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N.º 5 - TOMO 563 - 21 DE MARZO DE 2017

REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY

DIARIO DE SESIONES

DE LA

CÁMARA DE SENADORES

TERCER PERÍODO DE LA XLVIII LEGISLATURA

5.ª SESIÓN EXTRAORDINARIA

PRESIDE EL SEÑOR RAÚL SENDIC Presidente

ACTÚAN EN SECRETARÍA: LOS TITULARES, JOSÉ PEDRO MONTERO Y HEBERT PAGUAS, Y LA PROSECRETARIA, SILVANA CHARLONE

SUMARIO

1) Texto de la citación

2) Asistencia

3) Asuntos entrados

4) Proyecto presentado

– El señor senador García presenta un proyecto de ley por el que se garantiza el acceso público a los datos identificatorios de personas procesadas por delitos de violencia doméstica y de personas que hubieran incumplido, en forma contumaz, las medidas cautelares aplicadas al amparo de la Ley n.º 17514.

• Pasa a la Comisión de Constitución y Legislación.

5) Solicitudes de no archivo de carpetas

• Por moción de los miembros de la Comisión de Ganadería, Agricultura y Pesca, el Senado resuelve no archivar las carpetas n.os 95/2015, 96/2015 y 641/2016.

• Por moción de los miembros de la Comisión de Educación y Cultura, el Senado resuelve no archivar las carpetas n.os 102/2015, 104/2015, 107/2015, 108/2015, 111/2015, 113/2015, 133/2015, 167/2015, 305/2015, 361/2015, 371/2015. 411/2015 y 678/2016.

6) Solicitud de archivo de carpeta

• Por moción de los miembros de la Comisión de Educación y Cultura, el Senado resuelve archivar la carpeta n.o 582/2016.

7) Inasistencias anteriores

– Por secretaría se da cuenta de una inasistencia registrada a la anterior convocatoria.

8) Solicitudes de licencia e integración del Cuerpo

– El Senado concede las licencias solicitadas por los señores senadores Alonso, Bianchi, Coutinho y Passada.

– Quedan convocados los señores senadores Peña, Matiaude, Pesce y Ferreira.

9) y 11) Zonas francas

– Proyecto de ley por el que se modifica el régimen de la Ley n.º 15921, de 17 de diciembre de 1987.

• Aprobado. Se comunicará a la Cámara de Representantes.

10) Homenaje a Niko Schwartz

– Solicitud del señor senador Carámbula para realizar una exposición de veinte minutos sobre el tema, en fecha a determinar.

• Concedida.

12) Levantamiento de la sesión

1) TEXTO DE LA CITACIÓN

«Montevideo, 17 de marzo de 2017

La CÁMARA DE SENADORES se reunirá en sesión extraordinaria el próximo martes 21 de marzo, a las 10:00, a fin de informarse de los asuntos entrados y considerar el siguiente

Orden del día

Discusión general y particular de un proyecto de ley por el que se establecen modificaciones a la Ley n.º 15291, de 17 de diciembre de 1987, sobre zonas francas.

Carp. n.º 271/2015 - rep. n.º 400/2016 - rep. n.º 400/2016 anexo I

Hebert Paguas Secretario - José Pedro Montero Secretario».

2) ASISTENCIA

ASISTEN: los señores senadores Amorín, Aviaga, Ayala, Besozzi, Bordaberry, Camy, Carámbula, Carballo, Delgado, García, Garín, Heber, Larrañaga, Martínez Huelmo, Matiaude, Michelini, Mieres, Moreira, Mujica, Otheguy, Passada, Payssé, Peña, Pesce, Pintado, Saravia, Topolansky, Tourné y Xavier.

FALTAN: con licencia, los señores senadores Alonso, Bianchi, Coutinho, De León y Lacalle Pou; y con aviso, el señor senador Cardoso.

3) ASUNTOS ENTRADOS

SEÑOR PRESIDENTE.- Habiendo número, está abierta la sesión.

(Son las 10:08).

–Dese cuenta de los asuntos entrados.

(Se da de los siguientes).

SEÑORA PROSECRETARIA (Silvana Charlone).- «La Presidencia de la Asamblea General destina mensajes del Poder Ejecutivo a los que acompañan los siguientes proyectos de ley:

• por el que se autoriza al Banco Central del Uruguay a proceder a la acuñación de monedas conmemorativas del cincuenta aniversario del Congreso de Unificación Sindical.

–A LA COMISIÓN DE HACIENDA.

• Por el que se aprueba el Acuerdo entre la República Oriental del Uruguay y la República Italiana sobre cooperación en el sector defensa, suscrito por la República Italiana el 10 de noviembre de 2016 y por la República Oriental del Uruguay el 14 de diciembre de 2016;

• por el que se aprueba la adhesión de la república al Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), suscrito en Washington el 19 de junio de 1970, enmendado el 28 de setiembre de 1979, modificado el 3 de febrero de 1984 y el 3 de octubre de 2001.

–A LA COMISIÓN DE ASUNTOS INTERNACIONALES.

El Ministerio de Economía y Finanzas remite respuesta del Banco de la República Oriental del Uruguay a un pedido de informes solicitado por el señor senador Carlos Camy, relacionado con gastos de publicidad realizados en el año 2016 por dicha institución.

–OPORTUNAMENTE FUE ENTREGADA AL SEÑOR SENADOR CAMY.

El Ministerio del Interior remite respuesta a un pedido de informes solicitado por la señora senadora Viviana Pesce, de fecha 11 de octubre de 2016, relacionado con el incendio ocurrido en las viviendas situadas en la rambla portuaria en las proximidades de la calle Colombia.

–OPORTUNAMENTE FUE ENTREGADA A LA SEÑORA SENADORA VIVIANA PESCE.

El Ministerio de Salud Pública remite respuesta de la Comisión Nacional Honoraria de Zoonosis a un pedido de informes solicitado por el señor senador Marcos Otheguy, relacionado con los presupuestos, recaudaciones y programas de dicha comisión.

–OPORTUNAMENTE FUE ENTREGADA AL SEÑOR SENADOR OTHEGUY.

El Ministerio de Industria, Energía y Minería remite respuesta a un pedido de informes solicitado por el señor senador Pablo Mieres, relacionado con el funcionamiento de la planta de cal de Ancap en el departamento de Treinta y Tres.

El Ministerio de Educación y Cultura remite respuesta del Consejo Directivo Central de la Administración Nacional de Educación Pública a un pedido de informes, de fecha 20 de agosto de 2015, solicitado por el señor senador Pablo Mieres, relacionado con la proyección de apertura de propuestas educativas en la zona del paraje Paso de los Carros, ruta 26, kilómetro 78, departamento de Paysandú.

–OPORTUNAMENTE FUERON ENTREGADAS AL SEÑOR SENADOR MIERES.

La Cámara de Representantes remite aprobado un proyecto de ley por el que se autoriza la salida del país del buque ROU 04 Gral. Artigas con un helicóptero embarcado, plana mayor y tripulación, efectivos del Cuerpo de Fusileros Navales y del Grupo de Buceo y Salvamento de la Armada, compuesto por 150 efectivos, a efectos de participar en el Ejercicio Multinacional Bell Buoy 2017, desde el 12 de abril al 19 de mayo del año 2017, recalando en los puertos de Salvador de Bahía y Río de Janeiro, República Federativa del Brasil.

–A LA COMISIÓN DE DEFENSA NACIONAL.

La Comisión de Ganadería, Agricultura y Pesca, de conformidad con lo establecido en el artículo 163 del Reglamento del Senado, solicita que no pasen al archivo las siguientes carpetas: n.os 95/2015, 96/2015 y 641/2016.

La Comisión de Educación y Cultura, de conformidad con lo establecido en el artículo 163 del Reglamento del Senado, solicita que no pasen al archivo las siguientes carpetas: n.os 102/2015, 104/2015, 107/2015, 108/2015, 111/2015, 113/2015, 133/2015, 167/2015, 305/2015, 361/2015, 371/2015, 411/2015 y 678/2016.

Asimismo, recomienda que se archive la carpeta n.o 582/2016, relacionada con un proyecto de ley por el que se establece el Día de la Orquesta Sinfónica del Sodre, por estar enmarcada dentro del Plan de Cultura del Ministerio de Educación y Cultura.

–SE VA A VOTAR LUEGO DE LEÍDOS LOS ASUNTOS ENTRADOS.

La Comisión de Asuntos Laborales y Seguridad Social eleva informado un proyecto de ley por el que se concede una pensión graciable al señor Andrés Moskovics.

Asimismo, eleva informados proyectos de minuta de comunicación relacionados con los siguientes proyectos de ley:

• por el que se habilita a los profesionales universitarios no incluidos dentro del régimen jubilatorio de la Caja de Profesionales Universitarios para que puedan continuar ejerciendo su profesión posteriormente a su jubilación como trabajadores independientes;

• por el que se modifica el régimen de licencia por paternidad para el caso de fallecimiento o incapacidad absoluta de la madre en el momento del parto o durante el período del puerperio, para trabajadores de la actividad privada;

• por el que se modifica el artículo 3.º de la Ley n.º 19161, de 1.º de noviembre de 2013, referida a subsidios por maternidad y por paternidad para trabajadores de la actividad privada.

–REPÁRTANSE E INCLÚYANSE EN EL ORDEN DEL DÍA DE UNA PRÓXIMA SESIÓN.

La Junta Departamental de Canelones remite copia de las palabras pronunciadas por:

• la señora edila Beatriz Melgar, relacionadas con el tema “Formas de violencia que se llevan a la práctica”.

–OPORTUNAMENTE FUE ENTREGADA AL SEÑOR SENADOR OTHEGUY.

• El señor edil Walter Cervini, relacionadas con el cambio de nombre a un tramo de la calle Doctor Enrique Pouey.

–OPORTUNAMENTE FUE ENTREGADA AL SEÑOR SENADOR LACALLE POU.

La Junta Departamental de Durazno remite copia de las palabras pronunciadas por el señor edil Enrique Erramuspe, relacionadas con la situación de los inspectores de tránsito y de la policía que trabajan en operativos de tránsito.

–TÉNGASE PRESENTE».

4) PROYECTO PRESENTADO

SEÑOR PRESIDENTE.- Dese cuenta de un proyecto presentado.

(Se da del siguiente).

SEÑORA PROSECRETARIA (Silvana Charlone).- «El señor senador Javier García presenta, con exposición de motivos, un proyecto de ley por el que se garantiza el acceso público a los datos identificatorios de personas procesadas por delitos de violencia doméstica y de personas que hubieran incumplido, en forma contumaz, las medidas cautelares aplicadas al amparo de la Ley n.º 17514, de 2 de julio de 2002.

–A LA COMISIÓN DE CONSTITUCIÓN Y LEGISLACIÓN».

(Texto del proyecto de ley presentado).

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5) SOLICITUDES DE NO ARCHIVO DE CARPETAS

SEÑOR PRESIDENTE.- Se va a votar la solicitud de la Comisión de Ganadería, Agricultura y Pesca, de la que se diera cuenta durante la lectura de los asuntos entrados, por la que pide mantener a estudio las carpetas n.os 95/2015, 96/2015 y 641/2016.

(Se vota).

–19 en 21. Afirmativa.

Se va a votar la solicitud de la Comisión de Educación y Cultura, de la que se diera cuenta durante la lectura de los asuntos entrados, por la que pide mantener a estudio las carpetas n.os 102/2015, 104/2015, 107/2015, 108/2015, 111/2015, 113/2015, 133/2015, 167/2015, 305/2015, 361/2015, 371/2015, 411/2015 y 678/2016.

(Se vota).

–20 en 21. Afirmativa.

6) SOLICITUD DE ARCHIVO DE CARPETA

SEÑOR PRESIDENTE.- Se va a votar la solicitud de la Comisión de Educación y Cultura, de la que se diera cuenta durante la lectura de los asuntos entrados, por la que pide se archive la carpeta n.o 582/2016.

(Se vota).

–20 en 21. Afirmativa.

7) INASISTENCIAS ANTERIORES

SEÑOR PRESIDENTE.- Dando cumplimiento a lo que establece el artículo 53 del Reglamento de la Cámara de Senadores, dese cuenta de las inasistencias a las anteriores convocatorias.

(Se da de las siguientes).

SEÑOR SECRETARIO (Hebert Paguas).- A la sesión extraordinaria del 15 de marzo faltó con aviso la señora senadora Walkiria Olano.

8) SOLICITUDES DE LICENCIA E INTEGRACIÓN DEL CUERPO

SEÑOR PRESIDENTE.- Léase una solicitud de licencia.

(Se lee).

SEÑOR SECRETARIO (Hebert Paguas).- «Montevideo, 16 de marzo 2017

Señor presidente de la

Cámara de Senadores

Raúl Sendic

 

De nuestra mayor consideración:

Por la presente, solicito a usted licencia por motivos personales para la sesión extraordinaria del día 21 del corriente.

Sin otro particular, saludamos con la más alta estima.

Atentamente,

Verónica Alonso. Senadora».

SEÑOR PRESIDENTE.- Se va a votar si se concede la licencia solicitada.

(Se vota).

–22 en 23. Afirmativa.

Queda convocado el señor Daniel Peña, a quien ya se ha tomado la promesa de estilo.

Léase otra solicitud de licencia.

(Se lee).

SEÑOR SECRETARIO (Hebert Paguas).- «Montevideo, 20 de marzo de 2017

Señor presidente de la

Cámara de Senadores

Don Raúl Sendic

 

De mi mayor consideración:

Por la presente, solicito al Cuerpo me conceda licencia al amparo del artículo 1.º de la Ley n.º 17827, por motivos particulares, el día 21 de marzo de 2017.

Sin otro motivo, saludo al señor presidente muy atentamente.

Daniel Bianchi. Senador».

SEÑOR PRESIDENTE.- Se va a votar si se concede la licencia solicitada.

(Se vota).

–20 en 23. Afirmativa.

Queda convocada la señora Graciela Matiaude, a quien ya se ha tomado la promesa de estilo.

Léase otra solicitud de licencia.

(Se lee).

SEÑOR SECRETARIO (Hebert Paguas).- «Montevideo, 20 de marzo de 2017

Señor presidente de la

Cámara de Senadores

Raúl Sendic

 

De mi mayor consideración:

A través de la presente, solicito al Cuerpo me conceda licencia al amparo del artículo 1.º de la Ley n.º 17827, de 14 de setiembre de 2004, por motivos personales, el día martes 21 de marzo del corriente.

Sin otro particular, saludo al señor presidente muy atentamente.

Germán Coutinho. Senador».

SEÑOR PRESIDENTE.- Se va a votar si se concede la licencia solicitada.

(Se vota).

–23 en 23. Afirmativa. UNANIMIDAD.

Se comunica que los señores José Amy y Gustavo Cersósimo han presentado nota de desistimiento, informando que por esta vez no aceptan la convocatoria a integrar el Cuerpo, por lo que queda convocada la señora Viviana Pesce, a quien ya se ha tomado la promesa de estilo.

Léase otra solicitud de licencia.

(Se lee).

SEÑOR SECRETARIO (Hebert Paguas).- «Montevideo, martes 21 de marzo de 2017

Señor presidente de la

Cámara de Senadores

Raúl Sendic

 

De mi mayor consideración:

A través de la presente, solicito al Cuerpo me conceda licencia al amparo del literal C) del artículo 1.º de la Ley n.º 17827, de 14 de setiembre de 2004, con motivo de participar en representación de la delegación parlamentaria en la 136.ª Asamblea de la UIP a realizarse en Daca, Bangladés, del 1º al 4 de abril del presente año.

Sin otro particular, saludo al señor presidente muy atentamente.

Ivonne Passada. Senadora».

SEÑOR PRESIDENTE.- Se va a votar si se concede la licencia solicitada.

(Se vota).

–21 en 23. Afirmativa.

Se comunica que el señor Gonzalo Mujica ha presentado nota de desistimiento, informando que por esta vez no acepta la convocatoria a integrar el Cuerpo, por lo que queda convocada la señora Zulimar Ferreira, a quien ya se ha tomado la promesa de estilo.

9) ZONAS FRANCAS

SEÑOR PRESIDENTE.- El Senado ingresa al orden del día con la consideración del único punto del orden del día: «Proyecto de ley por el que se establecen modificaciones a la Ley n.º 15921, de 17 de diciembre de 1987, sobre zonas francas. (Carp. n.º 271/2015 - rep. n.º 400/2016 - rep. n.º 400/2016 anexo I)».

SEÑOR PRESIDENTE.- En discusión general.

Tiene la palabra la miembro informante, señora senadora Ayala.

SEÑORA AYALA.- Señor presidente: muchas gracias y muy buenos días.

La Comisión de Hacienda ha aprobado el presente proyecto de ley, cuyo objetivo es modificar y actualizar la Ley n.º 15921, de 17 de diciembre de 1987, denominada Zonas Francas, adecuándose de esta forma el régimen vigente.

En la década de los ochenta, Uruguay y diversos países de América Latina han impulsado la utilización de este instrumento para la promoción de inversiones, la expansión y diversificación de los mercados de exportación, la utilización de mano de obra nacional y como parte de la integración económica internacional.

La utilización de este instrumento ha concentrado, principalmente, inversiones de gran porte para la producción de manufacturas, el desarrollo de centros logísticos y de servicios, la generación de puestos de trabajo calificado con buenos niveles de remuneración y un plus en el valor agregado de los productos, que incide directamente en el producto bruto interno.

La realidad económica nacional y mundial se encuentra en constante transformación, por lo que es necesario acompañarla.

La comisión recibió el invalorable aporte de distintas delegaciones: el Ministerio de Economía y Finanzas –en representación del Poder Ejecutivo– y representantes de los explotadores y trabajadores de las Zonas Francas de Florida y Libertad. Todas las opiniones recibidas permitieron enriquecer el trabajo que hoy estamos poniendo a vuestra consideración.

El proyecto de ley modifica una parte importante de los artículos contenidos en la Ley n.º 15921, adaptándose a las nuevas exigencias y realidades.

La ley vigente consta de siete capítulos y se agrega un capítulo VIII, «De las Zonas Temáticas de Servicios», de cuyo análisis nos ocuparemos oportunamente.

El artículo 1.º del proyecto de ley sustituye el primer artículo de la Ley n.º 15921, estableciendo los objetivos generales y específicos que componen este instrumento. De esa forma, se declara de interés nacional la promoción y el desarrollo de las zonas francas y se definen sus objetivos con base en las nuevas realidades económicas y de desarrollo. Entre ellos, promoción de inversiones, diversificación de la matriz productiva, generación de empleo, incremento de la ocupación de la mano de obra nacional, impulso de actividades relacionadas con la tecnología y la innovación, promoción de la descentralización de las actividades económicas e inserción del país en el comercio internacional de bienes y servicios.

El artículo 2.º consagra los conceptos ya establecidos en el actual artículo 1.º de la ley vigente con un alcance más preciso y amplio. Define el objeto de las zonas francas en cuanto a las actividades permitidas, que abarcan actividades industriales, comerciales o de servicios, con una concepción más precisa en lo referente al marco normativo aplicable. De esa forma, le son aplicables las leyes y reglamentos generales para cada actividad permitida y otros de normativa específica.

El artículo 3.º incorpora al artículo 1.º vigente un tercer inciso que define qué se entiende por «área metropolitana»: aquella comprendida en un radio de 40 kilómetros respecto al centro de Montevideo.

El artículo 4.º sustituye el actual artículo 2.º en la redacción dada por el artículo 65 de la Ley n.º 17292 referente a la actividad industrial.

Para zona franca, se entiende por actividad industrial el conjunto de procesos y operaciones para la transformación de la materia prima o productos intermedios en productos elaborados.

Este artículo prevé los límites geográficos para la instalación de nuevas zonas francas, un límite en cuanto al monto de la inversión y la previsión del asesoramiento preceptivo de la Agencia Nacional de Investigación e Innovación en caso de que se trate de inversiones iguales o superiores a 1.000:000.000 de unidades indexadas.

A su vez, la norma proyectada sustituye el término «explotador» de zona franca por «desarrollador». Se entendió que esta expresión resulta más adecuada a la nueva concepción que se pretende dar a este instrumento.

El artículo 5.º incorpora un segundo inciso al actual artículo 2.º –identificado como artículo 2.º bis–, cuyo objetivo es establecer qué se entiende por actividades comerciales y logísticas en las zonas francas. Comprende la compraventa de bienes o mercaderías que ingresan allí, tanto las que tienen origen y destino en el exterior como aquellas cuyo origen y destino se ubica en el territorio nacional.

El artículo 6.º incorpora un tercer inciso al artículo 2.º, con el objetivo de establecer el alcance de las actividades de servicios, que podrán brindarse al interior de una misma zona, a usuarios, a desarrolladores de otras zonas o a terceros países. Sin afectar los monopolios o concesiones públicas, los usuarios de zona franca podrán brindar servicios de centro internacional de llamadas –excluyendo el territorio nacional–, casillas de correo electrónico, educación a distancia o emisión de certificados de firma electrónica, con el mismo tratamiento tributario que los servicios prestados desde el exterior. Sin perjuicio de esto, se da al Poder Ejecutivo la facultad de habilitar la prestación de otros servicios desde las zonas francas hacia el resto del territorio nacional.

El artículo 7.º complementa el actual artículo 8.º en cuanto al destino de lo producido por las prestaciones obtenidas por el Área Zonas Francas dependiente de la Dirección General de Comercio –cuando revista la figura de desarrollador– y se dispone que lo recaudado podrá destinarse al mejoramiento de servicios, promoción, publicidad y obras de funcionamiento.

Se incorpora un artículo 8.º bis en el que se establecen algunos cometidos o funciones de los desarrolladores en cuanto a colaborar con el Área Zonas Francas de la Dirección General de Comercio, en el cumplimiento de la normativa vigente y su funcionamiento.

El artículo 9.º sustituye al artículo 14 que está vigente y define el concepto de usuario. Se dispone que son usuarios de zonas francas todas las personas físicas o jurídicas que adquieren derecho a realizar en ellas cualquiera de las actividades de carácter sustantivo comprendidas en la ley, con el alcance que impone la norma.

Por su parte, el artículo 10 incorpora un artículo 14 bis a la ley vigente, por el que se permite a los usuarios de zonas francas realizar actividades fuera del territorio nacional, cuando estas sean complementarias o necesarias para desarrollar lo previsto en el contrato y respondiendo al plan de negocios. Estas actividades deben ser autorizadas o aprobadas por el Área Zonas Francas de la Dirección General de Comercio.

El artículo 11 sustituye al actual artículo 16. Dispone la competencia para las autorizaciones y los procedimientos a seguir en cuanto a los contratos a celebrarse, distinguiéndose si se tratare de usuario directo o indirecto, plazos, planes de negocios, viabilidad económica y financiera, entre otras condiciones a tener en cuenta.

Con respecto al artículo 12, que sustituye al actual artículo 18, debemos señalar que, como regla general, se obliga a los usuarios de zonas francas a emplear en sus actividades un mínimo de 75 % de mano de obra nacional, natural o legal. El anterior porcentaje podrá ser reducido –previa autorización del Poder Ejecutivo– en casos especiales, teniendo en cuenta las características de la actividad a realizar, situaciones de inicio o ampliación de actividades.

El artículo 13 incorpora un segundo inciso al actual artículo 20 –el 20 bis–, que contiene una serie de limitaciones a los beneficios que la norma otorga a los usuarios, para empresas particulares autorizadas a desarrollar una zona franca. Sin embargo, estas podrán acceder a los beneficios previstos en la sección II del capítulo III de la Ley n.º 16906.

Por otra parte, los desarrolladores de zonas francas localizadas fuera del área metropolitana estarán exonerados de todo tributo nacional creado o a crearse, a excepción del IRAE y las contribuciones a la seguridad social.

El artículo 14 modifica el actual artículo 37 en cuanto a determinadas limitaciones referidas al comercio al por menor dentro de la zona franca, disponiendo que no comprenden la provisión de bienes y servicios entre usuarios o entre estos y los desarrolladores, así como las destinadas a satisfacer el consumo final del personal de la zona.

Por su parte, el artículo 15 sustituye al artículo 42, regulando el alcance de la actuación de las empresas particulares autorizadas a operar en la zona franca y las consecuencias de su incumplimiento, tales como multa, revocación de la autorización o pérdida de beneficios.

El artículo 16 introduce un nuevo capítulo a la Ley n.º 15921, identificado como capítulo VIII y denominado «De las Zonas Temáticas de Servicios». Este comprende los artículos 50 a 54. A este respecto voy a realizar una serie de precisiones porque se trata de un tema nuevo que fue ampliamente discutido en la comisión.

La inclusión de zonas temáticas de servicios tiene su origen en la experiencia internacional sobre el tema; se trata de zonas especializadas que tienen una modalidad especial en razón del objeto de la actividad. Con esta propuesta se apunta a la descentralización de determinadas actividades, aspecto atractivo para inversores internacionales. Por la propia naturaleza de estas actividades, se opta por la modalidad de zona franca puesto que flexibiliza el régimen general aunque con ciertas limitaciones.

El artículo 50 define el concepto de zona temática de servicio. Se dispone que tiene por objeto la realización de actividades de carácter específico de servicios. Esto se complementa con lo dispuesto en el artículo 51, referido a actividades y servicios de esparcimiento y entretenimiento, con excepción de los juegos de azar y los audiovisuales, siempre que su desarrollo se ubique fuera del área metropolitana.

Se autoriza al Poder Ejecutivo a flexibilizar los requisitos contenidos en el artículo 4.º y en el inciso primero del artículo 37 de la Ley n.º 15921. En tales casos, los consumidores finales podrán tener residencia fiscal en el territorio nacional o fuera de este, determinándose que las exenciones tributarias respecto al IRAE y al IVA se aplicarán solo para consumidores finales que no tengan residencia fiscal en el territorio nacional, en las condiciones que establezca el Poder Ejecutivo. El contenido de lo expresado se encuentra regulado en el artículo 52 del proyecto de ley.

El artículo 53 refiere a los usuarios de zonas temáticas de servicios audiovisuales, autorizándolos a realizar filmaciones en exteriores en el resto del territorio nacional cuando los costos no excedan el 25 % de los costos totales anuales del usuario correspondiente.

A su vez, se incorporó un artículo 54 por el que se establece que el producido –el canon– a cobrar en esta área se destinará al Fondo de Fomento Cinematográfico y Audiovisual.

A efectos de mantener la seguridad jurídica, los artículos 17 y 18 aseguran las condiciones de los contratos celebrados con anterioridad a la aprobación de este proyecto de ley, en cuanto a beneficios, exoneraciones tributarias, derechos y prórrogas ya autorizadas. En igual sentido y para mantener la seguridad jurídica, el artículo 19 establece el alcance de las limitaciones de nuevas actividades.

El artículo 20 agrega el inciso tercero del artículo 46 al título IV del Tocaf, relacionado con las obligaciones tributarias y la responsabilidad en su cumplimiento. Por su parte, el artículo 22 agrega al artículo 23 del mismo título del Tocaf, el cómputo de gastos salariales.

El artículo 21 recoge la previsión en cuanto a la observancia de la normativa vigente en materia de prevención de lavado de activos y financiamiento del terrorismo en las autorizaciones que se otorguen a los desarrolladores o en la aprobación de contratos de usuarios directos o indirectos.

Los artículos 23 a 26 refieren a derogaciones, a la inclusión de las normas referidas al Tocaf y a la entrada en vigencia de este proyecto, una vez convertido en ley.

Hemos realizado una síntesis del proyecto de ley que está en consideración del Cuerpo para su aprobación.

Quiero señalar que en el momento en que pasemos a la discusión particular haremos algunas consideraciones y propuestas.

SEÑOR CAMY.- Pido la palabra.

SEÑOR PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor senador.

SEÑOR CAMY.- Hemos seguido con mucha atención el planteo realizado por la miembro informante, señora senadora Ayala, porque se trata de un proyecto de ley que para nosotros reviste una importancia singular y respecto del cual nos interesa destacar el trabajo realizado en la Comisión de Hacienda, que fue muy prolongado y que implicó el compromiso de todos sus integrantes. Hubo intercambio de ideas y discusiones en las que se expresaron las diferentes visiones con respecto a lo conceptual.

La señora senadora Ayala fue muy clara al detallar, artículo por artículo, las modificaciones y aquellos aspectos que se pretende mejorar. Después de muchas sesiones, después de escuchar a los protagonistas del Poder Ejecutivo, de las distintas cámaras y a los representantes de las zonas francas existentes en el país, logramos aprobar por unanimidad este proyecto de ley, lo que es digno de resaltar, no porque las unanimidades sean mejores que las expresiones que surjan del legítimo debate de ideas diferentes, sino porque se consiguió a pesar de los matices que existían en el inicio.

Queremos referirnos específicamente al artículo 9.º del proyecto de ley que viene de comisión, que modifica el artículo 14 de la Ley n.º 15921 y corresponde al artículo 23 de la iniciativa remitida por el Poder Ejecutivo.

Estamos hablando de un tema que para el Partido Nacional es conceptual. En el Uruguay, la ley de zonas francas tiene más de noventa años; estas rigen desde el año 1923. Se van a cumplir treinta años desde que en 1987 esa antigua norma fue modificada por la actual ley de zonas francas, Ley n.º 15921. La ley vigente modificó una realidad que funcionaba desde 1923, en la que una empresa podía tener actividades exentas y otras gravadas. O sea que una misma empresa podía tener un depósito en zona franca y, por actividades de almacenaje y logística, no tributar ningún impuesto y, a su vez, ser importadora y pagar impuestos por sus ventas fuera de la zona franca. En estas empresas mixtas convivían actividades gravadas y actividades exentas.

Cuando en el año 1987 se sanciona la Ley n.º 15921, se establece claramente la definición específica a través del artículo 14, por el que se pretende que se separen las actividades exentas de las gravadas; es decir que una empresa de fuera de la zona franca no pueda actuar si está en una zona «franquera», término usado por los usuarios de zona franca.

La cuestión no era que una empresa tuviera una oficina en Montevideo para hacer trámites de apoyo, sino que se determinaba con claridad que la empresa «zonafranquera» solamente podía desarrollar su actividad principal dentro de zona franca y derogaba lo que regía, que era esa convivencia, que consistía en que esa misma empresa estuviera exenta de impuestos para determinadas actividades desarrolladas dentro de la zona franca y tuviera actividades por las que tributaba fuera de esa zona.

En ningún momento se estableció –de hecho, se ha trabajado así por casi treinta años– que pudieran existir actividades no sustanciales ni primordiales a lo que es la esencia del negocio, sino de apoyo fuera de la zona franca.

¿Por qué razón? Porque basta con analizar la situación de la zona franca del país y ver cómo, año a año, progresivamente, se concentran en Montevideo y paradójicamente desaparecen en el interior del país cuando, precisamente, en el espíritu y la letra de las dos normas –la de 1923 y la vigente, de 1987– la promoción de la zona franca era sinónimo de descentralizar, de promover situaciones especiales, territorios francos; de generar, si se quiere, inequidades en zonas que, por su definición, por su razón de existencia, no tenían en este país, desde siempre y tampoco ahora, las mismas oportunidades que se tienen en la capital.

Esto no sucede solo en Uruguay. Tal como expresamos en comisión, estudiamos la región. Por ejemplo, en Chile las zonas francas no están en Santiago de Chile, sino en Antofagasta o en Iquique; en Argentina, se encuentran en Santa Cruz; en Brasil, están en Manaos y no en Brasilia. La lógica es, precisamente, generar condiciones distintas, de conveniencia, propiciando que en aquellas zonas que no tienen las mismas oportunidades para el desarrollo de actividades económicas puedan instalarse empresas impulsadas por estos mecanismos. Paradójicamente, en Rivera está intervenida la zona franca; en Fray Bentos, cerró; en el pueblo Juan Soler, de San José, queda el esqueleto; en Colonia Suiza, prácticamente está liquidada. Sin embargo, en Florida y en Libertad –una capital de departamento y la otra no– hay zonas francas pujantes, funcionan y son íconos de la promoción del desarrollo. Estas zonas francas son las más cercanas a Montevideo; Libertad está a 50 kilómetros y, sin duda, está en el área metropolitana.

Desde ese punto de vista debemos reconocer que el espíritu de aquella ley de 1923 y el de la de 1987 –vigente hasta ahora– ha fracasado en el sentido de que no hemos podido lograr que se promovieran zonas francas en el interior del país, punto central que impulsó la norma. Ese era el objetivo primordial y consta en las versiones taquigráficas de la discusión parlamentaria, suscrito por todos los que en su momento hicieron uso de la palabra.

La historia continúa, porque el artículo 309 de la Ley n.º 18996, de 7 de noviembre de 2012, establecía modificaciones que de manera rigurosa expresaban determinaciones que permitían interpretar que no era posible que existieran oficinas en Montevideo.

Me remito en un cien por ciento a las sucesivas versiones taquigráficas de todo el tránsito parlamentario de este período, del pasado y del anterior. En las versiones taquigráficas correspondientes a la comparecencia de los explotadores –que ahora llamaremos desarrolladores, cosa con la que estoy de acuerdo– de zonas francas de Libertad y Florida consta que en ese momento se dirigieron al entonces presidente de la república, hoy senador Mujica, quien comprendió la situación y se estableció en el artículo 310 del proyecto de ley que fue sancionado en 2012: «Encomiéndase al Poder Ejecutivo la remisión al Parlamento, dentro de los sesenta días de la promulgación de la presente norma, de un proyecto de ley que establezca medidas de promoción e incentivo para la utilización de zonas francas instaladas fuera de la zona metropolitana».

En realidad, la presentación de ese proyecto de ley no se concretó y, por lo tanto, en la Ley n.º 19109, del 23 de julio de 2013, se planteó la validación que permitió que continuaran hasta hoy, en las zonas francas que siguen existiendo en el interior del país, actividades secundarias –¡actividades secundarias!–, con el debido control de la DGI, que de igual manera deben tener todos los ciudadanos y todas las actividades de este país. De ningún modo se pretende eludir la lógica del control de la DGI; ¡parece mentira que haya que resaltarlo en el Senado de la república!

Como decía, esa situación permitió que se siguieran perpetrando estas notorias asimetrías que tienen las zonas francas del interior para competir con los emprendimientos logísticos ubicados en Montevideo, a una mínima distancia del aeropuerto y de todos los servicios, que en este país se concentran en la capital. Podríamos hablar de la logística del transporte, de la logística en general o de la logística financiera para ver que suceden cosas increíbles, tales como que un precinto electrónico para el tránsito de mercaderías en Uruguay tiene un costo mayor para el interior que para Montevideo. El valor del precinto –no el costo del traslado de la mercadería– se determina así: cuanto más lejos se está de la capital del país, mayor es el precio. ¡Es así! ¡Increíblemente es así!

Este proyecto de ley pretende revertir, equiparar y ofrecer a la gente que está más lejos de Montevideo las mismas oportunidades que existen aquí, porque hay cosas que no podemos hacer funcionar. Esto ha pasado y no es culpa nuestra; no es algo de estos años, sino que ha venido sucediendo desde que se sancionó la ley. Lo cierto es que en 1987 arrancamos con ocho zonas francas, y ahora quedan solo dos y las queremos ahorcar. ¡Es así! A modo de ejemplo, voy a citar el estado de situación de la zona franca de Florida. De la versión taquigráfica de las sesiones de la Comisión de Hacienda del Senado surge que en el año 2011 contaba con 376 empresas usuarias vigentes y aproximadamente 600 trabajadores que ingresaban diariamente por puestos directos. En el año 2012 rescindieron sus contratos 30 empresas; en 2013 lo hicieron 34 empresas; en 2014, 28 empresas; en 2015, 25; y a marzo de 2016 rescindieron sus contratos 22 empresas más. Es decir que desde el año 2011 hay un 42 % menos de empresas usuarias vigentes en la zona franca de Florida y alrededor de 400 trabajadores directos menos.

En algunos casos, las empresas nos alcanzaron los documentos que establecen como razón para abandonar la zona franca las mejores condiciones que les ofrece la capital del país para desempeñarse, con la zona franca de Montevideo, con Aguada Park, con los servicios logísticos del puerto libre, etcétera. Esa es la lógica que ha proliferado en estos años. Por supuesto que no estamos en contra; por el contrario, estamos a favor de todo esto porque es muy positivo para el país y debemos propender a ello, pero no a costa de lo que está instalado en el interior de la república.

En definitiva, vamos a acompañar este proyecto de ley y queremos reconocer expresamente el trabajo de la comisión; pero, de manera personal, me gustaría referirme a la señora senadora Ayala, quien ha tenido una permanente disposición de trabajo y con quien hemos dialogado mucho para conocer los matices, las visiones e intentar encontrar una solución al tema.

Por sobre todas las cosas, quiero referirme a este artículo 9.º, porque es conceptual. Se podrá discutir alguna palabra de más o de menos, pero encierra un concepto muy claro: la visión de país que se tiene. Hay números concretos y realidades específicas, pero sabemos que, para poder existir –en estos dos casos–, para poder promoverse más, o para que puedan reabrir las zonas francas que se cerraron, dependemos de este tipo de normas. Para que se entienda, estamos hablando, por ejemplo, de la situación de un cliente usuario de una zona franca que viene del exterior por doce horas: el único aeropuerto internacional está en Montevideo, la mayoría o todas las casas bancarias que tienen sede en el país también se encuentran en la capital, la logística del transporte se centra en Montevideo; ¡todo el país funciona en Montevideo!

El último agregado que se planteó en la comisión y que por unanimidad se impulsa dice: «Con respecto a los usuarios de las zonas francas ubicadas fuera del departamento de Montevideo, podrán desarrollar actividades fuera de las mismas, siempre que estas tengan una naturaleza complementaria de la actividad sustantiva para la que fueron autorizadas a operar en la respectiva zona franca. A estos efectos se consideran como actividades complementarias: las relaciones públicas, el manejo de documentación auxiliar, facturación y la cobranza de bienes y servicios». De no aprobarse este agregado, obviamente –pensando en el ejemplo anterior–, la persona irá a la zona franca de Montevideo, a las distintas expresiones que por suerte tenemos en la capital del país.

Aquí no hay ningún tipo de competencia desleal; de ningún modo se quiere evitar al fisco. ¡No es así! ¡Digámoslo con claridad! Se trata de un tema de concepto. Podemos remitirnos a las leyes de 1923 y de 1987, y los ajustes para el contralor que tenga que hacer la DGI serán bienvenidos, ¡por supuesto! ¡Los está haciendo muy bien! Por lo menos, eso es lo que durante todo este tiempo hemos analizado, de acuerdo con las cifras de la propia DGI en cuanto a la eficiencia de la recaudación.

Esto es muy claro: ¡acá está en juego matar o no matar las zonas francas del interior del país, las únicas dos que quedan, las más cercanas a Montevideo, las más metropolitanas! ¡A las otras ya las matamos!

Entonces, me parece que es algo que hay que decir con contundencia y claridad: este proyecto es una visión de país, es desarrollo nacional integral y es defensa del interior de la república.

Por estas razones, saludo la expresión unánime de la Comisión de Hacienda del Senado de la república para promover este artículo 9.º, que vamos a votar tal como está por reconocer el logro significativo e importante que implica. Naturalmente, estaremos a la espera de las propuestas de mejora que la señora senadora Ayala anunció que podría plantear y, eventualmente, en nombre del Partido Nacional, solicitaremos un cuarto intermedio para reunirnos y ponernos de acuerdo. De todas formas, como esta iniciativa se votó por unanimidad después de mucho trabajo de los integrantes de la Comisión de Hacienda, vamos a respaldarla convencidos de que el Senado de la república está definiendo conceptualmente una defensa equitativa de todo el territorio nacional.

Muchas gracias, señor presidente.

SEÑOR AMORÍN.- Pido la palabra.

SEÑOR PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor senador.

SEÑOR AMORÍN.- Señor presidente: este es un proyecto de ley importante porque toca el sistema de zonas francas que, sin lugar a dudas, en los últimos años, en las últimas décadas del país, ha significado una importantísima fuente de crecimiento laboral y tecnológico, de inserción internacional, de creación de productos y de trabajo para miles de uruguayos que se han insertado en lugares donde los sueldos son –por decirlo de una manera tímida– bastante buenos.

El proyecto original del Poder Ejecutivo entró al Senado en junio de 2015. A casi dos años de esa instancia todavía no se ha aprobado, no porque no se haya trabajado sino, por el contrario, porque hubo cambios muy importantes entre la propuesta original y la que vamos a votar. La comisión recibió a todos los actores –en muchos casos más de una vez– que vinieron a explicarnos el proyecto original y también el que, en definitiva, se votó por unanimidad en la Comisión de Hacienda.

La iniciativa original promovía un cambio importante, con fuertes críticas a lo que había antes, empezando por un tema que parece menor: «ya que vamos a cambiar todo, cambiémosle el nombre y que no se llamen más “zonas francas”, sino “zonas económicas especiales”». El Uruguay tuvo la suerte de que en el Mercosur hubiera una confusión de términos, por lo que los uruguayos que promueven las zonas francas de nuestro país trabajando desde el exterior no necesitaron explicar por qué no se les llamaban más zonas francas, sino zonas económicas especiales, cuando significa exactamente lo mismo. Quiero dejar claro que tanto el Gobierno como la comisión actuaron con sensatez porque vieron que no era bueno –no digo que fuera ridículo– hacer un cambio tan profundo y realizaron modificaciones más razonables.

Este tema de las zonas francas tiene un componente complejo, porque las empresas que están radicadas allí no pagan los mismos impuestos que las que están en territorio no franco. Eso implica que uno de los principales actores –y lo vimos desde que comenzamos el estudio– sea la Dirección General Impositiva, que está siempre preocupada por descubrir cómo viene la trampa que le van a hacer para pagar menos impuestos. Obviamente que fue la DGI la que estuvo más preocupada por este último inciso del artículo 9.º, al que se refirió hace un instante el señor senador Camy. El tema era, fundamentalmente, qué podían hacer las zonas francas que estaban en el interior si las dejaban actuar en Montevideo, cómo iban a hacer para evadir impuestos o evitar pagarlos. Era la DGI, insisto, la principal opositora a este tipo de cambios que se lograron, que a nuestro juicio están bien.

Recibimos a representantes de algunas zonas francas del interior –básicamente la de Libertad y la de Florida– y yo visité alguna de ellas, y puedo asegurar que, en el caso de Florida, el decaimiento que tiene la ciudad es notorio porque más de una de sus actividades tiene enormes dificultades. Imaginen el impacto que produce que un sector que empleaba a 600 personas caiga como lo hizo ahora; piensen el significado que eso tiene para una ciudad como Florida. Es cierto que tienen problemas importantes, pero estos surgen a partir de un cambio de interpretación de la norma. No estamos hablando de una norma nueva sino, reitero, de un cambio de interpretación de la norma, que restringe las posibilidades de esas zonas en forma bastante evidente.

A mí modo de ver, este último inciso del artículo 9.º empareja de alguna manera estas cosas o, por lo menos, mejora la situación.

Uno de los temas más importantes, más interesantes de este proyecto de ley son las zonas temáticas de servicios. Me parece que hay una posibilidad importantísima en estas áreas, por ejemplo –tal como dice el proyecto de ley– en actividades de esparcimiento, entretenimiento y audiovisuales. Uruguay tiene un potencial bien importante en todas estas áreas, especialmente en la de audiovisuales. Por tanto, vamos a acompañar la iniciativa con mucho gusto y con la gran ilusión de que en Uruguay pueda crearse una zona franca temática que posibilite, que empuje y que incentive la producción de audiovisuales –ya sea de películas o de otro tipo de instrumentos–, en la que los uruguayos, siendo tan pocos, hemos trabajado tan bien. Puede percibirse que los uruguayos hacen las cosas bien dentro y fuera del país, y tienen éxito.

Por supuesto que todo esto, que se hace de esta manera, no solo busca la inversión y la actividad uruguaya, sino también que pueda operar el mercado regional y que muchísimos uruguayos puedan trabajar en esto. Me parece que está muy bien.

Estuvimos hablando con la señora senadora Ayala –quien el año pasado presidió la comisión y trabajó con mucho entusiasmo en estos temas– en cuanto a que hay un tema a corregir en el artículo 16, que agrega cuatro artículos a la Ley n.º 15921. Precisamente, en el inciso segundo del proyectado artículo 51 se establece: «El Poder Ejecutivo podrá autorizar el desarrollo de zonas temáticas de servicios para la prestación de los siguientes servicios y actividades complementarias: esparcimiento y entretenimiento; con excepción de juegos de azar; y audiovisuales». En realidad, se pretende que los audiovisuales también se puedan realizar, por lo cual estaría mal redactado. Debería decir: «esparcimiento, entretenimiento y audiovisuales», y después sí la expresión «con excepción de juegos de azar». Con esta disposición se pretende que los juegos de azar queden fuera de esto; entonces, habría que cambiar la redacción.

SEÑOR BORDABERRY.- ¿Me permite una interrupción, señor senador?

SEÑOR AMORÍN.- Con mucho gusto.

SEÑOR PRESIDENTE.- Puede interrumpir el señor senador.

SEÑOR BORDABERRY.- Señor presidente: solicito a los señores senadores que revisen el anexo I al repartido n.º 400 –que es el que tiene el comparativo–, en especial la página 29, en donde se hace referencia al artículo que mencionó recién el señor senador Amorín. En la primera columna está el proyecto de ley enviado por el Poder Ejecutivo, que autorizaba las actividades de esparcimiento, entretenimiento y audiovisuales, como quedó aprobado, pero también autorizaba la atención a la salud. Es decir que dentro de las zonas temáticas de servicios se incluía a la salud y ahora no. Vamos a ser claros: obviamente, nos habría gustado que eso estuviera incluido; nos parece que hubiera estado bien.

Llamo la atención en esto porque, evidentemente, la voluntad política del oficialismo es que los servicios de salud no se incluyan dentro de las zonas francas. Sin embargo, cuando se conoció este proyecto de ley se hicieron públicas algunas iniciativas relacionadas con el tema audiovisual, y también un proyecto de zona franca temática en Maldonado, que era un clúster médico para atraer al turismo con salud, vieja propuesta de la zona balnearia para extender la temporada y brindar servicios en invierno. Ese proyecto fue presentado por un operador suizo y se iba a ubicar en la zona de El Jagüel, donde iba a construirse una ciudad de la salud con las exenciones de las zonas francas. Acá se ha dicho que no, y la verdad es que el oficialismo está en todo su derecho de decir que no. Creo que es porque no quiere que esto afecte al Sistema Nacional Integrado de Salud y, en definitiva, que en Uruguay haya servicios vips en materia de salud. Pero hete aquí que cuando estábamos considerando esta propuesta, que no permite que en las zonas francas temáticas haya servicios de salud, se anunció otro proyecto de salud, no en una zona franca pero sí con los beneficios que otorga la ley de inversiones; es decir que a través de la Comap se iba a lograr el mismo beneficio que tendría una inversión en las zonas francas. Esta vez el operador ya no es esa entidad suiza, sino –según dice la información– una empresa argentina, además de Medical Brokers Internacional y, a su vez, la Asociación Española. Incluso, se expresa que estaba presente su gerente general, Julio Martínez Pérez, así como el titular de Cutcsa, el señor Juan Salgado.

En definitiva, nos vamos a encontrar con que lo que se quiso evitar al establecer ahora que queda excluida, que es una zona franca vinculada al sector de la salud que brindaría servicios al exterior, que competiría con el hospital Sirio Libanés, la Clínica Mayo, etcétera –porque como zona franca no puede prestar servicios en Uruguay–, por vía de la ley de inversiones y la Comap se va a autorizar una inversión diferente con respecto a los otros. ¿Por qué digo esto? Porque, aunque me hubiera gustado que se incluyera la atención a la salud –y respeto las mayorías–, debo advertir que no sería bueno que esa posición del oficialismo, de no permitir la instalación de un servicio de salud distinto en una zona franca, se viera tergiversada por la aplicación de la ley de inversiones para lograr lo mismo, pero con operadores distintos de los que se había planteado inicialmente.

Muchas gracias.

SEÑOR PRESIDENTE.- Puede continuar el señor senador Amorín.

SEÑOR AMORÍN.- En síntesis, señor presidente, la impresión que tuve en la comisión fue que los principales inconvenientes, frenos u oposiciones a las zonas francas surgían de la Dirección General Impositiva por dificultades para controlar, seguramente, por considerarse que puede ser una posibilidad más para evadir impuestos.

En mi opinión, se debe seguir trabajando sobre esta ley porque es un instrumento de enormes posibilidades y que ha dado muchísimo trabajo a los uruguayos: 600 trabajadores en Florida y una enorme cantidad de empleados en Zonamérica y otras zonas francas cercanas a Montevideo, con buenos salarios y posibilidades de crecimiento.

Cuando estábamos cerca de terminar el estudio de este proyecto de ley se nos hizo llegar una iniciativa vinculada al comercio electrónico –e-commerce–, para operar desde las zonas francas, por supuesto, con absoluto control de la DGI. En este caso, tenemos la impresión de que la negativa se debe a que desde la DGI se teme la evasión. Pues bien, pienso que se debe seguir trabajando en este tema, se debe seguir generando fuentes de trabajo para los uruguayos y la oportunidad de que aumenten este tipo de herramientas que son positivas para el país, obviamente, evitando toda posibilidad de evasión impositiva. Los países se mueven y viven con la recaudación; por tanto, estamos de acuerdo con el control firme de la DGI, pero que no se torne en una máquina de negar posibilidades por las dudas. Esa es la preocupación que nos queda cada vez que intervenimos en temas de esta naturaleza.

Muchas gracias.

10) HOMENAJE A NIKO SCHWARTZ

SEÑOR PRESIDENTE.- Léase una solicitud llegada a la Mesa.

(Se lee).

SEÑOR SECRETARIO (José Pedro Montero).- «Montevideo, 21 de marzo de 2017

Señor presidente de la

Cámara de Senadores

Raúl Sendic

 

De mi mayor consideración:

De acuerdo con lo dispuesto por el artículo 171 del Reglamento de la Cámara de Senadores, solicito se me permita realizar una exposición verbal de aproximadamente 20 minutos el día 4 de abril, a efectos de homenajear a Niko Schwartz, periodista de extensa y rica trayectoria en distintos ámbitos incluyendo el parlamentario y quien desde el exilio en México siguió trabajando de cara al país. A punto de cumplir 90 años consideramos oportuno realizarle este homenaje y en él homenajear a una estirpe de periodistas de gran erudición, cultura, responsabilidad y compromiso». (Firma el señor senador Carámbula).

SEÑOR PRESIDENTE.- Se va a votar la solicitud del señor senador Carámbula.

(Se vota).

–27 en 27. Afirmativa. UNANIMIDAD.

11) ZONAS FRANCAS

SEÑOR PRESIDENTE.- Continuando con la consideración del orden del día, tiene la palabra el señor senador Delgado.

SEÑOR DELGADO.- Señor presidente: comienzo mi intervención manifestando que coincido con las últimas palabras del senador Amorín. Quizás perdimos la oportunidad de crear una ley que modifique la Ley de Zonas Francas con un sentido mucho más abarcador, moderno, y menos condicionado.

A veces lo perfecto es enemigo de lo posible, pero obviamente nosotros concordamos con esta modificación votada por unanimidad en la Comisión de Hacienda, órgano presidido entonces por la senadora Ayala, quien tuvo que navegar con un tema tan complejo durante mucho tiempo.

Este proyecto que modifica la Ley n.º 15921 de Zonas Francas, de 1987, ingresó al Senado el 17 de junio de 2015, para luego ser derivado a la Comisión de Hacienda, donde empezó un largo periplo. Se realizaron allí más de veinte sesiones –esto pone de manifiesto la complejidad del tema– y se recibió a varias delegaciones con la intención de recabar la opinión de todos los involucrados. Fueron recibidas delegaciones representantes de las zonas francas del interior y de Montevideo, de la Cámara de Zonas Francas del Uruguay, del Ministerio de Economía y Finanzas, de la Dirección General Impositiva, del Ministerio de Educación y Cultura, del Ministerio de Salud Pública, de los trabajadores y de los usuarios de las zonas francas, así como del Instituto del Cine y Audiovisual del Uruguay, de la Asociación de Productores y Realizadores de Cine del Uruguay, entre otras, y por cierto, algunas concurrieron en más de una oportunidad para hablar sobre este tema.

Este proyecto de ley trata de aggiornar o modernizar la ley vigente sobre zonas francas. Todos podemos coincidir con que esa norma ha tenido una evaluación positiva como instrumento de actividad económica, de instalación de inversiones y de comercios, así como de generación de empleo. Es más; considerando solo el empleo directo dependiente y no dependiente, actualmente trabajan en las zonas francas cerca de 17.000 personas, a lo que debemos agregar que se crean más de mil puestos de trabajo por año.

Pero no hablamos solo de la cantidad de empleos, sino también de la calidad, porque los niveles de remuneración de los trabajadores en las zonas francas, de quienes cumplen tareas en ese marco especial de estatus fiscal –porque a los efectos fiscales es territorio no nacional–, son superiores al promedio del país en su conjunto y a los sectores de la actividad respectiva. Un dato adicional: más del 40 % de los trabajadores dependientes de las zonas francas tienen nivel terciario. Con estos datos queremos significar que es una actividad importante no solo desde el punto de vista cuantitativo, sino que también cualitativamente es vital. Obviamente, tal como lo expresó el señor senador Camy –nos vamos a referir a ello más adelante–, la gran mayoría de estos puestos de trabajo se concentran en las zonas francas de Montevideo o del área metropolitana, la más cercana a la capital. He aquí otro desafío: seguir generando mano de obra, mediante este instrumento, en Montevideo pero también en el interior del país.

Es bueno recordar que si bien las zonas francas disponen de un estatus fiscal especial, tienen la obligación de integrar el 75 % de sus plantillas con personal de nacionalidad uruguaya, sin perjuicio de que, por determinadas razones y en atención al giro empresarial, ese porcentaje puede bajar hasta el 50 %, siempre con autorización del Poder Ejecutivo.

La primera modificación en el proyecto de ley original –que contaba con la iniciativa del Poder Ejecutivo– establecía, como bien señalaba el señor senador Amorín, un cambio de nombre: en lugar de «zonas francas» pasaban a llamarse «zonas económicas especiales». En realidad, hubo unanimidad de todos los actores que vinieron –sobre todo, los usuarios– en que debía operar el sentido común; que el nombre «zonas francas» ya oficiaba como una marca reconocida mundialmente; que el cambio implicaría toda una estrategia para instalar una marca nueva en el contexto internacional; que la marca anterior ha tenido en Uruguay una muy buena reputación y, además, es reconocida por el Mercosur.

Luego de esta puntualización, de lo primero que queremos dejar constancia es de que valoramos la acción del Poder Ejecutivo al volver a la denominación original de «zonas francas» y desistir de la propuesta del primer proyecto de ley, que planteaba que se pasaran a llamar «zonas económicas especiales».

Esa primera iniciativa, en realidad, también incorporaba algunos controles que no eran necesarios porque ya estaban establecidos o porque, al parecer, violentaban –en algunos aspectos, de forma flagrante– los derechos de usuarios y desarrolladores de zonas francas, fundamentalmente en cuanto al cruzamiento de datos entre la Dirección General de Comercio y la DGI, así como también relevaba a esta del secreto de las actuaciones que realizaría en materia inspectiva.

Esta no era la única modificación planteada en cuanto a los controles, sino que además el proyecto de ley original incluía un artículo vinculado a la Dirección Nacional de Aduanas que no solo le daba mayores potestades, sino que facilitaba su instalación dentro de las propias zonas francas. Este aspecto fue comentado por todos los usuarios y desarrolladores de las zonas francas pues la Dirección Nacional de Aduanas ya hace los controles necesarios y tiene acceso irrestricto a la información que requiere.

En un informe elaborado por un estudio jurídico para Zonamérica –una de las zonas francas de mayor envergadura del país–, se expresa: «Es cierto que el derogado Código Aduanero establecía que las zonas francas no integraban el territorio aduanero; pero eso no impedía –y no impidió– que la Dirección Nacional de Aduanas ejerciera dentro de las zonas francas sus funciones de control y de policía aduanera, Art. 5.º del Decreto 454/988». Y agregaba: «Es cierto también que con la sanción del Carau, la DNA puede actuar dentro de la zona franca, lo que clarifica las funciones de control que ya poseía. Pero para conferir mayores funciones de control en las zonas francas, alcanza ya con el Carou, que regula las zonas francas en el título x, “Áreas con Tratamientos Aduaneros Especiales”, capítulo I, arts. 160 a 164, y que le confiere las potestades de control a la DNA, sin perjuicio de las competencias del “Área de Zonas Francas” de la Dirección General de Comercio».

Este artículo –pienso que esto también implica un avance– que relevaba, incluso, el secreto de las actuaciones de la propia DGI, fue eliminado de la propuesta del Poder Ejecutivo.

Otro de los temas –que, quizás, haya sido el que causó las mayores discusiones y, en principio, divergencias– tiene que ver con la operativa de las zonas francas del interior. Como bien decía el señor senador Camy, nominalmente hay varias zonas francas en el interior, pero en los hechos solo quedan funcionando dos: la de Libertad y la de Florida.

En el proyecto de ley original se incluía un artículo que restringía las actividades que esas zonas francas del interior podían hacer en Montevideo, fuera de territorio franco. Obviamente, muchas veces quedaba a la interpretación de los diferentes actores –particularmente, de la Dirección General Impositiva y del Ministerio de Economía y Finanzas– la legalidad o no de realizar estas actividades fuera del territorio franco; nos estamos refiriendo a actividades secundarias.

Es verdad que las zonas francas del interior se ven obligadas a realizar determinadas actividades en la capital. Este no es un tema caprichoso, es un dato de la realidad: todas las grandes empresas instaladas en el interior del país tienen sus oficinas en Montevideo, donde manejan su operativa administrativa. Esto no se debe a que les guste aumentar costos, sino a razones de funcionamiento básico y de acceso a servicios. Nos decían que muchos empresarios vienen por horas a Montevideo y les es mucho más fácil ir directamente a una zona que esté aquí que trasladarse a otra ubicada a varios kilómetros en el interior del país.

La verdad es que esto significa atentar contra la igualdad de oportunidades. Además, como lo expresó el señor senador Camy, en muchos países de la región y del mundo se utilizan instrumentos aduaneros y fiscales como las zonas francas para generar desarrollo en lugares alejados o deprimidos. Así pasa en Argentina, Brasil y Chile. Sin embargo, en Uruguay, una visión por demás centralista hizo que se concentrara en Montevideo el desarrollo principal de las zonas francas.

En cuanto al acceso a los bancos, estamos viviendo un proceso en el que, en el interior del país, cada vez hay menos sucursales del Banco República y en el que todos los días recibimos la noticia del cierre de alguna sucursal bancaria privada, con lo cual la actividad financiera y comercial y muchos servicios conexos se sigue concentrando en Montevideo.

Con el proyecto de ley original, tal como venía del Poder Ejecutivo, estábamos condicionando el desarrollo de estas zonas francas. Tanto desde la zona franca de Libertad como de la de Florida, se hizo referencia a esta situación y, obviamente, esto generó una discusión interesante en la comisión que logramos zanjar, creo, de la mejor manera.

A continuación, leeré una parte de las manifestaciones de los trabajadores de la zona franca de Florida, en ocasión de su visita a la Comisión de Hacienda, el 15 de diciembre de 2016: «Desde el 2011 a la fecha, un total de 150 empresas han abandonado su operativa en la zona franca de Florida» –¡150 empresas, desde 2011 a la fecha!– «rescindiendo sus contratos de usuario y despidiendo a sus trabajadores. De un total de 600 empleados, en la actualidad solamente 265 continuamos trabajando en la zona franca de Florida. Lo cierto es que muchas empresas que contrataban gran número de trabajadores se han retirado y estas personas no consiguieron otro trabajo porque en Florida no hay oportunidades. Por otra parte, importantes empresas han reducido sensiblemente su plantilla de trabajadores y han disminuido la cantidad de turnos. Por ejemplo, hay una empresa muy grande que contrata a muchas mujeres mayores, jefas de hogar, que hoy desarrolla su actividad en un solo turno, cuando antes tenía tres. Esto demuestra que las empresas usuarias están en franca retirada; algunas de ellas han anunciado directamente a su personal que se van a trasladar a Zonamérica. Nos consta que piensan mudarse a la capital porque, además, es lo que sus asesores aconsejan».

Esto era parte de lo que decían los trabajadores de la zona franca de Florida en esa oportunidad y que, en realidad, coincide con lo que decían los propios desarrolladores y usuarios de la misma. Consideraban que si el proyecto de ley se aprobaba tal como venía del Poder Ejecutivo iban a tener, inexorablemente, una vida de desarrollo bastante complicada en el futuro. Es más: se iban a ir vaciando, como ocurrió y está ocurriendo con otras zonas francas habilitadas pero no operadas, que funcionan en el interior del país.

Obviamente, se buscaron soluciones intermedias, lo que originó discusión. Inclusive, se apuntó a alguna solución basada en actividades no sustantivas, entre otras cosas respecto a la exhibición, pero se ponían condicionantes como, por ejemplo, que los productos se pudieran exhibir en eventos específicos pero por un lapso inferior a siete días y siempre que estos no superaran la cantidad de tres al año. En definitiva, eran parches a una situación real y tangible.

También quiero valorar que, a último momento, se aprobó una redacción sustitutiva del artículo 9.º que habilita el desarrollo de actividades complementarias –ese es el concepto– a las actividades sustantivas fuera del territorio franco; obviamente, estamos hablando de las zonas francas del interior. La iniciativa enumera y detalla las que considera actividades complementarias: relaciones públicas, manejo de documentación auxiliar, facturación y cobranza de bienes y servicios. Esa solución, que es la que tenemos hoy a consideración del Senado de la república, terminó siendo aprobada por unanimidad en la Comisión de Hacienda y, además, cuenta con el beneplácito de los usuarios y desarrolladores de zonas francas del interior y sus trabajadores.

Uno de los puntos más discutidos del proyecto de ley fue la incorporación de algunas innovaciones que se adaptan a la realidad, como la creación de tres zonas francas temáticas. Una de ellas corresponde a las zonas francas de esparcimiento, que se mantienen en este proyecto de ley, pero con la exclusión –votada por unanimidad en la comisión– de los juegos de azar. Otra, es la de las zonas francas de salud, a las que hizo referencia el señor senador Bordaberry, que venían en el proyecto original. El Partido Nacional compartía su creación pero, ante la solicitud del Ministerio de Salud Pública y la bancada del oficialismo de retirarlas, no fueron incluidas en el proyecto de ley a consideración del Senado.

Por último, tenemos la creación de las zonas francas de audiovisuales. Al respecto, consideramos que se crea una gran oportunidad que no va en desmedro del desarrollo de la actividad audiovisual que hay en nuestro país actualmente. Cabe mencionar que el Instituto del Cine y Audiovisual del Uruguay presentó su inquietud sobre la creación de zonas francas audiovisuales. No se oponían sustancialmente a su creación, siempre que ayudara a desarrollar la actividad y no generara inequidades en un sistema que funciona relativamente bien y que ha ido creciendo. La verdad es que en el Uruguay hay un creciente desarrollo de la producción publicitaria, fundamentalmente, para el exterior. Este instituto nos habló de un proyecto vinculado al IRAE y de que querían evitar que hubiera una corrida de esta actividad a la zona franca que se crea. Por eso, quiero dejar constancia de que la comisión, por unanimidad, agregó un último inciso al artículo 16 que dice: «El producido de las prestaciones pecuniarias obtenidas por el Estado por los servicios audiovisuales será destinado a las líneas de producción de contenidos audiovisuales nacionales del Fondo de Fomento Cinematográfico y Audiovisual creado por la Ley n.º 18284, de 16 de mayo de 2008». Además, la comisión modificó algunos aspectos de la redacción original del proyecto de ley para precisar cuánto se podía hacer afuera y adentro de la zona franca, de forma de no desbalancear y generar una inequidad con respecto a la industria audiovisual, que se está desarrollando de forma realmente extraordinaria en el país. Asimismo, la comisión incorporó otras modificaciones a la zona franca audiovisual que, desde mi punto de vista, la aggiornan con un sentido de equilibrio. Insisto en que la solución a la que se arribó cuenta con el acuerdo de todas las partes vinculadas al tema.

Señor presidente: la aprobación de este proyecto de ley demoró casi dos años y si bien no es todo lo que quisiéramos, es mejor de lo que hay actualmente. Nos hubiera gustado incluir algunos temas que venían originalmente en el proyecto, pero el Gobierno decidió no hacerlo. Sin embargo, a todas luces, por lo que significa para el Uruguay la generación de empleo de calidad y el desarrollo de la actividad económica con un sentido estratégico, conceptual e integral, este proyecto de modificación de ley de zonas francas –con los cambios acordados por unanimidad en la comisión, que permiten a las zonas francas del interior tener actividades no sustanciales, pero complementarias, resguardadas legalmente– da un paso, quizás no gigante, pero sí importante. Este brinda la posibilidad de desarrollar la actividad en todo el país, con un sentido moderno, de prospectiva y, sobre todo, de igualdad de oportunidades con respecto a Montevideo.

Por eso, señor presidente, el Partido Nacional va a acompañar este proyecto de ley tal como vino de comisión. Ya habíamos insistido en hacerlo en diciembre –cuando estaba para votarse en este Senado– y veníamos reclamando su tratamiento, porque muchos trabajadores, desarrolladores y, seguramente inversores, estaban esperando la aprobación del tema.

Muchas gracias.

SEÑOR MIERES.- Pido la palabra.

SEÑOR PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor senador.

SEÑOR MIERES.- Señor presidente: estamos votando una ley importante. Ya se ha hablado bastante al respecto y nosotros compartimos absolutamente la significación que ha tenido la experiencia de las zonas francas en el país en los últimos treinta años.

Lamentamos la demora. A veces, este ritmo de legislación a uno lo pone nervioso, sobre todo cuando –en casos como este– sabemos que detrás del proyecto existe la posibilidad de captación de inversiones concretas. Obviamente, el ritmo de dos años para aprobar un proyecto de ley no se compatibiliza con la posibilidad de dar respuestas. Digo esto, no solo con relación a este proyecto, sino con respecto a otros temas bastante más importantes que están arriba de la mesa en el Uruguay y que también se están manejando con una lentitud que contrasta con la velocidad y con los ritmos que tiene el mundo hoy en esas materias. De cualquier manera, saludamos haber llegado a este resultado que, además, fue unánime, lo que nos parece una señal muy positiva. El Partido Independiente, que no integra la Comisión de Hacienda, también acompaña este proyecto de ley.

En primer lugar, quiero decir que la legislación de las zonas francas en el Uruguay debía tener algunas actualizaciones y, en ese sentido, era pertinente la aprobación de este proyecto de ley. En segundo lugar, considero que esta ha sido una experiencia positiva para el Uruguay, desde el punto de vista de la captación de inversiones y del desarrollo del empleo, pero también ha tenido éxito en términos comparativos, ya que algunas de estas experiencias han sido valoradas y premiadas a nivel internacional. Hay resultados de zonas francas que, en términos comparados, dan prestigio al país y, a su vez, son un llamador para nuevas experiencias. Por cierto, tienen que estar controladas, limitadas y definidas desde el Estado con reglas de juego claras y exigentes.

Se ha hablado aquí de las zonas francas del interior del país porque el proyecto de ley tiene una novedad: la incorporación de una norma que, de alguna manera, busca revertir las dificultades que ellas han tenido y que contrastan con el desarrollo de la capital. Pero también hay una apertura a nuevos emprendimientos en dos cuestiones temáticas: el entretenimiento y esparcimiento, y el desarrollo de actividades audiovisuales. Las dos son un acierto indudable y me parece muy positivo que, en la comisión, se haya excluido a los juegos de azar de la temática de esparcimiento y diversión. Creo que eso era absolutamente indispensable, y saludo que esta prohibición esté incluida en el proyecto.

Con respecto a las actividades audiovisuales, me parece que esta es un área en la que Uruguay ha mostrado potencialidades muy importantes, a veces a contracorriente, por capacidades propias de nuestros recursos humanos. En este sentido, cabe mencionar el éxito de Federico Álvarez en Hollywood, quien desarrolló destacadas iniciativas a nivel cinematográfico; y no solo podemos hablar de su caso, ya que hay varios uruguayos exitosos en esta área. Sin dudas, existe capacidad de producción nacional y recursos humanos como para que haya una zona franca temática en esta área, que pueda convertirse –¡ojalá!– en un tipo de experiencia similar a la de Cinecittà en Roma, Italia. Lo cierto es que tenemos posibilidades de desarrollar capacidades donde se requiere mucho valor agregado en términos de conocimiento y de recursos humanos, y donde hay gente de muy buen nivel. Por lo tanto, me parece que estamos ante una oportunidad absolutamente valiosa. También considero un acierto de la comisión que los recursos recaudados por el Estado, vinculados con esta zona franca relacionada con los servicios audiovisuales, sean destinados al Fondo de Fomento Cinematográfico y Audiovisual, cuyo cometido es promover esta industria a nivel nacional.

De todos modos, sobre este tema me quedan dos dudas. Por un lado, no tenemos claro que sea buena la incorporación de una flexibilización en cuanto a la nacionalidad de los recursos humanos de las zonas francas. La norma vigente establece que el 75 % de los empleados deben ser uruguayos y la norma proyectada flexibiliza eso, ya que permite que el Poder Ejecutivo autorice a bajar al 50 %. No nos parece que sea una buena idea porque, de alguna manera, la contrapartida de las renuncias fiscales que implican las zonas francas es la oportunidad de empleo para los ciudadanos de nuestro país. Sí se entiende que algunos emprendimientos puedan necesitar mano de obra extranjera por incapacidad en su formación específica, pero creo que la norma que establece el 75 % es suficientemente flexible; repito que no nos convence la flexibilidad para establecer una reducción al 50 %.

Por otro lado, tenemos algunas dudas sobre el agregado que la bancada del partido de gobierno está haciendo con relación a las zonas francas del interior, en cuanto establece, en caso de votarse, una suerte de discriminación entre zonas francas del interior. Es decir, las que existen actualmente tendrían un régimen más favorable y para las que puedan crearse en el futuro se establecerían limitaciones. Por otra parte, se ha dicho que estas condiciones más favorables apuntan a favorecer el desarrollo de las zonas francas en el interior, pero entonces, ¿por qué solo se aplicarían para las que ya están funcionando? Creo que en esto hay un riesgo de legislar con nombre y apellido y, además, de discriminar a las que están por venir.

Estas son las dudas que tenemos, pero en términos generales –obviamente– vamos a votar el proyecto con mucho gusto, más allá de que habríamos preferido aprobarlo antes.

Muchas gracias.

SEÑOR MICHELINI.- Pido la palabra.

SEÑOR PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor senador.

SEÑOR MICHELINI.- Señor presidente: en la medida en que un proyecto viene con tanto respaldo, lo mejor es ahorrar palabras.

No era mi intención intervenir, pero le pedí a la Mesa hacer uso de la palabra una vez que hubieran terminado las exposiciones y a modo de fundamento de voto, para plantear una diferencia que tenemos, no con el proyecto, ya que lo compartimos, sino con el inciso final del artículo 9.º. Sé que estoy –junto con algún otro señor senador o señora senadora–, en minoría, no solo en mi bancada, sino con respecto al resto del Senado. A uno siempre lo llama a la reflexión si realmente tienen razón personas inteligentes y capaces, de la misma bancada o de otros partidos, que fundamentan con tanta fuerza y calor puntos de vista diferentes o contrarios al nuestro. Creo que el inciso final del artículo 9.º, con esa diferencia –el presidente me podrá decir que soy excesivamente detallista– no es un inciso menor. Me parece que las actividades del suelo franco deben estar bien separadas del territorio no franco, ya que no puede haber confusiones ni ambigüedades a la hora de la recaudación por parte del organismo especializado, en este caso, la DGI. No debe correrse el riesgo de que se generen hijos y entenados o, incluso, de que algunos tributen y otros no.

Hago un paréntesis cuando se habla del trabajo en el interior. No hay que ver el trabajo en el interior sobre un solo instrumento. En estos 12 años de gobierno del Frente Amplio –guste o no guste– el trabajo en el interior creció más que en Montevideo, ya sea por las leyes aprobadas como, por ejemplo, la de inversiones, que plantea exoneraciones más altas para la radicación de trabajo en el interior para el desarrollo de la soja, la madera y la celulosa. El trabajo en el interior fue captado más por la ley de inversiones que por la de zonas francas y, si bien hay algún departamento, como es el caso de Florida, que tiene dificultades –que no podemos desconocer– a nivel de empleo, hay otros que no, como es el caso de San José, que en su conjunto ha captado mucha inversión, aunque quizás no tanto en la ciudad de Libertad. Hay que considerar en su contexto el tema del interior porque, incluso, personas a las que se ha tachado como muy centralistas –y quizás lo sean, o lo seamos– han insistido en que la ley de inversiones promueva beneficios más altos para quienes se radican en el interior del país.

Repito que quizás no tenga razón, pero esta es mi convicción y tengo que expresarla. Estoy convencido de que este inciso es negativo; lo considero inoportuno, inconveniente y de dudosa constitucionalidad. Digo que me parece inoportuno porque, si finalmente prosperaran mis fundamentos, o los de otros compañeros de bancada, en la Cámara de Representantes y se eliminara el inciso, se estaría generando cierta ilusión que después terminaría decayendo. Lo considero inconveniente, también, porque tengo la sospecha de que esto puede fragilizar las finanzas públicas, y creo que ninguno de los presentes quiere eso. Me parece, entonces, que en la Cámara de Representantes se deberían mirar estos textos con una lupa más grande.

Creo, además, que esto es de dudosa constitucionalidad, porque se dice que actualmente hay una interpretación restrictiva y que antes era más amplia, pero es la que existe. Si ahora la ley da una interpretación más amplia, quiere decir que la exoneración es más amplia, y en ese caso debería tener iniciativa del Poder Ejecutivo. No soy jurista y no voy a hacer una afirmación categórica en este sentido, pero parece lógico que si se quiere establecer un beneficio por la vía de una exoneración o una interpretación de exoneración de mayor amplitud, la potestad no nos corresponde a nosotros sino el Poder Ejecutivo.

Se me podrá preguntar por qué, si tengo tantas objeciones con respecto a ese inciso final, no lo voto en contra. Podría decir que hay una decisión de bancada que me obliga –o, si quieren llamarlo de otro modo, lo voto por disciplina partidaria–, y con eso bastaría para no tener que agregar ningún fundamento más. Pero tengo un segundo fundamento, señor presidente: creo que si mi bancada está tan convencida de lo que está haciendo y yo no he logrado, con mis argumentos, cambiar la opinión de mis compañeros ni de otros integrantes del Senado, haría muy mal en no votarlo, particularmente en una situación políticamente delicada del Gobierno. Aunque no hubiera primado la disciplina partidaria, políticamente no es bueno que la bancada de gobierno –que tiene la responsabilidad de llevar adelante el respaldo a su gestión–, en estas circunstancias y en este momento, encuentre un par de senadores generando una grieta que no ayudaría en nada.

Por todas estas razones –más allá de los fundamentos, que podrían ser más extensos, de la pasión que podamos poner a nuestras convicciones y de la información adicional que podamos volcar al Senado, que nos hace contrarios a ese inciso del artículo 9.º–, por disciplina y por convicción del momento que estamos viviendo, acompañamos ese inciso y alguna modificación más que se agregue.

Hago la referencia en este punto y no al considerar el artículo, porque creo que mi mayor contribución al debate es establecer la diferencia ahora, para que se vote y luego los compañeros hagan los cambios correspondientes. En este caso lo hará la miembro informante, señora senadora Ayala –rol bien merecido–, que ha defendido el proyecto de ley mejor que nadie.

SEÑORA PAYSSÉ.- Pido la palabra.

SEÑOR PRESIDENTE.- Tiene la palabra la señora senadora.

SEÑORA PAYSSÉ.- Señor presidente: mi exposición va en la dirección argumentada por el señor senador Michelini y agrega algunos elementos.

Quiero plantear que mi bancada –la de la lista 2121– votará en general este proyecto de ley porque lo comparte, aunque tenemos una diferencia que no pudo ser laudada dentro de la bancada, que nos hace expresar aquí que lo haremos por disciplina partidaria, tal como planteó el señor senador Michelini. Lo haremos por las razones que bien explicaba el señor senador, pero también convencidos de que durante el debate o el intercambio que hubo en esta sesión se confirman algunos argumentos que manejamos.

Paso a relatarlo sintéticamente porque no es mi intención hacer una larga exposición, señor presidente, ya que comparto in totum este proyecto de ley, salvo el aditivo que se votó por unanimidad en la comisión pero que no estaba en conocimiento de los que no la integramos. Quiere decir que lo recibimos una vez que estuvo aprobado.

En todas las intervenciones que escuché acá, señor presidente, apareció la convicción –así fue leído, relatado y expresado– de que las actividades a realizar en las «sucursales» –entre comillas– que eventualmente puedan tener las zonas francas del interior en Montevideo, estarían reducidas a actividades complementarias, como dice el aditivo votado por unanimidad en la comisión. Algunos las han desarrollado más y otros menos. Quiere decir que existe el acuerdo de que las actividades son complementarias.

Sin embargo, nosotros recibimos un informe de la asesoría jurídica de la DGI, del Ministerio de Economía y Finanzas, que hace hincapié en la duda generada con respecto a esto, y a la eventualidad –que ya describió el señor senador Michelini– de apartarnos de lo que es la necesaria iniciativa del Poder Ejecutivo para determinadas cuestiones vinculadas a exoneraciones.

Nosotros no logramos el acuerdo en nuestra bancada, por lo que, reitero, por disciplina partidaria votaremos lo que está. Estaríamos de acuerdo con ese aditivo siempre y cuando hubiera un segundo aditivo que nos generara la certeza de que las actividades son complementarias y no que la zona franca tenga potestad de llevar adelante otras actividades.

Al respecto redactamos un aditivo que no plantearé acá –mi planteo es el de mi bancada; quedé en minoría y acato– pero sí leeré. En acuerdo con el Ministerio de Economía y Finanzas y con la DGI, asesorados por quienes de alguna manera son los que están encargados de esto, propusimos un segundo aditivo que dijera: «Las rentas correspondientes a la comercialización de bienes obtenidas por los usuarios directos o indirectos, que realicen cualquiera de las actividades a que refieren los incisos cuarto a séptimo de este artículo, no estarán alcanzadas por las exoneraciones dispuestas por el artículo 19, quedando sometidas al régimen general de tributación».

Ese aditivo, que no fue incorporado por nuestra bancada, es un complemento de lo que se mencionó en esta sesión, en la que siempre se habló de actividades complementarias independientes de las otras.

Insisto, señor presidente, en que estamos ante una propuesta de dudosa constitucionalidad, por lo que planteé anteriormente, y creo que esto se laudaba con el aditivo que acabo de leer y que no tuvo eco en mi bancada.

Por lo tanto, mi intervención en este tramo de la discusión general tiene como finalidad dejar expresa nuestra postura, porque estamos convencidos de que este aditivo solucionaría todos los temas que se han discutido aquí y fortalecería el que haya «sucursales» –entre comillas– en Montevideo. Además, a nuestro juicio, impediría tener que hacer una diferencia que genera dudas, como las que planteó el señor senador Mieres, en cuanto a por qué vamos a legislar para las zonas francas que están, cuando el interés del país es que haya más zonas francas en el interior y que logremos vencer los obstáculos que tienen, para que, ubicadas en su territorio, puedan funcionar como polos de desarrollo. Creo que se podría haber transitado sin ninguna dificultad el camino de agregar al aditivo votado por unanimidad este segundo aditivo.

Como esto no fue posible, queríamos dejar esta constancia en el convencimiento de que, reitero, con ese aditivo estábamos todos en condiciones de votar sin salvedades y sin que se pudiera generar la idea de que puede existir una dudosa constitucionalidad. En este sentido, el reaseguro que debemos tener todos y todas quienes nos expresamos aquí tiene que ver con que esas «sucursales» persiguen como finalidad únicamente las actividades complementarias y no las otras.

Lo que abunda no daña, pero en este caso nuestra propuesta no tuvo eco en nuestra bancada. De manera que reiteramos nuestra postura de votar el proyecto de ley tal cual está, por disciplina partidaria, pero con esas preocupaciones, señor presidente.

SEÑOR CAMY.- Pido la palabra para una cuestión de orden.

SEÑOR PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor senador.

SEÑOR CAMY.- La bancada del Partido Nacional solicita un cuarto intermedio de veinte minutos.

SEÑOR MICHELINI.- ¿No se puede votar en general el proyecto de ley?

SEÑOR CAMY.- Lo podemos votar en general como está, pero proponemos el cuarto intermedio porque ha habido dos propuestas. De una de ellas ya teníamos conocimiento, porque nos la alcanzó la señora senadora Ayala, y la otra acaba de plantearla la señora senadora Payssé.

SEÑORA PAYSSÉ.- En mi caso no fue una propuesta, señor presidente.

SEÑOR CAMY.- Entonces, hay una propuesta que queremos analizar.

Si el Cuerpo lo entiende oportuno, antes de pasar a cuarto intermedio por veinte minutos, podríamos votar en general.

SEÑOR PRESIDENTE.- Si los señores senadores están de acuerdo, en primera instancia vamos a votar en general el proyecto de ley y luego pasaremos a votar la propuesta del señor senador Camy.

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar en general el proyecto de ley.

(Se vota).

–28 en 28. Afirmativa. UNANIMIDAD.

SEÑOR MICHELINI.- Propongo suprimir la lectura, votar todos los artículos del proyecto de ley salvo el artículo 9, y luego pasar a cuarto intermedio.

SEÑOR PRESIDENTE.- Tengo que poner en consideración la propuesta del señor senador Camy.

Se va a votar.

(Se vota).

–27 en 28. Afirmativa.

El Senado pasa a cuarto intermedio por veinte minutos.

(Así se hace. Son las 11:57).

(Vueltos a sala)

–Habiendo número, continúa la sesión.

(Son las 12:22).

En discusión particular.

SEÑORA AYALA.- Pido la palabra para una cuestión de orden.

SEÑOR PRESIDENTE.- Tiene la palabra la señora senadora.

SEÑORA AYALA.- Señor presidente: vamos a proponer que se suprima la lectura del articulado y se vote en bloque, pero antes de eso, vamos a recoger el planteo que hizo en sala el señor senador Amorín.

En el artículo 16, el penúltimo inciso del artículo 51 quedaría redactado de la siguiente manera: «El Poder Ejecutivo podrá autorizar el desarrollo de zonas temáticas de servicio para la presentación de los siguientes servicios y actividades complementarias: audiovisuales, esparcimiento, entretenimiento, con excepción de juegos de azar».

Esta es la única modificación que proponemos al proyecto.

SEÑOR PRESIDENTE.- Si los señores senadores están de acuerdo, junto con la propuesta de la señora senadora Ayala, vamos a votar que el artículo 16 se vote de manera separada.

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota).

–26 en 26. Afirmativa. UNANIMIDAD.

En consideración los artículos del proyecto de ley, a excepción del artículo 16.

Si no se hace uso de la palabra, se van a votar.

(Se vota).

–26 en 26. Afirmativa. UNANIMIDAD.

En consideración el artículo 16 con la modificación que propuso la señora senadora Ayala.

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota).

–26 en 26. Afirmativa. UNANIMIDAD.

Queda aprobado el proyecto de ley, que se comunicará a la Cámara de Representantes.

(Texto del proyecto de ley aprobado).

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12) LEVANTAMIENTO DE LA SESIÓN

SEÑOR PRESIDENTE.- No habiendo más asuntos, se levanta la sesión.

(Así se hace, a las 12:25, presidiendo el señor Raúl Sendic y estando presentes los señores senadores Amorín, Ayala, Besozzi, Camy, Carámbula, Carballo, Delgado, García, Garín, Heber, Larrañaga, Martínez Huelmo, Matiaude, Michelini, Mieres, Moreira, Mujica, Otheguy, Passada, Payssé, Pintado, Saravia, Topolansky, Tourné y Xavier).

RAÚL SENDIC Presidente

José Pedro Montero Secretario

Hebert Paguas Secretario

Adriana Carissimi Canzani Directora general del Cuerpo de Taquígrafos

Control División Diario de Sesiones del Senado

Diseño División Imprenta del Senado

Linea del pie de página
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.