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N.º 9 - TOMO 550 - 13 DE ABRIL DE 2016

REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY

DIARIO DE SESIONES

DE LA

CÁMARA DE SENADORES

SEGUNDO PERÍODO DE LA XLVIII LEGISLATURA

9.ª SESIÓN ORDINARIA

PRESIDEN EL SEÑOR RAÚL SENDIC Presidente Y EL SEÑOR GUILLERMO BESOZZI Primer vicepresidente

ACTÚAN EN SECRETARÍA EL TITULAR JOSÉ PEDRO MONTERO Y LA PROSECRETARIA SILVANA CHARLONE

SUMARIO

1) Texto de la citación

2) Asistencia

3) Asuntos entrados

4) Proyectos presentados

– El señor senador Bordaberry presenta un proyecto de ley constitucional por el que se modifica el artículo 11 de la Constitución de la república, referente al allanamiento nocturno.

– El señor senador Camy presenta un proyecto de ley por el que se modifican varios artículos del Código Civil, referentes a convenciones matrimoniales.

• Pasan a la Comisión de Constitución y Legislación.

5) Pedido de informes

– El señor senador Camy solicita se curse un pedido de informes con destino al Ministerio de Educación y Cultura, y por su intermedio al Consejo Directivo Central de la Adminstración Nacional de Educación Pública, y al Ministerio de Economía y Finanzas, y por su intermedio a la Dirección General Impositiva, relacionado con los funcionarios encargados de la gestión de recaudación del impuesto de primaria.

• Oportunamente fue tramitado.

6) Inasistencias anteriores

– Por Secretaría se da cuenta de las inasistencias registradas a las anteriores convocatorias.

7), 19) y 12) Solicitudes de licencia e integración del Cuerpo

– El Senado concede las licencias solicitadas por los señores senadores Cardoso, Aviaga y Pintado.

– Quedan convocados los señores senadores Saravia, Asiaín y Baráibar.

8) Financiación de los partidos políticos y publicidad electoral

– Manifestaciones del señor senador Pintado.

• Por moción del señor senador, el Senado resuelve enviar la versión taquigráfica de sus palabras a las Direcciones del Partido Independiente, del Partido Colorado, del Partido Nacional y del Frente Amplio, a cada uno de los senadores y representantes nacionales de la presente legislatura, al Instituto de Ciencia Política de la Facultad de Ciencias Sociales de la Universidad de la República y a los institutos similares existentes en las universidades privadas.

10) Postergación del numeral primero del orden del día

– El Senado resolvió volver a postergar este punto para la primera semana del mes de mayo.

11), 14) y 16) Derechos de autor

– Proyecto de ley por el que se modifica la Ley n.º 9739.

• Aprobado. Se comunicará a la Cámara de Representantes.

13) Rectificación de trámite

• A solicitud de la Comisión de Salud Pública, el Senado resuelve pasar la carpeta n.º 490/2016 a la Comisión de Asuntos Laborales y Seguridad Social.

15) Prórroga de la hora de finalización de la sesión

• Por moción del señor senador Saravia, el Senado resuelve prorrogar la hora de finalización de la sesión hasta culminar la consideración del punto.

17) Levantamiento de la sesión

1) TEXTO DE LA CITACIÓN

«Montevideo, 12 de abril de 2016

La CÁMARA DE SENADORES se reunirá en sesión ordinaria mañana miércoles 13 de abril, a las 09:30, a fin de informarse de los asuntos entrados y considerar el siguiente

Orden del día

1.º) Elección de miembros de la Comisión Permanente del Poder Legislativo (artículo 127 de la Constitución de la república).

2.º) Discusión general y particular de un proyecto de ley por el que se modifica la Ley n.º 9739, de 17 de diciembre de 1937, sobre derechos de autor.

Carp. n.º 293/2015 - Rep. n.º 237/2016

Silvana Charlone Prosecretaria - José Pedro Montero Secretario».

2) ASISTENCIA

ASISTEN: los señores senadores Agazzi, Amorín, Aviaga, Ayala, Berterreche, Bianchi, Bordaberry, Camy, Coutinho, De León, Delgado, García, Heber, Lacalle Pou, Larrañaga, Lorier, Martínez Huelmo, Meléndez, Michelini, Mieres, Moreira, Olesker, Otheguy, Pardiñas, Passada, Payssé, Pintado y Saravia.

FALTAN: con licencia, los señores senadores Carámbula, Cardoso, Mujica, Topolansky, Tourné y Xavier; y, con aviso, la señora senadora Alonso.

3) ASUNTOS ENTRADOS

SEÑOR PRESIDENTE.- Habiendo número, está abierta la sesión.

(Son las 09:36).

–Dese cuenta de los asuntos entrados.

(Se da de los siguientes).

SEÑORA PROSECRETARIA (Silvana Charlone).- «El Poder Ejecutivo remite mensajes por los que comunica la promulgación de los siguientes proyectos de ley:

• por el que se autoriza al Ministerio de Salud Pública, Gobiernos departamentales y municipales encargados del control de vectores trasmisores de enfermedades que representen un riesgo sanitario, a ingresar en los predios baldíos o fincas deshabitadas;

• por el que se aprueban el Acuerdo entre la República Oriental del Uruguay y el Reino de los Países Bajos sobre intercambio de información tributaria y su protocolo, firmado en la ciudad de La Haya, Reino de los Países Bajos, el 24 de octubre de 2012, y notas reversales firmadas en La Haya, Reino de los Países Bajos, el 16 de febrero de 2013.

–AGRÉGUENSE A SUS ANTECEDENTES Y ARCHÍVENSE.

La Cámara de Representantes remite copia de las siguientes exposiciones escritas:

• Presentada por el señor representante Nicolás Olivera, relacionada con la situación del puente Paso de los Molles sobre el río Queguay Grande, en el departamento de Paysandú.

–OPORTUNAMENTE FUE REMITIDA A LA COMISIÓN DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS.

• Presentada por el señor representante Gastón Cossia, relacionada con las próximas elecciones universitarias y la importancia de los ámbitos de discusión y reflexión sobre los modelos y las oportunidades educativas para nuestro país.

–OPORTUNAMENTE FUE REMITIDA A LA COMISIÓN DE EDUCACIÓN Y CULTURA.

• Presentada por el señor representante Gastón Cossia, relacionada con los casos de leishmaniasis visceral canina detectados en el departamento de Salto.

–OPORTUNAMENTE FUE REMITIDA A LA COMISIÓN DE SALUD PÚBLICA.

• Presentada por el señor representante Dari Mendiondo, relacionada con las expropiaciones de las casas donde nacieron el general José Artigas y el general Manuel Oribe.

–TÉNGASE PRESENTE.

La Junta Departamental de Canelones remite copia de la versión taquigráfica de las palabras pronunciadas por el señor edil Fernando Melgar, referentes al fallecimiento de la señora exsenadora Martha Montaner.

–OPORTUNAMENTE FUE REMITIDA A LA BANCADA BICAMERAL FEMENINA.

La Junta Departamental de Florida remite copia de una resolución por la cual se solicita al Parlamento nacional se prorrogue el seguro por desempleo de los trabajadores de la cooperativa El Águila.

–TÉNGASE PRESENTE».

4) PROYECTOS PRESENTADOS

SEÑOR PRESIDENTE.- Dese cuenta de un proyecto presentado.

(Se da del siguiente).

SEÑORA PROSECRETARIA (Silvana Charlone).- «El señor senador Pedro Bordaberry presenta, con exposición de motivos, un proyecto de ley constitucional, de acuerdo con lo establecido por el literal D del artículo 331 de la Constitución de la república, por el que se modifica el artículo 11 de la Constitución de la república, referente al allanamiento nocturno.

–A LA COMISIÓN DE CONSTITUCIÓN Y LEGISLACIÓN».

(Texto del proyecto de ley presentado).

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SEÑOR PRESIDENTE.- Dese cuenta de otro proyecto presentado.

(Se da del siguiente).

SEÑORA PROSECRETARIA (Silvana Charlone).- «El señor senador Carlos Camy presenta, con exposición de motivos, un proyecto de ley por el que se modifican varios artículos del Código Civil, referentes a convenciones matrimoniales.

–A LA COMISIÓN DE CONSTITUCIÓN Y LEGISLACIÓN».

(Texto del proyecto de ley presentado).

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5) PEDIDO DE INFORMES

SEÑOR PRESIDENTE.- Dese cuenta de un pedido de informes.

(Se da del siguiente).

SEÑORA PROSECRETARIA (Silvana Charlone).- «El señor senador Carlos Camy, de conformidad con lo es tablecido en el artículo 118 de la Constitución de la república, solicita se curse un pedido de informes con destino al Ministerio de Educación y Cultura, y por su intermedio al Consejo Directivo Central de la Adminstración Nacional de Educación Pública; y al Ministerio de Economía y Finanzas, y por su intermedio a la Dirección General Impositiva, relacionado con los funcionarios encargados de la gestión de recaudación del impuesto de primaria.

–OPORTUNAMENTE FUE TRAMITADO».

(Texto del pedido de informes).

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6) INASISTENCIAS ANTERIORES

SEÑOR PRESIDENTE.- Dando cumplimiento a lo que establece el artículo 53 del Reglamento de la Cámara de Senadores, dese cuenta de las inasistencias a las anteriores convocatorias.

(Se da de las siguientes).

SEÑOR SECRETARIO (José Pedro Montero).- A la sesión ordinaria del día 12 de abril faltó con aviso el señor senador Tabaré Viera.

7) SOLICITUDES DE LICENCIA E INTEGRACIÓN DEL CUERPO

SEÑOR PRESIDENTE.- Léase una solicitud de licencia.

(Se lee).

SEÑOR SECRETARIO (José Pedro Montero).- «Montevideo, 13 de abril de 2016

Señor presidente de la

Cámara de Senadores

Raúl Sendic

De mi mayor consideración:

 

Por la presente, solicito a usted y al Cuerpo que preside licencia para el senador José Carlos Cardoso por los días 2, 3 y 4 de mayo de 2016, de acuerdo al artículo 1.º, literal A, de la Ley n.º 17827.

Sin otro particular, lo saludo muy atentamente.

Álvaro Delgado. Senador. Coordinador de Bancada».

SEÑOR PRESIDENTE.- Se va a votar si se concede la licencia solicitada.

(Se vota).

–15 en 16. Afirmativa.

Queda convocado el señor Jorge Saravia, a quien ya se ha tomado la promesa de estilo.

8) FINANCIACIÓN DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS Y PUBLICIDAD ELECTORAL

SEÑOR PRESIDENTE.- El Senado ingresa a la media hora previa.

Tiene la palabra el señor senador Pintado.

SEÑOR PINTADO.- Señor presidente: a partir de diferentes hechos acontecidos en la región y en el mundo, en los que quedó en evidencia la necesidad de analizar lo que el politólogo Daniel Chasquetti y otros autores llaman la relación entre la política y el dinero, nos atrevimos a incursionar en este tema.

Daniel Chasquetti nos interpela con sus reflexiones, y en mi opinión se impone que repasemos los niveles de autonomía de nuestros partidos políticos. En los últimos años hemos avanzado mucho en la legislación sobre la financiación de los partidos, y un poco menos en materia de publicidad electoral. Pero tenemos que seguir preguntándonos si no es posible avanzar aún más y si necesitamos mejores mecanismos de control respecto de los dineros que se destinan a las campañas electorales. ¿No deberíamos limitar mucho más los aportes privados e incrementar los aportes públicos hasta llegar a una financiación predominantemente –o hegemónicamente– estatal, para que el desarrollo de la actividad política, concebida como de servicio, no dependa de la capacidad que se tenga de recibir apoyos privados?

Otra pregunta que deberíamos realizarnos es si en este país, con la población que tiene y con las distancias que maneja –todas ellas se pueden alcanzar sin mayores dificultades–, se justifica la inversión millonaria en publicidad electoral, fundamentalmente en televisión. Ahora que está de moda el debate sobre la accesibilidad igualitaria a los espacios gratuitos de televisión, me pregunto: ¿acaso el cobro de tarifas diferenciadas no es una afectación al acceso igualitario a la televisión? ¿No sería mejor, para ser igualitarios, prohibir que los partidos políticos hicieran campaña en la televisión, teniendo en cuenta esta cercanía que tenemos con la población uruguaya, en un país que no llega a los mil kilómetros entre una punta y otra y que cuenta con apenas más de tres millones de habitantes? ¿Es correcto que los partidos políticos, en la publicidad electoral, nos presentemos de una manera similar a como se hace con los productos que se venden en los comercios?

Tengo aún más interrogantes acerca de estos temas –seguramente todos las tenemos–, por lo que creo que llegó la hora de intercambiar ideas al respecto.

Señor presidente: no estoy proponiendo una comisión parlamentaria, sino expresándome sobre estas cuestiones, pero espero que los legisladores que consideramos necesario analizarlas podamos reunirnos e intercambiar ideas sobre ellas, sin votaciones y sin representaciones predeterminadas, para después, eventualmente, acordar los cursos de acción.

Tenemos que anticiparnos a los fenómenos globales y poner atención en ellos, porque si bien hoy parecen ajenos y lejanos, sinceramente creo que no estamos libres de ellos.

Solicito que la versión taquigráfica de mis palabras sea enviada a las Direcciones del Partido Independiente, del Partido Colorado, del Partido Nacional y del Frente Amplio, a cada uno de los senadores y representantes nacionales de la presente legislatura, al Instituto de Ciencia Política de la Facultad de Ciencias Sociales de la Universidad de la República y a los institutos similares existentes en las universidades privadas.

Es cuanto tenía para manifestar.

Muchas gracias.

SEÑOR PRESIDENTE.- Se va a votar el trámite solicitado por el señor senador.

(Se vota).

–19 en 19. Afirmativa. UNANIMIDAD.

Damos la bienvenida a la barra a los alumnos de sexto año de la Escuela Aparicio Saravia, de Piedras Blancas. Muchas gracias por acompañarnos.

Hemos finalizado la media hora previa. Correspondería ingresar en el orden del día.

SEÑOR MICHELINI.- ¿Me permite, señor presidente, para una cuestión de orden?

SEÑOR PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor senador.

SEÑOR MICHELINI.- Señor presidente: solicitamos un cuarto intermedio de veinte minutos.

SEÑOR PRESIDENTE.- Se va a votar.

(Se vota).

–19 en 19. Afirmativa. UNANIMIDAD.

El Senado pasa a cuarto intermedio por el término de veinte minutos.

(Así se hace. Son las 09:46).

(Vueltos a sala).

–Habiendo número, continúa la sesión.

(Son las 10:29).

9) SOLICITUDES DE LICENCIA E INTEGRACIÓN DEL CUERPO

SEÑOR PRESIDENTE.- Léase otra solicitud de licencia.

(Se lee).

SEÑOR SECRETARIO (José Pedro Montero).- «Montevideo, 13 de abril de 2016

Señor presidente de la

Cámara de Senadores

Licenciado Raúl Sendic

De mi consideración:

Por la presente solicito a usted de acuerdo con la Ley n.º 17827, me conceda licencia a partir del día 18 de abril hasta el 29 inclusive, por motivos personales.

Sin otro particular, saludo a usted atentamente.

Carol Aviaga. Senadora».

SEÑOR PRESIDENTE.- Se va a votar si se concede la licencia solicitada.

(Se vota).

–15 en 15. Afirmativa. UNANIMIDAD.

Queda convocada la señora Carmen Asiaín, a quien ya se ha tomado la promesa de estilo.

10) POSTERGACIÓN DEL NUMERAL PRIMERO DEL ORDEN DEL DÍA

SEÑOR PRESIDENTE.- Correspondería ingresar al orden del día con la consideración del asunto que figura en primer término, relativo a la elección de miembros de la Comisión Permanente del Poder Legislativo. Hemos acordado que lo trataremos en la primera semana del mes de mayo, por lo que vamos a postergar su tratamiento hasta esa fecha.

11) DERECHOS DE AUTOR

SEÑOR PRESIDENTE.- Se pasa a considerar el asunto que figura en segundo término del orden del día: «Proyecto de ley por el que se modifica la Ley n.º 9739, de 17 de diciembre de 1937, sobre derechos de autor. (Carp. n.º 293/2015 - Rep. n.º 237/2016)».

SEÑOR PRESIDENTE.- En discusión general.

Tiene la palabra la miembro informante, señora senadora Passada.

SEÑORA PASSADA.- Muchas gracias.

Antes de comenzar con el informe sobre el proyecto de ley que vamos a considerar quisiéramos agradecer a la secretaría de la Comisión de Educación y Cultura que durante todo este tiempo trabajó conjuntamente con nosotros y realizó los aportes necesarios.

También queremos decir que durante la discusión de estas modificaciones recibimos a distintas delegaciones, como corresponde cuando estudiamos un proyecto de ley. Concurrieron representantes de la Cámara Uruguaya del Libro, de la Fundación de Cultura Universitaria y sus trabajadores, y del Centro de Estudiantes de Derecho. También recibimos aportes de la FEUU –Federación de Estudiantes Universitarios del Uruguay–, del Consejo de Derechos de Autor y del propio Ministerio de Educación y Cultura, que a medida que íbamos avanzando en la discusión nos acercó algunos textos que, en muchos casos –y así lo harán saber los distintos miembros de la comisión–, fueron incorporados en las modificaciones que hoy estamos presentando.

Por otro lado queremos decir que si bien los tiempos legislativos pueden resultar insuficientes para analizar los temas, por suerte tenemos dos cámaras. Por lo tanto, sabemos que las modificaciones que hoy estamos realizando van a ser discutidas nuevamente en la segunda cámara, lo que significa que no es un proyecto de ley cerrado; por el contrario se seguirá discutiendo, recibirá otros aportes o quizás sea objeto de otras miradas respecto a algunas de las modificaciones que hoy estamos realizando. Entendemos que ese proceso es válido y además fortalece los propios contenidos a los cuales estamos abocados.

También quiero hacer un reconocimiento al Centro de Estudiantes de Derecho porque como todos saben, este proyecto de ley que hoy estamos presentando arranca con un hecho que todos conocemos –allá por el 2013– y que impulsó a estos estudiantes a formular una propuesta que ahora estamos discutiendo.

Entendemos que no es un tema menor porque expresan que se sienten afectados en su derecho a estudiar. Tampoco es menor este planteo en momentos en que muchas veces se dice que los jóvenes no se involucran, no son críticos ni participan. En este caso participaron, pensaron en ellos, en su futuro y también en el futuro de otros estudiantes. En estos días he escuchado decir que parecería que estuviéramos legislando solo para los estudiantes actuales. De ser así estaríamos contradiciendo algo que es fundamental y que propone la propia Unesco: estudiar es para toda la vida. Entonces, no solamente estamos mirando y legislando para los que hoy están estudiando, sino también para usted y para nosotros. Muchas veces incluso, en la propia Biblioteca del Poder Legislativo, cada uno de nosotros ampliamos nuestros conocimientos o investigamos.

Creo que esto también lleva a sincerarnos porque todos los que estamos acá presentes hemos sacado copias privadas. Sería poco sincero y algo falso no decirlo.

Entiendo que la discusión merece esa mirada en el plano educativo y en el desarrollo del conocimiento, que es a lo que estamos abocados y comprometidos como sociedad. Estoy convencida de que todos los colegas, más allá de las distintas miradas que puedan tener sobre estas modificaciones, están de acuerdo con esa lógica.

También quiero decir que fuimos aprendiendo sobre el tema que estábamos analizando –en varias oportunidades lo señaló el señor senador Amorín en la comisión– a medida que avanzábamos en la discusión y recibíamos a las delegaciones. Eso fue realmente bueno, porque además de contarse con la mirada legislativa se tuvo también la de otros actores.

Comenzando con el tratamiento del proyecto de ley, nos parece que es positivo darle un marco histórico.

Las primeras regulaciones sobre monopolios de impresión vigentes se remontan, fundamentalmente en el territorio uruguayo –y así ocurrió en varios Estados–, a la dominación española. En otras partes del mundo, sucedía exactamente lo mismo: en el origen, estos monopolios, que estaban centrados en España, también se encontraban en las colonias, donde se prohibía la impresión, la venta de libros y de otras obras impresas si no contaban con la licencia de la Corona. El monopolio de la impresión no era otra cosa que el permiso que les podía otorgar la propia Corona, y cuando no se cumplía con ello o se cometían infracciones, se sancionaba con la quema de todos los libros en la plaza pública.

No obstante estas regulaciones que se fueron desarrollando con los ciclos históricos, la primera imprenta que apareció en nuestro territorio, en la Banda Oriental, data del año 1807, y fue traída por los ingleses durante su segunda invasión. Tres años después, en el año 1810, aparece una nueva imprenta donde se empieza a imprimir lo que conocemos como La Gaceta de Montevideo.

Sin embargo, los primeros casos en el mundo que recogen leyes en lo relativo al derecho de copia provienen de la antigua Irlanda. Precisamente, el manuscrito irlandés más antiguo existente –el de los salmos– apareció en el siglo VII, pero podríamos decir que lo que se conoce formalmente como derechos de autor o copyright data, aproximadamente, del siglo XVIII. El primer autor en el mundo que reclamó estos derechos –mucho antes del Estatuto de la Reina Ana, promulgado allá por el año 1710 en el Reino Unido, en esas disputas que había entre ambas Coronas– fue Antonio de Nebrija, el creador de la Gramática de la lengua castellana –nada más ni nada menos– e impulsor de la imprenta de la Universidad de Salamanca en el siglo XV.

Hacemos referencia a este marco histórico, porque creemos que no estamos hablando de temas nuevos, sino que, por el contrario, son muy antiguos y han presentado situaciones de contradicción que inclusive al día de hoy seguimos manteniendo.

El derecho de autor y el copyright constituyen dos concepciones de la propiedad literaria y artística. El primero viene de la familia del derecho continental, mientras que el segundo deriva del derecho anglosajón. El derecho de autor se basa en la idea de un derecho procesal del autor donde se funda una identidad entre autor y creación. En consecuencia, se reconoce que la obra es expresión de la persona del autor y así se protege como tal, mientras que la protección del copyright se limita estrictamente a la obra y le reconoce al autor su autoría; no lo considera como un autor propiamente, pero entiende que tiene derechos que determinan las modalidades de utilización de una obra.

Queremos destacar que el derecho autoral cuenta con protección legal desde hace largo tiempo. Es por eso que las modificaciones que estamos proponiendo radican en una clara necesidad de la actual legislación, que regula diversos aspectos del derecho de autor y de los derechos conexos, que pueden tener el mismo grado de actualización, cosa que hasta la fecha no ha sucedido.

Un motivo fundamental para buscar esa regulación y ese equilibrio que tanto nos preocupó cuando discutimos estas modificaciones es, justamente, que las disposiciones y las excepciones a los derechos de autor y derechos conexos no fueron tenidas en cuenta ni incluidas en la reforma de la Ley n.º 17661, de 10 de enero de 2003, que no modificó el texto del artículo 45 de la Ley n.º 9739, de 17 de diciembre de 1937, en el que se enumeran los casos que no se consideran reproducción ilícita.

Fíjese, señor presidente, que estamos hablando de una ley que tiene casi ochenta años –deberíamos pensar en todos los cambios tecnológicos que se han producido durante el transcurso de todo este tiempo y que necesariamente debemos acompasar–, y que es allí donde quedan explícitas esas limitaciones y excepciones al derecho de autor y a los derechos conexos, y donde se establece a qué se aplicará el dominio público pagante y qué no tendrá el carácter de ilícito.

Originariamente se sostenía que el derecho de autor estaba impregnado fuertemente por la noción de interés público, pero con el tiempo y la influencia del pensamiento del siglo XIX se fue dejando esa idea para pasar a la de uso exclusivo, donde las propias leyes marcarían las limitaciones y donde los Estados, fundamentalmente, tendrían que involucrarse con las modificaciones a realizar.

El objeto de los derechos de autor está formado por un bien inmaterial ya que se trata de producciones de fuerte contenido intelectual, artístico, de investigación, donde se resalta el intelecto humano de los autores. Por tanto, no pueden ser apropiados como cualquier otro bien material. Muchas veces, su reproducción y su acceso permiten ampliar el conocimiento de uno o de varios individuos, y en definitiva, de una sociedad.

Cuando llegamos al siglo XX, esos derechos sociales se transforman en un derecho humano. Hoy no podemos dudar de que la educación es, entre otros, un derecho humano fundamental, y por eso la importancia de poder acceder a él. Creo que lo que se ha colocado en la discusión interna y externa es el derecho a estudiar, y yo agrego: el derecho a estudiar durante toda la vida.

Comienza así un período que se caracteriza por la búsqueda del equilibrio entre la protección del interés y los derechos de autor o de los autores, sin olvidar que es en la sociedad en la que recae el derecho a la educación, y que es ella la que debe tener derecho a la libre circulación de la información y acceder al conocimiento. De lo contrario, las sociedades continuarán atrasándose cada vez más o se producirá un desnivel entre aquellas en las que los Estados o los Gobiernos apoyan e impulsan el desarrollo del conocimiento, y las otras, que se pierden en la búsqueda del equilibrio, postergando un derecho tan fundamental como es el de estudiar.

Estas transformaciones que se dieron en el mundo –y que continuarán produciéndose– en torno al derecho de autor, debieron ir evolucionando para conceder derechos a sus titulares y extendiéndose a distintas orientaciones, ampliando su cobertura a otros beneficiarios, como los artistas, intérpretes, producciones sonoras, organismos de radiodifusión y titulares de los derechos conexos. Estas producciones legales de carácter nacional también se sustentan en normas internacionales y multilaterales, entre las que se destaca el Convenio de Berna que protege las obras literarias y artísticas, los acuerdos sobre derechos de la propiedad intelectual que tienen relación con el comercio, y distintos tratados ratificados por Uruguay.

Me interesa destacar que todas las excepciones que proponemos en este proyecto de ley relativo al derecho de autor tienen como objeto la educación, el aprendizaje y el uso de obras arquitectónicas y visuales, para uso personal y sin fines de lucro, para uso de las bibliotecas, ¡y vaya si nos veremos muy beneficiados, una vez que este proyecto de ley sea aprobado, de poder acceder a todo el conocimiento que alberga la hermosa Biblioteca del Palacio Legislativo!, ya que nosotros también tenemos limitantes.

Esta iniciativa guarda relación con la legislación de otros países y no incurre en ningún tipo de enmienda que violente tratados bilaterales de inversión. Quiero recalcar la importancia que esto tiene –más adelante lo analizaremos con mayor profundidad en la discusión particularporque la iniciativa se sustenta en manifiestos internacionales que aseguran que no se violenta ningún tratado bilateral de inversión, lo que no es un elemento menor; eso fue discutido en comisión y se nos presentó la documentación que asegura que es así.

Asimismo, es importante destacar que todo lo que tiene que ver con limitaciones y excepciones no tiene el mismo rango de atención en materia internacional, donde se deja a las legislaciones nacionales actuar en materia y a los Gobiernos generar políticas públicas, ¡y vaya si hemos intentado hacerlas! Entendemos que la primera política pública de un país, de un Estado y de un Gobierno es consagrar el derecho a estudiar y a la educación.

Si bien los países han ido legislando, colocando límites y generando ese tipo de excepciones –cuando la necesidad lo ameritaba–, hay que reconocer que nosotros debemos avanzar desde el punto de vista legislativo atendiendo las particularidades de nuestro país. También hay que señalar que todos los representantes de los partidos políticos que integran la Comisión de Educación y Cultura estuvieron de acuerdo en dos cosas: en el contenido de las modificaciones que estábamos realizando –aunque, por supuesto, más adelante se planteen salvedades– pero, fundamentalmente, en que estábamos buscando un equilibrio entre la protección de los intereses de los ciudadanos y los derechos de los autores, y ese fue uno de los puntos que supimos resguardar en la discusión. Por eso nos parece necesario avanzar en esta materia, en la búsqueda del equilibrio entre la protección del interés y el derecho de los autores, al que estamos haciendo referencia. Obviamente –fuimos sumamente cuidadosos–, puede haber distintas visiones sobre el tema, pero no en cuanto al espíritu y al contenido de estas modificaciones, de cuya promoción me consta han participado desde el año 2013 no solamente quienes impulsamos esta iniciativa, sino también los colegas del Partido Nacional y del Partido Colorado. Si bien es cierto que luego en la discusión se marcarán los distintos matices con respecto a este proyecto de ley, no nos preocupa porque con relación a la sustancia, tenemos una misma mirada.

Se creía que con la reforma realizada en el año 2003, que supuestamente ampliaba los derechos de autor a los artistas y demás, era suficiente, y por eso durante estos trece años esa reforma no fue objeto de modificaciones. Ahora, por medio de este proyecto de ley, se busca lograr el equilibrio que mencionamos, asunto al que nos abocaremos en la discusión particular. En este proyecto de ley se deja claro que las excepciones buscan subsanar ese desequilibrio entre los derechos de autor y conexos, y los de los usuarios y la sociedad en su conjunto, que son, pura y exclusivamente, los beneficiarios.

Por otro lado, luego de realizar las consultas pertinentes, podemos afirmar que esta reforma eleva al máximo los niveles de protección establecidos en todos los tratados internacionales. Nadie duda que todas las normas que promovemos, relativas a las limitaciones y excepciones por parte de los Estados –en este caso, del nuestro–, hacen que estos cumplan con su obligación de instar a que los derechos de autor –así como todos aquellos que tengan que ver con la propiedad intelectual– sean considerados como un derecho humano fundamental. Este elemento no es menor y debemos recalcarlo en la discusión de estas modificaciones, así como también el origen y fundamento de este proyecto de ley, que fue nada más ni nada menos que la protección del derecho a estudiar y al acceso al conocimiento como un derecho humano fundamental, siempre teniendo en cuenta ese equilibrio que hemos buscado.

En consecuencia, este proyecto de ley atiende limitaciones y excepciones que provocan un impacto en temas de vital importancia, como es el acceso no solo a la educación, sino también a la investigación, a la ciencia y a la propia cultura. Estos límites y excepciones y esa protección legal tienen como objeto facilitar ese acceso, sacando del ámbito penal ciertas conductas que no tenemos la menor duda de que corresponden al derecho civil. Para ello, esta iniciativa ampara la reproducción de material, efectuada sin fines de lucro o sin la intención de causar un perjuicio. Aquel que se sienta afectado por una demanda de indemnización podrá apelar bajo estas normas generales de responsabilidad civil.

Quizás podamos tener una mirada diferente sobre este tema, pero creemos que es necesario que la sanción no quede regida en el ámbito penal, porque ya de por sí acciones que son sin fines de lucro pueden estar sancionadas en todo su cuerpo por el ámbito penal, siempre hablando –obviamente– de la copia privada.

Esta es la fundamentación sobre el proyecto en general; luego entraremos al estudio de los artículos que estamos proponiendo con las modificaciones correspondientes.

Quiero dejar constancia de que en la discusión final hicimos una propuesta –que puede ser debatida en la sesión de hoy o quizás podamos trasladarla a la segunda cámara– que refiere a la conformación de una comisión de seguimiento. ¿Por qué una comisión de seguimiento? ¿Por qué estamos convencidos de que es necesaria? Porque dentro de ciento ochenta días, con los cambios tecnológicos que se generan a diario, tendremos que ver qué es lo que sucede. Personalmente, creo que las leyes no se sancionan para toda la vida, las leyes necesitan ver cómo tienen su discusión y también su aplicación. Esa comisión, que no sería con fines legislativos y estaría integrada no solo por actores del ámbito legislativo, sino también por quienes estuvieron involucrados en la discusión de este proyecto, podría ver los avances, la aplicación, y si son necesarias algunas modificaciones o nuevos aportes que se tengan debido a los cambios tecnológicos que hoy experimentamos.

Si el señor presidente lo permite, solicito que la señora senadora Moreira, con quien trabajamos sobre este proyecto, explique los artículos para complementar este informe.

SEÑOR AMORÍN.- Pido la palabra.

SEÑOR PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor senador.

SEÑOR AMORÍN.- Señor presidente: en aras de no entorpecer la discusión, no tengo inconvenientes en que la señora senadora Moreira se refiera ahora a cada uno de los artículos. Si quienes estamos anotados permitimos que la señora senadora Moreira dé una explicación artículo por artículo, la discusión fluye normalmente y después podremos seguir con la lista de oradores.

SEÑORA MOREIRA.- Pido la palabra para una aclaración.

SEÑOR PRESIDENTE.- Tiene la palabra la señora senadora.

SEÑORA MOREIRA.- Señor presidente: no tengo inconvenientes en hacer mi intervención ahora. Es una exposición global y, además, explicaré artículo por artículo, pero dado que el proyecto cuenta con el respaldo y la firma de todos los partidos, preferiría que todos diéramos nuestra opinión y luego hacer la exposición más detallada.

SEÑOR PRESIDENTE.- En ese caso, continúa con el uso de la palabra el señor senador Amorín.

SEÑOR AMORÍN.- Gracias, señor presidente.

Este es un proyecto de ley interesante; diría que más que interesante, es importante, y le ha dado bastante trabajo a la Comisión de Educación y Cultura. Fue un trabajo interesante y en común porque todos tenían los mismos objetivos. Podría compartir casi todas las expresiones de la señora senadora Passada –no digo que todas, pero casi– respecto al trabajo que se ha hecho, al esfuerzo de la secretaría y de todos quienes trabajan en la comisión. Por su parte, las visitas que tuvimos nos ilustraron en un tema muy específico, en el que, por lo menos yo, podría decir la frase socrática: «Solo sé que no sé nada». Ahora sabemos un poco, pero vamos aprendiendo. Entre otras cosas, aprendimos de muchas de las delegaciones. De la primera que recibimos en este período, que fueron los estudiantes que promovieron esta iniciativa, aprendimos algo fundamental: el equilibrio que debe tener este proyecto de ley.

Cuando estuvimos en la Facultad de Derecho hablando sobre este proyecto nos comprometimos a apoyarlo y a trabajar en la mayoría de sus artículos. Así lo dijimos e insistimos en el tema, y creo que hay una frase o una palabra que presidió todo este acuerdo: «equilibrio», el equilibrio entre el derecho de los autores, que tenemos que proteger con firmeza, y el derecho de una cantidad de actores sociales que también deben tener la posibilidad de acceder fácilmente a algunos medios que básicamente tienen que ver con la educación y la investigación. Me parece que este proyecto de ley abarca esos temas. ¿Qué es lo que hace? Hay una ley madre del año 1937, la ley sobre derechos de autor, que defiende con firmeza los derechos de autor, y eso está bien, es necesario. Los autores son trabajadores, como cualquier otro, que ponen su intelecto para poder mejorar la sociedad y ganarse la vida; las dos cosas, porque si no se pueden ganar la vida, no van a poder seguir trabajando de esto. Es decir que la ley los protege con firmeza y con fuerza, y me parece bien que así sea.

Sin embargo, el artículo 45 marca una cantidad de excepciones para los casos en que existe la posibilidad de que otros actores sociales, de alguna manera, enfrenten ese derecho de autor sin ningún tipo de sanción. Lo que hizo la comisión fue agregar algunas otras excepciones a este derecho de autor consagrado en la ley de 1937. Me parece que eso está bien, porque como dijo con mucha claridad la señora senadora Passada, el mundo va cambiando. Supongo que en 1937 no existían las fotocopias; cuando yo era estudiante las fotocopias eran caras, y el mundo va cambiando. Por supuesto que no existían los soportes informáticos ni la tecnología que hoy existe; por lo tanto, es razonable que las leyes se vayan adaptando a las cosas que surgen.

¿Cómo nació este tema? ¿Cómo se hizo público? ¿Cómo nos enteramos de que había lío con una sola parte de todas las que trata el proyecto, que es la de las fotocopias? Porque hubo una inspección bastante importante que detectó que, aparentemente y claramente, había algunos abusos en la materia. Cuando nos visitaron los trabajadores de la Fundación de Cultura Universitaria nos dijeron: «Nosotros publicamos un libro a las nueve de la mañana, y al mediodía en la industria de las fotocopiadoras ya hay cincuenta ejemplares enrulados para vender». Obviamente, nadie quiere que ocurra eso, lo que queremos es que las leyes se cumplan normalmente. Para ese caso hay sanciones penales con privación de libertad, porque ahí hay ánimo de lucro. Cuando hay fines de lucro, cuando se instala una industria paralela que afecta visiblemente los derechos de autor, hay sanciones penales que llegan a la privación de libertad. Ahora bien, es natural que tengamos que abarcar esta situación, porque también es natural que los estudiantes –y todos lo fuimos– saquen fotocopias; quizás a veces sacábamos fotocopias parciales de algún tema que nos interesaba y nadie sentía que estaba cometiendo un delito. Entonces, es natural que estas excepciones se vayan agregando.

Así que yo estoy de acuerdo con la enorme mayoría de los artículos y los voy a votar. Es más, voy a votar el proyecto en general porque me parece que está bien y es bueno. Hay dos artículos que no voy a votar y en un ratito voy a decir cuáles son, porque creo que es obligación del Senado –y en esto discrepo con la señora senadora Passada– aprobar la mejor ley que se pueda y no pensar en que si hacemos alguna macana, la pueden arreglar los diputados. ¡No! Creo que acá hay dos cámaras y las dos deben trabajar a fondo en el tema y hacer las cosas lo mejor posible; tenemos que mantener el equilibrio.

Yo miro este proyecto de ley con enorme simpatía. ¡Todos lo miramos así! ¡Todos trabajamos e impulsamos este proyecto porque está bien, porque es necesario y porque es correcto!

Entre las visitas que tuvimos, recibimos a representantes de la Comisión de Derechos de Autor del Ministerio de Educación y Cultura, integrada por distintos actores que conocen del tema –no como nosotros, sino que son especialistas– y son designados por el Poder Ejecutivo. Es decir, la ministra es quien designa a estas personas, que son de su confianza y son técnicos en la materia. Ellos nos dijeron que el proyecto de ley, en su gran mayoría, estaba bien, salvo por dos puntos –no hablo de artículos porque uno ni siquiera lo es–: el numeral de un artículo y el artículo 5.º. Nos dijeron que en esos temas no hubo acuerdo, por lo que nosotros tampoco podemos afirmar que estamos de acuerdo con ellos. La Comisión de Derechos de Autor del Ministerio de Educación y Cultura, designada por la ministra de Educación y Cultura, nos dijo: «En estos dos temas no podemos decir que estemos de acuerdo; hay, por lo menos, discrepancias en la comisión y no hemos llegado a un acuerdo. En cuanto al resto, decimos a todo que sí». Y a mí me pareció que estaba bien.

Hay algunos artículos que son bastante claros.

Se dice que se puede reproducir una porción razonable. Naturalmente, vinieron algunas personas preocupadas por saber cuánto era una porción razonable. Incluso nos visitaron los funcionarios de la Fundación de Cultura Universitaria y nos preguntaron: «¿Cuánto es una porción razonable? ¡Porque esto da para cualquier cosa!». Entonces, nos dijeron: «Pongamos un 10 %». Pero la comisión entendió –y creo que hizo bien– que había que trasladar este tema a la reglamentación; que era la reglamentación la que tenía que establecer cuánto era una porción razonable. Está bien, el 10 % podía ser, pero puede no serlo. En todos los casos depende de cómo es la obra. Se trata de un tema bastante complejo. ¡Y seguro que es complejo para la comisión! No es que nos estemos sacando el tema de encima para que lo resuelva el Poder Ejecutivo pero, en verdad, este tiene una comisión asesora –la Comisión de Derechos de Autor– que seguramente podrá hacerlo con más fundamentos y conocimiento que nosotros. Así que dijimos: «Aprobemos este artículo y digamos que pase a la reglamentación». A mí me parece bien y así vamos a votarlo.

Existen otros dos puntos –sobre los que me preparé, porque no soy experto en el tema y tengo miedo de no ser preciso en estas cosas que necesitan precisión, porque tal vez algún día, a fin de interpretar la ley, alguien vaya a ver cómo fue la discusión parlamentaria– que no vamos a votar. Naturalmente, hablo en nombre del Partido Colorado.

El primero de ellos tiene que ver con la derogación del literal E) del artículo 46 de la ley vigente, establecida en el artículo 5.º de este proyecto de ley, que comienza diciendo: «Derógase el literal E) del artículo 46 de la Ley n.° 9739». En este caso se pretenden eliminar –es lo que ocurrirá si se aprueba el proyecto de ley– las sanciones para quienes se organizan comercialmente a fin de vulnerar los derechos de los autores. La iniciativa de derogar las sanciones para quienes se aprovechan ganando dinero a costa del trabajo ajeno, sin pagar por el esfuerzo de quienes trabajan, no es una solución de equilibrio; al contrario, favorece a quienes no respetan a los demás. Para las situaciones de necesidad de acceso de los estudiantes a los materiales de estudio aprobamos toda una serie de excepciones. ¡Todas las excepciones tienen que ver con esas situaciones de acceso a los materiales de estudio! ¡Ese era el fundamento de la ley y para eso trabajamos!

Pusimos al día el derecho de autor respetando las necesidades de la enseñanza y de las bibliotecas, y de acuerdo con las posibilidades tecnológicas del mundo de hoy. Está bien; era necesario y vamos a apoyarlo. Pero la derogación que prevé este proyecto de ley hace referencia al trabajo de empresas comerciales y no a las necesidades referidas a derechos como el acceso a la enseñanza o a la cultura, y no tiene relación directa con la finalidad de la iniciativa que estamos impulsando.

La multa que prevé nuestro derecho vigente es usual en el derecho comparado en las legislaciones de derecho de autor de otros países. En esta materia, como en general en todo lo relativo a la propiedad intelectual, se tiene en cuenta la particularidad de los bienes intangibles y por eso muchas veces se maneja el concepto de responsabilidad objetiva. En este caso hay responsabilidad objetiva, porque si se viola la ley habrá una sanción de entre 10 y 1500 unidades reajustables; obviamente, el juez decidirá de acuerdo con la gravedad del caso, pero se prevén multas para el caso de infracción. Sin embargo, el mensaje de que cualquiera que use obras ajenas en su provecho comercial no tiene sanción de multa, que quedará libre de sanción, no es cumplir el mandato constitucional de proteger el derecho de autor.

Entonces, lo que me parece contradictorio de este artículo es que estamos diciendo: «Protegemos el derecho de autor, pero existen las siguientes excepciones, que son todas estas» –y ahora agregamos una cantidad más–, pero añadimos que si uno incumple con todas esas excepciones y lo hace sin fines de lucro, tampoco será sancionado. En realidad, no sé para qué pusimos las excepciones, porque bastaría con dejar este último artículo. ¡Si decimos que todo el que lo haga sin fines de lucro no tiene sanción, no tiene sentido que pongamos todas las excepciones que se mencionan!

O sea, incluimos excepciones bien pensadas, calculadas milimétricamente apoyando la situación de los estudiantes –que hoy siguen esta sesión desde la barra–, estableciendo qué pueden hacer; hablamos con los representantes de la comisión asesora del ministerio, que nos dijeron: «Está perfecto»; pero agregamos: «Aunque hagan cualquier otra cosa tampoco tienen sanción». ¡No tiene sentido! ¡No lo pongamos! ¡¿Para qué nos rompemos la cabeza estableciendo más de veinte excepciones al derecho del autor, si después vamos a decir que, si además de todas estas, incumplen cualquier otra cosa, tampoco habrá sanción?! ¡Es ilógico! ¡No tiene sentido! El tema es claro: la eliminación de ese artículo castiga a los autores. ¡Sí señor!

Por ejemplo, si yo de un disco grabo un casete –empleo términos antiguos hablando para nosotros, no para ellos, los estudiantes, ya que observo que esto causa hilaridad– o un CD, aunque lo use para mí, como eso no está permitido, si alguien me descubre habrá una sanción; el juez dirá: «Tiene que pagar 10 unidades reajustables porque está utilizando algo que no podía utilizar, violando el derecho de autor». Por supuesto que esa grabación se la puedo pasar a otro, y a otro, y a otro; y si es más grave, el juez dirá: «En lugar de 10 unidades reajustables, tendrá que pagar 30». Entonces, ¡no tiene sentido este artículo! ¡Este artículo va en contra de todo lo que hicimos antes! ¡¿Para qué pusimos excepciones si después vamos a decir: «Bueno, che, aunque no cumplan las excepciones, tampoco hay sanción»?! Lo que estamos haciendo es desproteger al autor.

¡Este proyecto de ley tiene que ser equilibrado! Y el proyecto tiene un equilibrio total, tiene un equilibrio perfecto, que lo eliminamos cuando agregamos este artículo. Apoyo con calidez y entusiasmo todo el proyecto porque está bien, pero este artículo rompe el equilibrio lógico que debe tener.

Tampoco voy a votar el numeral 15) del artículo 4.º, que refiere a la copia de uso personal sin fines de lucro, o copia privada, como también es llamada, en general, por la doctrina especializada. No cuestiono, por sí, la idea de que se exonere la responsabilidad de quien hace copias para uso personal; es un tema un poco más complejo. El punto está en que esta exoneración, aislada en una ley, no respeta el equilibrio que nos anima como legisladores. Lo que sucede es que la mera inclusión de esta disposición sin que simultáneamente, en la misma ley, el sistema legal contemple una compensación a los creadores –sean literarios, musicales o de cualquier otra índole–, genera un desequilibrio. Para pensar en una exoneración de responsabilidad entiendo que es ineludible pensar también en la compensación correspondiente, algo que no está presente en este proyecto de ley.

Aclaremos: en muchos países se admite o no es sancionada la realización de la copia privada, pero paralelamente, en la misma ley, se dispone un sistema de compensación gestionado de manera que se cobra un canon por soportes y aparatos de reproducción, que luego se distribuye con criterio de asignación compensatoria a los titulares de derechos, según el cálculo estadístico correspondiente. Se habla en estos casos de socialización del daño y de compensación por copia privada. Una sin la otra no se justifica en un plano de equilibrio; una sin la otra perjudica a quien trabaja en las letras, la música, el teatro y las artes en general. Tienen que ir juntas, reguladas por la ley, porque se trata de derechos para que el sistema respete la justicia y el equilibrio que corresponde a los derechos de quienes trabajan en la creación de obras intelectuales.

¿Cómo es esto? El numeral 15) que se agrega dice: «La reproducción hecha por cualquier medio, sin autorización del autor o titular, de una obra o prestación protegida, ordenada y obtenida por una persona física, en un solo ejemplar para su uso personal y sin fines de lucro». Esto no tiene nada que ver con la educación ni con la investigación; esto es para cualquier caso. Este también es el caso del casete –se puede ver así– o de la fotocopia de un libro cualquiera de un autor importante.

¿Qué pasa en Europa? En Europa se permite esa copia –insisto: se permite–, pero se cobra un canon, por ejemplo, a la venta de fotocopiadoras, a la venta de equipos de audio, a la venta de cualquier soporte en el que se puedan hacer esas copias. Se cobra un porcentaje –seguramente muy pequeño–, y todo ese dinero se reparte entre los autores –por un sistema que no conozco– para que estos no se vean perjudicados. O sea, ¿este tema es admitido en la legislación comparada? ¡Es admitido! ¡Y está bien que lo sea, pero si hay una compensación!

Naturalmente, no voy a votar afirmativamente el numeral 15) que se incluye en el artículo 4.º solo; estoy dispuesto a votarlo si trabajamos para encontrar una compensación a los autores, a los artistas, a los que hacen obras de teatro y a los que ponen el intelecto para crear obras y vivir de ellas. Me parece que eso es lo que mantiene el equilibrio.

Así que, con la salvedad de estas dos disposiciones que he mencionado –que creo, con total franqueza, que el Senado no debería votar porque se rompería un equilibrio–, entiendo que debemos apoyar calurosamente el resto de los artículos porque están bien pensados, son inteligentes y solucionan el acceso al estudio y a la investigación, que es lo que pretendemos. Coincido con la señora senadora Passada en que esto es absolutamente necesario para permitir el acceso a la educación, que es el tema más importante que, creo yo, desde hace mucho tiempo tiene que atender el país.

Vamos a votar en general este proyecto de ley y votaremos todos los artículos, con excepción del numeral 15) del artículo 4.º y del artículo 5.º.

Muchas gracias, señor presidente.

SEÑOR SARAVIA.- Pido la palabra.

SEÑOR PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor senador.

SEÑOR SARAVIA.- Señor presidente: los representantes del Partido Nacional en la Comisión de Educación y Cultura reconocen el trabajo realizado por todos los colegas que la integran. Creo que se trabajó muy bien.

En la comisión se tuvieron en cuenta los planteos de todos los actores involucrados en el tema, que como decían los colegas es muy complejo –suscribo la mayoría de los informes de los señores senadores del partido de gobierno y del Partido Colorado–, así como también el desarrollo que, en definitiva, propusieron los distintos actores –incluso aquellos que tenían intereses económicos corporativos, que son lógicos–, ya que el legislador tiene que velar por el interés general y, sobre todo, por profundizar en la cultura y el conocimiento de la sociedad. Creo que eso fue lo que se tuvo en cuenta en general, más allá de pequeños matices en algunos artículos, como el tema de la derogación del artículo 5.º, sobre el que la bancada del Partido Nacional comparte lo que planteaba el señor senador Amorín.

Es verdad que también hay que reconocer la génesis de este proyecto. En realidad, el avance de la tecnología y del conocimiento en el mundo moderno ha sido tema de discusión desde hace mucho tiempo. Es más, cuando se generó la modificación de la ley de 2003, también se discutieron estos temas. Lo que pasa es que hicieron eclosión cuando tuvo lugar el famoso operativo de las fotocopiadoras; ahí todos empezamos a sincerarnos en un tema que era una realidad: ¿cuál de nuestros hijos no ha usado fotocopias? No ha sido mi caso porque soy del tiempo en el que usábamos libros y después los cambiábamos con los compañeros de otros años, o hacíamos fotocopias offset, que eran caras, como dijo el señor senador; pero nuestros hijos han usado fotocopias, justamente porque la gran mayoría de la sociedad tiene dificultades para acceder a los libros. ¡A eso apunta este proyecto de ley! El que tiene otras posibilidades económicas puede comprar determinados libros caros o pagar el acceso a determinadas terminales o tecnología a la que no pueden acceder los hijos del resto de la sociedad.

Lógicamente, cuando explotó todo el tema de la industria de las fotocopias, que era un negocio, un ilícito, ¿quién pagó el pato? Quienes tenían necesidad de acceder al conocimiento y a la tecnología, que justamente eran los estudiantes.

Es bueno decir que, por ejemplo, las bibliotecas, que pueden hacer alguna copia sin fines de lucro porque necesitan mantener autores o libros, también están generando un ilícito. Hoy, de acuerdo con la ley vigente, quien haga más de determinadas copias en una biblioteca –que hasta puede ser la Biblioteca del Palacio Legislativo– está cometiendo un ilícito. Esto es lo que el proyecto de ley trata de contemplar y de actualizar.

Como se decía en el informe, la ley que regula la protección de los derechos de autor es del año 1937, cuando la comunicación era radiofónica y lo que existía detrás eran los radioaficionados. El mundo y la tecnología han cambiado totalmente, sobre todo en la última década, en que el cambio ha sido realmente importante. Hoy en día, en el ámbito de la tecnología encontramos determinada cantidad de software libre; hace unos años todo eso tenía determinadas limitaciones, pero hoy se baja software libre y se aplica a determinados servicios. Hoy estamos discutiendo sobre los famosos servidores de Internet y sobre Uber, pero hay servidores que se pueden utilizar para bajar ciertos autores y tener acceso a determinada tecnología en el mundo. Ha ido avanzando notoriamente y creo que, paulatinamente, vamos a tener que ir estudiando y revisando la ley. De ahí surge la idea de crear la comisión de seguimiento. Vamos a plantear nuevamente el artículo porque estuvimos de acuerdo en la comisión y quizás presentemos un aditivo si existe consenso.

Todos estos elementos llevaron a que trabajáramos conscientes de que había que mantener el equilibro justo y la regulación que hace a la ley madre en materia de derechos de autor. Estoy hablando, sobre todo, de agregar aquí –teniendo los cuidados pertinentes– las excepciones necesarias para modificar hoy todo un proceso que viene del año 1937 y que hay que actualizar ante los requerimientos del conocimiento moderno.

Como bien se ha dicho, se tuvo en cuenta el tema de los tratados y acuerdos bilaterales de Uruguay en materia de protección de inversiones. Todos hemos discutido aspectos de los famosos tratados de protección de inversiones; soy uno de los que ha votado prácticamente todos en contra por el tema de las patentes. Creo que allí tenemos un elemento fundamental de protección de las naciones porque ese es un tema de soberanía nacional.

Pienso que tuvimos el debido cuidado en lo que hace a algunos tratados internacionales y acuerdos que ha firmado el país respetando, lógicamente, incluso lo que Uruguay ha comprometido a nivel internacional. El proyecto de ley guarda todos esos equilibrios y tiene en cuenta la protección abordando, justamente, lo que el legislador quiso hacer en esta materia: habilitar la posibilidad de acceso al conocimiento y a la tecnología, sobre todo para nuestros jóvenes, porque muchos de ellos no pueden hacerse de determinado material que les resulta fundamental para su estudio.

El conocimiento tiene que ver, incluso, con la economía de los países. Cuando se calcula el tema de la rentabilidad de los países o su competitividad internacional, no solamente entra en juego el tipo de cambio, sino también la disponibilidad de mano de obra calificada, que es un componente importante. Tenemos que sincerarnos: la educación en Uruguay es uno de los problemas que enfrentan todos los partidos; entre todos hemos hecho ingentes esfuerzos para ponernos de acuerdo y creo que es nuestra obligación analizar este tema en profundidad.

Esta es una herramienta –tal vez pequeña, pero muy importante– que el legislador entendió pertinente a fin de abrir la posibilidad del conocimiento a determinados educandos, y también a los educadores, que muchas veces tienen la necesidad de utilizar determinados elementos para la enseñanza de su materia, pero no tienen acceso a ellos si no incurren en una irregularidad o un delito.

Es justo reconocer –como se hizo aquí; creo que ese fue un gesto– al Centro de Estudios de Derecho; hay que reconocerlo porque en el período pasado, como se mencionaba, legisladores de todos los partidos asumieron este tema. Cuando eran diputados, los hoy senadores José Carlos Cardoso –precisamente, hace unos días, cuando él estuvo en el Parlamento, estuvimos intercambiando ideas sobre el tema porque quien habla está ejerciendo su suplencia– e Ivonne Passada tomaron este tema y trabajaron al respecto. Este proyecto de ley tiene su génesis en ese tiempo.

En definitiva, creo que este es un muy buen proyecto de ley, más allá de algunas pequeñas salvedades. Tenemos dudas, sobre todo respecto al artículo 5.º, que tiene que ver con el tema de las sanciones. Lógicamente, queda el ámbito del reclamo civil porque quien se sienta afectado podrá acudir a la vía civil para un resarcimiento económico. En definitiva, en la iniciativa en general se mantienen las sanciones penales, por ejemplo, para el fotocopiado masivo y los «libros con rulitos», como sucedió. Es cierto, muchos de los locales que trabajan clandestinamente con fotocopiadoras tienen los archivos PDF de los libros y los imprimen; no sé cómo, pero lo hacen. Todavía tengo una casetera vieja que funciona, aunque algunos casetes están un poco deteriorados. No hago copias por las dudas, pero cuando se apruebe esta ley es posible que sí.

(Hilaridad).

–Hay que ver cómo está funcionando el mundo. Tuvimos la posibilidad de mantener un justo equilibrio entre los planteos que nos hicieron los actores sociales y sindicales y la Cámara Uruguaya del Libro, pero también hay que tener en cuenta que debemos proyectarlos en el escenario que se viene; por eso surgió la idea de la comisión de seguimiento, que no es novedad ya que hay antecedentes al respecto. En la ley que dispuso las ocho horas de trabajo para el peón rural incluimos una comisión de seguimiento porque entendimos que su aplicación era sumamente compleja. A pesar de que se trata de un tema sencillo y que consideramos de valor ético, cuando ese régimen se fue a aplicar en los distintos rubros advertimos que no era lo mismo el tambo que la agricultura o la ganadería. Por eso se implementó una comisión de seguimiento. Creo que en el proyecto que nos ocupa deberíamos acompañar un artículo en ese sentido; me parece que el aditivo propuesto está bien redactado, aunque tal vez haya que hacerle alguna corrección porque esa comisión de seguimiento, transcurridos 180 días, va a tener que hacer un informe. En esa oportunidad todos los actores que puedan tener algo para aportar van a tener la posibilidad de participar porque están incluidos en la comisión, sobre todo el Poder Ejecutivo, cuyos representantes vinieron y nos hicieron un muy buen aporte –como decían los señores senadores preopinantes–, que nos clarificó un tema realmente complejo y muy técnico.

Reconozco que aprendí y me desasné en la discusión de ese tema en la comisión. Ya tenía la preocupación porque, cuando sucedió lo que sucedió, muchos estudiantes vinieron al Parlamento a reclamar y a plantear el problema; fue entonces cuando empecé a tomar conciencia de la realidad. Hay que dejar esto en claro: todos estábamos al tanto del tema de las fotocopias, pero no le dábamos importancia desde el punto de vista legal. En realidad, eso se hace en todos lados –incluso en el Parlamento–, ya se trate de porciones de obras o de ciertos materiales para usar en determinados trabajos. En definitiva, esto lo tenía que hacer hasta la propia Biblioteca del Palacio Legislativo, porque si no disponía de un libro, tenía que reproducir uno de otro lado y traerlo aquí, por lo que estaba cometiendo un ilícito. Creo que ahora se contempla todo eso.

Compartimos, en general, todos los artículos, pero es bueno reconocer que hace ochenta años no se trabaja profundamente en esta materia, y me parece que vamos a tener que hacerlo. Hoy, fuera del debate, mencionaba a algunos compañeros lo que está pasando con el tema de los discos, los músicos y la música en general. Hoy en día los autores musicales están grabando sus creaciones en sus propios equipos tecnológicos, comprados por ellos, y subiéndolos a Internet por YouTube; les ponen un precio para que la sociedad las compre y así muchos de ellos están recaudando más. O sea que las empresas discográficas están quedando por fuera, y ese es un tema de tecnología. ¿Cuánto de eso puede aparecer después, por lo que no fue tenido en cuenta en la discusión del proyecto? Estoy hablando de la protección del propio autor en el futuro, cuando los servidores tecnológicos permitan la aplicación de una determinada tecnología. Esa fue la idea del artículo que planteamos.

Por otra parte, tuvimos en cuenta la mayoría de los planteos que hicieron los actores. Si bien se ha dicho públicamente, no es cierto que no hayamos recibido a algunas delegaciones; hemos recibido a todas y hemos tenido en cuenta todo lo que se nos mandó por escrito. Si no se recibió el aporte de alguien fue porque no mandó una solicitud al respecto a la comisión. Es decir que nosotros recibimos los aportes de todos los actores que entendieron que tenían que participar o plantear dudas o correcciones. Lógicamente, los tomamos en cuenta con base en un concepto fundamental: la regulación y el equilibrio de toda una materia que es muy compleja. Además, este es un derecho humano esencial y adquirido; me refiero al acceso al conocimiento y a la tecnología. Por ahí pasó el acuerdo de todos los partidos políticos.

Hicimos hincapié en el acápite –y compartimos el cambio– del artículo 45 mencionado en la primera disposición del proyecto de ley. Respecto al artículo 2.º, adelanto que vamos a acompañarlo y creo que el artículo 3.º no presenta ningún inconveniente; esto lo digo para ir mencionándolos ligeramente.

En lo personal, me quedó una duda sobre el planteo final que hizo el señor senador Amorín. Aclaro que se trata de dudas que tengo. Vamos a acompañar el proyecto, pero, como dije, lo que planteó el señor senador Amorín me generó una duda. Lógicamente, mantenemos y compartimos el criterio de no acompañar el artículo 5.º que, en definitiva, es la derogación de las multas, reiterando que, en términos generales, vamos a votar el proyecto de ley.

Por otro lado, después de que terminemos la discusión vamos a plantear si es posible ponernos de acuerdo en el aditivo, que crea una comisión de seguimiento, lo que tiene un valor importante en este tema que a futuro va a generar más discusiones y ajustes. Me parece que el avance de la tecnología nos va a obligar a hacer un seguimiento permanente, por lo que la comisión de seguimiento –que involucra al Parlamento, porque va a tener que legislar– es fundamental.

Muchas gracias.

SEÑOR MIERES.- Pido la palabra.

SEÑOR PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor senador.

SEÑOR MIERES.- Señor presidente: no integro la Comisión de Educación y Cultura por lo que no he participado del debate de este proyecto de ley, aunque sí me tocó participar hace unos cuantos años de la discusión de la Ley n.º 17616 de 2003, que significó una reforma muy profunda de la vieja ley de derechos de autor del año1937. En virtud de esa experiencia, tengo la convicción de que si hay una materia compleja, difícil de regular y establecer, es esta, la de los derechos de autor y derechos conexos, porque la trama de intereses contrapuestos que se generan es muy vasta. La toma de determinaciones legislativas siempre implica alterar algún equilibrio y es difícil que todo el mundo quede conforme; en general, siempre se generan problemas que afectan a unos u otros. Esto ocurre en cualquier ámbito de la vida, pero en particular en esta materia, por la complejidad y porque el derecho de autor parece menos derecho que otros, dado que tiene una intangibilidad mayor. Además, cruzados con este están los derechos de los ciudadanos de acceder al conocimiento, al resultado de la producción de conocimiento, de arte, de industrias, de patentes, etcétera. Entonces, la protección de esos derechos se torna a veces incierta y la lógica de articulación entre ambos, también. Es cierto que, en este caso, estamos ante un fenómeno –lo peor que puede hacer un legislador es cerrar los ojos y dejar correr– de reproducción de obras, de textos de estudio, que seguirá siendo ilícito hasta que no se apruebe esta norma, pero al mismo tiempo se produce a la luz y paciencia de todo el mundo. Esa lógica no es buena ni sana, y entiendo que este proyecto de ley busca buenamente resolver, de una vez por todas, este asunto por la vía de otorgar excepciones a la regla general, que sigue siendo la ilicitud de la reproducción de obras sin el pago de los derechos correspondientes.

Por lo tanto, nosotros vamos a acompañar con nuestro voto el proyecto de ley en general, aunque ciertamente tengo unas cuantas dudas en el sentido de si no estamos afectando indebidamente los equilibrios. Como una de las bondades de nuestro sistema parlamentario es su condición de bicameral, este tema tiene que pasar a una segunda cámara, donde nuevamente será analizado. Tengo la impresión de que el tratamiento que tuvo en la comisión fue muy rápido, e incluso me llegó el reclamo de algunos de los actores involucrados en el sentido de no haber sido recibidos por la comisión; en fin, ella es la que sabe y resuelve cómo avanzar en este asunto.

Quiero aclarar que si bien voy a acompañar en general el proyecto de ley, no lo haré en el caso de un numeral y de un artículo, por las mismas razones que señalaba el señor senador Amorín.

Con respecto al numeral 14 del artículo 4.º también tengo una preocupación que refiere a la extensión de lo que se entiende por porciones razonables. No me parece bueno que quede librado a la reglamentación el establecer qué implica una porción razonable. De hecho, el proyecto dice algo sobre lo que eso significa. Me parece que ahí corremos el riesgo de abrir una puerta muy grande. También creo que el numeral 15), tal como está redactado, sin que se otorgue algún mecanismo de compensación a los autores o a las editoriales, es notoriamente desequilibrado.

El señor senador Amorín recién se refirió a algunos mecanismos que se utilizan en otras partes del mundo, como el establecimiento de alguna tasa a los equipamientos que permiten la reproducción –es decir, las fotocopiadoras o similares que aparezcan en el futuro–, o a la reproducción digital de las obras, etcétera. Siempre corremos de atrás porque la tecnología avanza a mayor velocidad y hay cierto margen de vulnerabilidad de los derechos autorales y de los otros actores que participan en este proceso, pero hay que tratar de evitar en lo posible que el legislador deje huecos por los que se cuelen violaciones más amplias. El numeral 15) del artículo 4.º, tal como está redactado, no compensa debidamente a quienes van a sufrir el menoscabo del cobro de sus derechos por la reproducción hecha por cualquier medio, sin autorización del autor o titular, de una obra o prestación protegida, ordenada y obtenida por una persona física, en un solo ejemplar para su uso personal y sin fines de lucro.

Más allá de que creo que es harto difícil establecer mecanismos que controlen que la copia sea una, que sea sin fines de lucro y que no haya intermediarios que, a su vez, las multipliquen y luego vendan algunos de esos ejemplares, me parece de orden que haya alguna compensación calculada genéricamente. Yo sé que, por ejemplo, la Cámara Uruguaya del Libro y otros actores no creen en esas soluciones, pero por lo menos son soluciones indirectas: se calcula cuánto es la vida útil de un equipamiento de reproducción de obras en soporte papel y, en función de eso, se puede calcular lo que debería aportar el que importa o construye ese equipamiento por concepto de derechos de autor a los organismos colectivos, que son los encargados de distribuir luego esos fondos. Por ende, no vamos a acompañar este numeral 15) tal como está redactado.

Tampoco vamos a acompañar el artículo 5.º porque hay hasta un tema de lógica jurídica. Es rarísimo lo que se plantea porque estamos regulando excepciones de una conducta que se reclama como ilícita. Entonces, es de orden que exista una sanción, como en cualquier conducta ilícita. Si se actúa dentro de lo que está previsto como excepción, no hay sanción, y si se deroga este artículo, tampoco hay sanción. Por tanto, la excepción se convierte en la regla. ¿Cuál es la lógica de eliminar una sanción, que es de multa, porque no estamos hablando de prisión ni nada por el estilo? Estamos diciendo que hay una conducta ilícita en el caso del que reprodujera o hiciere reproducir, por cualquier medio o procedimiento, sin ánimo de lucro o de causar un perjuicio injustificado, una obra, interpretación, fonograma o emisión, sin la autorización escrita de su respectivo titular, dejando de lado las excepciones que se acaban de incluir en el texto. Entonces, si no mantenemos esa norma de sanción, directamente lo que estamos estableciendo no es una sanción, sino una regla general. Esto es básico. Por tanto, apelo a la sensatez para que se revea esta derogación porque, en realidad, es una inconsistencia. Dicho de otra manera, no se pretende sancionar a todos los casos previstos en los numerales correspondientes, que constituyen excepciones a la ilicitud, sino que se está reafirmando que cuando esas excepciones no se cumplen hay una ilicitud. Y si hay una ilicitud, tiene que haber una sanción porque, si no la hay, no existe la ilicitud o, por lo menos, la norma se convierte en algo teórico y abstracto, con lo que, en definitiva, la excepción pasa a ser una generalidad.

Por los argumentos señalados no vamos a acompañar el numeral 15) del artículo 4.º ni el artículo 5.º.

Muchas gracias.

12) SOLICITUDES DE LICENCIA E INTEGRACIÓN DEL CUERPO

SEÑOR PRESIDENTE.- Léase una solicitud de licencia llegada a la Mesa.

(Se lee).

SEÑOR SECRETARIO (José Pedro Montero).- «Montevideo, 13 de abril de 2016

Señor presidente de la

Cámara de Senadores

Don Raúl Sendic

Presente:

 

Por intermedio de esta estoy solicitando licencia para los días 3 al 6 de mayo del presente año.

Motiva la misma la conmemoración de los 10 años de la firma del Convenio marco de colaboración entre el Parlamento de Uruguay y la Fundación Manuel Giménez Adad, que supuso el punto de partida de una fructífera actividad que se ha plasmado en la creación de la Escuela de Gobierno en el Parlamento de Uruguay y en el establecimiento de una oficina permanente de la fundación en Montevideo.

Quiero recordar que la escuela mencionada inició sus actividades en el período que ocupamos la presidencia de la Cámara de Representantes.

Sin más, aprovecho para saludarlo atentamente.

Enrique Pintado. Senador».

SEÑOR PRESIDENTE.- Se va a votar si se concede la licencia solicitada.

(Se vota).

–21 en 21. Afirmativa. UNANIMIDAD.

Queda convocado el señor Baráibar, a quien ya se ha tomado la promesa de estilo.

13) RECTIFICACIÓN DE TRÁMITE

SEÑOR PRESIDENTE.- Léase una moción llegada a la Mesa.

(Se lee).

SEÑOR SECRETARIO (José Pedro Montero).- «La Comisión de Salud Pública ha resuelto pedir rectificación de trámite al Cuerpo, solicitando el pase de la carpeta n.º 490/2016 a la Comisión de Asuntos Laborales y Seguridad Social». (Firma la señora senadora Passada).

SEÑOR PRESIDENTE.- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el trámite solicitado.

(Se vota).

–21 en 21. Afirmativa. UNANIMIDAD.

14) DERECHOS DE AUTOR

SEÑOR PRESIDENTE.- Continúa la discusión general del proyecto sobre derechos de autor.

SEÑORA MOREIRA.- Pido la palabra.

SEÑOR PRESIDENTE.- Tiene la palabra la señora senadora.

SEÑORA MOREIRA.- Señor presidente: esta es la tercera modificación –diría «recién la tercera modificación»– que se hace a una norma que tiene ochenta años; me refiero a la ley de 1937, sobre Propiedad Literaria y Artística. Esta norma fue modificada en 2003 y, pocos lo recuerdan, también en la Rendición de Cuentas de 2013 –la correspondiente al año 2012–, donde se incorporaron excepciones a la representación, ejecución o reproducción de obras en teatros o lugares públicos, para incluir a las instituciones de asistencia médica colectiva, así como el acceso a materiales de lectura para ciegos o personas con dificultades de visión.

¿Qué quiero decir con esto? Que hemos legislado poco, en especial, sobre las excepciones a los derechos autor, esto es, sobre el famoso artículo 45 que hoy es objeto de este debate parlamentario.

¿Cuál es el objetivo de la ley? Voy a mencionar las palabras del Consejo de Derechos de Autor del Ministerio de Educación y Cultura, que habla de actualizar derechos de autor y conexos para que el conjunto normativo posea la coherencia interna de un sistema, ya que las disposiciones sobre limitaciones y excepciones a los derechos de autor y conexos no fueron incluidas en la reforma de 2003. Por consiguiente, las limitaciones y excepciones a los derechos de autor con las que cuenta hoy el Uruguay tienen ochenta años, esto es, son de la época en que se empezaba a desarrollar la televisión; si los señores senadores observan las palabras que emplea la ley, se van a dar cuenta de que es viejísima.

No solamente las nuevas tecnologías obligan a modificar una ley que tiene ochenta años, sino también las nuevas concepciones jurídicas. El Consejo de Derechos de Autor del Ministerio de Educación y Cultura sostiene que una de las peores cosas que puede ocurrir con una norma es que, superada por una realidad distinta a aquella en la que fue concebida, termine siendo desconocida en forma generalizada, no se comprenda o acepte su justificación y pierda legitimidad. Señor presidente: esto es lo que sucede hoy en el Uruguay; esta es la situación social en la que nos encontramos cuando llegamos a este proyecto de ley.

Las nuevas tecnologías permiten la reproducción fácil y sin costo de las obras creativas y –quiero decir algo positivo a este respecto– el acceso instantáneo y simultáneo por parte de la población mundial. En mi opinión, es necesario mejorar la norma, adecuarla y hacerla contemporánea no solamente por las nuevas tecnologías, sino por los nuevos derechos. Para nosotros, hoy, el derecho a la información, el derecho a los bienes culturales del mundo, es también un derecho humano fundamental. No solo de pan vive el hombre; también de educación, de palabras, del acceso a lo que le llamamos bienes culturales del mundo, el tesoro, el acervo cultural del mundo. Eso hoy es un derecho humano fundamental. El tema es cómo encontrar el balance entre el acceso de las personas a los bienes del mundo y el derecho de autor, que en algún sentido se parece al derecho a la propiedad privada. Por eso que tiene excepciones, porque también el derecho a la propiedad privada las tiene.

El informe del Ministerio de Educación y Cultura, cuya lectura recomiendo, dice que el derecho de autor ha evolucionado mucho –sucede lo mismo con el de la propiedad privada; en ambos casos estamos hablando de evoluciones jurídicas de un siglo–, ha concedido a sus titulares nuevos tipos de derecho y su rango de cobertura se ha ido extendiendo paulatinamente a la vez que se ha ampliado la lista de beneficiarios. Aquí aparece el Convenio de Berna, que mencionó la miembro informante del proyecto de ley, y el acuerdo sobre los derechos de propiedad intelectual.

Ahora bien, ¿por qué evoluciona tanto la normativa sobre derechos de autor, pero no tanto la que regula los derechos a los bienes culturales del mundo de los ciudadanos? Y bueno, porque los derechos de los ciudadanos no tienen lobby que los defiendan. En cambio, los derechos de los autores no solo son defendidos y protegidos por los autores, sino también por las industrias y las empresas culturales y farmacéuticas –por ejemplo– que han ampliado considerablemente los derechos de autor. ¿Lo hicieron para proteger a los autores? No; para proteger su rentabilidad empresarial. Pensemos cuánto cobra un autor por un libro. Con suerte, un 20 % –el señor senador Lorier me acota que a veces cobra el 10 % o nada–, mientras que el 80 % se lo llevan los libreros, la editorial, etcétera. ¡Claro que queremos defender a la empresa editorial –mucho más a las uruguayas–, pero como legisladores debemos intermediar intereses y llegar a un equilibrio!

Es necesario destacar, entonces, que la expansión jurídica y normativa de los derechos de autor está relacionada con la capacidad de proteger las obras que han tenido las empresas que producen, distribuyen y comercializan.

SEÑOR BORDABERRY.- ¿Me permite una interrupción, señora senadora?

SEÑORA MOREIRA.- Con mucho gusto. Ya esperaba una interrupción del senador Bordaberry.

SEÑOR BORDABERRY.- Muchas gracias. Estoy siguiendo atentamente las afirmaciones de la señora senadora Moreira y solicité la interrupción solamente porque entiendo que en estos temas debemos ser muy precisos desde el punto de vista conceptual.

A esos efectos, es importante distinguir algunos conceptos jurídicos como el derecho de autor, que protege la creación del intelecto, del derecho de propiedad industrial, que mediante patentes protege diseños industriales o modelos de utilidad, productos como los de la industria farmacéutica. Son conceptos jurídicamente distintos. No se puede englobar en el mismo terreno a las patentes farmacéuticas y al derecho de autor, por ejemplo, de un libro, porque tienen tratamiento y normativas distintos e incluso se registran en lugares diferentes. Por ejemplo, los derechos de autor se registran en la Biblioteca Nacional, mientras que las patentes de invención, las marcas, los modelos de utilidad y los diseños industriales se registran en la Dirección Nacional de la Propiedad Industrial. Son conceptos distintos: sobre los productos farmacéuticos no recaen derechos de autor sino, justamente, patentes.

Solamente quería aclarar estos conceptos.

SEÑOR PRESIDENTE.- Puede continuar la señora senadora Moreira.

SEÑORA MOREIRA.- Gracias, señor presidente.

La interrupción del señor senador Bordaberry me viene como anillo al dedo.

Voy a citar la ley Digital Millennium Copyright Act, de 1998, aprobada en Estados Unidos durante la administración Clinton –también conocida como Ley de protección de Mickey Mouse– que prolonga los derechos de autor por 20 años adicionales para favorecer a la corporación Disney, ya que los derechos de sus obras debían pasar al dominio público. Fuera o no verdad que Disney estaba congelado, lo cierto es que hubo una ley para proteger a una corporación.

Otro caso es el de la llamada ley Bill Gates, por la que se incluyera el software como obra literaria, de manera que los derechos de remuneración quedaran establecidos en 90 años, en lugar de entre 5 y 20 años, como disponen las leyes de propiedad industrial para el caso de las patentes de medicamentos.

Pregunto: ¿los beneficios los recibe el autor o sus herederos? Para nosotros, que somos de izquierda, los derechos de herencia siempre tienen que estar por lo menos en debate. Pero no solo por ser de izquierda. Recordemos que Tocqueville admiraba la democracia de Estados Unidos por la norma que regía los derechos de herencia. Entonces, ¿qué diremos: beneficia a los autores, a las corporaciones empresariales o a los herederos de los herederos de los herederos?

¿Por qué la protección de las patentes dura menos años? Porque la sociedad entiende que debe primar el interés general. Un medicamento que cura una epidemia debe pasar rápidamente como genérico, o sea, no paga patente para que su precio baje y el beneficio social de curar sea mayor. Señor presidente: hubo una lucha intensa de Brasil y Sudáfrica con relación a las patentes de los medicamentos contra el sida, que fue librada en los organismos multilaterales para poder operar como genéricos.

Con esto quiero decir que los derechos de autor han evolucionado mucho, no así las limitaciones y excepciones, razón por la cual estamos abriendo las limitaciones y excepciones de hace 80 años, con la salvedad de la modificación incluida en la Rendición de Cuentas de 2013 para los ciegos y personas con dificultades de visión.

Las limitaciones y excepciones no se encuentran en la normativa internacional, como los derechos de autor, sino que requieren de una legislación nacional. ¿Por qué? En primer lugar, porque no hay tanta capacidad para que los derechos humanos fundamentales puedan establecerse a través de una normativa internacional tan fuerte como son los derechos de autor, pero además, este tipo de leyes son instrumentos de políticas públicas que tienen que ver con el derecho a estudiar, con el derecho a los materiales de estudio y con la política de investigación y enseñanza, que debe ser colocada justamente en un escalón de privilegio en el marco de las políticas públicas de Uruguay.

De modo que este proyecto de ley viene a corregir el desequilibrio entre derecho de autor y derecho ciudadano, entre los derechos humanos fundamentales –como el derecho a la libertad de expresión, a la información, a la educación, a la cultura– y el derecho de autor que, como el derecho de propiedad, se encuentra sometido a limitaciones dirigidas a la salvaguarda del interés general. Todos los uruguayos estamos empapados de un republicanismo que ha construido este país lleno de salvaguardas y limitaciones a la propiedad privada en función del interés general. Está en nuestro ADN político el concebir estas limitaciones y salvaguardas y, sin ningún lugar a dudas, también figuran en la Constitución.

Hay 187 países que suscribieron los convenios internacionales sobre derechos de autor, pero las excepciones referidas a bibliotecas –alguien mencionó que cuando la Biblioteca del Poder Legislativo hace una copia incurre en una ilegalidad– están legisladas en 149 países y, hasta que no existió este proyecto de ley, Uruguay era uno de los 33 países que todavía no había avanzado en legislación sobre esta materia. No quiero mencionar cuáles son esos 33 países porque están dentro de los más pobres del mundo. Lo cierto es que en vez de tener leyes que faciliten el accionar de las bibliotecas, especialmente en el tercer y cuarto mundo, somos de los países que no tenemos estas excepciones. No obstante ello, es claro que el presente proyecto de ley no incurre en ninguna violación a los tratados internacionales, tema sobre el que el Consejo de Derechos de Autor del Ministerio de Educación y Cultura ha sido muy preciso.

El Convenio de Berna para la Protección de las Obras Literarias y Artísticas hace referencia a la regla de los tres pasos: primero, que se trate de casos especiales, que es lo que regula este proyecto de ley; segundo, que la reproducción no atente contra la explotación normal de la obra; tercero, que no cause un perjuicio injustificado a los intereses legítimos del autor. Esta regla de los tres pasos es la que ha guiado el espíritu de este proyecto de ley. Además, este convenio habilita varias excepciones, como la de cita –contemplada en el artículo 1.º del proyecto de ley–; la de ilustración de la enseñanza –establecida en los artículos 2.º, 3.º y 4.º– y la reproducción por la prensa de artículos publicados en periódicos o radiodifundidos.

A la Comisión de Educación y Cultura concurrieron la Cámara Uruguaya del Libro y los trabajadores de la Fundación de Cultura Universitaria; no recibimos a Agadu porque cuando llegó su petición esta iniciativa ya había sido votada. Es claro que existe una gran ansiedad con relación a este proyecto de ley. Por eso quiero destacar que el informe del Ministerio de Educación y Cultura dice que los múltiples actores e intereses que se mueven en el campo de la enseñanza y de la cultura deben contar con un cuerpo de normas sobre limitaciones y excepciones actualizadas y adaptadas a sus demandas actuales y a las prioridades en materia de políticas públicas. La urgencia en la reforma que estamos proponiendo responde a las demandas que en el campo de la información, la educación y la cultura se nos presentan; por algo está la barra repleta de estudiantes. Además, hay un estudio realizado por la FEUU sobre cómo se usan los materiales de estudio en la Universidad de la República que ameritaría que cerca de 70.000 estudiantes puedan ser sometidos a multas o a penas peores. Los números aportados por la FEUU, que tienen que ver con cómo se usan las copias digitales, las fotocopias de libros enteros, etcétera, determinan que todos pueden ser punibles. Es decir que los estudiantes y los profesores como quien habla –por suerte tengo fueros– estaríamos cometiendo ilegalidades todo el tiempo. Hay dos transgresiones que son clarísimas: los préstamos en biblioteca sin autorización del autor son ilegales –¡los préstamos en biblioteca sin autorización del autor!– y la reproducción de materiales de estudio en el marco de la actividad educativa en el ámbito de la enseñanza. Todos conocemos lo que son los centros de fotocopias que hay en las facultades, y ni que hablar de EVA, la plataforma virtual de aprendizaje.

Estos son los intereses que queremos defender, pero también sabemos que hay ansiedades y miedos por la introducción de normas flexibilizadoras del derecho de autor. Precisamente, el Ministerio de Educación y Cultura admite que existe el temor y la aprensión a que una legislación que consagre limitaciones y excepciones demasiado amplias afecte los derechos conquistados por los autores y los demás titulares de derecho y sean un obstáculo para la actividad creativa y los emprendimientos relacionados con ella. Entonces, ¡cómo no entender las ansiedades y miedos que nos han llegado a través de la Cámara Uruguaya del Libro, de los trabajadores de la Fundación de Cultura Universitaria y de Agadu! A todos les queremos decir que el proyecto de ley es garantista, cuidadoso, detallista y ajustado a derecho, pues delimita el tenor y alcance de los usos excluidos y, cuando se entiende que no es conveniente llegar a mayores precisiones, se habilita la vía de la reglamentación. Es más, estamos pensando en incluir la creación de una comisión especial de seguimiento de esta norma en la que participen representantes de los autores para que tengan todas las garantías de que la aplicación de la ley no los va a perjudicar en sus derechos.

Con respecto al articulado, para no fundamentar cada uno de los artículos, quiero destacar que el proyecto está conformado por cuatro bloques –algunos consensuales y otro no– que refieren a cuatro temáticas distintas. Empecemos por el primero.

El artículo 45 de la ley de 1937, que estamos modificando, dice: «No es reproducción ilícita». Nosotros cambiamos todo y agregamos una referencia a los derechos conexos y al dominio público pagante, porque el texto aprobado es mucho más que la reproducción y algo más que las fotocopias; quiero decir esto porque sé que pone nerviosa a mucha gente.

El texto se extiende a muchas otras cosas, como la reproducción, la comunicación, etcétera. En este primer aspecto estamos todos de acuerdo, pero quiero decir qué es lo que estamos aprobando. Extendemos el derecho de cita a obras de todo tipo, incluyendo las sonoras y audiovisuales. Esta sería una especie de modernización de la excepción de la cita.

Asimismo, establecemos exclusiones para recopilaciones de artículos de prensa. En el artículo 2.º fijamos excepciones para las reproducciones de las obras expuestas en forma permanente en los museos y los lugares públicos. Esta primera parte moderniza el proyecto, incluyendo lo que la ley de 1937 no podía incluir.

Quiero destacar que estas excepciones no han merecido resistencia ni crítica alguna por parte de quienes están involucrados en este tema, salvo una que simplemente voy a mencionar, que es la que se encuentra en el numeral 20) en el artículo 4.º y refiere a la parodia, caricatura o pastiche de una obra divulgada, siempre que no se confunda con la obra original; aquí puede leerse murga. Estas son modernizaciones y adaptaciones nacionales.

Con respecto a esta ampliación de las excepciones que tiene que ver con la realidad nacional o los cambios tecnológicos, hay acuerdo en la comisión, en la que se votó por unanimidad, con excepción de las salvedades que voy a mencionar en cuarto lugar y sobre las que se expidieron los señores senadores Amorín y Mieres.

En cuanto al segundo aspecto, hubo acuerdo en la comisión, pero la Cámara Uruguaya del Libro nos hizo llegar reservas y modificaciones. Como escuchamos a los representantes de esa institución y tuvimos en cuenta sus propuestas, simplemente voy a mencionar lo que hicimos. El artículo 4.º incorpora excepciones al artículo 45 en el uso de obras como comunicaciones, distribuciones, interpretaciones, ejecuciones, traducciones o adaptaciones, y lo amplía a las reproducciones en instituciones docentes y de investigación sin ánimo de lucro. El fin que persiguen las instituciones, la docencia y la investigación, está en el corazón de la razón de exceptuar estos casos. Es la finalidad social la que exonera el uso y la reproducción, aunque por supuesto esto siempre va acompañado de la expresión «sin fines de lucro», porque para la reproducción con fines de lucro hay penalidades con cárcel, que se encuentran establecidas en el artículo 46 y se mantienen igual.

Por otra parte, hemos tenido una discusión sobre qué implica copiar partes de una obra, porque no se permite la copia de todo un libro, sino partes como capítulos o artículos. A este respecto ha habido una discusión y nos llegó una posible modificación para que esta copia sea por un 10 % de las obras. A esto dijimos que no, que hay una especificación en la ley que refiere a partes, extractos, artículos, etcétera y se señala «siempre que lo justifique la necesidad educativa», pero preferimos dejar establecida en la reglamentación alguna explicación de lo que es una parte o una porción razonable. En algún momento, el señor senador Amorín expresó que porción razonable es lo que un juez entiende como razonable.

Un material divulgado por la FEUU muestra que hay un 44 % de los estudiantes que utilizan libros digitales enteros, sin autorización alguna. Se podría decir que son todos culpables. El 42 % de esos estudiantes utiliza capítulos; el 40 %, libros de texto impresos; el 31 % de los estudiantes dice que tiene los textos más importantes y puede acceder al resto sin dificultad; el 29 % señala que tiene los textos más importantes, pero hay algunos que no va a poder conseguir; el 17 % expresa que tiene la mayor parte de los textos y puede acceder al resto sin dificultad y hay un 11 % que declara que no tiene acceso a los textos fundamentales ni puede conseguirlos. Acá hay dos datos importantes: el acceso en este momento, a pesar de toda la piratería que existe, no es universal y, además, se siguen comprando los libros de texto. Hay un 40 % de los estudiantes que compra los libros de texto, existan o no las fotocopias; este es un porcentaje importante. En lo personal, no tengo números en este momento acerca de cuánto altera a la industria editorial que tiene que ver con la publicación de material de enseñanza la generalización del uso digital –ya ni hablemos de las fotocopias– de los textos.

Ahora bien; hay un punto importante vinculado a la plata. Solo el 25 % de los estudiantes dice que la compra de los textos no le afecta el presupuesto; el 57 % tiene dificultades para adquirir los libros. Pero ¿cuál es la preferencia de los estudiantes? Prefieren que los libros estén en Internet y sean gratuitos, es decir, el derecho universal al libro gratuito. Esto me parece muy bien, pero en el marco de una política pública de educación nosotros debemos asegurar que el acceso sea universal. Sin ir más lejos, señor presidente, yo misma doy clase y cuelgo todo mi material en la plataforma virtual del aprendizaje y los alumnos bajan de allí tanto el material para estudiar como mis propias clases. Uso autores vivos que han venido al Uruguay, y voy a mencionar tres: Sartori, Przeworski y Rosanvallon y, ciertamente, no les he pedido permiso para usar sus obras. Yo reproduzco artículos o capítulos de las obras para uso de los estudiantes y lo hago siendo senadora y sin ampararme a fuero alguno, por un vacío legal o incumpliendo con la ley.

En definitiva, hay una parte de la fundamentación de esta ley que deja claro que viene a regular la práctica que ya existe. Nadie está hablando de lo que ya se hace y la ley no menciona otras finalidades que no sean el aprendizaje. Nadie habla más que de una copia por alumno y profesor ni nadie está liberando a las empresas que fotocopian con fines de lucro para que pirateen alegremente obras enteras; todo está debidamente estipulado y aclarado. Sé que hay un problema con el concepto de «cantidad razonable», pero nosotros, como comisión, hemos tomado una decisión y la hemos tomado por unanimidad. Este es el segundo tipo de asuntos de los que habla el articulado.

El tercer tipo de asuntos de los que habla el articulado es el que refiere a las bibliotecas, archivos o museos que permiten la reproducción solo de tres copias para preservar un ejemplar, en los casos en que este no esté disponible o no se encuentre en condiciones aceptables y a precios razonables de mercado. Esto también generó una discusión. ¿Qué se entiende por «precio razonable de mercado»? Según diría el señor senador Amorín, el precio razonable es el que determina un juez. Dejamos esto sujeto a la reglamentación, pero en la comisión también lo votamos por unanimidad. Ahora bien; se menciona el precio razonable de mercado, pero aquí estamos hablando de bibliotecas que necesitan reproducir un ejemplar que no tienen. En definitiva, se trata de una excepción para bibliotecas.

Para ir finalizando mi exposición, voy a referirme a los dos aspectos más problemáticos de este proyecto de ley: la llamada «copia privada o personal» y la derogación del literal E) del artículo 46 que establece multas para quienes hagan reproducciones sin fines de lucro.

En cuanto al tema de la copia privada o personal, quiero ilustrarlo de la siguiente manera. Yo copio para mi uso personal y sin fines de lucro una obra, le pido a un amigo que me preste un libro y lo fotocopio, saco una foto de una pintura en un museo con mi celular o bajo música en mi celular. Esto se llama copia privada o personal y está regulada en la mayor parte de los países del mundo. A este respecto, el señor senador Amorín señalaba que algunos países deciden cobrar un canon por el uso de los instrumentos que se emplean, pero eso está muy discutido y, por ejemplo, en el Reino Unido la copia privada es copia privada y en otros países el canon se ha declarado inconstitucional y, además, esa situación no prevé los casos en que no se necesita instrumento alguno para hacer una copia. Nosotros, con la copia personal, tratamos de proteger sobre todo a los estudiantes. Se trata de la copia personal y privada, y nos protege a todos. Este aspecto no estaba incluido en la iniciativa original del Ministerio de Educación y Cultura, aunque sí en la que tenía la comisión, que fue la que nos hicieron llegar los estudiantes de la FEUU, y nosotros decidimos incorporarlo en el proyecto de ley.

Por otra parte, la derogación del literal E) del artículo 46 es lo que más dolores de cabeza nos ha generado. El artículo 46 establece las penas con privación de libertad para todos los que estén involucrados en la copia con fines de lucro. Para quienes efectúen copias sin fines de lucro se reservó el literal E) del artículo 46, que fija una multa. Ahora bien; si el sentenciado no tuviera bienes para cubrir la multa, se establece que sufrirá, por vía de sustitución y apremio, la pena de prisión, regulándose un día por cada diez unidades reajustables. Quiere decir que, si no tengo plata y me ponen el máximo de multa, puedo estar ciento cincuenta días presa por una copia sin fines de lucro. Se configura como derecho penal, pero es la ultima ratio, es decir, solo castiga aquellos comportamientos que ataquen de forma grave e intolerable los bienes jurídicos fundamentales. Acá tiene que existir un principio de proporcionalidad entre el comportamiento reprensible y la sanción impuesta. Por eso creemos que se debe derogar el literal E).

Ahora bien, el derogar el literal E) no significa que las copias pasen a ser lícitas porque los reclamos pasan a la órbita civil y, si perjudican al autor o titular de derechos, estos podrán reclamar por la vía civil. En todo caso, dejo sentado –antes de que termine mi tiempo y de que alguien solicite una prórroga para mi intervención– que entendemos que la discusión sobre si la pena por copia sin fines de lucro no está incluida en las excepciones porque pertenece a la justicia civil o a la justicia penal es un tema que en la Cámara de Representantes deberá tratarse profunda y responsablemente.

SEÑOR PRESIDENTE.- Disculpe, señora senadora.

Se va a votar una moción del señor senador Berterreche para que se le prorrogue el tiempo de que dispone.

(Se vota).

–21 en 22. Afirmativa.

Puede continuar la señora senadora Moreira.

SEÑOR AMORÍN.- ¿Me permite una interrupción, señora senadora?

SEÑORA MOREIRA.- Con mucho gusto.

SEÑOR PRESIDENTE.- Puede interrumpir el señor senador Amorín.

SEÑOR AMORÍN.- Quiero formular algunas aclaraciones.

En realidad, el numeral 15) del artículo 4.º no permite a los estudiantes copiar una obra, sino que es para cualquier persona. Esto protege a cualquiera. Por ejemplo, yo que estudio pero no soy estudiante puedo copiar cualquier cosa para mí y no hablo de un libro, sino de lo que quiera. Hoy eso no se puede.

Esto protege a cualquiera que quiera copiar una obra para sí mismo y desprotege al autor. Estoy dispuesto a votar esta disposición si, en forma conjunta, le damos una protección al autor. No estoy en contra de esta norma porque me parece correcta y razonable, pero debemos proteger también al autor, que notoriamente está perdiendo con esto. Para protegerlo hay que elaborar una ley como la que existe, por ejemplo, en Europa. Es necesario buscar una compensación para el autor. No estoy en contra del artículo 15 en sí mismo, sino de la redacción que tiene actualmente; esta disposición no es solo para estudiantes, sino para todos. Repito, no protege solamente a los estudiantes, sino que es para todos y desprotege al autor. Si hacemos una legislación racional –esto desequilibra el tema entre el interés de todos y el de los autores–, en la misma ley –y estoy dispuesto a trabajar en ello– tenemos que ver cómo proteger a los autores. Reitero que estoy dispuesto a trabajar en eso. No estoy dispuesto a votar esta norma ahora porque no hay protección para el autor.

En cuanto al artículo 5.º, creo que las excepciones dejan de tener sentido porque basta decir: para todo aquel que sin fines de lucro haga una copia para sí mismo y viole la ley, si es sin fines de lucro no habrá sanción pecuniaria. Entonces, ¿para qué están las excepciones? En las excepciones se dice que para quienes actúen de acuerdo con ellas todo es lícito y está bien, mientras que para los que no actúen de acuerdo con ellas será algo ilícito. Ahora, si ponemos un artículo 5.º que diga que para los que no actúen de acuerdo con las excepciones no habrá ningún tipo de sanción, de hecho estamos considerando que todo es lícito. Esto es absolutamente contradictorio con todo lo anterior.

Por lo tanto, no voy a votar el artículo 5.º por los motivos expuestos y esa es la discrepancia que tenemos con la señora senadora Moreira. Quería aclarar mi posición. De verdad creo que esto es absolutamente contradictorio con el resto del proyecto de ley.

Muchas gracias.

SEÑOR PRESIDENTE.- Puede continuar la señora senadora Moreira.

SEÑORA MOREIRA.- Se imaginan que hace mucho tiempo que estamos discutiendo este tema. ¿Por qué me refería a los estudiantes cuando hablaba de la copia privada? Por supuesto que la copia privada es para todos. Un estudiante que hoy baja un libro entero de Internet –aparentemente el 42 % de los estudiantes lo hace– solo estaría amparado por esta ley si votáramos la copia privada; de lo contrario, no entraría dentro de las excepciones. Por eso me refiero a los estudiantes. Ya sé que el 42 % de los cien mil estudiantes de la Universidad de la República lo está haciendo. Estamos hablando de unos cuarenta mil estudiantes. Si aprobamos la copia privada, sé que eso va a protegerlos.

Por otro lado, lo que perjudica a los autores no es la copia privada, sino la reproducción en cantidades industriales de CD, películas, etcétera. Lo que perjudica al autor es la industria de la piratería con fines de lucro. Nunca puede ser la copia privada. Esta es mi convicción; no tengo los números económicos para demostrarlo.

¿Qué pasa con aquellas reproducciones como las de CD donde no se usan aparatos para hacer copias? Les estaría cobrando un canon a todos los instrumentos que se usan para reproducir, independientemente de que se haga una copia privada. Pero sobre este canon también habría problemas porque habría una declaración de inconstitucional en el Reino Unido. Por lo tanto, no hay ninguna solución que no tenga problemas.

Con respecto al literal E), defiendo su derogación porque creo que este es un tema de la justicia civil y no penal. ¿Por qué? Porque me amparan los tratados internacionales, donde se dice que por la vía penal se va a sancionar únicamente cuando se cometa con dolo y a escala comercial. El tratado internacional no está pensado para someter a la vía penal una copia que se hace sin fines de lucro o en forma no industrial. Sé que sobre este tema hay un debate, pero esta es la posición que he asumido en lo personal y también mi bancada y algunos señores senadores. Me refiero a mantener la copia personal –hablo también de la bajada de un archivo– y derogar el delito penal para la reproducción sin fines de lucro. Es evidente que si en el futuro tenemos una comisión que haga el seguimiento de la implementación de esta ley, podremos ver cuánto afecta los derechos de autor o no.

Este proyecto de ley, como todos aquellos que defienden derechos universales, viene de la sociedad y llega a la política. No es un proyecto que mane de la política. La verdad es que este proyecto fue propuesto por los estudiantes. Luego el Ministerio de Educación y Cultura, a través del Consejo de Derechos de Autor, lo complementó, lo mejoró e incorporó otras cosas.

En esta cámara hemos sancionado muchos proyectos que vienen de la sociedad civil y entran a la política. Me gustaría tener una política anticipatoria, que sea capaz de ver los problemas que se generan en la sociedad y crear leyes para su regulación, pero en general es la sociedad la que protesta y dice: «Sobre esto necesito una legislación». Me parece que esto es lo que acaba de pasar con este tema; lo mismo ocurrió con la despenalización del aborto y el matrimonio igualitario. Esto sucede cuando defendemos derechos de los ciudadanos.

Quiero agradecer a los muchachos y muchachas de la FEUU por alcanzarnos el primer proyecto y al Consejo de Derechos de Autor del Ministerio de Educación y Cultura, que no solamente hizo un excelente proyecto, sino que también estuvo disponible para responder a cada una de las consultas que realizó la comisión. A su vez, felicito a todos los partidos políticos que se avinieron con entusiasmo a la discusión del proyecto de ley. Esta es la primera cámara que trata este proyecto. Personalmente defiendo el régimen bicameral. Creo que todo se puede mejorar en una segunda cámara y esa es la virtud del régimen bicameral. Sin duda, en la segunda cámara se atenderán las consultas que la Comisión de Educación y Cultura del Senado no pudo recibir, como es el caso de Agadu. Aunque puedan introducirse modificaciones en el futuro, defiendo con entusiasmo este proyecto de ley porque considero que tiene tres características que toda norma jurídica debe tener.

En primer lugar, el proyecto de ley es oportuno. Viene a sancionar normas en un momento en que se verifican muchos cuellos de botella en instituciones y prácticas por la inexistencia de una ampliación de las excepciones a los derechos de autor.

En segundo término, el proyecto de ley es socialmente útil. Llena una demanda y permite articular una política pública hacia los sectores de la investigación y de la enseñanza, que deberían ser prioritarios en un país en el que su principal capital no es el capital físico, las vacas, el agua ni la pradera, sino el capital humano. Y este requiere el mayor esfuerzo por parte de las políticas públicas dedicadas a la investigación y a la enseñanza.

Creo que este proyecto de ley ayudará, y mucho, a tener una política pública regulada, transparente y solidaria.

En tercer lugar, creo que el proyecto de ley, además de oportuno y socialmente útil, es justo. Contiene una necesaria armonía entre los derechos de autor y los derechos humanos fundamentales, como lo son el derecho a la información, a la cultura, a la educación y, en general, al acervo cultural del mundo.

Planteo esto, señor presidente, porque no solo de pan vive el hombre. Y el acceso universal e irrestricto a los tesoros culturales de este mundo debe ser defendido todos los días, todas las horas, como un principio de igualdad sustancial. Es por estos motivos que recomendamos calurosamente la aprobación de este proyecto.

Muchas gracias.

SEÑOR CAMY.- Pido la palabra.

SEÑOR PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor senador.

SEÑOR CAMY.- Señor presidente: nosotros no integramos la Comisión de Educación y Cultura y, por tanto, tomamos conocimiento del proyecto de ley hace unos días.

En primer lugar, queremos reconocer que la comisión haya aprobado por unanimidad este proyecto de ley, incluso en el marco de notorios matices en algunos de los artículos que lo conforman. Valoramos, sin desmedro de lo positivo, la discrepancia en el terreno de las ideas, el esfuerzo por encauzar lo que no dudo pretende ser una solución a una situación notoria.

No obstante, quería plantear dos preguntas. La primera de ellas es si, efectivamente, la Cámara Uruguaya del Libro concurrió a la comisión. Escuché –así lo dijo la señora senadora Passada– que sí lo hizo, pero tengo entendido que en esa comparecencia se le solicitó que expresara por escrito su punto de vista. A su vez, también tengo entendido –por eso quería corroborarlo– que esto lo hizo hace apenas una semana y que a partir de ese momento no hubo devolución.

(Ocupa la presidencia el señor Guillermo Besozzi).

–La otra pregunta que quiero realizar es si en el caso de la Fundación de Cultura Universitaria, como institución cultural sin fines de lucro –sin duda la mayor editorial universitaria del país y la principal editorial jurídica del Uruguay–, su junta directiva compareció o fue consultada.

Quiero señalar que sí tengo conocimiento –porque leí las versiones taquigráficas– de que la Asociación de Trabajadores de la Fundación de Cultura Universitaria concurrió a la comisión y expresó su posición.

Con mucha humildad y respetando el trabajo hecho por todos los integrantes de la comisión –y también los aportes brindados por las distintas instituciones que han participado en el proceso–, señalo que tengo algunas dudas que quiero dejar expresadas en sala.

En primer lugar, este es un proyecto de ley que pretende instaurar nuevas excepciones a la normativa del derecho de autor, pero en realidad me genera la duda de si no ataca las propias bases de la norma que regula el derecho de autor, haciendo de alguna manera que las excepciones se vuelvan normas. Y esto pone en peligro no solamente lo que puede ser –y es la visión que, por ejemplo, expresa la Cámara Uruguaya del Libro– el resarcimiento al creador, sino la propia viabilidad de la industria cultural; yo diría de una industria cultural que tenemos que pretender acorde a las necesidades educativas y culturales del país.

Planteo esto porque si se dieran los extremos –que en el marco de la discusión se plantean para un lado y para otro, y está bien que ejercitemos en ello– de que la proliferación de estos medios para acceder a la información es tal como la que preocupa a la Cámara Uruguaya del Libro, evidentemente el final de esto puede ser que cada vez menos personas –por lo menos de calidad superior de conocimiento– tengan interés en generar libros.

También se ha planteado, en alguna opinión que rápidamente hemos intentado recoger estos días, la duda de si el proyecto de ley no otorga excepciones de carácter tan amplio que puedan atentar contra el propio artículo 33 de la Constitución de la república en cuanto al respeto del derecho humano de segunda generación, como es el derecho de autor.

He seguido con mucha atención básicamente los literales 14) y 15) sobre los que se han expresado matices que también denotan que la comisión estudió muy seriamente el proyecto de ley. Evidentemente, me atrevo a decir que la discrepancia fundamental está en que, si bien coincido en procurar un equilibrio –como aquí se ha señalado–, como norte unánime hacia el que se dirigió el trabajo de la comisión, entre el derecho del autor, del creador intelectual, y el derecho al acceso al conocimiento, fundamentalmente por parte de los estudiantes, me pregunto si ese derecho que perseguimos todos, de acceso irrestricto, el más amplio posible, de los estudiantes a la información, tiene que venir de la afectación del derecho custodiado a la generación intelectual. Es decir, el proyecto de ley intenta atender el hecho de que parte de la población –según los números que señalaba la señora senadora Moreira, aproximadamente el 60 % de los estudiantes– no puede acceder a comprar, no tiene los recursos económicos suficientes para acceder a determinado material de enseñanza. Estamos de acuerdo; es sobre eso que hay que actuar. Pero me pregunto: ¿eso es responsabilidad del Estado? ¿Es responsabilidad de las autoridades de la educación? ¿Deben existir mecanismos que lo posibiliten? ¿O el único mecanismo es el de afectar el derecho del autor y el posible riesgo de la industria editorial, cultural, del país?

Esos son algunos de los planteamientos que nos genera esta especie de dualidad en la búsqueda del equilibrio, que es lo que saludo. Pero advierto el riesgo que puede existir no solo si se afecta el derecho de autor, sino también si se lo privilegia –alguien lo señaló– sobre la viabilidad de la industria editorial. Yo digo que me preocupan las dos cosas. Vinculo la viabilidad de la industria editorial a la calidad de la generación intelectual académica. Si no tenemos mecanismos de control que impidan que si aprobamos esta norma se produzca una proliferación indiscriminada de copias –que no es lo que busca este proyecto de ley–, seguramente tendremos que pensar quién va a tener interés en generar libros de estudio y si eso no afecta también la calidad del material educativo.

Son algunos pensamientos desordenados de alguien que no integró esa comisión, que leyó las versiones taquigráficas y que, en el marco de lo expresado, quiere saludar el trabajo de los integrantes de la Comisión de Educación y Cultura, así como el esfuerzo que se hace cuando se procura un encuentro para lograr que temas importantes tengan consenso, aun con matices que han sido notorios.

Seguramente aprobaremos el proyecto de ley a pesar de no acompañar algunas iniciativas puntuales, como lo expresamos anteriormente.

Gracias, señor presidente.

SEÑORA PASSADA.- Pido la palabra para una aclaración.

SEÑOR PRESIDENTE (Guillermo Besozzi).- Tiene la palabra la señora senadora.

SEÑORA PASSADA.- Señor presidente: creo que lo que estaba planteando el colega forma parte de la discusión y de la dinámica que venimos desarrollando durante todo este tiempo y que veremos cuando entremos en la discusión artículo por artículo. En todo caso, me interesa que esto se aclare.

El proyecto de ley original fue presentado en julio de 2015, cuando iniciamos la discusión del tema. En ese momento el señor senador Cardoso era quien presidía la comisión, y como muy bien dijo el señor senador Saravia, la primera lectura que recibimos del proyecto fue de la Cámara Uruguaya del Libro, a la que solicitamos que hiciera sus aportes a la iniciativa. El proyecto de ley posterior recogió las modificaciones que surgieron como producto de la discusión de la propia comisión. En el mes de marzo recibimos los aportes que tenemos aquí; algunos de ellos fueron incorporados en los artículos al momento de la discusión de la propia norma, y otros no, pero de todos modos fueron tenidos en cuenta. Ahora bien; la reproducción de lo que fue entregado nos llegó en el día de ayer a cada uno de los señores senadores.

Tal como expresé, me interesaba que quedara claro el planteo formulado por el señor senador Camy.

Muchas gracias.

SEÑOR LORIER.- Pido la palabra.

SEÑOR PRESIDENTE (Guillermo Besozzi).- Tiene la palabra el señor senador.

SEÑOR LORIER.- Señor presidente: estamos muy cómodos tratando este proyecto de ley, ante todo y esencialmente porque nace de la sociedad uruguaya, porque nace de la movilización, porque nace particularmente –aunque no únicamente– de los jóvenes que, frente a la dificultad puntual y concreta que se les planteó en determinado momento con respecto a la prohibición de realizar fotocopias –problema sumamente concreto–, comenzaron a tomar conciencia de una primera cuestión, que es la necesidad de organizarse y de movilizarse para defender sus derechos. Me parece que ya aquí ha habido un avance en calidad, porque bien podrían no haber hecho eso, bien podrían haberse quedado quietos. Es decir, ante ese suceso notorio, muy difundido a través de la prensa, los ciudadanos –jóvenes y no tan jóvenes–, tal como ha pasado en muchas otras oportunidades, podrían haberse quedado quietos en sus casas y aceptado lo que se les impuso. Sin embargo, en este caso no fue así. En este caso hubo una reacción, hubo una organización y una movilización.

Queremos resaltar lo siguiente: el hecho de que este proyecto de ley hoy esté instalado en este recinto se debe, en gran parte, a que hubo una campaña nacional pro acceso abierto a los materiales de estudio. Fue una campaña que comenzó en el Centro Estudiantes de Derecho y en el Centro de Estudiantes de Relaciones Internacionales, y que luego fue tomada por la Federación de Estudiantes Universitarios del Uruguay. Luego, otros centros de estudiantes particulares, no solo apoyaron teóricamente la iniciativa, sino que también se sumaron a la campaña nacional pro recolección de firmas. Esto es sano y saludable en cualquier sociedad y, por supuesto, me gusta que ocurra en Uruguay.

Me parece importante remarcar que esto tiene el respaldo de algunas instituciones fundamentales de la sociedad uruguaya, más allá de la FEUU y de los centros particulares que la componen, porque incluso el PIT-CNT está acompañando, no solo el proceso de recolección de firmas, sino el apoyo al contenido de lo que busca la propia iniciativa de recolección, que no es solo una reivindicación particular y concreta por las fotocopias, sino un proceso que comienza por algo específico, pero luego va mucho más allá y, dadas las consecuencias que tiene, debería seguir profundizándose.

Precisamente, comparto lo que expresaba el señor senador preopinante en cuanto a que esto tiene muchas más consecuencias de las que las apariencias nos muestran. Detrás de esto hay más cosas, que esperamos poder esbozar –aunque sea apenas– en el día de hoy.

También nos parece muy importante el hecho de que otra institución clave de la sociedad uruguaya, como es la Universidad de la República, a través de su Consejo Directivo Central, se haya involucrado en este tema y haya ayudado, colaborado e impulsado la campaña, al igual que los distintos sectores que mencioné antes. Los propios estudiantes nos han dicho en un informe que también se sumaron distintos departamentos del interior, ese interior que muchas veces no aparece o no se moviliza. Gracias a políticas descentralizadoras de la vida universitaria que han sido implementadas en estos últimos años, hoy hay una masa muy importante de estudiantes del interior del país –en la Regional Norte, en el Centro Universitario de Paysandú y en el Centro Universitario de la Regional Este– que también participaron. Inclusive, hay cosas interesantes para trasladar, porque hasta los consultorios jurídicos de atención gratuita del Centro Estudiantes de Derecho, impulsados por un convenio entre el INJU y el Mides, en trece departamentos recolectaron firmas, lo que habla de la amplitud de la convocatoria y de la campaña en sí misma.

Además, nos parece muy interesante el hecho de que este proceso haya traspasado los límites de lo estudiantil propiamente dicho, dado que abarcó a la sociedad en su conjunto. Hubo muchas personas –me incluyo– que pudieron firmar porque esto estuvo en las ferias, en las calles, en las fábricas y llegó a distintos ámbitos. Esto es sumamente importante. En lo personal veo a este Senado alimentándose de una savia nutricia muy interesante, muy significativa, que viene de los lugares donde vive y se expresa nuestro pueblo.

Ha habido logros concretos y parciales, porque cuando uno tiene un objetivo estratégico, va llegando a él a través de etapas intermedias y de objetivos tácticos que se van conquistando. En ese cuadro no solo surgió el proyecto de ley como propuesta importante, sino que también hubo elementos intermedios, como el logro de un fondo de dinero de la Facultad de Derecho destinado a pagar a docentes para la edición de manuales cuyos derechos de autor y uso quedaran en el dominio público. El fondo rondó los $ 250.000, a lo que se sumó una compra masiva de libros para la biblioteca de la facultad.

Por todo lo expuesto, saludo esta iniciativa, este empuje, máxime cuando existe el prejuicio de que la juventud no se moviliza, de que no se interesa por las cuestiones sociales, de que está muy encerrada en sí misma, de que no tiene conciencia social ni política. Creo que no es así y que ver esta cuestión en términos generales es muy injusto porque hay capas que se movilizan y mucho.

Por ejemplo, el 20 de mayo de cada año –tan esencial para los derechos humanos en el Uruguay– es un día en el que todos los que concurrimos a su celebración y tenemos determinada edad, nos sentimos como extraños, porque esa es una movilización –por suerte existe esa memoria histórica con respecto a los derechos humanos–, sobre todo, de jóvenes. De ahí, pues, que me atreva a hacer una especie de relación o vínculo con esta iniciativa que, repito, saludo.

Por otra parte, me parece que podríamos avanzar un poco más en el tema si miramos el panorama de lo que está pasando, no solo en el Uruguay, sino en el mundo.

Creo que aquí hay dos proyectos enfrentados. Uno de ellos es el que quiere ganancias en cualquier campo de la vida de los seres humanos y de la naturaleza. En él todo se comercializa y todo se mercantiliza: la muerte, la vida. La naturaleza está totalmente avasallada por los intereses comerciales y del capitalismo y nada se respeta. Y desde ese punto de vista, la cultura y los elementos vinculados a la ciencia y a la tecnología –que son un acervo o una herencia que viene del trabajo de millones y millones de seres humanos que, en la historia misma de la humanidad, nos lo han legado como sociedad humana– también son objeto de apropiación por parte de un sistema que claramente tiene allí una fuente de ganancia. Hoy, el tiempo de ocio de los seres humanos se ha comercializado. Además del tiempo de trabajo, por supuesto bajo relaciones mercantiles, se vio la veta del tiempo de ocio, que es un tiempo de negocio y ocio sobre el que se ha montado toda una «industria» –dicho esto entre comillas– que hace ganancias con esto.

Como decía, existen dos grandes proyectos. Uno ve todas estas cuestiones desde el punto de vista de lo comercial y el otro las analiza desde la órbita de los derechos humanos, de los seres humanos, de la sociedad humana en general y de la necesidad de avanzar juntos hacia nuevas formas de relacionamiento social. No vemos esto desde el punto de vista de la ganancia, sino como elementos que pueden servir a lo común, al desarrollo y al avance de la sociedad en su conjunto.

En términos bien concretos, nos parece que esto va mucho más allá de lo que aparentemente era un tema de fotocopias, porque hoy están en debate y en discusión –en los tratados de libre comercio, en el acuerdo transpacífico y en el acuerdo entre Estados Unidos y Europa– cuestiones como las de los derechos de autor y de propiedad, sobre los cuales el señor senador Bordaberry hacía una diferenciación que es así y es lógica.

Ahora bien, ¿qué ocurre? ¿Qué quieren las grandes industrias culturales o las grandes industrias vinculadas a los medicamentos o a cualquier otra actividad? Por ejemplo, una gran industria cultural como Disney –que aquí se ha señalado– quería, a pesar de que el hombre está enfriado desde hace bastante tiempo, seguir con los derechos, derechos y más derechos. ¿Qué quieren los grandes laboratorios, esos que se han opuesto a los genéricos para luchar contra enfermedades muy importantes que afectan a millones de seres humanos en India o en Brasil? A propósito, saludamos a estos países que supieron imponerse para producir genéricos contra los grandes y poderosos intereses de las multinacionales. En realidad, lo que procuran es alargar los tiempos de vigencia de las patentes. A ellos ya no les sirve contar con treinta años, ¡quieren más! Y quieren más para que ese saber siga siendo monopolio de unos pocos, para que esas ganancias y riquezas continúen concentrándose cada vez más en este mundo, tal como lo estamos viendo.

Nosotros tenemos otro proyecto en el mundo –nos sentimos parte de él y lo defendemos–, que busca que estas cuestiones tengan cada vez una mayor socialización y democratización y que puedan ser de acceso más abierto al conjunto de la población. ¡Aclaro que no estamos tan soñadores ni utópicos al respecto! Por ejemplo, al estudiar estos temas, advertimos que incluso en el Uruguay hay un capítulo sobre los derechos comunes –o creative commons–, que establecen la posibilidad de que autores, al estilo de la señora senadora Constanza Moreira –como ella mismo lo ha dicho–, pongan sus trabajos, clases y libros a disposición del común, con algunas limitaciones, como la de que –lo que parece lógico y natural– se coloque el nombre del autor para hacer uso del material. En España, que no es un país socialista ni populista, sino todo lo contrario, hay seis variantes establecidas por la ley con respecto a este tema de los derechos comunes.

Creemos que este proyecto de ley –por eso apoyamos, como lo señaló el señor senador Saravia, la posibilidad de instalar una comisión de seguimiento– apunta a no retroceder, sino a avanzar en la colocación a futuro de nuevos derechos, como este de los derechos comunes, posibilitando así nuevos avances en esta apropiación social que, para nosotros, es muy importante.

Quiero culminar expresando que no estamos en otro mundo ni vivimos fuera de la realidad concreta de la sociedad en la que tenemos que actuar. No sería honesto conmigo mismo si no señalara estas cosas, si no expresara lo que pienso con respecto a lo que debería hacerse, pero no podemos errarle en cuanto a que vivimos y actuamos en una realidad concreta y particular. Desde ese punto de vista, entonces, creemos que este proyecto de ley logra tener equilibrios y defender –hasta no tener una nueva realidad a la que aspiramos– a un conjunto de industrias culturales que existen en el Uruguay, que podrían verse desamparadas. Lo mismo podría decirse con respecto a los autores porque, tal cual están dadas las condiciones y como bien señaló el señor senador preopinante, no tenemos la posibilidad de que el Estado sea quien ayude y disponga de parte de sus recursos para que los autores tengan mejores condiciones para crear y no estén tan sometidos a los vaivenes de lo comercial, del rating o de la lista de libros más vendidos, o a que las editoriales –muchas veces extranjeras y grandes pulpos– paguen o no. Recién le decía a la señora senadora que, dentro de los autores, el grupo que cobra un veinte es privilegiado, porque la mayoría cobra un diez. En la misma comisión se relataron experiencias en las que los que cobran el diez muchas veces lo hacen a través de libros; el autor acá no está bien defendido. Esa es la verdad.

Nuestra idea es que exista un equilibrio. Quizá algunos artículos puedan ser objeto de modificación o no; eso luego se verá. De todas formas, quienes integramos el Frente Amplio, hemos optado por ese sistema de actuar en común y orgánicamente, sin desconocer los intercambios que hemos tenido con representantes de la oposición, a la que saludamos porque, en general, apoyó y facilitó la votación de este proyecto de ley con la velocidad que se requiere. Nos podemos preguntar por qué tanta velocidad. Lo que sucede es que se está cursando el año lectivo y esto puede tener influencia rápidamente en los estudiantes.

Consideramos que en la Cámara de Representantes habrá una nueva instancia en la que se podrá intercambiar, y aquellas asociaciones o entidades que no pudimos recibir en el Senado de la república –no por mala voluntad, sino porque se dio de esa manera– tendrán allí toda la oportunidad democrática que el Parlamento les brinda.

Gracias, señor presidente. Es todo lo que tenemos para expresar.

15) PRÓRROGA DE LA HORA DE FINALIZACIÓN DE LA SESIÓN

SEÑOR SARAVIA.- Pido la palabra para una cuestión de orden.

SEÑOR PRESIDENTE (Guillermo Besozzi).- Tiene la palabra el señor senador.

SEÑOR SARAVIA.- Mociono para que se prorrogue la hora de finalización de la sesión hasta culminar con la consideración de este punto.

SEÑOR PRESIDENTE (Guillermo Besozzi).- Se va a votar.

(Se vota).

–21 en 21. Afirmativa. UNANIMIDAD.

16) DERECHOS DE AUTOR

SEÑOR PRESIDENTE (Guillermo Besozzi).- Continuando con la lista de oradores, tiene la palabra el señor senador Bordaberry.

SEÑOR BORDABERRY.- Señor Presidente: queremos ratificar las expresiones del señor senador Amorín, en especial con relación a esas dos objeciones claras y contundentes, cuyos fundamentos no han sido conmovidos por las explicaciones que se dieron.

En primer lugar, queremos decir que nosotros acompañamos las excepciones, fundados en un interés importante: que los estudiantes puedan acceder al material. Ese es el interés superior que hoy estamos valorando para votar estas excepciones. Acompañamos esa preocupación, pero no la encontramos en la norma que citó el señor Amorín, que está hecha con una amplitud que excede el interés de los estudiantes de acceder al material. Parecería ser que ese interés de los estudiantes se transforma en un caballo de Troya dentro del cual ingresan otros intereses. No vemos por qué, por lo menos, no se limita eso. Se incluyen intereses de terceros dentro de esta modificación.

En segundo lugar, nos llama la atención que se suprima una sanción. Todos sabemos que si existe una norma que establece prohibiciones –como existe– y otra norma que establece excepciones –que ahora estamos ampliando– es porque hay algunas prohibiciones que siguen subsistiendo, y si se viola una norma tiene que existir una sanción. Ese es un principio básico del derecho. Obviamente, si no se está de acuerdo con la sanción, habría que buscar otra, pero no eliminar toda sanción, porque entonces se transforma en lo que desde el punto de vista jurídico se llama «una norma en blanco», que establece una obligación pero no una sanción y, por ende, nadie debe cumplirla. Podemos discutir si la multa o sanción pecuniaria es buena o mala. ¡Hagámoslo! Pero si ella no es la mejor solución, ¿cuál es? Debemos establecerla.

Por otra parte, en más de una alocución se han hecho referencias genéricas a una cantidad de regulaciones legales e internacionales que son distintas en cuanto a la materia sobre la que recaen y en cuanto a las soluciones. Quizás sea bueno ser precisos en eso porque, en la crítica, de repente se toma la solución de una materia para aplicar a otra, y hay que ser claro en cuanto a que el amplio campo de la propiedad intelectual, de la creación, ha recibido en el sistema jurídico –no solamente en el nuestro, sino en la mayoría de los países– distintas soluciones, tanto según la materia sobre la que recae, como en función de los tiempos de protección. ¿Por qué? Porque el gran campo de la propiedad intelectual se divide en dos sectores: los derechos de autor y la propiedad industrial, que tiene tratamientos distintos. Los derechos de autor tienen muchísimos años de protección, pero los de la propiedad industrial son distintos.

En la propiedad industrial están las patentes, que tienen un plazo de 15 años e incluso tienen la posibilidad de que se soliciten licencias obligatorias cuando los precios no son adecuados o cuando no se puede acceder a los productos por los precios de los mercados. O sea que tienen una regulación distinta.

En la propiedad industrial también están las marcas, las denominaciones de origen, que tienen un plazo de diez años, pero pueden ser renovadas indefinidamente por todo el tiempo que se quiera.

En la propiedad industrial, además, están los diseños industriales, que tienen un plazo que va de tres a cinco años; o los modelos de utilidad que mejoran una patente, con un plazo de siete a diez años.

Entonces, traer críticas a esto haciendo referencia a lo que se aplica a la propiedad industrial para justificar lo que hace a los derechos de autor, nos parece que no es adecuado. Si lo fuera, debería aclararse que las soluciones son distintas.

Además de eso, dentro de los derechos de autor –donde nos encontramos, obviamente, con el copyright, que se mencionó hoy también se incluye el software como creación del intelecto, pero no el hardware, porque es objeto de una patente de invención.

(Ocupa la presidencia el señor Raúl Sendic).

–Si vamos al software –y ya pasamos un aviso–, hay un proyecto que ayudaría mucho al acceso a la información, que se encuentra a estudio de esta cámara, pero que no se trata. Me refiero al proyecto de ley relativo a la neutralidad en la red. Lo menciono porque, si vamos a hablar de grandes corporaciones que hacen lobby para afectar el acceso a la información, hablemos de lo que está pasando en Estados Unidos con Verizon, Comstar, etcétera, que están tratando de privilegiar el acceso a Internet. Y nosotros seguimos pregonando que todos –el que tiene el poder económico más grande, pero también el estudiante que está empezando su carrera– tengan el mismo acceso a Internet. Hay algunas empresas en el mundo que están tratando de sacar un lucro –que en definitiva es el fin de una empresa– buscando, justamente, que no exista esa neutralidad en la red. Deberíamos tratar ese proyecto si vamos por este camino.

Ya a Ortega y Gasset, allá por 1920, al estudiar algunas tribus del norte de América le llamó la atención que en ellas se condenaba severamente el robo de canciones, cuando no se condenaba el hurto de cosas materiales. Es decir, si alguien cantaba la canción de otro, era penalizado por la tribu. En aquel entonces Ortega y Gasset veía un esbozo de la riqueza que hoy tiene ese país, en cuanto protege la creación del intelecto con tanta o más fuerza que los bienes materiales.

Me parece que es muy buena la propuesta que figura en un artículo aditivo de crear una comisión de seguimiento de esta ley, porque tenemos que darnos cuenta de que hoy estamos beneficiando a los estudiantes, pero a costa de alguien. ¿De quién? De las casas editoriales pero, sobre todo, de los autores. Y la protección del derecho de creación del autor es esencial.

En este mes y en este año se cumplen 400 años de la muerte de los dos más grandes autores de la literatura universal: William Shakespeare y Miguel de Cervantes Saavedra, que coincidentemente mueren en el mismo mes y año. ¿Cómo publicaban esos autores? ¿Cómo publicaban Shakespeare y Cervantes? Cervantes tenía que andar atrás de benefactores que tuvieran la autorización para publicar a fin de que le consiguieran el permiso para hacerlo y así poder vivir de ello. Por su parte, Shakespeare iba detrás de la reina o del rey para que le compraran las piezas teatrales que escribía y así poder exhibirlas.

¿Qué hubiera pasado con Gabriel García Márquez sin los derechos de autor? ¿Hubiéramos tenido esos Cien años de soledad? Es famoso el cuento: luego de terminarlo, García Márquez habla con la casa editorial pero no tenía plata para enviarlo por correo a Buenos Aires. Entonces, empeña las joyas de la mujer. Después sí se publicó, y atrás vinieron los Fuentes, los Vargas Llosa y ¡cuántos uruguayos! ¿No debiéramos pensar también en esos docentes de la facultad que se ven alentados, incentivados a escribir? Y también están las editoriales, que no solamente le pagan al docente que escribe, sino al que diseña el libro, etcétera. Los estamos afectando. No digo que no lo hagamos en casos excepcionales –voy a votar para hacerlo– como el acceso a la educación; en los hechos ya existían excepciones fundadas en ello. Pero seamos conscientes de que estamos afectándolos y quizás el día de mañana haya menos personas que escriban, porque no encuentran la mínima remuneración. Hoy ya no se hacen ricos por publicar en el Uruguay; vamos a decir la verdad. ¿No debiéramos, en esa comisión de seguimiento, pensar en qué beneficios podemos darles para alentar que publiquen y que escriban? ¿No debiera ser parte de esto? Creo que sí. Me parece que le falta algo a esta ley, que es atender esa otra situación.

SEÑORA MOREIRA.- ¿Me permite una interrupción, señor senador?

SEÑOR BORDABERRY.- Con mucho gusto.

SEÑOR PRESIDENTE.- Puede interrumpir la señora senadora Moreira.

SEÑORA MOREIRA.- Ante todo voy a responder una alusión sobre la diferencia entre el derecho de autor y la patente. En realidad, todo es propiedad intelectual. Las obras literarias y artísticas, las invenciones en todos los campos de la actividad humana –estoy hablando de la definición de la Organización Mundial de Propiedad Intelectual–, los diseños industriales, las marcas de fábrica, los descubrimientos científicos, son todos objetos comprendidos dentro de la propiedad intelectual. Pero quería decir, sobre todo, que si Galeano pudo vivir de sus obras, fue porque tuvo su propia editorial, El Chanchito. Levrero jamás pudo vivir de sus obras, sino de sus talleres literarios. Y los autores de los textos que utilizan los alumnos, como yo misma, lo único que queremos es que los estudiantes tengan acceso universal a nuestros libros. Ese es el fundamento último de quien publica un texto de enseñanza o científico: nunca cobrar los derechos de autor, sino que el acceso sea universal y que los libros se lean.

SEÑOR PRESIDENTE.- Puede continuar el señor senador Bordaberry.

SEÑOR BORDABERRY.- Es muy interesante. Obviamente que, como dije, son todas creaciones del intelecto, pero tienen diferente regulación, porque recaen sobre materia distinta. Eso es, quizás, lo que no se ha comprendido. No es lo mismo regular una patente farmacéutica que regular la creación intelectual de un libro. Son distintos. Y el derecho así lo ha reconocido; no estoy inventando nada. Son, obviamente, creaciones del intelecto, pero tienen y merecen regulaciones distintas, porque además los fines pueden ser diferentes.

Sobre el acceso a los libros que se escriben, puede haber todo tipo de motivación. La que se menciona es muy loable y, junto con ella, va el prestigio que da publicar, que también –no hay que negarlo– existe. Otro autor querrá ganar dinero, poder dedicarse exclusivamente a escribir, y también es aceptable. Pero ese acceso hay que vehiculizarlo. No se trata de que el autor pase el texto a mimeógrafo o lo escriba a máquina y lo suba a Internet. ¡No! Ese autor quiere publicar un libro, y eso tiene un costo de diagramación, de armado, etcétera. Es más barato publicar un libro que sacar fotocopias. La diferencia es que el libro está armado y tiene una cantidad de costos, entre ellos el del autor. Esa es la realidad. Y lo que decimos es que ese acceso se va a ver perjudicado y debiéramos prestarle atención. Me preocupa que haya menos personas que escriban o que puedan publicar libros. En definitiva, uno ya está quedando antiguo y viejo, pero lo que me preocupa es el libro.

Decía Borges en una de sus conferencias: «De los diversos instrumentos del hombre, el más asombroso es, sin duda, el libro. Los demás son extensiones de su cuerpo. El microscopio, el telescopio son extensiones de su vista; el teléfono es extensión de la voz; luego tenemos el arado y la espada, extensiones de su brazo. Pero el libro es otra cosa: el libro es una extensión de la memoria y de la imaginación».

Entonces, cuando estamos tomando medidas que son muy buenas para el acceso de los estudiantes a los libros, pero que también permiten hacer fotocopias a los que no son estudiantes, sin sanción, pido que pensemos un minuto en el libro. Por supuesto que el libro no va a estar amenazado por esta ley, que va a quedar vieja y obsoleta dentro de muy poco. El libro hoy está, al igual que otras creaciones del intelecto, amenazado por los avances de la tecnología. Hoy ya no nos preocupa si podemos repetir y cantar las canciones de los indios norteamericanos, como le pasaba a Ortega y Gasset en 1921; tenemos Spotify, que baja la música en un minuto por poco dinero. Y tenemos Kindle y Amazon, que nos dan el acceso por Internet y le dan el derecho al autor de cobrar. En definitiva, estamos legislando tarde. De manera que encaremos este problema que hoy tienen los alumnos, pero estudiemos bien este asunto porque dentro de muy poco vamos a tener que volver a él para legislar sobre las nuevas tecnologías que lo están afectando. Y ojalá que no afecten lo más importante, que es el contenido del libro, que es la palabra.

Dice Gabriel García Márquez en El olor de la guayaba que cuando era un niño iba caminando por la calle y venía un ciclista a todo lo que daba y lo iba a atropellar. En ese momento pasaba un cura que le gritó «¡cuidado!», y el ciclista se desvió y terminó hecho pomada. Entonces, el cura le dijo a ese niño que era García Márquez: «¿Viste el valor que tiene la palabra?». Y él aprendió.

Gracias, señor presidente.

SEÑOR PRESIDENTE.- Si no se hace uso de la palabra, se va a votar en general el proyecto de ley.

(Se vota).

–25 en 25. Afirmativa. UNANIMIDAD.

En discusión particular.

SEÑOR MICHELINI.- Pido la palabra para una moción de orden.

SEÑOR PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor senador.

SEÑOR MICHELINI.- Formulo moción para que se suprima la lectura.

SEÑOR PRESIDENTE.- Se va a votar la moción formulada.

(Se vota).

–25 en 25. Afirmativa. UNANIMIDAD.

En consideración el artículo 1.º.

SEÑORA MOREIRA.- Pido la palabra.

SEÑOR PRESIDENTE.- Tiene la palabra la señora senadora.

SEÑORA MOREIRA.- Quiero proponer una modificación a este artículo, que viene sugerida por la secretaría de la comisión. Concretamente, la propuesta es que se suprima el segundo párrafo, que dice: «Limitaciones y Excepciones al Derecho de Autor y a los Derechos Conexos», porque esa frase estaba concebida como el acápite. Lo correcto es que el acápite se incluya luego de «Artículo 45».

No sé si se quiere dar lectura al artículo tal como quedaría redactado.

SEÑOR PRESIDENTE.- Vamos a tomar en cuenta la sugerencia de la señora senadora Moreira.

Léase la nueva redacción del artículo 1.º.

(Se lee).

SEÑOR SECRETARIO (José Pedro Montero).- «Artículo 1º.- Modifícase el acápite del artículo 45 de la Ley Nº 9.739, de 17 de diciembre de 1937, el que quedará redactado de la siguiente forma:

Artículo 45.- Las excepciones y limitaciones contempladas en esta ley se aplican tanto respecto de los derechos de autor como de los derechos conexos y al dominio público pagante.

No tienen carácter ilícito:».

SEÑOR BORDABERRY.- Pido la palabra.

SEÑOR PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor senador.

SEÑOR BORDABERRY.- En realidad, si vamos a votar el artículo 1.º, parecería ser que lo haremos en su totalidad y, entonces, eso incluye el artículo 45 que se modifica en su totalidad. Por lo tanto, deberíamos votar los incisos de lo que se modifica, porque nosotros no vamos a apoyar el numeral 15). ¿Entiende la Mesa lo que estoy planteando?

SEÑOR PRESIDENTE.- Estamos votando exclusivamente el texto que acaba de leer la secretaría de la Mesa. Cuando lleguemos al artículo 4.º, ahí hacemos la excepción.

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo 1.º con el texto que acaba de leerse.

(Se vota).

–26 en 26. Afirmativa. UNANIMIDAD.

En consideración el artículo 2.º.

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota).

–24 en 26. Afirmativa.

En consideración el artículo 3.º.

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota).

–26 en 26. Afirmativa. UNANIMIDAD.

En consideración el artículo 4.º. Sugiero que votemos hasta el párrafo que se inicia con el numeral 15).

SEÑOR SARAVIA.- Pido la palabra.

SEÑOR PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor senador.

SEÑOR SARAVIA.- ¿Por qué no desglosamos el numeral 15), como planteó el senador Amorín, y votamos el resto?

SEÑOR PRESIDENTE.- Gracias, senador Saravia, por la sugerencia.

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar el artículo 4.º, desglosando el numeral 15).

(Se vota).

–26 en 26. Afirmativa. UNANIMIDAD.

En consideración el numeral 15) del artículo 4.º.

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota).

–17 en 26. Afirmativa.

En consideración el artículo 5.º.

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota).

–16 en 26. Afirmativa.

SEÑORA PAYSSÉ.- Pido la palabra para fundar el voto.

SEÑOR PRESIDENTE.- Tiene la palabra la señora senadora.

SEÑORA PAYSSÉ.- Como expresara la senadora Moreira en su intervención, nos parece que este artículo amerita, por lo menos, un repaso en la Cámara de Representantes a los efectos de que se termine de concretar su aprobación o, eventualmente, alguna modificación, si es que hubiera voluntad de hacerlo. Ese es el marco en el cual nosotros hemos votado este artículo 5.º. Además, somos fervientes partidarias del Parlamento bicameral.

SEÑOR PRESIDENTE.- Léase el aditivo propuesto, que sería el artículo 6.º.

(Se lee).

SEÑOR SECRETARIO (José Pedro Montero).- «Artículo 6º.- Créase una Comisión de Seguimiento, integrada por los delegados del Poder Ejecutivo que designe para este tema, de las organizaciones más representativas vinculadas a la actividad regulada en la presente ley, y de los estudiantes, a la cual podrán integrarse representantes designados por las Comisiones de Educación y Cultura de la Cámara de Senadores y de la Cámara de Representantes, respectivamente, con la finalidad de realizar el seguimiento y la evaluación de la aplicación de la misma, sin fines legislativos.

Esta Comisión podrá ser convocada por cualquiera de los sectores con carácter obligatorio, luego de los 180 días de vigencia.

Dentro del término de un año, contado a partir de los 180 días de vigencia de la presente ley, deberá presentar un informe evaluatorio de situación, así como las eventuales correcciones o modificaciones que considere pertinente». (Firman los señores senadores Saravia, Passada, Berterreche, Amorín, Lorier y Moreira).

SEÑOR PRESIDENTE.- En consideración.

Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota).

–23 en 25. Afirmativa.

Queda aprobado el proyecto de ley, que se comunicará a la Cámara de Representantes.

(Aplausos en la barra).

(Texto del proyecto de ley aprobado).

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SEÑOR PARDIÑAS.- Pido la palabra para fundar el voto.

SEÑOR PRESIDENTE.- Tiene la palabra el señor senador.

SEÑOR PARDIÑAS.- Señor presidente: entiendo la importancia de este proyecto de ley –es por eso que lo acompañamos–, la premura en proclamar la votación y la aprobación por parte de la Mesa, pero nosotros entendemos que, justamente, esto es parte de algunos aspectos fundamentales en el avance y desarrollo de la sociedad, que implica el uso del conocimiento. Asimismo, nos genera la problematización que debemos tener siempre en consideración, que es ver cómo protegemos a aquellos que son los creadores, que tienen esa esencia de hacer o generar algo más, que los comunes no hacemos; también ellos deben tener su ámbito de protección, y es por eso que la ley regula estos aspectos.

Esperemos que el debate que se vaya a dar en la Cámara de Representantes pueda seguir avanzando con el espíritu con que el Senado ha aprobado esta iniciativa, que es divulgar, favorecer el acceso al conocimiento y el uso de ese conocimiento; pero que también haya protección y estímulo para los creadores, para aquellos que desarrollan, justamente, la capacidad de ir más allá de lo que podemos ir los comunes, y que eso se transforme en un valor, ya sea cultural, del conocimiento, del arte o de las diversas expresiones culturales con las que la sociedad siempre se enriquece.

Hoy avanzamos en la línea de socializar el conocimiento.

Muchas gracias, señor presidente.

17) LEVANTAMIENTO DE LA SESIÓN

SEÑOR PRESIDENTE.- No habiendo más asuntos, se levanta la sesión.

(Así se hace, a las 13:22, presidiendo el señor Raúl Sendic y estando presentes los señores senadores Agazzi, Amorín, Ayala, Berterreche, Besozzi, De León, Delgado, Heber, Lorier, Martínez Huelmo, Meléndez, Michelini, Mieres, Moreira, Olesker, Pardiñas, Passada, Payssé, Pintado y Saravia).

RAÚL SENDIC Presidente

José Pedro Montero Secretario

Silvana Charlone Prosecretaria

Adriana Carissimi Canzani Directora general del Cuerpo de Taquígrafos

Control División Diario de Sesiones del Senado

Diseño División Imprenta del Senado

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Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.