsabilidad patrimonial neta pase al 100%. Ahora esto no afecta en nada porque hay plata en el banco, pero estamos dando una garantía para el futuro, para otras administraciones en donde tal vez no todo esté rodando bien. No estamos anunciando catástrofes; espero que nunca más tengamos problemas en esta materia. Pero si algún día los tenemos, ¿no es buena cosa preservar al Banco de la República en un 100% de su patrimonio neto? Entonces, estoy dispuesto a votar la norma ahora; incluso, no tiene sentido el artículo 40, porque ya en el artículo 11 establecemos el 100%. Tenemos que redactar una disposición que establezca la creación en el Poder Ejecutivo de fondos de garantía o fondos para prestar, para que estas utilidades se puedan destinar a ese fin. No debemos fijar el 30% ni hacer una referencia a ningún artículo ni a ningún inciso; tenemos que hacer otro proyecto que establezca que se crean los fondos en el Poder Ejecutivo y que los administrará la Corporación Nacional para el Desarrollo o quien se quiera. Pero me importa que en la Carta Orgánica del Banco de la República se respete la opinión de su Presidente, que habló del 100% de las utilidades y del 100% del patrimonio del banco. En la actualidad no se le estaría retaceando un peso al Poder Ejecutivo.

SEÑOR GALLINAL.- ¿Me permite una interrupción, señor Senador?

SEÑOR HEBER.- Con mucho gusto.

SEÑOR PRESIDENTE (Alberto Couriel).- Puede interrumpir el señor Senador Gallinal.

SEÑOR GALLINAL.- Creo que las expresiones que ha realizado en su reciente intervención el señor Senador Rubio se desmoronan con el error que contiene la redacción del artículo 40, pero ya voy a tener oportunidad de referirme a ese tema, porque estoy anotado para hacer uso de la palabra.

Quería incorporar un argumento que va en la línea de razonamiento que viene desarrollando el señor Senador Heber. Efectivamente, desde el punto de vista conceptual, están dadas todas las condiciones para que podamos votar en conjunto desde el Partido Nacional con la Bancada de Gobierno. No quiero incluir al Partido Colorado, porque no soy quién para adelantar sus posiciones. Creo que están dadas todas las condiciones, insisto, para que introduzcamos esas pequeñas modificaciones y, de esa manera, salgamos de aquí con proyectos importantes aprobados con el respaldo de todos los sectores. Incluso, cuando se dio cuenta por parte de la Secretaría del ingreso de un proyecto con carácter de urgente consideración que viene del Poder Ejecutivo, referido a la emergencia en materia sanitaria, pensé que probablemente el partido de Gobierno nos planteara tratarlo en forma urgente, y creo que no me equivoqué; me parece que hay intenciones de aprobarlo hoy, a pesar de que el proyecto se derivó a Comisión. Tan así es que no estoy equivocado, porque acabo de conversar con algunos compañeros Diputados del Partido Nacional y me señalaron que se estaría convocando a la Cámara de Diputados para mañana jueves a las 14 horas, a efectos de tratar el proyecto de ley sobre emergencia sanitaria, es decir, el que acaba de ingresar y ha sido derivado a la Comisión de Salud Pública de la Cámara de Senadores. De manera que tenemos hasta las instancias formales ya prontas para aprobar no solamente el proyecto de emergencia, sino también este, salvando los errores que contiene.

Esto es lo que quería manifestar en respaldo de lo que viene señalando el señor Senador Heber y en la búsqueda de un entendimiento, que creo que sería una señal mucho más positiva de la que se estaría emitiendo de no lograrse esos acuerdos.

SEÑOR PRESIDENTE (Alberto Couriel).- Puede continuar el señor Senador Heber.

SEÑOR BORDABERRY.- ¿Me permite una interrupción, señor Senador?

SEÑOR HEBER.- Con mucho gusto.

SEÑOR PRESIDENTE (Alberto Couriel).- Puede interrumpir el señor Senador Bordaberry.

SEÑOR BORDABERRY.- De la misma forma en que lo hizo el señor Senador Lacalle Herrera en representación del Partido Nacional, voy a hablar en representación del Partido Colorado.

Creo que con la modificación que se propone a la Carta Orgánica en cuanto a los votos que se necesitan para tomar decisiones en algunos temas, llevando ese mínimo de cuatro a tres, se está cumpliendo in totum con el compromiso asumido. No lo hicimos antes sencillamente porque no se nos había pedido; lo haremos siempre que así se nos lo solicite. Sí me permito señalar -aunque no quiero que esto se entienda ni por un instante como un reclamo- que el Gobierno todavía no ha cumplido con las obligaciones asumidas en ese compromiso con los partidos, más allá de que estamos seguros y confiados de que lo hará. De manera que la falta de cumplimiento todavía no es obstáculo para que nosotros cumplamos. Me permito hacer esta puntualización porque se dice que la participación en distintos organismos es una suerte de cuestión dadivosa del Gobierno, y creo que no es así. Considero que también los partidos de la oposición realizamos contribuciones y pusimos sobre la Mesa muchos aportes, porque ese era el espíritu, y no sé cómo podremos volver a reflotarlo en el Uruguay. Me parece que estábamos en un momento mucho más positivo del que estamos viviendo hoy. Cuando había urgencias, el Gobierno nos convocaba, nos explicaba, nos escuchaba y juntos, como sucedió en el caso del fallo de la Corte Penal Internacional de Justicia de La Haya, trabajó el país y trabajamos todos. De golpe esto se ha dejado de lado, no sabemos bien por qué.

Quiero también confiar mi frustración por esta forma de trabajar. Personalmente me ha tocado integrar las Comisiones de Ganadería, Agricultura y Pesca; de Industria, Energía, Comercio, Turismo y Servicios; de Asuntos Administrativos; y de Vivienda y Ordenamiento Territorial. Hemos analizado una gran cantidad de proyectos de ley y hemos trabajado muy bien en esas Comisiones. Se nos ha escuchado y hemos mejorado -nos parece-, a partir de nuestras humildes posibilidades, los proyectos de ley. Pero de pronto esto ha cambiado. Todo es urgente; todo se entrega ayer o no se entrega. En el día de ayer me quedé hasta las 18 y 40 en mi despacho y hasta esa hora no estaba el Orden del Día de la Sesión de hoy. No fue distribuido ayer el Orden del Día de la Sesión de hoy y no fue entregado este proyecto de ley de reforma de la Carta Orgánica del Banco de la República a los Senadores, a pesar de que lo reclamamos. Entonces, no se nos puede pedir una profesión de fe tan grande. Es cierto que algunos compañeros trabajaron en este proyecto de ley en la Cámara de Diputados, pero no se nos puede exigir que lo tratemos y que digamos que estamos de acuerdo. Sentimos que estamos incurriendo, sin lugar a dudas, en mala praxis parlamentaria. Me parece que decir que los temas son considerados en la Cámara de Diputados no es un argumento a atender, a menos que se reforme la Constitución de la República, y no me parece que este Senado tenga que renunciar a su trabajo mientras existan dos Cámaras.

Quizás, la frustración más grande que tengo es cuando se utiliza el argumento de que porque en el pasado no nos pusimos de acuerdo, en el futuro no podremos hacerlo; que no lograr coincidencias en algún punto, es renunciar a lograr coincidencias en el futuro. Estoy abierto a que me convenzan, así como espero que los demás también lo estén.

SEÑOR PRESIDENTE (Alberto Couriel).- Puede continuar el señor Senador Heber.

SEÑOR HEBER.- Los señores Senadores Rubio y Gallinal hicieron uso de interrupciones y pudimos arribar a conclusiones. En especial, la interrupción del señor Senador Rubio dejó en claro que estamos de acuerdo, que el consenso está al alcance de nuestras manos y el señor Senador Gallinal manifestó que en el día de mañana está citada la Cámara de Representantes. Quiere decir que podemos aprovechar esa citación, pues no creo que un artículo que dé respuesta rápida a los fondos de garantía o préstamo del Ministerio pueda ser un obstáculo para que podamos estudiar con tranquilidad en la Comisión el tema de la Carta Orgánica, que es la solución, tal como lo propuso el señor Senador Amorín. Me afilio a esta propuesta porque es la que genera una solución a las expectativas que tienen los trabajadores, porque ahora se votaría ese fondo, es decir, el artículo 40 como ley aparte. De esta manera, estaríamos dando respuesta al problema sin generar un apuro en la reforma de la Carta Orgánica del Banco de la República, ya que no existe, pues el apremio es dar el dinero para que los trabajadores cumplan con esa esperanza que tienen hace muchos meses, en cuanto a la formación de la cooperativa que, insisto, se puede llevar adelante ahora, con un proyecto aparte. Reitero, señor Presidente, que de esta manera no estaríamos apurándonos en la aprobación de la Carta Orgánica, tema delicado, permanente y trascendente. Esta es la propuesta que nosotros formulamos, señor Presidente, esperando que el oficialismo reflexione -ya que está deliberando en Sala, cambiando opiniones y haciendo reuniones de Bancada, cosa que me alegro-, de manera de otorgar una solución a los trabajadores y al banco. Creo que la propuesta de nuestro partido es seria y se compromete a solucionar las ansiedades que hoy existen en nuestro país.

20) ASUNTOS ENTRADOS

SEÑOR PRESIDENTE (Alberto Couriel).- Dese cuenta de un asunto entrado fuera de hora.

(Se da del siguiente:)

SEÑOR PROSECRETARIO (Miguel Sejas).-“La Cámara de Representantes remite aprobado un proyecto de ley por el que se establece el cronograma de incorporación al Seguro Nacional de Salud de los jubilados y pensionistas que todavía no gozan de sus beneficios.

-A LA COMISIÓN DE HACIENDA.

21) PRÓRROGA DE LA HORA DE FINALIZACIÓN DE LA SESIÓN

SEÑOR AGAZZI.- Pido la palabra para una cuestión de orden.

SEÑOR PRESIDENTE (Alberto Couriel).- Tiene la palabra el señor Senador.

SEÑOR AGAZZI.- En realidad, no quiero interrumpir a los señores Senadores que están anotados para hacer uso de la palabra, pero quiero solicitar que se prorrogue la hora de finalización de esta Sesión.

SEÑOR PRESIDENTE (Alberto Couriel).- Se va a votar la moción formulada.

(Se vota:)

-22 en 25. Afirmativa.

22) CARTA ORGÁNICA DEL BANCO DE LA REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY

SEÑOR PRESIDENTE.- Continuando con el tema que estamos considerando, tiene la palabra el señor Senador Amorín.

SEÑOR AMORÍN.- Cuando en temas como este a uno le toca hablar en cuarto lugar, muchas cosas ya se dijeron, por lo que voy a tratar de no ser demasiado extenso en mi exposición, señalando los aspectos que, de verdad, considero importantes.

El tema que hoy estamos considerando relativo a la reforma de la Carta Orgánica del Banco de la República Oriental del Uruguay es de enorme importancia y el Senado tiene la obligación de otorgarle la trascendencia que tiene.

Quiero decir que en un sistema bicameral como el de Uruguay, con Cámara de Representantes y Cámara de Senadores, todos los temas deberían ser estudiados a fondo en ambas Cámaras. Si el pasaje de un asunto por una Cámara hiciera que pudiéramos votarlo automáticamente en la otra, la bicameralidad ya no tendría sentido. Por lo tanto, nuestra obligación es estudiar este tema a fondo, dándole la importancia que de verdad tiene, porque nosotros, desde el Partido Colorado, creemos que hay que reformar la Carta Orgánica del Banco de la República. No tenemos la menor duda de que esta reforma es necesaria y debe hacerse, pero hay que hacerla bien, porque acá se está haciendo mal. Esta reforma contiene errores de todo tipo, desde conceptuales hasta gramaticales. Esta reforma es mala, hay que corregirla, y esto lo sabemos todos: los Senadores de todos los Partidos que estuvimos trabajando en la Comisión, el Ministro de Economía y Finanzas y el Presidente del Banco de la República Oriental del Uruguay. ¿Cuál es la urgencia en tratar este tema? ¿Por qué tenemos que aprobarla antes del 31 de diciembre? Es un tema muy sencillo: si el tema no se aprueba antes de esa fecha, el 30% de las utilidades del Banco de la República Oriental del Uruguay que está solicitando este proyecto de ley -que andan en el entorno de los US$ 30:000.000- no ingresaría al Poder Ejecutivo para formar los fondos de garantía que pretende. Nosotros entendemos esta situación, la comprendemos y estábamos dispuestos a votarla. Lo que nosotros decimos -fue lo que planteamos en la Comisión- es que si todos estamos de acuerdo con que esta reforma de la Carta Orgánica es mala… Señor Presidente: ¡de verdad que tengo noticias para mi boletín!, pues a mi izquierda tengo a tres Senadores de la Bancada oficialista que nos están por dar alguna noticia, a quienes, si me solicitan una interrupción, con mucho gusto se las daré. Siempre que estén dispuestos a hacer algún cambio positivo para este proyecto de ley -creo que fue lo que escuché mientras estaba realizando mi exposición-, bienvenido sea; de esa manera, no tengo que seguir hablando.

Lo que estoy tratando de decir es que hay un artículo 40 que se necesita, que el Gobierno entiende necesario, los trabajadores lo necesitan y nosotros queremos aprobarlo, pero el resto del proyecto es horrible. Este artículo 40 tiene sentido fuera de la ley. Estamos dispuestos a votar una ley que diga que el 30% de las utilidades del Banco de la República puede ser manejado por el Ministerio de Economía y Finanzas, o por quien este decida, para crear fondos de garantía y ayudar a impulsar algunas industrias que tienen dificultades. Esto, técnicamente, no forma parte de la Carta Orgánica, porque al Banco de la República lo que le interesa es si le van a sacar o no las utilidades, pero no hacia dónde van; ni siquiera es un tema de la Carta Orgánica. En la Sesión de la Comisión del día de ayer, cuando no llegamos a un acuerdo, sucedió lo que relató el señor Senador Heber: quien habla propuso a los Legisladores del Frente Amplio trabajar en el tema de la Carta Orgánica -nosotros queremos trabajar y ayudar; eso sí, contando con más tiempo- y aprobar aparte el artículo 40, que es lo que realmente hay que votar antes del 31 de diciembre. Concretamente, solicitamos que nos permitan votar, ayudar y colaborar con una ley que es importante para el país.

Eso es lo que reiteramos ahora; nos dijeron que habían dificultades porque, como sabrán, el artículo 40 tiene algunas diferencias con el artículo 11 original. En este último se decía que ese 30% tenía que ser usado para fondos de garantía, mientras que en el artículo 40 se afirma que ese porcentaje podrá ser requerido con destino a la creación de fondos y al apoyo de proyectos productivos. Cuando el Ministro de Economía y Finanzas concurrió a la Comisión dijo que solo lo iba a utilizar para fondos de garantía y nada más porque, de esa forma, se podían garantizar deudas o créditos frente a instituciones bancarias y solucionar así los problemas de algunas empresas que tenían dificultades. Sin embargo, en la Cámara de Representantes se entendió que había que cambiar ese texto y se afirmó que si nosotros volvíamos al original, al volver a la otra Cámara, la discusión sería muy grande. Fue así que solicitamos que lo mandara tal cual estaba, sin cambiar nada del artículo 40, aunque lo único que había que modificar era que se hiciera referencia al inciso primero y no al segundo del artículo 11 del proyecto que todavía no se aprobó.

En lo que respecta al texto original, que permitía que el Poder Ejecutivo utilizara hasta el 50% de las utilidades del Banco de la República, debería hacerse referencia al artículo 1º. Como decía, esto es lo único que habría que cambiar. De ser así, este proyecto contaría con un amplio apoyo y se votaría la Carta Orgánica del Banco de la República como corresponde.

No debemos olvidar que cuando se hablaba del tema de los ahorros de niños, niñas, adolescentes, púberes, etcétera, el propio Presidente del Banco afirmaba que se habían equivocado. Nosotros vamos a votar el texto como viene, porque tenemos que hacerlo antes del 31 de diciembre. Como decía, el propio Presidente del Banco Central…

SEÑOR PRESIDENTE (Alberto Couriel).- El Presidente del Banco de la República Oriental del Uruguay, señor Senador.

SEÑOR AMORÍN.- Gracias, señor Presidente.

El propio Presidente del Banco de la República decía que era fundamental que la responsabilidad patrimonial mínima que exigía el Banco Central estuviera por lo menos duplicada, lo que además no crea ningún inconveniente porque hoy tiene 2,5. Además, hay que tener en cuenta que esta ley no es para hoy ni para mañana, sino para muchos años y lo que observo es que muchos de los señores Senadores del partido de Gobierno piensan en la situación actual y parece que dijeran, “si hoy está bien, ¿para qué vamos a cambiar?”. Es necesario tener en cuenta que las leyes no se elaboran para un día, sino que deben permanecer durante mucho tiempo; eso es lo que tenemos que hacer juntos. Esta sería la tercera vez que se modifica la Carta Orgánica del Banco de la República Oriental del Uruguay y se debería hacer de la mejor manera. Por supuesto que vamos a cumplir con los acuerdos políticos y si se propone votar la totalidad del proyecto de ley en el día de hoy, lo haremos favorablemente; es decir que votaremos a favor en general para que los temas puedan ser tratados y para que se cambien las mayorías para votar ciertos puntos en el Directorio, pero nos parece que el Parlamento estaría cometiendo un grave error si sabemos que estamos votando una ley de esta importancia y no elaboramos un texto correcto. Lo votaremos aun sabiendo que el proyecto está mal, que se deberían realizar una serie de modificaciones y, como dijo el señor Senador Abreu, sabiendo que hasta tiene una terminología ininteligible, mal redactada y de otra época. Por ejemplo, se habla de “terrenos y fincas”, en lugar de “inmuebles”, o sea que hay muchísimo para corregir, pero hay que trabajar. Nosotros estamos dispuestos, por eso reiteramos un planteo que hemos hecho varias veces: nos parece que deberíamos votar el artículo 40 como una ley aparte para que el Gobierno pudiera solucionar los problemas que tiene actualmente, es decir que pudiera contar con más de US$ 30:000.000 para transformarlos en fondos de garantía para las empresas que tienen dificultades. Nosotros estamos para apoyar y para estudiar a fondo y con seriedad el proyecto de ley que modifica la Carta Orgánica del Banco de la República.

He cumplido con mi palabra de ser breve. Es cuanto quería manifestar.

SEÑOR GALLINAL.- Pido la palabra.

SEÑOR PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor Senador.

SEÑOR GALLINAL.- Señor Presidente: como muy bien señaló el señor Senador Heber en el transcurso de su exposición, la modificación de la Carta Orgánica del Banco de la República Oriental del Uruguay -por lo menos así era en su iniciativa original- tiene una única razón de ser. Esto es, que el Gobierno, para abrir la integración del Directorio a la oposición, pone como condición poder contar con mayorías propias para todas las decisiones que se tengan que adoptar en el transcurso de los próximos tiempos. Todo acuerdo significa hacer recíprocas concesiones -se establecieron condiciones de uno y otro lado-, pero lo cierto es que hoy todos estamos muy conformes de haber encontrado los acuerdos, porque eso permitió no solo la integración completa de los Entes Autónomos y los Servicios Descentralizados, sino también la renovación del Tribunal de Cuentas y la Corte Electoral, lo que se venía postergando desde hacía mucho tiempo debido a que no se alcanzaba las mayorías especiales que exige la Constitución de la República para acuerdos de esa naturaleza.

Quiero señalar que por supuesto voy a votar este proyecto de ley en general, así como los artículos a los que se ha hecho referencia, pero no porque esté de acuerdo sino simplemente porque estimo que tengo la responsabilidad de cumplir con una palabra que en su momento entregó mi partido cuando se realizó esta negociación. Cuando uno legisla, debe hacerlo con la vocación que debe tener, por lo menos, la enorme mayoría de las leyes, que es la de la permanencia. Además, cuando las leyes están referidas a instituciones o a sus Cartas Orgánicas deberían tener una vocación de permanencia, de tal manera de durar en el tiempo y servir de referencia para el objetivo en función del cual se propusieron. Hoy le toca gobernar al Frente Amplio, ayer les tocó a los demás partidos y mañana, en la alternancia democrática, será el turno de otras colectividades políticas. En todo tiempo, en el que pasó, en el que vivimos, en el que viviremos, en los que vendrán, tratándose del Banco de la República Oriental del Uruguay -que es la principal institución económico-financiera- es muy bueno que las grandes y trascendentes decisiones que debe tomar sean adoptadas por una mayoría especial en la que no solo importe su voz, sino también la opinión de los demás. ¿A qué se refieren esas decisiones? A la forma en que se compromete el patrimonio de la institución financiera, a las oportunidades en que se pueden otorgar préstamos que superen el 1% o el 5% del capital o del patrimonio con que cuenta. Por lo tanto, me parece que había una explicación lógica para contar con mayorías especiales, requisito que los nuevos tiempos no han cambiado, por lo que, en consecuencia, se debería haber mantenido ese criterio.

Mañana le puede tocar al Frente Amplio ser oposición -seguramente, así será-, y en esa circunstancia -y con toda lógica- no va a querer que el Gobierno de turno, pertenezca al partido político que sea, adopte por sí y ante sí las decisiones más relevantes que pueden comprometer el patrimonio de una institución del Estado, como es el Banco de la República Oriental del Uruguay.

Señor Presidente: por lo menos quería dejar la constancia de que, por supuesto, voy a votar las modificaciones de las mayorías -que es uno de los temas más importantes que contiene este proyecto de ley- para cumplir con la palabra que ha empeñado mi partido en el transcurso de las negociaciones, pero, a mi juicio, en algún momento -no importa si somos gobierno u oposición-, en lo que refiere a nuestra colectividad política, considero que deberíamos propiciar que se vuelva a esas mayorías especiales para las decisiones que adoptan instituciones de estas características.

El otro tema importante -que es la gran innovación que presenta el proyecto de ley que estamos estudiando- tiene que ver con la creación de un fondo a través de las utilidades del Banco de la República, ya sea para garantizar créditos o para financiar proyectos referidos a empresas que atraviesen una situación delicada pero que sean viables y merezcan, en consecuencia, un respaldo especial. Respecto a este tema quiero decir que hace poco días nuestro partido, en forma unánime y sin el pasaje por la Comisión correspondiente, respaldó la prórroga del Seguro de Paro que, a través de una ley, se decidió otorgar a todos los empleados de Metzen y Sena porque se consideraba, por un lado, que era de justicia proceder en ese sentido y, por otro, que detrás de ese Seguro de Desempleo que había vencido, existía un proyecto -o varios- que podría ser viable. En ese caso se pensó que valía la pena abrir un paréntesis en lo relativo al Seguro de Paro, manteniendo su vigencia y buscando, a la vez, una solución para su viabilidad.

Respecto a la viabilidad de los distintos proyectos vinculados a empresas que atraviesan por una situación crítica, que tienen proyección de futuro y son viables en el tiempo pero a las que hoy las circunstancias les impide prosperar, creo que, más allá de si el artículo 40 debe incluirse o no en la Carta Orgánica del Banco de la República -sin duda que esta es una discusión importante y trascendente-, en algún momento vamos a tener que legislar sobre la creación de ese fondo, su administración y los apoyos que el Estado pueda dar a las empresas que tengan dificultad para salir adelante. Actualmente no alcanza solo con otorgarles el crédito correspondiente o los recursos necesarios para la inversión. Muchas veces es preciso -y me parece que en este caso puede llegar a serlo- que la propia ley prevea una figura que se encargue de la administración de estos fondos y las condiciones en las cuales se otorgan -o no- los créditos o los recursos para apoyar esas empresas, a la vez que establezca cómo se deben gestionar y hasta la posibilidad de crear una unidad de gestión que las auxilie mientras intentan salir adelante, ya sea bajo la forma de una cooperativa -como es lo que se está pensando para Metzen y Sena- o de sociedades de distinta naturaleza. Lamentablemente, no se ha pensado en estos aspectos y lo que se hace hoy, simplemente, es otorgar los recursos al Fondo de Garantías para que el Ministerio de Economía y Finanzas decida cómo aplicarlos en cada caso.

Me parece que tendríamos que avanzar mucho más en este sentido porque nuestras economías permanentemente están sufriendo altibajos como consecuencia del impacto de las economías vecinas. El caso de Metzen y Sena es muy claro; la matriz energética ha jugado un rol muy importante en la alteración de su ecuación económica y, como consecuencia -además de otras razones-, se ha visto sumergida en esta crisis de la que todos deseamos que salga porque, además de ser una de las empresas uruguayas que hasta hace poco tiempo daba trabajo -que hoy mantiene en el Seguro de Desempleo a más de 600 familias-, también es verdad -todos lo reconocemos- que hay una marca registrada por esta empresa, o sea, Olmos, que es un orgullo nacional dentro y fuera de fronteras. Todos conocemos la calidad y el enorme valor de esa producción; y fuera de fronteras también se la reconoce. En el día de ayer una delegación de empleados de Metzen y Sena nos explicaba que la empresa está en concordato, que hay un síndico trabajando y que, como la ley permite al Juez actuante otorgar un comodato precario a quienes lleven adelante este proyecto, se estaría pensando en esta solución, pero quizás esté faltando otra legislación que ampare más o brinde mejores instrumentos para que estos negocios se puedan concretar.

Todo esto lo digo, señor Presidente, porque quiero que quede suficientemente claro que nosotros, como partido, de la misma manera en que votamos con las dos manos la prórroga del Seguro de Desempleo, también estamos dispuestos a apoyar toda solución tendiente a resolver esta coyuntura por la que atraviesa Metzen y Sena. Tan así es que tal vez podamos dar un pasito más en este sentido en la Sesión de hoy, en función de una idea que en el día de ayer trasladamos a la Bancada oficialista. La discusión del artículo 40 no se basa simplemente -con toda la importancia, me adelanto a decir, que ese “simplemente” tiene- en una diferencia conceptual a la que todos tenemos derecho a sostener; nosotros creemos que no es bueno que en la Carta Orgánica del Banco de la República Oriental del Uruguay se cree un fondo de las características del que se está proponiendo. Por eso decía que es necesaria una ley aparte en la que se cree ese fondo, se determine quién lo administrará y se fijen las condiciones en función de las cuales se otorgarían los créditos correspondientes para la financiación de determinadas empresas que estén en situación de riesgo y adquieran de esa manera la condición de viables.

Sabemos que estos son temas opinables y, en definitiva, aceptamos un criterio formal; desde ese punto de vista consideramos que no es bueno que en la Carta Orgánica del Banco de la República se determine la creación de ese fondo para atender una situación de emergencia coyuntural, mientras que el Frente Amplio, por sus razones, igualmente está dispuesto a aprobar esta iniciativa tal como está.

Este es un aspecto formal y aclaro que en el tema de fondo no tenemos mayores diferencias. En lo que sí me parece que todos podemos estar de acuerdo -digo más: en esto estamos todos de acuerdo- es en que el artículo 40 tiene un error que habría que corregir. No se puede aprobar un proyecto de ley con un error de la dimensión del que encierra el artículo 40.

Además, el Parlamento no sale bien parado si aprueba una ley y anuncia -como lo ha hecho en otras circunstancias- que, antes de que esta se apruebe, va a aprobar otra que la corrige. Tal como expresó el señor Senador Heber -y como lo puse de manifiesto cuando hablé sobre la convocatoria que la Cámara de Representantes está haciendo para considerar el día de mañana un proyecto de ley cuyo tratamiento ni siquiera comenzó en el Senado-, la otra Cámara tiene tiempo suficiente para aprobar estas modificaciones. El artículo 40, que establece que el Poder Ejecutivo podrá requerir al Banco de la República contribuciones adicionales de hasta un 30% de sus utilidades, comienza diciendo: “Sin perjuicio de lo establecido en el inciso segundo del artículo 11 de la Carta Orgánica del Banco de la República Oriental del Uruguay”. ¿Qué dice el inciso segundo del artículo 11? Que el Banco de la República solamente puede realizar “contribuciones a Rentas Generales cuando la responsabilidad patrimonial neta del Banco supere en más del 30% el nivel mínimo exigido por la normativa del Banco Central del Uruguay”. Entonces, cuando el artículo 40 hace referencia al inciso segundo del artículo 11 quiere decir que el Poder Ejecutivo puede requerir al Banco de la República un 30% de sus utilidades netas aún en los casos en que la responsabilidad patrimonial neta del Banco sea inferior al 30% del nivel mínimo exigido por la normativa del Banco Central del Uruguay. Este es un error. En algún momento pregunté en la Comisión si esto había sido incorporado a propósito por los Diputados porque querían que, aun cuando se esté por debajo del nivel mínimo exigido por el Banco Central del Uruguay, el Banco de la República igual tenga que contribuir. De parte del oficialismo se me contestó que no fue algo intencional, sino que se trataba de un error. Así me lo expresaron los señores Senadores del Frente Amplio y el propio Presidente del Banco de la República. Señalaron que esta redacción solamente se explicaba como un error y agregaron que había que corregirla. Si en el día de mañana está citada la Cámara de Representantes para tratar un proyecto de ley de emergencia sanitaria que acaba de ingresar a la Asamblea General, aún no ha sido considerado y probablemente ahora se proponga que se declare urgente y se considere de inmediato, con más razón podemos lograr que la otra Cámara en el día de mañana apruebe ese proyecto de ley, por lo menos, con la modificación del artículo 40 para que la referencia no sea al inciso segundo sino al primero. Quizás, previa conversación con los señores Senadores del Partido Nacional -que obviamente vamos a tener que llevar a cabo-, podamos votar esta iniciativa en esos términos. De esta manera, modificamos la Carta Orgánica del Banco de la República respecto a las mayorías necesarias que el gobierno quiere para administrarlo en los próximos años y cumplimos con nuestro compromiso. Asimismo, modificamos el artículo 40, aprobamos la conformación del fondo y generamos los recursos para asistir a esas empresas -en particular a Metzen y Sena que atraviesa una coyuntura muy especial- no solo con los votos del Partido de Gobierno, sino con otros que nos sumamos para hacer efectiva esa realidad. Esto no deja de ser una señal interesante porque, en el día de mañana, si Dios quiere, esa cooperativa, transformada en una empresa, va a salir a vender al mercado nacional, pero también al internacional. Según se nos transmitió, permanentemente reciben información de que desde el exterior, especialmente desde la República Argentina, hay un marcado interés por la producción Olmos de esta empresa. Hasta ahí, quizás, estemos en condiciones de llegar. Restringimos nuestro pedido, pero lo hacemos en aras de una solución que parece estar al alcance de la mano. Para definir este tema tiene la palabra la Bancada oficialista y, obviamente, a ella se la trasladamos.

Muchas gracias.

SEÑOR BARÁIBAR.- Pido la palabra.

SEÑOR PRESIDENTE (Alberto Couriel).- Tiene la palabra el señor Senador.

SEÑOR BARÁIBAR.- Señor Presidente: la breve intervención que tuve dio lugar a algunos comentarios que me hacen pensar, no que me interpretaron mal, sino que no me entendieron bien, por lo que me gustaría hacer alguna precisión.

Con relación al bicameralismo, estoy absolutamente de acuerdo en que los proyectos de ley deben considerarse en ambas Cámaras. No creo que deba haber una sola Cámara porque creo que la experiencia demuestra que la existencia de dos Cámaras permite perfeccionar la ley. Lo que dije es que no se puede acusar al gobierno de sustraer a la oposición el conocimiento de determinados proyectos de ley o iniciativas, cuando algunas de ellas están siendo tratadas en la Cámara de Representantes y, por lo tanto, son conocidas por la oposición. Por eso no es de recibo decir que un proyecto de ley no se conoce cuando pasa al Senado. Eso es, ni más ni menos, lo que quise expresar.

En segundo lugar, se hizo un comentario acerca de la hora en que se realizan los repartidos. Me voy a referir brevemente a este punto y, al respecto, quiero decir que en la última página del repartido de hoy consta que la Comisión de Hacienda finalizó el tratamiento de este asunto a las 18 horas del día de ayer, con lo cual es comprensible que la distribución de los documentos haya demorado algún tiempo.

Con respecto a que el gobierno y la fuerza política que integro hayan perdido la voluntad de diálogo, quiero señalar que no hay nada más alejado de nuestra conducta política que esto. Quiero decir al señor Senador Bordaberry -porque fue él quien hizo la referencia- que en 1972, cuando su padre era Presidente de la República y convocó al Frente Amplio a la Casa de Gobierno -ubicada frente a la Plaza Independencia-, para informar sobre el Tratado de Límites del Río de la Plata -que se aprobó poco tiempo después-, este concurrió con una delegación integrada por los doctores Cardoso, Batalla y Bruschera. Allí, muy al comienzo de nuestra vida política -en la cual vamos a cumplir cuarenta años-, establecimos nuestra voluntad de diálogo y la hemos mantenido de manera insistente. Consideramos que esta es una insignia de la conducta de izquierda en América Latina, frente a otros que se cierran, se abroquelan y creen que todos los que no piensan como ellos son malos. Por el contrario, nosotros creemos que tenemos nuestra verdad -y el pueblo lo ha ido demostrando en los últimos procesos electorales-, pero pensamos que en las demás fuerzas también hay gente de buena voluntad y elementos de verdad, por lo que debemos tener una actitud de diálogo para escuchar estas afirmaciones. En este sentido, creo que el Presidente de la República, el Presidente de la Asamblea General -que ahora tuvo que ausentarse porque debía hacer una exposición en ADM, pero luego se va a incorporar-, los señores parlamentarios y todas las fuerzas políticas mantienen -no quepa la menor duda- la voluntad de diálogo. El diálogo, como algo permanente, es un signo distintivo de nuestra fuerza política y así lo mantendremos. Una cosa distinta es que nos pongamos de acuerdo o no en democracia.

Finalizo con otra referencia que se realizó en Sala. Este proyecto de ley que tanto se cuestiona en el día de hoy, se aprobó en Comisión ayer y es bueno señalar para el cuarto Poder -al que siempre hago referencia- y para la delegación de Metzen y Sena que está presente en la Barra, que estuvieron presentes cinco parlamentarios del Frente Amplio, tres del Partido Nacional y uno del Partido Colorado, todos ellos muy distinguidos.

SEÑOR BORDABERRY.- El señor Senador Baráibar tiene que referirse al señor Presidente.

SEÑOR BARÁIBAR.- Reconozco la equivocación.

En el proyecto de ley, 21 artículos se votaron por unanimidad, 16 por 8 votos en 9 Senadores presentes -prácticamente unanimidad- y solamente 3, por 5 en 9. Además, un artículo intrascendente como el 33 no se votó por una cuestión totalmente menor como es que se utiliza un término que estoy de acuerdo que no es el más adecuado. Concretamente, se dice: …“que el Banco necesite para establecer o ensanchar sus oficinas o dependencias”, pero creo que no es nada grave. Por lo tanto, solamente se tiene discrepancias en los artículos 11 y 40. Además, nos dicen que estarían dispuestos a votarlos y solo plantean como elemento fundamental que se separen.

Un señor Senador que me antecedió en el uso de la palabra se refirió a la urgencia de votar este proyecto de ley y creo que las horas que hace que está la gente en la Barra demuestra su interés y preocupación por el tema. Naturalmente, deben comprender que nosotros tenemos que legislar sobre el tema pero, al mismo tiempo, es necesario dejar algunas constancias. Seguramente este proyecto de ley será votado en el día de hoy, pero quiero que quede bien claro que la reforma de la Carta Orgánica del Banco de la República fue hecha por un Directorio del Banco que ha merecido el elogio de todos, y no solo de la Bancada oficialista. Obviamente, siempre se pueden perfeccionar los proyectos de ley. Además, en la Sesión pasada de la Comisión -que fue presidida por el señor Senador Heber porque yo estaba ausente- estuvieron presentes no solo el Ministro de Economía y Finanzas y el Presidente del Banco de la República, sino también el doctor Scrigna, miembro del Directorio en representación del Partido Colorado. En ese sentido, quiero recomendarles que lean la versión taquigráfica de esa Sesión porque el doctor Scrigna hizo una brillante exposición, demostrando un conocimiento en profundidad del tema. En realidad, se dio algo que no ha sido frecuente en los últimos años: a una Sesión de la Comisión concurrieron los miembros del Directorio por parte del oficialismo -como el economista Calloia- y también de la oposición. El diálogo que se dio entre todos fue de gran nivel y respeto, y esa es la demostración del acierto -esperemos que siga así- que ha sido la incorporación de representantes de los partidos de la oposición en los Directorios de los distintos Organismos.

Por otra parte, quiero mencionar -porque es bueno que las Bancadas lo sepan- que hay un artículo más al que nadie se refirió, que establece algo que no es poco importante. Me refiero al artículo 41, que dice: “El Poder Ejecutivo remitirá en cada Rendición de Cuentas información detallada respecto a la utilización de los fondos”. Creo que es un elemento que da garantía y demuestra la voluntad de transparencia de este proyecto, que debe ser aprobado rápidamente para que puedan generarse fondos que ayuden a que la empresa Metzen y Sena -en la Legislatura pasada se creó una Comisión que estudió bastante su situación- pueda encontrar una solución que dé tranquilidad en este fin de año a muchas familias de la zona en que está instalada.

Muchas gracias.

SEÑOR AGAZZI.- Pido la palabra.

SEÑOR PRESIDENTE (Alberto Couriel).- Tiene la palabra el señor Senador.

SEÑOR AGAZZI.- Como han comprendido los señores Senadores, la reforma de la Carta Orgánica del Banco de la República es un tema muy vasto, muy amplio, pero nos hemos focalizado en el artículo 40 -debido al interés que tiene-, aunque quizás no sea lo más importante. Ya sea por la sensibilidad social que implica o por la particularidad de que se introduce en la Carta Orgánica -algunos señores Senadores expresaron no estar de acuerdo con que estuviera incluido allí-, quiero referirme a este tema.

En realidad, no es nada nuevo, ya que ha habido muchos fondos en el país que fueron creados por ley. Lo importante de este asunto es que con este artículo le sacamos un problema al Banco de la República. Hay emprendimientos, cooperativas y empresas que necesitan créditos o financiamiento y el Banco de la República no se los puede dar por distintos motivos. Voy a mencionar algunos ejemplos porque todas esas herramientas han sido creadas por ley. Quizás sea mejor sacar este problema de la órbita del Banco de la República -hoy se refería a esto el señor Senador Heber- porque, de lo contrario, aunque tenga el dinero no puede prestarlo porque es un banco comercial regulado y sujeto a una serie de normas. Lo cierto es que al Banco le va bien porque cumple con esas normas, pero no se puede encargar de esta criatura que precisa una solución.

Esto ha sucedido no solo en este gobierno, sino desde hace unos cuantos años y, en ese sentido, voy a mencionar algunos de los fondos que han sido creados en los últimos años. El Fondo Arrocero se creó con dinero del Banco de la República, pero no fue administrado por él debido a que existía una situación coyuntural por la cual los precios internacionales del arroz eran bajos, lo que afectaba la cadena arrocera, pero todos los estudios de proyección indicaban que iban a mejorar. Este fondo fue administrado por el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, que encontró una reglamentación y la manera de llevarlo adelante. El dinero salió del Banco de la República y, en realidad, se recuperó antes del tiempo previsto porque los precios mejoraron y los productores arroceros cumplieron.

Asimismo, hubo dos Fondos Lecheros, uno en el Gobierno del Partido Colorado y otro en el del Frente Amplio. En un caso se debió a que los precios internacionales de los lácteos estaban muy equilibrados y el sector lechero tenía una deuda muy grande en relación con su posibilidad de pagarla, y este fondo dio solución al problema de la deuda. El otro Fondo Lechero se creó cuando subieron los precios internacionales de los insumos y el sector lechero tuvo una complicación. En realidad, el sector se hizo un préstamo a sí mismo porque el dinero lo puso el Banco de la República y el préstamo se pagó con la rentabilidad que recuperó el sector.

Por otra parte, en el día de ayer, con la reforma del Instituto Plan Agropecuario, aprobamos un Fondo de Transferencia de Tecnología y Capacitación Agropecuaria del cual, según la ley, se encargará el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca.

Asimismo, hay fondos para catástrofes climáticas.

En lo personal, no me gustan estos fondos porque les falta profesionalidad; creo que no alcanza con crear un fondo por un problema y encargárselo a un Ministerio.

En realidad, deberían estar sometidos a una regulación propia de las características por las cuales se crean estos fondos, que no es similar a la de la banca y que ni siquiera pasa por la vereda de Basilea; precisan una regulación para que no sean discrecionales. Si todos estos fondos se aplicaron en forma correcta fue porque quienes estuvieron a su cargo -tal como lo decía la ley- actuaron responsablemente y con eficiencia. No estoy hablando bien del Frente Amplio, sino de todos los que administraron fondos, incluso del Partido Colorado, que administró el primer Fondo Lechero.

El problema radica en que las instituciones financieras reguladas pueden, incluso, estirarse y tratar de ayudar, aplicar fondos de garantía, subsidiar las tasas de interés o encontrar a alguien que las pague. Esto se ha hecho, pero subsiste la dificultad del acceso al banco. Actualmente, quienes precisan invertir para salir adelante no pueden llegar al banco, por más ayuda que reciban; hoy, Metzen y Sena no puede obtener un préstamo en un banco porque no tiene acceso a él. No estoy diciendo que no lo pueda pagar, sino que no tiene acceso debido a las condiciones que ponen las instituciones bancarias, y está bien que así sea. Entonces, se precisa una institución financiera con regulaciones distintas que nuestro país va balbuceando -y más adelante me voy a referir a Microfinanzas BROU-, tal como existen en muchos países. Tenemos que avanzar en eso, pero como acá no existe, hemos creado esos fondos y asignamos la responsabilidad de su manejo a alguien que tenga criterio.

Ahora bien, ¿qué hace falta definir? Los proyectos de interés para los cuales fueron creados. Pueden ser asignados a distintos sectores o a determinadas circunstancias; pueden respaldar, por ejemplo, ciertas actividades de interés, como la industria textil, que está teniendo dificultades estructurales de competitividad en un momento en que a nivel mundial esta industria está siendo barrida por la eficiencia china. Si queremos mantener la industria textil, una manera de apoyar esa actividad que nos interesa que salga adelante es esta. También puede tratarse de un proyecto específico, como por ejemplo la producción de carne de cordero pesado, que hoy tiene un valor muy alto a nivel mundial. Eso tiene que ser definido por la política pública del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, junto con el Instituto Plan Agropecuario, y a partir de ese respaldo se deberá encontrar una forma de financiamiento que quizás consista en que el propio Ministerio, con otras ayudas, pueda hacerse cargo de determinadas tareas que no puede cumplir quien administra el fondo. Eso es lo que está haciendo la Corporación Nacional para el Desarrollo, pero esta solo puede hacer algunas de esas cosas, con dineros provenientes de otros lugares, pagando los intereses.

No voy a entrar en más detalles porque no tendría sentido, pero sí quiero destacar que esto debe contar con una regulación propia que hoy el Banco de la República no tiene. Me parece bien decidir que una parte del capital disponible del banco sea destinado a estas actividades, pero que no sea este el que las desarrolle. En realidad, el banco está decidiendo sacar de su órbita algo de lo que no puede hacerse cargo, y se lo está entregando a alguien para que se encargue de ello. ¿Y quién más adecuado -tal como dice el artículo 40- para hacerlo que el Poder Ejecutivo? ¿Quién más adecuado para reglamentar esto que el Ministerio de Economía y Finanzas? ¿Quién más puede encargarse de ello en este país y en este momento? No podemos hacer esperar a la gente de La Serrana, de CALELCO y de Metzen y Sena hasta que hayamos hecho las regulaciones que no podemos hacer hoy. Quizás tengamos que ponernos a trabajar a este respecto, pero si hoy no existen, me parece bien asignar la responsabilidad de esta implementación a alguien que no está en el banco, para que lo haga sobre la base de ciertos criterios, a efectos de llevar adelante proyectos productivos que no estén sometidos a clientelismo con minúscula, y que sean viables y sostenibles.

Esto ya fue discutido en ocasión de considerar la prórroga del seguro de paro de los trabajadores de Metzen y Sena. No es para “ir tirando”, sino para empezar a solucionar la situación, para que de las distintas líneas de producción que tiene la fábrica tomemos aquellas que tienen inserción internacional, calidad en sus productos y que sean sostenibles en el tiempo.

Me parece que con esta salida estamos ayudando al banco porque existen cosas de las que no se puede encargar. Está bien establecer un destino para una parte de los dineros de que dispone y, teniendo en cuenta el Uruguay de hoy, asignar esa responsabilidad a alguien que lo pueda regular. Esta no es ninguna innovación ni ninguna novedad; lo que sucede es que la creación de los otros fondos no está incluida en ninguna Carta Orgánica, sino que se plantearon como producto de un problema. En este caso sí se lo introdujo en la modificación de una Carta Orgánica y queda estructuralmente decidido para el futuro del banco. Quizás cuando haya instituciones que se puedan encargar de estas cosas se pueda hacer de una manera que, desde el punto de vista técnico, resulte más sostenible y segura para el país.

SEÑOR AMORÍN.- ¿Me permite una interrupción, señor Senador?

SEÑOR AGAZZI.- Con mucho gusto.

SEÑOR PRESIDENTE (Alberto Couriel).- Puede interrumpir el señor Senador Amorín.

SEÑOR AMORÍN.- Señor Presidente: coincido con muchos de los conceptos vertidos por el señor Senador.

Se preguntó por qué el tema incluido en el artículo 40 era el que ofrecía mayor discusión. Creo que la respuesta está en que es el único tema urgente y que tiene un plazo para ser considerado. De todos los artículos contenidos en el proyecto, el 40 es el único que debe ser aprobado antes del 31 de diciembre porque, de lo contrario, las utilidades de este año no se podrán verter a Rentas Generales. Ese es el quid de la cuestión. Todos hemos apuntado nuestras energías al artículo 40 porque es urgente, existe un plazo y, además, hay gente que está esperando por esta solución que el Parlamento ha entendido como la más adecuada. La consideración de los artículos 1º a 39 no reviste urgencia. Por eso hemos planteado el tratamiento exclusivo del artículo 40: porque se necesita esta solución, que tiene que ser aprobada antes del 31 de diciembre, porque hay gente que está esperando que el tema se resuelva.

SEÑOR PRESIDENTE (Alberto Couriel).- Puede continuar el señor Senador Agazzi.

SEÑOR AGAZZI.- El otro tema en discusión es qué hacer con el conjunto de la ley, ya que hoy se cierra este Período parlamentario. La Cámara de Representantes está reunida discutiendo varios proyectos de ley: el del levantamiento del secreto bancario, el de la guardia perimetral carcelaria y los referidos a las cajas de auxilio notarial y de los trabajadores de OSE, por lo que sus integrantes prevén que la Sesión durará varias horas. Por otra parte, ha sido convocada la Asamblea General para el cierre del Período parlamentario.

No voy a dar una posición política sobre este tema porque cuando finalice mi exposición vamos a pedir un cuarto intermedio para conversar en nuestra Bancada sobre la nueva situación que está planteada en torno a este tema, pero sí quiero expresar que si esto hubiera sucedido hace un mes, la repercusión habría sido distinta. Cuando esta situación se planteó, intentamos corregir la presión que existe sobre el trabajo parlamentario. En oportunidad de tratarse el tema de la Unasur, a pesar de que había habido un acuerdo, pedimos su postergación por una semana, ¡y vaya si tuvo sus costos en la interna de nuestra Bancada! Tuvimos que deshacer el compromiso de tratarlo a pesar de haber asumido una responsabilidad internacional, pero lo hicimos, aun a costa de pagar un costo interno.

En este caso, con la agenda que tiene la Cámara de Representantes y la importancia de los temas que está discutiendo, el riesgo que corremos está vinculado a la utilización de los fondos para el destino que queremos. En realidad, creo que no está en el espíritu de nadie adoptar una manera de resolver el diferendo que tenemos saliendo todos perjudicados. Indudablemente, todos tenemos la intención de que este asunto se resuelva, para que se pueda usar los dineros del Banco de la República en la financiación de estos proyectos que hemos elaborado y para que se pueda aprobar la modificación de la Carta Orgánica del Banco de la República.

Muchas veces, señor Presidente, hay que elegir entre lo bueno y lo perfecto. Entiendo que deberíamos mejorar muchos aspectos de nuestros procedimientos parlamentarios y del trabajo técnico de las Comisiones, como lo han mencionado los señores Senadores Abreu y Pasquet esta mañana y como también yo lo siento, pero uno vive en el mundo real y hoy estamos sentados aquí, en esta Cámara, finaliza el Período parlamentario y tenemos mucha urgencia en resolver varios asuntos antes de fin de año.

Creo que este tema lo resolveremos en las reuniones de nuestras bancadas, que vamos a realizar ahora.

Muchas gracias.

23) ASUNTOS ENTRADOS

SEÑOR PRESIDENTE (Alberto Couriel).- Dese cuenta de un asunto entrado fuera de hora.

(Se da del siguiente:)

“La Presidencia de la Asamblea General destina un mensaje del Poder Ejecutivo al que acompaña un proyecto de ley por el que se prorroga el plazo de permanencia de los efectivos pertenecientes a nuestras Fuerzas Armadas en la Misión de la Organización de las Naciones Unidas en la República de Haití (MINUSTAH), hasta el 31 de diciembre de 2011.

-A LA COMISIÓN DE DEFENSA NACIONAL.”

SEÑOR AGAZZI.- Pido la palabra para una cuestión de orden.

SEÑOR PRESIDENTE (Alberto Couriel).- Tiene la palabra el señor Senador.

SEÑOR AGAZZI.- Formulo moción en el sentido de que el Senado pase a cuarto intermedio por una hora a fin de realizar reuniones de bancadas para tratar los asuntos que hemos considerado.

SEÑOR PRESIDENTE (Alberto Couriel).- Se va a votar la moción formulada por el señor Senador Agazzi.

(Se vota:)

-28 en 28. Afirmativa. UNANIMIDAD.

El Senado pasa a cuarto intermedio por una hora.

(Así se hace. Es la hora 13 y 42 minutos.)

(Vueltos a Sala.)

-Habiendo número, continúa la Sesión.

(Es la hora 15 y 4 minutos.)

24) MISIÓN DE LA ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS EN LA REPÚBLICA DE HAITÍ

SEÑOR SARAVIA.- Pido la palabra para una cuestión de orden.

SEÑOR PRESIDENTE (Alberto Couriel).- Tiene la palabra el señor Senador.

SEÑOR SARAVIA.- Señor Presidente: solicito que se reparta un proyecto de ley que viene del Poder Ejecutivo con fecha de hoy, por el que se pide la prórroga del plazo de permanencia de los efectivos pertenecientes a nuestras Fuerzas Armadas en la Misión de la Organización de las Naciones Unidas en la República de Haití (MINUSTAH) al 31 de diciembre de 2011. Adelanto desde ya que luego pediré que se lo declare de urgente consideración.

Nada más. Muchas gracias.

SEÑOR PRESIDENTE (Alberto Couriel).- Se va a votar la moción formulada por el señor Senador Saravia.

(Se vota:)

-23 en 25. Afirmativa.

Se hará el repartido correspondiente.

SEÑOR PASQUET.- Pido la palabra para fundar el voto.

SEÑOR PRESIDENTE (Alberto Couriel).- Tiene la palabra el señor Senador.

SEÑOR PASQUET.- Señor Presidente: hemos votado negativamente esta nueva declaración de urgencia por las razones que adelantamos en la ocasión anterior, cuando se planteó de la misma manera otra solución para tomar ciertas medidas, no recuerdo si de entrada o salida del país de efectivos militares. Ahora, nuevamente se hace este planteo por la vía de la declaración de urgencia.

Pretendemos que, en lo sucesivo, estos temas se planteen con el tiempo necesario para estudiarlos debidamente en Comisión. En la medida en que se insista en estos procedimientos, seguiremos votando negativamente.

Es cuanto quería manifestar.

SEÑOR ABREU.- Pido la palabra para fundar el voto.

SEÑOR PRESIDENTE (Alberto Couriel).- Tiene la palabra el señor Senador.

SEÑOR ABREU.- Señor Presidente: habilitamos la vía de la declaratoria de urgencia, pero insistimos en que este no es un tema menor, porque está involucrada nada menos que la prórroga de la permanencia de las Fuerzas de Paz de Uruguay en Haití, lo que ameritaría estar bien informados sobre la forma en que se desarrollan las actividades en el ámbito de la historia de ese país, que tiene características muy especiales.

Lamentablemente, creo que el sistema de la declaración de urgencia no le hace bien al Senado ni a las posibilidades de que los señores Senadores puedan intercambiar ideas y familiarizarse con un tema tan sensible y preocupante como el de las Fuerzas de Paz y nuestro destino en la MINUSTAH.

Dejamos esta constancia y esperamos que en algún momento se rectifique este sistema de tratamiento tan rápido.

Nada más. Muchas gracias.

25) DECLARATORIA DE EMERGENCIA SANITARIA DE LA ASISTENCIA ANESTÉSICO-QUIRÚRGICA DE LA POBLACIÓN

SEÑOR AGAZZI.- Pido la palabra para una cuestión de orden.

SEÑOR PRESIDENTE (Alberto Couriel).- Tiene la palabra el señor Senador.

SEÑOR AGAZZI.- Señor Presidente: solicito que se reparta y se declare de urgente consideración el proyecto de ley referido a la declaratoria de emergencia sanitaria de la asistencia anestésico-quirúrgica de la población, que llegó del Poder Ejecutivo con fecha de hoy.

En seguida que lo recibí, entregué una copia a cada coordinador de Bancada, a efectos de que pudieran avanzar, en la medida de lo posible, en las consultas del caso. Dado que es un tema de emergencia, insisto en que se considere con carácter urgente.

Nada más. Muchas gracias.

SEÑOR BORDABERRY.- Pido la palabra.

SEÑOR PRESIDENTE (Alberto Couriel).- Tiene la palabra el señor Senador.

SEÑOR BORDABERRY.- Señor Presidente: deseo hacer una consulta sobre el procedimiento a seguir.

Si no me equivoco, este asunto requiere una mayoría especial de dos tercios de votos de los componentes del Cuerpo, porque se acaba de repartir. De acuerdo con lo que establece el Reglamento, cuando un asunto no ha sido repartido con anterioridad a la Sesión, no se puede aprobar por mayoría simple. Consulto si esto es así.

SEÑOR PRESIDENTE (Alberto Couriel).- La Mesa interpreta que, como sucede normalmente en el Senado, un tema de esta naturaleza se reparte primero y después se lo declara urgente.

SEÑOR GALLINAL.- Se aprueba por mayoría absoluta.

SEÑOR BORDABERRY.- Entonces, la norma que exige dos tercios de votos de los componentes del Cuerpo es letra muerta, porque si se reparte y en el mismo momento se lo declara urgente, ya no tiene valor. Me parece que esta interpretación no es correcta.

En principio, adelanto que no nos oponemos a la votación, pero me gustaría que se deje aclarado el tema.

SEÑOR PRESIDENTE (Alberto Couriel).- El señor Senador Bordaberry tiene razón, pero la costumbre en el Senado ha sido que primero se reparta el asunto y se lo considere a posteriori.

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar la moción presentada por el señor Senador Agazzi en el sentido de que se reparta y se declare de urgente consideración el proyecto de ley por el que se declara la emergencia sanitaria de la asistencia anestésico-quirúrgica de la población.

(Se vota:)

-26 en 26. Afirmativa. UNANIMIDAD.

26) CARTA ORGÁNICA DEL BANCO DE LA REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY

SEÑOR PRESIDENTE (Alberto Couriel).- Continúa la discusión general del proyecto de ley por el que se modifica la Carta Orgánica del Banco de la República Oriental del Uruguay.

No habiendo más oradores anotados, se va a votar en general el proyecto de ley.

(Se vota:)

-26 en 26. Afirmativa. UNANIMIDAD.

SEÑOR AMORÍN.- Pido la palabra para fundar el voto.

SEÑOR PRESIDENTE (Alberto Couriel).- Tiene la palabra el señor Senador.

SEÑOR AMORÍN.- Señor Presidente: como es notorio, no pretendemos votar la totalidad de este proyecto de ley, pero en vista de los compromisos y acuerdos que habíamos asumido en su momento, estamos votando en general a los solos efectos de pasar a la discusión particular y dar nuestro apoyo a algunos de los artículos.

Nada más. Muchas gracias.

SEÑOR AGAZZI.- Pido la palabra para fundar el voto.

SEÑOR PRESIDENTE (Alberto Couriel).- Tiene la palabra el señor Senador.

SEÑOR AGAZZI.- Señor Presidente: nuestra Bancada votó afirmativamente esta modificación de la Carta Orgánica del Banco de la República Oriental del Uruguay, luego de dar una discusión general con los argumentos de cada uno de los señores Senadores.

Fuimos sensibles a la primera parte de la discusión en el Pleno y lo consideramos en la reunión de nuestra Bancada durante el cuarto intermedio que realizó el Cuerpo.

En función del riesgo político de que, por la situación de ambas Cámaras, este tema tuviera impedimentos para ser aprobado porque hoy termina el Período parlamentario, y dado que los riesgos no se suman sino que se multiplican, adoptamos la decisión de votar el proyecto de ley en conjunto, tal como viene, más allá de que estamos de acuerdo con que este tipo de iniciativas deben ser analizadas con más precisión y tiempo; sin embargo, fueron los hechos los que nos condujeron a este tipo de procedimiento.

SEÑOR RUBIO.- Pido la palabra.

SEÑOR PRESIDENTE (Alberto Couriel).- Tiene la palabra el señor Senador.

SEÑOR RUBIO.- Señor Presidente: el señor Senador Agazzi ha manifestado parte de lo que yo quería decir. La Bancada de Gobierno tiene la intención de elaborar un proyecto de ley relativo a la regulación de los fondos, a la que se apela en esta reforma de la Carta Orgánica. Nos parece que ese va a ser el tiempo de introducir perfeccionamientos o mejoras que han sugerido algunos señores Senadores de la oposición y también de la Bancada de Gobierno. Se podrá llevar a cabo con mayor detenimiento en un marco de mejor análisis.

Era cuanto quería manifestar.

SEÑOR PRESIDENTE (Alberto Couriel).- En discusión particular.

SEÑOR FERNÁNDEZ HUIDOBRO.- Pido la palabra para una cuestión de orden.

SEÑOR PRESIDENTE (Alberto Couriel).- Tiene la palabra el señor Senador.

SEÑOR FERNÁNDEZ HUIDOBRO.- Señor Presidente: formulo moción en el sentido de que se suprima la lectura, se desglosen aquellos artículos sobre los que haya discrepancia y que el resto se voten en bloque.

SEÑOR HEBER.- Pido la palabra.

SEÑOR PRESIDENTE (Alberto Couriel).- Tiene la palabra el señor Senador.

SEÑOR HEBER.- Señor Presidente: generalmente colaboramos para que se voten rápido los proyectos de ley, pero en este caso me voy a permitir discrepar con la moción del señor Senador Fernández Huidobro porque, al no existir entendimiento, queremos que se lean los artículos, ya que deseamos cumplir con los compromisos que asumimos en el primer acuerdo, y analizar artículo por artículo si algo es tan necesario como para acompañarlo o no.

SEÑOR FERNÁNDEZ HUIDOBRO.- Pido la palabra para una cuestión de orden.

SEÑOR PRESIDENTE (Alberto Couriel).- Tiene la palabra el señor Senador.

SEÑOR FERNÁNDEZ HUIDOBRO.- Señor Presidente: retiro la moción presentada.

SEÑOR PRESIDENTE (Alberto Couriel).- Léase el artículo 1º.

(Se lee:)

SEÑOR SECRETARIO (Hugo Rodríguez Filippini).- “Artículo 1º.- El Banco de la República Oriental del Uruguay, creado por la Ley Nº 2.480, de 4 de agosto de 1896, es un servicio del dominio comercial del Estado, organizado bajo la forma de ente autónomo, que se regirá por las disposiciones de las Secciones XI, XIII y XIV de la Constitución de la República y las que por esta ley se establecen, así como por las leyes que regulan la actividad bancaria.”

SEÑOR PRESIDENTE (Alberto Couriel).- En consideración.

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota:)

-23 en 26. Afirmativa.

SEÑOR AMORÍN.- Pido la palabra para fundar el voto.

SEÑOR PRESIDENTE (Alberto Couriel).- Tiene la palabra el señor Senador.

SEÑOR AMORÍN.- Señor Presidente: de una vez y por todos los artículos queremos informar al Cuerpo que, por lo que hemos expuesto y porque creemos que este proyecto de ley debería tratarse de otra manera, vamos a votar en forma negativa todos los artículos, con excepción de aquellos que estaban en el acuerdo político, que brindan nuevas mayorías para que se aprueben algunos temas, y del artículo 40, que consideramos esencial y urgente.

Muchas gracias.

SEÑOR PRESIDENTE (Alberto Couriel).- La Mesa tiene necesidad de rectificar la votación del artículo 1º que, en realidad, fue: 21 en 26. Afirmativa.

Léase el artículo 2º.

(Se lee:)

SEÑOR SECRETARIO (Hugo Rodríguez Filippini).- “Artículo 2º.- El Banco de la República Oriental del Uruguay es persona jurídica capaz de todos los derechos y obligaciones que establecen la presente y demás leyes de la nación. Su domicilio legal y principal asiento es la ciudad de Montevideo, sin perjuicio del de las sucursales respecto de sus operaciones. Cuando el Banco sea demandado conocerán en los juicios respectivos los Juzgados del departamento de Montevideo.

La representación del Banco y del Directorio estará confiada al Presidente, asistido del Secretario General, y en materia patrimonial será ejercida conjuntamente por el Presidente y el Gerente General, quienes podrán otorgar también conjuntamente poderes y conceder por medio de ellos, todas las facultades, aun aquellas para las cuales las leyes exigen autorización expresa.

La representación del Banco en las agencias y sucursales, será ejercida por quienes ocupen los cargos que determine el Directorio, quienes suscribirán, en ese carácter, las escrituras y documentos públicos y privados, ya se refieran a actos como a contratos de cualquier naturaleza. Cuando los funcionarios referidos en este inciso otorguen poderes, podrán también conceder todas las facultades aun aquellas para las cuales las leyes exigen autorización expresa.

La representación del Banco en las sucursales, agencias y oficinas representativas radicadas en el exterior será otorgada por el Directorio a sus funcionarios mediante poderes que les acuerden las facultades para ejercer los cargos respectivos de acuerdo con la legislación de cada país.”

(Ocupa la Presidencia el señor Danilo Astori.)

SEÑOR PRESIDENTE.- En consideración.

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota:)

-22 en 27. Afirmativa.

Pasamos a considerar el Capítulo II “Gobierno y Administración.”

Léase el artículo 3º.

(Se lee:)

SEÑOR SECRETARIO (Hugo Rodríguez Filippini).- “Artículo 3º.- El gobierno y la administración del Banco estarán a cargo de un Directorio compuesto de un Presidente y cuatro Directores nombrados por el Poder Ejecutivo, de conformidad con el artículo 187 de la Constitución de la República.”

SEÑOR PRESIDENTE.- En consideración.

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota:)

-22 en 27. Afirmativa.

Léase el artículo 4º.

(Se lee:)

SEÑOR SECRETARIO (Hugo Rodríguez Filippini).- “Artículo 4º.- Sin perjuicio de las incompatibilidades referidas en el artículo 200 de la Constitución de la República no podrán ser miembros del Directorio:

A) Las personas que no estén en ejercicio de la ciudadanía natural o no tengan cinco años de ejercicio de la ciudadanía legal.

B) Las personas menores de veinticinco años.

C) Quienes formen parte o dependan de la dirección, administración, representación o sindicatura de otros bancos o entidades financieras, no estatales, excepto cuando por su condición de integrantes del Directorio del Banco de la República Oriental del Uruguay, sean miembros de aquellas instituciones.

D) Dos o más personas que sean directores o síndicos o tengan una relación de dependencia o trabajen en virtud de una relación contractual de cualquier índole con una misma sociedad comercial o civil.

E) Los deudores del Banco de la República Oriental del Uruguay, salvo aquellos que lo fueran por operaciones ordinarias de Crédito Social o de tarjetas de crédito, siempre que no se encuentren en situación de mora.

F) Las personas que se encontraran concursadas o que fueran directores o administradores de sociedades en situación de concurso, siempre que hubieran sido encontrados responsables de acciones fraudulentas o de ocultamiento de información.

G) Las personas inhabilitadas por el Banco Central del Uruguay en los últimos diez años, por haber incurrido en irregularidades en el sistema financiero.

H) Las personas que hayan sido condenadas por delitos que pudieran tener conexión con la función pública.”

SEÑOR PRESIDENTE.- En consideración.

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota:)

-22 en 27. Afirmativa.

Léase el artículo 5º.

(Se lee:)

SEÑOR SECRETARIO (Hugo Rodríguez Filippini).- “Artículo 5º.- El Directorio nombrará, en su primera Sesión, después de cada integración periódica, un Vicepresidente que ejercerá las funciones de Presidente en los casos de ausencia o impedimento de este.

En el caso de que las exigencias del buen servicio así lo requieran, el Presidente podrá delegar sus atribuciones en el Vicepresidente.

Se nombrará un segundo Vicepresidente que ejercerá las funciones de Presidente en ausencia o impedimento de este y del Vicepresidente.”

SEÑOR PRESIDENTE.- En consideración.

SEÑOR RUBIO.- Pido la palabra.

SEÑOR PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor Senador.

SEÑOR RUBIO.- Como los Senadores que trabajamos en el acuerdo político que modificaba las mayorías estábamos haciéndonos algunas consultas, quiero aclarar que, en principio, entiendo que este artículo 5º formaba parte de ese acuerdo en la medida en que para nombrar al Vicepresidente, la actual Carta Orgánica establece que será necesario el voto unánime del Directorio. Esa parte es, precisamente, la que se ha suprimido en la Cámara de Representantes.

SEÑOR PRESIDENTE.- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo 5º.

(Se vota:)

-27 en 27. Afirmativa. UNANIMIDAD.

Léase el artículo 6º.

(Se lee:)

SEÑOR SECRETARIO (Hugo Rodríguez Filippini).- “Artículo 6º.- El Directorio tiene facultades de amplia, franca y general administración.”

SEÑOR PRESIDENTE.- En consideración.

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota:)

-22 en 27. Afirmativa. UNANIMIDAD.

Léase el artículo 7º.

(Se lee:)

SEÑOR SECRETARIO (Hugo Rodríguez Filippini).- “Artículo 7º.- El Directorio establecerá el régimen de reuniones ordinarias sin perjuicio de las extraordinarias que podrá disponer el Presidente o solicitar dos o más de los Directores.

Sin perjuicio de ello en circunstancias excepcionales en que a juicio del Presidente se requiera una pronta decisión, este las podrá adoptar siempre que se trate de casos en que la ley no imponga mayorías especiales, debiendo el Directorio considerarla en la Sesión siguiente.”

SEÑOR PRESIDENTE.- En consideración.

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota:)

-22 en 27. Afirmativa.

Léase el artículo 8º.

(Se lee:)

SEÑOR SECRETARIO (Hugo Rodríguez Filippini).- “Artículo 8º.- Sin perjuicio de lo dispuesto por el artículo 24 de la Constitución de la República, los miembros del Directorio son personal y solidariamente responsables de las resoluciones votadas en oposición a la Constitución, a las leyes o a los reglamentos.

Quedan dispensados de esta responsabilidad:

A) Los presentes que hubieran hecho constar en actas su disentimiento con la resolución adoptada y el fundamento que lo motivó.

B) Los ausentes de la Sesión en que se adoptó la resolución, siempre que hagan constar en actas su disentimiento en la primera oportunidad en que sea posible.

En ambos casos el Secretario General, dentro de las veinticuatro horas, deberá remitir al Poder Ejecutivo testimonio del Acta respectiva.”

SEÑOR PRESIDENTE.- En consideración.

SEÑOR RUBIO.- Pido la palabra.

SEÑOR PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor Senador.

SEÑOR RUBIO.- Simplemente quiero hacer notar que así como en la Constitución de la República aparece en una cantidad muy importante de artículos la expresión “sin perjuicio de”, aquí también se utiliza y a nadie se le ocurriría pensar que se está derogando el artículo 24 de la Carta. Digo esto a modo de comentario que va a ser pertinente a los efectos del debate sobre el artículo 40.

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota:)

-22 en 27. Afirmativa.

Léase el artículo 9º.

(Se lee:)

SEÑOR SECRETARIO (Hugo Rodríguez Filippini).- “Artículo 9º.- En los casos de acefalía temporaria a que se refiere el inciso tercero del artículo 192 de la Constitución de la República, el Directorio podrá ser integrado, mediante designación del Poder Ejecutivo, con miembros de Directorios de otros entes autónomos o servicios descentralizados, preferentemente los de naturaleza análoga. El voto que emita este miembro lleva implícita la responsabilidad a que se refiere el artículo 8º de la presente ley.”

SEÑOR PRESIDENTE.- En consideración.

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota:)

-22 en 27. Afirmativa.

SEÑOR PRESIDENTE.- El Senado pasa a la consideración del Capítulo III “Capital, Reservas y Utilidades”.

Léase el artículo 10.

(Se lee:)

SEÑOR SECRETARIO (Hugo Rodríguez Filippini).- “Artículo 10.- El capital autorizado del Banco de la República Oriental del Uruguay será de UI 10.000:000.000 (diez mil millones de unidades indexadas), que se integrará:

A) Con el actual capital integrado.

B) Con la capitalización del saldo de cuentas de reserva, a excepción de las fiscales, al cierre del último ejercicio económico.

C) Con la capitalización de los saldos de cuentas de ajustes al patrimonio derivados de la variación del poder adquisitivo de la moneda, al cierre del último ejercicio económico.

D) Con el 80% (ochenta por ciento) del importe remanente de las utilidades anuales del Banco, una vez cubiertas las contribuciones a que refiere el artículo siguiente, destinándose el 20% (veinte por ciento) restante al Fondo de Reserva.

Una vez integrado el total del capital autorizado por este artículo, la totalidad de las utilidades remanentes se destinará al Fondo de Reserva, las cuales por decisión del Directorio, con el voto favorable de tres de sus miembros, y previa autorización del Poder Ejecutivo, podrán incorporarse al capital.

E) Con los recursos que se fijen por ley.”

SEÑOR PRESIDENTE.- En consideración.

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota:)

-21 en 26. Afirmativa.

Léase el artículo 11.

(Se lee:)

SEÑOR SECRETARIO (Hugo Rodríguez Filippini).- “Artículo 11.- El Banco contribuirá a Rentas Generales en el monto que fije el Poder Ejecutivo, hasta el 50% (cincuenta por ciento) de sus utilidades netas anuales después de debitar los impuestos.

Solo podrán realizarse contribuciones a Rentas Generales cuando la responsabilidad patrimonial neta del Banco supere en más del 30% (treinta por ciento) el nivel mínimo exigido por la normativa del Banco Central del Uruguay.”

SEÑOR PRESIDENTE.- En consideración.

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota:)

-20 en 25. Afirmativa.

SEÑOR ABREU.- Pido la palabra para fundar el voto.

SEÑOR PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor Senador.

SEÑOR ABREU.- Señor Presidente: hemos votado afirmativamente este artículo, pero dejando constancia de las observaciones que hicimos cuando participamos en el debate general, en el sentido de que acompañaríamos más el criterio objetivo de que supere en dos veces el nivel mínimo exigido, como fuera referido por el señor Presidente del Banco de la República en oportunidad de su comparecencia en la Comisión. Nos parece que esta solución sería mejor que utilizar un porcentaje de carácter fijo.

SEÑOR PRESIDENTE.- El Senado pasa a considerar el Capítulo IV “Cometidos y Atribuciones Principales”.

Léase el artículo 12.

(Se lee:)

SEÑOR SECRETARIO (Hugo Rodríguez Filippini).- “Artículo 12 (Cometidos).- El Banco tendrá como principales cometidos, procurar que los servicios financieros resulten accesibles a la población, estimular el ahorro como instrumento de desarrollo personal y fomentar la producción de bienes y servicios de forma de contribuir al crecimiento económico y social del país.”

SEÑOR PRESIDENTE.- En consideración.

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota:)

-21 en 26. Afirmativa.

Léase el artículo 13.

(Se lee:)

SEÑOR SECRETARIO (Hugo Rodríguez Filippini).- “Artículo 13 (Atribuciones principales).- El Banco podrá realizar toda clase de operaciones comerciales y/o financieras que constituyan transacciones bancarias usuales y que no se encuentren prohibidas por la Constitución de la República y esta Carta Orgánica. Sin perjuicio de ello y a título de ejemplo, podrá especialmente:

Recibir toda clase de depósitos en moneda nacional, extranjera o unidad de cuenta o valor, a la vista, en cuenta corriente, a plazos o en cualquier otra modalidad.

Otorgar créditos, préstamos, avales u otras formas de garantía, y descontar títulos valores y demás documentos comerciales pudiendo requerir toda clase de garantías reales o personales en moneda nacional o extranjera.

Comprar y vender por cuenta propia toda clase de valores de oro, plata y otras pastas metálicas, títulos y valores públicos nacionales o extranjeros de cualquier naturaleza.

Comprar y vender por comisión, títulos de deuda, acciones de compañías, bonos, títulos hipotecarios y toda clase de valores y obligaciones de sociedades comerciales.

Invertir en valores de oferta pública.

Realizar operaciones de cambio en plaza o en el exterior, y realizar toda clase de operaciones bancarias usuales relacionadas con operaciones de comercio internacional, pudiendo a tal efecto situar fondos o valores en sus sucursales o agencias radicadas en el exterior y en sus corresponsales.

Acordar créditos a los corresponsales en carácter de reciprocidad.

Redescontar o caucionar, dentro o fuera del país, los títulos, documentos o valores que tenga en su cartera.

Redescontar documentos de otras empresas de intermediación financiera.

Financiar operaciones de importación y/o exportación.

Prestar sobre “warrants” o certificados de depósitos.

Realizar operaciones de prenda dentro de las disposiciones de la Ley Nº 17.228, de 7 de enero de 2000, concordantes y modificativas.

Realizar operaciones de adelanto sobre cereales, frutos y lanas, pudiendo hacerlo también sobre el producto de cosechas y zafras futuras.

Realizar operaciones de crédito de uso, factoraje con o sin recurso, prefinanciamiento de emisión de valores, reporto, y de derivados financieros.

Actuar en fideicomisos en cualquier carácter.

Realizar por cuenta del Estado toda clase de operaciones financieras y mediante la correspondiente autorización del Poder Legislativo, también por cuenta del Estado, operaciones comerciales o industriales cuando así lo exijan las conveniencias públicas.

Avalar créditos en moneda extranjera destinados al requerimiento, ampliación o instalación de plantas industriales, que produzcan para la exportación y/o para la elaboración de artículos o mercaderías sustitutivos de importaciones foráneas.

Adquirir acciones o partes de capital de instituciones financieras radicadas en el exterior del país, por resolución que cuente con el voto conforme de tres de los miembros del Directorio y la anuencia del Banco Central del Uruguay.

Adquirir acciones de sociedades anónimas, constituirlas o participar en ellas, al igual que en sociedades comerciales de otra naturaleza, a los efectos de cumplir directamente o por intermedio de las mismas, negocios que se correspondan con el giro financiero o bancario.

Constituir o integrar como accionista sociedades administradoras de fondos de inversión de acuerdo con el régimen de la Ley Nº 16.774, de 27 de setiembre de 1996, y sus modificativas; sociedades fiduciarias de acuerdo con el régimen de la Ley Nº 17.703, de 27 de octubre de 2003, así como también bancos de inversión.

Emitir títulos de deuda, certificados de depósito, deuda subordinada, así como recibir préstamos de otras instituciones financieras u organismos internacionales.

En general, realizar todas las operaciones habilitadas a las instituciones de intermediación financiera.

Realizar actividades de responsabilidad social empresarial directamente, o también a través de una Fundación que podrá crear.”

SEÑOR PRESIDENTE.- En consideración.

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota:)

-21 en 26. Afirmativa.

SEÑOR ABREU.- Pido la palabra para fundar el voto.

SEÑOR PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor Senador.

SEÑOR ABREU.- Simplemente me remito a los fundamentos que esgrimimos en la exposición de carácter general; por ello, votamos en contra este artículo.

SEÑOR PRESIDENTE.- Léase el artículo 14.

(Se lee:)

SEÑOR SECRETARIO (Hugo Rodríguez Filippini).- “Artículo 14.- (Límites de créditos al sector no financiero).- Los créditos o préstamos que conceda el Banco a una persona física o jurídica del sector no financiero, son acumulables entre sí -en las proporciones y hasta los límites parciales que el mismo Banco determine-, pero la suma total de créditos o préstamos a una misma persona, no podrá exceder del equivalente del 5% (cinco por ciento) del Capital Integrado y Reservas del Banco. Cuando la referida suma total exceda del equivalente de 1% (uno por ciento) del capital y reservas del banco, la respectiva concesión requerirá el voto conforme de tres Directores.”

SEÑOR PRESIDENTE.- En consideración.

SEÑOR RUBIO.- Pido la palabra.

SEÑOR PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor Senador.

SEÑOR RUBIO.- En el mismo sentido de los acuerdos realizados, entiendo que esta disposición resulta del desglose del artículo 24 de la Carta Orgánica vigente, que ahora se convierte en el artículo 14, relativo a límites de créditos al sector no financiero. Antes se exigían cinco votos conformes, y ahora se pasa al nuevo sistema de mayorías.

SEÑOR PRESIDENTE.- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota:)

-27 en 27. Afirmativa. UNANIMIDAD.

Léase el artículo 15.

(Se lee:)

SEÑOR SECRETARIO (Hugo Rodríguez Filippini).- “Artículo 15. (Créditos o préstamos a entes industriales o comerciales).- Cuando se trate de préstamos o créditos a conceder a los entes industriales o comerciales a que refiere el artículo 221 de la Constitución de la República, se tendrán en cuenta los porcentajes referidos en el artículo anterior, incrementados en un 100% (cien por ciento).”

SEÑOR PRESIDENTE.- En consideración.

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota:)

-17 en 27. Afirmativa.

Léase el artículo 16.

SEÑOR SECRETARIO (Hugo Rodríguez Filippini).- “Artículo 16. (Conjuntos económicos).- Cuando se trate de créditos o préstamos a conceder a personas físicas o jurídicas del sector no financiero, o a entes industriales y comerciales, que integren un conjunto económico, deberán tenerse en cuenta los topes establecidos en los dos artículos anteriores, pero la suma total de créditos o préstamos al conjunto económico, no podrá superar en más de un 50% (cincuenta por ciento) dichos topes. La determinación de la existencia de un conjunto económico se ajustará como mínimo a lo que establezcan las Normas de Regulación y Control del Sistema Financiero dictadas por el Banco Central del Uruguay, sin perjuicio de que el Directorio del Banco pueda adoptar criterios complementarios por razones de mejor administración. Si determinada la existencia del mismo, se constatare que la suma de todos los créditos y préstamos a sus integrantes, sobrepasaren el tope máximo establecido en este inciso, el Directorio del Banco contará con un plazo de tres años a partir de la constatación, para adecuar la asistencia financiera del conjunto a dicho tope.”

SEÑOR PRESIDENTE.- En consideración.

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota:)

-17 en 27. Afirmativa.

SEÑOR RUBIO.- Pido la palabra.

SEÑOR PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor Senador.

SEÑOR RUBIO.- En realidad, deseo formular una consulta. Estaba buscando la parte del articulado -porque quería ver si solicitaba una rectificación de la votación- donde se dice que con el voto conforme de cuatro de los miembros del Directorio y la aprobación del Poder Legislativo, podrá conceder empréstitos al Estado. Ahora me queda claro, señor Presidente, porque este tema también ha sido desglosado y está integrado al artículo 17, que forma parte de los acuerdos realizados.

SEÑOR PRESIDENTE.- Léase el artículo 17.

(Se lee:)

SEÑOR SECRETARIO (Hugo Rodríguez Filippini).- “Artículo 17. (Créditos o préstamos al Estado).- Con el voto conforme de tres de los miembros del Directorio y la aprobación del Poder Legislativo, podrá conceder créditos o préstamos al Estado, así como también a los Gobiernos Departamentales, con el límite en el caso de estos últimos, a un monto no superior al duodécimo de sus respectivos presupuestos de sueldos y gastos. Podrá también con el voto conforme de tres de los miembros del Directorio, otorgar créditos especiales a los Gobiernos Departamentales por importes que no superen el 20% (veinte por ciento) de sus presupuestos de obras públicas contratadas y en ejecución y que no excedan de un medio duodécimo de sus respectivos presupuestos de sueldos y gastos.”

SEÑOR PRESIDENTE.- En consideración.

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota:)

-27 en 27. Afirmativa. UNANIMIDAD.

Léase el artículo 18.

(Se lee:)

SEÑOR SECRETARIO (Hugo Rodríguez Filippini).- “Artículo 18.- Declárase que la Ley Nº 9.678, de 12 de agosto de 1937, y los artículos 39 y 41 de la Ley Nº 13.608, de 8 de setiembre de 1967, regirán para todas o cualquier operación que haya realizado o realice en el futuro el Banco de la República Oriental del Uruguay.”

SEÑOR PRESIDENTE.- En consideración.

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota:)

-17 en 27. Afirmativa.

Léase el artículo 19.

(Se lee:)

SEÑOR SECRETARIO (Hugo Rodríguez Filippini).- “Artículo 19. (Operaciones de crédito, colocaciones e inversiones en el sector financiero).- El Banco podrá situar o depositar fondos o valores en instituciones del sector financiero interno o externo, invertir en instrumentos financieros por ellas emitidos, así como concretar operaciones crediticias en las mismas, con los límites que el Directorio del Banco deberá establecer para estos tipos de operaciones, atendiendo al tipo de riesgo asumido, a la calificación de la entidad financiera contratante y a la diversificación de las inversiones.

En ningún caso los límites referidos podrán superar los que fije el Banco Central del Uruguay para estos tipos de operaciones.”

SEÑOR PRESIDENTE.- En consideración.

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota:)

-17 en 28. Afirmativa.

Léase el artículo 20.

(Se lee:)

SEÑOR SECRETARIO (Hugo Rodríguez Filippini).- “Artículo 20. (Inversiones en deuda soberana interna y externa).- Al mismo régimen establecido en el artículo anterior estarán sometidas las inversiones en deuda soberana interna y externa.”

SEÑOR PRESIDENTE.- En consideración.

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota:)

-17 en 27. Afirmativa.

Léase el artículo 21.

(Se lee:)

SEÑOR SECRETARIO (Hugo Rodríguez Filippini).- “Artículo 21. (Operaciones de ahorro de personas relativamente incapaces).- El Banco podrá abrir cuentas de ahorro, en las condiciones que determine, a niños, niñas o adolescentes, púberes, los que podrán por sí depositar y retirar sus depósitos, mientras no se notifique a la institución bancaria una resolución judicial en contrario.

Los representantes legales no podrán retirar los depósitos de sus representados relativamente incapaces, sin el consentimiento de estos.”

SEÑOR PRESIDENTE.- En consideración.

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota:)

-17 en 27. Afirmativa.

SEÑOR GALLINAL.- Pido la palabra para fundar el voto.

SEÑOR PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor Senador.

SEÑOR GALLINAL.- Quiero señalar que, en principio, estoy de acuerdo con este texto que se ha votado. Simplemente me parece que tendría que ser una norma de carácter general y abstracta, y no referir al Banco de la República.

Quería dejar sentada esa fundamentación.

SEÑOR PRESIDENTE.- En consideración el Capítulo V “Prohibiciones”.

Léase el artículo 22.

(Se lee:)

SEÑOR SECRETARIO (Hugo Rodríguez Filippini).- “Artículo 22. (Prohibiciones).- El Banco no podrá:

Hacer préstamos para fomentar especulaciones de Bolsa o de cualquier otra índole.

Adquirir acciones de sociedades anónimas, salvo en los casos previstos por los numerales 18), 19) y 20) del artículo 13 de la presente ley o propiedades raíces (fuera de las que necesite para el funcionamiento del Banco y sus dependencias o sean producto de operaciones de fideicomiso o crédito de uso), pudiendo sin embargo recibir o adquirir acciones, obligaciones o propiedades en pago o garantía de deudas cuyo cobro no pueda realizarse de otro modo. También podrá adquirir obligaciones o acciones cuando se trate de operaciones de prefinanciamiento de emisión de obligaciones o las de acciones que impliquen su tenencia transitoria con fines de capitalización de la entidad emisora.

La prohibición de adquisición de acciones de sociedades anónimas no regirá cuando se trate de constituir o participar como socio de una sociedad comercial cuyo objeto social exclusivo sea la Administración de Fondos de Ahorro Previsional.

Tomar parte, directa o indirectamente, en operaciones comerciales o industriales ajenas a su giro, con las excepciones previstas en la presente ley.

Conceder créditos o avales a los miembros del Directorio o a su personal superior, ya sean asesores o funcionarios que desempeñan cargos gerenciales, así como a empresas o a instituciones de cualquier naturaleza, en las que estos funcionarios actúen en forma rentada u honoraria, como directores, directivos, síndicos, fiscales o en cargos superiores ya sea en dirección, gerencia o asesoría, sea esta situación directa o indirecta a través de personas físicas o jurídicas de cualquier naturaleza. Se exceptúan las operaciones ordinarias de crédito social o de tarjetas de créditos.

La prohibición prevista en este numeral se mantendrá hasta un año después del abandono del cargo por el funcionario correspondiente.”

SEÑOR PRESIDENTE.- En consideración.

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota:)

-17 en 27. Afirmativa.

En consideración el Capítulo VI “Establecimiento de sucursales y agencias”.

Léase el artículo 23.

(Se lee:)

SEÑOR SECRETARIO (Hugo Rodríguez Filippini).- “Artículo 23. (Establecimiento de sucursales y agencias).- Además de las sucursales que el Banco ha establecido y deberá mantener en todas las capitales de departamento, podrá instalar sucursales y agencias en otras localidades, con carácter permanente o transitorio.

Podrá también establecer sucursales, agencias o representaciones en el exterior, con el voto conforme de tres miembros del Directorio y autorización del Poder Ejecutivo.

SEÑOR PRESIDENTE.- En consideración.

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota:)

-26 en 26. Afirmativa. UNANIMIDAD.

En consideración el Capítulo VII “Relaciones del Banco con el Poder Ejecutivo”.

Léase el artículo 24.

(Se lee:)

SEÑOR SECRETARIO (Hugo Rodríguez Filippini).- “Artículo 24.- El Estado responde directamente de los depósitos y operaciones que realice el Banco.”

SEÑOR PRESIDENTE.- En consideración.

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota:)

-22 en 26. Afirmativa.

Léase el artículo 25.

(Se lee:)

SEÑOR SECRETARIO (Hugo Rodríguez Filippini).- “Artículo 25.- Los depósitos judiciales, los provenientes de instituciones públicas estatales o no estatales, y los que deban efectuar los particulares en garantía de obligaciones y contratos con el Estado se efectuarán de conformidad con las disposiciones legales y reglamentarias vigentes a la fecha de la promulgación de la presente ley.”

SEÑOR PRESIDENTE.- En consideración.

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota:)

-22 en 26. Afirmativa.

En consideración el Capítulo VIII “División crédito social”.

Léase el artículo 26.

(Se lee:)

SEÑOR SECRETARIO (Hugo Rodríguez Filippini).- “Artículo 26.- La División Crédito Social (Caja Nacional de Ahorros y Descuentos), funcionará como una unidad dependiente del Banco y será dirigida y administrada por el Directorio.”

SEÑOR PRESIDENTE.- En consideración.

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota:)

-18 en 25. Afirmativa.

Léase el artículo 27.

(Se lee:)

SEÑOR SECRETARIO (Hugo Rodríguez Filippini).- “Artículo 27.- Sus operaciones serán determinadas por el Directorio y consistirán, principalmente, en:

A) Acordar préstamos o créditos con garantía prendaria de alhajas, muebles y otros objetos.

B) Otorgar créditos o préstamos con o sin retención de haberes, a empleados públicos, privados, jubilados o pensionistas.

C) Conceder créditos o préstamos a personas que ejerzan profesión u oficio y ofrezcan garantía satisfactoria.

D) Dar anticipos de sueldos a empleados públicos y privados, así como, a jubilados y pensionistas respecto de sus jubilaciones y pensiones.”

SEÑOR PRESIDENTE.- En consideración.

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota:)

-20 en 25. Afirmativa.

Léase el artículo 28.

(Se lee:)

SEÑOR SECRETARIO (Hugo Rodríguez Filippini).- “Artículo 28.- El interés a cobrarse sobre los créditos otorgados por la División Crédito Social será fijado por el Directorio, quien deberá ponderar especialmente a esos efectos, el destino social que tienen los mismos.”

SEÑOR PRESIDENTE.- En consideración.

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota:)

-22 en 25. Afirmativa.

SEÑOR ABREU.- Pido la palabra para fundar el voto.

SEÑOR PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor Senador.

SEÑOR ABREU.- Votamos favorablemente por el concepto, pero no conocemos otra cosa que la “tasa de interés”, el “interés” no existe. De todas maneras lo acompañamos para ver si podemos, en algún momento, ajustar con verdadera técnica jurídica la Carta Orgánica.

SEÑOR PRESIDENTE.- Alícuota y no tasa.

Léase el artículo 29.

(Se lee:)

SEÑOR SECRETARIO (Hugo Rodríguez Filippini).- “Artículo 29.- Todas las referencias existentes en la legislación vigente a la Caja Nacional de Ahorros y Descuentos y todas las facultades a ella conferidas, se entenderán efectuadas a la División Crédito Social.”

SEÑOR PRESIDENTE.- En consideración.

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota:)

-22 en 26 Afirmativa.

En consideración el Capítulo IX “Disposiciones Generales”.

Léase el artículo 30.

(Se lee:)

SEÑOR SECRETARIO (Hugo Rodríguez Filippini).- “Artículo 30.- Los límites para créditos o préstamos, así como para las colocaciones o inversiones previstas en esta Carta Orgánica, son sin perjuicio de los que establezca el Banco Central del Uruguay para las instituciones de intermediación financiera.”

SEÑOR PRESIDENTE.- En consideración.

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota:)

-18 en 25. Afirmativa.

Léase el artículo 31.

(Se lee:)

SEÑOR SECRETARIO (Hugo Rodríguez Filippini).- “Artículo 31.- En las ejecuciones de hipoteca iniciadas por el Banco, los jueces ordenarán sin más trámite y directamente a pedido y bajo la responsabilidad de aquel, el levantamiento de todo embargo, segunda y ulteriores hipotecas o cualquier otro gravamen posterior a la hipoteca que pese sobre el inmueble vendido, al solo efecto del traspaso de dominio.

Las costas y costos que se originen en caso de ejecución de segunda o ulteriores hipotecas, no tendrán prelación sobre el crédito del Banco.”

SEÑOR PRESIDENTE.- En consideración.

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota:)

-18 en 26. Afirmativa.

Léase el artículo 32.

(Se lee:)

SEÑOR SECRETARIO (Hugo Rodríguez Filippini).- “Artículo 32.- El Banco podrá solicitar de los jueces que se le dé posesión de las propiedades hipotecadas y le concedan el embargo y percepción inmediata de sus rentas para aplicarlas al pago de los servicios, gastos de administración y conservación de las propiedades, si los deudores dejaren pasar noventa días desde las fechas en que debieran pagarse los servicios respectivos.”

SEÑOR PRESIDENTE.- En consideración.

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota:)

-19 en 26. Afirmativa.

Léase el artículo 33.

(Se lee:)

SEÑOR SECRETARIO (Hugo Rodríguez Filippini).- “Artículo 33.- Declárase de utilidad pública la adquisición de los terrenos y fincas que el Banco necesite para establecer o ensanchar sus oficinas o dependencias.”

SEÑOR PRESIDENTE.- En consideración.

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota:)

-17 en 27. Afirmativa.

Léase el artículo 34.

(Se lee:)

SEÑOR SECRETARIO (Hugo Rodríguez Filippini).- “Artículo 34.- El Banco publicará anualmente, previa visación del Tribunal de Cuentas, los estados contables correspondientes al cierre de cada ejercicio económico. El Directorio dará cuenta anualmente de su gestión al Poder Ejecutivo.

Lo precedentemente dispuesto es sin perjuicio de atender las disposiciones que en esta materia regulan la actividad bancaria.”

SEÑOR PRESIDENTE.- En consideración.

Si no se hace uso de la palabra, se va votar.

(Se vota:)

-22 en 27. Afirmativa.

Léase el artículo 35.

(Se lee:)

SEÑOR SECRETARIO (Hugo Rodríguez Filippini).- “Artículo 35.- El Poder Ejecutivo dictará el reglamento general por el cual deberá regirse el Banco, de acuerdo con las disposiciones que preceden. A esos efectos, el Directorio formulará el proyecto correspondiente y lo elevará al Poder Ejecutivo.”

SEÑOR PRESIDENTE.- En consideración.

Si no se hace uso de la palabra, se va votar.

(Se vota:)

-22 en 27. Afirmativa.

Léase el artículo 36.

(Se lee:)

SEÑOR SECRETARIO (Hugo Rodríguez Filippini).- “Artículo 36.- Las quitas que se concedan a los créditos comprendidos en el artículo 622 de la Ley Nº 15.903, de 10 de noviembre de 1987, deberán otorgarse por un mínimo de tres votos conformes de integrantes del Directorio.”

SEÑOR PRESIDENTE.- En consideración.

SEÑOR RUBIO.- Pido la palabra.

SEÑOR PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor Senador.

SEÑOR RUBIO.- Entiendo que este artículo también modifica el sistema de mayorías.

SEÑOR HEBER.- Pido la palabra.

SEÑOR PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor Senador.

SEÑOR HEBER.- Consideramos que este es un nuevo artículo que no modifica la vieja Carta Orgánica del Banco de la República, sino que simplemente establece una nueva disposición que estipula una mayoría determinada.

SEÑOR PRESIDENTE.- La Mesa entiende que es correcta la interpretación realizada por el señor Senador Heber.

SEÑOR GALLINAL.- Pido la palabra.

SEÑOR PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor Senador.

SEÑOR GALLINAL.- Señor Presidente: cuando tratamos este proyecto de ley en la discusión general y en oportunidad de que me correspondiera hacer uso de la palabra, señalé que, a mi juicio, hay determinadas situaciones en las que es lógico que se le exija al Directorio del Banco una mayoría especial para adoptar resoluciones, lo que trasciende a quien en ese momento tenga la responsabilidad de conducir el Gobierno. Este es un claro ejemplo; hay oportunidades en que se resuelve hacer una quita -por consideraciones que pueden o no venir al caso- y se exige una mayoría especial. Por esa razón y compartiendo la interpretación del señor Senador Heber, respaldado por el señor Presidente, vamos a votar negativamente este artículo.

SEÑOR PRESIDENTE.- Si no se hace uso de la palabra, se va votar.

(Se vota:)

-17 en 26. Afirmativa.

Léase el artículo 37.

(Se lee:)

SEÑOR SECRETARIO (Hugo Rodríguez Filippini).- “Artículo 37.- Ninguna de las disposiciones de la presente ley afecta las potestades de regulación, supervisión, control y punición que las leyes vigentes acuerdan al Banco Central del Uruguay sobre el Banco de la República Oriental del Uruguay en su calidad de institución de intermediación financiera integrante del sistema financiero nacional.”

SEÑOR PRESIDENTE.- En consideración.

Si no se hace uso de la palabra, se va votar.

(Se vota:)

-21 en 26. Afirmativa.

SEÑOR ABREU.- Pido la palabra para fundar el voto.

SEÑOR PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor Senador.

SEÑOR ABREU.- Votamos afirmativamente este artículo reiterando los fundamentos vertidos en la exposición de carácter general. Esto nos da la pauta de que cualquier otra norma de las superabundantes que existen, de la casuística manejada y de todos los temas puntuales vinculados a esta ley, van a estar absolutamente condicionados por la de intermediación financiera y por la regulación del Banco Central. Hubiera sido de muy buena técnica jurídica y política haber evitado la casuística y quedar exclusivamente remitidos a lo que dispusiera el Banco Central -porque es el que regula las actividades de intermediación financiera que le corresponden al Banco de la República Oriental del Uruguay- en el mismo pie de igualdad que el resto de las instituciones financieras. Un tratamiento desigual lo expone a una responsabilidad de carácter civil en el ámbito de la violación de la ley de competencia.

SEÑOR PRESIDENTE.- Léase el artículo 38.

(Se lee:)

SEÑOR SECRETARIO (Hugo Rodríguez Filippini).- “Artículo 38.- Los cometidos, facultades, competencias, prerrogativas o atribuciones conferidos al Banco de la República Oriental del Uruguay en esta Carta Orgánica, son sin perjuicio de cualesquiera otros que le hubieran sido confiados por la legislación vigente a la fecha de la promulgación de la presente, o que le correspondiesen en su condición de entidad de intermediación financiera.”

SEÑOR PRESIDENTE.- En consideración.

Si no se hace uso de la palabra, se va votar.

(Se vota:)

-21 en 26. Afirmativa.

Léase el artículo 39.

(Se lee:)

SEÑOR SECRETARIO (Hugo Rodríguez Filippini).- “Artículo 39.- Deróganse la Ley Nº 9.808, de 2 de enero de 1939, los artículos 5º y 6º de la Ley Nº 13.243, de 20 de febrero de 1964, los artículos 1º y 2º del Decreto-Ley Nº 14.623, de 4 de enero de 1977, y la Ley Nº 17.416, de 20 de noviembre de 2001.”

SEÑOR PRESIDENTE.- En consideración.

Si no se hace uso de la palabra, se va votar.

(Se vota:)

-17 en 27. Afirmativa.

Léase el artículo 40.

(Se lee:)

SEÑOR SECRETARIO (Hugo Rodríguez Filippini).- “Artículo 40.- Sin perjuicio de lo establecido en el inciso segundo del artículo 11 de la Carta Orgánica del Banco de la República Oriental del Uruguay, el Poder Ejecutivo podrá requerir contribuciones adicionales de hasta un 30% (treinta por ciento) de sus utilidades netas anuales después de debitar los impuestos, con destino a la creación de fondos, con el objetivo de apoyar el financiamiento de proyectos productivos viables y sustentables, que resulten de interés a juicio del Poder Ejecutivo. Este último, a través del Ministerio de Economía y Finanzas, reglamentará la forma de funcionamiento de los mismos.”

SEÑOR PRESIDENTE.- En consideración.

SEÑOR RUBIO.- Pido la palabra.

SEÑOR PRESIDENTE.-Tiene la palabra el señor Senador.

SEÑOR RUBIO.- Teniendo en cuenta las consideraciones que se hicieron cuando se realizó el informe general y en otras intervenciones, consideramos que este es un artículo clave; es producto del desglose del artículo 11, donde se introdujo una modificación en el sentido de utilizar la expresión genérica “fondos” para habilitar varias alternativas; sin duda será objeto de regulaciones posteriores. Con relación a una expresión que ha suscitado diversas manifestaciones e interpretaciones en la Bancada de Gobierno y por parte de algún miembro del Poder Ejecutivo que concurriera, queremos expresar que hemos realizado consultas a integrantes de la Cámara de Representantes con respecto a este punto, y también hemos hecho consultas jurídicas, porque la expresión “puede” -este término se usa con frecuencia en Derecho- a veces ha tenido diversas interpretaciones. La interpretación que representa el espíritu con el cual se votó en la Cámara de Representantes de acuerdo con lo que nos han expresado y la que tenemos como Bancada de Gobierno es que “sin perjuicio” significa, en este caso, el uso más habitual que es el de vigencia, es decir “sin perjuicio de la vigencia” de la condicionalidad que se establece en el artículo 11. Tal como recordarán, el primer inciso de este artículo establece la facultad de retirar hasta un 50% de las ganancias del Banco de la República. Esta facultad otorgada al Poder Ejecutivo, a su vez está subordinada a una condicionalidad, que es la que aparece en el actual segundo inciso relativo a la responsabilidad patrimonial. En la medida en que estos fondos van a ser financiados por un aumento adicional de hasta un 30%, también están subordinados a la condicionalidad del segundo inciso del artículo 11.

Por lo tanto, nos parece que el artículo 40 es perfectamente congruente y armónico en su redacción actual. Esta es la interpretación que le da la Bancada de Gobierno para votar de la manera que lo hará y queremos que quede constancia en la versión taquigráfica.

SEÑOR PRESIDENTE.- Esa es la historia fidedigna.

SEÑOR GALLINAL.- Pido la palabra.

SEÑOR PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor Senador.

SEÑOR GALLINAL.- Señor Presidente: es verdad que la expresión “sin perjuicio” se ha utilizado con diferentes sentidos y en muchos casos contradictorios. Es más, en uno de los artículos que se ha terminado de votar se utiliza esta expresión en un sentido distinto al que en este caso se pretende dar. El señor Senador Rubio, en nombre de la Bancada de Gobierno nos señala, a los efectos de la futura aplicación de la ley, que el sentido que se le atribuye al referirse al inciso segundo del artículo 11 es que se mantiene la condición. He hecho las consultas del caso en el diccionario de la Real Academia -herramienta que siempre es bueno tener a mano- y la expresión “sin perjuicio” se define como “dejando a salvo”; en este caso sería dejando a salvo el inciso segundo del artículo 11. Por lo tanto, vamos a solicitar un cuarto intermedio de cinco minutos, a los efectos de buscar el apoyo de nuestra Bancada para poder crear este fondo -obviamente, nos gustaría que fuera en otras condiciones- y de esta forma darle el destino que se pretende dar.

SEÑOR PRESIDENTE.- Por tratarse de una cuestión de orden, no admite discusión.

Se va a votar la moción formulada.

(Se vota:)

-28 en 28. Afirmativa. UNANIMIDAD.

El Senado pasa a cuarto intermedio por 5 minutos.

(Así se hace. Es la hora 16 y 3 minutos.)

(Vueltos a Sala.)

-Habiendo número, continúa la Sesión.

(Es la hora16 y 10 minutos.)

SEÑOR GALLINAL.- Pido la palabra para una aclaración.

SEÑOR PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor Senador.

SEÑOR GALLINAL.- Señor Presidente: nosotros solicitamos el cuarto intermedio porque queríamos hacer consultas a nivel de la Bancada de Senadores del Partido Nacional. Como consecuencia de esas consultas, en atención a lo que ha expresado el señor Senador Rubio sobre el alcance que se le da a la expresión “sin perjuicio” en el artículo 40 -es decir, dejando a salvo lo que dispone el inciso segundo del artículo 11 del proyecto de ley que estamos considerando-, teniendo en cuenta la opinión emitida en Sala por el oficialismo respecto a la creación de fondos de estas características como fondos de créditos -a efectos de poder trabajar en lo que hemos conversado profundamente en el transcurso de esta Sesión-, teniendo en cuenta también que vendrá la reglamentación del Poder Ejecutivo sobre este proyecto de ley que trabajará en el sentido referido, y teniendo presente que se hará lugar a nuestra aspiración -que fue expresada por el señor Senador Agazzi- de tener una ley que regule la administración y las condiciones de fondo de esta naturaleza, así como la peculiar situación por la que atraviesan empresas de distinta entidad en plaza, la Bancada de Senadores del Partido Nacional decidió votar afirmativamente el artículo 40.

SEÑOR ABREU.- Pido la palabra.

SEÑOR PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor Senador.

SEÑOR ABREU.- Señor Presidente: voy a corregir al señor Senador Gallinal porque, en realidad, vamos a acompañar este artículo -tal como dijo el señor Senador Rubio- en el entendido de que venimos hablando desde la Cámara de Representantes de fondos de garantías y estos son importantes como instrumentos hábiles para ayudar a todas aquellas empresas que se encuentran en problemas. Sin embargo, lo hacemos sobre la base de que cada una de las observaciones que hicimos y las reflexiones sobre el criterio general siguen en pie, es decir que el Poder Ejecutivo, al hablar de fondos de garantía, va a buscar una seguridad jurídica, por la vía legal, en el manejo de estos recursos.

SEÑOR AGAZZI.- Pido la palabra.

SEÑOR PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor Senador.

SEÑOR AGAZZI.- Este artículo fue el que más tiempo de discusión nos llevó a todos. Dado que esto faculta a que el Poder Ejecutivo requiera contribuciones del Banco, la Bancada entiende que el Ministerio de Economía y Finanzas deberá reglamentar la forma de funcionamiento. Por la discusión en Sala quedó claro que se necesitan instrumentos de este tipo, pero el Banco de la República Oriental del Uruguay no puede satisfacerlos con su funcionamiento bancario regulado. En virtud de que hay una cantidad de empresas con dificultades -que no voy a mencionar ahora porque ya lo hice anteriormente; no se trata solo de Metzen y Sena, cuyos trabajadores hicieron una carpa en los alrededores del Palacio denunciando la situación y solicitándonos que habilitáramos estos fondos- y que el propio artículo establece que esto está destinado a proyectos viables y sostenibles, creemos que la manera en que está concebido el Fondo lo blinda para que se pueda destinar a los fines que el país precisa. Es por esas razones, señor Presidente, que lo vamos a votar.

SEÑOR PRESIDENTE.- Quiero compartir con los señores Senadores que me consta que el Ministerio de Economía y Finanzas habrá de reglamentar este artículo en particular con los criterios que han motivado el acuerdo y que han expuesto al considerar los fundamentos de este proyecto.

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo 40.

(Se vota:)

-25 en 25. Afirmativa. UNANIMIDAD.

SEÑOR COURIEL.- Pido la palabra para fundar el voto.

SEÑOR PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor Senador.

SEÑOR COURIEL.- Señor Presidente: creo que esta es una ley muy buena con independencia de las características del trámite que en este momento le está dando el Senado.

En este momento encontramos un Banco de la República muy fortalecido, con un capital que significa tres veces y media la responsabilidad patrimonial neta que exige el Banco Central y con $ 140:000:000 de utilidades. Básicamente, comparto toda la ley y me parece muy bien que parte de las utilidades del Banco de la República sean utilizadas con fines sociales, de atención. Entonces, como muchas veces el Banco no está en condiciones de hacerlo, hay que generar un nuevo mecanismo para ayudar a determinadas instituciones que así lo requieren.

Sin embargo, quiero dejar constancia de que a mi entender -tal vez por deformación profesional, como economista- este artículo no tiene la rigurosidad técnica que debería. De todas maneras, voté esta norma por disciplina partidaria, por disciplina política, porque creo que la disciplina partidaria fortalece a los partidos y cuando estos son fuertes, también lo es la democracia. Entonces, reitero que voto por disciplina porque, si bien considero que el objetivo es muy bueno, los mecanismos no son los más adecuados.

Muchas gracias, señor Presidente.

SEÑOR DA ROSA.- Pido la palabra para fundar el voto.

SEÑOR PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor Senador.

SEÑOR DA ROSA.- Nosotros hemos acompañado el proyecto aun cuando hacemos nuestras las objeciones que se hicieron en Sala respecto a la importancia de que este artículo hubiera sido considerado en forma separada del proyecto de reforma de la Ley Orgánica del Banco de la República. Creemos que para manejar este tipo de fondos, más allá de la reglamentación que se vaya a dictar, tiene que haber una unidad de gestión especializada y con el debido y adecuado sustento técnico a los efectos de instrumentar la viabilidad y sustentabilidad de un proyecto de este tipo. Todos somos conscientes de la importancia que tienen muchas iniciativas a nivel de pequeños y medianos emprendimientos y que uno de los grandes problemas planteados tiene que ver con la constitución de garantías o la existencia de fondos para impulsarlos. Tal como dijo el señor Senador Agazzi, existen ejemplos de otros fondos a nivel de gobierno central y de los gobiernos departamentales que son administrados para apuntalar pequeños emprendimientos, pero que son dirigidos por unidades de gestión con cierta autonomía y con un fuerte sustento técnico para establecer el grado de viabilidad que los proyectos en sí conllevan. Este artículo se refiere exclusivamente a aquellos emprendimientos que el Poder Ejecutivo considere viables y no entra en mayores detalles ni crea ningún tipo de unidad de sustento técnico para apuntalarlos.

De todas maneras, hemos acompañado este artículo, en función de que somos conscientes de la importancia que este tema tiene para los pequeños y medianos emprendimientos en todo el país.

SEÑOR PRESIDENTE.- Léase el artículo 41 del proyecto de ley.

(Se lee:)

SEÑOR SECRETARIO (Arq. Hugo Rodríguez Filippini).- “Artículo 41.- El Poder Ejecutivo remitirá en cada Rendición de Cuentas información detallada respecto a la utilización de los fondos.”

SEÑOR PRESIDENTE.- En consideración.

SEÑOR GALLINAL.- Pido la palabra.

SEÑOR PRESIDENTE.- Tiene la palabra le señor Senador.

SEÑOR GALLINAL.- Señor Presidente: este artículo está muy vinculado al artículo 40 y, como se imaginarán los señores Senadores -sobre todo los del oficialismo-, para nosotros es de especial importancia. Estos Fondos de Garantía -tal como se ha dicho por parte de los integrantes del oficialismo- estarán administrados exclusivamente por el Ministerio de Economía y Finanzas cuya representación, como la de todas las Carteras, está reservada exclusivamente a la fuerza política que hoy está en el gobierno. En consecuencia, la posibilidad de recibir cada año información acerca del destino que se den a esos recursos y todas las demás circunstancias obrantes, para nosotros resulta absolutamente fundamental. Es en ese sentido que lo vamos a votar.

SEÑOR PRESIDENTE.- Así será, señor Senador.

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo 41.

(Se vota:)

-27 en 27. Afirmativa. UNANIMIDAD.

Queda sancionado el proyecto de ley, que se comunicará al Poder Ejecutivo para su promulgación.

(No se publica el texto del proyecto de ley aprobado por ser igual al considerado.)

27) DECLARATORIA DE EMERGENCIA SANITARIA DE LA ASISTENCIA ANESTÉSICO-QUIRÚRGICA DE LA POBLACIÓN

SEÑOR AGAZZI.- Pido la palabra para una cuestión de orden.

SEÑOR PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor Senador.

SEÑOR AGAZZI.- Señor Presidente: formulo moción para que se declare urgente y se considere de inmediato el proyecto de ley referido a la declaratoria de emergencia sanitaria de la asistencia anestésico-quirúrgica de la población, que ya ha sido repartido.

SEÑOR PRESIDENTE.- La Mesa entiende que la urgencia ya ha sido votada.

SEÑOR AGAZZI.- En realidad, señor Presidente, se votó si se repartía la documentación correspondiente.

SEÑOR PRESIDENTE.- En definitiva, se ha repartido la documentación pero no ha sido votada la urgencia.

Se va a votar la moción presentada por el señor Senador Agazzi en el sentido de que se declare urgente y se trate de inmediato el proyecto de ley referido a la declaratoria de emergencia sanitaria de la asistencia anestésico-quirúrgica de la población.

(Se vota:)

-27 en 27. Afirmativa. UNANIMIDAD.

En consecuencia, se pasa a considerar el asunto cuya urgencia acaba de ser votada: proyecto de ley por el que se declara la emergencia sanitaria de la asistencia anestésico-quirúrgica de la población.

(Antecedentes:)

PODER EJECUTIVO

Ministerio de Salud Pública

missing image file

missing image file

missing image file

missing image file

missing image file

SEÑOR PRESIDENTE.- Léase el proyecto.

(Se lee)

-En discusión general.

Tiene la palabra el Miembro Informante, señor Senador Agazzi.

SEÑOR AGAZZI.- Señor Presidente: desde hace varios meses la cobertura de horas de anestesia en los hospitales del área metropolitana ha experimentado un descenso progresivo, expresándose con mayor gravedad en el Centro Hospitalario Pereira Rossell y en el Hospital Maciel. Dicha circunstancia incide en la coordinación de cirugías y en los servicios de urgencia. La coordinación hace meses que se está viendo afectada, con listas de espera crecientes en todos los hospitales. Por su parte, y a pesar del mantenimiento de las guardias de urgencia, en los últimos meses estas han comenzado a sufrir una reducción que ha llevado incluso a contar con un solo anestesista para el Centro Hospitalario Pereira Rossell y uno solo para el Hospital Maciel, por lo que se debe considerar especialmente que ambos hospitales son de referencia nacional y los únicos que realizan intervenciones quirúrgicas de alta complejidad.

El Centro Hospitalario Pereira Rossell requiere al menos de tres anestesistas en el Hospital de la Mujer y dos de guardia en el Hospital Pediátrico, mientras que el Hospital Maciel debería contar con tres anestesistas. Cabe señalar que existen intervenciones que requieren la asistencia de dos anestesistas, como las de los lactantes y las neuroquirúrgicas o vasculares complejas. Dicho Centro Hospitalario es el que recibe las urgencias neuroquirúrgicas, vasculares y los politraumatizados del área metropolitana y gran parte del resto del país.

Además de la situación reseñada y referida a la falta de atención quirúrgica de los pacientes, los cirujanos generales y de las diferentes especialidades plantean su preocupación por el retraso en la formación de futuros cirujanos. A modo de ejemplo, los ginecólogos no han podido completar el número de intervenciones que deben realizar como mínimo en un año para graduarse. Se plantea que la falta de anestesistas en el sector público -donde se forman los recursos humanos- apareja como consecuencia también de particular gravedad, la progresiva disminución de especialistas quirúrgicos en el país.

A los efectos de mejorar la dotación de recursos humanos, se realizaron llamados a cargos de alta dedicación, con mayor valor hora, según el siguiente detalle: 40 horas semanales, $ 65.000 nominal; 48 horas semanales, $ 84.000 nominal; y 60 horas semanales, $ 112.000. Este llamado, que fue realizado en primer lugar para el área metropolitana, no tuvo la respuesta esperada. Se anotaron cuatro anestesistas -dos que viven en el exterior-, pero a la fecha los cuatro han solicitado ser contratados en los hospitales del interior, por lo que en el área metropolitana, a la fecha, no ha quedado ningún anestesista con cargo de alta dedicación.

En el Hospital de la Mujer se ha reducido la lista de espera de las pacientes con Patología Oncológica, pero todavía queda una lista importante de pacientes con patología benigna. En el caso del Hospital Pediátrico, la lista de espera sigue siendo importante, y se compone de pacientes con patología relacionada con malformaciones congénitas que requieren cirugías prolongadas que todavía no se han resuelto.

En el Hospital Maciel hay 154 pacientes en lista de espera de las especialidades de Neurocirugía, Cirugía Vascular y Urología. Además, los servicios de Cirugía General tienen 600 pacientes en lista de espera, de los cuales el 75% son pacientes con patología benigna y el 25% restante son neoplasmas y patologías complejas.

La situación en el Maciel ha llevado a que presentaran renuncia los Jefes de Cirugía y Urología. Si bien se solucionó la lista de espera quirúrgico-oncológica, existe un gran atraso en las coordinadas de otros problemas que también son urgentes. A modo de ejemplo, en el Centro Hospitalario Pereira Rossell figuran 39 pacientes portadores de malformaciones que debieran haber sido operados en el primer año de vida y ya están llegando a los dos años, con las gravísimas consecuencias que dicho retraso conlleva.

Los eventuales planes de contingencia para enfrentar la situación reseñada de la falta de anestesistas en el subsector público de salud, enfrentan asimismo dificultades severas. En efecto, la derivación de pacientes hacia hospitales del interior del país encuentra limitaciones severas en las carencias de infraestructura de estos para atender una demanda agregada de tal magnitud.

La situación reseñada se traduce en una desprotección del derecho a la vida y a la salud consagrados constitucionalmente en los artículos 7º y 44 de la Carta Magna, por lo que amerita con creces la declaración de emergencia anestésico-quirúrgica que se prevé en el artículo 1º del proyecto de ley que se eleva a consideración del Parlamento, a efectos de intentar paliar, al menos en forma temporal, las graves consecuencias que de ella derivan.

En el artículo 2º del proyecto de ley se otorga al Ministerio de Salud Pública la facultad de convocar al personal integrante del cuerpo anestésico-quirúrgico y a aquellos auxiliares de la medicina que considere necesarios, para cumplir funciones en los establecimientos públicos de asistencia, determinándose como obligatorio el cumplimiento en dichos establecimientos de un porcentaje de las horas que los mismos profesionales realizan en las instituciones de asistencia médica colectiva en que presten servicio, en un todo de acuerdo con las previsiones contenidas en el artículo 36 de la Constitución de la República en cuanto a la limitación a la libertad de trabajo establecida legalmente por razones de interés general. Se determina, asimismo, el monto de la remuneración que dichos profesionales deberán percibir por su tarea.

En el artículo 3º se establece la prohibición de negarse a prestar su colaboración al personal convocado a cumplir funciones en los establecimientos públicos, salvo por razones de fuerza mayor debidamente justificadas, preceptuándose asimismo que en caso de invocarse dichas razones, las mismas serán evaluadas por el Ministerio de Salud Pública en el plazo perentorio de cinco días. En el caso de que los impedimentos invocados no constituyeran justa causa a criterio del Ministerio de Salud Pública, este deberá remitir los antecedentes a la Comisión de Salud Pública creada por la Ley Nº 9.202 a efectos de que esta, en su carácter de tribunal disciplinario, evalúe las sanciones a aplicar.

En el artículo 4º se establece el período de vigencia del estado de emergencia sanitaria anestésico-quirúrgica que se declara, y la vigencia de la ley a partir de la promulgación por el Poder Ejecutivo, necesaria a efectos de implementar rápidamente las medidas que se prevén.

Es cuanto tenía que informar.

(Aplausos en la Barra.)

(Campana de orden.)

SEÑOR PENADÉS.- Pido la palabra.

SEÑOR PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor Senador.

SEÑOR PENADÉS.- Señor Presidente: en las últimas horas hemos recibido este proyecto de ley remitido por el Poder Ejecutivo por el que se declara el estado de emergencia sanitaria de la asistencia anestésico-quirúrgica de la población usuaria de los servicios de salud del sector público en todo el territorio nacional. A pesar de que en los medios de prensa se mencionó el hecho de que esta iniciativa iba a ser remitida al Parlamento, francamente nos sorprende desde el punto de vista formal, pues nos llegó una fotocopia del Ministerio de Salud Pública en la que figura la exposición de motivos firmada por el señor Presidente de la República y por el señor Ministro de Salud Pública, pero el proyecto de ley no contiene la firma del señor Presidente de la República. Podrá considerarse que este es un tema menor, pero no lo es si tenemos en cuenta las formalidades con las que se debe presentar un proyecto que, presumo, el Poder Ejecutivo viene meditando desde hace tiempo. Imagino que la decisión de declarar un estado de emergencia sanitaria no debe ser adoptada de la noche a la mañana. En realidad, esperamos que sea así, y que esa decisión haya sido producto del análisis que se viene realizando, ya que este tema no es nuevo y, por tanto, no puede sorprender a nadie.

Lo hemos denunciado en reiteradas oportunidades en el seno del Parlamento y hemos puesto en tela de juicio el Sistema Nacional Integrado de Salud, especialmente la parte que se dedica a la atención de la Salud Pública. Además, es sabido que el conflicto con los anestesistas es de larga data. No queremos generar polémica, pero debemos decir que en las últimas horas hemos visto cómo al Poder Ejecutivo le ha venido como una especie de activismo -supongo por la llegada de fin de año- por declarar la esencialidad de servicios y estados de emergencia, basándose en conflictos y situaciones que vienen arrastrándose desde hace tiempo. O sea, a nadie puede tomar por sorpresa que la crisis con la Sociedad Anestésico Quirúrgica se originó hace muchos meses. Tan así es, señor Presidente, que en la propia exposición de motivos se dice que ciertas operaciones, fundamentalmente en el caso de niños, se deberían haber efectuado dentro del primer año de vida y se reconoce que estos niños corren cierto peligro de salud porque están por cumplir dos años. De manera que no se puede decir que este problema lleva veinte días o dos meses porque, reitero, es de larga data y el Poder Ejecutivo no lo ha podido solucionar.

Somos conscientes de que esta situación tiene un origen multicausal, con ribetes que pueden alcanzar la propia formación universitaria de los médicos. A propósito, hoy leí un informe más que interesante que decía que la edad promedio de los anestesistas de nuestro país es de 53 años; eso quiere decir que el problema de formación de nuestros anestesistas se debe acarrear desde hace tiempo. Esto me retrotrae a un debate que tuvimos con un señor Senador del oficialismo en ocasión de considerar el proyecto de ley de Presupuesto Nacional. En esa oportunidad nosotros dijimos que algunas carreras requerían de una reorientación para atender esta situación relacionada, fundamentalmente, con la formación de los profesionales. Además, expresamos -con toda honestidad- que en el sistema médico nacional existen problemas más profundos que este y que están relacionados con la prestación de servicios a todo nivel, tanto en instituciones públicas como privadas.

Adelanto que vamos a votar este proyecto de ley, pero con una gran preocupación, sustentada en dos aspectos. Por un lado, la propia declaración del estado de emergencia sanitaria nos genera dudas. No sé -y solicito que se me informe al respecto- en qué ley se ampara esta declaración. No he encontrado en el marco jurídico nacional que el Poder Ejecutivo pueda enviar un proyecto de ley para declarar un estado de emergencia sanitaria. Además, existe una situación de emergencia en el sistema público que no es novedosa; el hecho de que haya un solo anestesista por turno en el Hospital Pereira Rossell no es de ahora ni de la semana pasada, pero sorprende que recién ahora el Poder Ejecutivo adopte medidas a ese respecto. Se podrá decir que se llamó a concurso y que nadie se presentó, pero la ausencia de interesados en llenar esas vacantes debería haber movilizado a las autoridades sanitarias nacionales en ese momento para tratar de enfrentar una situación que viene golpeando desde hace meses, porque estamos hablando de la vida humana y de que hay gente que está corriendo riesgo de vida. Es por eso que vamos a votar esta declaración de estado de emergencia sanitaria. Como bien dice el proyecto de ley, se trata del derecho a la vida, pero nadie puede creer que esto sucedió de la noche a la mañana ni que es consecuencia de una catástrofe de naturaleza alguna. No, no es así. Esto sucede por una política equivocada, de imprevisión y de improvisación, que se viene aplicando respecto a este problema.

La segunda duda que nos genera este proyecto de ley tiene que ver con la convocatoria a médicos anestésico-quirúrgicos a prestar servicios en el Ministerio de Salud Pública. Queremos dejar nuestra voz de alerta en el sentido de que el problema que hoy está ocurriendo fundamentalmente en las instituciones públicas se puede trasladar también a las privadas, porque como el día no tiene más de veinticuatro horas, el hecho de que los médicos anestesistas sean convocados para prestar servicios en institución públicas puede llevar a que las instituciones privadas noten la ausencia de estos para enfrentar compromisos quirúrgicos tan graves como los de la Salud Pública.

Señor Presidente: entiendo y, por eso, vamos a votar este proyecto de ley; pero nos queda esta duda y no nos parece que se esté aplicando el mejor mecanismo, porque recién el día en que se clausura el Período parlamentario se envía un proyecto de declaración de estado de emergencia cuando, a mi juicio, el Gobierno tendría que haber previsto este tema hace muchísimo tiempo. Ciertamente, el Poder Ejecutivo ha dejado que el problema se le viniera encima, y hay que tener presente que el problema se llama riesgo de la vida humana, riesgo de vivir o morir o riesgo de no atender al más desvalido. Por esas razones, señor Presidente, nos parece absolutamente inaceptable que en estos momentos se envíe una iniciativa de esta naturaleza.

Una de nuestras preocupaciones sobre este asunto es que, luego de haberse abordado así la situación, se tiene la esperanza de que con la aplicación o la entrada en vigencia del nuevo Presupuesto Nacional, aquella pueda ser paliada de alguna manera. En lo personal, tengo grandes dudas al respecto porque, además, la plantilla de anestésico-quirúrgicos es la misma y precisamente sobre ese punto deberemos trabajar en conjunto con las autoridades universitarias para la formación de nuevos técnicos. Sin duda, deberemos pensar en un compromiso mucho más global que el de creer que con esta declaración se va a resolver el atraso de cuatro mil intervenciones quirúrgicas que hoy se acumulan en las instituciones públicas. Ahora bien, quien crea que este problema se da solo en las instituciones públicas se equivoca; el mismo atraso existe en las instituciones privadas. Hace unos días, preocupado por la situación de un ciudadano de mi conocimiento, descubrí con sorpresa que, entre otras cosas, el Fondo Nacional de Recursos para la aprobación de nuevas intervenciones sesiona solamente dos veces a la semana -los martes y los viernes-, y si el caso no entra en la Sesión del martes ni en la del viernes, solo resta esperar. En este caso, esperar implica mucho más que esperar el ómnibus: implica que se salve o no una vida.

Por consiguiente, en estos temas estamos dispuestos a trabajar en profundidad y terminar con viejos sofismas que desde tiempos inmemoriales se han planteado como intocables. En ese sentido, estamos dispuestos a trabajar, y lo aclaramos para que no se crea que nos limitamos a hacer una crítica iracunda o que este problema nació el 1º de marzo de 2010. Somos conscientes -y creo que debemos serlo todos- de que las políticas o las técnicas aplicadas hasta ahora no han dado los resultados que se esperaba y esta situación es la demostración más cabal de que es así. Si no fuera de esta manera, no habría cuatro mil personas en una situación muy difícil -seguramente son más pacientes, pero ese es el número que se ha mencionado-, entre quienes se encuentran personas con neoplasmas, enfermedades graves, niños con malformaciones congénitas, etcétera.

Realmente, señor Presidente, la decisión adoptada por el Poder Ejecutivo nos deja serias dudas sobre su aplicabilidad y también en cuanto a que sea una solución definitiva; ciertamente sabemos que no lo es. Además, tenemos dudas sobre el mecanismo a aplicar porque, si bien entendemos la emergencia, no nos parece que este sea el mejor camino para resolverla. De todos modos, en el entendido de que se trata de una situación transitoria, vamos a votar este proyecto de ley. Igualmente quiero repetir que, a nuestro juicio, es preciso actuar con otra fuerza y otro espíritu en este tipo de situaciones, que no son nuevas, nos preocupan y que hoy debemos afrontar de esta manera.

SEÑOR ABREU.- ¿Me permite una interrupción, señor Senador?

SEÑOR PENADÉS.- Con mucho gusto.

SEÑOR PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor Senador Abreu.

SEÑOR ABREU.- En la misma línea del señor Senador Penadés, pero tratando de ver cuál es el instrumento adecuado para el problema que queremos solucionar, debo decir que el estado de emergencia sanitaria no existe desde el punto de vista jurídico, institucional, constitucional ni legal. Sí existe la declaración de esencialidad de un servicio, ya sea público o privado. Entonces, la declaración de esencialidad del servicio, tal como se planteó con el tema de la basura, también se podría utilizar en este caso y sin ningún problema, simplemente a través de un decreto del Poder Ejecutivo que ni siquiera requeriría la firma del Presidente de la República. La norma que permite declarar esencial un servicio es la derogación de la ley de Coprin que le retrovierte competencia al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. Repito que ni siquiera es necesario que el Presidente firme el decreto, porque se declara la esencialidad de los servicios de salud públicos y esto de por sí comienza a tener vigencia. Además, hay que tener en cuenta que actualmente la entidad competente en esta materia no es el Ministerio de Salud Pública, sino ASSE, porque es el organismo que determina la prestación de servicios y la política del Ministerio, aunque sí es aplicable al Ministerio la policía sanitaria o la policía médica cuando se refiere a la Ley Nº 9.902, de 1934.

Creo que, sin perjuicio de esto, tal como decía el señor Senador Penadés, se trata de un tema de fondo. Este no es un asunto puntual ni parcial al que se le quiere encontrar una solución; eso me parece muy bien, pero creo que hay que buscar el instrumento adecuado. No tenemos problema en acompañar esta iniciativa, pero queremos reiterar una vez más al Poder Ejecutivo que cuando se utilicen estos instrumentos se lo haga en la forma debida, ajustándose al marco jurídico constitucional. No podemos inventar instituciones como el estado de emergencia sanitaria que no existe, salvo que algún especialista constitucional nos pueda decir que en el ámbito del Derecho hay un nuevo instituto. Esto no es materia de ley -sin perjuicio de que lo votaremos-, porque es competencia del Poder Ejecutivo, que tiene todas las facultades para declarar la esencialidad. Incluso, hay otras facultades que voy a nombrar porque son malas palabras para determinados sectores o Partidos políticos, pero igual me permito recordar que si la situación es muy difícil para el Gobierno, puede aplicar las Medidas Prontas de Seguridad; para eso ha ganado las elecciones, es decir, para gobernar y tomar sus decisiones, no para tomar las decisiones por el costado. Si es preciso mandar, que lo haga y que aplique la Constitución, pero, más allá de que lo vamos a acompañar, creemos que no debe inventar situaciones jurídicas que no existen en la Constitución, sobre todo, teniendo en cuenta que con esta forma de encarar el problema apenas estamos aplicando un parche que no sirve más que para solucionar un problema puntual que, de todos modos, no va a quedar definitivamente resuelto.

Repito que vamos a acompañar este proyecto porque está en juego el derecho a la vida, pero ¡a ver si alguna vez hay alguien que asesore debidamente al Poder Ejecutivo sobre cuáles son sus competencias constitucionales y legales! Eso sería mucho más directo y rápido que estar declarando la urgencia de una ley cuando bastaría con un simple decreto de esencialidad.

SEÑOR PRESIDENTE.- Puede continuar el señor Senador Penadés.

SEÑORA XAVIER.- ¿Me permite una interrupción, señor Senador?

SEÑOR PENADÉS.- Con mucho gusto.

SEÑOR PRESIDENTE.- Puede interrumpir la señora Senadora Xavier.

SEÑORA XAVIER.- Creo que aquí hay algunos aspectos que debemos ir despejando.

En primer término, el artículo 44 de la Constitución dice que todos los habitantes tienen el deber de cuidar su salud, así como el de asistirse en caso de enfermedad. Lógicamente, de esto deducimos que el Estado tiene la obligación de garantizar la posibilidad de que los habitantes ejerzan ese deber, ya no un derecho. Más de una vez hemos dicho que si modificáramos la Constitución, estaríamos discutiendo si la gente tiene la obligación o el deber de cuidar su salud o si es el Estado el que debe garantizar ese derecho. Pero la redacción constitucional que tenemos es esa: la del deber. De esto se deduce también que el Estado no puede estar omiso en las garantías para asegurar el cumplimiento del deber de los ciudadanos en materia de cuidado de su salud.

Con relación a si esto podría ser un decreto o una norma legal, luego de una rápida lectura de los artículos del proyecto, vemos que se afectan algunas libertades individuales. En el artículo 36 de la Constitución está claramente planteado el tema de las razones de interés general. Precisamente, esas razones son las que me animan a participar en esta discusión porque, sin duda, todo el mundo sabe que soy profesional de la salud y creo que en este tema debemos intervenir todos, ya que, en definitiva, lo estamos haciendo por razones de interés general. Ese artículo establece: “Toda persona puede dedicarse al trabajo, cultivo, industria, comercio, profesión o cualquier otra actividad lícita, salvo las limitaciones de interés general que establezcan las leyes”. Debe tenerse presente que la disposición no habla de las limitaciones establecidas por un decreto o norma de rango inferior. Los derechos reconocidos en la Constitución admiten limitaciones, pero para que sean válidas solo pueden ser determinadas por un marco legal. Aquí no hay una huelga ni un conflicto declarado, y esto no lo dice el Gobierno sino quienes representan a los anestésico-quirúrgicos.

En este caso, hay una decisión de no asumir cargos que han sido ofrecidos. Como muy bien se dice en la exposición de motivos de la que daba cuenta el señor Senador Agazzi, hay una omisión individual. Entonces, las disposiciones a las que tengamos que recurrir para hacer efectivo el uso, estarán limitando esos derechos individuales, porque en algunos de los artículos se exige la atención sanitaria. Eso debe ser hecho por un marco legal, pero en este caso no hay un conflicto, una huelga declarada o una situación como la que se está viviendo en otros ámbitos que amerite el dictado de un decreto declarando la esencialidad de los servicios.

Se están afectando cometidos esenciales, pero eso no tiene que ver con la posibilidad de declarar la esencialidad frente a la inexistencia de un conflicto y a una relación vincular que no es de dependencia. Hay que tener presente que estos servicios se facturan. No existe una clara relación de dependencia a través del organismo de que se trate, que no está excluido por ser privado o por ser una comisión de apoyo, sino porque la relación vincular no existe y, reitero, se facturan los servicios por parte de esos profesionales.

Me parece que estos puntos deben quedar aclarados frente a las dudas legales existentes. Todos estamos contestes en que es importante lo que plantea la exposición de motivos, es decir, la demanda insatisfecha a la que no se llega de un día para otro, pero tampoco por inacción u omisión del Poder Ejecutivo, sino después de haber ensayado una serie de medidas que no han sido implementadas por no lograr el consenso necesario a esos efectos. El Poder Ejecutivo no descarta la negociación permanente. Los señores Senadores deben saber que sigue planteada esa instancia y está convocada para dentro de unas horas o en días muy próximos. Este marco legal nos habilita a lo que en él se reconoce, es decir, a la afectación de determinadas libertades individuales, en función del cumplimiento efectivo de esos actos médicos y la disposición de recursos que los viabilicen.

Nada más. Muchas gracias.

SEÑOR PRESIDENTE.- Puede continuar el señor Senador Penadés.

SEÑOR PENADÉS.- Señor Presidente: no me cabe la menor duda -coincido con la señora Senadora preopinante- de que para el establecimiento de lo que dice el artículo 2º es necesaria una ley. Me parece que debemos ser muy conscientes del paso que se está dando; a mi juicio, es trascendente, ya que tiene que ver con el cercenamiento de derechos constitucionales de ciudadanos frente a una situación particular. Quiere decir que no se trata de un paso menor y creo que tampoco debe hacerse costumbre que, ante cualquier situación trascendente y no menor -no lo hago como una imputación ni nada que se le parezca-, se actúe con apuro político. Nuestro apoyo a este proyecto de ley tiene el objetivo de dar amparo a una decisión trascendente. Por razones de interés general, justificadas todas ellas frente a la situación particular que se está viviendo, hay casos que, como bien decía la señora Senadora preopinante, no son de menor cuantía porque se está cercenando derechos constitucionales de una serie de ciudadanos ante una situación particular a enfrentar. Ese dato no es menor y, por tanto, nos debe llamar poderosamente la atención porque, además, es un mecanismo que se utiliza por primera vez.

En ese sentido, pensamos que este asunto hubiera ameritado una reflexión y una consulta política mayor. Creo que los partidos de la oposición, ante las circunstancias que se están atravesando que, como bien se ha dicho, no son nuevas ni de ayer y podrían justificar la remisión de un proyecto de ley -tal como sucedió-, debemos estar enterados debidamente de una decisión del Poder Ejecutivo que promueve una serie de cercenamientos a los derechos constitucionales de un grupo de ciudadanos frente a un estado particular. Ese no es un tema menor; no debemos dejarlo pasar como un asunto baladí. Según el artículo 2º, el Ministerio de Salud Pública queda facultado para hacer una convocatoria obligatoria de ciudadanos. Entonces, frente a la emergencia que se atraviesa y a la delicada situación que están viviendo miles de compatriotas por no ser operados ni atendidos en el goce de su vida y su salud -derechos que también establece la Constitución-, no podemos justificar la adopción de una serie de medidas que no necesitarían ninguna de las circunstancias extraordinarias que se van a adoptar si se hubieran implementado otras en el correr del tiempo.

El proyecto de ley nos enfrenta a una situación de cuya inconveniencia estamos cada vez más convencidos, pero a los efectos de acompañarlo vamos a dar un claro mensaje, que también debe dársele al Poder Ejecutivo, en el sentido de que estaremos atentos y muy encima de estas circunstancias y situaciones, porque el Ministro de Salud Pública es el responsable político de esta decisión. Será llamado a responsabilidad en los casos en que esta situación no solucione un mecanismo que el Ministro de Salud Pública decidió promover al declarar el estado de emergencia sanitaria. Votaremos afirmativamente el proyecto de ley, dejando planteadas estas dudas como constancias y en el entendido de que, recurrir al cercenamiento de derechos constitucionales de una serie de ciudadanos es una medida no menor que debería haber sido reflexionada con el respaldo de los partidos políticos, producto de que, por primera vez, estamos adoptando una medida extraordinaria que no surge de un cataclismo producido en las últimas veinticuatro horas, sino de una decisión política que se arrastra como consecuencia de una serie de situaciones que, en su momento, hemos denunciado como irregularidades.

Nada más. Muchas gracias.

SEÑOR BORDABERRY.- Pido la palabra.

SEÑOR PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor Senador.

SEÑOR BORDABERRY.- Señor Presidente: en estas últimas semanas me he preguntado si somos parlamentarios o bomberos parlamentarios, a esta altura, porque debemos tratar de apuro una cantidad de proyectos sin tener la posibilidad de estudiarlos a fondo. El que está considerando el Senado ni siquiera fue entregado ayer, sino que se nos repartió hace un rato. No voy a seguir insistiendo en ese asunto, pero siento que improviso cuando no puedo recurrir a todos los antecedentes del tema.

Este es un caso único en la historia legislativa del Uruguay. Es la primera vez que, por ley, se va a obligar a los ciudadanos a hacer algo compulsivamente.

En 1968, cuando se militarizó a los funcionarios bancarios, se los hizo ingresar al Ejército Nacional y, luego de haber ingresado, se los obligó a trabajar como bancarios para que cumplieran sus tareas. Fueron momentos tristes del país en los que no voy a insistir, porque creo que todos los partidos políticos teníamos gente dando cumplimiento a esa situación. Me parece que es peligroso lo que se está haciendo, porque es de dudosa constitucionalidad. Desde ya adelanto que entiendo la necesidad de hacerlo y por ello vamos a votarlo, en aras de ayudar en ese espíritu al que hacía referencia el señor Senador Baráibar. Vamos a ayudar al oficialismo en la fundamentación constitucional de lo que está haciendo.

Tal como lo indicó el señor Senador Penadés, los artículos 2º y 3º son básicos y, desde el punto de vista constitucional, la parte más complicada de la normativa que vamos a aprobar tiene que ver con lo que establece el artículo 2º. Allí se obliga a quienes sean convocados por el Ministerio de Salud Pública a cumplir funciones en los establecimientos públicos de asistencia. Quiere decir que, por ley, a los médicos del Uruguay les diremos: “Ustedes tienen que ir a trabajar, lo quieran o no, a establecimientos públicos”. Asimismo, por medio de esta norma se les estaría fijando una remuneración, les guste o no.

En el artículo 3º del proyecto de ley se dice que el personal convocado no podrá negarse a prestar su colaboración. Como amante de la libertad y como integrante de un partido que ha hecho de los principios liberales su esencia, me choca. Esto se asemeja a una leva militar en la que, en épocas de revoluciones, llegaba el caudillo, todo el mundo para adentro y le pagaba lo que le parecía. Este es, quizá, el antecedente que podemos tener.

Esta iniciativa implica ir más allá del decreto de esencialidad. El último inciso del artículo 4º de la Ley Nº 13.720, de 11 de diciembre de 1968, establece: “En caso de interrupción de servicios esenciales, la autoridad pública podrá disponer las medidas necesarias para mantener dichos servicios, recurriendo incluso a la utilización de los bienes y la contratación de prestaciones personales indispensables para la continuidad de los mismos, sin perjuicio de aplicar, al personal afectado, las sanciones legales pertinentes”. Esta ley, que dispone la posibilidad de decretar la esencialidad, permite realizar contrataciones indispensables, incluso, de profesionales, pero no los obliga a aceptarlas.

Como dije, el proyecto de ley que estamos considerando estaría yendo más allá de lo que se dispone en esta ley que fue aprobada durante el gobierno del señor Jorge Pacheco Areco. De todas formas, considero que es única y constitucional, pero no en función de lo que establece el artículo 36 de la Constitución de la República; es un error el que comete el Poder Ejecutivo al citar como fundamento constitucional esta norma. La mencionada disposición establece: “Toda persona puede dedicarse al trabajo, cultivo, industria, comercio, profesión o cualquier otra actividad lícita, salvo las limitaciones de interés general que establezcan las leyes”. Aquí claramente se le dice a la persona a lo que se puede dedicar y no a lo que debe dedicarse. Es más, no se puede decir que en función del interés general se puede obligar a alguien a trabajar en el Estado, habida cuenta de lo que dispone el artículo 36, porque ese no es el sentido ni la ratio de esta norma. Nuestra Constitución de la República es muy particular en lo que refiere a su interpretación.

En lo personal, creo que lo más parecido a lo que estamos haciendo hoy aquí fueron las medidas prontas de seguridad, particularmente en lo que tiene que ver con obligar a las personas a hacer algo.

De todas formas, pensamos que esta norma tiene su fundamento -aunque no a texto expreso- en los artículos 10, 35, 53, 72 y 332 de nuestra Constitución.

El inciso segundo del artículo 10 dice: “Ningún habitante de la República será obligado a hacer lo que no manda la ley, ni privado de lo que ella no prohíbe”. Esta es una disposición clara y contundente y en función de ella, si la ley lo manda, es evidente que lo puede hacer.

El artículo 35 -norma que se puede citar por analogía-, establece: “Nadie será obligado a prestar auxilios, sean de la clase que fueren, para los ejércitos, ni a franquear su casa para alojamiento de militares, sino de orden del magistrado civil según la ley, y recibirá de la República la indemnización del perjuicio que en tales casos se le infiera”.

El artículo 53 dice: “El trabajo está bajo la protección especial de la ley.

Todo habitante de la República, sin perjuicio de su libertad, tiene el deber de aplicar sus energías intelectuales o corporales en forma que redunde en beneficio de la colectividad, la que procurará ofrecer, con preferencia a los ciudadanos, la posibilidad de ganar su sustento mediante el desarrollo de una actividad económica”.

Los dos artículos que a mi juicio son fundamentales para justificar este estado de emergencia son el 72 y 332 de la Constitución.

El artículo 72 expresa: “La enumeración de derechos, deberes y garantías hecha por la Constitución, no excluye los otros que son inherentes a la personalidad humana o se derivan de la forma republicana de gobierno”.

Finalmente, el artículo 332 establece: “Los preceptos de la presente Constitución que reconocen derechos a los individuos, así como los que atribuyen facultades e imponen deberes a las autoridades públicas, no dejarán de aplicarse por falta de la reglamentación respectiva, sino que esta será suplida, recurriendo a los fundamentos de leyes análogas, a los principios generales de derecho y a las doctrinas generalmente admitidas”.

Vuelvo a decir que estas son las normas en las cuales, a mi juicio, debe fundamentarse el proyecto de ley.

El Poder Ejecutivo tiene la facultad de decretar servicio esencial, pero ello no estaría solucionando el problema porque, como tal, no puede obligar a una persona a trabajar. Si los funcionarios en cuestión hoy estuvieran trabajando y se negaran a hacerlo, y nos encontráramos frente a servicios esenciales, obviamente que el Poder Ejecutivo podría decretar la esencialidad, pero sin la ley correspondiente no puede obligarlos a hacerlo.

En el escaso tiempo de que dispusimos para analizar los antecedentes, así como el proyecto de ley en cuestión, también tratamos de ubicar el artículo 26 de la Ley Nº 9.202 que, según los registros existentes a nivel de la Biblioteca del Palacio Legislativo, habría sido derogado -quizá podemos dejar esta tarea a los señores integrantes de la Cámara de Representantes-, pero finalmente conseguí una fotocopia del texto de la ley, que no sé si está vigente porque estamos trabajando en una situación de precariedad. A través de esta norma se crea, dentro del Ministerio de Salud Pública, la Comisión de Salud Pública, a la que se le otorga la facultad de constituirse en tribunal disciplinario para juzgar o reprimir las faltas cometidas por los médicos y los que ejercen profesiones anexas en el ejercicio de su profesión, cuando estos se aparten del cumplimiento de las normas generales que determinen las Ordenanzas y Reglamentos. Aquí no se habla de leyes, pero creo que por analogía podría hacerse extensivo a ellas.

Quiero destacar que esta es una situación excepcionalísima; estamos jugando al borde de los derechos de las personas, estamos haciendo algo que es único, peligroso y complejo. Concretamente, le estamos diciendo a quien está dentro de la ley -que siempre lo estuvo y que nunca la violó- que tiene que hacer algo contra su voluntad, lo quiera o no y le guste o no. Les estamos diciendo que hay una emergencia en el país, que es una situación excepcional y que hay que atenderla.

Por eso hago mías las palabras del señor Senador Penadés cuando afirmaba que este es, realmente, un estado de excepción, un estado que no puede ser para todos los días, una situación que no se deriva de un conflicto de trabajo. No nos equivoquemos: no estamos ante una situación derivada de un conflicto de trabajo; estamos ante un llamado del Estado a contratar médicos profesionales que dicen: “No quiero trabajar para el Estado por esta remuneración; me dedico a otra actividad”. Y a pesar de que estos profesionales manifiestan una voluntad contraria, los vamos a obligar a hacerlo. Creo que debemos tener cuidado con esto; y creo, además, que esta no es la forma de trabajar. Después de que hace meses que el gobierno tiene este problema, de golpe se nos plantea que en escasas tres o cuatro horas debemos estudiar las normas constitucionales, debemos estudiar las leyes y buscar los fundamentos para votar un proyecto de ley como nunca se aprobó alguno, que afecta los derechos de las personas.

Reitero que nuestra Bancada va a acompañar este proyecto de ley por los fundamentos ya mencionados.

SEÑOR SOLARI.- Pido la palabra.

SEÑOR PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor Senador Solari.

SEÑOR SOLARI.- Señor Presidente: sin ánimo de contradecir al líder de mi sector político, quiero decir que no voy a acompañar este proyecto de ley. Lo he pensado detenidamente, hablé con las señoras Senadoras Xavier y Topolansky y tomé esta decisión, por las siguientes razones.

Como ya se ha dicho, acá no hay un conflicto gremial; esta ley va a crear un conflicto. Esta ley no es la solución, sino la causa de un nuevo problema, una causa grave de la cual ninguno de nosotros sabe cómo se puede salir.

Pero la razón fundamental por la que no voy a acompañar este proyecto de ley es que no soy paciente de ASSE, pero tengo familiares que sí lo son. Si mañana necesito una intervención quirúrgica, simplemente iré a la institución de asistencia médica colectiva donde me atiendo, en la que, mal o bien, pero siempre en forma voluntaria, habrá un médico que me quiera atender o una enfermera que me quiera cuidar. Es decir: no va a haber un cirujano que me tenga que operar o un anestesista que me tenga que dormir contra su voluntad. Por más que pienso muy bien sobre la honorabilidad ética de cirujanos y anestesistas -pese a las diferencias de opiniones y a los enfrentamientos que hemos tenido por estar en distintas partes de la Administración de la salud-, no quiero estar en manos de alguien que tenga que ejercer una tarea tan delicada contra su voluntad. Me parece que no hay derecho de someter a la población más humilde de este país a ser atendida, nada más ni nada menos que en situaciones de cirugía y de anestesia, por profesionales que son obligados por el Estado a hacerlo contra su voluntad. Por lo tanto, no puedo acompañar este proyecto de ley.

Invito a los señores Senadores a que recorran conmigo la fundamentación de este proyecto de ley que dispone esta actuación obligatoria; son nada más que dos carillas, donde no figura ninguna razón de fondo para establecer que hoy, 15 de diciembre del año 2010, haya una emergencia sanitaria. Hace poco más de un mes estuvo todo el día en el Senado el señor Ministro de Salud Pública y no dijo nada acerca de que hubiera una situación de emergencia que en pocos días lo fuera a llevar a presentarse ante este Parlamento para pedir por favor poderes especiales, que ni siquiera están recogidos en la Constitución de la República, para hacer funcionar los servicios. Por el contrario, dijo que ASSE era una maravilla y que las desgracias con que se había encontrado en el año 2005 las había podido arreglar todas, y las que no, en pocos meses estarían solucionadas. El señor Ministro desconoció todos los reclamos que le hicimos con respecto a jerarcas de su servicio que no estaban capacitados para cumplir su función. Sin embargo, así, de la noche a la mañana, después de que se decretara la esencialidad de algunos servicios municipales, parecería que hay que contrabalancear, apoyar el otro pie en la otra piedra porque si no nos vamos para abajo, y le damos un puñetazo a los cirujanos y a los anestesistas.

Reitero: esta no es la solución, sino que va a generar más problemas, porque dentro de cuatro meses, después de que estas personas dejen de estar obligadas a brindar el servicio, optarán por emigrar del país o dedicarse a otra tarea. Los señores Senadores podrán pensar que el Senador Solari es un atrevido por hacer esta predicción, pero simplemente es una lectura de la historia. Hace dos años y medio, a los anestesistas del Hospital Pereira Rossell los llevaron a trabajar en forma obligada por disposición judicial y luego de eso renunciaron todos y no fueron nunca más a trabajar ni se presentaron a ningún concurso. Ahora no hay plata que pueda llevarlos allí a trabajar, porque la dignidad de la gente a veces está por encima del dinero. Conste que no soy amigo de los cirujanos y anestesistas, ni ellos son mis amigos, porque hemos luchado desde distintos lugares de la Administración. Pero esto es un error, porque estamos creando un campo de batalla que va a durar todo el año 2011 y 2012, donde la responsabilidad la va a tener el Estado y no los profesionales.

El proyecto de ley expresa que el estado de emergencia se aplicará en todo el territorio nacional y en cambio el primer párrafo de la exposición de motivos habla del área metropolitana, que queda reducida al Hospital Pereira Rossell y al Hospital Maciel. Textualmente, dice lo siguiente: “Desde hace varios meses la cobertura de horas de anestesia en los hospitales del área metropolitana ha experimentado un descenso progresivo, expresándose con mayor gravedad en el Centro Hospitalario Pereira Rossell (CHPR) y en el Hospital Maciel”. ¿Cuántos anestesistas tiene ASSE en el Hospital Español? Tiene dos anestesistas. ¿Y cuántas cirugías se hacen allí por día? Se hacen dos cirugías por día. Se dice que hay un solo anestesista en el Hospital Maciel, pero en el Hospital Español hay dos que están mal utilizados.

Luego, en el párrafo siguiente, se dice que hay listas de espera crecientes en todos los hospitales y que esa carencia de horas de anestesista incide en la coordinación y en las urgencias, pero no se presenta ninguna evidencia de que eso sea así. No se mencionan las cifras de julio, de octubre y de diciembre. Personalmente me tomé el trabajo de hablar con cirujanos y anestesistas de distintos hospitales de Montevideo y me dicen que la lista de pacientes oncológicos a ser operados en el Hospital de la Mujer ha disminuido gracias al acuerdo con la Facultad de Medicina, implementado pocos días después de que el señor Ministro estuvo aquí. A su vez, la lista de pacientes a ser operados en el Hospital Pediátrico Pereira Rossell se ha mantenido estable, pero no ha aumentado. Y la lista de pacientes de Otorrinolaringología del Hospital Maciel ha disminuido. Por eso es que no hay cifras aquí.

Acá se miente; acá se está hablando de una emergencia sanitaria imaginaria cuando, en realidad, estamos ante una emergencia de incapacidad de gestión por parte de las autoridades de ASSE y del Ministerio de Salud Pública, que nunca han tenido tantos recursos a su disposición y han atendido tan mal a la gente. Esto se lo hicimos saber al señor Ministro en esta misma Sala.

Se declara la emergencia sanitaria de todo el sector público, y yo me pregunto dónde están el Hospital Policial, el Hospital Central de las Fuerzas Armadas, el Sanatorio del Banco de Seguros y el Hospital de Clínicas. ¿Dónde está la maravilla del Sistema Nacional Integrado de Salud?

En la fundamentación se expresa que la situación reseñada, referida a la falta de atención quirúrgica de los pacientes, hace que los cirujanos generales y las distintas especialidades planteen su preocupación por el retraso en la formación de futuros cirujanos. Entonces, ¿las causas para determinar una emergencia sanitaria y obligar a los profesionales a brindar una atención de salud son que no se puede formar a los cirujanos del futuro y que hayan renunciado los jefes de cirugía y urología? ¿Estas son las causas?

Señor Presidente: acá podemos practicar la misma experiencia que con un globo inflado: cuando lo apretamos en una punta, el aire se va para la otra; y cuando apretamos en la otra, el aire vuelve a la primera. La cantidad de horas de anestesistas disponibles en el país es limitada e insuficiente.

Es cierto que hay un problema y una crisis, pero esta medida no soluciona el problema, sino que agrava la crisis, porque va a crear resentimientos peores a los que existen. No olvidemos que hace menos de un mes, cuando los anestesistas fueron a dialogar con el señor Ministro, en los corredores del Ministerio de Salud Pública hubo gente que los agredió físicamente; incluso, los muros de la ciudad aparecieron todos pintados incitando a la violencia contra los anestesistas. ¡Esta no es la ciudadanía que yo quiero! ¡Esta no es la convivencia que, creo, todos nosotros queremos para el Uruguay!

Ahora bien; hay una crisis y hay un problema, y tanto esta como aquel hay que atacarlos desde su raíz. La cantidad de horas de anestesistas disponibles para atender adecuadamente a la población uruguaya es notoriamente insuficiente. En este sentido, la sociedad y el Estado tienen dos herramientas a su disposición: una solución a mediano plazo, que es aumentar la formación, y la otra, que es sacar a los anestesistas la responsabilidad de actos que pueden ser cumplidos por otros profesionales de la salud. Hoy en día la sedación y la analgesia son procedimientos que están reservados exclusivamente a los anestesistas. Por ejemplo, si una persona se tiene que realizar una colposcopía o colonoscopía, para sedarla, le dan un hipnótico suave. En nuestro país, la legislación actual obliga a que esto sea administrado por un anestesista, cuando en ningún país civilizado, algunos muchísimo más desarrollados que el nuestro como Canadá, España o Alemania, este acto lo lleva a cabo un anestesista, sino que lo realiza una enfermera universitaria capacitada adecuadamente para hacerlo. Esto es lo que nosotros tenemos que hacer.

SEÑOR XAVIER.- ¿Me permite una interrupción, señor Senador?

SEÑOR SOLARI.- Con mucho gusto le concedo una interrupción, pero después que culmine con la idea que estoy desarrollando.

Continuando con lo que venía señalando, quiero decir que de la totalidad de intervenciones que hoy están reservadas exclusivamente a los anestesistas, el Estado tendría que decir, por ejemplo, que equis intervención la puede realizar una enfermera capacitada; esta otra, un intensivista; esta otra, un cirujano capacitado; y esta otra, por su complejidad y por la gravedad del paciente, solamente la pueden asistir los anestesistas que tienen la especialidad. De esta manera se daría un uso racional a los recursos humanos, para lograr una mejor atención. Y, aunque no lo crean, esto se está haciendo parcialmente en el Uruguay desde hace diez años en la emergencia pediátrica del Pereira Rossell, porque los analgésicos que se utilizan para sedar a los niños fracturados y luxados son administrados por los propios traumatólogos pediatras, no por los anestesistas, pues si por estos fuera, todos los niños quebrados estarían esperando a que llegara alguno para poder ser atendido.

Creo que tenemos que buscar soluciones inteligentes, no que agraven la crisis; tenemos que aumentar la dotación y repartir el trabajo entre distintos profesionales de la salud, de tal manera que los anestesistas estén a cargo de las intervenciones que realmente los requieren.

Señor Presidente: solicito al Cuerpo, con toda la vehemencia posible, que no apruebe este proyecto de ley; es una mala iniciativa, un mal paso, que no nos pone en el camino de la solución, sino en el de los conflictos que no tienen arreglo.

Ahora sí le concedo con mucho gusto la interrupción que me solicitó la señora Senadora Xavier.

SEÑOR PRESIDENTE.- Puede interrumpir la señora Senadora.

SEÑORA XAVIER.- Es muy importante la afirmación que ha hecho el señor Senador Solari en el sentido de que se miente en la fundamentación de este proyecto de ley, sobre todo porque es un hombre versado en esta materia. Creo que debemos volver a reiterar el hecho de que no hay nadie que mejor conozca esta situación que aquel que tiene un pariente esperando, sin fecha, para realizarse una intervención quirúrgica, aún más si esta operación es por razones de gravedad.

Tal vez pueda tratarse de una picardía política que se esté planteando por parte de algún señor Senador, y si bien solicité una interrupción, también quiero referirme a una alusión, ya que nos sentimos aludidos frente a tamaña información de que acá se está falseando una realidad para justificar el proyecto de ley.

Esta iniciativa no se presentó con alegría, sino con enorme responsabilidad frente a determinados hechos que se vienen sucediendo y que todos sabemos se agravarán con motivo de la llegada del verano. Se está extendiendo el radio de esta insuficiencia, que tiene algunos picos fundamentales en ciertos lugares de Montevideo y en Las Piedras. Diría que el 50% de las 4.000 personas que esperan para ser atendidas, son de Montevideo; el 25% pertenecen al área metropolitana, y el resto al interior. Ahora bien, ¿podemos decirle a esa gente que esta realidad es mentirosa cuando efectivamente no existe una fecha ni la posibilidad de que se les pueda garantizar una intervención quirúrgica? Sabemos que -tal como sugirió el señor Senador que gentilmente me concedió la interrupción- podemos implementar otros mecanismos y que, en los hechos, se están utilizando; pero para ello hay que protocolizar, es decir, debemos tener una mesa de diálogo -como se requiere- y, en este sentido, vuelvo a insistir en que el hecho de que hoy declaremos la emergencia sanitaria no inhibe las instancias de negociación. Incluso, esta negociación tiene que pasar por la creación de protocolos para que otros integrantes del equipo de salud puedan llevar a cabo determinados procedimientos de menor complejidad. Pero no hay forma de consensuar esto si no hay un ámbito donde determinados profesionales se sienten a discutir y a acordar estas realidades.

Reitero que me parece extremadamente injusta la calificación tan severa que realizó el señor Senador Solari. Reconozco que él quiere advertirnos de un peligro, y por eso la vehemencia de sus palabras, pero también sé que conoce la situación y que si no tomamos una medida de esta naturaleza, el día de mañana nos estaría pidiendo la interpelación al señor Ministro, cosa que yo haría si fuese oposición y el Ministro fuese el Senador Solari o quien representara a una colectividad política diferente a la mía. Estas situaciones vienen siendo anunciadas y nosotros hemos tomado conocimiento al respecto, pero no hay ninguna solución que se haya podido implementar.

Cuando se dice que se llamó a concurso para cargos de alta dedicación, con mayor valor hora -para 40 horas semanales, un sueldo nominal de $ 65.000; para 48 horas semanales, un sueldo nominal de $ 84.000 y para 60 horas semanales, un sueldo de $ 102.000-, y no se logró más que la inscripción de cuatro anestesistas -dos viven en el exterior; aunque los cuatro solicitaron ser contratados en hospitales del interior- seguimos viendo un agravamiento ante el cual no nos podemos mantener paralizados, tenemos que actuar.

Efectivamente esta es una medida muy fuerte, por lo que agradezco la colaboración de otros señores Senadores que han dicho que hay más artículos en la Constitución que avalan la toma de esta decisión. Por supuesto que preferiríamos no tomarla, pero también nos gustaría no tener esta demanda insatisfecha. Les pido que se pongan en la piel de un padre o de una madre que tiene un niño a la espera de una de estas cirugías, para ver si admitirían nuestras disquisiciones jurídicas. Entiendo que este es un órgano que debe realizarlas, pero no podríamos entender que el Senado de la República, el Parlamento Nacional, frente a una declaratoria de esta naturaleza se mantuviera sin respuesta.

Me parece que ha sido un exceso el calificativo de “mentiroso” para la exposición de motivos; estimo que hay sobradas razones para reconocer que esta realidad es un hecho y no debemos seguir paralizados frente a ella. Lo cierto es que debemos actuar.

Muchas gracias.

SEÑOR PRESIDENTE.- Puede continuar el señor Senador Solari.

SEÑOR SOLARI.- Por si quedaba alguna duda, me reafirmo plenamente en que la exposición de motivos miente. Lo hace cuando habla de listas de espera crecientes en todos los hospitales, dado que no hay ninguna evidencia de ello. La gente responsable de esos hospitales, con la que he hablado en la tarde de hoy, me dice que esto no es así. No agravio gratuitamente a nadie y menos en cuestiones de salud, pero no me cabe ninguna duda de que esto no está debidamente justificado, y de que acá se hacen afirmaciones que son falsas.

Por supuesto que no me cabe ninguna duda acerca de que esto no es una solución; por el contrario, creo que este agravio gratuito, innecesario en este momento, a los cirujanos y particularmente a los anestesistas, parece responder más a una necesidad política del gobierno que a la realidad sanitaria del país. No ha aparecido ningún artículo en la prensa de los últimos quince días donde se haya dicho “la lista de espera de tal hospital” o “padres reclaman en tal lado o en tal otro”. Créanme que cuando las listas de espera se agravan la gente va a los medios -gracias a Dios tiene acceso a ellos- porque este es un país libre y, por suerte, puede declarar. Sin embargo, creo que es un enorme error aprobar este cercenamiento total de libertades para un grupo de profesionales, obligándolos a ejercer su profesión en contra de su voluntad y también obligando a esos pacientes indefensos, que no tienen otra alternativa, a ser atendidos bajo esas circunstancias.

Esta no es una solución; por el contrario, nos pone en un camino de mayor enfrentamiento, en el que ninguno de nosotros, en conciencia, tiene idea de cuál será la salida a fines de abril, cuando esta ley deje de tener vigencia. La única salida será la prórroga una y otra vez, hasta que en determinado momento nos tengamos que dormir entre nosotros a palazos si nos debemos operar, porque no va a quedar nadie para aplicar una anestesia en el Uruguay.

Reitero que voy a votar en contra, totalmente convencido de que esta es una muy mala disposición.

28) SOLICITUDES DE LICENCIA E INTEGRACIÓN DEL CUERPO

SEÑOR PRESIDENTE.- Léase una solicitud de licencia.

(Se lee:)

SEÑOR SECRETARIO (Hugo Rodríguez Filippini).- “Montevideo, 15 de diciembre de 2010.

Cámara de Senadores

Sr. Presidente

Danilo Astori

Presente

 

De mi consideración:

Por este intermedio, amparado en la Ley N° 17.827, literal D, me presento ante el Cuerpo y solicito licencia desde el día 15 del corriente hasta el 31 de diciembre.

Asimismo pido se convoque al suplente respectivo.

Sin más saluda a usted. atte.

Eduardo Lorier. Senador.”

SEÑOR PRESIDENTE.- Se va a votar si se concede la licencia solicitada.

(Se vota:)

-29 en 29. Afirmativa. UNANIMIDAD.

Se comunica que el señor Jorge Venegas ha presentado nota de desistimiento, informando que por esta vez no acepta la convocatoria a integrar el Cuerpo, por lo que oportunamente se convocará a la señora Alicia Pintos, a quien ya se ha tomado la promesa de estilo.

Léase otra solicitud de licencia.

(Se lee:)

SEÑOR SECRETARIO (Hugo Rodríguez Filippini).- “Montevideo, 15 de diciembre de 2010.

Sr. Presidente de la

Cámara de Senadores

Cdor. Danilo Astori

Presente

 

De mi mayor consideración:

A través de la presente, solicito al Cuerpo me conceda licencia al amparo del artículo 1º de la Ley Nº 17.827, de 14 de setiembre de 2004, para el día martes 21 de diciembre del presente año, por motivos personales.

Sin otro particular, saluda atentamente,

Ramón Fonticiella. Senador.”

SEÑOR PRESIDENTE.- Se va a votar si se concede la licencia solicitada.

(Se vota:)

-27 en 29. Afirmativa.

Oportunamente se convocará al señor Luis Gallo Imperiale, a quien ya se ha tomado la promesa de estilo.

29) DECLARATORIA DE EMERGENCIA SANITARIA DE LA ASISTENCIA ANESTÉSICO-QUIRÚRGICA DE LA POBLACIÓN

SEÑOR PRESIDENTE.- Si los señores Senadores me permiten, debo decir que en pocos menos de una hora y media está convocada la Asamblea General para disponer la clausura de este Período Legislativo. Quiero que estén enterados de que hay cuatro señores Senadores anotados para hacer uso de la palabra, que no podemos pasar a cuarto intermedio y que, de no agotarse el tema, deberíamos convocar a una Sesión extraordinaria a realizarse después de la Sesión de la Asamblea General. Quería destacar todo esto para que puedan administrar las alternativas disponibles.

Continuando con la lista de oradores, tiene la palabra el señor Senador Rubio.

SEÑOR RUBIO.- Señor Presidente: procuraré abreviar en la medida de lo posible.

Creo que lo intolerable es la situación actual; absoluta y completamente intolerable para la sensibilidad de los uruguayos. Que esto no viene de ayer, todos lo sabemos; pero en la medida en que las situaciones se prolongan llega un momento en que el impacto en las condiciones de vida y, en este caso en la salud de la gente, se van agravando.

Me parece que acá se procura un amparo legal, que es el mejor camino para todo esto. En definitiva, si el Poder Ejecutivo se amparara en los artículos constitucionales que mencionaba el señor Senador Bordaberry o en los que se establecen en la propia exposición de motivos e, indirectamente, en la Ley Orgánica de creación del Ministerio de Salud Pública -que está vigente-, establecería un decreto con lo que contienen estos artículos. En realidad, creo que la fuerza desde el punto de vista jurídico sería mucho menor, tendríamos un problema político muy importante y, en último término no estaríamos atacando la cuestión de fondo como se merece, y me refiero a la salud de la gente. Es cierto que se recortan derechos, pero la Constitución de la República representa el equilibrio de un conjunto de derechos y, en ese equilibrio, el derecho a la vida y a la salud es un derecho humano fundamental que se está procurando atender en este marco jurídico que se ha enviado a consideración del Parlamento.

A su vez, existe un marco jurídico que el Uruguay ha suscrito a nivel internacional. Precisamente, en el artículo 3º de la Declaración Universal de Derechos Humanos, en el artículo 12 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales -aquí constan las observaciones que hacen los expertos acerca de cómo se aplica este Pacto en lo que se refiere a la disponibilidad y accesibilidad en materia de salud- y en los convenios que hemos firmado en el marco de la Organización Internacional del Trabajo, se establecen las situaciones en las cuales es necesario apelar al trabajo obligatorio porque se dan condiciones de tipo general que afectan la situación sanitaria.

Estos aspectos se abordan, además, en una serie de normas que hemos suscrito como país y a las que no voy a hacer la referencia correspondiente en honor al escaso tiempo del que disponemos.

La verdad es que podríamos hablar largamente de esto, pero nos parece que la cuestión más importante a considerar es que aquí está en riesgo la situación de muchas personas. Se puede decir que no lo hemos visto, pero depende de cómo miremos; a veces da la sensación de que vivimos en países diferentes. En lo que me es personal, me ha bastado mirar la pantalla de televisión durante algunos días salteados para ver personas que se expresan con indignación porque, por ejemplo, vinieron de Salto con niños y vieron postergada dos, tres y hasta cuatro veces una operación, por lo que debieron retornar a su lugar de origen. Estamos hablando, en algunos casos, de situaciones dramáticas, en las que no se han podido concretar las operaciones fijadas. Aclaro que esto lo vi anoche en uno de los canales nacionales de televisión, pero todos los días aparecen casos de este tipo.

Si queremos conocer los números, que la Comisión correspondiente convoque al señor Ministro o a las autoridades pertinentes, pero quiero decir que la información que se ha brindado a la Bancada de Gobierno sobre la situación de miles de personas que carecen de atención por estas razones es extremadamente grave.

Por lo tanto, señor Presidente, me parece que está plenamente justificado brindar un marco legal de amparo, que se atiene rigurosamente a lo que establece la Organización Internacional del Trabajo: fija un comienzo y un término. El hecho de tener, precisamente un comienzo y un término, es un componente necesario para considerar que se trata de un trabajo obligatorio y no forzoso, entre otras cosas.

Es todo lo que quería manifestar.

SEÑOR MOREIRA.- Pido la palabra.

SEÑOR PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor Senador.

SEÑOR MOREIRA.- Señor Presidente: en el día de hoy me enteré, con bastante asombro -sin perjuicio de que por la prensa se ha hecho mucha referencia a la gravedad de esta cuestión-, de que íbamos a tener que votar este proyecto de ley innovador, si es que se lo puede calificar de tal manera. Esta iniciativa impone determinadas obligaciones y limitaciones, y no sé si existe algún antecedente en este sentido; en lo personal, no recuerdo que en estas décadas de vida democrática haya habido alguna declaración de un estado de emergencia sanitaria. Esto es bastante inédito; cuando a uno le hablan de algo así piensa, por ejemplo, en la peste bubónica o que llegó alguna de esas epidemias terribles que hacen que se adopten medidas. Recuerdo el caso de la poliomielitis, que tuvo lugar cuando era escolar y que provocó, entre otras cosas, que se suspendieran los cursos en las escuelas; estoy hablando de esas medidas de emergencia sanitaria que son bienvenidas porque, además, son absolutamente necesarias.

En este caso estamos estableciendo una limitación a los derechos individuales, invocando un artículo de la Constitución de la República que refiere a otra cosa y que, evidentemente -como decía el señor Senador Bordaberry-, tiene un sentido que en nada se relaciona con esto. El artículo 36 de la Constitución establece: “Toda persona puede dedicarse al trabajo, cultivo, industria, comercio, profesión, o cualquier otra actividad lícita, salvo las limitaciones de interés general que establezcan las leyes”. No se refiere a esto; ahora estamos hablando de otra cosa: de obligar a trabajar. Aquí no estamos limitando la aptitud o la capacidad de trabajar, sino que se obliga a trabajar; se está obligando a muchos médicos que no revistan como funcionarios públicos a desempeñarse como tales, por una remuneración que el propio Estado les fija en una ley.

Tenemos en nuestro poder una exposición de motivos que ocupa dos páginas y media, en la que se dicen algunas cosas que son de aplicación inmediata. Concretamente, allí se dice: “Desde hace varios meses la cobertura de horas de anestesia en los Hospitales del área metropolitana ha experimentado un descenso progresivo”. Más adelante se expresa: “Dicha circunstancia incide en la coordinación de cirugías y en la urgencia. La coordinación hace meses que se está viendo afectada”. Cabe acotar que esto, al parecer, sucede desde hace meses, pero hay otras cosas que se vienen dando desde hace años. Cuando se dice que existe un problema en cuanto a la formación de los anestesistas, estamos hablando de años.

En definitiva, todo esto tiene lugar desde hace meses o años, pero resulta que ahora nosotros tenemos que votar esta iniciativa, que es de una más que dudosa constitucionalidad y que seguramente va a dar lugar a numerosas acciones de inconstitucionalidad por parte de los afectados. Estamos tratando este tema sobre tablas, solamente con un cuarto intermedio de cinco minutos, sin que podamos revisar la constitucionalidad de todo esto -que es más que dudosa- y sin escuchar al señor Ministro de Salud Pública, que es el responsable de todos estos temas. Hubiéramos pretendido que el señor Ministro, ejerciendo su responsabilidad política y las funciones y cometidos inherentes a su cargo, viniera a explicarnos el tema, a darnos números certeros acerca de cuál es el problema y a decirnos si esta es su solución.

Acá se ha dicho que esto se arregla en 120 días, pero ¿es efectivamente así? No olvidemos que se ha dicho que las retribuciones son bajas, que la gente no quiere trabajar por lo que se le paga en ASSE y que hay pocos anestesistas. Entonces, reitero: ¿esto se soluciona en 120 días? ¿No será que dentro de 120 días estaremos otra vez prorrogando la vigencia de la ley que se quiere votar hoy? Por lo menos nos podían haber concedido el mínimo derecho a escuchar al Ministro de Salud Pública que, como bien dijo el señor Senador Solari, cuando concurrió al Senado no habló de esta situación, sino que, por el contrario, defendió a muerte la regularidad y la eficiencia de ASSE, servicio descentralizado que atiende a 1:200.000 uruguayos y que se creó, precisamente, para que el Estado fuera un perfecto -o un muy buen- prestador de servicios de salud. Pero resulta que eso no era verdad; no era como lo pintó el señor Ministro, que no dijo nada sobre el tema que estamos tratando hoy. Recuerdo que habló de las mutualistas, de la Asociación Española, de los problemas que tenia y de lo bien que le parecía que se pusiera a Auxiliares de Enfermería a administrar hospitales; esto le parecía fenómeno, porque era muy democrático. Quiere decir que se refirió a muchos aspectos, pero no a este, del que debió haber hablado horas; de esto no dijo prácticamente nada. No pintó la situación que hoy nos convoca.

Escuché al señor Presidente de la República hablar de 4.000 retrasos, aunque hace solo un mes y medio se hablaba de 400. ¿Cuántos son en realidad? ¿Podemos nosotros votar responsablemente esta iniciativa sin saber a ciencia cierta dónde estamos parados y si esto representa alguna solución al problema? Sin duda esto no representa una solución de fondo; la transitoriedad ya está marcando que no se trate de un análisis en profundidad del tema.

En lo personal, no me parece responsable votar una iniciativa con esta ausencia de información y a esta velocidad de vértigo. Cabe preguntarse, dado que esta situación está planteada desde hace meses, si no podríamos tomarnos 24 horas a efectos de que el Ministro pueda concurrir, junto con los Directores de los diversos hospitales, a explicarnos cómo se arregla esta situación. ¿O tenemos que votar esto a toda máquina? ¿No podríamos convocar a una Sesión extraordinaria a estos efectos? En la Comisión de Salud Pública estamos hablando de una cantidad de temas y recibiendo delegaciones, pero no abordamos este asunto. Si era tan grave, ¿por qué no se hizo el planteamiento a las Comisiones de Salud Pública para que pudieran abordarlo en profundidad, con la responsabilidad y seriedad que esto requiere?

Hoy se nos quiere obligar a votar un proyecto, presentándonos una exposición de motivos de dos páginas y media en la que se invoca un artículo de la Constitución que no tiene nada que ver con esto. Sinceramente, quiero decir que yo tampoco lo voy a votar, porque considero que de esta forma no se resuelven los temas. Me parece poco responsable, poco serio que hoy nos estén obligando a votar esto sin darnos la mínima posibilidad de escuchar a los responsables en estos temas, que son el señor Ministro de Salud Pública y los integrantes del Directorio de ASSE. Seguramente, más que de estado de emergencia deberíamos estar hablando de una pobre y pésima gestión por parte de ASSE. El Ministro, cuando vino, dijo que había 400.000 uruguayos que no se atendían más por ASSE; que antes lo hacían 1:600.000 y ahora 1:200.000 -de aquí surgiría esa cifra de 400.000 personas menos-, y que hay más plata que antes para ese Organismo. Entonces, ¿qué pasó con el Fonasa? ¿Está fracasando? ¿Quiere decir que el sector público otra vez es el paria de la medicina nacional? ¿Cómo es esto? Y el Ministro no dice nada; cuando es convocado para hablar de ASSE -y este es un tema que está en la órbita de ASSE- no habla de la gravedad de este problema. Aquí lo “bancamos” doce horas hablando de mil temas, pero a este no se refirió.

Ahora nos piden que votemos el proyecto a toda máquina, a toda velocidad. Yo así no voto, porque por lo menos pretendo que se nos dé la posibilidad de analizar su constitucionalidad. Si hace meses que se viene dando esta situación, ¿por qué tenemos que votar esta iniciativa en media hora? Debemos tener la posibilidad de estudiar y escuchar a los responsables, porque no me convence esta exposición de motivos -me parece inconsistente-, que refiere a un tema tan grave y que obliga a algunos uruguayos a trabajar forzadamente. ¡Fíjense que en el Uruguay ni siquiera a los reclusos se los puede obligar a trabajar, y acá estamos obligando a los médicos! Claro que se les va a pagar, pero los reclusos también tienen un peculio.

Personalmente, me parece que este asunto es de una gravedad inusitada y no se le puede meter el bisturí de esta manera. Lo que estamos exigiendo es más respeto y poder estudiar el tema; y no hablo de un mes, sino simplemente de tener la posibilidad de escuchar a los responsables para contar con la información pertinente, que es lo menos que podemos hacer para limitar los derechos individuales de esta manera. De lo contrario, responsablemente no podemos acompañar esta iniciativa.

SEÑORA PINTOS.- ¿Me permite una interrupción, señor Senador?

SEÑOR MOREIRA.- Con mucho gusto.

SEÑOR PRESIDENTE.- Puede interrumpir la señora Senadora Pintos.

SEÑORA PINTOS.- Señor Presidente: esta última discusión me estimuló a pedir la interrupción a pesar de ser consciente que no tengo el tiempo de Legisladora necesario como para manejar todas las leyes que me permitan confrontar las expresiones que he escuchado; y tal vez ni siquiera para calificar esta exposición de motivos y esta ley que declara la urgencia. Pero sí puedo decir que tengo la calificación necesaria, como ser humano, como mujer, como madre de profesionales de la salud, para hacerlo. Mis tres hijos y mis nueras son profesionales de la salud y por lo que he escuchado aquí serían ciudadanos de categoría A. Estas son las razones que me estimularon a pedir la interrupción. Me parece -y por eso hice referencia a la expresión “ciudadanos de categoría A”- que no todos los Legisladores perciben la fragmentación creciente de nuestra sociedad; soy una simple maestra, aunque no tan simple en tanto la educación es uno de los aspectos más importantes en la sociedad, y estoy preocupada por esa fragmentación, creo que como todos.

Observé que cuando el señor Senador Agazzi leyó la exposición de motivos de este tema que nos presentan como urgente -que quizás esté mal, como indican todas las consideraciones realizadas por los señores Senadores-, parte de los ciudadanos que estaban observándonos por otros intereses, por sus propios intereses, por el tema de Metzen y Sena, por el artículo 40, no se retiraron de Sala. ¿Ustedes vieron lo que hicieron? Aplaudieron lo que leyó el señor Senador Agazzi, es decir, el tema que estamos considerando ahora. Esta es la preocupación que tienen los ciudadanos que pueden tener un pariente que se deba operar, un niño que se tiene que atender o un hijo que requiera un cirujano o un anestesista. Creo que la ciudadanía espera que nosotros, como Senadores y Senadoras de la República -y aun esta Senadora suplente- demos nuestro voto afirmativo para que este tema se solucione; después podremos llamar a todas las autoridades para que nos brinden los datos y todo lo necesario.

Tenía la obligación de hacer esta consideración porque de lo contrario me iba a ir con eso atragantado.

Muchas gracias.

SEÑOR PRESIDENTE.- Puede continuar el señor Senador Moreira.

SEÑOR MOREIRA.- Nuestra intención es que 1:200.000 usuarios de ASSE sean tratados como ciudadanos categoría A y los que deben encargarse de hacerlo, es decir, los responsables, son el Ministro de Salud Pública y el Directorio de ASSE. Es por esa razón que realizamos estos comentarios. Los temas no se resuelven así, al voleo, diciendo que se toma una medida heroica por la cual se obliga a los anestesistas y cirujanos a trabajar por imposición. Además, me preocupa mucho lo de aquellas categorizaciones terribles de A, B y C que mucho sufrimos, y me interesa la vigencia total e irrestricta del estado de Derecho. Las limitaciones a la libertad y a los derechos individuales son o pueden configurar violaciones al estado de Derecho.

SEÑOR GALLINAL.- ¿Me permite una interrupción, señor Senador?

SEÑOR MOREIRA.- Con mucho gusto.

SEÑOR PRESIDENTE.- Puede interrumpir el señor Senador Gallinal.

SEÑOR GALLINAL.- Señor Presidente: me parece que es un error pretender llevar la discusión -como en un principio lo hizo el señor Senador Rubio- al terreno de que el problema está en lo que resuelva esta Cámara de Senadores o el Parlamento. En realidad, el problema está en la administración de salud que lleva a cabo el Poder Ejecutivo a través del Ministerio de Salud Pública. El señor Senador Moreira dijo correctamente que el titular de esa Cartera estuvo en esta Sala un día entero y nunca habló de ningún tipo de emergencia. Aún pasando por alto esa circunstancia, si verdaderamente estamos frente a una situación de emergencia sanitaria de las características de las que se pretenden, él que tendría que haber venido hoy al Parlamento, por propia iniciativa, a golpear la puerta con el proyecto debajo del brazo para que le diéramos un instrumento de estas características, por respeto a su investidura, a su jerarquía, a su gestión y a los pacientes de ASSE, era el Ministro de Salud Pública. Sin embargo, se limitó a enviar un proyecto de ley por el que se pretende declarar una emergencia nacional cuya dimensión no conocemos. Además -y esto me parece tan importante como lo primero-, no solamente el Ministro debería estar aquí con el proyecto debajo del brazo, golpeando las puertas del Parlamento para pedir ser escuchado y demandar su aprobación, sino que, si es verdad que estamos en una situación de emergencia, previamente debió haber declarado la esencialidad del servicio dentro de su órbita -porque tiene las competencias para hacerlo- para, de esa manera, tratar de solucionar el problema que existe desde el día en que asumió, o que por lo menos desde hace 60 días aparentemente ha explotado.

Ahora bien, ¿vino el Ministro? ¿Golpeó la puerta? No, firmó un proyecto de ley que llegó por la vía administrativa como cualquier otro. ¿Declaró la esencialidad del servicio? Tampoco. ¿Hizo manifestaciones en la Comisión de Salud Pública o pidió ser recibido para expresarse sobre la gravedad del tema? En ningún momento lo hizo.

Entonces, ahora pretenden que nosotros pasemos por encima de la libertad y de los derechos de nuestros compatriotas, cuando el que está omiso y el que no ha cumplido con sus responsabilidades es el propio Poder Ejecutivo, a través del Ministro de Salud Pública. En realidad, de lo único que se ha preocupado últimamente el señor Ministro es de que le cierren los números y por eso anda corriendo atrás de proyectos que ahora están en la otra Cámara y que seguramente en las próximas horas vamos a estar tratando. Al respecto, ya se nos dijo ayer que la Comisión de Constitución y Legislación va a tener que analizar un proyecto de ley que está en la órbita de la Comisión de Salud Pública -que quieren aprobar antes de fin de año por un problema de financiación- y hace pocos días tuvimos que aprobar un proyecto de ley por el que se otorga un crédito fiscal a las mutualistas para que el aumento de la cuota mutual no conspire contra la inflación. Sin embargo, resulta que la prestación de los servicios de salud en dependencias de Salud Pública -tema principal, que es responsabilidad directa del Ministro, porque los otros son compartidos con el equipo económico- ha estado paralizada, acumulándose las operaciones sin que el Ministro haga absolutamente nada. No ha declarado la esencialidad ni ha llamado al orden al personal que le pertenece; menos hará lo que se pretende aquí a través del artículo 2º, que es que quede sometida a disposición del Ministro gente que no pertenece al Ministerio de Salud Pública. Si el Ministro es incapaz de mandar a los suyos, ¿vamos a darle la competencia para que mande a otros? Me parece que el señor Ministro debería tener un mínimo de respeto -no solo al Parlamento, sino a sí mismo- y aparecer en la puerta del Senado pidiendo que le permitan ingresar a Sala para explicar cada una de las preguntas que los señores Senadores quieran formular, de manera que podamos decidir si el Poder Ejecutivo merece las potestades extraordinarias que se están solicitando a través de este proyecto de ley. Además, debo decir que no creo que haya norma constitucional que la ampare, por mejor voluntad que se ponga.

Muchas gracias.

SEÑOR PRESIDENTE.- Puede continuar el señor Senador Moreira.

SEÑOR MOREIRA.-Lo que estaba afirmando el señor Senador Gallinal es fruto de la falta de información que tenemos hoy. No sabemos si hay anestesistas que no están yendo a trabajar, en cuyo caso una declaración de esencialidad podría resolver el problema. Como no lo sabemos, estamos tomando medidas sobre un tembladeral.

Como decía el señor Senador Gallinal, aparentemente el señor Ministro recién ahora se da por enterado de la perentoriedad y de la urgencia que tiene este problema. Parece que se olvidó de esta constatación cuando concurrió a esta Sala y estuvo 12 horas hablándonos sobre temas que nada tenían que ver con esto, de las bondades del Sistema Nacional Integrado de Salud y de lo bien que estaba funcionando el subsector público. Hoy vemos que es al revés, que está funcionando de manera horrible y que es necesario declarar la emergencia sanitaria, a pesar de que el señor Ministro no hizo la más mínima mención cuando estuvo acá.

Otra pregunta que cabe hacerse es la siguiente. Teniendo en cuenta que hoy también están sobresaturados todos los servicios en el sector mutual, ¿cómo va a repercutir esto en las mutualistas? ¿No se estarían afectando también los derechos de los socios de las mutualistas? Sabemos que en muchas de ellas las coordinaciones de cirugía o la posibilidad de ver especialistas llevan meses. Entonces, sin saber a ciencia cierta cuál es la situación y sin escuchar al sector fundamental, que son los prestadores privados de salud, cabe preguntarse si no estaremos afectando la eficiencia de su gestión.

Nadie nos explica nada y no tenemos ni un solo dato. Por tanto, en estas circunstancias me parece poco serio y responsable votar este proyecto y, como se dijo aquí, el señor Ministro tendría que concurrir hoy, mañana o pasado para referirse a un tema que lleva meses y años; no es de ayer. De esta manera yo no puedo votar esto.

Muchas gracias, señor Presidente.

SEÑOR FERNÁNDEZ HUIDOBRO.- Pido la palabra.

SEÑOR PRESIDENTE.-Tiene la palabra el señor Senador.

SEÑOR FERNÁNDEZ HUIDOBRO.- Señor Presidente: ¿quién mintió? ¿Nos está mintiendo el señor Ministro Olesker o lo está haciendo el señor Senador Solari? No quiero entrar en ese tema porque me parece que no corresponde y tampoco es de recibo acusar de esa manera en Sala un documento que viene de un Ministerio.

En este momento me parece importante dar lectura al artículo 719 del Presupuesto recién aprobado por el Senado, que dice: “La Comisión de Apoyo de la unidad ejecutora 068 “Administración de los Servicios de Salud del Estado” y la Comisión Honoraria del Patronato del Psicópata únicamente podrán realizar la contratación de personal asistencial y de apoyo en las siguientes situaciones:

A) En régimen de planes especiales temporales, altas por bajas en igual función, exclusivamente en casos especiales o contratación de suplentes.

A partir del 1º de enero del 2014 todos los suplentes serán contratados únicamente a través del rubro 0 “Retribuciones Personales”.

B) Contratación de personal a término por hasta ciento ochenta días para la ejecución de los planes especiales invierno, verano, o en el marco de programas asistenciales a término que se requiera implementar, no pudiendo ser renovados, a cuyos efectos se incrementa en $ 150.000.000 (ciento cincuenta millones de pesos uruguayos) el crédito correspondiente a la Comisión de Apoyo.

C) Ante situaciones de emergencia sanitaria declaradas por la autoridad sanitaria y por el período que dure la emergencia”. Aquí está lo que no aparecía por ningún lado; está recién votado, por lo que no hay que buscarlo en viejas leyes o en viejos códigos.

Luego el artículo continúa: “Facúltase al Ministerio de Economía y Finanzas a habilitar hasta $ 200.000.000 (doscientos millones de pesos uruguayos) en cada ejercicio, a efectos de solventar las erogaciones que demanden la emergencia sanitaria, incluidas las contrataciones autorizadas en el literal C) de la presente norma, con cargo a la autorización dispuesta por el artículo 41 de la Ley Nº 17.930, de 19 de diciembre de 2005”.

Por lo tanto está prevista la declaración de emergencia sanitaria en la legislación uruguaya, en el Presupuesto.

Por otro lado, creo que estamos ante una situación que no es nada sorprendente, repentina ni inesperada. No debe haber aquí ningún Senador o ninguna Senadora que ignore que este país tiene problemas con los anestesiólogos. Y esto no es de ahora, sino del Gobierno pasado, durante el cual hicieron una formidable huelga pero no se encontró solución, por lo que hubo que transar. No mezclemos los problemas. El problema de los anestesiólogos y su sindicato, gremio o corporación es viejísimo. El mismo señor Senador Solari ha dicho que ha tenido graves problemas con este tema. Entonces, ¿alguno de los que estamos acá precisa información sobre este tema y acerca de dónde está su origen?

Muchas veces he escrito sobre burocracia -esa es una gran manía que tengo después de viejo, y con la que me voy a morir-, y siempre aclaré que no es exclusivamente estatal ni mucho menos; eso es una falsedad y por suerte lo tengo documentado. En el Uruguay -no sé qué ocurre en otros lados- la burocracia también es privada y, al respecto, basta observar cualquier club de fútbol o mutualista para ver si están en manos de sus socios o no. En este caso, estamos ante una expresión formidable de una corporación burocrática, casi propia de la Edad Media, que es la de los anestesiólogos, que forma parte, a mi juicio, de la clase dominante de este país. El médico anestesiólogo que tuvo la desgracia, debido a una mala operación, de contribuir a la muerte del hermano del director técnico de Peñarol, ahora se está ofreciendo de voluntario -luego de cumplidos tres años de cárcel- a efectos de que le devuelvan la habilitación y para impedir que determinada persona, que dirige hoy ese gremio, siga endosándose US$ 30.000 por mes. Esto figura en la prensa de estos días. Todos sabemos que desde esas corporaciones burocráticas han provenido los principales compradores de tierras en nuestro país, mediante sociedades anónimas. Eso lo sabemos los que estamos hoy en esta Sala, especialmente los que integramos Legislaturas anteriores y tuvimos la oportunidad de presenciar hermosos debates al respecto de carácter estratégico. Ahora bien, ¿en qué se apoya esta corporación burocrática? En un sello de goma, como todos los burócratas. Por definición, el burócrata es aquel que usurpa un grado de poder sin mérito ni autoridad alguna. Existen autoridades intelectuales, morales, políticas, reconocidas a veces por los pueblos, otorgadas sanamente, sin necesidad de leyes. Pero hay otras autoridades que son fraudulentas, que se apoyan en un papel de astrasa, con un sello, que dice, por ejemplo, que en la Facultad de Medicina del Uruguay la enseñanza es gratuita. Eso es mentira, así como también es mentira que la enseñanza es universal y que no hay matrícula. En la Udelar sí hay matrículas, el problema es que las mismas son “bancadas” por estas corporaciones, que deciden cuántos oftalmólogos van a entrar o cuántos anestesiólogos va a haber en el país; es decir, definen las políticas del país en materia de salud. Estas corporaciones, bien medievales, hasta son secretas, porque no quieren transferir sus conocimientos y, además, dan lugar a todo tipo de acomodos para tíos, primos, hermanos o amigos; y por eso tienen 53 años de edad en promedio. Esto es lógico, pues no quieren largar la teta; y se van a morir prendidos de la teta. Y los vamos a tener que sacar en el cajón de Martinelli, en el que intentarán seguir chupando.

En definitiva, el problema surge de ahí y no de ningún conflicto sindical, ya que ellos no precisan hacer ninguno. Se rigen por la muy capitalista ley de la oferta y la demanda, pero no en un mercado capitalista, pues han construido un mercado administrado precapitalista. Hay demanda, pero no hay oferta, porque esta la manejan ellos, es decir, tienen el monopolio de la oferta -este tiene un nombre- y la demanda crece en los hospitales. Recordemos que se trata de una demanda muy especial, porque no es la compra de un saco, sino que está en juego la salud de la población. La gente está dispuesta a hacer cualquier sacrificio por la salud, ya sea la persona pobre o rica; se trata de una demanda muy poderosa. Imagínense los señores Senadores ser, por unos días, dueños de la oferta. De estos temas debemos hablar, pues nos tienen de rehenes a todos. No se trata de que vayamos a hacer trabajar a los presos ni a los anestesiólogos; ellos tienen en la mano la muerte forzosa -esto también es un artículo de la Constitución- y se la obligan forzadamente a la ciudadanía, también en los sanatorios privados, como ya se dijo. Es decir que los ricos también están en manos de esta gente y, al respecto, he tenido experiencias con amigos en la materia. A los ricos se les dice que tienen unas enfermedades terribles, se les hace 84 operaciones quirúrgicas, incluyendo viajes, etcétera; es decir que ni el rico se escapa de esto, porque de la burocracia no se escapa nadie.

SEÑOR SOLARI.- ¿Me permite una interrupción, señor Senador?

SEÑOR FERNÁNDEZ HUIDOBRO.- Con mucho gusto.

SEÑOR PRESIDENTE.- Puede interrumpir el señor Senador Solari.

SEÑOR SOLARI.- Debo decir que discrepo con el señor Senador -a quien le agradezco la interrupción-, en cuanto a que el cuerpo médico, en general, carece de principios y aplica sus conocimientos para explotar a los ricos. Ahora bien, comparto que las profesiones universitarias en todos los países del mundo detentan el monopolio del ejercicio de determinadas actividades; eso es absolutamente cierto. Pero ese monopolio es dado por el Estado y, por lo tanto, el Parlamento tiene el deber de regular su ejercicio. Yo he propuesto que regulemos el beneficio y el monopolio que le hemos otorgado a los anestesiólogos, de tal manera que se beneficie la población uruguaya y que no queden más reservados, exclusivamente a los anestesiólogos, aquellos actos que pueden ser brindados por otros profesionales de la salud. Me parece que esa solución, junto con forzar a la Facultad de Medicina a que aumente el cupo de ingreso para la formación de anestesiólogos, es mucho más racional que obligar a los pocos que hay -que dentro de 120 días seguirán siendo pocos, probablemente menos que los de hoy- a trabajar contra su voluntad, que es lo que propone este proyecto de ley.

Celebro la intervención del señor Senador Fernández Huidobro, pero la misma reafirma mi propuesta en cuanto a que la solución tiene que ver con evitar, reducir o regular los monopolios que por ley hemos dado, en este caso, a los anestesistas y, en otros, a otros profesionales universitarios.

Muchas gracias.

SEÑOR PRESIDENTE.- Puede continuar el señor Senador Fernández Huidobro.

SEÑOR FERNÁNDEZ HUIDOBRO.- Señor Presidente: quiero aclarar que yo jamás hablé de los médicos en general, pues ellos, en su enorme mayoría, son otras grandes víctimas de estas corporaciones, que son varias. Podemos recordar el conflicto que mantuvimos con los oftalmólogos cuando trajimos a los médicos cubanos. Hasta el momento, se han realizado 20.000 operaciones gratuitas de cataratas; sin embargo, en aquella instancia los oftalmólogos tuvieron cautiva a esa población humilde, sin ponerle las lentillas, por problemas de dinero. Estas personas sí que violaban los derechos humanos y esto quedó demostrado palmariamente.

Hace poco tiempo fui víctima de algo parecido en el CASMU, donde un profesional me dijo que podía optar por dos mecanismos para operarme de las cataratas: me describió uno de ellos y era tan sangriento como una película de Frankenstein, por lo que le dije que no me gustaba, y el otro era hermoso, porque solo se hacía un pequeño agujero y me iba caminando. Entonces, le pregunté cuál de ellos me cubría el CASMU y me respondió que el primero, pero que el segundo podía hacérmelo en una clínica que él tenía y que el costo era de US$ 2.000. Creí que ese costo era por los dos ojos, pero mi Secretario, que fue testigo de este diálogo, me confirmó que era por cada uno. ¿Saben por qué? Porque gano más de $ 23.000, soy Senador y no tengo derecho a que me atiendan los cubanos. ¡Estoy en sus garras! En definitiva, me pidieron un electrocardiograma y el cardiólogo, un médico común y corriente, me dijo: “caíste en manos de la mafia”. Efectivamente era así.

Estamos hablando de algo muy conocido y no precisamos que venga el Ministro de Salud Pública a explicarlo. Esto lo sabe todo el Uruguay y en cualquier lugar. Los que más saben de este tema son los médicos, que también son víctimas. ¡Claro que son monopolios! No hay burocracia sin monopolio. ¡Por favor! El burócrata tiende forzosamente al monopolio. Es una tendencia innata, si no se suicida. El monopolio comienza acá, como lo ha dicho el Senador. Es el Estado el que lo otorga, en mala hora, y tal vez no preparado para las cosas que después se dieron en el mundo. La Ley Nº 9.202 citada, es del año 1934, es decir, de la época de Hitler, de Mussolini y de Terra. El artículo 13 de dicha Ley dice: “Nadie podrá ejercer la profesión de médico cirujano” -es el lenguaje de aquel entonces que está hoy vigente-“, farmacéutico, odontólogo y obstétrico, sin inscribir previamente el título que lo habilite para ello, en las oficinas del Ministerio de Salud Pública”. En este país el problema, entonces, es de papeleo y acá comienza la tragedia. Porque, ¿quién habilita a los abogados? ¿La Facultad de Derecho? Creo que no. ¿Quién habilita a los escribanos? La Suprema Corte de Justicia y es esta la que también les puede sacar la habilitación. El ejercicio de la medicina en mi país, desde épocas inmemoriales, desde que alguien lo empezó a hacer -porque antes la podía ejercer cualquiera, hasta hace bien poco, ya que este es un país muy joven-, es habilitado por el poder político, o sea, por el Ministerio de Salud Pública y los partidos políticos; insisto en que el que lo habilita es el poder político y no las Facultades o la Universidad. Esta última entrega un documento certificando que determinada persona hizo determinados cursos. En nuestro país tenemos el grave problema que ya se planteó con los oftalmólogos. Así que si viene un médico del exterior no está habilitado. Acá se dio esa paradoja. Incluso, en Ingeniería -la del Parque Rodó, porque ahora hay otras-, si venía Einstein no podía ejercer la profesión. Esto pasa en todas las profesiones, en casi todas. En este mundo en que vivimos, hay muchos cursos en Universidades a distancia, hay Universidades privadas, hay Universidades en el Mercosur, las distancias se han acortado y la muchachada no solo emigra para ir a trabajar, sino para estudiar en otros lados, pero acá el monopolio, o sea el papelito que permite hacer todos estos disparates con la sociedad, con el sello, es legal y está conferido por el Estado para la actividad pública y privada. Eso es lo que hay que revisar a fondo; hay que cortarlo al ras y habilitar que la oferta también pueda presentarse ante la brutal demanda, si no quedamos prisioneros de varias de estas corporaciones. El Presidente de la República ya lo ha declarado y ha dicho que está pensando en que quizás se traigan algunos anestesiólogos de Argentina, Chile, Brasil, Cuba o cualquier lado -médicos sin fronteras-, porque estamos ante un problema de emergencia: ¡no nos quieren atender! ¿Nos vamos a quedar sentados esperando a ver cuándo los señores se dignan a atendernos y se dignan a abrir el espacio para que los muchachos puedan ser anestesiólogos? Sí, de acá lo van a abrir. Para eso se va a precisar plata y acá están los recursos previstos para librar esa batalla. Después habrá que dar la otra batalla, con la que estoy de acuerdo. Además, como bien dijo el señor Senador Solari, ¿quién inventó que los sedantes los tenía que poner un anestesiólogo? Lo inventó un anestesiólogo, así tenía trabajo. Seguro, en ningún país del mundo -como bien se ha dicho aquí- existe eso y fue inventado por un burócrata -¡por favor!-, como tantos que tenemos que, sin pasar por su escritorio, donde tienen nada más que un sello de goma como todo capital de riesgo, es dueño de vidas y hacienda. En este país eso lo podemos observar en muchísimos lados.

Gracias, señor Presidente.

SEÑOR PRESIDENTE.- Comunico a los señores Senadores que ya son las 18 horas y 26 minutos.

Tiene la palabra el señor Senador Bartesaghi.

SEÑOR BARTESAGHI.- Muy brevemente, por las razones expuestas por el señor Presidente y las que me corresponden en calidad de Senador suplente, me veo en la obligación ética e imprescindible de manifestar que no puedo acompañar este proyecto de ley. Lo hago compartiendo plenamente, sin limitación ninguna, la preocupación manifiesta de este proyecto en cuanto declara ese estado de emergencia sanitaria, más allá de la juridicidad o no del término. La realidad la conozco y la comparto. La importancia del tema también la comparto y la preocupación por resolverlo me es tan propia como a cualquiera de los señores Senadores. Pero -siempre lo hay-, además de las múltiples razones formales que se han expuesto aquí por el señor Senador Penadés y varios integrantes del Cuerpo, especialmente la mencionada por el señor Senador Bordaberry relativa a temas constitucionales, por otras razones me permito concluir -y disculpen los señores Senadores, pero es sin otro mérito académico que el que corresponde a mi sencilla calidad de abogado con 47 años de ejercicio- que estamos ante una manifiesta inconstitucionalidad, y no se me puede pedir que acompañe este proyecto. He prometido lo contrario hace muy poco tiempo en esta Sala y el honor me obliga a obrar así. Quiero dar un paso más que el señor Senador Moreira y digo que para mí esto es manifiestamente inconstitucional, porque importa una violación de la libertad individual, una limitación a la misma, sin que se haya ocurrido a los mecanismos constitucionales que permiten la limitación de este derecho. Pero no es lo único grave. Sí, esto es lo más grave y aunque resulta harto suficiente para justificar mi voto negativo, debo agregar algo más: creo que es un pésimo proyecto de ley, por cuanto técnicamente no opera como una solución al problema que quiere resolver. Reitero que considero que es muy malo.

Por otro lado, quiero quitarle toda connotación política. Créanme que conozco esto y alguna actividad he tenido con cierto corporativismo sobre el que recientemente se ha dicho algo. Pero cuidado, digo esto sin imputaciones y tomando la esencia que es la existencia de corporativismos médicos y de otro tipo que, de alguna manera, enturbian ese derecho elemental a la salud por la que todos velamos. Tampoco admito que se nos aplique como argumento para el voto afirmativo lo que entiendo es una falsa oposición de sentimientos. Conozco, al igual que los señores Senadores, toda la problemática que hay detrás de este sector de la medicina que hoy nos trae a consideración esta situación de emergencia. Conozco las angustias -créanme, las vivo-, pero esto no se puede resolver por la vía que aquí se pretende, porque argumentos muy sencillos y simples como los expuestos por el señor Senador Solari indican que a nadie se puede obligar a trabajar, más aún en temas de extrema especialidad como este, contra su voluntad. No quisiera ser paciente de este anestesista que va a trabajar obligado por las circunstancias. Eso no va a funcionar. Es un mal sistema.

Comprendo la preocupación del Poder Ejecutivo -que es la misma que la nuestra- por resolver un tema grave, pero esta no es la vía. No podemos ingresar a este proceso de violación de derechos constitucionales porque, como acá se ha dicho en forma reiterada, no se sabe dónde termina. Existe una sola vez para no violar los derechos, y es la primera, porque si no, el límite es tortuoso y queda sujeto a diferentes interpretaciones.

Es poco lo que puedo aportar, pero quiero señalar a la Bancada de Gobierno que el Partido Nacional -y me parece que estoy interpretando el sentir de todos- está dispuesto a colaborar con la búsqueda de soluciones para este tema que estamos llamando emergencia sanitaria nacional, fuera de toda calificación jurídica.

SEÑOR PASQUET.- ¿Me permite una interrupción, señor Senador?

SEÑOR BARTESAGHI.- Con mucho gusto.

SEÑOR PRESIDENTE.- Puede interrumpir el señor Senador.

SEÑOR PASQUET.- Señor Presidente: lamento profundamente tener que pedir una interrupción al señor Senador Bartesaghi y le agradezco que me la haya concedido, porque no voy a tener otra oportunidad para expresarme. Quiero decir que me siento profundamente violentado porque vamos a tener que votar un proyecto de ley que pone en juego cuestiones muy importantes y no podemos exponer las razones a favor y en contra que podamos tener acerca de él. Desde las primeras horas de la mañana estamos votando contra reloj -a tambor batiente, tal como aquí se ha dicho- distintos proyectos de ley, como el de la modificación de la Carta Orgánica del Banco de la República, el de la autorización para la permanencia de un contingente militar en Haití, y ahora este. Este es el modus operandi que se nos ha impuesto. Entonces no tengo más remedio que opinar por la vía de la interrupción.

Tendría muchas cosas para decir desde todo punto de vista, desde el procedimiento hasta la cuestión de fondo y, en este último caso, habría que distinguir entre hechos y derechos. En cuanto al procedimiento, ya me expedí. Me parece lamentable, una pésima manera de llevar adelante el trabajo parlamentario. Con respecto al fondo, a los hechos, me sumo a quienes piensan que debió haber concurrido el señor Ministro. Hace unos meses aprobamos la Ley de Emergencia Carcelaria y el señor Presidente de la República se tomó el trabajo de venir y hablar con los coordinadores de Bancada para exponerles los hechos en razón de los cuales solicitaba que el Parlamento aprobara dicha ley. Luego de esa concurrencia, se constituyó un grupo de trabajo con representación de todos los partidos políticos, se elaboró un proyecto de ley que fue estudiado por las Comisiones de ambas Cámaras y recién entonces se votó, con el apoyo de todos, la Ley de Emergencia Carcelaria. ¡Cuánto han cambiado las cosas desde entonces hasta este momento! Ahora tenemos que votar un proyecto de ley sin la presencia del señor Ministro, con cuestiones de hecho pendientes, tal como señaló el señor Senador Solari, y no sé quién tiene razón, si los informantes del señor Senador o la argumentación de la exposición de motivos, por lo que sería bueno que el señor Ministro de Salud Pública aclarara cómo son las cosas. Eso es lo menos que podemos pedir. Sin embargo, se nos dice que hay una situación de emergencia sanitaria, y todos sabemos que, haya o no emergencia, lo que existe es una situación de alarma social. La gente está alarmada, lo vemos a diario en los informativos, y el Gobierno y el sistema político no pueden permanecer impasibles frente a ello. Las instituciones tienen que responder y este proyecto de ley procura hacerlo no imponiendo una determinada solución, sino facultando al Poder Ejecutivo -que es distinto- para que actúe. ¿Se puede hacer esto? No tengo dudas acerca de la constitucionalidad del proyecto de ley, aunque admito que el tema es polémico y puedo estar equivocado, pero comparto las razones constitucionales que expuso hace un momento el señor Senador Bordaberry, no así las que contiene el Mensaje del Poder Ejecutivo.

Si toda persona tiene derecho a ser protegida en el goce de su vida, honor, libertad, seguridad, trabajo y propiedad -por el artículo 7º de la Constitución de la República-; si el Estado tiene la obligación correlativa a ese derecho de protección en el goce de los derechos fundamentales; si el elenco de derechos y deberes enunciados en la Constitución no obsta para que se reconozca otros que derivan de la personalidad humana o de la forma republicana de gobierno; si toda persona tiene el deber de utilizar sus energías mentales y corporales en beneficio de la comunidad (artículo 53) y si, además, la Constitución hace una aplicación puntual de todos estos conceptos en su artículo 35 -allí se expresa que nadie será obligado a prestar auxilios, sean de la clase que fueren, para los ejércitos, ni a franquear su casa para alojamiento de militares, sino de orden del magistrado civil según la ley, y recibirá de la República la indemnización del perjuicio que en tales casos se le infiera- creo que aquí están todos los elementos -que no puedo desarrollar ahora porque se termina el tiempo de la interrupción que me concedieron- para una construcción respetuosa de las normas constitucionales que en función de una interpretación lógica y sistemática de ellas, diga que a través de la ley -instrumento irreprochable cuando de regular el ejercicio de los derechos individuales se trata- es posible requerir una colaboración extraordinaria para el bien común o para enfrentar una situación de emergencia por un tiempo determinado -la temporalidad me parece algo absolutamente indispensable- y sin perjuicio de la correspondiente indemnización. Considero que con todas estas condiciones es posible votar un instrumento que da al Poder Ejecutivo la facultad de emplearlo, pero para saber cómo tiene que hacerlo sería indispensable escuchar al señor Ministro para enterarnos bien de la situación. Eso es de lo que no disponemos porque, en cuestión de horas, debemos resolver un asunto que tiene alarmada a la población. Tenemos toda la voluntad del mundo para considerarlo mañana, pasado mañana o cuando sea necesario, pero se nos está diciendo que hay que votarlo en el día de hoy antes de las 19 porque a esa hora se reúne la Asamblea General para cerrar el Período Parlamentario.

Muchas gracias al señor Senador Bartesaghi por la interrupción que me concedió.

SEÑOR PRESIDENTE.- Puede continuar el señor Senador Bartesaghi.

SEÑOR BARTESAGHI.- Seguramente no haya mayores diferencias entre los conceptos vertidos por el señor Senador Pasquet y los que expresé antes de concederle la interrupción, con excepción de la inconstitucionalidad. No obstante ello, considero que no es momento de profundizar en ese tema.

A mi juicio -reitero lo que dije-, estamos frente a un pronunciamiento inconstitucional que no puedo acompañar. También expresé que esto no sirve y no resuelve el problema. No voy a extender mi argumentación por las razones que ya di, pero es obvio que esta situación no se resuelve de esta manera. Tenemos la obligación de buscar soluciones alternativas; yo no las tengo, pero estoy dispuesto a colaborar de la forma que sea para encontrarlas. De todos modos, considero que no deberíamos insertarnos en un proceso que colide con elementales normas y principios en los que no puedo ceder.

SEÑOR PRESIDENTE.- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar en general el proyecto de ley.

(Se vota:)

-23 en 27. Afirmativa.

En discusión particular.

Léase el artículo 1º.

(Se lee:)

SEÑOR SECRETARIO (Hugo Rodríguez Filippini).- “Artículo 1º.- Declárase en estado de emergencia sanitaria la asistencia anestésico-quirúrgica de la población usuaria de los servicios de salud del sector público, en todo el territorio nacional.”

SEÑOR PRESIDENTE.- En consideración.

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota:)

-23 en 28. Afirmativa.

SEÑOR AGAZZI.- Solicito que se suprima la lectura de los artículos que restan.

SEÑOR PRESIDENTE.- Se va a votar la solicitud formulada.

-26 en 28. Afirmativa.

(Se vota:)

En consideración el artículo 2º.

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota:)

-22 en 28. Afirmativa.

En consideración el artículo 3º.

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota:)

-23 en 28. Afirmativa.

En consideración el artículo 4º.

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota:)

-23 en 28. Afirmativa.

Ha quedado aprobado el proyecto de ley, que se comunicará a la Cámara de Representantes.

(No se publica el texto del proyecto de ley aprobado por ser igual al considerado.)

SEÑOR AGAZZI.- Pido la palabra para fundar el voto.

SEÑOR PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor Senador.

SEÑOR AGAZZI.- Señor Presidente: como fundamento de voto, quiero decir que teniendo en cuenta la discusión que se dio en el Senado, hicimos todos los esfuerzos posibles para contactarnos con el señor Ministro de Salud Pública a los efectos de que pueda concurrir a la Sesión de la Cámara de Representantes en la que se va a considerar este proyecto de ley. De ese modo, se va a poder contar con la información que hoy -quizás hasta por nuestra falta de previsión- no tuvimos en Sala en el momento de la discusión.

30) CUESTIÓN DE ORDEN SOBRE LA INTEGRACIÓN DEL CUERPO

SEÑOR HEBER.- Pido la palabra para una cuestión de orden.

SEÑOR PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor Senador.

SEÑOR HEBER.- Señor Presidente: en el poco tiempo que nos queda quiero plantear un tema que hace días me preocupa y tiene que ver con la integración del Cuerpo. En función del artículo 69 del Reglamento del Senado, voy a formular una moción para que en estos veinte minutos que nos quedan de Sesión, podamos discutir ese tema que tiene directa relación con concesiones que el Estado ha dado a un Senador de la República, en este caso, al señor Senador Fonticiella.

31) MISIÓN DE LA ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS EN LA REPÚBLICA DE HAITÍ

SEÑOR PRESIDENTE.- Antes de eso, habría que considerar la urgencia del asunto que fue planteado oportunamente y repartido. Por otra parte, el Cuerpo debe pronunciarse sobre la moción de orden que ha formulado el señor Senador Heber, ya que eso no depende de la Mesa.

Si todos están de acuerdo, vamos a pronunciarnos rápidamente sobre la consideración urgente del proyecto que ya ha sido repartido, por el cual me pide la palabra el señor Senador Saravia y que tiene que ver con la extensión o la prórroga de un plazo para la permanencia de nuestras Fuerzas Armadas en Haití.

SEÑOR SARAVIA.- Pido la palabra.

SEÑOR PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor Senador.

SEÑOR SARAVIA.- Voy a tratar de ser breve a fin de que quede tiempo para tratar el tema planteado por el señor Senador Heber.

Este asunto es bien conocido por todos en este Cuerpo porque se trata de la prórroga de la habilitación para la permanencia de nuestras tropas en la misión MINUSTAH, en Haití. Como todos sabemos, la República hermana de Haití desde hace varios años está viviendo un proceso de restauración de la paz, de la democracia y de la seguridad interna. A raíz de los hechos que se suscitaron el 12 de enero de este año como consecuencia del terremoto, se ha generado una situación realmente dramática, de emergencia sanitaria y humana que hace necesaria la ampliación de la misión de paz. Por esa razón el Consejo de Seguridad de Naciones Unidas, de acuerdo con la Resolución Nº 1.944 aprobada en la 6.399ª Sesión, celebrada el 14 de octubre de este año, dispuso prorrogar el mandato de MINUSTAH hasta el 15 de octubre de 2011, con la intención de renovarlo, período a período, en forma sucesiva. Nuestro Gobierno, amparado en el numeral 12 del artículo 85 de la Constitución de la República, envió al Cuerpo la solicitud para que se autorice la permanencia de nuestro contingente militar en ese país, en una misión que compartimos con otras naciones hasta el 31 de diciembre de 2011. Esta iniciativa tiene un artículo único que vamos a solicitar se lea por Secretaría.

Quiero dejar constancia de que, ante el requerimiento de algunos señores Senadores -este es un tema que luego deberemos conversar en el seno de la Comisión de Defensa Nacional-, el señor Ministro durante su comparecencia el día lunes en la Comisión del Senado dejó una carpeta en respuesta a una solicitud que formulé, que contiene toda la información vinculada con la situación de las tropas, fundamentalmente como consecuencia de la epidemia de cólera y la emergencia sanitaria que esta ha provocado. Ese material ya ha sido repartido para que esté a disposición de los señores Senadores que integran la Comisión de Defensa Nacional.

SEÑOR PRESIDENTE.- Vamos a tomar esta intervención del señor Senador Saravia como un fundamento para votar la urgencia de este proyecto.

Se va a votar si se declara urgente la consideración de este proyecto.

(Se vota:)

-26 en 28. Afirmativa.

En consecuencia, se pasa a considerar el asunto cuya urgencia fue votada: “Proyecto de ley por el que se prorroga el plazo de permanencia de efectivos de las Fuerzas Armadas en la Misión de la Organización de las Naciones Unidas en la República de Haití (MINUSTAH)”.

(Antecedentes:)

“PODER EJECUTIVO

Ministerio de Defensa Nacional
Ministerio del Interior
Ministerio de Relaciones Exteriores

Montevideo, 7 de diciembre de 2010.

Señor Presidente de la Asamblea General

Contador Danilo Astori

El Poder Ejecutivo cumple en remitir el presente proyecto de ley, a efectos de que ese Cuerpo conceda la autorización establecida en el numeral 12 del artículo 85 de la Constitución de la República, a fin de que se prorrogue el plazo de permanencia de los efectivos pertenecientes a nuestras Fuerzas Armadas en la Misión de la Organización de las Naciones Unidas en la República de Haití (MINUSTAH).

La participación en la referida Misión se enmarca en la contribución con Contingentes para el Mantenimiento de la Paz de la Organización de las Naciones Unidas en dicha República, que fuera autorizada por las Leyes Nos. 17.785, de 22 de junio de 2004, 17.860, de 28 de diciembre de 2004, 17.926, de 15 de diciembre de 2005, 17.992, de 20 de julio de 2006, 18.163, de 29 de julio de 2007, 18.225, de 22 de diciembre de 2007, 18.443, de 24 de diciembre de 2008 y 18.655, de 9 de abril de 2010.

Por la norma legal mencionada en último término, se autorizó la permanencia de los efectivos nacionales en la referida Misión de Mantenimiento de la Paz hasta el 31 de diciembre de 2010.

Atento a la preclusión del plazo, se solicita la extensión del mismo, acorde a lo establecido por la Resolución 1944 del Consejo de Seguridad de la Organización de las Naciones Unidas, aprobada en su 6.399a. Sesión, celebrada el 14 de octubre de 2010, que dispuso la prórroga del mandato de la MINUSTAH hasta el 15 de octubre de 2011 y la intención de renovarlo por períodos sucesivos.

El Consejo de Seguridad de la Organización de las Naciones Unidas ha reafirmado su compromiso con la soberanía, la independencia, la integridad territorial y la unidad de Haití.

La República de Haití ha avanzado hacia la estabilización en estos últimos años, a pesar de la gran devastación que ha sufrido a raíz del terremoto de 12 de enero de 2010, situación que ha creado nuevos obstáculos así como nuevas oportunidades, reconociéndose los mismos se destaca por parte de Naciones Unidas la necesidad de que la Misión de Estabilización (MINUSTAH) siga centrando su labor en asegurar la seguridad y estabilidad de Haití, en particular en el contexto de las próximas elecciones presidenciales y legislativas. Es fundamental avanzar en la recuperación y reconstrucción de Haití para lograr una estabilidad duradera, para lo cual la seguridad debe ir acompañada del desarrollo económico y social.

Considerando que el esfuerzo hasta ahora realizado no es suficiente dado que la situación imperante en Haití sigue constituyendo una amenaza para la paz y la seguridad internacionales en la región, amerita la continuidad de la MINUSTAH manteniendo la asistencia al Gobierno de Haití para asegurar un entorno seguro y estable.

Los contingentes compatriotas han venido desarrollando una relevante labor como integrantes de la MINUSTAH, en especial como consecuencia de la trágica situación provocada por el mencionado terremoto, agravando la situación de emergencia humanitaria que arrastraba dicho país.

Por los fundamentos anteriormente expuestos se solicita la atención de ese Cuerpo al proyecto de ley que se acompaña, cuya aprobación se encarece.

Saluda a usted atentamente

JOSÉ MUJICA, Presidente de la República; Luis Rosadilla, Daniel Olesker, Eduardo Bonomi.

Proyecto de Ley

Artículo Único.- Prorrógase hasta el 31 de diciembre de 2011, la permanencia fuera del país del Contingente Militar desplegado en la República de Haití, autorizado por las Leyes Nos. 17.785, de 22 de junio de 2004, 17.860, de 28 de diciembre de 2004, 17.926, de 15 de diciembre de 2005, 17.992, de 20 de julio de 2006, 18.163, de 29 de julio de 2007, 18.225, de 22 de diciembre de 2007, 18.443 de 24 de diciembre de 2008 y 18.655, de 9 de abril de 2010.

Luis Rosadilla, Daniel Olesker, Eduardo Bonomi.

SEÑOR PRESIDENTE.- Léase el proyecto.

(Se lee.)

-En discusión general.

Habiendo sido ya informado por el señor Senador Saravia, si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota:)

-24 en 28. Afirmativa.

En discusión particular.

Léase el artículo único del proyecto de ley.

(Se lee:)

SEÑOR SECRETARIO (Hugo Rodríguez Filippini).- “Artículo Único.- Prorrógase hasta el 31 de diciembre de 2011, la permanencia fuera del País del Contingente Militar desplegado en la República de Haití, autorizado por las Leyes 17.785 de 22 de junio de 2004, 17.860 de 28 de diciembre de 2004, 17.926 de 15 de diciembre de 2005, 17.992 de 20 de julio de 2006, 18.163 de 29 de julio de 2007, 18.225 de 22 de diciembre de 2007, 18.443, de 24 de diciembre de 2008 y 18.655 de 9 de abril de 2010.”

SEÑOR PRESIDENTE.- En consideración.

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota:)

-26 en 29. Afirmativa.

Queda aprobado el proyecto de ley, que se comunicará a la Cámara de Representantes.

(No se publica el texto del proyecto de ley aprobado por ser igual al considerado.)

32) CUESTIÓN DE ORDEN SOBRE LA INTEGRACIÓN DEL CUERPO

SEÑOR PRESIDENTE.- El señor Senador Heber había planteado una cuestión de orden que, sinceramente, a la Mesa no le quedó claro qué naturaleza tiene. De acuerdo con el artículo 69 del Reglamento del Senado, son cuestiones de orden que admiten discusión: la integración del Senado, las licencias, la aplicación u observancia del Reglamento, la suspensión o aplazamiento del debate o el pase a Comisión del asunto que se considere, el pase a Sesión secreta o a Comisión General, declarar libre la discusión, las referentes al Orden del Día y la asistencia de los Ministros de Estado. No sé en qué categoría podemos articular la propuesta del señor Senador Heber.

Tiene la palabra el señor Senador.

SEÑOR HEBER.- Cuando propuse el tema hice una moción de orden sobre la integración del Cuerpo, lo cual está contemplado en el artículo 69 como moción de orden. Me interesaría explicar de qué se trata el asunto que he planteado.

SEÑOR PRESIDENTE.- El señor Senador Heber dispone de cinco minutos para dar su explicación.

SEÑOR HEBER.- Señor Presidente: tengo por costumbre ser leal en la discusión y debo decir que he tenido conocimiento, porque ha sido publicada el 8 de diciembre, la Resolución del Poder Ejecutivo en virtud de la cual un Senador de la República ha sido agraciado con la decisión de dicho Poder por la que se le otorga una radio. Los artículos 122 y 124 no son claros, a mi juicio, con respecto al tema de las concesiones de onda. De acuerdo con la interpretación de estos artículos, el señor Senador no puede ocupar una Banca y, al mismo tiempo, tener una radio, sobre todo teniendo en cuenta que se le otorgó mientras ejercía su representación popular. El artículo 122 de la Constitución dice que los Senadores y los Representantes, después de incorporados a sus respectivas Cámaras, no podrán recibir empleo rentado de los Poder del Estado, de los Gobiernos Departamentales, de los Entes Autónomos y Servicios Descentralizados o de cualquier otro órgano público, ni prestar servicios retribuidos por ellos en cualquier forma sin consentimiento de la Cámara a que pertenezcan, quedando en todos los casos vacantes sus representaciones en el acto de recibir el empleo o de prestar el servicio. De todas maneras, más allá de lo que establece este artículo, creo que habría sido conveniente que al haber aceptado esa concesión del Poder Ejecutivo el señor Senador, los demás integrantes del Cuerpo no nos hubiéramos enterado de ese hecho a través de la prensa. En realidad, pensamos que lo correcto habría sido que el señor Senador, en una Sesión de este Cuerpo, nos hubiera dicho que con un socio, en el mes de enero, se había presentado para tener una radio en su carácter de Senador. Tendría que haberlo comunicado para que no hubiera ningún tipo de interpretación en el Senado ni sorpresas, porque estas son las que hoy me llevan a plantear el tema en esta Sala.

En el artículo 124 de la Constitución de la República, se dice: “Los Senadores y los Representantes tampoco podrán durante su mandato: 1º) Intervenir como directores, administradores o empleados en empresas que contraten obras o suministros con el Estado”. El concepto de “suministros” es bastante laxo como para establecer con claridad si esto alcanza o no los servicios de comunicación. En su numeral 2º), se establece: “Tramitar o dirigir asuntos de terceros ante la Administración Central”. Si existe este vacío legal, me parece importante corregirlo. Como Senadores, no podemos tramitar asuntos de terceros, porque está expresamente prohibido por la Constitución de la República, ¿pero sí podemos hacerlo para nosotros mismos? ¿Qué buscó el constituyente con esto? Que no se utilizaran las influencias para obtener un privilegio. En función de cómo se han hecho estas transferencias de titularidad -solamente se hicieron tres en este año-, podemos decir que una de ellas es la de un señor Senador que se realizó en tiempo récord. El trámite en la Ursec y la aprobación del Poder Ejecutivo lleva más de dos años. Sin embargo, en este caso, en el mes de enero se presentó alguien que era candidato a la Intendencia del Departamento de Salto, y que ahora es Senador, y antes de un año obtuvo un privilegio que no ha tenido ningún uruguayo. No es posible que antes de un año se realicen la compra de una radio y el trámite de la transferencia.

En función del espíritu del constituyente y del trámite que se establece para la realización de la transferencia, no me caben dudas de que en este caso hubo influencias por su carácter de Senador. No digo las cosas por el diario, sino que lo hago de frente para que se pueda discutir. Por lo tanto, digo que el señor Senador renuncia a su Banca o a la radio, porque no puede tener ambas cosas.

Ese es mi planteo y hago moción para que se discuta el asunto, a pesar de que el Senado no dispone de mucho tiempo para hacerlo.

SEÑOR PRESIDENTE.- La Mesa recuerda que el Senado prácticamente no dispone de tiempo para discutir el tema, pero ofrece la palabra a quien la solicite.

SEÑOR AGAZZI.- Pido la palabra.

SEÑOR PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor Senador.

SEÑOR AGAZZI.- Señor Presidente: cabe puntualizar que el Cuerpo había acordado levantar la Sesión a la hora 18 y 45.

Se ha planteado un tema que no es breve y que seguramente dará lugar a una discusión más extensa. Por lo tanto, formulo moción para que se levante la Sesión y que luego el Senado vea cómo tratará este tema.

Nada más. Muchas gracias.

SEÑOR PRESIDENTE.- La Mesa recuerda que es una moción que no admite discusión.

Se va a votar la moción formulada por el señor Senador Agazzi.

(Se vota:)

-17 en 28. Afirmativa.

SEÑOR GALLINAL.- Pido la palabra para una aclaración.

SEÑOR PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor Senador.

SEÑOR GALLINAL.- Señor Presidente: me parece que no corresponde dejar pendiente el tema sin darle un trámite. Además, si la persona involucrada pide la palabra, tiene todo el derecho de hablar sobre el tema. Por lo tanto, sugiero que sea derivado a la Comisión Permanente o a una de las Comisiones del Cuerpo, salvo que se convoque nuevamente al Senado y, como ha dicho el señor Senador Lacalle Herrera, se incluya en el Orden del Día de la próxima Sesión.

SEÑOR FONTICIELLA.- Pido la palabra.

SEÑOR PRESIDENTE.- La Mesa iba a hacer esa sugerencia.

De cualquier manera, recuerda que habrá una reunión de coordinadores de Bancada, en la que se van a considerar temas presupuestales, pero también los que están pendientes sobre el Orden del Día y el ordenamiento de las Sesiones del Senado. En esa instancia, se podría definir concretamente cómo se va a seguir tratando este tema.

Tiene la palabra el señor Senador Fonticiella.

SEÑOR FONTICIELLA.- Señor Presidente: he votado afirmativamente la propuesta de nuestro coordinador de Bancada, a los efectos de no generar un problema más al Senado, en base al planteo realizado por un señor Senador. Rechazo los elementos que él ha expuesto, pero por disciplina partidaria y por abonar el trabajo del Senado permaneceré en silencio, lo que no significa que no tenga verdades que rebatan las frágiles argumentaciones del señor Senador.

Nada más. Muchas gracias.

33) LEVANTAMIENTO DE LA SESIÓN

SEÑOR PRESIDENTE.- No habiendo más asuntos a considerar, se levanta la Sesión.

(Así se hace, a la hora 18 y 55 minutos, presidiendo el señor Danilo Astori y estando presentes los señores Senadores Abreu, Agazzi, Amorín, Baráibar, Bartesaghi, Bordaberry, Couriel, Da Rosa, Dalmás, Fernández Huidobro, Fonticiella, Gallicchio, Gallinal, Heber, Lacalle Herrera, Moreira (Carlos), Moreira (Constanza), Morodo, Nin Novoa, Pasquet, Penadés, Pintos, Rubio, Solari, Tajam, Topolansky y Xavier.)

DANILO ASTORI Presidente

Hugo Rodríguez Filippini Secretario

Gustavo Sánchez Piñeiro Secretario

Walter Alex Cofone Director General

Sergio Pereira Director del Cuerpo de Taquígrafos

Linea del pie de página
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.