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N.º 18 - TOMO 565 - 7 DE JUNIO DE 2017

REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY

DIARIO DE SESIONES

DE LA

CÁMARA DE SENADORES

TERCER PERÍODO DE LA XLVIII LEGISLATURA

18.ª SESIÓN ORDINARIA

PRESIDEN LA SEÑORA LUCÍA TOPOLANSKY Presidenta en ejercicio

y

LA SEÑORA MÓNICA XAVIER Primera vicepresidenta

ACTÚAN EN SECRETARÍA: LOS TITULARES, JOSÉ PEDRO MONTERO Y HEBERT PAGUAS, Y LA PROSECRETARIA SILVANA CHARLONE

SUMARIO

1) Texto de la citación

2) Asistencia

3) Asuntos entrados

4) Pedidos de informes

– La señora senadora Aviaga solicita se curse un pedido de informes con destino al Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, relacionado con la concesión de permisos de pesca a empresas pesqueras de origen chino en las proximidades del balneario La Paloma, departamento de Rocha.

 – El señor senador Camy solicita se curse un pedido de informes con destino al Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca y a la Dirección Nacional de Recursos Acuáticos, relacionado con la concesión de permisos de pesca a embarcaciones de pesca artesanal.

• Oportunamente fueron tramitados.

5) Exposiciones escritas

– El señor senador Camy solicita se cursen las siguientes exposiciones escritas:

• con destino al Consejo Directivo Central de la Administración Nacional de Educación Pública y al Consejo de Educación Inicial y Primaria, relacionada con la situación de la escuela pública n.º 88 Domingo Faustino Sarmiento, ubicada en Villa Rives, Ciudad del Plata, departamento de San José;

• con destino al Consejo Directivo Central de la Administración Nacional de Educación Pública y al Consejo de Educación Inicial y Primaria, relacionada con la situación de la escuela pública n.º 89 Juana de Ibarbourou, ubicada en el fraccionamiento San Fernando, en Ciudad del Plata, departamento de San José.

• Se procederá de conformidad.

6) Inasistencias anteriores

– Por secretaría se da cuenta de que no se registraron inasistencias en la anterior convocatoria.

7), 18) y 22) Solicitudes de licencia e integración del Cuerpo

– El Senado concede las licencias solicitadas por los señores senadores Besozzi, Cardoso y Alonso.

– Quedan convocados los señores senadores Gandini, Saravia y Peña.

8) Día del Medio Ambiente

– Manifestaciones de la señora senadora Aviaga.

• Por moción de la señora senadora, el Senado resuelve enviar la versión taquigráfica de sus palabras a la Presidencia de la República, al Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, al Congreso de Intendentes, al Congreso Nacional de Ediles y a las Juntas Departamentales de todo el país.

9) Problemática de los residuos

– Manifestaciones de la señora senadora Ribero.

• Por moción de la señora senadora, el Senado resuelve enviar la versión taquigráfica de sus palabras a la Intendencia y a los ocho municipios de Montevideo.

10) Contraprestaciones a los beneficios de las políticas públicas

– Manifestaciones del señor senador Berterreche.

• Por moción del señor senador, el Senado resuelve enviar la versión taquigráfica de sus palabras a la empresa Arrozal 33, a la Asociación de Cultivadores de Arroz, a los Ministerios de Ganadería, Agricultura y Pesca, de Trabajo y Seguridad Social y de Economía y Finanzas, a las secretarías o comisiones de asuntos sociales, si las hubiere, de todos los partidos políticos con representación parlamentaria y al Sindicato Único de Trabajadores del Arroz y Afines.

11) Propuesta de homenaje a la bailarina María Noel Riccetto

– Manifestaciones del señor senador Martínez Huelmo.

• Por moción del señor senador, el Senado resuelve enviar la versión taquigráfica de sus palabras a la Presidencia de la Asamblea General, al presidente de la Cámara de Representantes y a los coordinadores de bancada de todos los partidos políticos.

12) Postergación del numeral primero del orden del día

• La presidencia informa que como no se han planteado propuestas, se posterga la consideración del numeral primero.

13), 15), 17), 19), 21) y 23) Abuso de funciones en casos no previstos especialmente por la ley

– Proyecto de ley por el que se deroga el artículo 162 del Código Penal.

• Aprobado. Se comunicará a la Cámara de Representantes.

14) Suspensión de la sesión del día 13 de junio

• Por moción de varios señores senadores, el Senado resuelve suspenderla.

16) Proyecto presentado

– Varios señores senadores presentan un proyecto de ley por el que se designa con el nombre Evaristo Guerra Mattos el tramo de la ruta n.º 81 comprendido entre las intersecciones con las rutas n.º 7 y n.º 80, en el departamento de Canelones.

• Pasa a la Comisión de Transporte y Obras Públicas.

20) Prórroga de la hora de finalización de la sesión

• Por moción de la señora senadora Tourné, el Senado resuelve prorrogar la hora de finalización de la sesión hasta agotar el orden del día.

24) Código del proceso penal

– Proyecto de ley por el que se modifica el artículo 402 de la Ley n.º 19293, en la redacción dada por el artículo 7.º de la Ley n.º 19436, y se incorpora el artículo 404 a la Ley n.º 19293.

• Aprobado. Se comunicará a la Cámara de Representantes.

25) Levantamiento de la sesión

1) TEXTO DE LA CITACIÓN

«Montevideo, 6 de junio de 2017

La CÁMARA DE SENADORES se reunirá en sesión ordinaria mañana miércoles 7 de junio, a las 09:30, a fin de informarse de los asuntos entrados y considerar el siguiente

Orden del día

1.º) Elección de miembros de la Comisión Permanente del Poder Legislativo (artículo 127 de la Constitución de la república).

Discusión general y particular de los siguientes proyectos de ley:

2.º) por el que se deroga el artículo 162 del Código Penal (Abuso de funciones en casos no previstos especialmente por la ley).

Carp. n.º 784/2017 - rep. n.º 438/17

3.º) por el que se modifica el artículo 402 de la Ley n.º 19293, de 19 de diciembre de 2014, en la redacción dada por el artículo 7.º de la Ley n.º 19436, de 23 de setiembre de 2016, y se incorpora el artículo 404 a la Ley n.º 19293, de 19 de diciembre de 2014, Código del Proceso Penal.

Carp. n.º 817/17 - rep. n.º 447/17 - rep. n.º 447/17 anexo I

José Pedro Montero Secretario - Hebert Paguas Secretario».

2) ASISTENCIA

ASISTEN: los señores senadores Alonso, Amorín, Aviaga, Ayala, Berterreche, Bianchi, Bordaberry, Camy, Carámbula, Carballo, Coutinho, Delgado, Ferreira, Gandini, García, Garín, Heber, Lacalle Pou, Larrañaga, Martínez Huelmo, Michelini, Mieres, Moreira, Otheguy, Passada, Payssé, Peña, Ribero, Saravia y Tourné.

FALTAN: el señor presidente del Cuerpo, Raúl Sendic, por encontrarse en ejercicio de la presidencia de la república; con licencia, los señores senadores Besozzi, Cardoso, De León, Mujica y Pintado, y, con posterioridad, la señora senadora Alonso.

3) ASUNTOS ENTRADOS

SEÑORA PRESIDENTA.- Habiendo número, está abierta la sesión.

(Son las 09:32).

–Dese cuenta de los asuntos entrados.

(Se da de los siguientes).

SEÑORA PROSECRETARIA (Silvana Charlone).- «El Ministerio del Interior remite respuesta a los siguientes pedidos de informes:

• solicitado por el señor senador Jorge Larrañaga, relacionado con el procedimiento efectuado el día 23 de febrero del corriente por parte del Departamento de Información de Asuntos Penitenciarios.

–OPORTUNAMENTE FUE REMITIDA AL SEÑOR SENADOR LARRAÑAGA.

• Solicitado por el señor senador Luis Lacalle Pou, relacionado con el incendio producido en un depósito de la empresa Trick Ltda. (Meteoro).

–OPORTUNAMENTE FUE REMITIDA AL SEÑOR SENADOR LACALLE POU.

La Cámara de Representantes remite aprobado un proyecto de ley por el que se designa con el nombre Maestra Directora Elvira Muniz Taborda la escuela n.º 76 de la localidad de Totoral del Sauce, departamento de Canelones, dependiente del Consejo de Educación Inicial y Primaria, Administración Nacional de Educación Pública.

–A LA COMISIÓN DE EDUCACIÓN Y CULTURA.

Asimismo, comunica que ha aprobado los siguientes proyectos de ley:

• por el que se autoriza al Banco Central del Uruguay a proceder a la acuñación de monedas conmemorativas del cincuenta aniversario del Congreso de Unificación Sindical;

• por el que se autoriza al Banco Central del Uruguay a proceder a la acuñación de monedas conmemorativas de los ciento cincuenta años de la creación de la Cámara Nacional de Comercio y Servicios del Uruguay.

–AGRÉGUENSE A SUS ANTECEDENTES Y ARCHÍVENSE.

La Comisión de Constitución y Legislación eleva informado un proyecto de ley por el que se modifica el artículo 402 de la Ley n.º 19293, de 19 de diciembre de 2014, en la redacción dada por el artículo 7.º de la Ley n.º 19436, de 23 de setiembre de 2016, y se incorpora el artículo 404 a la Ley n.º 19293, de 19 de diciembre de 2014, Código del Proceso Penal.

–HA SIDO REPARTIDO Y ESTÁ INCLUIDO EN EL ORDEN DEL DÍA DE LA SESIÓN DE HOY.

El señor senador Carlos Camy solicita, de conformidad con lo establecido en el artículo 172 del Reglamento del Senado, se cursen las siguientes exposiciones escritas:

• con destino al Consejo Directivo Central de la Administración Nacional de Educación Pública y al Consejo de Educación Inicial y Primaria, relacionada con la situación de la escuela pública n.º 88 Domingo Faustino Sarmiento, ubicada en Villa Rives, Ciudad del Plata, departamento de San José;

• con destino al Consejo Directivo Central de la Administración Nacional de Educación Pública y al Consejo de Educación Inicial y Primaria, relacionada con la situación de la escuela pública n.º 89 Juana de Ibarbourou, ubicada en el fraccionamiento San Fernando, en Ciudad del Plata, departamento de San José.

–HAN SIDO REPARTIDAS. SE VAN A VOTAR UNA VEZ FINALIZADA LA LECTURA DE LOS ASUNTOS ENTRADOS».

4) PEDIDOS DE INFORMES

SEÑORA PRESIDENTA.- Dese cuenta de un pedido de informes.

(Se da del siguiente).

SEÑORA PROSECRETARIA (Silvana Charlone).- «La señora senadora Carol Aviaga, de conformidad con lo establecido en el artículo 118 de la Constitución de la república, solicita se curse un pedido de informes con destino al Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, relacionado con la concesión de permisos de pesca a empresas pesqueras de origen chino en las proximidades del balneario La Paloma, departamento de Rocha.

–OPORTUNAMENTE FUE TRAMITADO».

(Texto del pedido de informes).

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SEÑORA PRESIDENTA.- Dese cuenta de otro pedido de informes.

(Se da del siguiente).

SEÑORA PROSECRETARIA (Silvana Charlone).- «El señor senador Carlos Camy, de conformidad con lo establecido en el artículo 118 de la Constitución de la república, solicita se curse un pedido de informes con destino al Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca y, además, a la Dirección Nacional de Recursos Acuáticos, relacionado con la concesión de permisos de pesca a embarcaciones de pesca artesanal.

–OPORTUNAMENTE FUE TRAMITADO».

(Texto del pedido de informes).

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5) EXPOSICIONES ESCRITAS

SEÑORA PRESIDENTA.- Corresponde poner a votación la remisión de las exposiciones escritas de las que se dio cuenta durante la lectura de los asuntos entrados.

Se va a votar si se remiten al Consejo Directivo Central de la Administración Nacional de Educación Pública y al Consejo de Educación Inicial y Primaria las exposiciones escritas presentadas por el señor senador Camy.

(Se vota).

–13 en 14. Afirmativa.

(Textos de las exposiciones escritas).

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6) INASISTENCIAS ANTERIORES

SEÑORA PRESIDENTA.- Dando cumplimiento a lo que establece el artículo 53 del Reglamento de la Cámara de Senadores, dese cuenta de las inasistencias a las anteriores convocatorias.

(Se da de las siguientes).

SEÑOR SECRETARIO (José Pedro Montero).- En la sesión ordinaria del 6 de junio no se registraron inasistencias.

7) SOLICITUDES DE LICENCIA E INTEGRACIÓN DEL CUERPO

SEÑORA PRESIDENTA.- Léase una solicitud de licencia.

(Se lee).

SEÑOR SECRETARIO (José Pedro Montero).- «Montevideo, 7 de junio de 2017

Presidente de la

Cámara de Senadores

Sr. Raúl Sendic

 

De mi mayor consideración:

Por la presente, solicito ante la Cámara de Senadores, por motivos particulares, licencia por los días 7 y 8 de junio.

Sin más, lo saludo atentamente.

Guillermo Besozzi. Senador».

SEÑORA PRESIDENTA.- Corresponde votar si se concede la licencia solicitada.

(Se vota).

–13 en 15. Afirmativa.

Se comunica que los señores Omar Lafluf, Adriana Peña y Eber da Rosa han presentado nota de desistimiento, informando que por esta vez no aceptan la convocatoria a integrar el Cuerpo, por lo que queda convocado el señor Jorge Gandini, a quien ya se ha tomado la promesa de estilo.

8) DÍA DEL MEDIO AMBIENTE

SEÑORA PRESIDENTA.- El senado ingresa a la media hora previa.

Tiene la palabra la señora senadora Aviaga.

SEÑORA AVIAGA.- Señora presidenta: con motivo de la conmemoración del Día del Medio Ambiente, que fue el 5 de junio, y extendiendo esa celebración a todo el mes, quería referirme al tema del cambio climático.

El cambio climático es una realidad que no podemos evadir y que debemos reconocer.

Es cierto que nuestro presente es consecuencia de las acciones y decisiones tomadas hace más de cuarenta o cincuenta años. Somos conscientes de que la cuestión del cambio climático no es reversible a corto plazo, por lo que es indispensable trabajar para generar medidas que nos permitan adaptarnos a él y mitigar sus efectos. Lo que sí sabemos es que la realidad en la que van a vivir las presentes y futuras generaciones dentro de treinta años será consecuencia directa de las decisiones y acciones que tomemos hoy.

Si bien los compromisos sobre el cambio climático son globales, las consecuencias son locales, y los que más las sufren son las personas y poblaciones más vulnerables.

En este contexto mundial, es inaceptable y lamentable la decisión de Estados Unidos de retirarse del Acuerdo de París. A pesar de esto, la esperanza de que se cumplan las metas sobre el cambio climático está en la acción social y en las comunidades y sus representantes, tanto nacionales como locales, en todo el planeta.

En nuestro país, los grandes desafíos que debemos enfrentar nos deben encontrar unidos, trabajando para generar políticas de Estado que protejan y fortalezcan nuestras comunidades, a lo largo y ancho del territorio, frente a los eventos climáticos extremos.

Hoy, lamentablemente, nuestros vecinos de Salto están viviendo y sufriendo nuevamente uno de estos hechos, que no es aislado, sino que sabemos que se repetirá una y otra vez. Es necesario, entonces, generar políticas de Estado que atiendan esta problemática.

También es esencial generar en el territorio la más alta participación social y política, poniendo el cambio climático como prioridad en la agenda política y pública en cada comunidad de nuestro país. Para ello es fundamental que nuestro Parlamento tenga el tema del cambio climático como prioritario en su agenda, a través del diseño y la generación de herramientas necesarias para el cumplimiento de las metas planteadas en la COP21, de París 2015. De hecho, estamos trabajando para presentar ideas y proyectos que brinden esas herramientas.

Solicito que la versión taquigráfica de mis palabras sea enviada a la Presidencia de la República, al Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, al Congreso de Intendentes, al Congreso Nacional de Ediles y a las Juntas Departamentales de todo el país.

Muchas gracias.

SEÑORA PRESIDENTA.- Se va a votar el trámite solicitado.

(Se vota).

–16 en 17. Afirmativa.

9) PROBLEMÁTICA DE LOS RESIDUOS

SEÑORA PRESIDENTA.- Continuando con la media hora previa, tiene la palabra la señora senadora Ribero.

SEÑORA RIBERO.- Señora presidenta: este mes del medioambiente –o año del medioambiente– nos motiva a todos, y he traído a esta media hora previa un tema que se relaciona con él y sobre el que debemos reflexionar. Si bien presenta múltiples facetas, me centraré solo en aquellas en las que he trabajado más. Me refiero a la cuestión de los residuos y lo cultural, así como a la de los residuos y lo social, aunque sabemos que esta problemática es mucho más amplia.

Varios de los senadores presentes saben que mi vida política ha estado estrechamente vinculada a los temas departamentales. De hecho, con varios senadores hemos compartido jornadas en diferentes reuniones del Congreso de Intendentes y demás.

La responsabilidad de los Gobiernos departamentales –a la que aludió la señora senadora Aviaga– y lo que sufren los Gobiernos locales con este tema es algo que nos tiene que llamar a permanente reflexión, con el objetivo de generar cambios positivos.

El tema de los residuos ha sido siempre un desafío para todos los Gobiernos departamentales. Sin duda, la responsabilidad del Estado –me voy a referir ahora a Montevideo– se refleja en lo que ha sido la inversión continua en cuanto al sitio de disposición final de residuos, o en lo que tiene que ver con la planta de tratamiento de lixiviados, con las cámaras de captura de gas y con la planta que transforma residuos orgánicos en compost. Obviamente, también hay que tener en cuenta la inversión que se realiza en equipamientos, en contenedores y en camiones para levantar los residuos.

El tema es que los residuos tienen valor y hay gente que vive de ellos. Entonces, ¿cuál es nuestro aporte? Hay un aporte de cada uno de nosotros, que somos los generadores de esos residuos. Cuando viajamos por el mundo nos asombramos al ver la limpieza de tales o cuales lugares, pero parece que cuando volvemos a nuestro país eso deja de sorprendernos.

Obviamente, hay una preocupación grande del Gobierno departamental y un trabajo en conjunto con los ocho municipios de Montevideo –que colaboran fuertemente–, pero toda esta inversión y el esfuerzo realizado no alcanzarán para lograr una transformación si no se genera en cada uno de nosotros un cambio cultural con respecto al manejo de los residuos, a la cantidad que generamos y a cómo mezclamos todo.

Ponemos mucho énfasis en la esperanza de que el trabajo en las escuelas y en los liceos, con los jóvenes, generará un cambio, pero debemos adelantarnos. Ese cambio debemos forjarlo nosotros, en nuestras propias casas. Si los residuos llegan todos mezclados, servirán para poco, y la vida útil de las plantas de disposición final será muy exigua.

Tenemos la experiencia de cuatro plantas de clasificado donde trabajan 128 exclasificadores, que tienen un empleo formal, cobertura de la seguridad social, y cuya vida cambió a partir de esa actividad. Ahora bien, estas plantas se nutren de los residuos clasificados que lleva la intendencia. Poco importa si los clasificadores llegan a los contenedores en bicicleta, en carro tirado por caballo, en motocarro, o lo que sea; lo que tenemos que considerar es que el ser humano se mete dentro de esos contenedores a seleccionar. Esto es lo que debemos cambiar, seleccionando nuestros residuos.

Para terminar, quiero agregar que en la planta del Cerro trabajan mujeres clasificadoras, y esto ha significado un cambio notable en sus vidas. Una de ellas nos contaba que cuando se encontraba con su carro clasificando basura, se cruzaba con la maestra de sus hijos y, como le daba vergüenza que esta viera en qué trabajaba, se metía dentro del contenedor.

Son pequeñas experiencias. Nadie piensa que con estas cuatro plantas cambie la situación, pero son aportes como para seguir pensando en el tema y ver si es posible generar cambios. Sí tiene que darse un cambio cultural, donde nos hagamos cargo realmente de aspectos que son de nuestra responsabilidad.

Solicito que la versión taquigráfica de mis palabras sea enviada a la Intendencia y a los ocho municipios de Montevideo.

Muchas gracias.

SEÑORA PRESIDENTA.- Se va a votar el trámite solicitado.

(Se vota).

–15 en 17. Afirmativa.

10) CONTRAPRESTACIONES A LOS BENEFICIOS DE LAS POLÍTICAS PÚBLICAS

SEÑORA PRESIDENTA.- Continuando con la media hora previa, tiene la palabra el señor senador Berterreche.

SEÑOR BERTERRECHE.- Señora presidenta: por estos días se ha instalado la discusión sobre la necesidad de las contraprestaciones a la hora de ser beneficiario de las políticas públicas; en particular, en lo referido al pago de las asignaciones familiares y a la obligatoriedad de la asistencia al sistema educativo para su cobro.

Es particularmente llamativo que esta discusión solo se dé cuando los beneficiarios provienen de las capas más vulnerables de la población. Queremos aclarar que las políticas públicas, con diversos beneficios, no solo se aplican a los más humildes de nuestra sociedad, sino que son muchos los aportes directos e indirectos que se dan a los más diversos sectores empresariales.

Por ejemplo, el sector arrocero ha recibido del Estado –en el transcurso de varios Gobiernos– una serie de apoyos que podemos destacar: devolución de impuestos, programas como el Prenader –en su momento–, programas de electrificación específicos para el sector, con apoyo de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, y la ley de inversiones.

Estos apoyos son correctos y pretenden estimular un sector que podríamos denominar como estratégico para la economía nacional, pero también deben tener la obligatoriedad de contraprestaciones mínimas por parte de las empresas beneficiadas porque, en definitiva, los recursos usados para estos fines provienen del conjunto del pueblo uruguayo. Estas empresas deben producir correctamente y con calidad y, además, respetar el medioambiente y, sobre todo, los derechos de sus trabajadores. Tienen que respetar su seguridad e integridad física, sus derechos laborales y sus espacios sindicales en donde, entre otras cosas, se organizan para defender los intereses del trabajador arrocero en las negociaciones tripartitas. En definitiva, tienen que respetar las normas vigentes, los acuerdos ante el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y la ley.

Desde hace algún tiempo, hemos recibido reiteradas noticias sobre el conflicto que se ha instalado en la empresa Arrozal 33. Una y otra vez, se ha denunciado cómo se pone en riesgo la salud y la seguridad de sus trabajadores y cómo se desconocen los acuerdos que permitieron levantar la cosecha pero que inmediatamente dieron origen a una sistemática persecución a la organización sindical, suspensiones arbitrarias y sistemáticas de dirigentes y cambio de tareas asignadas, que no responden a las capacidades ni categorías de esos trabajadores que enarbolan las banderas del sindicato. Incluso, hasta se ha llegado a exponerlos a riesgos y han sido objeto de amenazas y violencia, en una actitud que –sin errar– podría calificarse de patoteril –de parte de los encargados nacionales de esta empresa que hoy es propiedad de capitales brasileños–, más propia de la primera década del siglo xx que de las necesarias relaciones modernas entre capital y trabajo.

Es absolutamente intolerable que esta situación se siga manteniendo en nuestra realidad nacional. Recientemente, en esta casa se homenajeó a José Enrique Rodó, y la mejor forma de recordarlo no es en el bronce sino en los hechos. Por eso, cuando se ataca inescrupulosamente la organización sindical de los trabajadores arroceros, desde esta banca contestamos con el más cercano Rodó, quien decía: «El trabajador aislado es el instrumento de fines ajenos; el trabajador asociado es dueño y señor de su destino». Es aquí donde tenemos que decir de qué lado estamos: con Rodó y los trabajadores o con la prepotencia de una empresa que desconoce el derecho laboral y la libertad de organización de los asalariados. Tal vez, tendríamos que discutir si al violentar estas contraprestaciones mínimas no habría que ir directamente por la eliminación de los beneficios que la sociedad les brinda a estas empresas.

Solicito que la versión taquigráfica de mis palabras sea enviada a la empresa Arrozal 33, a la Asociación de Cultivadores de Arroz, a los Ministerios de Ganadería, Agricultura y Pesca, de Trabajo y Seguridad Social y de Economía y Finanzas, a las secretarías o comisiones de asuntos sociales, si las hubiere, de todos los partidos políticos con representación parlamentaria y al Sindicato Único de Trabajadores del Arroz y Afines, Sutaa.

SEÑORA PRESIDENTA.- Se va a votar lo solicitado por el señor senador.

(Se vota).

–17 en 17. Afirmativa. UNANIMIDAD.

11) PROPUESTA DE HOMENAJE A LA BAILARINA MARÍA NOEL RICCETTO

SEÑORA PRESIDENTA.- Finalizando la media hora previa, tiene la palabra el señor senador Martínez Huelmo.

SEÑOR MARTÍNEZ HUELMO.- Señora presidenta: seguramente, para los miembros de la Asamblea General, no debe haber pasado inadvertido un hecho rutilante en las artes y en la cultura, como fue sin lugar a dudas la reciente consagración de la bailarina María Noel Riccetto.

Nació en Montevideo, comenzó sus estudios de ballet a los seis años, y a los ocho ingresó a la Escuela Nacional de Danza del Uruguay. En 1996 comienza a formar parte del cuerpo de baile del Ballet Nacional del Sodre, y en 1998 viaja a los Estados Unidos de América, más específicamente a Carolina del Norte, donde recibió una beca de perfeccionamiento en el North Carolina School of the Arts. En 1999, recibe un contrato para formar parte de una de las compañías más prestigiosas del mundo, el American Ballet Theatre, integrándolo como solista hasta el 2012. Ha bailado con primeras figuras como Julio Bocca, José Carreño, Vladimir Malakhov y Ángel Corella, es decir, grandes luminarias de la danza mundial. También tuvo la oportunidad de trabajar con coreógrafos de gran renombre.

Sin ningún lugar a dudas, la carrera de esta artista nacional es rutilante y ha triunfado en los escenarios más exigentes del mundo. En el año 2013 retornó al Uruguay cargada de éxitos y glorias y se integró al Ballet Nacional del Sodre, bajo la dirección de Julio Bocca, cuya contratación se llevó a cabo bajo la gestión del entonces ministro Ehrlich, lo que nos dio la posibilidad de proyectarnos a niveles internacionales, de gran éxito y de gran exigencia.

Es habitual que en la Asamblea General se realicen homenajes –por supuesto, con toda justicia– por éxitos deportivos, pero el triunfo de María Noel Riccetto en Moscú, sin lugar a dudas se puede comparar con cualquier torneo deportivo mundial puesto que es el galardón más exigente y calificado a nivel mundial. Obviamente, el premio Benois de la Danse es considerado como una especie de Óscar en la materia y se entrega en un país como Rusia, alma mater del ballet mundial.

Más allá de que días atrás el Poder Ejecutivo le hizo una distinción y tuvo un contacto con María Noel Riccetto para felicitarla, oportunidad en que ella exhibió el trofeo que obtuvo en Moscú, creemos que esta gran artista uruguaya debería ser homenajeada por la Asamblea General. Teniendo en cuenta lo que representa, entiendo que este órgano legislativo no debe quedar fuera de estas conmemoraciones y distinciones.

En consecuencia, proponemos la realización de un homenaje, una distinción o reunión –que no tiene que ser muy extensa, sino que simplemente estamos pensando en una instancia cargada de simbolismo en la que el presidente de la Asamblea General pudiera hacer uso de la palabra en nombre de todos–, para expresarle nuestra gratitud por distinguir al Uruguay en las artes y la cultura a nivel universal.

Es una idea que estoy compartiendo aquí, en la casa.

Por lo tanto, solicito que la versión taquigráfica de mis palabras sea remitida a la Presidencia de la Asamblea General, al presidente de la Cámara de Representantes y a los coordinadores de bancada de todos los partidos políticos, donde se ejerce el liderazgo del Parlamento, para que sea tenida en cuenta y en algún momento –en los próximos meses– podamos llevar adelante esta distinción que creo que, además de ser justa, demostraría que nuestra Asamblea General está atenta a estos sucesos que sin lugar a dudas son impresionantes.

(Apoyados).

SEÑORA PRESIDENTA.- Se va a votar lo solicitado por el señor senador.

(Se vota).

–21 en 22. Afirmativa.

Sugeriría al señor senador Martínez Huelmo que presentara por escrito a la Asamblea General la solicitud para la realización de este homenaje.

SEÑOR MARTÍNEZ HUELMO.- Así lo haré, señora presidenta.

12) POSTERGACIÓN DEL NUMERAL PRIMERO DEL ORDEN DEL DÍA

SEÑORA PRESIDENTA.- El Senado ingresa al orden del día.

Correspondería pasar a considerar el asunto que figura en primer término, relativo a la elección de los miembros de la Comisión Permanente del Poder Legislativo, pero como todavía no se han hecho llegar a la Mesa los nombres para esta designación, postergamos una vez más el tratamiento de este punto.

13) ABUSO DE FUNCIONES EN CASOS NO PREVISTOS ESPECIALMENTE POR LA LEY

SEÑORA PRESIDENTA.- Se pasa a considerar el asunto que figura en segundo término del orden del día: «Proyecto de ley por el que se deroga el artículo 162 del Código Penal (Abuso de funciones en casos no previstos especialmente por la ley). (Carp. n.º 784/2017 - rep. n.º 438/17)».

SEÑORA PRESIDENTA.- En discusión general.

SEÑOR BORDABERRY.- Pido la palabra para una cuestión de orden.

SEÑORA PRESIDENTA.- Tiene la palabra el señor senador.

SEÑOR BORDABERRY.- Señora presidenta: puesto que se va a considerar la derogación de un delito y, en nuestro caso, algunos de nuestros correligionarios han sido denunciados por su actuación, se podría entender que tenemos un interés personal, individual, situación que estaría contemplada en el artículo 97 del Reglamento. Por más que voy a votar en contra de este proyecto, quiero que el Cuerpo tenga conocimiento de mi situación, en la medida en que algunos compañeros de mi partido están siendo investigados por este delito. Sin perjuicio de esto, el artículo 97 del Reglamento también dispone que el Cuerpo puede autorizarnos –o no– a permanecer en sala.

SEÑORA PRESIDENTA.- La Mesa interpreta que el artículo que menciona el señor senador Bordaberry está relacionado con la persona en sí, porque hace referencia a un interés individual; según entiendo, en sala no hay ningún señor senador que esté en esa situación.

SEÑOR BORDABERRY.- Pido la palabra para una aclaración.

SEÑORA PRESIDENTA.- Tiene la palabra el señor senador.

SEÑOR BORDABERRY.- Señora presidenta: obviamente que un interés individual siempre refiere a la persona en sí; de lo contrario no sería un interés individual. Ahora, hay que ver cuál es el alcance de ese interés individual. Si un amigo mío está siendo denunciado por abuso de funciones, creo que tengo un interés individual; si un familiar mío está siendo denunciado por abuso de funciones, no hay dudas de que hay un interés individual; y si un correligionario de mi partido, con quien trabajo y me esfuerzo todos los días, es denunciado, tengo un interés individual. Entonces, lo que debo hacer –y es lo que estoy haciendo; quizás otros no lo entiendan así– es poner en conocimiento del Cuerpo que hay un interés individual. Y el artículo 97 del Reglamento nos obliga a todos. Más aún: si algún senador, o el propio presidente del Senado –que hoy no está presente–, está siendo investigado por abuso de funciones, también debe ponerlo en conocimiento del Cuerpo, y en todo caso se lo autorizará a permanecer en sala. Me parece que eso es lo que debemos hacer.

En fin, si esa es la interpretación, se votará; es la interpretación de la mayoría, no la mía, y quiero dejar la constancia.

SEÑORA PRESIDENTA.- La interpretación de la Mesa es la que dimos.

Tiene la palabra el miembro informante, señor senador Michelini.

SEÑOR MICHELINI.- Señora presidenta: antes de realizar el informe, quiero dejar una constancia.

Si la interpretación del señor senador Bordaberry fuera la correcta, esto nos sucedería con cada proyecto de ley, porque siempre habría un conocido, un amigo o alguien del partido –sobre todo porque los partidos que llegan al Senado son importantes– involucrado, con lo que podría existir un interés individual. Quizás esto no ocurre en países más grandes, pero en Uruguay no habría proyecto de ley ajeno a esta circunstancia, entre otros, los de designación de escuelas, que muchas veces proponemos nosotros mismos. Es decir que tendríamos un interés individual en que esa escuela se llame como tal o cual persona, muchas veces en honor a dirigentes, caudillos o líderes de los propios partidos. Entonces, antes de pasar al informe, quería dejar constancia de que comparto el criterio de la Mesa.

La Comisión de Constitución y Legislación me encomendó hacer el informe, y quiero aclarar que va a contener aspectos jurídicos, pero también mi opinión, mi posición política al respecto, porque si la derogación de este artículo que estamos estudiando y discutiendo no ha ocurrido hasta ahora, es porque han pesado más los criterios políticos que los técnicos. En ese sentido, toda vez que pueda, señora presidenta, voy a hablar en forma personal, singular, y no en el plural que nos caracteriza a todos los uruguayos, porque no quisiera que algún integrante de este Cuerpo tomara alguna reflexión como un agravio personal. Son las vicisitudes de la vida las que nos han llevado a tener esta opinión y a tomar la decisión de estudiar el tema, junto con otros integrantes de este Senado –algunos blancos y otros frenteamplistas; no le tapo la boca a nadie–, en la comisión correspondiente.

Señora presidenta: es posible que me tome todo el tiempo que me otorga el Reglamento –aunque difícilmente lo haga– para realizar el que quizás sea el informe más arduo de mi vida. ¿Por qué? Porque corro con desventajas. En primer lugar, hay una idea en el país –no sé producto de qué, porque Uruguay tiene altos índices de honestidad– de que todos los políticos son corruptos y de que esta derogación es en beneficio nuestro. Eso está flotando por ahí; está en las redes, se ha repetido en la prensa. Esa es una gran desventaja para quien es miembro informante y está poniendo la cara porque está convencido de que hay algo que tiene que derogarse. La otra desventaja es que esta derogación tiene nombre y apellido; así lo ha dicho la prensa y está en la calle, como si la trayectoria que tenemos no importara.

A pesar de todo ello, tengo algunas ventajas. Nadie defiende este adefesio, señora presidenta, en su parte técnica; hasta ahora no he escuchado a alguien que diga: «Esta norma tiene que quedar in totum». Algunos plantean modificarla, otros derogarla, pero nadie la defiende, aunque quizás hoy me lleve una sorpresa. Todos los argumentos esgrimidos en la comisión han referido a la oportunidad, al momento; los vamos a ir relatando en el transcurso del informe. Esa es una ventaja para quien habla porque sabe que aunque la vida política y la vida pública de un país no pasan solamente por este recinto, por lo menos aquí, por medio de los argumentos que vamos a dar y de la transcripción exacta de las versiones taquigráficas de la comisión, seguramente esa parte, al menos, del informe, no va a ser rebatida.

Otra ventaja, señora presidenta, es que tengo una profunda convicción acerca de los efectos de la derogación: quiero evitar que en el futuro, por estar vigente esta norma –que se dice tipifica un delito, pero no lo hace porque los delitos los establece el Parlamento a texto expreso, identificando bien a cada uno de ellos–, se mancille el buen nombre de los uruguayos que son funcionarios. Esta norma nunca debió estar en nuestro derecho penal, y que se la derogue –si es que al final se logra– es buena cosa.

Tengo otra ventaja, señora presidenta: no me preocupa que en el día de mañana, con grandes titulares, en las redes, en la calle, en la opinión pública, se digan las peores pestes de quien habla, porque es algo que muere en la orilla y no tiene ningún nivel de credibilidad. Tengo veinte años de trayectoria en este Senado, más 5 de edil, 5 de diputado y muchos de lucha contra la Dictadura, para que alguien venga a decir que formo parte de una banda corrupta o algo por el estilo. Nadie lo cree y nadie lo va a creer; no me preocupa.

Quiero hacer una aclaración que me resulta muy importante; aunque algunos asesores me dijeron que no insistiera en ella, creo que nobleza obliga. Hace diez años, en abril de 2007, si no me equivoco, el expresidente de la república y exintegrante de este Cuerpo –se sentaba en el ala que está a mi derecha–, doctor Julio María Sanguinetti, planteó el tema; también lo hizo el exsenador Eber da Rosa. Ninguno de esos políticos es de mi partido. Tengo muy grabada la conversación con Sanguinetti; no me acuerdo tanto de la que mantuve con Da Rosa, quien presentó la moción de derogación cinco años después. Nadie le va a decir al exsenador Da Rosa que es corrupto; nadie le va a decir a una persona como él, que fue tres veces intendente y un gran senador, que haya hecho esto por amiguismo.

Reitero que recuerdo bien la conversación que tuve con el doctor Sanguinetti. Terminada la reunión –incluso, leí la versión taquigráfica y vi que mi intervención en la comisión fue muy breve–, conversé con él, siempre con su traje impecable y sus carpetas pegadas al pecho, y cuando le dije que no era oportuno, sentenció: «Michelini: nunca va a ser oportuno». Pasaron diez años y, efectivamente, nunca lo fue. A quienes crean que hoy no es oportuno pero que en el futuro lo será, voy a contestar –aunque no tenga el copyright–: «Nunca va a ser oportuno». El problema es que nunca va a ser oportuno pero se hace daño moral, se enloda el buen nombre de las personas, se ensucian trayectorias por un delito, como veremos más adelante, que no lo es.

Me he preguntado todos estos años por qué le dije al expresidente Sanguinetti que no era oportuno. No me considero demasiado inteligente, pero creo que estoy en la media; al menos no soy una persona tonta. ¿Por qué expresé que no era oportuno? Porque me hice una mala pregunta; la interrogante fue si era o no oportuno, cuando debía preguntarme si era justo o injusto. Una vez que nos hacemos esta pregunta, podemos llegar a la conclusión –como lo hice– de que es injusto. Precisamente, si algo mueve a quienes hacemos política, independientemente de la tienda en la que estemos, es dar pelea contra la injusticia. ¡Cuántas veces sucede que, en proyectos de ley de diferente índole, uno de los argumentos que damos es que tal o cual situación es injusta y hay que corregirla porque, además, en su injusticia daña el honor de las personas!

Quizás tendría que pedir perdón, porque si actué mal, si me hice mal la pregunta y razoné mal, si soy alguien que se precia de luchar contra la injusticia, debo haber actuado con mezquindad. Estoy hablando de mí, no de quienes actuaban como legisladores durante el primer gobierno de Tabaré Vázquez o en el de José Mujica. Por supuesto que la derogación no dependía de quien habla, sino de treinta senadores más el presidente del Cuerpo, y de noventa y nueve diputados, y después del Poder Ejecutivo, que es quien promulga la ley, pero sin duda yo me hice mal la pregunta. Siendo alguien tan preocupado por el tema de los derechos humanos, por el honor de las personas, por ser justo, durante diez años me hice la pregunta de si era o no oportuno, y la vida me convenció –quizás a otros no– de que el tema de la oportunidad sigue existiendo y está arriba de la mesa, pero tenía razón el doctor Sanguinetti cuando el 24 de abril de 2007 me dijo: «Nunca va a ser oportuno, Michelini».

¿Qué fue lo que planteó el expresidente Sanguinetti? Un artículo simple, claro, concreto: «Derógase el artículo 162 del Código Penal (Abuso de funciones en casos no previstos especialmente por la ley)». El artículo 1.º del Código Penal dice que los delitos deben estar previstos por la ley, pero en este caso se establece: «[…] en casos no previstos especialmente por la ley».

Voy a leer la exposición de motivos –si no la tienen entre los antecedentes sería bueno pedir que se reparta– porque no quiero sacarle el mérito a quien presentó esto hace diez años o atribuírmelo. Allí, en dos hojas, se expone este tema con una pluma como la del doctor Sanguinetti, que todos reconocerán; una pluma que seguramente no alcanzaré jamás. Quiero acotar que en la conversación que sostuve con el exsenador Da Rosa me decía que también había utilizado algunos argumentos del doctor Sanguinetti. En la propia pieza del proyecto de ley se expresaba que esta norma venía del código penal fascista –aunque según el doctor Aller, incluso databa de antes, aspecto que después analizaremos–, lo que determina el convencimiento de alguien que, a pesar de todo, puso especial cuidado en la oportunidad y, por lo tanto, en el bien colectivo de un acto de justicia.

¿Qué decía la exposición de motivos? ¿Qué decía el doctor Sanguinetti en aquella oportunidad? No voy a leer todo porque no me alcanzaría el tiempo que tengo como miembro informante, pero en una parte expresaba: «En el caso uruguayo consideramos más apropiada la derogación lisa y llana de una norma que limita severamente la actividad de los administradores y que promueve la consideración por la justicia penal de temas que son estrictamente políticos y que merecen el tratamiento de tales. Los actos realizados por administradores políticos en aplicación de sus facultades están en primer lugar sometidos al escrutinio de la gente, que habrá de valorarlos al decidir su voto. Judicializar su consideración somete a los magistrados a situaciones que escapan a su área habitual de trabajo e incluso a juzgar el carácter arbitrario de una acción administrativa lejos de las condicionantes del momento en que se adoptaron y del entorno en que se pusieron en práctica, e incluso con una perspectiva poco clara de cuáles pudieron ser sus motivaciones. Por otra parte, existen argumentos de peso en el sentido de que el artículo 162 es inconstitucional. En tal sentido, es especialmente fuerte la argumentación que señala que la Constitución atribuye al legislador la competencia exclusiva en disposiciones que lícitamente pueden restringir la libertad, competencia que no puede trasladarse directa ni indirectamente a un magistrado.

Esto es, los magistrados actúan en esta materia orientados solamente por una norma penal que, lejos de señalar una conducta determinada, formula un esbozo en el que caben, a su criterio, variados contenidos, abarcando incluso casos en que no existe una intención dolosa o un efectivo perjuicio contra la administración». Dice –repito–: «[…] no existe una intención dolosa o un efectivo perjuicio contra la administración».

Luego señala: «En la historia de su aplicación, el delito inespecífico señalado por el artículo 162 ya ha dado lugar a una cantidad importante de procesamientos polémicos. Por citar un solo caso, recordaremos el planteado por un alto funcionario de la administración que pagó deudas laborales legítimas apelando a rubros que tenían otro destino. Procesado en primera instancia, por más que quedaba claro que la decisión no significó un beneficio ilegítimo para nadie, el funcionario sufrió varios meses de cárcel para ser finalmente sobreseído en casación. El daño moral causado a ese funcionario y a su familia no podrá ser fácilmente reparado.

Resulta entonces claro que el juzgamiento de tales conductas, ajenas a las claras definiciones penales que el código incluye en su capítulo sobre los delitos contra la administración pública, debe ser materia exclusiva de análisis y de juicio político. El mantener una suerte de delito comodín» –otros lo llaman «cajón de sastre»; el doctor Sanguinetti habla de «delito comodín»– «en el que se puede incurrir sin saberlo, es un agravio a un ordenamiento jurídico inspirado en los grandes principios liberales y también una amenaza contra la separación de poderes. Y constituye asimismo una indebida demanda a un sistema judicial que no debe resolver problemas que le son ajenos y que por este mismo ejercicio se contamina con consideraciones ajenas a las estrictamente jurídicas».

Así termina su informe el doctor Sanguinetti. Vuelvo a decir que uno de los castigos que tiene este delito, que ni siquiera está en la ley, es el daño moral al mancillar el buen nombre de las personas, incluso cuando no estén ni un día detenidas, porque siempre habrá alguien que diga: «Algo hicieron».

Vamos a los aspectos jurídicos, señora presidenta, que ocupan varias hojas de mi informe. En primer lugar, voy a leer el artículo 162 del Código Penal: «Artículo 162 (Abuso de funciones en casos no previstos especialmente por la ley) El funcionario público que con abuso de su cargo, cometiere u ordenare cualquier acto arbitrario en perjuicio de la Administración o de los particulares, que no se hallare especialmente previsto en las disposiciones del Código o de las leyes especiales, será castigado con tres meses de prisión a tres años de penitenciaría, inhabilitación especial de dos a cuatro años y multa de 10 UR (diez unidades reajustables) a 3.000 UR (tres mil unidades reajustables)». Fíjese, señora presidenta, que tiene la máxima prisión de penitenciaría: es inexcarcelable. Y no se indica específicamente de qué delito se trata.

Prestemos atención al nomen iuris. Como dice el doctor Aller, el nomen iuris debería ser «actos arbitrarios». El abuso de funciones está expresado en prácticamente todos los artículos del Código Penal referidos a los delitos que puede cometer un administrador público. Los actos arbitrarios están penados, castigados, en el derecho administrativo, no en el penal; pero este artículo sigue en nuestro ordenamiento jurídico en el orden penal. Préstese atención a su redacción porque los delitos deben estar establecidos en la ley, pero este artículo lo que dice es que «cualquier acto arbitrario en perjuicio de la Administración o de los particulares,» –no determina cuál; cualquiera de los otros artículos sí lo determinan– «que no se hallare especialmente previsto en las disposiciones del Código o de las leyes especiales…». O sea que estamos diciendo que un acto arbitrario que genera perjuicio a un particular o a la Administración, pero que no está en el código, tendrá tal pena. ¿Cuál es el acto arbitrario? ¿Quién lo determina? Un juez. Según el expresidente Sanguinetti, eso afecta la separación de poderes porque el juez actuaría legislando. Somos nosotros, y no un juez, los que debemos decir cuáles son los delitos; después el juez decidirá si alguien lo cometió o no.

Señora presidenta: históricamente, los parlamentos nacieron por dos circunstancias. Una de ellas se recuerda sistemática y permanentemente, el expresidente y exsenador Lacalle Herrera la refería muy frecuentemente y yo casi adivinaba sus palabras. Él decía que los parlamentos nacieron para controlar los impuestos y, por lo tanto, el gasto del rey y, por consonancia, del Poder Ejecutivo. La otra razón que dio origen a los parlamentos fue para que no sea el rey quien determine los delitos ni quien juzgue en el momento adecuado qué delito se cometió, simplemente porque él lo dice y lo crea. A esa discrecionalidad del rey los parlamentos le pusieron un freno y ahora, en este aspecto, es el juez quien la tiene.

Me voy a tomar unos minutos, señora presidenta, para decir que acá no estamos dejando al Estado uruguayo indefenso; no estamos dejando al Estado uruguayo sin normas para combatir la corrupción, y me voy a tomar algunos minutos para demostrarlo. Me parece que es bueno leer el Código Penal. El artículo 153 (Peculado) establece: «El funcionario público que se apropiare el dinero o las cosas muebles, de que estuviere en posesión por razón de su cargo, pertenecientes al Estado, o a los particulares, en beneficio propio o ajeno, será castigado con un año de prisión a seis de penitenciaría…».

El artículo 154 refiere a la circunstancia atenuante para el peculado, y menciona una.

El artículo 155 (Peculado por aprovechamiento del error de otro) dice: «El funcionario público que en ejercicio de su cargo, aprovechándose del error de otro, recibiere o retuviere, indebidamente, en beneficio propio o ajeno, dinero u otra cosa mueble, será castigado con tres a dieciocho meses de prisión…».

El artículo 156 (Concusión) establece: «El funcionario público que con abuso de su calidad de tal o del cargo que desempeña, compeliere o indujere a alguno a dar o prometer indebidamente a él o a un tercero, dinero u otro provecho cualquiera, será castigado con doce meses de prisión a seis años de penitenciaría, multa de 50 UR (cincuenta unidades reajustables) a 10.000 UR (diez mil unidades reajustables)…».

El artículo 157 (Cohecho simple), dispone: «El funcionario público que, por ejecutar un acto de su empleo, recibe por sí mismo, o por un tercero, para sí mismo o para un tercero, una retribución que no le fuera debida, o aceptare la promesa de ella, será castigado con una pena de tres meses de prisión a tres años de penitenciaría…».

El artículo 158 (Cohecho calificado), expresa: «El funcionario público que, por retardar u omitir un acto relativo a su cargo o por ejecutar un acto contrario a los deberes del mismo, recibe por sí mismo o por otro, para sí o para otro, dinero u otro provecho, o acepta su promesa, será castigado con doce meses de prisión a seis años de penitenciaría, inhabilitación especial de dos a seis años, y multa de 50 UR (cincuenta unidades reajustables) a 10.000 UR (diez mil unidades reajustables).

La pena será aumentada de un tercio a la mitad en los siguientes casos:

1. Si el hecho tuviere por efecto la concesión de un empleo público, estipendios, pensiones, honores o el favor o el daño de las partes litigantes en juicio civil o criminal.

2. Si el hecho tuviere por efecto la celebración…».

El artículo 158-BIS (Tráfico de influencias) dice: «El que, invocando influencias reales o simuladas, solicita, recibe por sí mismo o por otro, para sí o para otro, provecho económico, o acepta su promesa, con el fin de influir decisivamente sobre un funcionario público para retardar u omitir un acto de su cargo, o por ejecutar un acto contrario al mismo, será castigado con tres meses de prisión a cuatro años de penitenciaría.

La pena será reducida…».

Están todas las posibilidades. ¿Dónde están indefensos el Estado uruguayo, la sociedad uruguaya o nuestro país?

Pero no termina ahí, señora presidenta. El artículo 159 (Soborno) establece: «El que indujere a un funcionario público a cometer cualquiera de los delitos previstos en los artículos 157 y 158» –ya los leí– «será castigado por el simple hecho de la instigación, con una pena de la mitad a las dos terceras partes de la pena principal establecida para los mismos».

El artículo 160 (Fraude) expresa: «El funcionario público que, directamente o por interpuesta persona, procediendo con engaño en los actos o contratos en que deba intervenir por razón de su cargo, dañare a la Administración, en beneficio propio o ajeno, será castigado con doce meses de prisión a seis años de penitenciaría…».

El artículo 161 (Conjunción del interés personal y del público) determina: «El funcionario público que, con o sin engaño, directamente o por interpuesta persona, se interesare con el fin de obtener un provecho indebido para sí…».

Salteo el artículo 162, señora presidenta, y hago referencia al 163, que trata de la revelación de secretos; al 163-BIS, relacionado con la utilización indebida de información privilegiada; al 163-TER, que tiene que ver con circunstancias agravantes especiales; al 163-QUATER, relativo a la confiscación; al 164, referido a la omisión contumacial de los deberes del cargo, o al 165, que determina lo atinente al abandono colectivo de funciones y servicios públicos de necesidad o utilidad pública.

El Uruguay no está indefenso ante la corrupción. Tiene más de diez artículos penales. Los puedo contar; son alrededor de quince, señora presidenta. Pero, si faltara alguno, pongamos a texto expreso cuál es la inconducta en que incurre una persona siendo funcionario público, y le decimos al juez que quien incurra en ella tendrá equis castigo. El que diga que el Estado o la sociedad uruguaya están indefensos ante la corrupción está faltando a la verdad, señora presidenta. Por supuesto que ir a las redes, a la opinión pública, a los diarios, a la televisión o a la radio a mostrar todos estos artículos es algo muy difícil. ¿Cuál es la verdad, que constituye un valor que permanentemente nos invoca a los que hacemos política?

Voy a hablar de las cátedras, señora presidenta. En primer lugar, no voy a hacer referencia –aunque en algún pasaje las cátedras de la UdelaR y de la Universidad Católica así lo dicen– a la inconstitucionalidad del artículo –porque, por ejemplo, el artículo 10 dice que nadie está obligado a hacer lo que la ley no manda, ni privado de lo que ella no prohíbe, por lo cual, si lo hiciera, no sería penado– cuya constitucionalidad declaró, entre otros, la corte. Recuerdo que el expresidente Sanguinetti también habla de inconstitucionalidad. Entonces, en mi opinión, la discusión sobre si es o no constitucional no nos conduciría a nada. Como la corte dice que es constitucional, a pesar de que todas las cátedras afirman lo contrario, ¿para qué vamos a discutir? Discutamos de si ese artículo tiene que estar o no.

En primer lugar, me voy a referir al informe de la UdelaR; luego, al que hizo verbalmente el doctor Aller –también por la UdelaR–; después, al de la Universidad Católica y, por último, a los informes que hicieron los integrantes de esa institución en la Comisión de Constitución y Legislación. Sé que es algo tedioso, señora presidenta, ¡es tedioso!, pero todas las cátedras dicen que esto no debe existir en nuestro derecho penal.

En el informe de la UdelaR se dice, por ejemplo: «Obviamente, un tipo penal grande, residual e indefinido (como el que nos convoca), resulta de sencilla aplicación para el operador desatento o meramente represor» –¡o meramente represor!– «pero para el cuidadoso y garantista se transforma en un obstáculo duro de sortear, […]. Obsérvese que, ante la multiplicidad de posibles manifestaciones del abuso de poder,» –señalo: abuso de poder– «el legislador optó por establecer un castigo para aquellas conductas que se considerasen genéricamente abusivas. Por eso –ante la imposibilidad de prever todas las hipótesis de abuso por parte del oficial o funcionario público y con el objeto de que nada escapase a la represión– se creó un tipo penal de alcance tan amplio como difuso». Ese sería un argumento para el que quisiera que este delito estuviera contemplado en nuestro derecho penal.

Ahí, el informe de la UdelaR empieza a referir a una serie de opiniones de abogados especialistas en derecho penal y constitucional, que paso a leer. «Así lo explicaba Vázquez Acevedo al comentar el Código Penal uruguayo de 1889» –esto viene citado sobre otras normas– «citando al antes mencionado Pincherli.» –que ya habíamos señalado–. «Ya entonces podía avizorarse el problema que significaba no contener disposiciones específicas para sancionar los excesos funcionariales (prevención especial negativa) y, asimismo, disuadir a los empleados públicos de no cometerlos (prevención general negativa). […] La creación de un tipo penal residual, como el abuso de funciones no especialmente previsto por la ley penal (art. 162 del CP),» –por supuesto, esto no es Vázquez Acevedo– «es una forma de extender al aparato punitivo una carta de crédito en blanco, pronta a ser llenada según el momento, circunstancia y valoración de los operadores penales». ¡Esto ocurre en el país! ¡Esto lo permite el Parlamento uruguayo! ¡Se trata de una carta de crédito en blanco, pronta a ser llenada según el momento, circunstancia y valoración de los operadores penales! Esta última frase es un comentario que yo hago; lo aclaro para que no haya ninguna duda.

Prosigo con el informe: «En cambio, los tipos penales abiertos son aquellos en que, a pesar de tener un precepto determinado, el juez dispone de una amplia posibilidad de interpretación para establecer el contenido de la prohibición. Cairoli rechaza enfáticamente que el precepto genérico de la ley en blanco pueda ser integrado con disposiciones de menor jerarquía que la ley penal, afirmando incluso que puede llegar a ser inconstitucional. Y esto ocurre en los casos que tipifica el mentado art. 162 del actual Código uruguayo. La mayoría absoluta de las leyes en blanco –por no decir su totalidad– son cumplimentadas por normas de menor jerarquía, verificándose así el augurio de su inconstitucionalidad. Por su parte, el catedrático Cury distingue a unos y otros en virtud del reenvío a otra norma en las leyes en blanco y que, en cambio, los tipos abiertos o indeterminados: vulneran las exigencias de certeza más profundamente que las leyes en blanco, pues, a fin de cuentas, respecto de estas últimas siempre es posible que estén bien configuradas y que la disposición complementaria precise el hecho punible con propiedad, cosa que respecto de aquellos no puede ocurrir. El mencionado autor chileno sostiene que los tipos abiertos quebrantan francamente el principio de legalidad. Queda pues en evidencia que ambas leyes penales –tanto las en blanco como los tipos abiertos– merecen insalvables reparos en materia de inconstitucionalidad y propiamente en lo atinente a la Ciencia penal. […]

En síntesis, conforme a la doctrina citada, el abuso de funciones previsto en el artículo 162 del CP es un tipo penal abierto, siendo esto más grave y rechazable» –repito: ¡siendo esto más grave y rechazable!– «todavía que las leyes en blanco, ya que depende del criterio del intérprete establecer si se ha llevado a cabo la conducta establecida en el tipo penal. En consecuencia, esta figura resulta residual, subsidiaria, abierta y, por esto, inconstitucional, además de violentar principios fundamentales del Derecho penal, como los de legalidad, tipicidad, culpabilidad, significancia, relevancia y última ratio legis». ¡Fuerte!, ¿no?

Continúa el informe: «Con la descripción del art. 162 el ciudadano no puede motivarse debidamente en una norma laxa, ambigua, inasequible y abierta. Por ende, tampoco le es exigible otra conducta ajustada a Derecho y se ve restringido en su autodeterminación, aparejando con ello la disminución de su capacidad para reconocer el carácter de ilicitud de su obrar (conciencia de antijuridicidad), no pudiéndosele atribuir responsabilidad penal, dado que no le es imputable el tipo ni ha de ser responsable, tampoco penalmente reprochable, en virtud de carecer de culpabilidad».

Entiendo que es tedioso, pero vean todos los informes de la Comisión de Constitución y Legislación que tenemos para leer. ¿Alguien puede votar este artículo a favor o en contra sin saber lo que dicen las cátedras, los especialistas, los que han tenido durante toda su vida la vocación de llevar adelante el derecho? Es tedioso, pero hay que escuchar.

Sigo con la lectura: «Esto redunda en que no hay delito, puesto que la acción no puede ser típica en cuanto a que no se describe la conducta reprochable ni es pasible de imputación penal por decaer los elementos constitutivos de la culpabilidad. Aun existiendo abuso en el desempeño del cargo, esto no implica que haya de ser delito, sino una falta administrativa que pueda ser grave y eventualmente ameritar el sumario y destitución del funcionario infractor, pero todo ello ajeno» –¡ajeno!, ¡ajeno!– «al Derecho penal. […] «¿Cómo distinguir al abuso de funciones de una trasgresión disciplinaria o de la violación a los deberes inherentes al funcionario? Si el desborde a la función pública, en tanto no esté especialmente previsto en una norma penal específica, ha de ser valorado únicamente en cuanto a la arbitrariedad, entonces resulta ostensible que la norma penal está vacía de contenido y, en conclusión, es un instrumento pronto a ser utilizado con el fin de sancionar penalmente a aquella persona sobre la que pese una sombra de duda que no se ha podido despejar, y ante la cual se opta por la imputación de un delito “cajón de sastre”» –esta expresión se reitera en todas las exposiciones de los expertos– «o residual a donde va a parar todo aquello que no se sabe dónde ubicar pero se desea guardar. […] Pero al elevar a la categoría de delito todo aquello que sea administrativamente un abuso de la función (aun cuando sea con intencionalidad y arbitrariedad), se dejan de lado los cardinales principios penales de significancia, legalidad, tipicidad, lesividad, especificidad, proporcionalidad, ultima ratio y humanidad». Esto último se agrega, porque antes no figuraba.

Y sigue: «Cabe destacar que el tipo penal de referencia encuentra su modelo en el similar del actual Código Penal italiano ideado por Rocco, quien en el artículo 323 pretendió abarcar aquellas conductas sectaristas, prepotentes, vengativas, la enemistad, la adulonería y el celo excesivo del funcionario u oficial público, mediante un tipo penal no acumulativo, dado que no puede concurrir con ningún otro delito del Título en cuestión». ¡Estamos hablando de Rocco, del artículo 323 del Código Penal italiano de aquella época, de la época fascista!

El informe sigue –ya no lo digo yo–: «Es esta una nítida expresión fascista». ¡Esto lo dice la cátedra de la UdelaR, no lo digo yo!, además de manifestarlo, naturalmente.

Y continúa diciendo: «Comentando la figura penal italiana, Maggiore reconoce que el abuso genérico o innominado de funciones es inasequible, motivo por el cual son escasos (y cada vez menos) los ordenamientos penales en los que se haya legislado al respecto. […]

Saltelli y Romano-di Falco destacaron que el tipo penal italiano (similar al nuestro) debe contener en el elemento moral al dolo, es decir, la voluntad de cometer el hecho en que consiste el abuso con el fin de hacer recaer en otro un daño o procurarse una ventaja. Según los referidos comentaristas del Código italiano, la figura requiere un dolo específico, dejando de lado las hipótesis de errónea interpretación de la ley, la irregularidad y la negligencia. Si bien el dolo puede ser específico, el abuso no lo es, y el acto arbitrario queda subsumido a variantes de tipo administrativo que inhiben de apreciar el carácter de ilicitud penal de la acción. Tanto el abuso como el acto arbitrario referidos en el art. 162 del CP carecen de sustrato normativo, siendo interpretables libremente por parte del intérprete. Extremo este inadmisible en un sistema orgánico que pretenda ser representativo de un Estado Constitucional de Derecho», que es el que pretendemos tener nosotros.

Más adelante, dice: «Camaño Rosa destacó que el acto arbitrario requerido por el tipo debe concretarse objetiva y subjetivamente, de manera de excluir lo erróneo o irregular. A pesar de ello, la praxis exhibe que la figura suele aplicarse a personas de la política que han sido culpabilizadas a priori por algunos mass media, llevándose así a cabo el consabido espectáculo de los denominados juicios paralelos, en los cuales la prensa juega el rol de juez y fiscal, adelantándose largamente a la Justicia y, a fin de cuentas, juzgando no solo al indagado, sino a la misma Justicia según lo que esta falle».

¡Y sigue! Vuelve con el doctor Milton Cairoli –no quiero aburrir al Senado– y quiero leer una de las partes finales del informe: «El artículo 162 del Código Penal uruguayo violenta también lo dispuesto por el artículo 10 de nuestra Carta Magna, en tanto que la prohibición contenida en el tipo penal de marras no resulta identificable por el ciudadano que se desempeña en la actividad funcionarial pública».

En las conclusiones, se señala: «1. Asistimos a una magnífica oportunidad legislativa» –¡lo dice un informe, no yo!– «para derogar el tipo penal de abuso de funciones en casos no previstos especialmente por la ley, ya que la conducta descrita en el tipo estudiado no es ontológicamente un delito y, por ende, no debería integrar el elenco de las conductas penalmente reprochables. 2. No obstante, todo abuso –de la naturaleza que fuere– es una actitud social, moral y éticamente desvalorada que amerita su severa sanción en el ámbito apropiado, vale decir, en sede administrativa» –por ende, aunque no lo dice, no en la penal–. «3. La figura penal analizada resulta un resabio o atavismo de un sistema penal pensado para reprimir a la persona por lo que es y no por lo que ha hecho. Esto no debe encontrar resguardo normativo en nuestro sistema penal».

¡Fíjese, señora presidenta –ahí termina el informe de la UdelaR–, cómo me reprocho que hace diez años dije al expresidente Sanguinetti que era un problema de oportunidad, cuando se nos señala que no debe estar en nuestro sistema penal!

Veamos qué dice el doctor Germán Aller. ¡Lo del doctor Aller no tiene desperdicio! Como no es un hombre de mis tiendas, voy a abusar de la paciencia del Senado para leer prácticamente toda la versión taquigráfica. Dice Aller: «Este no es un delito nuevo, sino uno de larga data. El problema es que siempre creó inconvenientes –tanto en el siglo xix como a lo largo de todo el siglo xx–» –está hablando del derecho del mundo– «y se acentuaron en las últimas décadas. Aclaro que estoy hablando concretamente de Uruguay, y no hay muchos otros países que lo tengan porque la mayoría lo han eliminado» –¡Somos parte del club exclusivo de los países que tienen este tipo de artículos!–. «Creo, sin temor a equivocarme demasiado, que una figura parecida a esta –porque no es igual– no la mantienen más de quince países en el mundo. […] Aclaro que me refiero al siglo xix, mucho antes del fascismo; y al fascismo esta figura le encantó porque le servía. […] Se llega al modelo de Arturo Rocco, quien estaba vinculado al fascismo –nadie puede poner en tela de juicio su calidad como penalista–, y pone este delito haciendo los buenos oficios para su hermano Alfredo Rocco, que era guardiacivil, una especie de ministro de gobierno. Me estoy situando en el régimen de il duce, cuando Mussolini en el año 1930 todavía no había expresado plenamente lo que luego sería la hecatombe del fascismo».

Por supuesto que en este repartido voy salteando partes de la versión taquigráfica. Ahora voy a mencionar una parte que tengo resaltada en negrita y subrayada –¡escúchese bien!– de lo que dice el doctor Aller: «Una posibilidad era la derogación lisa y llana. Huelga decir» –lo dice Aller– «que soy absolutamente partícipe de la eliminación radical, completa y total, tal como lo propone el proyecto que he leído» –esto no es nuestro; es nuestro porque lo hemos presentado, pero es el mismo del doctor Sanguinetti– «que es el mejor proyecto del mundo porque dice algo bien claro y nítido: “derógase el artículo tal”. Este proyecto es magnífico, porque es tajante, concreto, claro y elimina un problema que Uruguay viene arrastrando allende los partidos políticos».

¡No lo digo yo, sino el uno de la cátedra de la UdelaR! Quienes no han estado en la Comisión de Constitución y Legislación tienen que haber escuchado ahora –quizás no por mi dicción–, tienen que haber sentido un golpe en el pecho de lo que es nuestro sistema penal uruguayo manteniendo este artículo, y él dice «la eliminación radical». ¡Fíjense que es un hombre de la academia!

Y sigue expresando: «Entonces, cuando alguien propone la derogación, automáticamente y en forma sistemática el del bando contrario no la quiere porque, o bien piensa que de esa manera puede tener algún tipo de rédito, o –para no pensar solamente en términos mezquinos– cree que es lo justo. […] Ninguna ley debe hacerse a nombre propio; por lo menos eso es lo que aprendimos todos los que pasamos por la Facultad de Derecho. No se puede legislar a nombre propio, es decir para una persona y en su beneficio. No estamos hablando de beneficiar sectores vulnerables –eso es otro tema–, me refiero, repito, a nombre propio».

En la versión taquigráfica hay una parte que, si bien no pensaba leer, la citaré más adelante, que son palabras muy buenas del doctor Aller sobre el fallecido contador Enrique Braga –es la única persona que voy a nombrar–, porque no quiero que mañana digan que yo expresamente saqué un momento de la comisión realmente importante.

El doctor Aller sigue hablando del «cajón de sastre», de que la conducta criminal debe incriminar específicamente. No puedo leer todo porque agotaría el tiempo de que dispongo, pero tengo algunas partes subrayadas de su intervención para mencionar: «Porque el abuso de funciones es una conducta en la que el abuso es el medio y no el fin. En realidad, el fin es otro, es llevar a cabo un acto arbitrario, defecto de la redacción de Irureta Goyena, heredado del código italiano. El común de la gente se refiere al abuso de funciones como delito, porque lo dice el nomen iuris o el título, pero el verdadero delito es la comisión de actos arbitrarios. Los abusos de funciones –lo dice el código– son los medios a través de los cuales el que los comete lleva a cabo actos arbitrarios. Quiere decir que el núcleo, digamos, del tipo penal es un acto arbitrario». Y luego dice: «El acto arbitrario puede ser arbitrario pero justo y, entonces, tendremos una falla administrativa, pero no un dolo desde el punto de vista penal y no podría imputarse como delito. Distinto es el cohecho o el fraude, donde sí la estructura es correcta, acertada, está cerrada y nos permite identificar perfectamente la conducta con la intencionalidad del individuo».

Más adelante, señala: «El hecho de que la Suprema Corte de Justicia no decrete la inconstitucionalidad en algún caso no quiere decir que los estudiosos» –se refiere a él y a otros– «no podamos seguir sosteniendo, con argumentos igualmente respetables, que se ha incurrido en inconstitucionalidad». ¡Ojo!, todas las cátedras dicen que es inconstitucional y que se está afectando la libertad, valor sustancial para los uruguayos. En realidad, dije que no me iba a meter con el tema de la inconstitucionalidad y voy a tratar de cumplir.

Continúo con lo expresado por el doctor Aller: «Otro de los argumentos fuerza que se han utilizado para cuestionar la derogación es que pueda beneficiar a personas que hoy se encuentren involucradas en indagatorias o investigaciones. Por supuesto que no daré nombres, pero se trata de las que todo el mundo conoce y las que a veces la gente no conoce. Es cierto que se beneficiarían, pero lo voy a decir de otra manera: no conozco ningún caso de la historia del Uruguay en el que se haya imputado el abuso de funciones y que haya sido justo». Insisto, ¡no conoce ningún caso que haya sido justo! Luego, agrega: «En todos los casos fue una injusticia aunque la ley la consagrara. Es la vieja discusión de si todo lo legal es justo. Vasile Stanciu, un húngaro radicado en Francia desde hace muchos años –para no hablar de uruguayos–» –que también lo aseveran– «decía con toda razón que ni todo lo legal es justo, ni todo lo justo es legal». Y escuchen lo que dice ahora: «A mi modo de ver, honesta y modestamente –pero sobre todo honestamente– creo que no se trata de modificar lo que está mal sino de eliminar lo que entendemos que está mal, sin distinción de partidos políticos».

Más tarde se vuelve a referir al artículo 162 y expresa: «En la redacción actual, el artículo 162 tiene como nomen iuris: “Abuso de funciones en casos no previstos especialmente por la ley” y luego describe una conducta que nadie ha logrado saber en qué consiste». Quiere decir que una conducta que nadie sabe en qué consiste, la penamos con la privación de la libertad y ese poder se lo damos a un juez. Ese es el Estado uruguayo, el país donde vivimos. Al respecto, dice más adelante: «Sin embargo, aparece una figura del delito del no delito, que es el abuso de funciones, según el artículo 162. Este problema no lo tenemos con el resto de los delitos contra la Administración pública», por lo que el problema está puntualmente ahí.

El doctor Aller concluye: «En definitiva, la mera derogación de este artículo deja sin efecto todo lo atinente a él», y yo agrego que no toca el resto de los delitos, esto es, cualquier delito de corrupción u otro que cometa un funcionario.

Luego, se pone a teorizar y dice: «Esto me hace acordar al Teorema de Thomas, que dice que una falsedad repetida muchas veces no es cierta nunca pero produce efectos verdaderos». No es cierto que estemos dejando indefensa a nuestra Justicia, pero como esa afirmación se repite, se repite y se repite, crea el efecto de creer que no debemos tocar nada para no dejar a la Administración indefensa. En este sentido, agrega: «Si entendemos que hay conductas criminales, busquemos las verdaderas: fraudes, concusiones, peculados, etcétera. No es el cajón de sastre el lugar donde vamos a atrapar lo que no hay. Vamos a buscar lo que hay que buscar».

El doctor Aller sigue con su exposición en el mismo sentido, pero no voy a continuar leyendo, no porque aburra, sino porque es impresionante la cantidad de argumentos que brinda y quiero referirme a otros informes.

La Universidad Católica del Uruguay envió un informe a la comisión y concurrieron tres penalistas que están a cargo de la cátedra de Derecho Penal. El informe es largo, de varias hojas, y subrayé las partes más sustanciosas. Allí se dice: «El tema concierne al delito contra la Administración Pública, inserto en el artículo 162 del Código Penal, denominado “Abuso de funciones” cuyos límites imprecisos –o, mejor, cuya carencia de límites– son incompatibles con el mandato de determinación contenido en el artículo 10 de la constitución uruguaya, porque no aparece suficientemente determinado lo que se quiere poner bajo castigo». Otra vez, aparece aquí el tema de la inconstitucionalidad.

Más adelante, dice: «Este carácter nebuloso e inasible de la conducta, que, en lugar de ser descrita es simplemente sugerida, pone en duda razonable la constitucionalidad de la disposición que la mienta. Pero es que, precisamente a causa de su propia indeterminación, la norma cuestiona ante todo su propia aplicabilidad, en la medida en que no es posible discernir dentro de un ámbito de razonable delimitación de los hechos, qué es lo que se encuentra bajo castigo». Aquí abro un paréntesis –y esto no lo dice la cátedra– porque varios abogados penalistas señalan que cuando tienen que defender a alguna persona a la que se acusa por esta norma –no hablo de delito, porque no existe o, mejor dicho, existe en la letra pero no está identificado–, les es muy difícil hacerlo porque no se sabe cuál es la conducta que está siendo punible, como dice el informe de la Universidad Católica del Uruguay. En este sentido, el informe expresa: «El peligroso vacío de descripción que ha dejado la ley, ha sido, en ocasiones, ocupado por valoraciones judiciales que han tenido en cuenta, para entender configurado el delito, no solo las irregularidades formales de ciertos actos administrativos, sino, aun… ¡la mera conveniencia de los mismos! Allí donde la expresión de la ley es imprecisa, ya sea por la desmedida e irrazonable extensión de lo que quiere prohibir, ya por la absoluta omisión de pautas objetivas para determinar la conducta, allí también la disposición constitucional de certeza aparece incumplida. En otras palabras: no aparece determinado lo que la ley manda o prohíbe». ¿Qué debe decir la ley? Lo que diga el Parlamento, este debe determinar los delitos y no ser impreciso.

Para no leer todo el informe, voy a su parte final, que dice: «Es tradicional la distinción entre abuso de poder en sentido objetivo y en sentido subjetivo. El primero se da cuando el acto es sustancial y formalmente contrario a las normas reguladoras de la actividad funcional del sujeto que lo hace para cometer el hecho incriminado. Pero puede ocurrir que sin violar formalmente las normas legales para el ejercicio de su actividad, se produzca el acto de abuso de poder porque se realiza con un fin distinto a aquel para el cual fue conferido el poder. De ahí el sentido subjetivo del abuso, que solo puede conocerse cuando se sabe la intención del sujeto. Este tipo de desviación de poder es frecuente cuando se sustituye el interés público por el privado».

Ahora me quiero referir a lo que dijeron en la Comisión de Constitución y Legislación los doctores Gastón Chaves, Mario Spangenberg y Carlos Elías Uriarte, del Departamento de Derecho Penal de la Universidad Católica del Uruguay. El doctor Chaves insiste en la inconstitucionalidad y expresa: «El artículo 10 de la Constitución en su segundo inciso establece: “Ningún habitante de la república será obligado a hacer”» –y lo subrayo– «“lo que no manda la ley ni privado de lo que”» –una vez más lo subrayo– «“ella no prohíbe”». Y continúa: «Esta conjunción empleada dos veces en la oración indica que lo mandado o prohibido por la ley debe tener la concreción suficiente como para que el ciudadano sepa qué es lo que no puede hacer y, a la vez, que los magistrados identifiquen qué conducta pueden y deben castigar. El artículo 1.º del Código Penal se presenta en comunidad absoluta con esta disposición constitucional en la medida en que establece como delito toda acción u omisión expresamente prevista por la ley penal». Y otra vez lo subrayo: «prevista por la ley penal».

Señor presidente: creo que sería bueno, si la Mesa así lo indica, que se repartiera este artículo 1.º del Código Penal.

Y luego dice: «De algún modo, esta figura confiesa desde el título –abuso de funciones en los casos no previstos especialmente– la infracción al principio constitucional de determinación de la conducta. Aquí viene al caso invocar la autoridad de Soler quien decía en una consulta, que los materiales que componen la cantera de los delitos son la violencia, el fraude y la injuria como modos generales de conducta que luego se concretan en determinados delitos». De ahí nacen los tres: injuria, fraude y violencia.

Y continúa: «En tal sentido, el fraude puede concretarse en una estafa, en un abuso de inferioridad psicológica de incapaces, en la destrucción maliciosa de cosa propia o en la propia coincidencia nominal con el delito de fraude del artículo 160, pero no lo hay, ni podría haber, un delito genérico de fraude que se castigare el hecho de frustrar la ley o los derechos que de ella derivan –en esto consiste el fraude–; lo mismo ocurriría, y esto me parece más claro, con una figura que castigara la pura violencia: un delito de violencia, el que cometiere violencia. Puede decirse: el que cometiere homicidio; el que cometiere lesiones; el que privare de su libertad, son todos delitos violentos, pero un delito de violencia no existe ni podría existir porque carecería de contorno, sería demasiado abarcador».

SEÑOR CARÁMBULA.- Formulo moción para que se prorrogue el tiempo de que dispone el orador.

SEÑORA PRESIDENTA.- Se va a votar la moción formulada.

(Se vota).

–22 en 23. Afirmativa.

Puede continuar el señor senador.

SEÑOR MICHELINI.- Lo que dicen las cátedras, señora presidenta, es concluyente; lamentablemente, voy a dejar de lado todo lo que dice la UdelaR.

Voy a decir que la Jutep nos sugirió modificar el artículo, pero cuando se le preguntó acerca de la redacción, el contador Gil nos respondió: «¿Cómo lo redacto? Sinceramente no me apuren mucho, pero veremos. Ahora estamos planteando fortalecer la Jutep y no quiero aprovechar esta instancia de intercambio para llorar por lo que no tenemos, pero realmente no podríamos presentar una redacción porque no contamos con un asesor jurídico. De todos modos tomamos el desafío y haremos lo posible por arrimar propuestas lo más serias posibles».

Después, allí mismo, cuando levantó la comisión, Gil nos dijo que ellos no son especialistas, no pueden redactar; no pueden hacerlo.

A su vez, en el reportaje que le hicieron a Langón en el programa En perspectiva –son tres hojas– él explica que está contra este artículo y dice que hay que derogarlo. Pero también voy a pasar por alto este reportaje, señora presidenta.

Sin embargo, sí voy a leer la convención de la ONU, porque algunos dicen que esto contraviene el artículo 19 de la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción.

La señora senadora Ayala me pasó un trabajo que hizo, junto con la gente que la asesora, lo cual agradezco. Allí podríamos tener una luz amarilla al principio. ¿Qué está pasando? ¿Estamos contraviniendo un artículo de la convención de la ONU? ¿Ninguno de los catedráticos nos dijo nada acerca del artículo 19?

El artículo 19 de la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción establece: «… la realización u omisión de un acto, en violación de la ley, por parte de un funcionario público en el ejercicio de sus funciones, con el fin de obtener un beneficio indebido para sí mismo o para otra persona o entidad». Repito el final: «con el fin de obtener un beneficio indebido para sí mismo o para otra persona o entidad».

Las cátedras no nos dijeron nada porque no está afectado el artículo 19. Y no lo está porque, en un comparativo, el artículo 19 de la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción está atendido por los artículos 156, «Concusión»; 157, «Cohecho simple»; 158, «Cohecho calificado»; 160, «Fraude»; 161, «Conjunción del interés personal y del público»; 163, «Revelación de secretos»; y 163 BIS, «Utilización indebida de información privilegiada», del Código Penal, así como por la Ley n.º 17060, cuando refiere al cohecho transnacional.

Alguien dirá que todo eso atiende el artículo 19, pero que falta el artículo 162 del Código Penal. Eso no es así, señora presidenta, porque el artículo 19 de la convención dice «un beneficio indebido para sí mismo o para otra persona o entidad», pero eso no es lo que dice el artículo 162.

No estamos violando ningún convenio internacional con la derogación de este artículo. Si no, las cátedras nos lo habrían dicho. Habrían dicho: «¡Cuidado, legisladores, senadores, senadoras, que tenemos este problema!».

Quisiera referirme ahora a la situación política. Son menos hojas y espero que la voz no me falle, señora presidenta.

¿Cuáles son los argumentos por los cuales este artículo no se derogó? Vamos a tratar de mencionarlos, y también de sortearlos.

Se dice que si lo derogamos se benefician algunos ya procesados, porque se les aplica la norma más benévola. Bueno, así pasa y pasó con todas las normas penales, entre ellas, la referida a la moneda extranjera. Alguien me dirá –me adelanto– que eso ya estaba en desuso y que seguramente no había nadie procesado por ella.

Voy a contar una anécdota, señora presidenta, porque quiero que conste en la versión taquigráfica. Hace unos quince años, cuando recién comenzaban las redes a nivel internacional, en un país africano –no voy a dar el nombre porque no importa; no sé si el régimen era constitucional o no–, a una mujer acusada de adulterio se la había condenado a la pena capital por lapidación. Una cantidad de personalidades, incluidos artistas –hasta alguno de Hollywood–, políticos y gobernadores –primero norteamericanos y luego europeos– empezaron a pedir clemencia y que se derogara el artículo que establecía la muerte de una mujer que fuera encontrada en adulterio. Allá fue nuestra firma; por supuesto que yo no era ni soy una personalidad, pero allá fue. Hete aquí que el gobernador de turno contesta algo que no podíamos ni imaginar. Debo decir que repasé todas las carpetas, pero no pude encontrar la contestación que me mandaron, y quiero recordar que en esa época teníamos que esperar más de un minuto y medio para que bajara una página de Internet. El gobernador responde que era muy sana y muy noble nuestra preocupación –¡por supuesto!, y lo pedían personalidades de todo el mundo, entre quienes no me incluyo, señora presidenta–, pero que no debía actuar en consecuencia; la tomaría en cuenta, pero como había casos –parece que no era el único– que estaban siendo juzgados, si se aprobaba la norma sería con nombre y apellido. ¿Qué quiere que le diga? Estaban dispuestos a matar a una persona por algo que era injusto, con tal de que no se dijera que era algo con nombre y apellido.

He defendido toda mi vida el tema de los derechos humanos y la justicia, he firmado declaraciones por presos en otros países de América Latina, de Sudamérica, pero hay ciudadanos uruguayos que están injustamente procesados por un delito que no es delito, por una norma que determina en forma innominada un delito, y no hago nada. ¡No hago nada! Es fácil moverse por lo que sucede en otros países; pero ¿por el nuestro? ¿Por las injusticias de nuestro país?

Se ha dicho que así se benefician los políticos amigos. Ahora voy a leer lo que opina Germán Aller al respecto: «Se dice que eso puede beneficiar a algún partido, pero me retrotraigo y pienso en el agravio brutal de injusta condena que sufrió, por ejemplo, el contador Braga. Quiero ser claro en que no lo digo por el partido político al que pertenecía, sino porque murió y porque no tengo la menor duda de que esa condena absolutamente injusta incidió en su muerte, como quedó claro para la Justicia uruguaya luego de que se hicieran otras pericias». Si alguien se movía por Braga y se lo acusaba de ser su amigo, podía decir: «No, estoy luchando por lo justo. ¡Por lo justo!».

Voy a contar dos anécdotas, señora presidenta, aunque digan que soy dramático. En el año 1972 llevan preso a Jorge Batlle, y Julio María Sanguinetti –¡pobre!, se estará acordando de mí– renuncia al ministerio, retoma su cargo en la Cámara de Representantes e interpela al ministro correspondiente. No soy un lector detallista, pero no encontré a ningún representante de ese momento que le dijera: «Mire, diputado Julio María Sanguinetti, usted está hablando por un amigo». Nadie dijo eso; discutían sobre si era bueno, si era malo, si se trataba de un acto arbitrario o no y acerca de dónde estaba la justicia, pero nadie descalificaba a una persona ni podía pensar que Julio María Sanguinetti, estando el doctor Jorge Batlle preso, lo estaba defendiendo porque era un amigo.

SEÑOR LARRAÑAGA.- ¿Me permite una interrupción, señor senador?

SEÑOR MICHELINI.- Se me va a acabar el tiempo y todavía tengo mucho para decir. De todas formas, voy a conceder esta interrupción, señora presidenta, pero adelanto que no daré ninguna más.

SEÑORA PRESIDENTA.- Puede interrumpir el señor senador Larrañaga.

SEÑOR LARRAÑAGA.- Señora presidenta: pedí esta interrupción porque me parece que el señor senador está transitando por un camino equivocado. Lo digo respetuosamente pero con total firmeza. No me parece justo ni ético que se utilice la figura de personas muertas para llevar adelante ejemplos que le aporten agua al molino que pretende hacer girar el señor senador. No le marco conductas a nadie –no tengo ese derecho y no soy quién para hacerlo–, pero no es buena cosa que en un debate parlamentario se traiga el ejemplo de gente que ya murió, que en su momento fue involucrada y enlodada impunemente, para esgrimir razones a favor de la posición que se quiere imponer.

Que me perdone el señor senador que está haciendo uso de la palabra, pero tenía que expresar esto en este momento.

Muchas gracias.

SEÑORA PRESIDENTA.- Puede continuar el señor senador Michelini.

SEÑOR MICHELINI.- Con todo respeto, creo que el señor senador Larrañaga debe leer la versión taquigráfica de sus palabras –no de las mías– y hacer una fotocopia de cada intervención durante el tratamiento de los proyectos de ley, porque todos los parlamentarios –diputados y senadores– hablamos del pasado, de la historia y recordamos a los hombres. ¿No podía nombrar a Braga porque lo hizo Aller? Me parece que va a tener que interrumpir a cada orador durante todo el tiempo que sea senador para hacer esta misma observación, que tiene carácter más moral que político.

Y con todo respeto, también, voy a seguir con mi alocución.

Se nos dice que estamos defendiendo a amigos, pero lo que estamos haciendo es levantar una bandera de justicia sabiendo que nuestro nombre, en las redes y en la calle, va a ser enlodado. ¡Y ni siquiera se me quiere permitir abrir la boca y levantar la voz en este Senado! ¿Usted sabe lo que están diciendo de mí, señora presidenta? Todos lo sabemos, pero voy y pongo la cara; ¡por todo lo que estoy diciendo se me señala, se dice «ese»! Pero, repito, voy a seguir –el señor senador Larrañaga me conoce mucho y lo sabe– y ahora voy a nombrar a mi padre, lo que le va a gustar menos aún.

Cuando estaban torturando a Rosencof, en el año 1972 –¿quieren que diga quién gobernaba?–, Zelmar Michelini –a quien, por supuesto, no le llego ni al talón de los zapatos– hizo una exposición en el Senado y nadie lo interrumpió; no lo hizo Wilson Ferreira Aldunate, no lo hizo Carlos Julio Pereyra y no lo hizo Vasconcellos. Nadie le dijo: «Está defendiendo a un amigo». ¡Nadie le dijo: «Usted está hablando por su amigo»! Por supuesto que Zelmar Michelini venía hablando de las torturas de ese Gobierno desde hacía mucho tiempo. Es más: si alguien hubiera dicho que estaba defendiendo a un amigo, habrían salido cinco o seis espadas del hemiciclo –no del Frente Amplio, sino del resto– a increpar cómo se podía pensar que estuviera haciendo eso.

¿Usted cree, señora presidenta, que estoy defendiendo a amigos? Estoy defendiendo lo justo. Si mañana una persona es procesada por un delito real, que así sea; pero si es procesada por un delito inexistente, ¿no voy a levantar la voz? ¿Me voy a quedar tranquilo? ¿No voy a tener la valentía de decir lo que siento?

O el señor senador Larrañaga me menosprecia, o no me conoce.

Brevemente, quiero decir que hace poco –ya di ese momento por concluido–compañeros del Frente Amplio, algunos de ellos del Nuevo Espacio –en todos los partidos hay mezquindades–, vinieron a decirme: «¿Justo ahora, Rafa,» –así me dicen– «vas a presentar esto? ¡Mirá si tenés la suerte de que eso se derogue cuando nosotros vamos por este intendente!». No importa el pelo, no importa el departamento en cuestión. Hablé quince minutos y les dije lo que significaba este artículo; les leí algunas opiniones del doctor Aller –no fui tan tedioso como en este Senado, ni ellos tenían la paciencia para escucharme– y, al final, el más veterano –el más baqueano, dirían los blancos– comentó: «Si es injusto, Rafa, deróguenlo», y se fueron. Esto se da así porque nos alienta la justicia.

Otra de las cosas que se nos dice es que lo deroguemos cuando se dé la discusión del Código Penal. Esta es la peor de todas las posturas, señora presidenta, y lo digo con todo respeto. Si está mal, si es injusto y se procesa gente injustamente, ¿vamos a sacarlo cuando se dé la discusión del Código Penal? ¿Estamos ensuciando el buen nombre de personas, mancillando su honor y cometiendo un daño moral, y nos cruzamos de brazos esperando un Código Penal, que vendrá o no? Esta es –repito– la peor posición de todas, señora presidenta, ¡la peor de todas!

Si está mal, vamos a sacarlo, como se hizo en la comisión respectiva de la Cámara de Representantes. Esto no llegó al Senado porque ya no venía de la comisión de la Cámara de Representantes. Es más; cuando en la comisión –que creo que presidía Cairoli– se propuso un código penal, eso ya no estaba porque toda la cátedra lo sacó, lo derogaba. La comisión respectiva de la Cámara de Representantes también lo derogaba, con acuerdo político de todos los partidos. Pero se sigue mancillando el nombre de las personas, ¡y quieren que me quede con los brazos cruzados! ¡Donde hay una injustica, allá estamos!

Con respecto a este tema del Código Penal, tengo que decir lo que siento, y si me pegan palos, que me peguen. Todo el mundo piensa: «Esto está mal, pero vamos a sacarlo en el paquete para que pase desapercibido». No, yo no tengo problema en dar la cara y decir que esto está mal, ¡porque está muy mal! Pero, sobre todo, habla muy mal de nosotros que dejamos que se haga daño moral a las personas pasivamente.

Otros dicen: «Vamos a modificarlo». Decía Aller: «Una posibilidad era la derogación lisa y llana. Huelga decir que soy absolutamente partícipe de la eliminación radical, completa y total…», en fin, todo lo que ya leí. Él está en contra, porque dice que el cajón de sastre, cuando se le identifica en un delito, ya deja de ser cajón de sastre, y si se cree que hay un delito que no está, hay que ponerlo. Pero no es que se modifica el cajón de sastre, porque o es cajón de sastre o hay que eliminarlo. Decía que si se precisa bien el delito se termina escribiendo «delito de concusión, cohecho simple o calificado o fraude», pero ya deja de ser cajón de sastre. Repito una de las afirmaciones de Aller: «Soy absolutamente partícipe de la eliminación radical, completa y total, tal como lo propone el proyecto que he leído».

Otra de las cosas que se dicen es que dejamos indefenso al Estado en nuestra lucha contra la corrupción; ¡¿a mí?! Esta fue una iniciativa de quien habla en la Cámara de Representantes, con los diputados que tenía el Nuevo Espacio: artículo 153, «Peculado»; artículo 155, «Peculado por aprovechamiento del error de otro»; artículo 156, «Concusión»; artículo 157, «Cohecho simple»; artículo 158, «Cohecho calificado»; artículo 158-BIS, «Tráfico de influencias»; artículo 159, «Soborno»; artículo 160, «Fraude»; artículo 161, «Conjunción de interés personal y del público»; artículo 163, «Revelación de secretos»; artículo 163-BIS; artículo 163-TER; artículo 163-QUATER; artículo 164 y 165 y, además, el artículo de cohecho y soborno trasnacionales. Son 16 artículos, y si alguien tiene alguno más, que lo traiga, porque estamos estudiando otros artículos.

Otra cosa que se dice es que la gente no va a entender esta señal; que es una pésima señal contra la corrupción. Es como decir que el daño moral que está pagando alguien es menor con respecto a descreer o a que la población descrea en la política. Estamos mirando la tribuna. Creo que si esto está mal hay que sacarlo. Pero mirar la tribuna, señora presidenta, no creo que esté bien. Yo soy ateo, no creo en la biblia –vaya a saber si existió o no– pero el relato bíblico existe por sí mismo. Poncio Pilato, por ejemplo, es el que deja que decidan otros por él y, supuestamente, pone a dos reos, a Barrabás y a Jesús, para que otro decida por él. Pero ¿por qué no nos jugamos por lo que creemos? ¡Si esto está mal, ¿por qué no le decimos todos juntos al pueblo uruguayo que esto está mal?! O pongamos otros argumentos, pero que no se me venga con que es una mala señal. ¡La mala señal es que los políticos no se juegan por lo que creen! Y si yo creo en algo, así en las redes se diga todo lo que se diga, lo que importa es que Michelini dice su verdad y, después, que la gente lo juzgue. Capaz que no tengo un voto, pero tengo la conciencia tranquila.

Lo que voy a decir no tiene nada que ver con el tema que estamos tratando –capaz que la señora presidenta se enoja por eso–, pero hace poco el señor senador Bordaberry tomó una decisión porque estaba convencido de ello y, seguramente, todos sus correligionarios piensan diferente a él, pero se jugó por lo que él creía; bueno o malo, pero se juega por lo que cree. ¿No es eso lo que tenemos que hacer, en el acierto o en el error?

También se nos dice que no hay votos en la Cámara de Representantes, entonces, ¿para qué hacer el desgaste? Me lo dicen los propios compañeros de la Lista 99000: «Para qué hacer el desgaste si en la Cámara de Diputados no va a haber votos». Y yo me pregunto: «¿Por qué no va a haber votos?». Es un proyecto presentado por un expresidente y secundado por quien fuera tres veces intendente de Tacuarembó; la comisión que presidía Cairoli –que tenía a todos– estaba a favor de esta derogación; la comisión respectiva de la Cámara de Diputados aprobó por unanimidad todo el conjunto del Código Penal que incluía esto, que es injusto y está mal; es un artículo que no debe estar en nuestro ordenamiento penal, que todas las cátedras dicen que hay que sacarlo. Entonces, ¿por qué no va a tener los votos en la Cámara de Diputados? ¡Veremos! Yo voy a dar la lucha, y hay muchos que van a dar la lucha.

Quiero volver atrás, señora presidenta, a esa conversación que tuve con Sanguinetti, si me lo permite el señor senador Larrañaga, porque Sanguinetti no falleció, está vivo. Sé que aburro al Senado, pero es lo que yo siento y pienso. Sé que me hice mal la pregunta de si era oportuno o no, en vez de si era justo o injusto; esta última pregunta era la que me tendría que haber hecho. Pero, señora presidenta ¿por qué no me hice esa pregunta? Repito: creo en la Justicia, creo ser una persona de buena fe, creo que en estos años me he ganado el respeto de todos los integrantes de este Senado. Pero ¿por qué me hice mal la pregunta? He llegado a la conclusión de que me hice la pregunta incorrecta porque no me puse en la piel del otro. Yo trato de ponerme en la piel del otro –y si no lo creen, vean mis intervenciones e interrupciones– para ver cómo razona el otro, porque el otro tiene cosas para enseñarme, para decirme, yo tengo cosas para aprender de él, porque capaz que tiene razón. En el momento de la discusión con Sanguinetti –en la comisión fui muy breve, pero después continuamos con la comisión ya terminada– me dijo: «Michelini: nunca va a haber oportunidad». Yo trataba de escucharlo y siempre me decía, una y otra vez: «No es oportuno, no es oportuno. No te dejes convencer», porque Sanguinetti convence, y muchos de los que están acá lo saben. Si me hubiera hecho la pregunta de si era justo o no, habría actuado bien. Y ¿por qué no lo hice? Porque, como ya dije, no me puse en la piel del otro. No me puse en la piel de los funcionarios, no de los que están –que dicen que defendemos a nuestros amigos– sino de las personas que fueron procesadas todos estos años; el daño moral que se les hizo –Aller citaba a Braga, pero yo no los voy a nombrar– es muy superior al daño penal. Yo me pongo ahora en la piel de los próximos, de los que vendrán dentro de cinco, diez o quince años, cuando ninguno de los que estamos acá estemos acá, pero nunca va a ser oportuno. ¿Y vamos a dejar que mancillen su honor, que toquen su buen nombre y que les hagan daño moral? No. Ahora, señora presidenta, que me puse en la piel del otro, de todos los intendentes del país, de todos los directores de entes autónomos, de todos los que están administrando y haciendo la cosa pública, puedo ver que ninguno se salva del rey, o sea, del juez legislador; ninguno se salva.

Es por eso que levanto mi voz, para derogar esta norma. No hablo de derogar el delito, porque no está descrito. Pido que alguien me diga cuál es el delito: no existe, y por eso levanto esta voz. Acá hay una injusticia menor para algunos, aunque para otros tal vez sea útil para sacar rédito. Sin dudas, otros podrán decir lo que quieran del señor senador Michelini, pero para mí este es un acto de justicia. Aspiro a que en el día de hoy esto se derogue, que el Senado actúe en consecuencia y que la Cámara de Representantes haga lo propio.

Es cuanto tenía para decir, señora presidenta.

SEÑORA PRESIDENTA.- Antes de continuar con la lista de oradores, vamos a poner a votación la solicitud formulada por el señor senador Michelini, en el sentido de que se distribuya el texto del artículo 1.º del Código Penal.

Se va a votar.

(Se vota).

–24 en 24. Afirmativa. UNANIMIDAD.

14) SUSPENSIÓN DE LA SESIÓN DEL DÍA 13 DE JUNIO

SEÑORA PRESIDENTA.- Léase una moción llegada a la mesa.

(Se lee).

SEÑOR SECRETARIO (José Pedro Montero).- «Los abajo firmantes mocionamos para que se deje sin efecto la sesión del Senado del día martes 13 de junio de 2017». (Firman la señora senadora Daisy Tourné y los señores senadores Delgado, Bordaberry y Mieres).

SEÑORA PRESIDENTA.- Se va a votar la moción formulada.

(Se vota).

–24 en 24. Afirmativa. UNANIMIDAD.

15) ABUSO DE FUNCIONES EN CASOS NO PREVISTOS ESPECIALMENTE POR LA LEY

SEÑORA PRESIDENTA.- Continúa el tratamiento del asunto en discusión.

SEÑOR BORDABERRY.- Pido la palabra.

SEÑORA PRESIDENTA.- Tiene la palabra el señor senador.

SEÑOR BORDABERRY.- Señora presidenta: este es uno de los temas por los que creo que vale la pena confrontar ideas y dar pelea, en el buen sentido de la palabra.

Se trata de esos temas que, a mi juicio, marcan territorios y muestran diferencias sobre la forma de enfrentar ciertas situaciones. Creo que va a quedar muy claro que aquí hay dos posiciones: la de aquellos que quieren derogar este delito en este momento y la de quienes no queremos que lo deroguen.

Hoy en día en América del Sur ha habido un gran avance de la corrupción, un avance enorme. Y creo que esto se ha dado como nunca en la historia, porque ¡vaya si ha habido corrupción en América del Sur! Pero la de los últimos 10, 12 o 15 años ha sido excepcional; es lo que hoy denominan los expertos «corrupción sistémica». Hay sistemas de corrupción. Y ni que hablar de lo que ocurre en Venezuela, donde no solo hay falta de democracia, sino una corrupción galopante con denuncias de todos lados. El Brasil progresista de Dilma y Lula, y ahora de Temer, es de una corrupción tremenda; hablamos de decenas de millones de dólares, se dice que se robaron treinta, cuarenta, cincuenta, ciento cincuenta millones de dólares. Me refiero a Lula, Dilma, Temer y a tantos más. Temer, candidato a vicepresidente de Dilma y Dilma, presidenta durante nueve años de Petrobras, donde empezó todo el tema del Lava Jato. Y no miremos lo que ha sido el avance de la corrupción en Argentina. Los gobiernos progresistas de los señores Kirchner fueron los más corruptos de la historia argentina, ¡y ser los más corruptos de la historia argentina no es fácil! Esos gobiernos han llegado al extremo de no contar la plata que se robaban, la pesaban. Involucraron a unas monjas de un convento mientras les tiraban bolsos con plata para adentro. Uruguay ha enfrentado situaciones complicadas como, por ejemplo, el procesamiento de un ministro de Economía y Finanzas en funciones y de un presidente del Banco República en funciones. Asimismo, está el procesamiento de un director de ASSE, las denuncias por el tema de Ancap, ¡que vaya si es enorme! porque se trata de una empresa que en 2004 tenía un pasivo de USD 250:000.000 y cuando hicimos el informe en el 2015 tenía USD 2.250:000.000, es decir USD 2.000:000.000 más de pasivo.

Frente a todo esto avanzó la Justicia y los poderes políticos reaccionaron. En Venezuela, reaccionaron nombrando doce miembros del Tribunal Supremo Judicial y veintiún suplentes, entre gallos y medianoche, para a través de eso no solamente dominar la Justicia, sino también a la propia Asamblea Nacional. En Brasil, por su parte, atacan a los jueces y los acusan de querer quiebres institucionales. En la Argentina nombran más miembros de la Corte Suprema y arman expedientes, tal como se escuchó decir a la expresidenta Cristina Kirchner en un audio. Inclusive, se habla del «partido judicial».

En Uruguay, por suerte, hasta ahora no tenemos nada de eso. No se había atacado a la Justicia, salvo alguna amenaza de algún diputado en el período pasado, enojado por alguna sentencia de inconstitucionalidad, en el sentido de que se iban a acordar de ellos en la ley de presupuesto o de la rendición de cuentas. Salvo algunas declaraciones como esa, la Justicia ha actuado de forma independiente, lo que constituye un orgullo para todos. Hasta ahora podíamos decir que la Justicia es lenta y tarda, pero llega. Sin embargo, a través de este proyecto de ley, creo que hoy pasamos a meternos en el pelotón de los que no hacen lo correcto. ¿Por qué digo esto? Porque un exministro de Economía y Finanzas y un expresidente del Banco República fueron procesados por el delito de abuso de funciones. Recurrieron, opinó el tribunal que revocó y también lo hizo la Suprema Corte de Justicia, que confirmó. Todos sabemos que el procesamiento es el inicio del proceso; ahora la Justicia está por dictar la sentencia definitiva del proceso y entonces, en ese momento, ¿qué hacen, aquí en el Senado, los correligionarios y amigos de ese exministro de Economía y Finanzas y de ese expresidente del Banco República? ¿Presionan a los jueces? No. ¿Nombran nuevos jueces? No. ¡Maravilloso! Le derogan el delito. Por eso digo que estas son las cosas a las que realmente vale la pena oponerse y discutir. Los salvan y nos dicen que lo que ocurre es que la cátedra dice tal cosa. Y de apuro traen un proyecto de ley que vuela en la Comisión de Constitución y Legislación, pasando por encima de sesenta o setenta proyectos que están ahí y son mucho más importantes, y entonces rápidamente tenemos que aprobarlo hoy, sí o sí. ¿Por qué? Porque en el juzgado penal están por dictar sentencia a los amigos. La verdad es que no hay otra explicación; esa es la razón por la que esta iniciativa haya volado como lo hizo dentro del Parlamento. Ahora resulta que nos dicen que hay que aprobar esto sí o sí. No hay duda de que es así. Por lo menos en lo personal entiendo que me están tomando por tonto cuando me dicen que es el supremo interés derogar un delito, que la cátedra dice tal cosa. No somos tontos y el pueblo uruguayo tampoco es tonto; todos sabemos que esto es para salvar a los amigos. Es así.

A raíz de una denuncia que presentamos, la Justicia está investigando lo que pasó en Ancap, y entre los delitos que se investigan está el abuso de funciones. Sin dudas está el abuso de funciones y, de nuevo, cuando la Justicia está investigando a correligionarios y amigos por el abuso de funciones en que se puede haber incurrido en Ancap, ¿qué hacemos? Derogamos el delito. Después hablan de dar mensajes al pueblo; este sí que es un mensaje.

Aquí no cambiamos jueces como en Venezuela; no nombramos más miembros de la Suprema Corte de Justicia o fiscales como en Argentina; no atacamos a los jueces como en Brasil ni hablamos de partido judicial. No; aquí, lisa y llanamente, derogamos el delito porque, entre otros, se investiga el delito de abuso de funciones. Aquí no permitimos que se avance, y se cambian las reglas para los que estamos en la política, para los correligionarios, para los amigos. Eso es lo que se está haciendo hoy en esta sesión.

El exministro de Economía y Finanzas y el expresidente del Banco República, compañeros frenteamplistas de la mayoría de este Senado y amigos personales de varios de los que están aquí –porque así lo declararon públicamente y, por ende, les afecta su interés individual de acuerdo con el artículo 97 del Reglamento– enfrentan el dictado de una sentencia por el delito de abuso de funciones. Lo enfrentan luego de haber sido procesados. Entonces, ¿qué hacen sus compañeros y correligionarios frenteamplistas? Los salvan derogando el delito. Otros compañeros y correligionarios están siendo investigados por Ancap, y ¿qué hace el Frente Amplio? Deroga el delito. En campaña, cuando había que tomar el jarabe que tenía mal gusto, decían las viejas: «Vamos a tomarlo rápido». Entonces, hagámoslo rapidito; en un mes y medio saquemos este mal gusto y continuemos.

Además, pretenden vestir esta propuesta con citaciones y opiniones, y de esa manera citan a los que les conviene, pero no a los que no les conviene. Citan a los que saben que los van a apoyar y se niegan a citar a los que no. Por ejemplo, citan a los abogados que integran cátedras, pero se niegan a citar a la Asociación de Fiscales del Uruguay, que son los que acusan y quieren que se aplique el delito. A los que acusan, a los que investigan, no los citamos.

Además, es bueno saber algunas cosas. El señor miembro informante ha leído informes de abogados, pero lo que omitió decir fue que algunos de ellos son los abogados de Lorenzo. Trajeron a opinar a un catedrático que es el abogado del correligionario que enfrenta la sentencia. Ese profesional vino a la comisión, pero no aclaró que era el abogado de Lorenzo. Quizá ahí se pueda entender que no hay interés individual. Acá nos trajeron como experto –tercero– al abogado que defiende al correligionario que está por enfrentar la sentencia. Veo que algunos señores senadores ponen cara de extrañeza, pero es así. Él no lo aclaró y lo tendría que haber hecho. Entonces, cuando leemos lo que dijo el abogado que está asesorando al exministro de Economía y Finanzas, decimos: «¡Qué bien lo que dice!». ¡Y claro! Si es lo mismo que dijo en el juzgado.

SEÑOR LARRAÑAGA.- ¿Quién es?

SEÑOR BORDABERRY.- El doctor Spangenberg.

Los mismos argumentos que dio acá, los planteó en el juzgado. Fue a la Suprema Corte de Justicia y esta le dijo que no tenía razón, que lo que decía no era cierto, pero nos quedamos con la opinión del abogado que defiende al que fue procesado y enfrenta la condena, y no con la de la Suprema Corte de Justicia, que es el tercero, verdaderamente independiente. Leemos y leemos informes de la cátedra, pero ¡si es lo que se presentó en la Suprema Corte de Justicia y esta dijo que no era cierto!, que era constitucional. Tengo las sentencias aquí y las voy a leer. Me parece que es grave que nos traigan al abogado del procesado, primer candidato a diputado en la elección pasada y jefe de campaña. ¿No hay interés individual en eso? ¿Adónde hemos llegado? ¡Es amigo personal! Le derogamos el delito ¿y no hay interés individual de los senadores? ¿Qué es esto?

¿Qué les parece que contestó en comisión el abogado que defiende al exministro?

Me pregunto: si le derogamos el delito, ¿beneficiaremos a su cliente?

Quizá también lo que tenemos que hacer es suplir alguna omisión que hubo en el informe. Por ejemplo, el fiscal de corte vino y dijo que entendía que había que derogar el delito, y a mí me llamó la atención. ¿Por qué me llamó la atención? Porque en el año 2013, en un dictamen sobre el exintendente de Colonia, fue contundente –es el dictamen n.º 3690 de 2013– al decir que el delito es constitucional. En ese dictamen presentado ante la Suprema Corte de Justicia no hay una línea acerca de que es un delito abierto; no dice nada. Por el contrario, cita jurisprudencia a favor de todo lo que dice. El fiscal de corte dice que el artículo 162 del Código Penal establece nítidamente el sujeto activo –funcionario público–, el núcleo de la acción –cometer u ordenar–, el objeto material –cualquier acto–, el medio típico, el abuso del cargo pacíficamente concebido por la doctrina y la jurisprudencia, tanto en el ámbito nacional como en el derecho comparado, como abuso, los poderes funcionales inherentes al cargo o uso ilegítimo de las facultades, poderes y medios inherentes al cargo público que se ejerce. Pero parece que ahora, cuando compareció en la comisión, el fiscal de corte cambió de opinión. Y yo, humildemente, me quedo con la opinión del expediente judicial, con lo que dijo en el juzgado.

Pero eso no es lo único que a uno le llama la atención, porque también vino la Jutep, la Junta de Transparencia y Ética Pública. Todos los legisladores recibimos las memorias anuales; yo las leo y recomiendo a los señores senadores que también lo hagan. ¿Qué le dijo la Junta de Transparencia y Ética Pública al Parlamento nacional en el 2014? En primer lugar, criticó al Poder Ejecutivo: «[…] no promovió dos de las tres iniciativas más importantes que le fueron elevadas». Dice también: «El Poder Legislativo» –nosotros– «ha mostrado resistencia a modificaciones sustantivas, como se desprende de discusiones parlamentarias; que ello revela cierta desconfianza y negativa a otorgarle potestades de control por parte de los legisladores y hasta cierto desconocimiento de las tendencias actuales en la materia, y especialmente en cuanto a las normas penales, puesto que no se volvió a discutir la tipicidad de los delitos ni a reconsiderar decisiones ya tomadas». Eso fue lo que dijo la Junta de Transparencia y Ética Pública, que todos votamos porque se necesitan ciertas mayorías. Sin embargo, acá se dijo que sus integrantes vinieron a decir que no tenían funcionarios, lo cual es cierto, porque si algo se ha distinguido en estos últimos diez o doce años ha sido el debilitamiento de los organismos de contralor, como el Tribunal de Cuentas o la Suprema Corte de Justicia. Se los ha debilitado, y la Junta de Transparencia y Ética Pública se vuelve a quejar porque no tiene para abogados. Pero también se expresó que, en realidad, dijeron que no tenían tiempo para proponer. No quiero corregir a nadie, pero a mí me llegó una nota de la secretaría de la comisión, dirigida a la presidenta de la comisión y firmada por el contador Ricardo Gil Iribarne, en la que propone un texto modificativo del artículo 162. Aquí se dijo que no se propuso nada, pero no fue así. Sí se hizo y está acá. Está bien que no hayan querido considerarlo, pero se propuso y lo recibimos todos. Insisto: escuché decir que no propuso nada, pero sí lo hizo; simplemente no lo consideramos y no lo tuvimos en cuenta, y es bueno saberlo. Es decir, la Suprema Corte de Justicia dice que es constitucional; la Junta de Transparencia y Ética Pública dice que hay que mejorarlo; y el fiscal decía, en el juzgado, que era constitucional. Y nos queda la Asociación de Magistrados del Uruguay. ¿Qué nos dijo la Asociación de Magistrados del Uruguay? Nos dijo que no hay que derogarlo, sino que hay que mejorarlo, que hay que precisarlo. Siempre se puede mejorar. En eso fue muy clara la Asociación de Magistrados del Uruguay.

En definitiva, acá se habla mucho de las cátedras y de la opinión del abogado de uno de los procesados, y se habla poco de la opinión de la Suprema Corte de Justicia, de la opinión de la Junta de Transparencia y Ética Pública y de la opinión de la Asociación de Magistrados del Uruguay.

Permítanme decir, además, que he encontrado a un admirador del doctor Julio María Sanguinetti. Hay que vivir para ver estas cosas. Resulta que ahora la autoridad máxima en estos temas es el doctor Julio María Sanguinetti y todos debemos seguirlo. Pero de repente debiéramos escucharlo con un poquito más de precisión, porque el doctor Julio María Sanguinetti, cuando fue consultado por este tema –y ahora que lo citan–, dijo que aprobarlo en la forma en que se está aprobando constituye desviación de poder y es inconstitucional. O sea que escuchamos de él lo que queremos, pero no prestamos atención a que esto es inconstitucional, como vamos a ver más adelante. Lo que están haciendo es inconstitucional. Por suerte no pueden hacerlo, porque la Constitución no les permite hacer lo que están haciendo, es decir, dictar una ley con desviación de poder para beneficiar a los correligionarios amigos. Hay vicios de constitucionalidad de forma y de contenido, y este es de forma. Tenemos el poder de legislar, sí. Nos fue dado por la Constitución y el pueblo. Pero ¿legislar para qué? ¿Para cualquier cosa? No. Para legislar dentro del marco de la Constitución, y también para legislar por el interés general y no por el interés particular de un partido, de un sector o de una persona, que es lo que estamos haciendo acá. Por eso es inconstitucional, y por eso el fiscal que interviene en la causa va a tener que declararlo inconstitucional, va a tener que pedir la inconstitucionalidad. Entonces vamos a darnos cuenta de que, por más que se negaron a decirlo, hay interés individual, por el amigo personal, por el correligionario que iba primero en la lista a la Cámara de Representantes, por el correligionario que era compañero de partido. Además, hay que considerar los tiempos en que se da esto, porque un gran elemento que se utiliza para interpretar las acciones de los ciudadanos es el elemento temporal. Esto no se da a principios de 2005, cuando empezaba el gobierno del Frente Amplio; ni siquiera hace cinco o seis años. No. Se da en el momento en que esos dos ciudadanos enfrentan la condena y en que se está investigando en Ancap por abuso de funciones. Eso es desviación de poder, porque el poder que tenemos para legislar no es absoluto, no es para beneficio nuestro ni de los que están cerca de nosotros.

Además, rompe los ojos a todos los que estamos en la Comisión de Constitución y Legislación cómo se pospuso todo y se incluyó este expediente en el primer lugar de la lista. «Vamos a aprobarlo sí o sí ya». Paramos todo. Teníamos pendiente la entrada en vigencia del Código del Proceso Penal, las normas que teníamos que votar, etcétera, pero paramos todo eso y atendimos la derogación del delito de abuso de funciones, porque la cátedra nos decía que había que derogarlo, cuando lo dice desde hace no sé cuánto tiempo.

Pero hay más. Acá se fue al Código Rocco, de donde Irureta Goyena sacó el Código Penal uruguayo. Dicen que redactó el código en un viaje en tren de Melo a Montevideo. Entonces, se sostiene que vamos a derogar un delito cuya fuente es el Código Rocco mussoliniano. Pero ¿y si miramos un poquito la historia del artículo 162? ¿Fue modificado? Sí. ¿Cuándo fue modificado? En el año 1997. ¿Quién votó a favor de la modificación, agravando el delito de abuso de funciones? El senador Michelini. Él fue uno de los que votó a favor de esa modificación, agravándolo. No es que se opuso a su derogación cuando se lo planteó el doctor Sanguinetti. Agarró aquel artículo fruto de la pluma de Irureta, tomado del Código Rocco de la década de los treinta, y agravó las penas para que el delito no fuera excarcelable. Es más: tengo en mi poder la versión taquigráfica donde consta que votó a favor de este aumento de penas pero con salvedades, porque quería cosas más estrictas. Habló de la Jutep, de dónde estaba ubicada y de no sé cuántas cosas más. Y ahora resulta que no es que está cambiando la posición que le planteó a Sanguinetti, sino que está cambiando lo que dijo en 1997 y mete a toda la bancada oficialista atrás de él para salvar al amigo.

Es un mal mensaje, además, el que estamos dando a la ciudadanía. El fiscal de corte hace unas semanas hizo algunas declaraciones que no me gustaron. Yo no estaba en el Senado en ese momento; si no, lo hubiera convocado. Dijo el fiscal de corte que se perseguía más a los pobres que a los ricos, porque los ricos hacían las leyes. ¿Cómo? Parecería que acá estamos en el club de los ricos. Si tomo lo que dice el fiscal, no perseguimos más a los políticos porque nos derogamos los delitos. Miren el mensaje que le está dando el Frente Amplio hoy a la ciudadanía uruguaya: cuando se persigue a un político compañero, correligionario, le derogo el delito. Nos hablan de la cátedra y de todas esas cosas. Pero ¿no hay algún otro proyecto para pelear contra la corrupción, que podamos aprobar? Yo tengo tres proyectos de ley presentados para perseguir a los corruptos y no los ponen en el orden del día de la Comisión de Constitución y Legislación. Son proyectos de ley sobre el delito de enriquecimiento ilícito, la no prescripción de los delitos de corrupción, la ampliación de la figura del informante y la creación del agente encubierto, del arrepentido. Nosotros decimos que en Uruguay no pasa lo mismo que en Brasil, que en Venezuela o que en Argentina. Sí, pero ellos tienen herramientas que nosotros no tenemos. ¿Por qué salta todo en Brasil? Por los arrepentidos. ¿O Bené no hizo saltar lo de Odebrecht? ¿O cuando agarraron a Dirceu, el secretario de la presidencia de Lula, no fue por los arrepentidos? ¿Qué es el valijero de Buenos Aires, que traía las valijas para todos lados? ¿Qué le están ofreciendo al señor Lázaro Báez? Le dicen: «Vení, cantá la verdad y te vamos a beneficiar». Ellos tienen esas figuras que permiten instrumentos para llegar a descubrir la corrupción; nosotros, no. Y no los tratamos. No tratamos el enriquecimiento ilícito, las figuras del arrepentido y el informante ni la no prescripción de la corrupción, pero derogamos el delito de abuso de funciones. ¿Ese es el mensaje que damos? ¿Eso es lo que queremos hacer? ¿Eso es lo que vamos a hacer acá hoy? ¿Quieren hacerlo en serio? ¿Realmente van a insistir con esto? ¿Están seguros?

Esto es, además, un retroceso en una política del país. No estamos hablando solo de la ley del año 1997, sino también de los convenios a los que el país adhirió en 1996 y de los convenios internacionales a los que adhirió en 2003. Cuando se hizo todo eso, hubo una evolución en la legislación uruguaya contra la corrupción, y esta es la primera vez que hay un retroceso. No seguimos avanzando. La Junta de Transparencia y Ética Pública nos dice: «No me prestan atención» y hace informes durísimos, que mueren en los despachos, entre muchos otros informes que recibimos.

SEÑORA PRESIDENTA.- Varios señores senadores están formulando moción para que se prorrogue el tiempo de que dispone el orador.

Se va a votar la moción formulada.

(Se vota).

–28 en 29. Afirmativa.

Puede continuar el señor senador.

SEÑOR BORDABERRY.- Agradezco mucho al Cuerpo por la prórroga.

Entre las cosas que se dicen para justificar este proyecto, escuché que parece que por este delito se procesa sin prueba. ¡Es una barbaridad como pocas veces se escucha! ¿Cómo se va a procesar sin prueba? ¿Cómo se puede desinformar a la ciudadanía diciéndole que por este delito se procesa sin prueba? Hay que probar que es funcionario, que actuó con abuso, que causó perjuicio. Hay que probar todo. En nuestra legislación hay un solo delito por el que se puede procesar por convicción: es el delito de proxenetismo. Cuando hace tiempo se realizaron las modificaciones relacionadas justamente con el combate contra el proxenetismo, la trata, etcétera, por la particularidad del delito de proxenetismo se admitió que el juez pudiera recurrir a su convicción, porque a las víctimas y a los testigos por lo general les cuesta mucho manifestarse. O sea que con el argumento de que hay que derogarlo porque no se necesita prueba, lo único que derogaríamos sería el delito de proxenetismo, y yo no estoy de acuerdo.

El otro punto sobre el que se ha insistido –y realmente cuesta pensar que se insista en esto– es que este delito es inconstitucional. Respeto la opinión de los catedráticos y del abogado de Fernando Lorenzo, pero la que tiene la última palabra en este tema es la Suprema Corte de Justicia, que desde el año 2005, invariablemente, ha dicho que este delito es constitucional. Y lo ha dicho de forma contundente. Una de las sentencias dice: «[…] no asiste razón al impugnante por cuanto la disposición cuestionada» –habla del artículo 162 del Código Penal– «[…] y en tanto como lo plantea el Sr. Fiscal de Corte […] tal como lo exige el art. 1 del C.P.» –que es ese que pidieron que nos repartan, y me parece bien, porque la corte dice que es tal como exige esa norma– «contiene el precepto o norma y la sanción, la descripción de la conducta típica, así como el efecto jurídico que se deriva de su realización, no pudiendo imputársele en modo alguno desajuste con la normativa constitucional invocada». Esto no lo dice cualquiera. Lo dice y lo ha reiterado hace poco la propia Suprema Corte de Justicia. Pero ahora nos vienen con informes y argumentos de quienes se presentaron ante la Suprema Corte de Justicia y esta les dijo que no tenían razón. De manera que podrán leerlos toda la tarde, podrán presentarlos como algo realmente fundado, pero me quedo con lo que dice la Suprema Corte de Justicia.

Además, me parece que se incurre en un error. El artículo 162, en su título, dice «en casos no previstos especialmente por la ley». Lo que hace el Código Penal es sancionar al funcionario que con abuso de su cargo cometa u ordene cualquier acto arbitrario en perjuicio de la Administración o de los particulares, y después el artículo agrega «que no se hallare especialmente previsto en las disposiciones del Código». ¿Por qué? Porque en otras disposiciones del código se penalizan conductas con abuso de cargo y acto arbitrario en perjuicio de la Administración o de los particulares pero que tienen determinadas connotaciones; por ejemplo: el cohecho, el peculado, etcétera. En realidad, todos estos son abusos de funciones particulares. Entonces, lo sensato sería que este fuera el artículo madre y lo otro fueran agravantes, porque lo que sucede es que esta pena es más baja que la de los otros artículos. Es decir que se construyó al revés, y lo que deberíamos hacer es construirlo de la forma adecuada; quizá, como lo ha hecho la Suprema Corte de Justicia, bajarlo un poco más a casos concretos. Si nos hubieran planteado trabajar en ese sentido, sin duda lo hubiéramos hecho. Pero no; nos dicen que hay que derogarlo.

Si miramos las estadísticas de los procesamientos contra la Administración pública, vemos que el abuso de funciones es uno de los delitos por los que más se ha procesado. Primero está peculado; después, fraude; luego, cohecho calificado; después, concusión, y luego, abuso de funciones. Estamos hablando de 289 delitos de peculado; 218 de fraude; 116 de concusión, y 101 de abuso de funciones. Hay más procesamientos por abuso de funciones que por soborno, o que por utilización indebida de información privilegiada u omisión contumacial de los deberes del cargo.

Además, fíjense en lo siguiente: una persona se presenta en Ancap y dice: «Denme USD 5000 para comprarme unos equipos para una radio en Quebracho». El gerente le dice: «No, mire, no se puede esto. Yo no le puedo dar a usted plata para comprarse una radio». El señor va al directorio y el presidente le dice al gerente: «Haga un informe que le vamos a dar publicidad». Era una radio que no tenía equipos para funcionar. Y le dan el dinero, pese al informe negativo. Eso es abuso de funciones. ¿Vamos a dejar que sigan haciendo eso?

Otros directores y gerentes contrataron un flete en una sociedad de Ancap, sin licitación, diciendo que era el único del mercado cuando no era así, y le pagaron el doble o el triple. ¿Eso no es abuso de funciones? ¿Vamos a dejar que lo sigan haciendo?

El ministro de Economía llama al presidente del Banco República y le dice: «Che, dale un aval al señor Antonio Sánchez». Esta persona en realidad era Hernán Calvo, el «caballero de la derecha», representante de la sociedad Cosmo, a la que no conocía nadie. Era un aval por USD 14:000.000 para presentarse al remate. El gerente le dice al presidente del Banco República que no se puede hacer esto, que no tiene antecedentes, que hay riesgos, etcétera. Y le contestan: «Déselo igual, porque el ministro de Economía nos respalda y yo tengo los votos de los directores». Se lo da y le hace un agujero de USD 14:000.000 al Banco República. Encima después se prueba que al que se lo dieron en realidad era un hombre de paja, testaferro del señor que tiene la empresa Buquebús, que resulta que es el que les había traído los votos desde Buenos Aires para las últimas dos elecciones y los había apoyado.

¿Vamos a dejar que sigan pasando estas cosas? ¿Vamos a derogar el delito de abuso de funciones para que se siga haciendo esto? No sé, pero creo que no hay que hacerlo. Y no va a pasar. Quiero dar la tranquilidad al pueblo uruguayo de que esto no va a pasar, porque hay dos barreras. La primera es la inconstitucionalidad por desviación de poder. Hoy, cuando hice el planteamiento, se reconoció por el miembro informante que todos tenemos personas vinculadas; de manera que ya estamos reconociendo que hay un vínculo. Pero además es público. Estamos hablando del primer candidato de una lista, funcionario de primera línea del partido de gobierno. El artículo 256 de la Constitución dice que las leyes podrán ser declaradas inconstitucionales por razón de forma o de contenido, y en este caso la razón de contenido consiste en que se trata de sustraer de la responsabilidad penal a determinadas personas en concreto. El concepto de desviación de poder ha sido largamente desarrollado por la doctrina, fundamentalmente la administrativista. La desviación de poder es un vicio de la ley o del acto administrativo que se advierte cuando el fin que el legislador o la Administración persigue con su dictado no se adecua al fin debido previsto por la norma jurídica constitucional que le confirió la competencia para la ejecución del servicio a su cargo. Esta definición es del Diccionario de derecho constitucional y administrativo, de Bernardo Legnani.

Quiere decir que hay una consagración genérica de ciertos vicios como inválidos, de la actividad legislativa o estatal, que imponen por reflejo la necesidad de comportamientos que eviten su configuración: la nulidad del acto administrativo, en vía administrativa, y la inconstitucionalidad, en vía constitucional, si el desvío es obviamente ilegal. Este concepto ya se encuentra en nuestra Constitución de 1934 y luego es repetido en la de 1942. La desviación de poder supone un vicio que se vincula con la debida motivación del acto.

Dicen los autores que difícilmente se confiese la desviación, por lo que habrá que descubrirla más allá de los motivos proclamados. ¡Sí! Es lo que está pasando. Justamente, parece escrito para esta situación. Difícilmente se nos diga: «Estamos haciéndolo porque hay dos –o algunos– correligionarios que están siendo investigados». ¡No! Más allá de los motivos proclamados, hay otros, y en este caso es claro –me parece a mí– que hay un interés personal.

El otro límite es el siguiente, y en esto no se me va a poder tildar de oportunista electoral porque no seré candidato a nada en las próximas elecciones; los voy a liberar de que me tengan que aguantar en esta banca, señora presidenta. Con seguridad, usted va a estar.

SEÑORA PRESIDENTA.- Tampoco estaré, señor senador.

SEÑOR BORDABERRY.- Nos vamos juntos. La llevo en la camioneta. No será la primera vez.

Resulta que lo que voy a hacer es salir a juntar firmas para interponer el recurso de referéndum previsto en el artículo 79 de la Constitución de la república, a fin de preguntar al pueblo uruguayo si está de acuerdo con esto, si quiere combatir o no la corrupción y si quiere impedir que se legisle con nombre y apellido. Tengo cierta experiencia: me va bien cuando junto firmas y no cuando junto votos, pero por lo menos las firmas las voy a juntar. Le propondré a mi partido –que no lo sabe– y a los demás que salgamos a juntar firmas. Creo que es muy democrático y saludable que preguntemos al pueblo uruguayo: «¿Quieren derogar el delito de abuso de funciones o no quieren?». ¡Sí! ¡Apelaré al artículo 79, inciso segundo, de la Constitución! ¡Ahí sí haré mi última contribución en la política! Me comprometí a trabajar hasta el 15 de febrero de 2020, y creo que esa será una buena contribución, por una buena causa: ¡no permitir que Uruguay siga el camino de Argentina, de Brasil o de Venezuela! Debemos impedir eso; debemos impedir que se hagan estas cosas.

Para terminar, señora presidenta –agradeciendo la paciencia del Cuerpo–, no hay duda de que es constitucional el delito de abuso de funciones. Así lo dicen la jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia y la propia opinión del fiscal de corte.

Por otra parte, más allá de los cuestionamientos realizados al tipo penal por la doctrina nacional, es indudable que quienes han sido procesados por este delito han tenido todas las garantías que ofrecen nuestro sistema penal y la propia Constitución. En todos los casos la Justicia debió verificar y probar que se han cumplido diferentes elementos de tipo penal: funcionario, abuso de cargo, cometer u ordenar cualquier acto arbitrario en perjuicio de la administración o de los particulares, que no se hallare especialmente previsto en otras leyes. O sea que no estamos ante una cuestión menor o ante meras cuestiones administrativas, como se ha querido justificar. Las cosas como son: abuso de cargo, acto arbitrario, perjuicio. Además, en cuanto al concepto de acto arbitrario, la jurisprudencia nacional ha sido muy cauta en cuanto a la interpretación y la extensión del concepto.

Va de suyo que la derogación de este delito cerrará todas las causas en trámite porque, en materia penal, la ley más benigna es retroactiva, y creo que eso nadie lo discute.

¿Es impostergable y necesaria la derogación? No. Creo que como muy bien dicen la Jutep, la propia convención interamericana y la Asociación de Magistrados, siempre se puede mejorar, pero nunca derogar.

Creo, sí, que hay desviación de poder –sin lugar a dudas– y que esta norma se va a aprobar claramente con nombre y apellido. Además, va en una senda de debilitamiento de los órganos de control: debilitamiento presupuestal y debilitamiento de sus funciones. Es un muy negativo mensaje para la población, como lo mencionaron tanto el presidente de la Jutep, como su vicepresidenta, la señora Matilde Rodríguez. Ellos dijeron que con esto se está dando un mensaje muy negativo a la ciudadanía, que se queda con la idea de que su aplicación dependerá de quién sea el acusado. Es un mensaje muy negativo, insisto, para una población que está realmente sensibilizada con los temas de corrupción.

Quiero referirme al momento. ¿Existe un momento para plantear la derogación o modificación del delito de abuso de funciones? Y bueno: creo que habría que hacerlo cuando se estudie todo el marco de la lucha contra la corrupción, junto con todos los instrumentos que hoy se tienen para pelear contra ella. Pero derogar solamente este delito significa quitar una pieza muy importante hoy al combate contra la corrupción. Por eso coincido con el contador Gil –a quien todos votamos como presidente de la Jutep– cuando dijo –y con esto termino–: «Me gustaría mucho más estar analizando el sistema anticorrupción de Uruguay, que la derogación o no de un artículo».

Muchas gracias.

16) PROYECTO PRESENTADO

SEÑORA PRESIDENTA.- Dese cuenta de un proyecto presentado.

(Se da del siguiente).

SEÑOR SECRETARIO (Hebert Paguas).- «Los señores senadores Patricia Ayala, Andrés Berterreche, Marcos Carámbula, Daniel Garín, Rubén Martínez Huelmo, Rafael Michelini, Constanza Moreira, Marcos Otheguy, Ivonne Passada, Daniela Payssé, Lucía Topolansky y Mónica Xavier presentan, con exposición de motivos, un proyecto de ley por el que se designa con el nombre Evaristo Guerra Mattos el tramo de la ruta n.º 81, comprendido entre las intersecciones con la ruta n.º 7 y con la ruta n.º 80, en la entrada de la ciudad de Migues, departamento de Canelones.

–A LA COMISIÓN DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS».

(Texto del proyecto de ley presentado).

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17) ABUSO DE FUNCIONES EN CASOS NO PREVISTOS ESPECIALMENTE POR LA LEY

SEÑORA PRESIDENTA.- El Senado continúa la consideración del segundo punto del orden del día.

SEÑORA AYALA.- Pido la palabra.

SEÑORA PRESIDENTA.- Tiene la palabra la señora senadora.

SEÑORA AYALA.- Señora presidenta: antes que nada quiero destacar el trabajo que hace la Comisión de Constitución y Legislación de esta cámara.

En realidad, por lo menos quien habla no siente que en la comisión se postergue o se apure el tratamiento de los distintos temas; cuando lo hacemos, es el conjunto de los senadores que integramos la comisión el que alcanza una definición.

(Ocupa la presidencia la señora Mónica Xavier).

–En ese sentido, quiero decir que el Frente Amplio propuso a la comisión y a esta cámara el tratamiento de la derogación de este artículo, pero siempre dejó abierta la puerta para que cualquier senador que integra esa comisión tuviera la posibilidad de plantear una redacción alternativa para modificar el artículo. Sin embargo, nunca se presentó un texto alternativo. Por lo tanto, la comisión lo puso a votación –por supuesto– y, luego de resolver acompañar la propuesta de derogación, la elevó al Senado para su consideración, cosa que estamos realizando en el día hoy.

En realidad, señora presidenta, me voy a centrar en el tema desde la función que me tocó desempeñar y el cargo que me tocó ocupar en el período pasado cuando, como saben los señores senadores, fui intendenta del departamento de Artigas. Creo que todos quienes hemos estado en ámbitos ejecutivos públicos, mientras ejercíamos esas funciones, durante algunos años de nuestras vidas, hemos caminado bajo el amparo, la sombra o el paraguas del artículo 162, abuso de funciones. A su vez, me parece que todos, en más o en menos, en el desempeño de esa función hemos podido tomar alguna decisión que podría estar, por decirlo de alguna manera, al filo de la navaja. Por supuesto que, al hacerlo, lejos estábamos de querer perjudicar a la administración de forma voluntaria y premeditada, porque siempre la intención es beneficiarla.

Escuchando a los oradores que me precedieron en el uso de la palabra, me preguntaba –hago extensiva esta pregunta a todas las colectividades que están representadas aquí– si a lo largo de la historia no hemos amparado en las listas de nuestros partidos a diferentes personas que cumplieron cargos institucionales en el ámbito ejecutivo –como en mi caso, en una intendencia– para que, al ser electos para este ámbito, quedasen protegidos bajo el manto de los fueros parlamentarios. Quiero aclarar que no me siento parte de eso y que si hubiera alguna duda con respecto a mi actuación, no tengo ningún problema en renunciar a mis fueros parlamentarios para que se haga lo que corresponde. También pregunto a los otros partidos políticos representados en esta cámara si no es hipocresía de nuestra parte, por un lado, plantearnos hacer esto y, por otro, decir todo lo que decimos aquí, como si estuviéramos libres; como dice una parte de la religión católica: el que esté libre de pecado, que tire la primera piedra. En ese sentido, creo que muchas veces, cuando en este ámbito se dicen cosas, no se sabe cómo va a impactar en la gente. En realidad, no es que no sepamos; si lo sabemos y, por lo tanto, lo hacemos a propósito, me pregunto qué estamos haciendo. ¿No nos estamos haciendo daño a nosotros mismos y al colectivo político del país? No es bueno que sembremos dudas aquí porque, en general, en el colectivo social está impregnada la idea de que el abuso de funciones es sinónimo de corrupción y que cuando hay abuso nos llevamos algo en beneficio propio. Sin embargo, lejos está de ser así.

En realidad, hoy he podido corroborar –lo mismo me sucedió durante la discusión de este tema en la comisión, al recibir a los catedráticos y a los magistrados, a la Jutep y demás– la idea que sobre el abuso de funciones y el artículo 162 tenía cuando estaba en la intendencia. Entiendo que lo que hace ese artículo es judicializar la política porque, con respecto al funcionario que no es un político de turno que ocupa una función determinada, hay todo un procedimiento administrativo que se puede llevar adelante, que establece sanciones y que, incluso, puede llegar a su destitución. Ahora bien; si vamos al ámbito político, cada cuatro o cinco años la población nos sanciona si le parece que nuestra administración o gestión estuvo mal. Creo que de ninguna manera debería ser el ámbito judicial el que sancionara porque, al llevarlo a ese terreno –varios lo dijeron en la comisión–, el juez se transforma en legislador y determina, a su juicio, con toda su objetividad y subjetividad, cuál es la sanción que va a recaer sobre la persona que está siendo juzgada. ¿Por qué pasa esto? Porque en el artículo 162 no está determinada o tipificada una figura delictiva concreta.

Aquí se habló del amparo o de que Uruguay se estuviera ciñendo o respondiendo a la Convención de Naciones Unidas contra la Corrupción. Aquí también se ha hablado del artículo 19 de esa convención y quiero dejar claro una vez más que Uruguay tiene tipificadas alrededor de quince figuras que refieren a cómo podemos juzgar la corrupción de algún jerarca o funcionario. En ese sentido, retomando el artículo 1.º del Código Penal –que fue repartido a todos los legisladores–, queremos recordar que dispone que es delito toda acción u omisión expresamente prevista por la ley penal. En definitiva, en forma resumida este principio significa que para que una conducta pueda ser considerada legítimamente como delito, debe estar específicamente descrita y tipificada como tal en una ley, y lo mismo con respecto a su pena. En mi opinión, el defecto congénito e insubsanable que adolece el delito de abuso de funciones previsto en el artículo 162 del Código Penal radica en que, justamente, carece de una descripción típica de la conducta penalizable.

Por otro lado, como hice alusión a que se judicializa la política, quiero agregar que la indeterminación legal de este delito provoca que sea el juez quien identifique las conductas que –a su juicio profesional, sí, pero subjetivo, también– considera actos arbitrarios. De esta forma, el juez sustituye al legislador en una materia estrictamente reservada a la ley por disposición de la Constitución, quebrando el principio de separación de poderes. A su vez, el abuso de funciones penaliza exclusivamente la comisión de un acto arbitrario de parte de un funcionario sin ninguna otra especificidad de su conducta. Aquí debemos aclarar que no todo acto arbitrario es un delito. Por nuestra parte, entendemos que con esto se administrativiza el derecho penal y se penaliza el derecho administrativo.

Como dije anteriormente, la convención de la ONU prevé seis figuras delictivas y una medida alternativa mientras que, como se indicó, el derecho uruguayo prevé dieciséis tipos penales, sin el abuso de funciones y sus medidas alternativas.

Quiero destacar aquí que, como todos sabemos, en el ámbito legislativo está a estudio un proyecto de ley que modifica el actual Código Penal. Esto se viene postergando; en la legislatura pasada no tuvo una conclusión y en esta nuevamente está a estudio. Este nuevo proyecto fue elaborado en una comisión presidida por quien todos sabemos, integrada además por destacados representantes, jueces, fiscales, defensores públicos, docentes y funcionarios, y en su redacción se excluye este tipo penal. ¿Por qué planteamos trabajarlo fuera del conjunto del proyecto del nuevo Código Penal? Porque visto y considerando que esta no es la primera legislatura que se trata, que vamos en la mitad de este período y aún no pudimos concluir su tratamiento y que hemos «perforado» el Código Penal existente con algunas modificaciones a otros artículos que hemos aprobado en esta cámara, este es uno más que queremos plantear.

Para ir terminando quiero destacar las palabras de otro de los catedráticos que compareció en la comisión, que dijo: «Este tópico ya ha sido parcialmente abordado supra al concluir que se trata de un tipo penal abierto y, por ende, inconstitucional, aunque no lo haya reconocido así la Suprema Corte de Justicia en las casaciones sobre el punto».

En ese sentido, cierro con las conclusiones de uno de los catedráticos que no es el que ha sido referenciado en este ámbito. Dijo así: «De lo estudiado, se extraen las siguientes conclusiones:

1. Asistimos a una magnífica oportunidad legislativa para derogar el tipo penal de abuso de funciones en casos no previstos especialmente por la ley, ya que la conducta descrita en el tipo estudiado no es ontológicamente un delito y, por ende, no debería integrar el elenco de las conductas penalmente reprochables. 2. No obstante, todo abuso –de la naturaleza que fuere– es una actitud social, moral y éticamente desvalorada que amerita su severa sanción en el ámbito apropiado, vale decir, en sede administrativa» –vale acotar que a quienes somos electos por el voto popular, la sanción la tendremos en la próxima elección, como ha sido a lo largo de la historia– «3. La figura penal analizada resulta un resabio o atavismo de un sistema penal pensado para reprimir a la persona».

Termino mi exposición con la palabra «innominado», lo que quiere decir que no tiene nombre.

SEÑORA PASSADA.- ¿Me permite una interrupción, señora senadora?

SEÑORA AYALA.- Con mucho gusto.

SEÑORA PRESIDENTA (Mónica Xavier).- Tiene la palabra la señora senadora.

SEÑORA PASSADA.- Señora presidenta: no pensaba intervenir porque me sentí totalmente identificada con los colegas Michelini y Ayala, pero me molesta un poco escuchar que acá estamos presentando y votando este proyecto por amiguismo. Como todos recordarán, en esta sala, hace diez años, el Juzgado Letrado Penal de 17.º Turno pidió el levantamiento de los fueros del exsenador Amaro por el delito de «abuso innominado de funciones». En ese momento el Frente Amplio creyó conveniente que se levantaran los fueros y fuera a declarar; sin embargo, quedó solo votando. Digo esto por las contradicciones que se escuchan en esta casa en el sentido de que con este proyecto de ley estamos amparando amigos.

Busqué la versión taquigráfica de esa sesión, de marzo de 2007 –muchos de los que hoy están aquí estuvieron presentes en esa oportunidad– y encontré que en las mociones, tanto del Partido Nacional como del Partido Colorado –me referiré a una–, se concluye que los senadores firmantes entienden que el pedido de desafuero no se funda en hechos de los que razonablemente derive la presunción que el legislador ha delinquido, por lo cual votarán en contrario a lo solicitado. Están las firmas de los exsenadores Sergio Abreu, Francisco Gallinal, Carlos Moreira y luego sigue la votación de los demás senadores.

Es evidente que cuando planteamos este tipo de asuntos también hay una construcción histórica. Apoyo lo que decía la señora senadora Ayala en cuanto a que muchos de los que integran y ocupan los primeros lugares de las listas, lo están para resguardarlos de la situación que hoy estamos discutiendo aquí.

No le hace bien al sistema olvidar algunas cosas y decir que hoy el Frente Amplio está proponiendo una ley para amigos. Creo que no es el camino que corresponde; simplemente lo traigo a colación. Algunos colegas me decían que eso llevó a que después de ese día el exsenador Sanguinetti –al que hoy hacía referencia el senador Michelini y a algunos quizás les ocasionó gracia o risa que él lo citara– propusiera la necesidad de eliminar esta figura del Código Penal. A veces las versiones taquigráficas sirven también para mantener la historia de cómo actuamos.

Era cuanto quería decir.

SEÑORA PRESIDENTA (Mónica Xavier).- Puede continuar la señora senadora Ayala.

SEÑORA PAYSSÉ.- ¿Me permite una interrupción, señora senadora?

SEÑORA AYALA.- Con mucho gusto.

SEÑORA PRESIDENTA (Mónica Xavier).- Puede interrumpir la señora senadora Payssé.

SEÑORA PAYSSÉ.- Señora presidenta: me siento representada, al igual que la señora senadora Passada, por las palabras de los compañeros de bancada, pero quiero hacer algunas aclaraciones vinculadas a algunas puntos planteados en sala.

Está claro en el texto del artículo que el delito no tiene nombre. No tenemos ningún inconveniente en poner nombre a los delitos; es más, en la comisión no solo se habló de la posibilidad, sino que además se anunció la entrega de textos con nombres para los delitos. No es que no se haya hablado de eso, sino que las ofertas de texto nunca llegaron, y ello fue así porque es difícil sustituir algo que no tiene nombre por algo que sí lo tiene. A lo que sí estamos comprometidos y comprometidas es a analizar cualquier nueva tipificación con nombre, que de alguna manera no tenga la calidad de delito abierto, como ocurre en este caso. Acabo de venir del Perú, de un seminario al que fui a exponer sobre la experiencia uruguaya vinculada a la tipificación de femicidio. En la intervención que realizó la representante de Ecuador explicó que el problema que tienen con la definición de femicidio deriva del hecho de que es un delito abierto y por ese motivo, es de difícil interpretación y, consecuentemente, de difícil aplicación.

Por lo tanto, a nivel no solo de la academia sino a nivel internacional, de jurisprudencia y demás, los delitos abiertos generan no solo dificultades, sino que además atentan contra la verdadera justicia, como lo dijo en más de una oportunidad el señor senador Michelini.

Ahora bien; una segunda aclaración que quiero realizar es que no nos conformamos con la derogación, vamos a insistir en ella y, reitero, estamos abiertos a acordar todas las tipificaciones que sean necesarias para blindarnos contra la corrupción y si en lugar de tener diez tenemos cincuenta, que así sea. ¡Presidenta, sobre los crímenes, que son de lesa humanidad, la Corte Penal Internacional tenía treinta y cinco y acá tipificamos cincuenta! ¡Nada nos impide hacerlo, pero con nombre y no de manera innominada!

Vamos a hacer una última reflexión. Acá se dice que se está legislando para los amigos y se dan nombres. ¡Esas personas ya están inmoladas, señora presidenta! ¡Ya están defenestradas en la opinión pública! ¡No es esa la historia! Estamos reivindicando un acto de justicia. ¿Quién va a reivindicar el honor de aquellas personas que de alguna manera fueron mancilladas o incorporadas a la lógica de este delito? Reitero que terminé de convencerme de la necesidad de la derogación de este delito luego de escuchar la opinión de las cátedras. Y sí, digo las cátedras, porque cuando nos sirven las mencionamos, pero cuando no vienen con la lógica de arrimarnos al artículo 79, promover plebiscitos y qué se yo, entonces no las tenemos en cuenta.

Tenemos la convicción de que debemos poner nombre a los delitos. Sentémonos, redactemos y no prometamos textos que nunca llegan. Tenemos que ponernos de acuerdo y tipificar todas las formas de delitos que consideremos que debe haber. Ninguna propuesta fue presentada en la comisión y la única que vino –luego de unos cuantos días– fue la de la Jutep que, en verdad, no transforma un delito abierto en uno cerrado. Por lo tanto, a nuestro juicio, no enmienda el profundo error que tiene esta tipificación del artículo 162 actual.

Gracias.

SEÑORA PRESIDENTA (Mónica Xavier).- Puede continuar la señora senadora Ayala.

SEÑOR LARRAÑAGA.- ¿Me permite una interrupción, señora senadora?

SEÑORA AYALA.- Con mucho gusto.

SEÑORA PRESIDENTA (Mónica Xavier).- Puede interrumpir el señor senador Larrañaga.

SEÑOR LARRAÑAGA.- Gracias señora presidenta; perdone que la aluda pero mi intervención es para contestar expresiones de la distinguida senadora Passada.

Con toda franqueza, el argumento que esgrime es imposible de sustentar porque en aquella oportunidad, en el año 2007, cuando varios senadores no votamos el desafuero del senador Amaro fue por una razón elemental: no correspondía, ya que el juicio político y el desafuero son posibles solamente cuando concurren las causales de delito grave o violación de la Constitución. Entonces, no es asimilable al caso en cuestión. No queremos que se continúe con ese tema porque, si no, lo traemos y lo discutimos en su integralidad. En aquel momento no estuvimos perdonando lo que ahora no queremos dejar pasar. No; la situación era completamente diferente pues no concurrían las causales que establece la Constitución de la república para llevar adelante aquel accionamiento.

Gracias, señora senadora Ayala.

SEÑORA PRESIDENTA (Mónica Xavier).- Señora senadora: le aclaro que le restan cuatro minutos de su tiempo.

SEÑORA AYALA.- No quiero plantearme ni preguntarme si ahí hubo un posible caso de amistad o no y por eso se votó el mantenimiento del fuero parlamentario, pero ratifico lo que dijo mi compañera, la senadora Passada.

Por otro lado, termino mi exposición haciendo referencia a algo que señaló la senadora Payssé. Estábamos y estamos abiertos a que si se presenta alguna redacción alternativa, hay posibilidad, a futuro, de insertarla como un nuevo artículo del Código Penal en el proyecto de ley que está en tratamiento en el ámbito legislativo. También queremos señalar que quedamos a la espera de una redacción alternativa que quedó en llevarse a la comisión pero no llegó. Asimismo, acordamos que hoy era el día en que se iba a votar este proyecto de ley y que estábamos abiertos en ese sentido. Sin embargo, como lo dijimos, queda la posibilidad de insertar un nuevo artículo –o los que se quiera– en el Código Penal para tipificar algún otro delito más que pensemos que tenga que estar amparado en ese código.

Gracias.

18) SOLICITUDES DE LICENCIA E INTEGRACIÓN DEL CUERPO

SEÑORA PRESIDENTA (Mónica Xavier).- Léase una solicitud de licencia.

(Se lee).

SEÑOR SECRETARIO (José Pedro Montero).- «Montevideo, 7 de junio de 2017

Señora presidenta de la

Cámara de Senadores

Lucía Topolansky

Presente

 

De mi mayor consideración:

De acuerdo con lo establecido en la Ley n.º 17827, de fecha 14 de setiembre de 2004, solicito al Cuerpo sirva concederme el uso de licencia por el día 14 de junio de 2017, por motivos personales.

Sin otro particular, lo saludo a usted muy atentamente.

José Carlos Cardoso. Senador».

SEÑORA PRESIDENTA (Mónica Xavier).- Se va a votar si se concede la licencia solicitada.

(Se vota).

–19 en 20. Afirmativa.

Queda convocado el señor Jorge Saravia, a quien ya se ha tomado la promesa de estilo.

19) ABUSO DE FUNCIONES EN CASOS NO PREVISTOS ESPECIALMENTE POR LA LEY

SEÑORA PRESIDENTA (Mónica Xavier).- Continúa el tratamiento del tema en consideración.

SEÑOR HEBER.- Pido la palabra.

SEÑORA PRESIDENTA (Mónica Xavier).- Tiene la palabra el señor senador Heber.

SEÑOR HEBER.- Señora presidenta: en el Senado de la república, muchos de los que constituimos el Cuerpo no somos abogados ni tenemos formación jurídica. Es el caso concreto de quien habla y también de varios senadores que hicieron uso de la palabra –salvo el señor senador Bordaberry que es abogado– y buscamos suplir esa carencia con asesoramiento para poder hablar con propiedad y seriedad de estos temas, tanto en comisión como en el plenario.

Acá se hace referencia a la cátedra. En el Parlamento las comisiones tienen como costumbre –y creo que es sano– escuchar opiniones, pero no quiere decir que por el hecho de que la cátedra dé su opinión sea santa palabra. Si fuera así, para formar parte del Senado se requeriría currículo de abogado y no de otras profesiones porque en este ámbito se crean leyes y estas tienen que estar ajustadas a la Constitución de la república. Escuchamos las opiniones y tenemos todo el derecho, como ciudadanos comunes, de discrepar con ellas. Empecemos a despejar argumentos que no vienen al caso porque acá se expresa «la cátedra dijo…». Sí, la cátedra dijo, pero no quiere decir que su opinión la tengamos que homologar o que tengamos que votar en función de ella. El señor senador Bordaberry mencionó a la Suprema Corte de Justicia y a la Asociación de Magistrados del Uruguay pero, como él señaló, no tuvimos la oportunidad de escuchar la opinión de la Asociación de Fiscales del Uruguay que fue solicitada por la senadora suplente, Cecilia Eguiluz. Queremos señalar que acompañamos esa petición, pero la comisión no accedió a invitar a esa delegación. Creemos que su opinión era esencial pero la mayoría entendió que no era necesario.

Queremos señalar que quedamos sorprendidos con una afirmación que esperamos que se aclare en el transcurso de esta sesión. Queremos saber si uno de los invitados que vino en representación de una cátedra era o no el abogado del economista Lorenzo. Nos parece que esto es muy grave, y no digo que eso eche por tierra todas las opiniones, pero era necesario que esto se hubiera advertido en la comisión. Por ética, el mismo doctor tendría que haber dicho en el seno de la comisión que era el abogado del economista Lorenzo. En ese caso, hubiéramos recibido su opinión, relativizándola, en función de que tenía un interés directo en un cliente directo. La verdad es que no lo sabía y, por lo tanto, aspiro a que esto se aclare en el correr de la discusión de este tema. Me parece gravísimo que no se haya dicho.

Señora presidenta: se han dicho muchas cosas con respecto a esto, pero antes de entrar en el tema del artículo y en el de los esfuerzos que hicimos para comprender la situación, queremos subrayar lo siguiente. Muchas veces se ha recurrido al doctor Sanguinetti y al exsenador y actual intendente Eber da Rosa –que no fueron escuchados en su momento– y a que, como se ha narrado en la historia de la discusión de este famoso artículo 162, no hubo votos en aquella instancia para derogarlo.

También se habló del caso Braga –fue observado por el señor senador Larrañaga–, tema que trajo a colación el señor senador Michelini al citar palabras del doctor Aller pronunciadas en la Comisión de Constitución y Legislación.

El hecho de que el miembro informante del Frente Amplio se refiera al caso Braga como un caso de injusticia, frente a lo que hicieron sus propios compañeros en el pasado –que fue generar una infamia, al punto de que el contador Enrique Braga, un hombre intachable, perdió la vida amargado–, es una confesión que no nos alegra, sino que nos indigna, porque el contador Braga hoy no está y murió triste. Y me acota el señor senador Lacalle Pou que ni siquiera en ese momento propusimos derogar el delito.

El traerlo acá como un ejemplo de injusticia, frente a una colectividad política que destruyó, amargó y le llevó la vida al contador Braga, que murió amargado, no es algo que nos alegra, ni tampoco se trata de decir, en una discusión política: «Bueno, teníamos razón; Braga era inocente». ¡No! ¡Murió amargado por las acusaciones infundadas que hizo el Frente Amplio en aquella instancia! Decir que Braga era inocente nos indigna porque, dicho esto por el doctor Aller en comisión, es una cosa, pero traerlo aquí al plenario como un ejemplo de injusticia –como dijo el señor senador Larrañaga–, es otra. ¡No está vivo! No vive, porque murió indignado frente a una injusticia que cometieron los diputados del Frente Amplio en aquella instancia. Aclaro que digo esto sin gritar y tratando de contener la indignación, pero ese es el clima que tenemos hoy cuando se trae el nombre de Enrique Braga a sala.

Señora presidenta: legisladores oficialistas han expresado que plantear este tema y que venga en la reforma del Código Penal –que se encuentra a estudio de la Cámara de Representantes– es la peor solución. Recuerdo que en comisión planteé el asunto y dije que consideraba un error analizar este delito por adelantado a una reforma que está estudiando la Cámara de Representantes. Siempre hemos escuchado –diría que a lo largo de toda la vida–, tanto en esta cámara como en la otra, decir: «¡Ojo con los códigos!»; «¡No los toquen parcialmente!»; «Hay un equilibrio entre las penas»; «Ustedes que no son abogados, que no tienen formación jurídica, deleguen y escuchen a las cátedras y a los especialistas en estas materias, de modo tal de no hacer modificaciones parciales a la unicidad que debe tener el Código Penal y a los equilibrios frente a los delitos». Esto es así, al punto de que cuando uno estaba indignado frente al castigo que nuestro Código Penal impone a delitos gravísimos cometidos en la sociedad, nos encontramos y chocamos contra la pared de quienes decían: «Sí, entendemos tu indignación y estamos todos indignados, pero ¡ojo! no toquemos los códigos porque deben tener unicidad». Eso es lo que está haciendo la Cámara de Representantes que, según me informaron, está finalizando su trabajo.

SEÑORA PAYSSÉ.- ¿Me permite una interrupción, señor senador?

SEÑOR HEBER.- Insisto, señora presidenta, que en la Comisión de Constitución y Legislación pregunté por qué el Frente Amplio trae por adelantado este artículo cuando se está estudiando –como recomiendan todos los abogados, las cátedras y los especialistas en derecho penal– la reforma antes mencionada en el ámbito de la Cámara de Representantes. Esto va a generar –¡lo dije así en la comisión!– la atención y la preocupación de cuál es el interés de adelantar la derogación de un delito que de alguna manera debe ser estudiada en el conjunto de todas las modificaciones de delitos y la adecuación del Código Penal. Se nos dijo que va a demorar. Esa fue la argumentación que se nos dio y me pueden corregir los miembros de la comisión si estoy equivocado.

(Ocupa la presidencia la señora Lucía Topolansky).

–Se nos dijo que puede demorar uno o dos meses el tratamiento por la Cámara de Representantes y que seguramente, como estará a estudio la rendición de cuentas, vendrá a fin de año, tendremos poco tiempo y, en realidad, empezaremos a estudiarlo el año que viene. ¿Y? ¿Y qué? El argumento que escuchamos hoy es que es injusto, y se dice: «¡Es una gran injusticia que esté este artículo! ¡Tenemos que derogarlo ya, ahora, urgentemente!». Y yo dije en forma pública y ante la comisión: «¡Cuidado con los apuros, porque en esta instancia no se está mirando el conjunto de las penas que establece nuestro código y se va a acusar al sistema de que, de alguna manera, quiere proteger los delitos que comete el sistema político!». Recordemos que tiene que ver con el abuso de funciones, sobre todo, que pueden cometer jerarcas de nuestra confianza. ¡Cuidado con esto! ¿Por qué? Porque, a nuestro juicio, debemos tener la instancia de que no se ate esta situación con los procesos que se están llevando adelante en la Justicia. ¡Así lo dije!

Antes de pasar a hablar del tema de los juicios, dado que la señora senadora Payssé me ha solicitado una interrupción y supongo que irá a referir al tema de la reforma del Código Penal que está a estudio de la Cámara de Representantes, si es breve con mucho gusto se la concedo.

SEÑORA PRESIDENTA.- Puede interrumpir la señora senadora Payssé.

SEÑORA PAYSSÉ.- Gracias, señor senador.

Señora presidenta: el señor senador Heber me adivinó el pensamiento y confirma que este tema también fue debatido en la comisión; por eso sabe a lo que me voy a referir.

Quiero decir que, en esta casa, en general quienes integramos el Senado y la Cámara de Representantes tenemos una especie de contradicción o de tensión permanente sobre la necesidad imperiosa de adecuar nuestro Código Penal y de ver cómo hacemos con algunos reproches penales o algunas circunstancias de modificaciones que no solo no pueden esperar, sino que además tenemos la responsabilidad de adecuar. Voy a mencionar nada más que como ejemplo –sin detallar ni describir– el abigeato. Nosotros lo tratamos y llegamos al acuerdo de que había necesidad de avanzar, independientemente de que esté en la Comisión de Constitución, Códigos, Legislación General y Administración, de la Cámara de Representantes, en el estudio de las reformas, de forma general, del Código Penal.

Así también lo estamos haciendo en la Comisión de Población, Desarrollo e Inclusión del Senado, donde ahora estamos analizando nuevas tipificaciones de delitos obsoletos, anacrónicos, como el ultraje violento al pudor, el atentado violento al pudor, etcétera. Podría seguir detallando más cosas, pero no quiero quitar más tiempo al senador Heber a quien, reitero, agradezco la interrupción que me ha concedido.

Lo que quiero decir es: ni calvo ni con dos pelucas. No vamos a pretender esperar hasta que tengamos una nueva reforma del código –porque esto ya viene de las comisiones que se instalaron en el 2007-2008, aproximadamente; todo el sistema político está sin terminar de ponerse de acuerdo o de avanzar en el tema– ni tampoco me voy a quedar con la lógica de que como hay una reforma del Código Penal instalada, no hago nada.

Entonces, refiriéndome a la derogación de este artículo específico, quiero decir que este no es un tema que se analiza únicamente con los parámetros de justicia –que es, por lo menos, a los que quiero ceñirme básicamente–, sino que en el análisis también se utiliza el tema de la oportunidad. ¡Es a eso que se refería el senador Heber cuando hacía sus primeras reflexiones!

Señora presidenta: quiero decir que si tomamos la oportunidad como una cuestión de justicia tendría que haber sido ayer; si la oportunidad es la de lo que alguien señaló acá, es decir, que tenemos que pensar en el mensaje que trasmitimos a la población, ¡ah, depende de qué mensaje le vamos a trasmitir! Si no, yo podría llegar a la conclusión de que el momento es nunca, y acá me siento responsable para no asumir el nunca y también para no asumir la inacción del ayer.

Quería hacer esta reflexión porque, seguramente, hasta que el nuevo Código Penal esté en vigencia, habrá otras circunstancias en las cuales el sistema político tendrá que analizar armonizaciones –como decía el senador Heber–, actualizaciones o nuevas formas de reproches penales, porque hay nuevos delitos, nuevas formas de delinquir que también merecen nuestra atención.

Gracias, senador Heber, por la interrupción concedida.

SEÑORA PRESIDENTA.- Puede continuar el senador Heber.

SEÑOR HEBER.- Señora presidenta: uno puede entender, porque a veces hay situaciones nuevas que en la sociedad requieren ciertas acciones. Yo no participo de esa especie de principio de catedráticos que dicen que no podemos tocar el Código Penal –¡he presentado proyectos!–, sino que digo que siempre se ha dicho esto.

Me parece que lo relativo al feminicidio urge porque, lamentablemente, estamos viendo una sociedad violenta en la que se mata a mujeres todos los días. Entonces, justifico la urgencia. ¿Y cuál es la urgencia en este proyecto de ley? ¿Por qué no se puede esperar al año que viene? Esa es la pregunta que me hice en la comisión y por eso realicé la propuesta de esperar, a no ser que estemos hablando de cosas concretas y de casos que están en vías judiciales. ¡Es peligroso hablar y que legislemos cuando hay casos que están en manos de la Justicia!

¡Todo el esfuerzo que hicimos en la comisión fue para ver si podíamos enganchar, precisando más el delito, con los casos que hoy están en la Justicia! ¡Ese fue nuestro esfuerzo y fracasamos con total éxito, lamentablemente! ¡Me reuní con fiscales, con jueces, con catedráticos, con abogados que son de mi confianza, y todos, absolutamente todos, me dijeron que cualquier modificación que nosotros introdujéramos sobre el delito o precisión del delito de funciones, implicaba tener una instancia retroactiva que no queremos, que no promocionamos y que, de alguna manera, en los hechos terminaba derogándolo! ¡Nosotros estamos en contra de la derogación lisa y llana! ¡Estamos en contra de la derogación del artículo 162 y tenemos fundamentos!

Se nos ha dicho que este delito es un «cajón de sastre», «un lugar donde se guarda todo aquello que va sobrando». ¡Sí, lo sabemos! ¡Conocemos la amplitud! Escuchamos las recomendaciones que la comisión de Naciones Unidas ha hecho a los países en tratados que hemos firmado, en donde no obliga pero sí recomienda la necesidad de tener contemplado el delito de abuso de funciones. ¡Nosotros lo tenemos, pero ahora pretendemos derogarlo!

Además, en la comisión tuvimos la presencia de representantes de la Junta de Transparencia y Ética Pública, en donde dijeron claramente que estaban totalmente en contra de la derogación, ¡que esto generaba situaciones que la legislación actual no cubría! O sea, siempre partimos de la base de que la derogación lisa y llana no era el camino correcto porque esto terminaba por incidir en juicios que hoy están tramitándose en la Justicia. No es lo mismo, señora presidenta, estar procesado por delitos de funciones por haber donado diez bolsas de pórtland que estar procesado por un delito de funciones en un caso en el que a un señor, ¡que no tiene un peso en el bolsillo!, se le dio la posibilidad de ir a un remate público, ofertar por USD 139:000.000 y comprar once aviones de Pluna. Se me podrá decir: «Bueno, pero el delito de funciones contempla la posibilidad». ¡Prefiero que contemple la posibilidad de que se pueda procesar a alguien que done diez bolsas de pórtland si el delito evita que mañana un jerarca pueda dar a alguien –que no tiene ni una moneda en el bolsillo– la posibilidad de comprar, en nombre y con el aval del Banco República, por USD 139:000.000 sin tener ningún tipo de garantía! Peor aún: creo que el senador Bordaberry no mencionó que el aval era ilegal porque contravenía la ley sobre seguros y las garantías que de alguna manera se pueden establecer. O sea, ¡era un aval que no tenía respaldo legal! Si eso no es abuso de funciones, ¿qué es abuso de funciones? ¡Desconoció la ley! ¡Dio como si el banco fuera suyo! ¡Los controles que tiene el país, justamente para el abuso de funciones, son para que el jerarca, político o no, mañana no tome y guíe una empresa pública o un banco como si este le perteneciera y él pudiera hacer lo que quiere!

¡Este es un delito que busca, señora presidenta, la posibilidad de que no se tome como propia la administración de organismos, de empresas del Estado, de bancos del Estado y del Estado en sí mismo como si fuera propio y que pueda hacer lo que quiera! ¡No; no puede hacer lo que quiere! ¡Tiene limitaciones! ¿Y qué establecen las limitaciones? Entre otras cosas, la posibilidad de que tenga la acusación de abuso de funciones.

El proyecto de la Jutep –creo que erróneamente el senador Michelini dijo que no había presentado nada, pues presentó un artículo que, si quiere el Senado, puedo leer– también tenía y adolecía del problema que incidía en los hechos derogándolo. O sea, la precisión que establecía la Jutep implicaba incidir en los casos que están en la Justicia y, por lo tanto, nosotros no lo hicimos nuestro. ¡Hicimos los esfuerzos! Acá se nos reclama, pero yo hice el trabajo; me preocupé y me reuní durante varias horas en mi despacho con gente más entendida en estos temas que quien habla, y absolutamente todos me dijeron que cualquier modificación que se hiciera al artículo 162 implicaba la derogación, lo que contravenía la posición que claramente había adoptado mi partido en el sentido de no derogar el artículo; precisarlo o acotarlo, sin que ello implicara retroactividad, fue un camino que intenté, pero reitero que fracasé. No hay alternativa. Habrá quienes mañana modifiquen el artículo porque piensen que esto es injusto y afecta a una mínima parte, que son aquellos a quienes se puede imputar este delito –creo que por donaciones de bolsas de pórtland hay muy pocos casos–, pero lo que no quiero es dar amparo a quienes sí cometieron abuso de funciones.

En realidad, se establece claramente cuál es el delito de abuso de funciones. El doctor Milton Cairoli, en la página 22 de su Curso de derecho penal uruguayo, dice que el bien jurídico tutelado por el artículo 162 del Código Penal es el normal funcionamiento de la Administración, que se ve amenazado cuando sus funcionarios no actúan moderadamente en el ejercicio de sus funciones, causando un perjuicio a la misma Administración o a los particulares. ¡Está clarísimo! Hay un perjuicio a la Administración. Como se ha dicho, hay empresas que han generado un endeudamiento de dos mil millones de dólares y hemos tenido que votar asistencias que está pagando el pueblo. ¡Hay un daño a la Administración! Entonces, dice el doctor Cairoli, la indefinición del delito no es tal, sino que la criminalidad se centra en el abuso. Aquí el móvil no es el lucro, que se pena con el cohecho, la concusión o el peculado –¡no es el lucro!–, sino cualquier otro, como, por ejemplo, favores, odio u otro fin distinto al de la codicia, y que dicha forma de abuso no se adecue a las múltiples previsiones legales que lo reprimen. Se trata de un acto arbitrario antijurídico que significa el uso ilegítimo de las facultades, poderes y medidas inherentes al cargo público que se ejerce, como ser: usurpación de poder no conferido por la ley –dar un aval no permitido por la ley–, exceso en los límites de la propia competencia, abuso del propio poder, inobservancia de formalidades legales prescritas, arbitrariedad entendida como proceder o dictaminar por capricho o contra las leyes de la razón. Recordemos que para calificar un acto de arbitrario la ley lo acota a que sea necesariamente subjetivo en perjuicio de la Administración o de los particulares; el perjuicio no ha de resultar necesariamente material, sino que también puede ser moral. Llega hasta allí, pero hay daño material.

Finalmente, al ser un delito de peligro, no es necesario que el perjuicio se concrete; basta con el acto arbitrario antijurídico que se efectúe.

Reiteradamente se ha dicho que la Suprema Corte de Justicia lo declaró constitucional; no lo voy a reiterar. Este es el único artículo que protege a los ciudadanos de la arbitrariedad del gobernante, ya que el bien jurídico a tutelar es el normal funcionamiento de la Administración. Entonces, ¿no vamos a proteger a los ciudadanos del abuso de poder, del abuso de funciones?

La arbitrariedad, el capricho, el clientelismo o el obrar más allá del Tocaf, de las atribuciones propias del cargo y de las normas jurídicas son castigados por este artículo solo como delito de peligro, sin necesidad de la ocurrencia efectiva del daño.

SEÑORA PRESIDENTA.- Ha llegado a la Mesa una moción para que se prorrogue el tiempo de que dispone el orador.

Se va a votar la moción formulada.

(Se vota).

–23 en 24. Afirmativa.

20) PRÓRROGA DE LA HORA DE FINALIZACIÓN DE LA SESIÓN

SEÑORA TOURNÉ.- Pido la palabra para una cuestión de orden.

SEÑORA PRESIDENTA.- Tiene la palabra la señora senadora.

SEÑORA TOURNÉ.- Dado el nivel de la discusión, creo que amerita formular moción para que se prorrogue la hora de finalización de la sesión hasta agotar el orden del día.

SEÑORA PRESIDENTA.- Se va a votar la moción presentada.

(Se vota).

–26 en 26. Afirmativa. UNANIMIDAD.

21) ABUSO DE FUNCIONES EN CASOS NO PREVISTOS ESPECIALMENTE POR LA LEY

SEÑORA PRESIDENTA.- El Senado retoma la consideración del segundo punto del orden del día.

Puede continuar el señor senador Heber.

SEÑOR HEBER.- Como decía, la sociedad, el pueblo uruguayo que aporta sus impuestos, tiene en el artículo 162 una garantía contra el abuso del gobernante, lo que no siempre se refleja en normas que lo regulen. Se trata de una medida muy moderna que, sin dudas, busca establecer una contención a las tentaciones del poder.

En la comisión hablamos con las autoridades de la Junta de Transparencia y Ética Pública acerca de la necesidad de apoyar el proyecto de ley que presentó el señor senador Borbaberry en cuanto al tema del enriquecimiento ilícito. Algunos juristas nos han dicho –y lo comento en forma pública– que el enriquecimiento ilícito viola los principios del derecho penal, porque invierte la carga de la prueba. Como no se produce la prueba que prevé el delito, se va a lo que puede ser el enriquecimiento público. Sin embargo, los principios del derecho penal no pueden impedir que, mediante la legislación que podemos darle, el pueblo uruguayo castigue al corrupto. ¿Cómo puede ser que un director de aduanas, que tiene determinado sueldo, aparezca con propiedades enormemente costosas –como ha sucedido–, como por ejemplo campos o comercios? ¿Cómo no vamos a ir por ese lado? Quizás me falta la formación jurídica, pero ¿qué principio penal me pueden dar para ello? ¡Por favor! Si hay un jerarca que apenas vive con un sueldo del Estado y mañana aparece comprando campos, no necesito ninguna prueba. ¡Ahí está el delito! ¡Que venga y lo justifique! Porque entonces, ¿para qué tenemos las declaraciones juradas en la Jutep? ¿Cuál es el sentido? Se trata de brindar información de nuestro patrimonio al momento de ingresar a la Administración; después hay que hacer una declaración jurada respecto al patrimonio que tenemos cuando salimos del cargo. ¿Para qué? Para que el día de mañana se deba explicar si ocurre algún enriquecimiento, o para justificarlo. De lo contrario, el enviar a la Junta de Transparencia y Ética Pública las declaraciones juradas de cada uno de nosotros solo sería un trámite absurdo. Dicho sea de paso, no tengo ningún inconveniente en que todas estas declaraciones se hagan públicas y, como estamos analizando la ley de partidos políticos, tampoco tengo problema con que todos los candidatos publiquen su declaración jurada. ¿Para qué? Para que no haya enriquecimiento ilícito. ¡Pero acá no hay pena!

Por lo tanto, desde ya estoy con la mano levantada para votar mañana el proyecto de ley del señor senador Bordaberry; también voy a votar la iniciativa referida al arrepentido, porque me parece que ayuda a descubrir la corrupción. Todos estos temas deberían estar enmarcados en el tratamiento del proyecto de ley que nos ocupa en el día de hoy. También estoy de acuerdo con la no prescripción de los delitos de corrupción, así como con el referendo, en caso de que este proyecto sea aprobado, porque es la manera en que el pueblo puede pronunciarse sobre la posibilidad de que los jerarcas que mañana estén en la Administración y cometan abusos de poder no respondan ante la Justicia por sus actos. Es eso lo que estamos haciendo, porque no hay otra norma que pueda castigar el abuso de poder o de funciones.

Aquí se ha hablado de nuestros fueros y el senador Lacalle Pou ha presentado un proyecto al respecto. Los fueros están para que no se nos trabe nuestra acción y para que la Administración u otro poder del Estado no nos inventen delitos de forma que mañana no podamos cumplir con nuestro cometido; los fueros no están para usarlos como un escudo para hacer lo que se quiera. Si mañana cometemos delitos, menores o mayores, medianos o no, tenemos que responder ante la Justicia. Los fueros están para protegernos frente a otro poder que mañana nos pueda inventar un delito, para que podamos estar en esta sala cumpliendo nuestras funciones. Y tenemos que precisar su alcance; el senador Lacalle Pou ha presentado un proyecto que puede y debe ser discutido. Nosotros queremos discutirlo porque los fueros no pueden ser un escudo ante la realidad para que nada pueda penetrar y nadie pueda mirar ni siquiera cuando cometemos errores como ciudadanos en la calle. Tenemos que responder como cualquier ciudadano. Nosotros no tenemos coronita, como dijo el senador Lacalle Pou, pero eso no quiere decir que dejemos desprotegido a un poder del Estado para que otro se organice e invente todos los días un delito distinto para impedir el ejercicio de nuestra tarea, tal como está lamentablemente pasando en Venezuela.

Entonces, señora presidenta, hay límites, y los tenemos que poner nosotros. Esa es la mayor credibilidad, y esto se lo digo a la senadora Ayala, quien en su exposición se preguntaba si no estamos haciéndole un daño al sistema político. Creo que si derogamos este artículo sí se lo hacemos. Ahora, si votamos todos los proyectos que están a estudio en la comisión se daría una señal clara y contundente de lo que queremos hacer, de que tenemos protecciones, pero no impunidad, que es otro tema. Los fueros no pueden generar impunidad en los legisladores.

Por tanto, contundentemente decimos que el Partido Nacional va a votar en contra este proyecto. Además, vamos a solicitar que la votación sea nominal, porque debe ser un acto en el que cada uno de nosotros tenga la valentía de decir lo que piensa.

SEÑOR BORDABERRY.- ¡Apoyado!

SEÑOR HEBER.- Aclaro que no estoy diciendo que uno sea más valiente que el otro porque vote a favor o en contra. Todo esto es opinable y es parte de la discusión, pero el sistema político uruguayo tiene que dar un mensaje claro, con contundencia, de que no somos como Brasil, como Argentina, y mucho menos como Venezuela.

Debemos ayudar al sistema político para que transparente todo, incluyendo las financiaciones que tienen los partidos en forma permanente y en las campañas electorales. Tampoco deben existir protecciones para los jerarcas que nombramos y mañana cometen abusos de funciones en sus cargos. Lamentablemente, si hoy se deroga este artículo, tiene nombre y apellido. Y aclaro que también tiene nombres y apellidos de personas de nuestro partido, por lo que puedo hablar con propiedad. ¡Acá no me duelen prendas! Yo no estoy protegiendo a nadie. Si mañana tenemos la oportunidad de precisar el delito sin que haya asuntos en la Justicia, quizás se podría tener el marco para derogar el artículo, pero eso hoy no existe. Por tal motivo no vamos a dar nuestro voto. Y no vamos a presentar ningún proyecto alternativo porque en los hechos va a significar la derogación de lo que está vigente. ¡Y nadie me podrá decir –porque he tenido diferencias dentro de mi partido– que no hice el esfuerzo de buscar una redacción alternativa! Hice el esfuerzo y estudié mucho para encontrar la posibilidad de interpretar el delito que se quiere derogar, pero no he encontrado ningún jurista o abogado que me pudiera dar un camino alternativo.

En consecuencia, señora presidenta, hoy vamos a votar en contra de este proyecto, esperando que no sea ley; de lo contrario, nos va a encontrar con las firmas, o con nuestra oposición porque no es buena cosa que el sistema político, frente a los escándalos que estamos viviendo en América Latina, carezca de una norma que castigue a quien está abusando del poder. Es más, abusos de poder hay en toda América Latina, y lamentablemente tenemos causas en nuestra Justicia –no a esos niveles ni con esos montos, por suerte– que se tienen que aclarar, en lugar de que se les dé la impunidad que lograrían si hoy se deroga el artículo por el cual fueron procesados.

Muchas gracias.

22) SOLICITUDES DE LICENCIA E INTEGRACIÓN DEL CUERPO

SEÑORA PRESIDENTA.- Léase una solicitud de licencia.

(Se lee).

SEÑOR SECRETARIO (Hebert Paguas).- «Montevideo, 7 de junio de 2017

Señor presidente de la

Cámara de Senadores

Raúl Sendic

Presente

 

De mi mayor consideración:

De acuerdo a lo establecido en la Ley n.º 17827, de fecha 14 de setiembre de 2004, solicito al Cuerpo sirva concederme el uso de licencia por el día 13 de junio de 2017, por motivos personales.

Sin otro particular, lo saludo a usted muy atentamente.

José Carlos Cardoso. Senador».

SEÑORA PRESIDENTA.- Se va a votar si se concede la licencia solicitada.

(Se vota).

–21 en 22. Afirmativa.

Queda convocado el señor Jorge Saravia, a quien ya se ha tomado la promesa de estilo.

Léase otra solicitud de licencia llegada a la Mesa.

(Se lee).

SEÑOR SECRETARIO (Hebert Paguas).- «Montevideo, 7 de junio de 2017

Señor presidente de la

Cámara de Senadores

Raúl Sendic

 

De nuestra mayor consideración:

Por la presente solicito a usted licencia por motivos personales a la sesión ordinaria del día 7 de junio del corriente a partir de las 13:00.

Sin otro particular, saludo con la más alta estima.

Atentamente,

Verónica Alonso. Senadora».

SEÑORA PRESIDENTA.- Se va a votar si se concede la licencia solicitada.

(Se vota).

–24 en 24. Afirmativa. UNANIMIDAD.

Queda convocado el señor Daniel Peña, a quien ya se ha tomado la promesa de estilo.

23) ABUSO DE FUNCIONES EN CASOS NO PREVISTOS ESPECIALMENTE POR LA LEY

SEÑORA PRESIDENTA.- Continúa la consideración del segundo punto del orden del día.

SEÑOR MARTÍNEZ HUELMO.- Pido la palabra.

SEÑORA PRESIDENTA.- Tiene la palabra el señor senador.

SEÑOR MARTÍNEZ HUELMO.- Lo primero que tenemos que decir es que a esta sesión no vinimos a hacer un campeonato de moralina. Obviamente, no protegemos a persona alguna, como corresponde a nuestro ejercicio, no de legisladores, sino de ciudadanos, de hombres de bien. Parecería que esto hay que aclararlo porque aquí se ha dicho –y voy a hacer una alocución con un poco de todo porque así también lo ha sido esta sesión– que este tema alcanza, incluso, a los parlamentarios, cuyos fueros se han mencionado. Daría la impresión de que alguien en sala está protegiéndose y que mañana no podría ser despojado de este cargo tan importante, de tanto honor para cualquier ciudadano, so pena de que detrás de esa desinvestidura apareciera de inmediato la acusación, la imputación judicial, y «p’adentro», como se dice vulgarmente. Eso lo desestimo porque creo que estoy entre gente de bien y porque, además, es un principio. Acá todo el mundo habla de la ley, pero hay un principio fundamental: la presunción de inocencia. Nadie es culpable de nada hasta que se pruebe lo contrario. Acá se habla de leyes, de la Constitución, pero de ese, que es el horcón del medio a nivel jurídico y constitucional, no se habla. Es decir, si no se fue a la comisión con respecto al tema fuero parlamentario, es porque no se tiene vocación de asistir, ya que allí no se cobra entrada. Quien quiera presentar un proyecto de ley –que, además, es inconstitucional–, que vaya a la comisión y lo fogonee, porque en la Comisión de Constitución y Legislación tenemos cerca de cincuenta proyectos de ley del senador Bordaberry y créame, señora presidenta, nunca vino a decirnos que necesitara aprobar alguno de ellos ya, ahora. El año pasado, cuando tratamos el tema de la corrupción, le dijimos al señor senador Bordaberry que íbamos a votar ese proyecto de ley, pero –como se dice– «si te he visto, no me acuerdo». Por supuesto, siempre hay otras iniciativas –como la de fiscalía y demás–, pero a veces hay lugar para tratar alguna más. Además, tenemos veinticuatro horas; si nos convencemos de que el proyecto de ley es realmente bueno, lo llevamos a la comisión.

Más adelante voy a citar los proyectos de ley del señor senador Bordaberry –que tengo sobre mi mesa– porque hacen al artículo 162.

Insisto: yo no entro en el campeonato de moralina. Me gusta tratar los temas sin dramatismo y sin exageración mediática; hoy la barra estaba llena de periodistas y ahora que se están yendo estamos más tranquilos, más serenos. Creo que los proyectos de ley se presentan para tratarlos con la mayor objetividad posible. No se sigue el criterio de orden de llegada, se discute uno u otro. El Frente Amplio no impone su mayoría a la comisión; no dice que sí o sí hay que estudiar uno determinado. En realidad, se presentó un proyecto de ley y pensamos que era interesante, pero si cualquier senador hubiera querido promover el suyo, no hubiera habido ningún problema. En la Comisión de Hacienda hace no sé cuánto tiempo que estamos tratando un proyecto de ley presentado por el señor senador Delgado y no hemos sentido ningún agravio por hacerlo; me imagino que en las otras comisiones sucederá lo mismo.

Al igual que el señor senador Heber, no soy abogado. De lo que me digno es de haber sido político toda mi vida; no reniego de esa condición que adquirí casi desde la infancia. Soy político. Podrán venir acá los mejores catedráticos, los mejores abogados, pero la última decisión es de esta cámara o de la otra, que son las encargadas de los temas políticos. Los legisladores sabrán, en el error o en el acierto, si deben votar una ley, más allá de la recomendación de un catedrático grado 5 o de un supertécnico de la materia que sea.

Sin ser abogado, desmiento que con el tema del artículo 162 estemos –como se ha dicho acá– poco menos que derribando el horcón del medio del sistema penal uruguayo. En primer lugar, porque a nadie se le imputa el artículo 162 de entrada, sino que –como ya sabemos y como dijeron todos los técnicos– es residual; recién cuando el juez no tiene a qué apelar, echa mano a esto. Y ya que estuvimos hablando del doctor Cairoli –lo iba a dejar para el final, pero ahora me viene como anillo al dedo–, él también dijo que se echa mano a esa figura cuando no se puede aplicar otra. El 27 de julio de 2013 dijo que era un delito embudo en el que se hace entrar todo, muy típico del código italiano, que se tomó como modelo. Ahora bien, ¿quién puede definir en sala el concepto de ley embudo? ¿Quién viene acá y dice «estamos defendido la ley embudo» o «estamos atacando la ley embudo»? ¿Qué es una ley embudo? Creo que ni la Suprema Corte de Justicia, con todas las capacidades intelectuales que tiene, puede definirla. Sin embargo, los juristas siguen hablado de «ley embudo», y de «cajón de sastre». Para el legislador, cuando tiene la competencia de definir delitos, es tremendo y es extraño tener que decir que va a votar una ley embudo.

En segunda instancia, es falso hablar del artículo 162 como el horcón del medio de la lucha contra la corrupción y me parece que se trata de distorsionar la realidad cuando se menciona su eventual derogación. Y utilizo el término «eventual» porque hoy empezamos la discusión, que puede ser larga y todavía falta la otra cámara. La verdad de la historia es que entendemos que no dejamos desnudo al Poder Judicial.

Hablando de todo un poco, señora presidenta, algunos señores senadores hoy se refirieron a la corrupción en América y en el mundo. ¡Cuidado! ¡Viene por acá, viene por allá! Recuerden que esto lo discutimos el año pasado cuando se quiso investigar sobre la corrupción; entonces yo agregué que también debíamos investigar sobre el odio y el amor. Ahora, como investigadores, debemos tener sujetos concretos para investigar, como debe tenerlos la Justicia cuando hace una imputación. Es por eso que está en cuestión este artículo 162, y no porque tenga un amigo aquí o allá que esté imputado por esto o pueda presumir que en el futuro pueda haber en el país alguien imputado por este delito. No tengo la bola de cristal; lo que sí sé es que el año pasado se nos quiso imbuir de una especie de principio de ósmosis internacional. Como el señor López había robado USD 8:000.000 y dormía arriba de ellos, con las monjitas y todo eso que se nos cuenta acá permanentemente –en una retahíla que ya aburre–, poco menos que acá estábamos entre delincuentes. ¡Cuidado! En el Senado somos todos delincuentes, a tal punto que también hay que derogar el fuero parlamentario para que nos investiguen. Eso no se lo llevo a nadie, porque acá somos pocos y nos conocemos; gracias a Dios este es un país donde nos conocemos todos; no es Brasil ni Argentina ni ningún otro país que puedan mencionar, ¡no señor! Lo niego porque creo en la clase política o, mejor dicho –porque no me gusta el término «clase»–, en el elenco político del Uruguay, y considero que es la manifestación libérrima de la población votando cada cinco años, como exige la Constitución de la república. ¡Mucho nos costó sacarnos de encima la dictadura cívico-militar como para venir acá a decir que somos unos corruptos! ¡Mucho nos costó! ¡Claro, hay muchos que no vivieron esa época! ¡Vaya a saber dónde estaban! ¡Pero quienes tuvimos que enfrentar la dictadura militar, cada uno desde su trinchera, sabemos bien lo que son el Parlamento y los partidos políticos! Si queremos discutir sobre el tema de los fueros parlamentarios, hagamos una gran sesión de la comisión y veamos qué significa, porque el concepto de fuero parlamentario se instaló, fundamentalmente, para que las fuerzas de gobierno no llevasen presa a la oposición, como se hacía históricamente en el novecientos. ¡Ese fue el origen del fuero parlamentario en Uruguay, cuando los diputados iban presos por sus opiniones! Hay que leer el artículo 112 de la Constitución de la república; nuestro fuero es por nuestra opinión y no para no robar. ¡¿De dónde salió eso?! ¡Indigna este nivel de baja estofa! ¡Nosotros somos demócratas, no una banda de ladrones! ¡Que tome nota la prensa, también, que da manija todos los días con la corrupción, cuando en este país hace diez años que nadie va preso y los procesamientos están a la vista! ¡Viven hablando de la corrupción en Ancap! Este Senado no imputó nada a nadie; después de ocho meses de trabajo de una comisión investigadora no entró al Poder Judicial una sola imputación personal. No se puede venir a decir que el presidente de la cámara está sospechado. ¡No está sospechado nada! ¡Es una barbaridad lo que se está diciendo, por no usar otro tipo de adjetivo!

¡El presidente de nuestra cámara no tiene acusación alguna! Se están investigando catorce carpetas –quizás alguna más que se entregó a última hora–, las mismas que entraron a la comisión oportunamente. Digo esto porque el presidente nos representa a todos, ¡y no se puede venir acá, ligeros, de lengua sobada, a decir lo que no corresponde: mentiras y falsedades! Eso no se lo llevo a nadie; eso es, directamente, cobardía. Eso está penado por el artículo 7.º de la Constitución de la república que habla del derecho a ser protegidos en el honor.

Nos vamos a afirmar en estas cosas. No venimos a sobreactuar ni a pasarle por arriba a la presunción de inocencia. Si eso llegara a suceder en el Uruguay, estaríamos otra vez en dictadura, como cuando allá por 1973 o 1974 pasaban por nuestras casas o las de nuestros amigos, en los gobiernos cívico-militares, y sin presunción de inocencia, íbamos para adentro y a la tortura. ¡Eso no, señora presidenta!

Termino con el tema de los fueros parlamentarios recordando cómo fue la discusión de 1972, instancia en la que grandes juristas y políticos de nuestro país dieron una batalla sostenida sobre ese tema. Alcanza con mencionar el fuero de Enrique Erro, tan cuestionado por la Justicia, o por la injusticia, cívico-militar.

Como ya se expresó, el artículo 162 es residual, por tanto, no nos complican prendas en su eliminación; estamos convencidos de que hay que eliminarlo.

Con respecto a la constitucionalidad, hay una discusión importante en la que se introducen las famosas sentencias de la Suprema Corte de Justicia en cuanto a casos particulares que hacen pensar, en principio, en la constitucionalidad del artículo 162. Creo que en este primer tramo de razonamiento la Suprema Corte de Justicia tiene razón.

Señora presidenta: he anotado algunos argumentos. La Suprema Corte de Justicia, por unanimidad, desestima los fundamentos de inconstitucionalidad con dos argumentos. Primero, si bien se reconoce que la ley emplea una forma suficientemente amplia como para contener todas las formas que puede asumir el abuso de poder, dice que eso no implica que la norma vulnere el artículo 10 de la Constitución, porque el artículo en cuestión cumple con las exigencias del artículo 10 de la carta y del artículo 1.º del Código Penal, en tanto contiene una descripción legal de una conducta –abuso– y la sanción; o sea, existe la descripción de la conducta a sancionar, así como el efecto jurídico de su realización, y con esto se cumple con esa exigencia. En palabras sencillas, podemos decir que existe una norma legal que establece que el abuso de funciones es punible y para la Suprema Corte de Justicia eso ya es suficiente. Estas son las mismas sentencias que se leyeron hace un rato. O sea que se cumple con lo que dice la Constitución.

El otro argumento que utiliza la Suprema Corte de Justicia es que la norma cumple con el requisito de haber sido previamente establecida por ley; o sea, que la persona que comete el abuso sabe de antemano que va a ser sancionada y, por lo tanto, no hay inconstitucionalidad alguna, en tanto existe una ley que prevé un acto –abuso– como delito y lo sanciona con una pena. Para ello es suficiente con cumplir lo que establece la Constitución en su artículo 10. Por esos mismos artículos, en los documentos que se elevaron a los efectos de rechazar este artículo por inconstitucional, la Suprema Corte de Justicia descarta la violación del artículo 72 de la Constitución de la república. Se trata de una absoluta defensa formal que hace la Suprema Corte de Justicia, que es muy atendible. Desde ese punto de vista, es razonable y es lo que se viene imponiendo.

Ahora bien, con esta derogación vemos –desde hace mucho tiempo– que la Suprema Corte de Justicia no ingresó en el análisis del tema de fondo, que es la definición genérica o laxa de una conducta que, justamente, torna inaplicable lo que ella pretende defender, es decir, la definición legal de una conducta sancionable, a lo que hoy se refirió el señor senador Michelini a raíz del artículo 1.º del Código Penal.

Este asunto siempre ha estado bajo la mira y la discordia de la cátedra jurídica y del ámbito político de nuestro país. No es una novedad. Por eso digo que no me siento agraviado por estudiar este tema u otro. Tenemos que actuar con madurez parlamentaria. No se trata de que hoy estemos dando un golpe de Estado; no quiero ni imaginar algo tan grave que nos pueda llevar a escuchar las cosas que hemos escuchado en el día de hoy. Reitero que este asunto siempre ha estado bajo la mira y la discordia de la cátedra, así como de actores importantes de los partidos políticos. Es un tema recurrente.

Se dice que en este poder del Estado tenemos la potestad y la competencia –esa es una característica del Parlamento– de defender los derechos individuales. Es precisamente en el cumplimiento de ese mandato constitucional que varios senadores del Frente Amplio, acompañados por dos parlamentarios de la oposición, hemos presentado este asunto. Esto no ha sido con el designio de poner malas intenciones a esto o de poner nombre y apellido a este asunto, que tiene larga data en el Parlamento.

Señora presidenta: en materia tributaria hemos averiguado que existe un principio fundamental que se puede sintetizar en aquello tan gráfico que dice que no hay tributo sin ley que lo establezca. Este principio se inspiraría en el fundamento del derecho penal que dice que no se puede hablar de ningún delito ni de ninguna pena sin ley previa. Eso ha sido recogido por el Código Penal –Ley n.º 9155– en su artículo 1.º, que dice: «Es delito toda acción u omisión expresamente prevista por la ley penal. Para que esta se considere tal, debe contener una norma y una sanción».

En la analogía que he presentado entre el derecho tributario y el derecho penal, impera el principio de legalidad como fundamento. Ese es otro de los bastiones de la argumentación de quienes hemos presentado este asunto: hablar de la legalidad. Creo que este es un tema imposible de soslayar. En el caso de los impuestos, que traigo como ejemplo, se trata de una coacción: si no se cumple determinada conducta, el Estado aplica la fuerza o coacción para el cumplimiento de la norma tributaria. En lo que respecta a una conducta, señora presidenta, siempre será obligatorio que una ley lo establezca a priori y las personas, además, lo conozcan con antelación.

Lo que se ha dicho acá –lamentablemente, porque lo dicen conspicuos abogados– en cuanto a que estamos negando al país un delito al derogar el artículo 162, es residual; nadie arranca un expediente, en ninguna materia penal, con el artículo 162 como bandera. Cuando queda, es residual; en ese caso se puede aplicar –como mencionaba recién un senador– por una bolsa de pórtland o por el vaciamiento de un banco. ¡Esto es absolutamente desproporcionado! Entonces, se nos quiere presentar esta especie de congelación legal, que es una arbitrariedad mayúscula.

Parece que tampoco tenemos derecho a discutirlo, que creo es otro error. Se discutirá, se llegará al final del proceso legislativo y quedará o no en el camino, pero entiendo que es bueno empezar a discutirlo, porque se trata de un tema pendiente en el Parlamento desde hace muchos años. Es cierto que llegó sobre el final, lo rescatamos y lo trabajamos, pero eso no quita que podamos trabajar otros. Sin embargo, cuando analizamos los antecedentes de este asunto, en su génesis histórica encontramos serias y profundas observaciones desde siempre, incluso desde que se dispuso el primer Código Penal.

No voy a profundizar en esto porque se pueden leer las versiones taquigráficas de las sesiones de la comisión, donde también se puede encontrar lo que manifestaron quienes nos visitaron.

Voy a rescatar la opinión de una persona que me parece muy interesante, que nos visitó en la comisión, un profesor grado 5 de Derecho Penal y de Criminología en la UdelaR y miembro de la cátedra penal del Colegio de Abogados del Uruguay, que es el doctor Aller. En la contribución técnica que nos hacía el doctor Aller, decía: «Obsérvese que, ante la multiplicidad de posibles manifestaciones del abuso de poder, el legislador optó por establecer un castigo para aquellas conductas que se considerasen genéricamente abusivas. Por eso –ante la imposibilidad de prever todas las hipótesis de abuso por parte del oficial o funcionario público y con el objeto de que nada escapase a la represión– se creó un tipo penal de alcance tan amplio como difuso».

Señora presidenta: nosotros somos los legisladores, tenemos que determinar un código, y un profesor grado 5, que sabe y sabe, nos dice esto de la ley. Se derogará ahora o no, pero cuánto pueden confundir al legislador esas definiciones que nadie desmiente –será un tema de oportunidad o no; también se verá–, hechas por eximios juristas desde su observatorio de ciencia jurídica y lejos de la tribuna política. Vuelvo a decir: cajón de sastre, ley embudo; el tema es complicado, señora presidenta.

Del mismo modo lo explicó Alfredo Vázquez Acevedo hace cien años, en 1893, en su obra Concordancias y anotaciones del Código Penal de la República Oriental del Uruguay, al avizorar el grave inconveniente que significaba no contener disposiciones específicas para sancionar los excesos de los funcionarios o disuadir de no cometerlos. Lo dijo, reitero, Alfredo Vázquez Acevedo, una luminaria, catedrático y decano de la facultad; sin ningún lugar a duda, un hombre extraordinario. Tengo afinidad con esa personalidad, que también condujo grandes proezas políticas.

Queremos decir, también, que la creación de un tipo penal residual como el del artículo 162 es una carta en blanco –lo digo con responsabilidad política– pronta para ser llenada según el momento, la circunstancia y la valoración de los operadores penales. Sé que lo que estoy diciendo les puede causar escozor a los operadores penales. Esa es la razón por la cual el derecho penal –que trata, nada más y nada menos, sobre la libertad de las personas– tiene que ser muy definido. Y aquí es donde creo que radica la violación flagrante al principio de legalidad del artículo 162: tiene una cáscara de constitucionalidad porque son sentencias de la Suprema Corte de Justicia, pero por debajo es un tembladeral que carece de la definición que necesita un instrumento de esta naturaleza para prohibir la libertad ambulatoria a un ciudadano.

No voy a discutir sobre el pasado porque no lo puedo hacer retornar –quisiera yo el retorno de los años, pero es imposible–; simplemente voy a decir que el artículo es tan ridículo que por una violación a faltas, una mujer que le pega una cachetada a una maestra es procesada sin prisión pero termina haciendo tareas comunitarias –ya ha sucedido– y, sin embargo, a un hombre público se le ha aplicado el artículo 162, hace quince días estuvo aquí, asesorando en la Comisión de Hacienda. Hay algo que está desbalanceado, porque un hombre que ha cometido o se le han imputado los peores delitos, estuvo en la Comisión de Hacienda, y acá, en el Senado, nadie dijo nada. Sin lugar a dudas, son contradicciones que, como legisladores, debemos afinar, sin agraviar a nadie y sin salirnos de nuestro cauce.

Señora presidenta, por eso digo que allí radica la violación flagrante del principio de legalidad del artículo 162, denominado Abuso de funciones en casos no previstos especialmente por la ley. En la medida en que examinamos más el tema, esa definición habla por sí sola del profundo desapego al principio de justicia de legalidad que conlleva el artículo 162, que ha ocupado nuestro tiempo y el de los señores legisladores en la comisión.

Volvemos a insistir en que es requisito esencial en el derecho penal contemporáneo que la figura delictiva esté prevista por la ley. Por lo tanto, el magistrado no tiene competencia constitucional para crear o establecer delitos restringiendo la libertad del ciudadano.

También leí lo expresado por el doctor Reyes, de la Asociación de Magistrados del Uruguay, cuando de un modo bastante ambiguo y respondiendo a un miembro de la Comisión de Constitución y Legislación, dijo: «Creo que tiene que ver un poco con la pregunta que hizo el señor senador Michelini. En esos términos se puede hablar de que el juez está actuando como legislador en la medida en que está completando o complementando el tipo» –se refiere a la figura delictiva– «con su propia visión o cosmovisión, pero tiene que justificarla». Es verdad; tiene que justificarla, pero la complementa él. En ese caso –es lo que nunca nos ha dicho la Suprema Corte de Justicia–, también podemos salir a juntar firmas porque es ilegal, porque el Poder Judicial no puede subrogar en sus funciones al Poder Legislativo. Entonces, no solo habría que traer al doctor Aller, sino a todos los abogados del país para establecer doctrina sobre este tema.

Señora presidenta: hay un conflicto evidente. No lo ve el que no lo quiere ver. Lo que estoy diciendo lo reconoció la propia Asociación de Magistrados del Uruguay el día 16 de mayo pasado, en su comparecencia en la comisión. Eso es importante porque son los magistrados los que aplican la ley; ellos mismos admiten que están en conflicto –a mi modo de ver; no lo dijo el doctor Reyes, sino yo– y subrogando a otro poder del Estado en sus competencias. Esa es una competencia exclusiva del legislador que de ninguna manera puede delegarse.

SEÑORA PRESIDENTA.- Ha llegado a la mesa una moción para que se prorrogue el tiempo de que dispone el orador.

Se va a votar la moción formulada.

(Se vota).

–22 en 24. Afirmativa.

Puede continuar el señor senador.

SEÑOR MARTÍNEZ HUELMO.- Decía que de ninguna manera puede delegarse y tampoco puede ser subrogada por parte de los magistrados.

Podría opinar más ácidamente, pero no lo voy a hacer. Ese es el punto: la subrogación de un poder sobre otro. Que me lo expliquen los juristas y la Suprema Corte de Justicia.

En Uruguay, señora presidenta, tenemos derecho porque no hay, por un lado, una institución sacrosanta y, por otro, corruptos –como se ha dicho por acá– a los que nos tienen que sacar los fueros para andar por la calle. No; acá representamos a instituciones que son del Estado, entre las que debe existir un equilibrio. Hablo del futuro; el pasado ya pasó. Esos temas hacen a la vida misma de este poder del Estado. Siempre fui muy simpatizante del Parlamento –durante muchos años tuve sed de Parlamento– y ahora que estoy aquí sentado lo soy más; por lo tanto, se podrán imaginar que atiendo temas como el de los fueros parlamentarios y demás.

En la sesión de la comisión del día 23 de mayo, cuando nos estábamos refiriendo a estos asuntos y a si íbamos a llevar adelante este proyecto de ley, expresamente planteé un argumento a mi favor –llevé agua para mi molino, como se dijo; parece que está prohibido llevar agua al molino de uno–, porque aquí no vengo a argumentar por el bien o por el mal, vengo a plantear mis argumentos y los de mi fuerza política. Esto lo tomo muy en cuenta e hice notar lo expresado en la comisión por el doctor Reyes en nombre de la Asociación de Magistrados del Uruguay.

Ya hablé de las sentencias y quiero decir que, hoy por hoy, tenemos una serie de nuevos delitos. Quizás no están en la comisión porque están a estudio de la Comisión especial con fines legislativos a partir de los llamados Papeles de Panamá y jurisdicciones similares, para la prevención del fraude financiero, la defraudación y elusión fiscal, el lavado de activos y la transparencia global, pero hay una colección de delitos –no voy a mencionarlos–, y muchos de los que me dicen que faltan ya están en la Ley n.º 18494, Control y Prevención de Lavados de Activos y del Financiamiento del Terrorismo. En esta ley, del año 2009, señora presidenta, hay varias figuras, varios delitos que se repiten en este proyecto de ley, en el que también se agregan otros nuevos. Quiero decir a los señores senadores que muchos de los delitos que están previstos aquí –o que se intenta prever– figuran en las iniciativas que presentó el senador Bordaberry, que leo con mucha afición porque es un senador que estudia todos los temas y, desde ese punto de vista, tiene mi respeto y aprecio.

Ahora bien, aunque esos proyectos no sean perfectos porque faltan algunas cosas, un poco inspirado en ellos propuse a la comisión una figura para la ley de lavado de activos –al amparo del artículo 126 de la Constitución– en donde presidentes, secretarios, diputados, senadores, ministros, etcétera, durante su mandato no pueden ser accionistas ni beneficiarios finales en ninguna sociedad radicada en zonas de nula o baja tributación. El señor senador Bordaberry asiente con la cabeza; está de acuerdo, y nosotros queremos trabajar en este sentido.

Quiero recordar, además, que el día que aquí se votó el proyecto contra la corrupción, el señor senador Bordaberry, con mucha seriedad, trajo un documento que acreditaba estar desligado de una situación societaria. Nosotros lo tomamos con mucho respeto. Tenemos el expediente acá, y aunque no vamos a recurrir a él, quizás luego lo consultemos sobre algunos aspectos.

El Frente Amplio está dispuesto a trabajar; ya lo está haciendo con el lavado de activos, así como también con otras leyes. Estos son los delitos modernos, señora presidenta, los que imperan en todo el mundo.

Es verdad que en Brasil hay una gran corrupción, pero resulta que cuando se estudia a fondo el tema de la operación Lava Jato y el de la empresa constructora con las coimas que ha pagado, ¿qué pasa con los legisladores brasileños? Están todos con las sociedades panameñas. Hasta presidentes vecinos, que no pertenecen a nuestra corriente –no tenemos nada que ver ideológicamente–, tuvieron que blanquear porque quisieron eludir y evadir. Hay que contar toda la historia, señora presidenta, porque no fueron solo los ocho palos verdes de López. No; son sociedades y pico. ¡Y hay que ver lo que pasa en España con fiscales y jueces que también están hasta las manos en esto!

Por eso, vamos a hincar el diente al tema del lavado de activos, que es muy importante para seguir conservando una línea de ética y moral pública. Este Parlamento es el que tiene que laudar estas cosas, porque ¡flaco favor le haríamos a la democracia uruguaya si habláramos de estos temas y poco menos que tuviéramos que perder los fueros! Yo confío en mis colegas del Parlamento, sin ningún lugar a dudas.

Es cierto que la Junta de Transparencia y Ética Pública nos envió un proyecto interesante, pero no estoy de acuerdo porque nuevamente deja librado a la discrecionalidad de los jueces el tema de la definición de los delitos. Como muy bien lo ha dicho la señora senadora Payssé –que es más ducha que yo en estos temas– lo cierra un poquito más, pero mantiene la misma característica, lo que no es menor. La Jutep tiene capacidad como para venir a decirnos: «Vamos por esta». Anuncio que en la Cámara de Representantes hay un proyecto de ley de la Jutep que es bastante pobre, porque la potestad que se le va a dar es la posibilidad de abrir en cualquier momento las declaraciones juradas. Sin ningún lugar a dudas, tenemos que transformar la Jutep en algo más vigoroso, que ayude al Poder Judicial; hoy no tiene las potestades, y con esta iniciativa, señora presidenta, se me vino un poco abajo. La verdad es que creo que hay que construir en otro sentido, porque cuando alguien va preso o es imputado de un delito, ese delito tiene que estar muy bien definido. No hay nada que nos impida elaborar leyes y nuevas figuras delictivas.

Estoy convencido de que esta derogación sería necesaria, pero es el Parlamento el que va a decidir. Yo, como parlamentario, señora presidenta, tengo la información que se me ha brindado, y tengo prejuicios sobre este artículo, que es difuso para tratar, nada más ni nada menos, la libertad de los ciudadanos. Por eso estoy a favor de derogarlo. De todas maneras, será el futuro y la actividad de la Cámara de Representantes quienes dispongan sobre este asunto.

Quiero decir que hay un cúmulo de juristas que abonan esta tesis. Por ejemplo, el doctor Ottati dice que no manda ni prohíbe algo concreto, sino que opera por vía de descarte, tal como su propia denominación lo indica. Dice que lesiona el derecho de defensa, puesto que la figura puede ser aplicada en una amplia gama de situaciones, lo que torna muy difícil hacer descargos y proporcionar pruebas. Como bien dice Korzeniak, se juzga si se gobierna mal o bien según el magistrado de turno; no si existe delito. Y Sanguinetti dice al respecto: «Se promueve la consideración por la justicia penal de temas que son estrictamente políticos».

Señora presidenta: estoy a favor de derogar este artículo y lo haré con total tranquilidad política y espiritual. Por supuesto, como soy firmante del mismo no voy a tener ningún problema en levantar la mano y decir, en la votación nominal, que estoy a favor de derogarlo. ¡Vaya problema, señora presidenta, estar integrando la cámara! Acaso, ¿votamos en horda? No, señora presidenta; todo el mundo sabe aquí cómo se vota. Para mí, votar este proyecto de ley no es ninguna actitud indecorosa –lo quiero decir claramente–; para mí el artículo es absolutamente ilegítimo y no sé cómo se ha colado en el Código Penal y no se discutió antes en el Parlamento. Siempre está el tema de la oportunidad y ahora llegó, por lo menos para mí. Yo no voy a hacer problema por fulano o mengano; eso es lo que he resuelto, junto con mi bancada, y lo votaremos con total tranquilidad política y espiritual; así lo voy a manifestar votando nominalmente este asunto. Voy a promover desde la bancada del Frente Amplio que esto se vote nominalmente.

Muchas gracias.

SEÑOR BORDABERRY.- Pido la palabra para contestar una alusión.

SEÑORA PRESIDENTA.- Tiene la palabra el señor senador.

SEÑOR BORDABERRY.- Señora presidenta: antes de que se retire el señor senador Martínez Huelmo, que me ha aludido, quiero hacer tres agradecimientos.

En primer lugar, quiero agradecerle por lo fuerte que habló, porque yo soy medio sordo y cuando alguien habla tan fuerte y grita tanto, me facilita la comprensión.

En segundo término, le agradezco su apoyo a los proyectos de ley que he presentado. En la próxima sesión de la Comisión de Constitución y Legislación, dado que cuento con su apoyo y el del señor senador Heber, voy a ver si también consigo el del senador Mieres –ahí podemos asegurar una mayoría–, para pedir que sean tratados.

Cuando el señor senador –que ahora no está presente en sala– dice que alguna de esas figuras está contenida en la ley de combate al lavado de dinero es porque no leyó al detalle las normas –y debiera hacerlo–, porque esa ley está exclusivamente dedicada al lavado de activos, mientras los proyectos presentados piden que se amplíe más allá del lavado de activos y llegue a la corrupción. Pero ese es un detalle técnico. Quizás, el señor senador no tuvo tiempo de leer los proyectos en profundidad y hacer la comparación; al hacerlo se dará cuenta que es novedoso.

En tercer lugar, debo referirme al reconocimiento que hizo de entrada acerca de que el artículo 162 del Código Penal es constitucional, porque leyó la sentencia de la Suprema Corte de Justicia, que es contundente. Esto nos lleva a plantear algo que hoy estamos discutiendo acá y de lo que no nos damos cuenta. El argumento para derogar el artículo 162 es que hay abogados que dicen que es inconstitucional, pero la Suprema Corte de Justicia, no una sino muchas veces, ha dicho que es constitucional. O sea que decimos que hay que derogarlo porque es inconstitucional cuando la Suprema Corte de Justicia dice que es constitucional. En lo personal, abandonaría ese argumento, porque alcanza con leer la sentencia –como lo hizo el señor senador Martínez Huelmo– para darse cuenta de que es inexplicable el fundamento, ya que, repito, se dice que es inconstitucional cuando la Suprema Corte de Justicia ha dicho varias veces que es constitucional.

En cuanto al informe del doctor Alberto Reyes, presidente del gremio de los jueces, que también fue leído por el señor senador, quiero destacar que eligió un párrafo, pero no leyó el informe completo. Obviamente, lo que debía haber hecho era leer la parte en la que se dice que la derogación de ese delito puede llegar a desarticular la sistemática interna del Código Penal. También dice el doctor Reyes: «Las dificultades a las que se enfrentan los tribunales con la adscripción de este tipo penal abierto podrían conjurarse mediante la elaboración de una o varias figuras […]», es decir que lo que se propone es que se modifique, no que se derogue. También dice la Asociación de Magistrados que hay una dificultad normativa para la derogación lisa y llana del abuso de funciones. O sea que se oponen. Y dicen también, para que quede claro: «A efectos ilustrativos, no compartimos que la derogación deba fundarse en que los jueces imputan el delito sin prueba de la amplísima conducta que lo abarca». Reitero que el informe que el señor senador leyó es una pequeña parte de lo que dicen los magistrados, que es exactamente lo contrario.

Por último, señora presidenta, la oposición a esto va al fundamento mismo del derecho y de la filosofía del derecho. Si pudieran leer –está acá en la biblioteca– el Tratado general de filosofía del derecho, de Recaséns Siches, que es una maravilla, verían que tiene un capítulo dedicado a «Derecho y arbitrariedad». Allí, además de citar sentencias de Alemania y de otros países, cita a Shakespeare, que tanto me gusta. Concretamente, cita ese alegato formidable de El mercader de Venecia, cuando Bassanio le pide al juez Porcia que desconozca la ley, que desconozca los principios para hacer algo justo. Y en ese momento le dice: «To do a great right, do a little wrong», es decir, «Para hacer algo bueno, haga algo malo pequeño». A esto, Porcia le contesta –voy a traducir–: «No puede ser; no debe ser. No existe poder en Venecia que pueda alterar lo establecido. Eso sería recordado como un precedente, que causaría graves perjuicios al Estado y sería mal visto por los ciudadanos». Esa es la esencia de esto. En ese momento cúlmine de la obra de Shakespeare, que interpretó el valor del derecho, se le pide a Porcia que deje sin efecto una ley para un caso establecido. La respuesta de Porcia es que eso no puede ser, no debe ser, porque traería funestos resultados para el Estado. Y es eso lo que estamos haciendo acá: legislando para un caso concreto. Hace cientos de años que el derecho le dice que no a esas cosas. Por eso, no debe ser, no puede ser.

SEÑOR LACALLE POU.- Pido la palabra para contestar una alusión.

SEÑORA PRESIDENTA.- Tiene la palabra el señor senador.

SEÑOR LACALLE POU.- Señora presidenta: a diferencia del señor senador Bordaberry, mi comentario no es por una cuestión de sordera, sino de volumen. Hay una canción preciosa de Larbanois & Carrero que dice:

«No es cuestión de gargantear cantando bravuconadas.

Para que la pradera crezca mejor la llovizna mansa».

Me parece que estos temas los tenemos que hablar en este tono, ya que no por el volumen que uno le dé va a tener más o menos razón.

Como el señor senador Martínez Huelmo hizo referencia a los fueros parlamentarios me sentí aludido, porque soy el autor de ese proyecto. Hoy llegamos aquí sin cola de paja, señora presidenta, y no digo que este estado sea exclusivo del Partido Nacional, sino que simplemente hago referencia a cómo llegamos acá anímica y espiritualmente.

Por otro lado, estamos convencidos de que en este tema de la corrupción nadie está vacunado; no hay vacuna contra la corrupción, contra la deslealtad y contra aquel que traiciona la confianza. Desde que alguien mordió la manzana que no tenía que morder, esto sucede en todos lados. Una de las esencias de la actividad de gobierno es la delegación, que no solo supone atribuir una tarea, sino también hacerse responsable; por ende debe existir un lazo de confianza. Pero nadie está vacunado. No se trata de la imposibilidad de que un gobernante cometa actos ilícitos, reñidos con la ley y con la moral, porque hay una intersección en el Gobierno entre la moral y el derecho, nos guste o no. Son círculos que en un momento fueron lo mismo y después se separaron. Entre la moral y el derecho existe esa intersección y en la acción de gobierno está cada vez más presente.

Entonces, debemos tener la capacidad de censurar al propio. Una vez que uno sabe, una vez que uno se entera, tiene que ser mucho más duro con el propio que con el ajeno. Es más: la ética de la responsabilidad indicaría que si no castigo o no censuro al propio, no puedo censurar al ajeno. Y ¡qué lindo es llegar aquí con otro estado anímico, que es la coherencia! Todos los partidos tuvieron episodios de corrupción. ¡Todos! Aquí se relata, tristemente a destiempo –alguno quizás no–, sobre la inocencia de una persona, pero el mismo partido que hoy está en el Gobierno apoyaba y hacía conferencias con falsificadores de documentos para inculpar gente. Mientras se falsificaban documentos –y alguno de los presentes quizás estaba en esa conferencia o apoyaba, injuriaba, difamaba–, nosotros, aun creyendo en la injusticia de determinada sentencia, nunca propusimos derogar el delito. ¡Qué diferencia! Estos modernos Torquemadas de la actividad política hoy se victimizan, cuando usaban y abusaban de elementos legales e ilegales para incriminar y condenar a otros. ¡Qué tranquilidad, señora presidenta, pertenecer al Partido Nacional! ¡Qué serenidad! Y no por estar vacunados, sino porque censuramos, porque los echamos del partido, porque votamos comisiones investigadoras y porque, aun en el dolor de compañeros entrañables, jamás tocamos el derecho penal, como otros lo pretenden hacer hoy.

Estamos frente a la incoherencia en la ética de la responsabilidad, y ese es un debate que va a estar presente hoy y en la posibilidad de un referéndum que desde ya apoyamos, porque todo lo que implique transparencia tendrá nuestra firma, caiga quien caiga. También estará en la campaña electoral el tema de la ética de la responsabilidad.

Con respecto a los fueros, quiero decir lo siguiente. Estamos hablando del contrato social que es la Constitución, porque no nos es dada por dioses. Aquí los mandatarios del pueblo hacemos y reafirmamos el contrato social, que es esencialmente modificable. En este mundo moderno, donde por suerte hemos evolucionado en muchos ámbitos –sobre todo, y cada vez más, en la ausencia del abuso de un poder sobre otro–, no estoy dispuesto a tener un artículo 114, por el cual un legislador no puede ser incriminado libremente, sin pasar por este filtro, aun por delitos comunes como violación, homicidio o rapiña. Ni siquiera por delitos comunes se puede incriminar a un legislador si cuenta con la mayoría parlamentaria necesaria.

Qué tranquilidad que no tuvimos que gritar, no tuvimos que levantar la voz, porque contamos con un enorme bagaje de coherencia, en una actitud que duele a todos, pero no todos tratamos de la misma manera.

Muchas gracias.

SEÑOR MARTÍNEZ HUELMO.- Pido la palabra para contestar una alusión.

SEÑORA PRESIDENTA.- Tiene la palabra el señor senador.

SEÑOR MARTÍNEZ HUELMO.- Señora presidenta: sencillamente quiero aclarar que mi exposición no intentó aludir ni agraviar a nadie, ya que solo expresé lo que realmente pienso. Tampoco pretendo tener el monopolio de la coherencia, porque eso sería algo descabellado.

Con respecto a la materia de la discusión de hoy, tenemos diferentes posiciones. Es más, diría que en lo referente a la sustancia del artículo 162 del Código Penal tenemos posiciones irreconciliables. Pero la vida parlamentaria es dinámica, señora presidenta.

SEÑOR MIERES.- Pido la palabra.

SEÑORA PRESIDENTA.- Tiene la palabra el señor senador.

SEÑOR MIERES.- Señora presidenta: creo que este es un tema muy importante, sobre todo desde el punto de vista político. Y no me estoy refiriendo solo a las relaciones entre los partidos y los legisladores que estamos en una y otra posición; el tema es políticamente importante desde el punto de vista de la relación entre los políticos, los partidos políticos y la ciudadanía.

Creo que es un dato de la realidad que hoy existe una situación de desconfianza, de distancia entre el sistema político y los ciudadanos, que nos miran con preocupación, con cierta decepción en muchos casos. E iniciativas como la que está impulsando hoy el partido de gobierno no hacen otra cosa que ahondar la sensación de desconfianza, de riesgo, de pérdida de confiabilidad, porque ¿qué puede entender hoy un ciudadano común cuando, de pronto y a toda carrera, el partido de gobierno presenta una instancia de derogación de un delito por el que se puede castigar a los políticos que se portan mal?

Aquí se ha dicho que en estos años se han modificado normas de derecho penal. Sí, se han aumentado penas, se han tipificado nuevos delitos, se han creado agravantes, pero no se ha derogado ninguno. Y todas las modificaciones penales de estos últimos años se aplican al ciudadano común. Ahora, cuando llega la hora de derogar, lo hacemos con un delito que afecta a los políticos. ¡Caramba! ¡Nadie es tonto! Si ya hay anuncios de recursos de referendo es porque esto pega en el corazón de la ciudadanía. Es tocar y cobrar; es sencillo.

Curiosamente, el partido de gobierno fue uno de los impulsores de la defensa de este delito. Esto me llama mucho la atención. No voy a hablar de casos concretos, pero la verdad es que resulta increíble que se tome como referencia un caso del pasado, cuando fue ese partido el que más lo utilizó en el sentido del castigo y de convertirlo en una especie de paradigma de las cosas que no se debían hacer. Incluso ha habido declaraciones de algún otro legislador de ese partido –concretamente, el señor senador Mujica, que no está presente– que también ha usado esa referencia, cuando fue el propio partido de gobierno el que usó el caso como paradigma de lo que había que hacer y de los castigos que había que dar a los políticos que se portaran mal. ¡Es terrible! Cuando pasan estas cosas, recordamos aquello de «¡Paradoja!». Es una situación totalmente contradictoria, porque al final parece que depende de qué lado del mostrador uno se encuentra, y eso desanima desde el punto de vista de lo que es la imagen ante la ciudadanía.

Sobre la cuestión jurídica, por supuesto que existen opiniones contrarias a este delito. Existían hace diez y veinte años; siempre las hubo. Pero también hubo siembre opiniones en el otro sentido. Aquí ya se ha mencionado que el actual fiscal de corte emitió un dictamen, a fines de 2013, en el que declaraba la constitucionalidad del artículo 162. Además, como también se ha dicho aquí, la Suprema Corte de Justicia ha emitido diversas sentencias en las que declaraba la constitucionalidad del artículo 162. Y cuando vino la Jutep no nos dijo: «Deróguenlo tranquilamente». Nos dijo: «Nosotros creemos que tiene que haber otra cosa en su lugar».

Se ha dicho que estamos discutiendo un artículo del Código Rocco o código de Mussolini. En realidad, todo el Código Penal está inspirado en el Código Rocco; o sea que si esa fuera la crítica, tendríamos que criticar todo el código. Y lo más curioso es que aquí no se ha dicho –lo mencionó el señor senador Bordaberry, pero no el miembro informante– que la derogación propuesta no refiere al artículo original, sino al artículo 162 modificado el 23 de diciembre de 1998 por la Ley n.º 17060, que el miembro informante impulsó. Estamos hablando de la llamada Ley Cristal, en la que se aumentaron las penas para el delito de abuso de funciones. El miembro informante hizo alarde de haber apoyado la norma, pero se cuidó bien de mencionar que esa disposición de la Ley n.º 17060 incluyó el mantenimiento, con agravamiento de penas, del delito de abuso de funciones. De manera que sobran los argumentos para defender que no corresponde derogar este delito si no es en una lógica sistémica. Y aquí sí tiene mucho que ver la importancia de lo que es un código.

Actualmente está muy avanzada la discusión del Código Penal en la Cámara de Representantes. Por eso preguntamos en comisión cuál era el apuro y por qué había que derogar ya este delito cuando está planteada una reforma general del Código Penal, que es como se debe legislar en materia penal, sobre todo para derogar delitos y especialmente si el delito nos afecta a nosotros, los políticos. Hay que analizar el capítulo de delitos contra la Administración, porque puede ocurrir –y creo que ocurriría– que derogado este delito quede un hueco, una situación de libre desempeño de aquellos a quienes más tenemos que controlar, que son los administradores públicos. Además, es lo que la ciudadanía más nos exige: que nos controlemos a nosotros mismos. Esto podría dejar huecos, perforar el sistema, generar situaciones de impunidad, originar tolerancia de conductas indebidas.

¿Cuál es el apuro? Eso es lo que al final genera la suspicacia. Este proyecto de ley no estaba en la agenda de la Comisión de Constitución y Legislación a comienzos de este año. No estaba en el orden del día; no existía el proyecto de ley presentado. Se presentó a comienzos de este año y se lo trató a una velocidad supersónica, al punto de demorar las modificaciones imprescindibles y urgentes del Código del Proceso Penal para darle discusión a este proyecto, que tenía que aprobarse sí o sí, no se sabe por qué. ¿Fue iniciativa del Poder Ejecutivo? No, no lo fue. El Poder Ejecutivo no envió este proyecto de ley al Parlamento. Que yo sepa, no es interés del Poder Ejecutivo la derogación de este delito. Esta es una creación propia de la bancada del partido de gobierno, que lo presenta, en dos meses le pasa por arriba a toda la agenda –incluso a las cosas más urgentes– y exige votarlo ya y a tapas cerradas. Cuando se propone esperar a discutir el Código Penal, se dice que hay que votarlo ya y no se explica por qué. ¿Cuál es la razón del apuro? ¿Cuál es la razón para aprobarlo separado, aislado? No le voy a dar ningún consejo al partido de gobierno, pero no se dan cuenta de los flancos que abren estas cosas, porque el problema más fuerte es la señal pública. Lo que está en juego es el mensaje que se da a la ciudadanía. Estamos viviendo, en estos años, una realidad en la que basta abrir los diarios o entrar en Internet para encontrar escándalos de corrupción a diestra y siniestra. Para empezar, tenemos el escándalo mayúsculo que están viviendo nuestros vecinos, que a esta altura se ha llevado puesto a todo el sistema político en Brasil. También está el escándalo argentino que como siempre tiene proporciones siderales, así como en España, en Francia, en todos lados. Ni hablar de Venezuela, que el día que se destapen los tarros se les va a caer encima a mucha gente un montón de cosas.

¿Qué espera la gente de nosotros? ¿Espera que deroguemos delitos contra la Administración pública? ¿Espera que deroguemos un delito que lo que hace es, eventualmente, salvar responsabilidades de los jerarcas que están en distintos cargos públicos, o espera todo lo contrario? ¡Espera todo lo contrario! ¡Espera que el sistema político dé señales de autoexigencia, de transparencia, de mayores controles y de recuperación de la confianza, para que la gente se sienta tranquila!

Por eso me parece particularmente valioso que en la Comisión Especial de Partidos Políticos, Financiación y Publicidad Electoral estemos discutiendo, todos, normas que nos van a exigir mucho más. Eso sí espera la gente: que votemos normas exigentes en materia de financiamiento partidario; que votemos normas que nos controlen en las contribuciones; que votemos normas que nos controlen en los gastos de campaña, que tengamos que dar cuenta pública de nuestros balances y que sean auditados externamente. Esas son las señales positivas que todos debemos dar; pero esto va a contramano, sobre todo cuando lo hace un partido que está en el Gobierno desde hace doce años, y que por lo tanto tiene responsabilidades de jerarcas que podrán estar o no, que podrán caer o no. Yo no voy a hablar de casos concretos porque no me interesa, lo que me importa es la señal pública que tenemos que dar como sistema político para generar credibilidad, para no perder lo que el sistema político uruguayo ha construido en tantos años, que es la idea de que tenemos un sistema político que puede ser confiable y que sus políticos también lo son. ¡Y esto pega en la línea de flotación! ¡Esto afecta la credibilidad de la gente! ¡Esto golpea en lo que es ser los primeros de la clase en exigirnos transparencia, certezas! Con esta derogación del delito de abuso de funciones vamos en sentido contrario.

Nosotros reclamamos y reivindicamos, además, que se diferencien las conductas, porque corremos el riesgo de que se lleve puesto a todo el sistema, y que estas acciones que hoy realiza la bancada del partido de gobierno se lleven puesto la credibilidad del conjunto del sistema. Y nosotros no estamos dispuestos a entrar en la bolsa. Nos oponemos, lo vamos a votar en contra y hacemos un llamado a la bancada del partido de gobierno a la reflexión, porque esto afecta la credibilidad entre política y ciudadanía.

Muchas gracias, señora presidenta.

SEÑORA MOREIRA.- Pido la palabra.

SEÑORA PRESIDENTA.- Tiene la palabra la señora senadora.

SEÑORA MOREIRA.- Gracias, señora presidenta.

La verdad es que entré en este debate y presidí la comisión durante el tratamiento de este proyecto de ley teniendo muchísimas prevenciones sobre la derogación, especialmente siendo muy consciente de un estado de la opinión pública absolutamente contrario a tocar todo aquello que virtualmente pudiera reducir la capacidad del Estado para controlar la corrupción de los funcionarios. Luego de escuchar a las cátedras, de hablar con abogados y jueces he sido convencida –no sobre la oportunidad de votar esto– y sorprendida por el enorme consenso jurídico que existía respecto a la necesidad de su derogación. No lo sabía y lo averigüé.

Empiezo por lo más simple. El proyecto de ley que tenemos a consideración se llama «Abuso de funciones en casos no previstos especialmente por la ley». ¿No se supone que la ley tiene que prever todo, especialmente en materia penal? Como dijera algún abogado de la cátedra de la Universidad Católica, es el legislador el que tiene la llave de la cárcel, no el juez. Creo que fue el doctor Aller el que dijo que hay que empezar por el nombre: «Abuso de funciones en casos no previstos especialmente por la ley». Si la ley no lo prevé, entonces, ¿quién lo prevé? Y acá entra el rol de intérprete del juez.

El delito de abuso de funciones no castiga el abuso, señora presidenta, sino que es el instrumento a través del cual un funcionario comete un acto arbitrario. ¿Quién determina la arbitrariedad del acto? El juez; eso ya alcanza para ponerme los pelos de punta. Y dice el artículo: «… en perjuicio de la Administración pública…». Imagínese, señora presidenta, lo que ha sido el aumento de la deuda externa en el país que, entonces, ha sido en perjuicio de la Administración pública, material y moralmente. ¡Me extraña cómo juzgan a Cristina Fernández por el dólar futuro y no cuestionan a Macri por haber aumentado escandalosamente la deuda externa en Argentina ni a Temer por congelar el gasto público en veinte años, que va a condenar a Brasil a estar más o menos en el nivel de desarrollo de Sudán! Por tanto, el texto del artículo del delito de abuso de funciones tiene todo eso: el abuso es el instrumento para cometer un acto arbitrario en perjuicio de la Administración. Y subrayo cuando dice «en casos no previstos por la ley». No quiero –menos delitos penales; ya voy a referirme a esto– ninguna figura jurídica del Código Penal que no esté expresamente prevista por la ley. Ya bastante inflación penal hemos tenido en este país como para dejar a la discrecionalidad de los jueces enjuiciar, no a los políticos, señora presidenta, sino a cualquier funcionario.

Luego voy a referirme a las seis falacias de primer y segundo grado que se dijeron en este debate parlamentario. No es que los políticos, especialmente los del partido de gobierno, como acabo de escuchar, restrinjan el Código Penal para no ser castigados, sino que, repito, es contra cualquier funcionario. Si quieren podemos hacer modificaciones al Código Penal para crear delitos especialmente para los políticos, pero por ahora no existe eso, es para funcionarios.

Y empiezo por una reflexión más general, contestando al señor senador Bordaberry, sobre las cosas que me convencieron de la necesidad de derogar este artículo, no por la oportunidad que es pésima, sobre todo con una opinión pública manijeada por los escándalos de corrupción, no por los delitos. Y esto no puedo dejarlo pasar porque es mi tema. ¿Hay más corrupción en América Latina? Hay aumento de la percepción de la corrupción en América Latina, pero no hay ningún dato duro que señale que hoy los sistemas políticos latinoamericanos estén más corrompidos que en el pasado. Voy a mencionar un trabajo cualquiera. El siguiente artículo, «Un análisis de la corrupción en América Latina», de Alejandro Salas, director regional para las Américas de Transparencia Internacional, dice: «Resumen. El presente artículo reflexiona sobre el aumento en la frecuencia de las noticias y la dimensión de los escándalos relacionados a la corrupción en América Latina y si ello significa que el fenómeno va en aumento. Para el autor, la pregunta es retórica y no añade mucho a la discusión sobre cómo hacer frente al problema. […] No hay un estudio que esté basado en mediciones científicas válidas como para poder emitir una respuesta confiable». No se sabe si hay un aumento de la corrupción en América Latina. Lo que sí se sabe es que los países de América Latina han reforzado sus instrumentos jurídicos, legales y políticos para combatir la corrupción. Hay avances sobre los instrumentos jurídicos, pero no hay ninguna constatación de que haya un aumento de la corrupción en América Latina.

¿Cuáles son esos instrumentos? ¿El delito de abuso de funciones? Ah, no, no, no. Los instrumentos para combatir la corrupción son, por ejemplo, eliminar el secreto bancario; reformar la DGI. Ah, eso es muy importante. En el informe de Transparencia Internacional sobre Uruguay este aparece como el mejor país de América Latina. Y esto es así, no porque tenga buenos instrumentos jurídicos, sino por la construcción política, social y jurídica de largo plazo. Uruguay aparece como el país que ha creado los mejores instrumentos para combatir la corrupción por el tema del lavado de activos, el secreto bancario y el fortalecimiento de la DGI, en definitiva, por todas las medidas que ha tomado para blanquear su condición de plaza financiera y no por un delito de estas características. Lo digo como para poner la discusión en otro lugar, distinto del que está.

Entonces, no, señor senador Bordaberry. No hay un aumento de la corrupción en América Latina. No hay datos que permitan corroborar eso, y no se pueden hacer afirmaciones rápidamente sobre cosas tan importantes.

Por otro lado, no hay arrepentidos, señora presidenta. Lo que hay es delatores. Vamos a llamar las cosas por su nombre. En cuanto a delatores, en Brasil existe la delación premiada –y espero que a este país no se le ocurra jamás aprobarla–; eso significa que se premia la delación, se premia a los delatores. El arrepentimiento, señora presidenta, corresponde a la conciencia íntima, a la religión y a otra esfera de la moral que no es la que está en discusión aquí. Lo que hay en Brasil es delación. Entonces, nosotros llegamos a Brasil, prendemos la televisión, ponemos Rede Globo y allí vamos a escuchar el nombre de casi todos los políticos de ese país –creo que son 370 en 503– que están sospechados de corrupción porque aparecen en la delación premiada de Marcelo Odebrecht, por ejemplo. Ahora bien, Marcelo Odebrecht está sentenciado a trece años de cárcel –en Brasil las penas por corrupción superan los treinta años; son mucho peores que las nuestras– y él menciona a todo el mundo porque quiere salvarse a sí mismo. Entonces, cualquier ciudadano que pone la Rede Globo y escucha que en la delación premiada de Marcelo Odebrecht aparecen todos esos políticos piensa que todos ellos son corruptos. No se toma el trabajo de decir lo que tuvo que señalar Lula: ¡Ojo que esto no está probado! No importa, porque la judicialización de la política es exactamente eso, y esta es la razón por la cual estoy de acuerdo con la derogación del abuso de funciones; estoy espantada con la judicialización de la política en América Latina, que es lo que lleva a la percepción del aumento de corrupción.

En primer lugar, no quiero que se produzcan juicios paralelos. Hay procesos en la Justicia, pero hay otros en los medios, donde las personas son encausadas, procesadas, declaradas culpables. ¿Qué le va a agregar esto a Calloia y a Lorenzo si ya han sido condenados socialmente en una sociedad que tiene el tamaño de una cáscara de nuez? ¿De qué estamos hablando? La condena social a que lleva la sobreexposición pornográfica y mediática de la corrupción es muy superior a cualquier juicio que tenga su asiento en un proceso legal.

En segundo término, señora presidenta, advierto que no quiero la discrecionalidad de los jueces. Ya me espanté con la sentencia de la jueza Book interpretando la ley de salud sexual y reproductiva. Entonces, como yo no soy abogada, pero sí soy legisladora, cuando veo la brecha entre la interpretación de una jueza y lo que nosotros, efectivamente, dijimos y aprobamos –y el espíritu de la ley no lo puede juzgar nadie mejor que el propio legislador–, concluyo que no quiero la discrecionalidad de los jueces. Quiero que las leyes sean lo más precisas, lo más claras y específicas posibles, especialmente en materia penal.

Por tanto, no quiero la discrecionalidad de los jueces. Necesito la claridad de la ley y no quiero que se produzcan juicios paralelos. Pero también voy a aclarar algo porque, si no, me parece que seríamos hipócritas. El primer estudio que conocí sobre la judicialización de la política lo hizo Henry Trujillo. No recuerdo el año, pero se puede buscar; fue hace mucho tiempo, diría que en 2001 o 2002. Allí muestra que la judicialización de la política se produce –en ese año, ¿no?, antes de que el Frente Amplio ganara, ¡claro!– por conflictos internos entre los partidos políticos que eran llevados a la Justicia. Se peleaban dentro de los partidos políticos, no precisaban pelearse entre partidos, sino que los conflictos se judicializaban porque una parte del partido se peleaba con la otra y llevaba eso a la Justicia. Está en el texto sobre judicialización de la política. A falta de una referencia más precisa, está en el Informe sobre Desarrollo Humano del PNUD del año 2004. Así que es la política la que judicializa la política, también.

Por otro lado, mientras se está discutiendo todo esto, hay una cantidad de frenteamplistas –no quiero decir los propios– que miran muy problemáticamente este asunto. En este sentido, voy a referirme a algo que Rafael Paternain –mi suplente en el Senado– acaba de enviarme. Me dice que se alegra de que se deroguen los delitos porque en este país solo se crean nuevos delitos. El señor senador Mieres dijo que aquí no se derogó ningún delito; sin embargo, no es así. Hay que recordar al senador que cuando votamos la despenalización del aborto derogamos un delito. No se derogan solamente delitos que afectan, insisto –no a los políticos–, únicamente a los funcionarios. La ley penal es la última ratio. Nadie puede gobernar una sociedad con ley penal. Entonces, en el medio de la inflación penal en que vivimos, que la oposición reclama y en la cual alguna vez y otra el Frente Amplio incurre, se cree que el derecho penal debe dar señales. ¡Ah, no, señora presidenta, el derecho penal no está hecho para dar señales! Para dar señales conquistemos el corazón del mundo, hablemos, invadamos las redes, salgamos en los informativos, pero no puede usarse la última ratio del orden jurídico de una nación para dar señales a la opinión pública. ¡Menos nosotros, quienes construimos política legislativa todo el día!

Se ha hablado mucho sobre el consenso académico para la derogación del abuso de funciones. Eso es lo que a mí me sorprendió. Yo llego a un tema sobre el cual ya hay un consenso, es un consenso académico. No importa, dice el señor senador Heber, nosotros somos políticos. Sí, pero el consenso es muy importante. Es un consenso entre todas las cátedras de Derecho Penal que fueron consultadas.

Quiero decir que en la Comisión de Constitución y Legislación –porque me siento imputada por estas acusaciones– se recibió a todo el mundo. No se recibió solo a la Asociación de Fiscales por consideraciones que se hicieron en su momento. El señor senador Bordaberry no estaba, pero su suplente pidió recibir a este y al otro, y se recibió a todo el mundo. ¡Todos fueron concluyentes en que había que derogar el abuso de funciones! Y yo misma pregunté a los integrantes de la comisión qué hacíamos, si derogábamos y creábamos otro delito. Ahora el señor senador Heber dice que él pensó en crear otro delito, pero hacerlo significa implícitamente la derogación y, por consiguiente, no estoy de acuerdo. Bien, porque yo siento que crear otro delito para examinar la laguna que queda entre los muchos delitos que hay sobre abusos y corrupción en la función pública implica otra discusión.

Pero hay un consenso, hay un consenso que incluye a todos, también a la Asociación de Magistrados y a la Junta de Transparencia y Ética Pública. ¡Todos estuvieron de acuerdo con que había que derogar el abuso de funciones! La Junta de Transparencia y Ética Pública dice que, como en este momento la sociedad está tan preocupada por la corrupción, no es conveniente hacerlo. Esgrime un argumento de oportunidad, que nada tiene que ver con la sustancia. Porque yo también le puedo decir a la Junta de Transparencia y Ética Pública que la razón de que la sociedad esté tan preocupada por la corrupción no es por la cantidad de hechos que se producen, sino por el bombardeo mediático permanente al que está sometida. ¿Y por qué hablo de bombardeo mediático? Porque aquí se menciona a Venezuela pero no a México, Colombia o Estados Unidos. ¡Por favor! ¿Cómo seleccionamos los casos? Seguro que sin ningún criterio empírico sino con pautas muy políticas. Así que cada vez que me digan «Venezuela» yo voy a decir «México», donde ha habido 50.000 desaparecidos en cinco años. ¡50.000 y no tres, seis o sesenta muertos! Pero no quiero irme por las ramas.

Hay democracia en todos los lugares en los que existe un Gobierno –ese también es mi tema– elegido por el voto popular, según entiende el consenso académico de la ciencia política. Otra cosa es que los Gobiernos actúen conforme a la ley o fuera de ella. A esto se le llama principio de legalidad de los Gobiernos, pero esa es otra discusión que podremos, en todo caso, tener después.

Sobre corrupción y democracia, señora presidenta, quiero decir, primero, que mientras no hubo democracia, ¿qué íbamos a hablar de corrupción? ¿Y quién puede argumentar moral y políticamente en ese sentido cuando aquí, en este país, se votó una ley de caducidad que hacía imposible juzgar ningún delito, ya fueran los de lesa humanidad o los económicos? Señora presidenta: no hay ningún juicio sobre los delitos económicos cometidos en la Dictadura en ningún juzgado de este país, ¡ninguno!

Entonces, de corrupción solo podemos hablar cuando hablamos de democracia y esta, en América Latina, es bastante reciente; en Brasil, por ejemplo, es plena recién desde 1989. Me duele Brasil, pero sobre todo por lo que se dice de Brasil. Vamos a entendernos: el Lava Jato empezó por una denuncia, una investigación que estaba haciendo la Policía federal pero, en realidad, fue la presidenta Dilma Rousseff la que hizo posible que esa investigación avanzara. Tan así es, que hay muchos estudios que indican que a Dilma la sacaron, entre otras cosas, para impedir la prosecución de la investigación del Lava Jato. Según lo que sé, Eduardo Cunha tiene trece años de cárcel, sobre Lula todavía no hay nada y sobre Dilma no hay nada, pero la misma orden de abogados de Brasil está pidiendo el juicio político contra Temer por las acusaciones de pedido de soborno directo, simple y concreto.

¿Y qué decir sobre el juez Moro, señora presidenta, que lleva esto adelante? El juez Moro es un pop star, es el rey de la prensa brasileña. Es un juez temible –diría– para los que creen que la Justicia no es un brazo armado de la política. Es más, señora presidenta: en este momento los brasileños conocen mucho más quiénes son los integrantes de la Suprema Corte de Justicia, que a los ministros del actual gabinete. Estamos hablando de justicia y también de medios de comunicación. El juez Moro tuitea todo el día, ¡todo el día! Así que me pregunto: ¿quién va a juzgar, alguna vez, por el abuso político de los jueces?, pero, en fin.

Voy a decir algo a favor y en contra de Uruguay. Nuestro país es percibido como muy poco corrupto, pero no por la fuerza de su ley penal o de su legislación anticorrupción, sino porque durante un siglo el sistema político uruguayo construyó una democracia en la que hubo control entre pares. Primero se controlaban entre blancos y colorados, después el Frente Amplio los controló y ahora ellos nos controlan a nosotros. Esa es, básicamente, la explicación de ello, además del tamaño país y de la ausencia relativa de dinero –esto lo digo con ironía–, pero si tuviéramos una legislación de financiamiento de partidos como la de Brasil, ¡la cantidad de procesados que habría por lo que los brasileños llaman el caixa dois, es decir, el dinero no declarado de campaña! ¿Se imaginan la cantidad de dinero no declarado de campaña política que ha habido en las sucesivas elecciones de este país? ¡Si la ley de financiamiento de los partidos tiene unos pocos años!

Entonces, si estamos tan preocupados por la corrupción, ¡muy bien!, aprovechemos que tenemos la Comisión especial de partidos políticos, financiación y publicidad electoral y prohibamos el financiamiento de las empresas, ¡prohibámoslo! Tengamos horario electoral gratuito y no pago en la televisión, señora presidenta. Evitemos la relación directa entre dinero y política, que hace que quien pueda comprar los minutos del espacio público tenga mucha más chance de ser escuchado ante la ciudadanía que los candidatos y los partidos pobres. Digo esto para que seamos coherentes.

Termino esta reflexión sobre la judicialización de la política porque no es verdad que haya más corrupción en América Latina. Ha habido un gran mejoramiento de los instrumentos jurídicos, pero ha aumentado enormemente el poder de los medios de comunicación en todos los países, y el juicio paralelo que se hace ante los medios vale más que el que se hace en el mismo sistema de justicia.

Además, el activismo judicial no siempre es bueno, señora presidenta. Muchas veces ese activismo va en contra de lo que conquistamos aquí todos los días: la ampliación del campo del derecho. La ampliación del campo del derecho se conquista política y no jurídicamente. Esa, por lo menos, es la experiencia latinoamericana y de este país. Cada vez que la Justicia defiende la libertad de empresa contra los derechos ciudadanos, se argumenta que no gusta políticamente lo que la Justicia dice. Cada vez que la Justicia se erige como muralla contra la imprescriptibilidad de los delitos de lesa humanidad, se argumenta que no gusta lo que dice, pero que no hay más remedio que acatarla. Sin embargo, ¿va contra la ampliación del campo del derecho? Sí.

Volviendo al consenso académico, hay algo que me parece que no fue dicho con voz suficientemente alta o que no ha tenido cobertura en los medios de comunicación, y es que hay dos capítulos enteros del Código Penal –¡dos capítulos enteros!– destinados, uno a delitos contra la Administración pública y otro, a abuso de autoridad y violación a los deberes inherentes a una función pública. El capítulo I del título IV se llama «Delitos contra la Administración pública» y allí tenemos peculadoartículos 153 a 155–, cohecho –artículos 157 y 158–, soborno, etcétera. Repito: el capítulo I se llama «Delitos contra la Administración pública», mientras que el capítulo II se llama «Abuso de autoridad y violación de los deberes inherentes a una función pública», y se refiere a fraude, conjunción de interés público y privado, omisión de los deberes del cargo, abandono colectivo de las funciones y revelación de secretos. Hay que explicar a la opinión pública que el abuso innominado de funciones es un cheque en blanco para que, al no poder juzgar por estos delitos, se lo llene como se pueda. Por eso el señor senador Martínez Huelmo dice que eso aparece después en la causa. Si no puedo con esas otras figuras, meto la de abuso innominado de funciones.

¿Vamos a estimular la corrupción con esto? No, vamos a estimular que los jueces precisen más el delito por el cual quieren juzgar a los funcionarios. Porque, además, señora presidenta, entre las muchas falacias que se han dicho de esto, se ha hablado de la importancia del delito de abuso de funciones en los juicios contra funcionarios. No es así, porque menos del 10 % de los casos fueron enjuiciados por esta figura. ¡Menos del 10 %! No, no se trata de un delito con cuya eliminación caigan todos los casos. Sucede que estos casos fueron pocos, pero muy conocidos y eso es lo que hace a esta figura penal tan vidriosa, compleja y tan pasible de ser usada arbitrariamente por los jueces.

SEÑOR CARÁMBULA.- ¿Me permite una interrupción, señora senadora?

SEÑORA MOREIRA.- Con mucho gusto.

SEÑORA PRESIDENTA.- Puede interrumpir el señor senador Carámbula.

SEÑOR CARÁMBULA.- Señora presidenta: justamente, queremos expresarnos acerca de lo que venía diciendo la señora senadora, a quien estábamos escuchando con total atención en este debate que es, sin duda, de enorme significación. Fueron dadas las razones jurídicas y políticas –a mi entender, con total convicción– expresando lo que fue el transcurso del consenso académico –como lo llama la señora senadora Moreira– por parte de los miembros de nuestra fuerza política en la Comisión de Constitución y Legislación y, por lo tanto, lo que se ha dicho expresa lo que siento, pero al mismo tiempo entiendo que esta es una discusión que pide reflexión, tranquilidad de conciencia y serenidad. Después de todos los puntos de vista políticos y jurídicos que se han dado, tenemos la serenidad absoluta de que hemos reflexionado, acerca de nuestra convicción sobre la transparencia y la defensa de la gestión pública, de cara a la sociedad. Es por ello que votamos este proyecto de ley para derogar el artículo 162.

Como dijo la señora senadora Moreira al comienzo de la sesión, y como lo reafirma ahora analizando uno por uno los argumentos –antes lo hicieron los señores senadores Michelini, Martínez Huelmo y la señora senadora Ayala–, el Estado y la legislación vigente tienen todas las herramientas para penar los distintos delitos que se cometan contra la Administración pública. Para los administradores públicos, la gestión pública significa una continua exposición por las decisiones que adoptan. Cada día toman decenas de decisiones en favor del bien público, de lo colectivo y de lo social.

Me gustaría que en este debate no estuviéramos solo los legisladores, sino que también se pudieran expresar con amplitud los intendentes y los responsables públicos de todos los partidos, que llevan adelante la gestión y proceden a la toma continua de decisiones que benefician a la colectividad. Como muy bien decía la señora senadora Moreira, cuando toman esas decisiones se someten a una continua exposición en los medios y, a través de los titulares, a la difamación. Los temas rápidamente se exponen a la consideración pública y, una vez producido el fallo público, aunque luego se revierta, como no se hace el seguimiento adecuado es difícil que alguien después lo corrija o subsane, de alguna manera, los importantes daños ocasionados al honor y a la moral de las personas. En ese enorme cajón de sastre, el consenso académico ha hecho posible mostrar hasta dónde puede llegar la arbitrariedad de cada caso, en función de lo genérico que es este artículo.

Por lo tanto, con total convicción vamos a acompañar con nuestro voto el proyecto de ley que deroga este delito. Al mismo tiempo, nos vamos a sumar a lo que la señora senadora Moreira está planteando con respecto a la corrupción en América del Sur. En particular, en nuestro país los grandes titulares de los matutinos más importantes han publicado estudios internacionales que dicen que Uruguay es uno de los países con menor índice de corrupción de América Latina en 2017. Eso lo publican diarios como El País y El Observador, recogiendo estudios internacionales.

SEÑORA PRESIDENTA.- Varios señores senadores proponen que se prorrogue el tiempo de que dispone la señora senadora Moreira.

Se va a votar la moción formulada.

(Se vota).

–26 en 27. Afirmativa.

Puede continuar el señor senador Carámbula.

SEÑOR CARÁMBULA.- Quería dar nuestra opinión y subrayar lo que está sucediendo en nuestro país.

Reitero que comparto lo que ha dicho la señora senadora Moreira y quiebro una lanza por Dilma Rousseff que fue destituida sin cargos que justificaran esa decisión en el plano legal o moral. Cuando, después de todo un proceso, se juzga rápidamente y se nombra, una y otra vez, a alguien que ha puesto su vida al servicio público con una honestidad y una transparencia absolutamente incuestionables, uno se exacerba. Pero, al mismo tiempo, los índices de transparencia acordados en el mundo dicen que nuestro país es el que tiene menor índice de corrupción. Como bien decía la señora senadora Moreira, cuando se plantean estos temas: el papel de la judicialización de la política, el rol de los titulares de los medios y las grandes campañas que se instalan y que cuesta mucho revertir cuando en la misma Justicia se prueba la inocencia, cobran importancia el rol activo del acuerdo entre pares y el rol activo de la sociedad.

Tengo plena confianza en que los resultados del Uruguay no se dan solo por la gestión pública y política de cada partido en cada momento, sino también por una sociedad madura que lucha por sus derechos y que combate la corrupción cuando la hay, que lucha por la transparencia, que lucha por obtener nuevos derechos y que, por cierto, nos juzga a cada uno de nosotros en cada oportunidad, y nos ha juzgado en el desempeño del Gobierno en tres oportunidades.

SEÑORA PRESIDENTA.- Ha culminado el tiempo de que dispone el señor senador. Si lo desea, pida más tiempo.

SEÑOR CARÁMBULA.- Reafirmamos que vamos a votar con serenidad y con confianza este proyecto de ley.

SEÑORA PRESIDENTA.- Puede continuar la señora senadora Moreira.

SEÑORA MOREIRA.- Insisto: ¿hay consenso académico sobre la derogación del delito de abuso de funciones? Sí; hay consenso entre todos los que concurrieron a la comisión: las fiscalías, las cátedras de Derecho Penal de la UdelaR y de la Ucudal, la Jutep y la Asociación de Magistrados del Uruguay. Todos creen que es un delito abierto, inespecífico y que hay que derogar, pero la Jutep hace una observación sobre la oportunidad y propone un texto. Es verdad que propone un texto que, a mi juicio, tiene los mismos vicios que el anterior y que nos metería en otra discusión que habría que remontar nuevamente.

En cuanto a la Asociación de Magistrados del Uruguay, debo decir que también es juez y parte en este asunto: los jueces usan este delito, entonces ¿qué van a decir si son ellos quienes lo usan? Se hizo referencia al tema de los jueces. No me acuerdo si se dijo que Spangenberg había participado en el procesamiento de Calloia, pero me he enterado, señora presidenta, de que jueces muy encumbrados que fueron a la comisión han sido defensores de militares acusados por crímenes de lesa humanidad. La verdad es que no me gusta, pero cuando fueron a exponer sobre el tema de la ley de caducidad no pensé en eso, me atuve a sus argumentos. ¿Qué iba a hacer? No pensé que eran jueces y parte. Nunca pienso eso. La decisión política es nuestra y es del orden de las argumentaciones. En cualquier caso, todas las cátedras tuvieron la precaución de decir que había consenso sobre eso. En la Universidad de la República la cátedra es el conjunto de los saberes académicos de esa institución para todo el país. El consenso académico sí existe y ese es el hueso duro de roer en esta discusión. Toda esta discusión es sobre la oportunidad, sobre si estamos legislando con nombre y apellido. Es una discusión sobre la oportunidad; no es una discusión sobre la sustancia. Las cátedras son las cátedras, pero ¿quién se anima a discutir cuando son tan concluyentes respecto a este delito?

Lo que yo me pregunto es si este consenso existía antes; es más, si el informe que todos los juristas mandaron a aquella comisión que hizo el nuevo Código Penal ya excluía este delito. ¿Sobre qué estamos discutiendo? Creo que estamos discutiendo de otra cosa y no de que el abuso de funciones sea una buena tipificación del delito, que yo creo que no lo es, señora presidenta. ¡Hasta a mí me convence de que no es buena!

Me parece que no es esa la discusión que tenemos aquí.

SEÑORA XAVIER.- ¿Me concede una interrupción, señora senadora?

SEÑORA MOREIRA.- Con mucho gusto.

SEÑORA PRESIDENTA.- Puede interrumpir la señora senadora.

SEÑORA XAVIER.- A lo largo de las horas en que hemos venido discutiendo, la pregunta que nos hacemos es por qué, después de años y años que el consenso académico existe, hoy resulta que lo fundamental es decir: «No importa la academia. Nosotros somos políticos».

Es claro, sí, que todos los elementos los tomamos en un determinado contexto; la responsabilidad es nuestra, pero cuando hay argumentos, cuando hay evidencia tan extensa, tan profunda, no es bueno desconocerla.

Tengo aquí todo el material –no me entraba en una hoja A4 y tuve que componerlo– relativo a lo que se habló, a lo que trabajó en la comisión cada uno de sus integrantes, y a cómo el derecho penal uruguayo ha venido incorporando figuras, figuras y más figuras para los delitos que pueden cometer los políticos o los funcionarios, que es de lo que estamos hablando en el día de hoy.

Somos funcionarios, sin duda, y yo voy a defender todos los días de mi vida el hecho de que venimos a la vida política a ser servidores públicos, no a servirnos de la política, sino a servir a la política, a servir a los ciudadanos.

Y me parece que la distorsión puede ser tal, que mañana podría salir un titular que dijera: «Amparan a sus correligionarios», en lugar de «Una nueva etapa en un debate eterno. No se le puede negar a esta fuerza política su contribución a la institucionalidad y a los marcos legales para combatir la corrupción». Sin lugar a dudas.

Podemos tener situaciones en las que se acusó de diferentes delitos a compañeros de nuestra colectividad política, en algunos casos –según creemos– de manera justa y, en otros, absolutamente injusta.

El debate de hoy es de doble filo. Me parece que si contribuimos a denostar la política y en esos términos –ya que de nuestra parte nunca habrá amparo a una situación ilegal o de dolo– no vamos por buen camino. Y confío en que siga siendo la ciudadanía quien juzgue aquellas cuestiones que supongan una inadecuada función llevada adelante por un político –u otro funcionario–, en cualquier área en que se desempeñe. Recordemos que somos signatarios de la convención anticorrupción de Naciones Unidas –de la que se habló hace ya mucho rato–, por lo que tenemos todos estos marcos legales. Tenemos una buena cobertura. Si hay más marcos legales, los vamos a discutir y podremos hacer modificaciones, pero siempre terminaremos aprobando más y mejor cobertura para dos cosas: no solo para combatir el delito, sino también para decirles a aquellos funcionarios que cumplen con su deber, que no pueden estar pensando: «Uy, acá no me voy a meter porque voy a terminar siendo el “cabeza de turco”» –o «la “cabeza de turco”»– «de situaciones que después, judicializando la política, terminan siendo un matadero».

Quiero que lleguen los mejores y que no haya recelo en cuanto a que la política no termine siendo ni una desviación para servirse de la gente ni una profesión riesgosa en la que no podamos desempeñarnos sin el temor de que en algún momento, en lugar de juzgar nuestra actuación política en las urnas, se juzgue a los ciudadanos que se dedican a la política por una perimida ley que puede incluir cualquier cosa, que vale todo.

Gracias, señora presidenta, y gracias también a la señora senadora Moreira.

SEÑORA PRESIDENTA.- Puede continuar la señora senadora Moreira.

SEÑORA MOREIRA.- Señora presidenta: retomando el tema del consenso, señalo que el abuso de funciones viola el principio de legalidad –justamente, es en casos no previstos por la ley–, el principio de tipicidad –el delito no está claramente definido–, el principio de relevancia –es una conducta residual– y el principio de jurisdiccionalidad, ya que en el proceso se conoce la ley pero no se la crea.

¿Por qué hacerlo ahora? La señora senadora Xavier hizo una brillante exposición sobre esto pero, en lo personal, voy a devolver la pelota –como se dice comúnmente– a este mismo Parlamento. ¿Por qué ahora tuvimos que hacer un acuerdo interpartidario para multiplicar por mil las penas y hacerlas más duras, cuando todo el mundo sabe que volver las penas más duras no elimina el delito? ¿Por qué esa urgencia? Nos embarcaron a todos en una discusión sobre el aumento de penas para los rapiñeros, para el microtráfico, etcétera. Nuevamente pregunto: ¿Cuál era la urgencia? No lo sé. En lo personal, sobre la cuestión de la oportunidad hubiera discutido años.

Por supuesto, estoy convencida de que esto no es con nombre y apellido, y menos aún retroactivo, porque las personas que sufrieron un castigo por esto –«crimen y castigo», ¿verdad?–, tuvieron una condena que excede en mucho cualquier liberación de pena que hubiera por la retroactividad de la ley penal más benigna. Creo que ya han sido muy castigados y muy golpeados.

Realmente, no votaría nada que fuera contra la transparencia, señora presidenta. Soy de las que creen que el horario electoral en los medios tiene que ser gratuito y que no debe haber donaciones de las empresas. Y también soy de las que creen que el financiamiento de los partidos políticos debería ser público, aunque hubiera que poner más dinero en la política y ello supusiera dar una batalla contra la opinión pública. La opinión pública es mucha gente, ¿verdad?; me parece que es un concepto que debe manejarse con cuidado. ¡Creo que las grandes batallas políticas no se dan por secundar una opinión pública construida vaya a saber cómo, sino también contra la opinión pública! Recordemos que acá, para legalizar el cannabis hubo que dar una batalla contra la opinión pública. Y si acá, teniendo las cárceles llenas de gente, nunca se habla –ni por un segundo– de reducir penas, es porque la política no se anima a dar una batalla contra la opinión pública para construir un nuevo estado de opinión pública. Porque aquello de lo que hablaba Gramsci, la reforma intelectual y moral, es un nuevo estado de la opinión pública.

SEÑOR HEBER.- ¿Me permite una interrupción, señora senadora?

SEÑORA MOREIRA.- Con mucho gusto.

SEÑORA PRESIDENTA.- Puede interrumpir el señor senador Heber.

SEÑOR HEBER.- Señora presidenta: motiva mi intervención el hecho de que la señora senadora Moreira equipara nuestras dudas sobre la urgencia de la derogación del delito de abuso de funciones con nuestras dudas respecto de la urgencia que existe con relación a delitos para los que nosotros, concretamente, hemos pedido mayores penas por entender que nuestro Código Penal es muy benigno y no atiende muchos de los graves delitos que se cometen en la sociedad.

La señora senadora preguntaba cuál era la urgencia. Le contestamos: la urgencia fue a raíz de una ola de delitos que hubo el año pasado, y el llamado lo hizo el presidente Vázquez.

Por nuestra parte, presentamos una serie de proyectos –hace ya mucho tiempo– porque creemos que la inseguridad es un tema urgente desde hace muchos años, pero quien estableció la urgencia de votar ahora fue el propio presidente Vázquez.

Las reuniones en Torre Ejecutiva no dieron los resultados que esperábamos; para nosotros, la montaña parió un ratón. Pero concurrimos a la Torre Ejecutiva y presentamos veintinueve proyectos, porque frente a la ola de delincuencia que hubo en Semana Santa y que generó una situación de alarma, el propio presidente Vázquez –el presidente de la señora senadora Moreira, el que la señora senadora llevó y votó, actualmente el presidente de todos–, de alguna manera, estableció la urgencia y llamó a todos los partidos políticos para que presentáramos iniciativas. Como dije, presentamos veintinueve. Creo que en esa ocasión salió una sola y hoy ya son dos, porque en el día de ayer se votó el proyecto de ley que endurece las penas contra el narcotráfico, un nuevo flagelo que tenemos que combatir con la mayor dureza que podamos.

Hemos oído razonamientos con los que, realmente, no coincidimos y que, además, nos alarma escuchar en nuestra sociedad porque, a nuestro juicio, debemos actuar con mayor nivel de defensa de la gente que no delinque, que trabaja y que lo único que pide al Estado es que cumpla con proteger su derecho básico de poder ir a trabajar con tranquilidad y vivir en paz, una paz que, lamentablemente, hemos perdido hace ya mucho tiempo.

Esa es la urgencia. Simplemente quería responderle a la señora senadora.

Comprendimos la urgencia que propugnó el señor Vázquez. Lo que no entiendo es la urgencia de este proyecto de ley que estamos considerando.

SEÑORA PRESIDENTA.- Puede continuar la señora senadora Moreira.

SEÑORA MOREIRA.- Señora presidenta: únicamente porque no resisto la tentación de contestar al señor senador Heber, diré que la urgencia del compromiso en la Torre Ejecutiva, según creo, era para llegar a un acuerdo político de todos los partidos para, entre otras cosas, bajar un poco la intensidad del tono que estaba teniendo la discusión política también sobre el tema de la inseguridad. Porque sobre esto se tuvo que trabajar hasta con los periodistas, a fin de impedir que la crónica roja mostrara escenas de violencia explícita y demás. Ni quiero mencionar al pizzero asesinado, que fue filmado no sé cuántas veces.

Entonces, esas son las cosas buenas que tiene el sistema de partidos uruguayo; no me refiero a lo que surgió de la Torre Ejecutiva –que, como bien sabe el señor senador Heber, a mí me parece terrible– sino a la posibilidad de llegar a acuerdos entre partidos para procesar políticamente los problemas sociales, impidiéndose así una demagogia que lo único que haría sería acentuarlos y generar la espiral negativa de la pérdida de credibilidad en la política.

Señora presidenta: me quedan muy pocos minutos y quiero recordar que hablé de falacias de primer y segundo orden en la discusión sobre abuso de funciones. Si bien las fui mencionando, voy a enumerarlas sintéticamente.

La primera es que no estamos hablando de una multitud de casos, porque son unos pocos. Una vez eliminado este delito, los jueces simplemente tendrán que tipificar mejor. Nada va a cambiar respecto de eso.

La segunda es que esto no es para políticos. Si quieren hacemos un capítulo en el Código Penal para los políticos, pero esto es para los funcionarios. Así que con esto también deberíamos estar dando instrumentos para aquel que es abusado por un jerarca.

En tercer lugar, voy a defender la comisión que presido y decir que no se detuvo todo para considerar el tema del delito de abuso de funciones. La verdad es que andábamos bien, durante los primeros meses del año nos queríamos bastante –todo eso va caducando– y para votar las iniciativas sobre femicidio y cuotas con rapidez también se hizo un tour de force. Entonces, ¿qué pasa? Como la bancada del Frente Amplio tiene la mayoría, es la que determina la prioridad en la agenda, pero quiero dejar en claro que no teníamos los proyectos relativos a la modificación del Código Penal y que no nos atrasamos en la consideración de estas iniciativas para votar la derogación del delito de abuso de funciones.

Para terminar, quiero decir que quienes nos visitaron en la comisión presentaron documentos y que estos son públicos. El doctor Aller, de la cátedra de la Universidad de la República, en su informe concluye: «Asistimos a una magnífica oportunidad legislativa para derogar el tipo penal de abuso de funciones en casos no previstos especialmente por la ley, ya que la conducta descrita en el tipo estudiado no es ontológicamente un delito y, por ende, no debería integrar el elenco de las conductas penalmente reprochables». Pero dice algo más: «No obstante, todo abuso –de la naturaleza que fuere– es una actitud social, moral y éticamente desvalorada que amerita su severa sanción en el ámbito apropiado, vale decir, en sede administrativa». Y luego dice algo que me importa aún más: «La figura penal analizada resulta un resabio o atavismo de un sistema penal pensado para reprimir a la persona por lo que es y no por lo que ha hecho».

Está claro, señora presidenta, que esta discusión se va a llevar adelante también en la Cámara de Representantes y ya se ha anunciado que, en caso de ser aprobado el proyecto de ley, habrá un referéndum.

De más está decir que soy una fiel partidaria del régimen bicameral –la señora presidenta lo sabe pues hemos tenido alguna discusión al respecto– y lo defiendo. Entonces, esta discusión se va a dar también en la otra cámara, y si allí se lo considera necesario y conveniente, en caso de sentirse que hay un vacío legal, se tipificará una nueva conducta penal. Quiere decir que hay un largo proceso desde acá hasta allá, y si es necesario tipificar una nueva figura por quedar un vacío legal a raíz de la derogación del delito de abuso de funciones, así lo haremos. Pero, como bien dijo el señor senador Heber, primero hay que derogarlo y luego hay que crear el nuevo tipo.

Dicen, repito, que va a haber un referéndum, y yo digo que esa es la discusión de fondo aquí. Por algo somos partidos políticos distintos; porque tenemos, no solamente preferencias políticas e ideológicas muy distintas sino también miradas muy diferentes del mundo. Un referéndum para derogar el delito de abuso de funciones constituiría el tercer intento de mecanismo de democracia directa llevado adelante por la oposición. Antes lo hacíamos nosotros pero ahora, lógicamente, eso se ha invertido. Obviamente, el instrumento fue creado para que lo use cualquiera pero lo cierto es que el Frente Amplio y los movimientos sociales lo usaron en el pasado. Ahora bien, ¡qué curioso! Los tres mecanismos de democracia directa –si este llegara a triunfar– son todos sobre la ley penal: la baja de edad de imputabilidad, el referéndum porque nosotros sí derogamos la penalización del aborto y, ahora, por una nueva derogación. ¿Por qué? Porque lo que está en juego aquí, señora presidenta –y estas serán mis últimas palabras por ahora–, es una concepción distinta del mundo. Advierto –y sobre esto siempre voy a tener una discusión con el señor senador Heber– que existe una creencia en que la ley penal ordena la sociedad; en cambio, nosotros creemos que lo que ordena y construye comunidad es la ampliación y no la restricción de derechos. Por lo tanto, estamos ante visiones antagónicas. En lo personal, creo que la ley penal no ordena nada; al contrario, como dijo algún catedrático, la ley penal es para poner límites a la capacidad del derecho de castigar. Nadie se ordena con mano dura y con palos. Las comunidades se ordenan con virtud cívica, con continentación afectiva y con derechos, no al revés. Esta es una diferencia política importante entre nosotros y hay que reconocerla.

SEÑOR MIERES.- ¿Me permite una interrupción, señora senadora?

SEÑORA MOREIRA.- Con mucho gusto.

SEÑORA PRESIDENTA.- Puede interrumpir el señor senador Mieres.

SEÑOR MIERES.- Señora presidenta: la señora senadora Moreira se equivoca al hablar globalmente de la oposición en el caso del referéndum sobre la baja de la edad de imputabilidad, pues hubo sectores que somos oposición que no compartimos y estuvimos en contra, y también en el de la iniciativa con respecto a la despenalización del aborto, donde hubo gente de la oposición en los dos lados del mostrador.

Por otra parte, el tema de que se trata es de una naturaleza bien distinta. Acá estamos hablando de discutir sobre la derogación de un delito que favorece directamente no solo a los funcionarios sino también a los dirigentes políticos. Es bien diferente de la discusión sobre si hay castigo o no; en todo caso lo que estará defendiendo el Frente Amplio es no castigar a los políticos que se portan mal.

SEÑORA PRESIDENTA.- Puede continuar la señora senadora Moreira.

SEÑORA MOREIRA.- Señora presidenta: con respecto a la primera parte de lo expuesto por el señor senador Mieres, digo que sí, y con relación a la segunda, no.

En cuanto a lo primero me corrijo porque, efectivamente, hice una generalización inapropiada sobre quienes apoyaron las iniciativas de democracia directa. Ahora bien; como soy tozuda, vuelvo sobre mi argumento. Estaríamos empleando los mecanismos de democracia directa siempre en relación con la ley penal y no para ampliar derechos o hacer la reforma agraria, por ejemplo. Siempre es en crimen y castigo. Crimen y castigo. ¿Por qué? Porque en el fondo subyace la idea de que la sociedad se ordena por la ley penal, por el crimen, y de que la gente sale bien si se la reprime bastante. No estoy de acuerdo con eso y hay toneladas de filosofía en este sentido pero, además, creo que en el derecho de mi país, en el que nací –aunque lamentablemente una buena parte de mi vida la viví en otro contexto del derecho, que fue la dictadura militar–, la benignidad penal ha sido nuestra tradición y orientación jurídica. Además, este país ha tenido baja corrupción y altos niveles de seguridad con benignidad penal y no al revés. Entonces, no hay manera de defender el concepto de que el agravamiento de las leyes penales nos vaya a sacar más buenos de lo que somos. En lo personal, pienso lo contrario; quien piense que la ley penal resuelve los problemas del desorden social o político, está frito. Me parece que no funciona así.

Con respecto a los políticos que se portan mal –me hace gracia la expresión–, son aquellos que están en funciones ejecutivas. Por el delito de abuso de funciones fueron procesados Zimmer, Amaral –intendente de Treinta y Tres–, Braga –concurrió pero no sé si fue la principal figura– y el intendente de Florida. Quiere decir que no es para cualquier político sino para los que tienen una función ejecutiva de primer orden. Insisto, el delito de abuso innominado de funciones no fue pensado para estos casos. ¿Por qué se argumenta tanto que no debemos pensar en casos si después se argumenta esgrimiendo los casos? ¡Coherencia! No fue pensado para esos casos. Me parece que los políticos que se portan mal o actúan fuera de la legalidad, son castigados en las elecciones al no renovárseles el mandato. El sistema político uruguayo debería autorregularse sobre estos asuntos.

Insisto: fallas y delitos administrativos son una cosa y delito penal, otra. Todas las cátedras han hablado sobre la difusa frontera entre una cosa y la otra.

Personalmente entré con una idea y salí con otra, lo que demuestra que la política bien puede hacernos cambiar de opinión. No todos llegamos con una idea y la repetimos. Yo no era partidaria de la derogación del abuso de funciones, pero he tenido que argumentarlo acá, a pesar de que no era partidaria de votarlo ahora sino de esperar por las modificaciones al Código Penal y buscar una alternativa. Pero no me duelen prendas, no tengo ningún amigo que sufra este proceso legal o que tenga un cargo en el ejecutivo y pueda ser enjuiciado por esto. Quiere decir que esta es mi pura convicción y estoy segura de que en la Cámara de Representantes se podrá encontrar un tratamiento más adecuado para el proyecto y si no, tendremos un nuevo uso del mecanismo de democracia directa para fortalecer la ley penal. Veremos cómo nos va.

SEÑOR BORDABERRY.- Pido la palabra para contestar una alusión.

SEÑORA PRESIDENTA.- Tiene la palabra el señor senador.

SEÑOR BORDABERRY.- Señora presidenta: escuché atentamente a la señora senadora Moreira. Me hizo acordar aquella frase de la prosa cervantina: «Niega Sancho, y vuelve a negar, que si no tienes razón, tendrás razones».

Acá se dice que no hay constancia del aumento de la corrupción en América del Sur. ¿Dónde vivimos? ¿Cómo se puede decir que no hay constancia del aumento de la corrupción? Ahora estamos viendo en la televisión los casos de corrupción, porque se filman: no contaban los billetes sino que los pesaban y a «Lopecito» lo vimos tirando los bolsos para arriba. ¿Por qué los cito, por más que a alguno no le guste que mencionemos a sus compañeros progresistas kirchneristas a cada rato? Porque lo vimos en la televisión, nadie nos contó; es contundente.

También podríamos citar a Dilma. En el caso de Odebrecht, por ejemplo, la Justicia de Brasil está liberando las pruebas y las fiscalías de Argentina, Colombia, Ecuador, México, Panamá, Perú, República Dominicana y Venezuela están pidiendo las pruebas de las coimas de esa empresa. En Ecuador ya detuvieron a un familiar del vicepresidente, entre otras cosas, con un cheque de
USD 980.000 de Odebrecht. Pasó lo mismo en República Dominicana, en Argentina y en Perú, pero no está aumentando la corrupción. ¡Está preso José Dirceu, secretario de la presidencia de Lula! ¡Está preso! ¡Condenado en primera, segunda y tercera instancia, pero no pasa nada!

No puede ser que se niegue lo evidente; no se puede negar lo evidente. Repiten y repiten para ver si repitiendo logran convencernos de que la corrupción no aumentó. Y no se roban USD 500.000 o USD 200.000, sino 30, 40 y 50, y la pesan, no la cuentan; piden billetes de € 500 para que pese menos. Vayan a Argentina: Hotesur, Lázaro Báez, Fariña, De Vido, Jaime; ¡hasta en el tren de los pueblos libres también cayeron! Y después de eso se insiste –como si fuera el único que declaró en la comisión– con los catedráticos, entre ellos, el abogado de Lorenzo. Perdón, insisten con eso, pero ¿por qué no mencionan la sentencia de la Suprema Corte de Justicia? ¿Por qué no dicen lo que dijo la Jutep, la Junta de Transparencia y Ética Pública? ¿Por qué no señalan lo que dijo en el juzgado el fiscal de corte? ¿Por qué no reconocen? No citaron a la Asociación de Fiscales del Uruguay porque es la que se enfrenta a los catedráticos en los juzgados y les ganó el juicio ante la Suprema Corte de Justicia. Esa es la verdad. Y sí, vamos a ir a un referéndum; de repente, la tercera es la vencida, quién te dice. Puede ser que sí. Yo ya tengo mi eslogan: «Ser corrupto es delito».

Muchas gracias.

SEÑOR HEBER.- Pido la palabra para contestar una alusión.

SEÑORA PRESIDENTA.- Tiene la palabra el señor senador.

SEÑOR HEBER.- Señora presidenta: la señora senadora Moreira, en su razonamiento sobre el debate político, hizo una caricatura pues trató de decir que nosotros somos partidarios de triplicar las penas, como si con más palo y más penas se arreglara, se corrigiera la sociedad y se solucionara el tema de la inseguridad que estamos viviendo. ¡No! ¡No es así! ¡No es de esa forma! Lástima que la señora senadora Moreira no estaba en presidencia como delegada del Frente Amplio –sí estuvo la señora senadora Payssé– porque en muchos de los temas que fuimos a discutir con el presidente de la república hubo coincidencias del ministro del Interior, Bonomi. Cuando señalamos que cinco años de pena máxima para delitos que cometen los menores en nuestro país no alcanzan para reeducarlos, el ministro argumentó –no nos pidió reserva– que no se cumple ese lapso porque son liberados a los dos años y por eso había en algunas situaciones diecisiete reincidencias de delitos graves.

Frente a esa situación creemos que nuestro Código Penal no dice la verdad, porque en la práctica no se comporta como lo establece. Pensamos que para un menor que mata, que comete un homicidio, no alcanzan los cinco años –que es la pena máxima– para reeducarlo. Si tiene dieciocho años y un mes, se le dan treinta y cinco años para ser reeducado. Puede darse la situación de un menor que por unos meses puede quedar liberado no a los cinco años, sino a los dos años y sin ser reeducado. Esto no fue dicho por el Partido Nacional sino por el ministro del Interior, ¡su ministro! La fuerza política del Frente Amplio no acompañó la propuesta del ministro del Interior de aumentar las penas para que efectivamente se cumplan los cinco años de reeducación. ¡No acompañó a su propio ministro! Este debate se viene dando entre gente que confronta y reprime el delito como el ministro del Interior y su propia bancada, no con la oposición.

Por lo tanto, hacer una caricatura diciendo que acá hay senadores que son partidarios de los derechos y comprenden a la sociedad y otros que venimos con el mazo y la porra a pegarles y meterlos en la cárcel, no me parece justo como razonamiento y tampoco tiene el nivel que debería tener.

Creemos que nuestro derecho penal está lleno de libertades anticipadas, condicionales y provisionales que hacen que los abogados, muy duchos por cierto, y muy bien pagos por esta delincuencia, usen estos artilugios para evitar cumplir la pena que el código establece. Esa es la situación a la que hoy estamos enfrentados. Por eso proponemos en distintos proyectos de ley que cuando se usa la libertad anticipada –que fue pensada para que mañana un preso se reinserte en la sociedad– para volver a delinquir, no se debe acceder nuevamente a este instrumento porque cuando se habilitó ese instrumento, se usó para reincidir. Por lo tanto, esa persona no está preparada para reinsertarse en la sociedad.

No es un tema de caricatura sino de realidad y no se puede decir que venimos con un gran palo, con política dura, ¡a darle y a darle! Sí queremos que el Estado se defienda; queremos defender a la sociedad; queremos defender a la gente que hoy no se siente defendida y queremos endurecer muchas de las penas que hoy por distintos artilugios se evita cumplir.

Gracias.

SEÑORA PAYSSÉ.- Pido la palabra para contestar una alusión.

SEÑORA PRESIDENTA.- Tiene la palabra la señora senadora Payssé.

SEÑORA PAYSSÉ.- Es obvio que el señor Heber me mencionó así que voy a contestar algunas de sus afirmaciones.

En primer lugar, quiero señalar que cada vez que tratamos temas vinculados al código penal juvenil el ejemplo del señor senador Heber es el menor –porque así lo dice– que tiene en su haber diecisiete reincidencias. El ejemplo siempre es el mismo y esto habla de la coherencia del senador Heber pero también de algo que insistentemente se reitera. El Frente amplio lo ha dicho acá, en la Torre Ejecutiva y lo seguirá afirmando: para el sistema juvenil las medidas socioeducativas, privativas y no privativas, son las pertinentes, siendo las privativas el último recurso, como lo indican las convenciones y los tratados internacionales de los que forma parte nuestro país. Por lo tanto, ahí están aclaradas una vez más las diecisiete reincidencias de este menor en particular.

En segundo término –y termino rápidamente–, el señor senador Heber acaba de decir –y lo anoté porque me llamó la atención– que el Código Penal no dice la verdad. Son palabras textuales y se pueden leer en la versión taquigráfica. Bueno, analicemos entonces todas las verdades que no dice. Empecemos por el artículo 162, de carácter abierto, que de verdades tiene muy poco porque es tan abierto que no concreta nada.

Gracias.

SEÑOR LARRAÑAGA.- Pido la palabra.

SEÑORA PRESIDENTA.- Tiene la palabra el señor senador.

SEÑOR LARRAÑAGA.- Señora presidenta: realmente no voy a contestar parte del discurso de la señora Moreira, que siempre es atractivo, porque realmente incursionó en una lateralización enorme del tema.

Tampoco me afilio a la dicotomía de aquellos que creen en el derecho penal para resolver los problemas de la sociedad exclusivamente; en mi historia personal como político he estado en distintas contingencias plebiscitarias y no siempre con la mayoría de mi partido.

No creo tampoco en que la ampliación de derechos es el motor de la sociedad. Ese es un enorme error. Pienso que las sociedades avanzan con los derechos, pero también con las obligaciones. La contracara del derecho es la obligación. El marco punitivo del derecho penal es la acción de restricción frente a las conductas que puedan adecuarse jurídicamente.

Se ha hablado acá de judicialización de la política y con toda franqueza considero que hay que tener mucho cuidado por la institucionalidad de los poderes. Eso es muy importante. No transitemos por el camino de la cantinela repetida de echar la culpa al Poder Judicial y a los jueces. En un régimen democrático donde funciona el principio de separación de poderes, hay que respetarlos a todos y el Poder Judicial tiene que ser respetado. No se puede decir que los jueces quieren tener más instrumentos para poder ejercerlos y plantear así una lucha de unos contra otros. Me parece que ese es un camino equivocado.

No comparto tampoco cuando se dice que el incremento de las penas es una suerte de ambientación para la injusticia y la mayor reclusión de presos. Resulta que ahora tenemos 11.500 presos y en nuestras cárceles se producen situaciones vergonzosas. Conste que expreso en forma pública que por supuesto se ha hecho un enorme esfuerzo en materia de ampliación de las locaciones carcelarias, pero hay violaciones de los derechos humanos espantosas. ¡Vayan a fijarse al módulo 8 del Comcar, por citar algún ejemplo! ¡Lamentable! Fue denunciado por el comisionado parlamentario para el sistema carcelario. ¡Y que no se me diga, después, que estoy defendiendo a los presos, porque lo que sucede en las cárceles luego termina pasando en la sociedad! Esas personas detenidas recuperan la libertad y si salen –como sucede– mucho peor de lo que entran a las cárceles, después se producen los problemas que todos conocemos.

No entremos tampoco en algo que advierto al escuchar los discursos del oficialismo: una enorme negación de la realidad. Niegan la realidad; es como si al taparse los ojos y negarla, dejara de existir. Esa es la percepción que tenemos.

Se señaló que hubo una suerte de lucha en la búsqueda de la aprobación del tema del femicidio o de la cuota de la mujer, pero también existió una suerte de lucha contra la opinión pública en esos temas. Consideramos que ahora el Frente Amplio ha resuelto emprender una lucha contra la opinión pública para derogar el abuso de funciones. Esa es la percepción que tenemos, porque en esa tesis de negación de la realidad hay elementos que son parcialmente ciertos. No es correcto decir que el delito de abuso de funciones proviene del código de 1934. No; no es así, es parcialmente cierto.

Hay un trabajo de un profesional que se ha citado aquí, el doctor Aller, que recuerda que el primer Código Penal uruguayo del año 1889, aprobado por la Ley n.º 2037, consagró en su artículo 180 la figura delictiva del funcionario que, mediante el abuso de su empleo u oficio, cometiere u ordenare contra un tercero un acto arbitrario no previsto especialmente en el código. Es decir que este tema ya viene desde 1889.

Funcionarios, señora senadora Moreira, son los políticos; nosotros somos funcionarios. ¡Vamos a entendernos! No nos hagamos los distraídos como que el abuso de funciones es para otros. ¡No! Es para los funcionarios que ocupamos los lugares más altos en el escalafón del sistema político, es decir, el Poder Ejecutivo y el Poder Legislativo. Quizás podría haber abuso de funciones también por vía de acto legislativo.

Además, cuando digo que es parcialmente incierto el tema de que viene del código de 1934 es porque, por algo, este delito tiene casi ciento treinta años de vigencia. ¡Tiene ciento treinta años de vigencia! ¿Por qué no se ha derogado en todo este tiempo? ¿Acaso porque hay una conjura contra el consenso de la cátedra? Respeto a los catedráticos –es de público conocimiento que soy abogado, no catedrático–, como también respeto la opinión de los estudiosos del derecho penal, incluso con respecto a las críticas que se formulan a este delito pero, por lo que voy a decir más adelante, me parece que esta no es una discusión política, sino que es una discusión sobre ética, cosa que considero fundamental tener en cuenta.

Aquel primer código ya venía inspirado –relato– por los aportes del maestro Zanardelli, autor del Código Penal del Reino de Italia, de 1889. La noción de abuso de parte de un funcionario ya estaba prevista y se incorporó en el primer Código Penal del Uruguay. Entonces, me parece importante que tengamos precisión cuando nos aproximamos a la discusión de este asunto.

No estoy de acuerdo con derogar el delito ni tampoco con modificar su contenido. Creo que es un mensaje equivocado de la política a la sociedad. ¡Pongámonos de acuerdo! Recuerdo que cuando se trató el proyecto sobre el feminicidio se habló de una suerte de mensaje desde el Estado, desde el Parlamento hacia la sociedad con respecto a ese tema que tanto nos acucia y nos duele en el tejido social de los uruguayos, pero este mensaje que hoy se pretende dar al derogar el delito de abuso de funciones es equivocado. ¡Es un mensaje de impunidad, señora presidenta! Creo que es profundamente equivocado, sobre todo en este tiempo en el que hay una suerte de vivencia contundente en América Latina de un incremento de los hechos de corrupción. Solamente aquí he escuchado que eso no se da. Quizá los medios y las redes le den más amplificación que antes, cuando se vivía en un cierto ocultamiento, pero es evidente que esto, que impacta en democracias americanas y en otras que no son tan democracias, es una realidad; está sucediendo.

Cuando uno tiene referentes como los que aquí se han mencionado –adelanto que yo no lo haré–, está legislando en esos parámetros. Cuando sobre el tapete hay nombres que son impactados por la norma jurídico-penal que se va a derogar, se está legislando con nombre y apellido. Es por lo que dijo el propio señor senador Bordaberry cuando habló de la comparecencia del señor abogado defensor del economista Lorenzo en la comisión. Fíjense lo que expresó textualmente el referido profesional: «La segunda dimensión es aquella que asegura el origen democrático de la prohibición penal. Hay un viejo adagio –en el que insistimos orgullosos– que dice que solo el legislador tiene las llaves de la cárcel». El defensor del economista Lorenzo trae a colación en la comisión –sin denunciar su situación– los argumentos para defender la derogación del delito de abuso de funciones.

Entonces, me parece que esta discusión involucra una pérdida de credibilidad y de confianza en el sistema político. Hoy la gente está observando lo que va a pasar aquí en el Senado de la república. ¡Eso es evidente y fácilmente demostrable! Creo que la sociedad necesita otra cosa, porque este mensaje de derogación es una suerte de perdona tutti, liberatorio de culpa de aquellos funcionarios que ya tienen un proceso judicial pendiente. Pero, además, se está apuntando a la derogación de un delito cuando hay investigaciones en curso, es decir, ¡no hay un recato en ese sentido! En este momento en que hay notorias situaciones que están siendo investigadas, lo que se le ocurre a la bancada del Frente Amplio es impulsar la derogación de este delito, que supone la aplicación de normas que todos conocemos –porque han sido reiteradamente expresadas–, como la retroactividad de la ley penal más benigna y el principio de in dubio pro reo, que determinaría la aplicación retroactiva. Creo que esto termina siendo una enorme equivocación, porque entrar en este momento en esta discusión no representa un aporte beneficioso a la institucionalidad y a la credibilidad del sistema político.

Acá se ha traído a colación la opinión de distinguidos integrantes del sistema político, de referentes que, en períodos anteriores, presentaron iniciativas vinculadas a este tema. Quizá en ese tiempo se podía dar una discusión más libre de todos los preconceptos que están hoy latentes, no ya en un partido, sino en el país entero, con respecto a la discusión que hoy estamos llevando adelante aquí en el Senado de la república.

Además –digámoslo todo–, no motiva al oficialismo perfeccionar el sistema penal uruguayo. ¡No! No se levantaron un día pensando en mejorar el Código Penal; lisa y llanamente se impulsa una suerte de indulto parlamentario. Me parece que esto encierra la suspicacia de que la gente termine pensando que el sistema político acude al peor de los corporativismos, que es el corporativismo político de procurar defender la situación de quienes puedan estar abarcados en este tema. Al hacerlo, se puede pensar claramente que el Frente Amplio está en el camino de defender situaciones que se han dado en el pasado o que puedan darse en el futuro.

También quiero quebrar una lanza por el Poder Judicial, porque tampoco está bien en estos tiempos sembrar la desconfianza en él. No digo que alguien lo esté haciendo gratuitamente, pero creo que es un camino peligroso, porque esa desconfianza en el Poder Judicial no nos puede llevar a olvidar que hoy estamos asistiendo a hechos públicos notorios, como las amenazas que ha habido a jueces y a fiscales ¿En qué país estamos entrando? ¡¿En qué sociedad estamos entrando, en la que se da este tipo de situaciones que creo tienen que generarnos una enorme alarma?! ¡¿Fiscales y jueces amenazados?!

Me parece que, más allá del delito residual que es el del abuso de funciones –ese delito bolsa, como se le dice–, siempre están en el sistema penal uruguayo las garantías del debido proceso. ¡Nadie puede discutirlo! ¡Está la doble o triple instancia para llevar adelante la defensa de quienes puedan ser imputados ante determinada situación!

Además, desde el año 2006 Uruguay, mediante la Ley n.º 18056, hizo suya la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción que, en su artículo 19, recomienda tipificar como delito el abuso de funciones o de cargo. ¡Esto es así!

Como dije, ya desde 1889 se preveía esta figura penal, pero, por lo dicho, lo que está en juego –vuelvo a reiterarlo– no es una cuestión jurídica. No se trata de una discusión dogmática penal, sino que estamos asistiendo a una discusión ética. Y conste que yo no me pongo en el ejercicio de una suerte de competencia en un eventual campeonato de moralidad pública. ¡No estoy para eso! ¡Nunca lo estuve! Siempre me han generado un profundo impacto las situaciones de sometimiento a la Justicia de jerarcas públicos. Realmente creo que nos duele como sociedad cuando sucede ese tipo de cosas, porque supone que se han traspasado límites, que se han vulnerado leyes, que se ha incumplido el mandato de la ciudadanía en el buen ejercicio de la actividad pública o de gobierno. Por eso creo que este es un tema ético. En el fondo lo que está en discusión, señora presidenta, es en qué sociedad queremos vivir, qué queremos ser en el país. Y si una sociedad termina recibiendo el mensaje de políticos impunes a los que no les llega el brazo de la ley porque se defienden, cuando hay instancias de investigación en curso, mediante el instrumento de la derogación de un delito como es el de abuso de funciones, me parece que no estamos haciendo un favor a la transparencia en la que todos queremos concretar el desafío de construir un país, una sociedad.

Además, de alguna forma, siento que estamos legislando para nosotros. Esto forma parte de la explicación de por qué, desde 1889 hasta la fecha, no se ha derogado el delito de abuso de funciones. No se ha podido derogar porque siempre ha existido, y ahora es mucho más fuerte el mensaje de la sociedad, que quiere tener mecanismos –más allá de estos que son imperfectos– contra la mala administración. Ese es el problema central que a mi juicio encierra esta discusión.

Me parece, señora presidenta, que buscar esta especie de indulto parlamentario usando –en el marco del ejercicio democrático que yo no voy a discutir– mayorías para poder blindarse, constituye un error que supone escapar –o pretender hacerlo–, creo que con equivocación, al juicio de la opinión pública, que va a ser muy severa contra todo el sistema político, contra el Parlamento mismo. Esto me parece indiscutible.

Finalizando, señora presidenta, no puedo dejar de decir lo siguiente. Muchos integrantes del Frente Amplio, desde 1985 hasta que ganaron en el 2004, profanaron –y a los hechos me remito– honores y memorias de personas y de políticos. Muchos integrantes del Frente Amplio, muchos políticos del Frente Amplio, y quizás también de los partidos tradicionales –no voy a «sacar la pata del lazo»–, se llenaron la boca en nombre de la transparencia y de la honestidad, y hoy tienen un acto de osadía legislativa al llevar adelante esta iniciativa, este impulso procesal parlamentario que me parece tremendamente equivocado y que poca credibilidad aporta al sistema político de nuestro país. Es por eso que nosotros vamos a votar en contra de esta iniciativa. Nos parece profundamente equivocada.

Tampoco comparto–ya lo dije, pero lo repetiré al final– ese consenso de cátedra en cuanto a que, en el más estricto sentido del purismo jurídico –podrá tener poderosas razones–, contrastado con la realidad nacional, con una suerte de –lo dijo cerca de mí un legislador de mi partido– sensación térmica de corrupción que hay instalada en América Latina, este es el peor mensaje que se puede dar.

Muchas gracias, señora presidenta.

SEÑOR GARÍN.- Pido la palabra.

SEÑORA PRESIDENTA.- Tiene la palabra el señor senador.

SEÑOR GARÍN.- Nos vamos a tomar la libertad de opinar un poco sobre este tema que hemos seguido muy detenidamente, y todos saben que llevamos bastante poco tiempo en este lugar, aunque eso no es ningún atributo sino una simple circunstancia de la vida.

Hemos tratado de seguir el debate mientras intentamos aprender que, muchas veces, al tema central se le agregan temas secundarios, referencias a otro tipo de iniciativas; se va mucho al pasado y quien no tiene la experiencia de haberlo vivido se pierde por momentos. De todas formas, desde esta impronta nos parece conveniente intentar transmitir algunas reflexiones que fuimos construyendo a lo largo de este debate sobre la derogación del artículo 162. No voy a dejar de reconocer que, en una primera instancia, en el informe presentado por el señor senador Michelini quedó planteada una importante cantidad de fundamentos acerca de por qué este artículo 162 significa, en el eje de un acto arbitrario, la eventualidad de sancionar o procesar por un delito a algún funcionario público. Además, ese delito está inmerso en un contexto de alrededor de quince o dieciséis delitos más, lo que da la certeza de que, ante hechos que se aparten de la legalidad, los funcionarios pueden ser sancionados. También vimos que el delito es para casos no previstos por la ley, aunque el Código Penal, en su artículo 1.º comienza diciendo que es delito toda acción u omisión expresamente prevista por la ley penal. Esto nos genera una sensación contradictoria, pero reconocemos que no venimos del ámbito jurídico, por lo que no entender todavía esa aparente contradicción puede obedecer en parte a nuestra ignorancia.

El artículo 10 de la Constitución dice: «Ningún habitante de la República será obligado a hacer lo que no manda la ley, ni privado de lo que ella no prohíbe». A su vez, con la interpretación que pueda hacer la Justicia –en particular, el juez– de la redacción actual del artículo 162, se podrían configurar situaciones en las que alguien puede ser procesado por este delito en función de cosas que no están establecidas por la ley ni prohibidas por la Constitución. Poco a poco he podido notar que se trata de un debate referido a la constitucionalidad o inconstitucionalidad; ha quedado claro que puede haber distintas visiones y algunas veces, dependiendo de su integración, la Suprema Corte de Justicia ha considerado constitucionales algunas leyes, pero no otras. O sea que, en virtud de los antecedentes de lo que ha sucedido con otras normas, no podemos afirmar –nos queda, por lo menos, la interrogante en ese sentido– que como la Suprema Corte de Justicia siempre consideró este tema constitucional, seguirá siendo así.

En síntesis, el artículo 162 fue presentado por el señor senador Michelini, luego lo repasó la señora senadora Ayala y más recientemente hizo un análisis pormenorizado la señora senadora Moreira. Mientras tanto fuimos entendiendo que detrás de la derogación hay argumentos firmes. Sin embargo, cuando escuché los argumentos de la oposición –perdonen, pero no puedo dejar de decirlo–, me encontré con que se dice que esto no es conveniente. Es más, muchos de los argumentos que se manejaron fueron en nombre de lo que voy a denominar como «contexto mediático». En varias ocasiones se aludió a la corrupción en los otros países: se dijo que esto tiene un capítulo gubernamental –y allí se habla de gobernadores–, pero que también tiene un capítulo no gubernamental, y se menciona a valijeros, monjas, etcétera. En cuanto al contexto mediático, se hace referencia a amigos y se habla también de desconfianzas hacia los políticos. Obviamente estas son referencias mediáticas, porque a pesar de que hay distintas opiniones, acaba de ratificarse que esto va dirigido a los funcionarios, y los políticos somos parte de ellos. Siempre hay desconfianza y descalificación hacia los políticos, lo que también es una forma de conducir a la opinión pública. Cuando se dice que esto es para los funcionarios del Estado, de la Administración, y después en la prensa se afirma que es para los políticos, quien señala algo así es el que está haciendo el sesgo en la valoración.

Vuelvo al contexto mediático y debo decir que mucho de lo que se ha expresado corresponde a la casuística. Se ha mencionado que esto no se pudo manejar de otra manera por el tiempo que está insumiendo el proceso de elaboración del Código Penal y que el análisis de las modificaciones era motivo para decir que estaba mal venir hoy a esta sesión del Senado de la república a plantearnos derogar el artículo 162. Lo que me resultó más interesante, con cierto grado de curiosidad, fueron los componentes misteriosos que tuvo en algunos momentos la argumentación con respecto al abogado de un afectado que vino a presentar declaraciones en la comisión. De todas formas, recientemente el señor senador Larrañaga aludió a un profesional –y dio su nombre– que defiende a una persona que está siendo sometida a un proceso penal –que podría terminar con un procesamiento en virtud de este artículo–, quien también brindó su opinión sobre este artículo en la Comisión de Constitución y Legislación. Es decir que el misterio recién se develó ahora, porque durante todo el día hubo ruiditos acerca de quién era…

SEÑOR GANDINI.- El nombre ya se había dicho, señor senador. Tal vez usted no lo escuchó.

SEÑOR GARÍN.- En definitiva, estamos transitando por una discusión y, en particular, me resultó muy significativa una referencia que se hizo a primera hora.

Debo aclarar que todavía soy nuevo y tengo el defecto de tomar notas sin especificar quién es el autor, pero entiendo que cuando se interviene en el debate resulta importante mencionar qué se dijo, quién lo dijo. He perdido algunas, pero poco a poco iré mejorando la técnica, así que me disculpo con los señores senadores.

En determinado momento se mencionó que en última instancia el expresidente Sanguinetti había afirmado que si esto se votaba ahora era una expresión de abuso de poder. Más tarde eso se reiteró y en el correr del debate he ido llegando a la conclusión de que ahí está el meollo del asunto, por cuanto entendemos que ese artículo 162, que siempre deja abierta la posibilidad de que haya algo que pueda ser sancionado…

SEÑOR BORDABERRY.- ¿Me permite una interrupción, señor senador?

SEÑOR GARÍN.- Con mucho gusto.

SEÑORA PRESIDENTA.- Puede interrumpir el señor senador.

SEÑOR BORDABERRY.- No dijo que era abuso de poder, que obviamente sería un delito, sino desviación de poder, que es un concepto que principalmente se aplica en materia administrativa para anular actos administrativos. La desviación de poder se puede aplicar en el caso de que una ley no busque el fin que tiene que perseguir al ser sancionada. La desviación y el abuso de poder son dos conceptos distintos.

SEÑORA PRESIDENTA.- Puede continuar el señor senador Garín.

SEÑOR GARÍN.- Tomamos nota de lo planteado y nuevamente pido disculpas en cuanto a que algunas veces –como ya adelanté– tengo que mejorar los aspectos técnicos de las intervenciones.

Creo que al proponer la derogación del artículo 162 estamos ingresando en la valoración de que aquí hay un concepto filosófico según el cual siempre tiene que haber una puerta semiabierta –o una puerta no determinada o no fijada– para construir un delito. ¿Y cómo llevo mi síntesis a lo más concreto? Si permitimos que un funcionario sea sancionado por un acto arbitrario, claramente estamos estableciendo la posibilidad de que alguien juzgue el acto arbitrario o lo determine como tal. Y creo que en general hemos analizado el concepto de que el acto arbitrario lo define el juez. Esas son las referencias que más se han hecho a lo largo de esta discusión cuando, en realidad, también me ha quedado claro que el acto no debería ser arbitrario, sino que debería ser votado por este cuerpo de manera que sea un delito claramente explicitado. O sea que con el artículo 162 estaría quedando una rendija abierta que nos parece que deberíamos cerrar con su derogación; si la dejamos abierta, daríamos la oportunidad de que alguien interprete lo que no está establecido en la ley.

En el correr de la discusión se ha fundamentado claramente que no sería conveniente derogar este artículo; incluso, hay senadores que han expresado que ni siquiera sería posible modificarlo, lo que me lleva a concluir que atrás de esto hay un planteo filosófico o ideológico. Entonces, claramente queda abierta la posibilidad de avanzar en la tipificación de un crimen o un delito sobre algo que no está definido, y eso se hace a partir de la rendija que tiene el artículo 162.

Este elemento de convicción me ha llevado –en el estudio del tema y la discusión que se ha dado hoy en esta sesión– a entender que es un acto de justicia promover la derogación del artículo 162. Obviamente, siempre va a estar en debate el tema de la oportunidad. Como bancada del Frente Amplio entendimos que este es el momento de realizar el acto de justicia. En primera instancia se había dicho que este asunto podría contar con el apoyo de algunos representantes de la oposición en el Senado, pero eso se fue decantando y hoy nuestra bancada es la que va a tener que asumir esta decisión. Luego, este proyecto de ley continuará su discusión en la Cámara de Representantes, donde seguramente se reabrirá el debate.

Queremos dejar planteado que vamos a acompañar este proyecto que deroga el artículo 162, porque es un acto de justicia que empieza a remover un acto arbitrario para juzgar un delito.

SEÑORA TOURNÉ.- ¿Me permite una interrupción, señor senador?

SEÑOR GARÍN.- Con mucho gusto.

SEÑORA PRESIDENTA.- Puede interrumpir la señora senadora.

SEÑORA TOURNÉ.- He escuchado respetuosamente las intervenciones y los puntos de vista que se han expuesto a lo largo de las horas que llevamos debatiendo la derogación del artículo 162 y siento la necesidad de aclarar algunos aspectos y reforzar otros.

En primera instancia, respeto profundamente –porque soy una gran respetuosa de la actividad parlamentaria– la opinión política y la fundamentación ideológica que tengan todos los partidos políticos, a favor o en contra de la derogación. Pero ¿sabe lo que no acepto, señora presidenta? Que me interpreten las intenciones. Agradezco que quieran contribuir con las limitaciones de esta senadora y por eso dicen cuáles son las intenciones que tengo para votar este artículo. Por ello prefiero decirlo yo, antes de que sigan interpretando.

Yo no quiero colaborar con la corrupción de nadie y hace mucho tiempo que vengo discutiendo la pertinencia de un artículo que para mí es absolutamente inconveniente. Esto viene de larga data. Aclaro que estuve largos cinco años integrando la Comisión de Constitución, Códigos, Legislación General y Administración de la Cámara de Representantes y ya opinaba esto que voy a reforzar en el día de hoy. Hay una discusión que no se da solo en este contexto, sino que también la he escuchado para otros proyectos: la ventaja o lo virtuoso que tiene la generalidad en las normas. Una vez más voy a decir que estoy en contra de ese concepto.

El derecho penal –acá, ingenuo, no hay uno sentado; a ingenuo no llega nadie acá– es el más político que hay; no hay otro más político que el derecho penal. Y eso es así. La generalidad tiene dos riesgos muy grandes en las normas. Uno de ellos es la ubicuidad: es tan general que no se aplica. Eso nos pasó con muchas normas y nos costó muchas vidas de mujeres. Me refiero, por ejemplo, a la generalidad en el tema de la violencia doméstica; por eso ahora estamos tratando un proyecto de ley bien específico, para que la generalidad no oculte las cosas. Y otro riesgo grande es la discrecionalidad que se le da al operador de la Justicia, no porque este sea malo o tenga malas intenciones, sino porque es humano. Y creo que ellos van a estar profundamente agradecidos cuando les entreguemos instrumentos específicos para que los apliquen con mayor pertinencia, certidumbre, confianza y tranquilidad.

Soy de las que piensan que la aplicación de este delito –que no sé cuál es porque el delito tiene que ser una conducta clara y acá eso es de una ambigüedad absoluta– afectó la vida de varios compatriotas. No los voy a nombrar porque me parece que eso es absolutamente impertinente, pero sí conozco –comparto apreciaciones que se han hecho– el enorme dolor y destrucción de la vida personal de muchos de ellos, que luego fueron sobreseídos, pero el daño, la destrucción, ya estaban hechos. Entonces, señora presidenta, prefiero normas más específicas y claritas.

No comparto, ni por asomo, estos discursos tremendistas que he escuchado en el día de hoy, que hablan de que estamos amparando políticos impunes y que a partir de la derogación de esta norma se cae el derecho nacional, y todos –sobre todo nosotros, los frenteamplistas, la gente de izquierda– vamos a gritar: «¡Viva la corrupción!», y la vamos a fomentar. ¡Por favor! No puedo aceptar esas afirmaciones, porque ¿saben a qué me suenan? Perdóneseme que no me dirija a la presidencia, pero la política es el arte de aludir a los demás; no puedo hablar sin hacer alusiones. Es más; creo que en política no se habla sin alusiones.

SEÑORA PRESIDENTA.- Ha finalizado el tiempo de que dispone para la interrupción, señora senadora.

SEÑORA TOURNÉ.- ¿Me concede unos minutos más, señor senador?

SEÑOR GARÍN.- Con mucho gusto.

SEÑORA PRESIDENTA.- Puede interrumpir la señora senadora Tourné.

SEÑORA TOURNÉ.- Esto me suena a discurso para conmover a la opinión pública y –ya que estamos– hacer un poquito de demagogia. Así, quedan los bienintencionados y puros sentados de un lado, en las bancas que el pueblo les otorgó y, del otro, los monstruos que queremos impulsar la corrupción en el país y tapar a cuanto corrupto existe, porque son nuestros amigos. Hay una falta de profundidad en este debate, a pesar de que pueden darse argumentos, con los que no estaré de acuerdo, pero que son muy buenos.

No puedo compartir que se diga que estamos dejando un enorme vacío legal y que a partir de la derogación de esta norma –que es ambigua, que es mala, que es insuficiente, que no ha servido para gran cosa, como ha quedado demostrado acá– se va a caer el sistema de derecho de este país y estaremos yendo hacia la impunidad total de los políticos. Menudo favor le estamos haciendo con esto al sistema político, que debemos honrar y defender.

Por lo tanto, señora presidenta, voy a votar con plena convicción porque hace más de cinco años que vengo argumentando a favor de la derogación de esta norma. Así como digo esto, agrego lo siguiente: si hay otras normas –además de las ya existentes–, pertinentes y necesarias para garantizar la transparencia, no tengo ningún problema en acompañarlas. ¡Esto no pasa solo por lo legal o por los funcionarios, porque hay un elenco de privados que manifiestan, estimulan y colaboran con la corrupción en los países, que ni les cuento!

Tanto en lo personal como a nivel de nuestra fuerza política, estamos dispuestos a debatir. Ahora bien, a quienes tanto les preocupa la oportunidad de discutir hoy esta norma deben saber que mientras exista democracia, las mayorías deciden qué es lo que se discute o no, como lo hicieron otras mayorías en otros tiempos sin que nadie se opusiera a sus criterios, porque lo decidían legítimamente. Nosotros decidimos que queríamos votar esto y tenemos fundamentos para hacerlo. No es que queramos tapar la corrupción o defender a algún amigo; tenemos fundamentos políticos y éticos. No voy a tolerar que ningún señor senador sospeche de mi ética personal; en todo caso, que lo fundamente. En este ámbito, las generalizaciones sobre el honor y la ética de quienes acá estamos también son muy peligrosas y no las puedo permitir.

Muchas gracias, señora presidenta.

SEÑORA PRESIDENTA.- Puede continuar el señor senador Garín.

SEÑOR GARCÍA- ¿Me permite una interrupción, señor senador?

SEÑOR GARÍN.- Con mucho gusto.

SEÑORA PRESIDENTA.- Puede interrumpir el señor senador, pero la Mesa aclara que al señor senador Garín le restan siete minutos. De todos modos, se puede prorrogar el término de que dispone.

SEÑOR GARCÍA.- Voy a empezar por lo último. Las mayorías electorales no absuelven de delitos; ese es un razonamiento absolutamente antirrepublicano. En un sistema democrático, el único que tiene la capacidad de hacer esto es la Justicia. No hay opinión pública ni mayorías electorales que puedan determinar que quien metió la mano en la lata no lo hizo.

Durante este debate interesantísimo también se mencionó lo siguiente. La existencia de corrupción no es un invento de la prensa ni de contextos mediáticos. Es como decir que un rapiñero existe porque la prensa inventa una rapiña. La corrupción existe porque hay funcionarios –muchos de ellos políticos– que meten la mano en la lata; punto y aparte. Además, muchas veces existe porque los partidos políticos a los que pertenecen estos funcionarios no les cortan la mano. Nunca creí que algún partido político tuviera el monopolio de los santos, y otro el de los pecadores. En una actividad humana como la que desarrollamos nosotros siempre hay de los buenos –que son la inmensísima mayoría– y algunos indignos, con diferentes marcas: fueron blancos, fueron colorados, son frenteamplistas y, aunque no han ejercido el poder, también pueden ser independientes. Aquí se creó una cultura de que había quienes tenían el monopolio de los buenos y santos, mientras otros teníamos el monopolio de los pecadores. El problema es que el oficialismo todavía no entendió que entre sus filas hay corruptos; los hay. ¿Que el partido político es corrupto? De ninguna manera; no hay ningún partido político corrupto, pero entre sus filas hay gente que es indigna, y debemos ser socios para correrlos y para que la Justicia actúe sobre ellos.

No hay una sensación térmica de corrupción que es, al fin de cuentas, lo que se entiende cuando se escucha esto. Nosotros no tenemos diferencia con lo que está pasando en Argentina y en Brasil; es una equivocación pensar que es así. Tenemos los mismos problemas que tienen Argentina y Brasil, pero más chiquitos; tenemos los mismos corruptos que tienen Argentina y Brasil, pero en menor cantidad. ¿Acaso la corrupción de las petroleras de América Latina no fue un ejemplo paradigmático? ¡Vamos! No nos equivoquemos. Por delante tenemos los desafíos más grandes que puede tener la república. Vamos a tener sobre el Uruguay un avance del crimen organizado que va a intentar perforar, meterse y contaminar el sistema político. ¿Acaso no lo vemos? ¿Acaso no vemos que el crimen organizado ha ido por el sistema político en los países del barrio? ¿En el nuestro no va a pasar lo mismo? ¿Nosotros tenemos una coraza que va a impedir el ingreso del narcotráfico y del crimen organizado?

¿Qué tendríamos que estar haciendo hoy en el Senado? No deberíamos estar recortando instrumentos para combatir la corrupción, sino aumentándolos. Si pasamos una línea gruesa, la gente nos va a criticar a todos. Hace unos días un compañero me comentó que los dejara que se metieran en esto porque iban a pagar el costo político. Le dije que estaba totalmente loco, que estaba equivocado. Este es un baldón de barro que nos mancha a todos, es un enchastre para la democracia. ¡Todo el sistema político pierde hoy! No es verdad que pierde solo el Frente Amplio; perdemos todos. «¡Ahí están los políticos votándose cosas para salvarse!»; eso es lo que va a decir la gente, y eso es un veneno para la democracia. No creo que haya un solo senador acá adentro que quiera hacerle mal a la democracia; expresamente, no hay ninguno, pero implícitamente lo están haciendo.

Para terminar, recomiendo un artículo que leí hace muchos años, en 2007. No sé qué edad tendría quien lo escribió en aquel entonces, pero era un liceal. Tampoco lo conozco personalmente y tuve que anotar su nombre porque sabía que me iba a olvidar: Fabián Wajner. Se presentó a un concurso del Banco Mundial para estudiantes –junto a unas 2000 o 3000 personas de todo el mundo– con un trabajo sobre la corrupción y compartió el primer premio junto a un estudiante africano. ¿Cuál fue la novedad de su trabajo?

(Suena el timbre indicador de tiempo).

SEÑORA PRESIDENTA.- Ha finalizado su tiempo, señor senador.

SEÑOR GARCÍA.- Termino enseguida, señora presidenta.

Habitualmente pensamos que en la corrupción hay dos partes: una que corrompe y una corrompida. Sin embargo, él considera que hay tres intervinientes: un corruptor, un corrompido y un corruptente, que es aquel que ve la corrupción y no hace nada para frenarla. Creo que acá, señora presidenta, en la tarde de hoy, sin quererlo, se está consolidando una mayoría que termina oficiando de corruptente.

Muchas gracias.

SEÑORA PRESIDENTA.- Ha llegado a la Mesa una moción para que se prorrogue el tiempo de que dispone el orador.

(Se vota).

26 en 28. Afirmativa.

Puede continuar el señor senador Garín.

SEÑOR GARÍN.- Creo que a lo largo de toda esta discusión ha quedado demostrado que nuestra bancada no está para promover la corrupción ni se nos puede aplicar ningún tipo de calificación en cuanto a que somos promotores de ella, especialmente, porque Uruguay tiene bastante marco legal para abordarla y, si no, no faltará ocasión para poder reafirmar nuevas iniciativas legales que le den cobertura.

Lo que sí creo es que removiendo el artículo 162, lo que está haciendo la mayoría es cerrar una rendija de interpretación que transfiere a un juez la decisión de establecer un delito. No estamos sumando nuevos delitos; estamos cerrando el camino librado a la interpretación arbitraria de convertir el hecho en un delito.

SEÑORA PAYSSÉ.- ¿Me permite una interrupción, señor senador?

SEÑOR GARÍN.- Con mucho gusto.

SEÑORA PRESIDENTA.- Puede interrumpir la señora senadora.

SEÑORA PAYSSÉ.- Podía haber utilizado la vía de la alusión porque cuando se dijo que esto va a ser un enchastre a la democracia, en realidad, nos están involucrando y aludiendo a todos los que hoy vamos a votar el proyecto de ley que está a consideración, pero preferí pedir una interrupción, que agradezco se me haya concedido.

En primer lugar, quiero decir enfáticamente que ni mi partido ni mi persona son cómplices, ni tienen nada que ver con los enchastres a la democracia. Si bajamos el nivel del debate, sí, vamos a terminar, indirectamente, enchastrándola, y eso hay que evitarlo porque nos costó mucho recuperarla. Hay que cuidarla y fortalecerla, no debilitarla.

Lo segundo que quiero señalar, señora presidenta, es que acá se ha dicho que esto constituye un perdona tutti derogatorio o un indulto parlamentario. No quiero atribuir intenciones, no me gusta hacerlo, pero parto de la base de que ninguno de quienes vinieron a asesorarnos –respeto a las cátedras porque conocen y saben bastante más que yo– está, de alguna manera, participando, fomentando o ayudando a tomar posición sobre perdona tuttis derogatorios o indultos parlamentarios. Me parece que es una ofensa.

Por último, quiero decir que el doctor Reyes, de la Asociación de Magistrados del Uruguay, agregó unas cuantas cosas más que las que se dijeron acá y si algo de lo que voy a mencionar ahora ya se dijo, es porque lo quiero reafirmar. El doctor Reyes dijo que este artículo violenta el principio de legalidad; no voy a explicar por qué, pero quiero reafirmarlo porque yo no puedo sentirme conforme si en mi sistema, en mi Código Penal, existe una norma que violenta el principio de legalidad. Sinceramente, si puedo remediarla, la remedio.

También se señaló que entra en crisis el principio de irrefutabilidad. ¡Y cómo no va a entrar en crisis si no sabemos qué refutar! Entra en crisis, lo han dicho quienes nos han venido a asesorar, y yo tomo nota y aprendo, señora presidenta.

Ya se mencionó –pero lo voy a reiterar– que esta tipificación no describe la conducta que se pretende punir o sancionar; la deja ahí, en un limbo, sujeta a la interpretación subjetiva. Tampoco queda claro qué conducta o qué es lo que se vulnera, y eso también atenta contra la legalidad.

Asimismo, se dijo que lo que se necesita son mecanismos contra las malas administraciones y yo estoy totalmente de acuerdo con eso. Pero deben ser mecanismos que no entren en contradicción con estas cuestiones que mencioné anteriormente, si no, estaríamos buscando mecanismos contra las malas administraciones, pero que atentan contra el principio de legalidad o hacen entrar en crisis el principio de la irrefutabilidad.

No es por osadía, señora presidenta, que estoy diciendo estas cosas y que hemos tomado la decisión política de abordar este tema. Para buscar mecanismos contra las malas administraciones deberemos razonar y transitar caminos que terminen con esa difusa línea de distinción entre el ilícito administrativo y el ilícito penal porque, como decía el doctor Reyes, lo que puede ser un abuso en la órbita administrativa no ha de ser siempre una conducta penalmente relevante, aun cuando hubiera móvil espurio.

Señora presidenta: terminando con estas aclaraciones que quería que constaran en la versión taquigráfica, sugiero que si después de analizar los artículos correspondientes del Código Penal y la Ley n.º 17060 vemos que hay huecos, nos pongamos a trabajar en ellos con definiciones concretas que no subviertan estos principios que, de alguna manera, queremos seguir respetando en nuestras normas.

Muchas gracias.

SEÑORA PRESIDENTA.- Puede continuar el señor senador Garín.

SEÑOR GARÍN.- Finalizando mi exposición, quiero decir, claramente, que vamos a acompañar la decisión de nuestra bancada de votar la derogación del artículo 162, con la profunda convicción de que tenemos respaldo jurídico y de naturaleza técnica que nos permite transitar seguros sobre ello. Desde el punto de vista político también tenemos la convicción de que estamos cerrando la posibilidad de dejar librada a la interpretación –por intermedio de un acto arbitrario que establece el artículo 162– la configuración de un delito, lo cual significa trasladar a quien interpreta el acto arbitrario, que es el Poder Judicial, la definición de ese delito. El hecho de cerrar esta puerta significa devolver al Parlamento la posibilidad de que, en caso de ser necesario, establezca nuevos delitos desde la ley agregándolos al nuevo Código Penal o, en caso de que este proyecto se convierta en ley y sea sometido a referéndum, defendiendo los argumentos que tuvimos para derogarlo. Mientras tanto, seguiremos considerando que es nuestro partido político el que asume los costos de poner esto en la opinión pública. En realidad, es la ciudadanía la que debe resolver si estuvimos en el acierto o en el error; lo hará en el referéndum o en el próximo ámbito en que comparezcamos ante ella. Pero de ninguna manera vamos a permitir que la persistencia del artículo 162 sea motivo para sancionar a los funcionarios, en particular a quienes tienen responsabilidad política, desde la interpretación que pueda hacer el Poder Judicial al disponer un acto arbitrario como elemento de definición de un delito.

Es cuanto quería manifestar.

SEÑORA PRESIDENTA.- Para hacer una exposición final, tiene la palabra el miembro informante.

SEÑOR MICHELINI.- Señora presidenta: hoy he actuado de una forma diferente a lo que es mi conducta habitual, ya que permanentemente hago uso de interrupciones y esta vez no lo hice. Eso se debió a la simple razón de que disponía de una hora y media para hablar y de otra media hora para hacer esta exposición, por lo que entendí que quitar tiempo a otros integrantes del Cuerpo en un tema tan sensible era tomar una ventaja que no quería tener. Por supuesto, aquí se han hecho razonamientos que, a mi juicio, están mal y no los comparto; me parecen disparates, entonces, es muy difícil dar el debate cuando se razona así. Aquí se han dicho cosas alegremente, sin escuchar la propia voz. Si el señor senador Bordaberry le dice a la señora senadora Moreira que no ve la realidad, es claro que él no ha escuchado sus propias palabras, tampoco las escucha del senador Lacalle Pou. Por consiguiente, lo que me pregunto es si debo abordar los aspectos jurídicos o los políticos, y digo esto con mucha humildad. El hecho de decir que un blanco se alegra de ser blanco y de la coherencia que tiene, es algo que también podría decir un colorado, un frenteamplista o un integrante del Partido Independiente de la suya. Ahora bien; agregar que las máximas críticas que en su momento recibió el Partido Nacional se hicieron desde la izquierda, indica que quien afirma eso no vivió en este país o, quizás, era demasiado joven. Las principales críticas al Partido Nacional surgieron desde el propio Partido Nacional y no desde la izquierda, aunque no digo que no se hayan hecho. Recuerdo a Machiñena y a Ramírez, entre otros; era tal la discusión en la interna del Partido Nacional, que se llegaron a utilizar frases como las del señor senador Gandini –a quien ahora no veo en sala–, entre las que recuerdo una que fue histórica, aunque no sé si desean que la repita hoy aquí. Entonces, adjudicar todas las críticas a la izquierda –no niego que existieron algunas– y no recordar las que provenían de su propio partido, me lleva a preguntar: ¿Quién, en definitiva, está fuera de la realidad? Decir, como sostuvo el señor senador Bordaberry, que campea la corrupción en Brasil, en Argentina, y que acá la corrupción va a pasar por el abuso de funciones, equivale a afirmar que vamos a combatir la corrupción con el abuso de funciones. O sea que no se va a demostrar el cohecho ni el peculado, ni el peculado con aprovechamiento de errores del otro, la concusión ni la concusión simple, el cohecho calificado ni el tráfico de influencias, ni el soborno o el fraude. Nada de eso se va a probar, solo el abuso de funciones; las valijas que circulan, también corresponden solo al abuso de funciones. Entonces, como dije, no estamos escuchando nuestras propias palabras.

Discúlpeme, señora presidenta, pero en Brasil, donde la corrupción toca a muchos partidos y funcionarios, a nadie están acusando de abuso de funciones, delito que, además, no aparece en el derecho penal brasileño. Me parece que en esos casos hay elementos más graves y un escándalo como el que existe hoy en Brasil no se arma por un abuso de funciones o un abusito de funciones, como me dijo hoy un senador. Sinceramente, creo que a Dilma se le podrán decir muchas cosas, pero su caída empezó cuando comenzó a luchar contra la corrupción, momento en que se la juraron tirios y troyanos, incluso desde su propio partido.

Si bien no se dijo, vamos a ponerlo sobre la mesa porque creo que las cosas hay que decirlas. Pensar que el senador Michelini urdió un plan –no se utilizó exactamente ese término– para involucrar a la bancada del Frente Amplio en la salvación de un amigo, y después cometió el supuesto error de invitar a la comisión al abogado defensor de ese amigo, me parece que es menospreciarme, es considerar que soy un tonto. Acabo de enterarme de eso por la intervención del señor senador Bordaberry y por lo que buscó en Google la señora senadora Payssé, porque no se me ocurrió que el doctor Spangenberg haya estado en la comisión, para mí era Ottati. Pero, además, no sé si está vedado, si él lo tenía que aclarar o si nosotros teníamos que saberlo. Yo no invité a la cátedra penal, aunque sí vi a sus representantes en la comisión. Incluso, el día en que comparecieron, llegué tarde y los conocí ahí. Además, sería muy tonto, porque en mi exposición pensaba mencionar algunos aspectos muy interesantes que destacó el doctor Spangenberg, pero no los dije porque se me acababa el tiempo, pero si hubiera urdido un plan para que compareciera la cátedra de derecho penal de la Universidad Católica, obviamente no habría dejado de nombrarlo. Seguramente, como el señor senador Heber se enamora de sus palabras –admito que yo también–, planteó casi como una situación de índole penal el hecho de que no lo supiera. Sinceramente, no lo sabía y no sé si el señor senador va a preguntar en la secretaría de la comisión, si va a hacer una investigación administrativa o va a plantear una cuestión de fueros moral al doctor. Tampoco sé si los doctores Chaves y Uriarte tenían conocimiento de eso. Además el doctor Spangenberg hizo una exposición teórica y no mencionó ningún caso concreto. Se podrá o no estar de acuerdo con el doctor, pero sí está claro que yo no urdí ningún plan. Yo no estuve en eso, me acabo de enterar y me da mucha gracia que, en vez de plantear la discusión en términos de si esto es bueno o malo, se piense que acá se ha urdido un plan, por vaya a saber qué cabeza corrupta, para salvar a determinadas personas que ya hemos condenado. Supongo –lo deben tener más claro los abogados– que en este caso primará el principio de inocencia también para Lorenzo y Calloia, al menos, hasta que se los condene porque ese juicio aún no terminó. Creo que para todos debe primar el principio de inocencia y más para los abogados.

Si el señor senador García dice que el Frente Amplio tiene corruptos, tendrá que manifestar quiénes son para que finalmente la Justicia dictamine, y primará el principio de inocencia hasta que la propia Justicia determine lo contrario. De no ser así, con la lengua muy fácil descuidamos el honor de las personas y el honor de las personas vale, señora presidenta.

Seguramente han buscado la responsabilidad del senador Michelini, pero este texto se redactó en 1934, y siguieron buscando. Posteriormente, se buscó un texto de 1998, que había vuelto de la Cámara de Representantes, y ahí sí se encontró la responsabilidad del senador Michelini que redactó el artículo 162. ¿Yo redacté el artículo 162? Pero parece que allí estaba la prueba. El señor senador Bordaberry tal vez no me escuchó porque yo hablo bajo y él tiene a veces problemas auditivos, pero seguramente el señor senador Mieres sí pudo escuchar lo que dije. En lo personal, admití que fui de los principales impulsores de la ley anticorrupción. Si así lo desean, pidamos un cuarto intermedio y veamos las versiones taquigráficas; yo tengo toda la noche para aclarar esto. Sin dudas, yo impulsé la ley cristal durante el gobierno del doctor Sanguinetti. Aclaro que soy un gran adversario del doctor Sanguinetti, pero reconozco las virtudes de mis oponentes, pues no creo tener razón en todo. Justamente, ese Gobierno mandó un proyecto de ley que incluía –no estaba en la ley cristal– las modificaciones de las conductas penales. En esa ocasión, no compareció la cátedra ni se dijo nada con respecto al artículo 162, cuando lo que estábamos haciendo era aumentar las penas en los delitos de corrupción. Por mi parte, hice la salvedad –aclaro que el artículo 32 no tiene el 162– de que me hubiera gustado que las penas fueran más altas. No me excuso de nada porque lo que hicimos en todos esos artículos fue subir las penas –no hicimos modificaciones al texto enviado por el Poder Ejecutivo–, producto de la situación, de la discusión que había en ese momento y de lo que había sido la campaña electoral de 1994. Hablo del conjunto de la opinión pública que invoco, aunque digo que hay que tener cuidado porque pasaron veinte años y he aprendido. En los primeros nueve años el expresidente Sanguinetti presenta una iniciativa –tal como dijo la señora senadora Ayala o la señora senadora Passada; no recuerdo exactamente quien fue– por unos desafueros que se presentaron con el voto del Frente Amplio, pero no se llegó a los dos tercios requeridos y quizá los que no votaron tenían razón; quizá no deberíamos, en ninguna circunstancia, dar la autorización para que los jueces procedan a la indagatoria sobre abuso de funciones. No me estoy cubriendo al decir que el Frente Amplio dio los votos para que se llegara al desafuero –quizá los otros tuvieran razón– y, por más que haya personas que se golpean el pecho diciendo que siempre habilitan las cosas, eso no ocurrió.

Incluso, el señor senador Lacalle Pou, en una de esas interrupciones hilarantes que hacemos, interponiendo nuestra voz a la de quien está hablando, le dijo al señor senador Heber que no habían pedido eliminar el delito de abuso de funciones en el caso del contador Braga. Tal vez hubiera sido bueno que lo plantearan y que dijeran que se estaban equivocando; hubiera sido bueno que dijeran que se estaba juzgando a un buen hombre por un delito que no debe existir; hubiera sido bueno advertir a los entusiastas –entre los que me encuentro– que no cometieran ese error. No creo que haya sido bueno –si eran conscientes de la situación– que no se le advirtiera a la sociedad que el delito por el cual se lo estaba juzgando, era un delito del tipo cajón de sastre.

Los magistrados que comparecieron dijeron que si el juez tiene pruebas que no corresponden a ningún delito, pero igualmente cree que hubo delito, entonces con esas pruebas se va al abuso de funciones. Más allá de si se quiere derogar el delito o no, eso es lo que dicen. Los magistrados dijeron que si el juez tiene una prueba –obviamente, se trata de un funcionario porque, de lo contrario, sería ilógico–, pero no entra por cohecho, por estafa, por soborno, ni por cualquiera de esos delitos, entonces, se determina que corresponde el abuso de funciones. Entonces, que se diga que la bancada del Frente Amplio o –más concretamente– que el señor senador Michelini ha ideado un plan y lo lleva a cabo a tambor batiente, no parece razonable. Estamos tratando de aprobar la mayor cantidad de proyectos de ley posibles en las diferentes comisiones. En el día de ayer estuvimos considerando un proyecto de ley en la Comisión de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, y en la Comisión de Constitución y Legislación aprobamos dos proyectos de ley; además, antes habíamos considerado el de abuso de funciones. Evidentemente, los representantes de la mayoría queremos aprobar los proyectos de ley que nos interesan –eso es de cajón–, no vamos a apurarnos con proyectos de ley que le interesan a quienes no cuentan con la mayoría.

Por otra parte, considero que lo del referendo es una joyita, una genialidad. Hablamos de una figura política que dice «hasta el 15 de febrero llegué» y en un acto plantea –sobre un hecho que puede ser importante; sin dudas, para él lo es– la convocatoria a un referendo y el resto se suma sin analizarlo, sin verlo ni conversar al respecto. Supongo que cuando el señor senador Bordaberry dice que no lo conversó ni con su partido tiene razón, entonces, nos estamos enterando todos al mismo tiempo.

Imagínense: estamos tratando de levantar cabeza y de no parecernos a Argentina y a Brasil, y ya está la consigna de cómo Uruguay va directo a la corrupción. La verdad es que no sé qué le van a decir el día de mañana a una persona, nacional o extranjera, que quiera invertir y apostar por Uruguay. ¿Qué se va a decir? ¿Que se eliminó el abuso de funciones, que se está ante un referendo, pero que si no se aprueba, vamos directo a la corrupción total? Es de un patriotismo enorme. Se dice que nos va a costar explicar lo de la cátedra, que nos va a costar explicar esta norma. Se dice que Argentina y Brasil nos abrazaron y estamos con un Estado indefenso ante la corrupción porque se ideó un plan para salvar a un par de amigos. Cuando uno dice: miren que en este momento en esa situación hay personas de todos los partidos, nos dicen que es para salvar a los amigos y que el principal responsable es el señor senador Michelini. Se expresa que soy el principal responsable, el que no dijo que había impulsado las leyes anticorrupción. Esas leyes las defiendo con toda la fuerza. Lo dije, pero ahora parece que no lo dije. Vayan a la versión taquigráfica y lean la parte en que dije: «Soy el impulsor de la ley anticorrupción». A los nueve años comienza una evaluación y de todas las figuras penales anticorrupción, una empezó a ser criticada y a hacer agua. Además, vino la cátedra y la destruyó, lo que me parece justo. Incluso, se formó una comisión con Cairoli y todos dijeron que eso no podía quedar. ¿Quién dice que estamos dando una mala señal?

Me compré una casa a pagar a veinte años y tuve que pedir un préstamo en un banco privado porque el Banco República no me lo otorgaba y soy senador de la república. No me daban el crédito y tuve que ir a la banca privada. ¿Ese es el corrupto? ¿Es corrupto el que paga su casa a veinte años? Además, incluido el seguro de vida.

Señora presidenta: me encantaría que se juntaran firmas. Creo que hay una parte de la sociedad, que no es votante del Frente Amplio, que nos dice que muchas de las cosas que hicimos estuvieron bien, y otras no tanto. Estamos hablando de gente que es formadora de opinión, que es inteligente, que está activa, que está informada. Esa gente seguramente tenga un nivel de vida superior a la media y no se lleva por las redes ni por rumores, sino que se informa bien y es ponderada. Repito, quizás en ese sector la proporción del Frente Amplio es menor que en otras áreas o sectores de la sociedad del país. Me parece que a esa gente no le pueden decir que la oposición está jugada a muerte en un referendo que resolvió en cinco minutos, a partir de una iniciativa que alguien mencionó en esta discusión con toda pasión, a la que el resto se sumó, sin pasarla por los órganos partidarios, sin revisarla ni discutirla, sin conversar con algunos de los diputados. Me imagino a algunos intendentes blancos decir: «¿Qué hicimos?».

Algunos parlamentarios blancos firmaron el proyecto de ley –no estoy diciendo que estuvieran de acuerdo– para su estudio; sin embargo, terminamos en un referendo, a tambor batiente, porque el país se hunde en la corrupción. A mí me encantaría que lo hicieran, porque ya veo que alguna gente va a decir: «Se fueron de pista», incluso muchos que no nos votan. Entre ellos, seguramente habrá abogados a montones, y contadores que van a decir que tendríamos que estar analizando el tema del trabajo, la producción o, quizás, hasta el déficit fiscal. ¿El problema es la corrupción en el Uruguay? ¿Se justifica este lío mayúsculo por sacar el «abusito» –aclaro que este término no lo dije yo; lo hago mío, pero me fue soplado– de funciones?

¡Ojalá lo hagan, señora presidenta! Hemos luchado para que haya libertad, para que los ciudadanos se expresen, para que los partidos sean libres y para que la gente use la Constitución hasta el límite. De manera que lo van a hacer, lo vamos a hacer. Esa es nuestra sociedad, y ¡enhorabuena!, porque nos costó mucho. Ahora bien, si una persona se quiere suicidar, no puedo estar todos los días al lado de ella. Nos dicen que esta es la peor señal y no reflexionan que se están metiendo en un referendo propuesto aquí por quien se va.

Termino, señora presidenta, con la parte más dura. Pocas veces he sentido que la discusión de un proyecto de ley se vuelve algo personal. Creo que ese es el error que cometió el señor senador Bordaberry: lo enfocó de manera personal al senador Michelini.

SEÑOR MIERES.- ¿Me permite una interrupción, señor senador?

SEÑOR MICHELINI.- Con mucho gusto, pero como le dije al señor senador Larrañaga, es la única que doy.

SEÑORA PRESIDENTA.- Puede interrumpir el señor senador Mieres.

SEÑOR MIERES.- Agradezco a la señora presidenta y al señor senador Michelini.

Creo que se está hablando de una hipótesis que hoy no existe, porque no existe la derogación del delito. Gane, señor senador, en la Cámara de Diputados, y después veremos qué pasa, pero no cante victoria antes de que se discuta en la segunda cámara, porque hoy esto es solamente un proyecto de ley.

Tampoco hay que dar por bueno que los partidos de la oposición ya tenemos una decisión tomada. En todo caso, antes de que haya una eventual iniciativa de referendo tiene que haber una ley, y en la cancha se ven los pingos.

SEÑORA PRESIDENTA.- Puede continuar el señor senador Michelini.

SEÑOR MICHELINI.- Señora presidenta: tiene razón el señor senador Mieres, que pone un poco de cabeza fría y dice: «¿Para qué nos vamos a meter en un referendo si todavía no se aprobó en la Cámara de Diputados?». Es más, todavía no se votó en el Senado. Pero el tema del referendo no lo planteé yo; quien dijo que iban a ir un referendo, sin tomar en cuenta la discusión parlamentaria en la Cámara de Diputados, no fue un legislador del Frente Amplio. Entonces, las observaciones del señor senador Mieres en el sentido de que no se ponga a todo el mundo en la misma bolsa de la oposición me parecen atinadas para ellos, pero nosotros no estamos en ningún referendo.

Repito, señora presidenta, que creo que, como pocas veces, se enfocó esto en algo personal. Se empezó diciendo que estábamos quebrando el Reglamento del Senado. Se dijo que esta ley iba a ser inconstitucional por la forma y no por el fondo, porque era una ley para los amigos; se le puso nombre y apellido, y se dio a entender que quien está urdiendo esto es el senador Michelini. No voy a discutir eso. Tengo una trayectoria de mucho tiempo como para que se crea algo así. Si lo hubiéramos querido, lo habríamos presentado al principio del período, teniendo mayoría en ambas cámaras, no como ahora. Estuvimos esperando el análisis del Código Penal, pero como no vino, nos pareció que había que proteger el honor de las personas, no de las actuales, porque ya está destruido, ni de las que ya fallecieron, porque el artículo por el cual fueron procesados los destruyó, sino de las futuras. Estamos hablando de las que tengan que actuar dentro de cinco, diez, quince o veinte años, porque nunca va a ser oportuna la derogación. Pero, repito, no voy a discutir eso.

Lo que sentí hoy –y nunca lo había sentido, pese a que hace veinte años que soy senador– fue un gran odio hacia mi persona por parte de un senador de esta casa, que encontró que había un proyecto de ley votado por mí, que no escuchó que dije que la ley anticorrupción la había empujado y que insistió con la idea de que el abogado de Lorenzo estaba en la comisión. Yo no tengo odio, señora presidenta, no voy a hacer política con odio; voy a hacer política con razonamientos y con discusiones. Creo tener la razón; quizás no la tenga, pero no me llevo por odios. Y sería muy malo que en este Senado se vuelva a discutir un proyecto de ley –cualquiera sea– con ensañamiento hacia una persona. Por supuesto que voy a defenderme; tengo muchos años y no le temo a eso. Pero los políticos uruguayos nos preciamos –lo dice siempre el señor senador Heber cuando está en el exterior– de ser distintos, y hoy sentí que en algún caso no somos distintos. Esperemos que en el futuro ese odio se aplaque.

SEÑOR HEBER.- Pido la palabra para una cuestión de orden.

SEÑORA PRESIDENTA.- Tiene la palabra el señor senador.

SEÑOR HEBER.- Señora presidenta: creo que usted recuerda que había pedido votación nominal de este proyecto de ley.

SEÑORA PRESIDENTA.- Sí, señor senador.

Se va a votar la propuesta del señor senador Heber.

(Se vota).

–31 en 31. Afirmativa. UNANIMIDAD.

Tómese la votación.

(Se toma en el orden siguiente).

SEÑOR AMORÍN.- Voto en forma negativa el proyecto de ley.

SEÑORA AVIAGA.- Voto en forma negativa el proyecto de ley por el que se quiere derogar el abuso de funciones.

SEÑORA AYALA.- Voto en forma afirmativa la derogación del artículo 162.

SEÑOR BERTERRECHE.- Voto en forma afirmativa la derogación del artículo 162.

SEÑOR BIANCHI.- Voto en forma negativa.

SEÑOR BORDABERRY.- Voto por la negativa.

SEÑOR CAMY.- Voto en forma negativa el proyecto de ley.

SEÑOR CARÁMBULA.- Voto por la afirmativa.

SEÑOR CARBALLO.- Voto por la afirmativa.

SEÑOR COUTINHO.- Voto por la negativa.

SEÑOR DELGADO.- Voto por la negativa.

SEÑORA FERREIRA.- Voto en forma positiva.

SEÑOR GANDINI.- Voto por la negativa.

SEÑOR GARCÍA.- Voto por la negativa.

SEÑOR GARÍN.- Voto por la afirmativa.

SEÑOR HEBER.- Voto por la negativa.

SEÑOR LACALLE POU.- Voto por la negativa.

SEÑOR LARRAÑAGA.- Voto por la negativa.

SEÑOR MARTÍNEZ HUELMO.- Por las razones expuestas, voto por la afirmativa.

SEÑOR MICHELINI.- Voto por la afirmativa.

SEÑOR MIERES.- Voto por la negativa.

SEÑORA MOREIRA.- Voto por la afirmativa.

SEÑOR OTHEGUY.- Voto por la afirmativa.

SEÑORA PASSADA.- Voto por la afirmativa.

SEÑORA PAYSSÉ.- Voto por la afirmativa.

SEÑOR PEÑA.- Voto por la negativa y quiero dejar constancia de que esta es la posición política del Partido de la Gente, tanto en esta cámara como en la otra.

SEÑORA RIBERO.- Voto por la afirmativa.

SEÑOR SARAVIA.- Voto por la negativa y voy a fundar el voto.

Quiero señalar que estamos actuando en coherencia con lo que habíamos votado en el período 2005-2010, cuando el senador Eber da Rosa y el doctor Sanguinetti habían presentado este proyecto de ley.

Nuestra posición es muy clara, puesto que siempre hemos dicho que no estamos de acuerdo con la derogación lisa y llana del artículo 162, que aquí se ha discutido.

Hemos firmado, lógicamente, para que este proyecto de ley se discutiera en comisión, porque creemos que hay que habilitar la discusión de estos temas, pero nuestra posición siempre fue contraria a la derogación lisa y llana.

Era cuanto queríamos decir y por eso votamos en esa dirección.

Gracias, señora presidenta.

SEÑORA TOURNÉ.- Voto por la afirmativa.

SEÑORA XAVIER.- Voto por la afirmativa.

SEÑORA PRESIDENTA.- Voto por la afirmativa.

Dese cuenta del resultado de la votación.

SEÑOR SECRETARIO (José Pedro Montero).- Han sufragado 31 integrantes del Cuerpo. 16 lo han hecho por la afirmativa y 15 por la negativa.

SEÑORA PRESIDENTA.- En discusión particular.

Léase el artículo único.

SEÑOR SECRETARIO (José Pedro Montero).- «Artículo Único.- Derógase el artículo 162 del Código Penal (Abuso de funciones en casos no previstos especialmente por la ley)».

SEÑORA PRESIDENTA.- En consideración.

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota).

–16 en 31. Afirmativa.

Queda aprobado el proyecto de ley, que se comunicará a la Cámara de Representantes.

(No se publica el texto del proyecto de ley aprobado, por ser igual al considerado).

24) CÓDIGO DEL PROCESO PENAL

SEÑORA PRESIDENTA.- Se pasa a considerar el asunto que figura en tercer término del orden del día: «Proyecto de ley por el que se modifica el artículo 402 de la Ley n.º 19293, de 19 de diciembre de 2014, en la redacción dada por el artículo 7.º de la Ley n.º 19436, de 23 de setiembre de 2016, y se incorpora el artículo 404 a la Ley n.º 19293, de 19 de diciembre de 2014, Código del Proceso Penal. (Carp. n.º 817/2017 - rep. n.º 447/17 - rep. n.º 447/17 anexo I)».

SEÑORA PRESIDENTA.- En discusión general.

Tiene la palabra la miembro informante, señora senadora Ayala.

SEÑORA AYALA.- Muchas gracias, señora presidenta.

Este proyecto de ley fue analizado con suma celeridad por la comisión, y su articulado fue aprobado casi por unanimidad, ya que viene a subsanar una omisión que se padeció el año pasado en el momento de votar la Ley n.º 19436, que introduce modificaciones a la Ley n.º 19293, Código del Proceso Penal.

En el artículo 1.º se establece una disposición transitoria que es necesaria a efectos de hacer compatible la entrada en vigencia del nuevo Código del Proceso Penal con las causas que se encuentran en trámite y las que se inicien hasta el 15 de julio del presente año.

Es de esa forma que se opta por la pervivencia, en forma transitoria, del Código del Proceso Penal actualmente vigente –Ley n.º 15032–, hasta que las causas abiertas con anterioridad a la fecha de entrada en vigencia de la Ley n.º 19293 y sus modificativas culminen con el dictamen de la sentencia de primera instancia y pasen en autoridad de cosa juzgada.

Asimismo, se establece en detalle un régimen intermedio que aplicará el Poder Judicial para atender estos asuntos, destinando los juzgados y funcionarios a fin de cumplir con la culminación establecida precedentemente.

No es menor decir que, a fin de sanear la situación de aquellos expedientes que se encuentran sin movimiento desde larga data, se dispone en forma excepcional el artículo 402.6, acortando la prescripción a dos tercios.

Por la presente argumentación, la comisión recomienda al plenario la aprobación de este proyecto de ley.

SEÑOR MIERES.- Pido la palabra.

SEÑORA PRESIDENTA.- Tiene la palabra el señor senador.

SEÑOR MIERES.- Solamente quiero decir, señora presidenta, que ayer quedó una duda con respecto al numeral 6 del artículo 402 que, justamente, lo que hace es reducir el plazo de prescripción. En tal sentido, hicimos las consultas y nos han confirmado que, en realidad, la razón por la cual se reduce la prescripción –que nosotros resolvimos que no fuera a la mitad, sino a dos tercios– es el hecho de evitar una superpoblación de expedientes, es decir, facilitar una reducción del número de casos que están en discusión en los distintos juzgados durante el proceso de transición.

Esa fue la respuesta que se nos dio por parte de la Suprema Corte de Justicia. Por tanto, vamos a votar con total tranquilidad.

Gracias, señora presidenta.

SEÑORA PRESIDENTA.- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar en general el proyecto de ley.

(Se vota).

–24 en 24. Afirmativa. UNANIMIDAD.

En discusión particular.

SEÑORA TOURNÉ.- Pido la palabra para una moción de orden.

SEÑORA PRESIDENTA.- Tiene la palabra la señora senadora.

SEÑORA TOURNÉ.- Formulo moción en el sentido de que se suprima la lectura del articulado y se vote en bloque.

SEÑOR CAMY.- Pido la palabra para una moción de orden.

SEÑORA PRESIDENTA.- Tiene la palabra el señor senador.

SEÑOR CAMY.- Solicito se desglose la votación del numeral 6 del artículo 402.

SEÑORA PRESIDENTA.- Se va a votar si se suprime la lectura y se vota en bloque, a excepción del numeral 6 del artículo 402.

(Se vota).

–23 en 23. Afirmativa. UNANIMIDAD.

En consideración el articulado del proyecto de ley, excepto el numeral 6 del artículo 402.

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota).

–22 en 23. Afirmativa.

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el numeral 6 del artículo 402.

(Se vota).

–19 en 23. Afirmativa.

SEÑOR CAMY.- Pido la palabra para fundar el voto.

SEÑORA PRESIDENTA.- Tiene la palabra el señor senador.

SEÑOR CAMY.- Señora presidenta: en la comisión votamos en contra del inciso correspondiente a la modificación del artículo 402.6 –que pertenece a las Disposiciones Transitorias del Código del Proceso Penal–, y por eso también lo hacemos en el plenario. Queremos ahora, brevemente, dejar la constancia de por qué.

Entendemos que esa disposición no está en consonancia con el resto del articulado. Se trata de un modo excepcional de clausurar causas que se encuentran en trámite en el Poder Judicial, una forma de extinguir la pena de un delito –así se expresa en la norma–, y no contamos con los datos relativos a la cantidad de casos que abarca esta clausura ni acerca de la entidad de los delitos por lo que, a pesar de reconocer expresamente el esfuerzo de los compañeros de la comisión por consensuarlo, no estamos convencidos del alcance de este tipo de indulto que se empezaría a otorgar, por lo que, repito, no vamos a acompañar su aprobación.

Muchas gracias.

SEÑORA PRESIDENTA.- Ha quedado aprobado el proyecto de ley, que se comunicará a la Cámara de Representantes.

(No se publica el texto del proyecto de ley aprobado, por ser igual al considerado).

25) LEVANTAMIENTO DE LA SESIÓN

SEÑORA PRESIDENTA.- No habiendo más asuntos, se levanta la sesión.

(Así se hace, a las 17:30, presidiendo la señora Lucía Topolansky y estando presentes los señores senadores Aviaga, Ayala, Berterreche, Bordaberry, Camy, Carámbula, Carballo, Delgado, Ferreira, García, Garín, Heber, Larrañaga, Martínez Huelmo, Mieres, Moreira, Passada, Payssé, Ribero, Saravia, Tourné y Xavier).

LUCÍA TOPOLANSKY Presidenta en ejercicio

José Pedro Montero Secretario

Hebert Paguas Secretario

Adriana Carissimi Canzani Directora general del Cuerpo de Taquígrafos

Corrección y Control División Diario de Sesiones del Senado

Diseño División Imprenta del Senado

Linea del pie de página
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.