Poder Legislativo / República Oriental del Uruguay

 

Comisión de Asuntos
Internacionales

Carpeta Nº 2708 de 2008
Repartido Nº 1318
Julio de 2008

 

DECISIÓN DEL CONSEJO DEL MERCADO COMÚN Nº 01/06, SUSCRITA EN
CÓRDOBA, REPÚBLICA ARGENTINA, QUE DIO POR CONCLUIDA
LA "SEXTA RONDA DE NEGOCIACIÓN DE COMPROMISOS
ESPECÍFICOS EN MATERIA DE SERVICIOS", APROBANDO
LAS LISTAS DE COMPROMISOS ESPECÍFICOS
DE LOS ESTADOS PARTES DEL MERCOSUR

 

A p r o b a c i ó n


 

PODER EJECUTIVO

Ministerio de
Relaciones Exteriores
Ministerio del Interior
Ministerio de
Economía y Finanzas
Ministerio de
Defensa Nacional
Ministerio de
Educación y Cultura
Ministerio de Transporte
y Obras Públicas
Ministerio de Industria,
Energía y Minería
Ministerio de Trabajo
y Seguridad Social
Ministerio de
Salud Pública
Ministerio de Ganadería,
Agricultura y Pesca
Ministerio de Turismo y Deporte
Ministerio de Vivienda, Ordenamiento
Territorial y Medio Ambiente

Montevideo, 7 de julio de 2008.

Señor Presidente de la Asamblea General:

El Poder Ejecutivo tiene el honor de dirigirse a la Asamblea General, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 168 numeral 20 y el artículo 85 numeral 7, de la Constitución de la República, a fin de someter a su consideración el adjunto proyecto de ley, por el cual se aprueba la Decisión del Consejo del Mercado Común Nº 01/06, suscrita en Córdoba, República Argentina, el 20 de julio de 2006, que dio por concluida la "Sexta Ronda de Negociación de Compromisos Específicos en Materia de Servicios", aprobando las Listas de Compromisos Específicos de los Estados Partes del MERCOSUR, que constan en Anexo y que sustituyen las Listas de Compromisos Específicos del Protocolo de Montevideo sobre el Comercio de Servicios del Mercado Común del Sur, suscrito el 15 de diciembre de 1997 y aprobado por Ley Nº 17.855, de 20 de diciembre de 2004, que entrarán en vigencia según lo dispuesto en el artículo 27 de dicho Protocolo.

El Protocolo de Montevideo sobre el Comercio de Servicios del Mercado Común del Sur aprobado por Ley Nº 17.855, de 20 de diciembre de 2004, constituye un instrumento importante en el proceso de integración, que consagra las normas y principios para negociar la liberalización del comercio de servicios entre los Estados Partes.

El Protocolo consta de un marco de disciplinas que regirán el comercio de servicios entre los Estados Partes y la Lista Inicial de Compromisos Específicos que cada país del bloque asumió cuando se firmó el Acuerdo. En este instrumento, se acordó la liberalización total del comercio de servicios en el MERCOSUR en diez años, contados a partir de la entrada en vigor del Acuerdo, hecho que acaeció en diciembre de 2005.

Desde la firma del Protocolo, se han efectuado seis Rondas de Negociación, en las cuales los países inscribieron en sus listas mayores compromisos. Como el Protocolo aún no estaba en vigor, los compromisos asumidos en esas Rondas no fueron remitidos a los Parlamentos, pues carecía de sentido enviar las listas.

En la Sexta Ronda de Negociación que culminó en julio de 2006, se aprobaron las Listas que contienen los compromisos asumidos en todas las Rondas anteriores. En ese sentido, el Consejo del Mercado Común, por medio de la Decisión 1/06, al dar por concluida la Sexta Ronda de Negociación, aprobó las Listas de Compromisos Específicos de los Estados Parte del MERCOSUR, que sustituyen a las Listas de Compromisos del Protocolo de Montevideo y que para su entrada en vigor requieren de aprobación parlamentaria. En dichos compromisos los cuatro países consolidan mejoras en el acceso a los mercados y trato nacional.

El Poder Ejecutivo continúa trabajando en la identificación de los intereses sectoriales a nivel regional, a los efectos de poder acceder a los mercados del MERCOSUR sin restricciones.

El Poder Ejecutivo reitera al señor Presidente de la Asamblea General las seguridades de su más alta consideración.

TABARÉ VÁZQUEZ
GONZALO FERNÁNDEZ
DAISY TOURNÉ
DANILO ASTORI
JOSÉ BAYARDI
MARÍA SIMON
VÍCTOR ROSSI
GERARDO GADEA
EDUARDO BONOMI
MARÍA J. MUÑOZ
ERNESTO AGAZZI
HÉCTOR LESCANO
CARLOS COLACCE

 

PROYECTO DE LEY

Artículo Único.- Apruébese la Decisión del Consejo del Mercado Común Nº 01/06 suscrita en Córdoba, República Argentina, el 20 de julio de 2006, que aprobó las Listas de Compromisos Específicos de los Estados Partes del MERCOSUR, -que constan en Anexo-, resultantes de la "Sexta Ronda de Negociación de Compromisos Específicos en Materia de Servicios", que sustituyen las Listas de Compromisos Específicos del Protocolo de Montevideo sobre el Comercio de Servicios del Mercado Común del Sur, suscrito el 15 de diciembre de 1997 y aprobado por Ley Nº 17.855 de 20 de diciembre de 2004, que entrarán en vigencia según lo dispuesto en el artículo 27 de dicho Protocolo.

Montevideo, 7 de julio de 2008.

GONZALO FERNÁNDEZ
DAISY TOURNÉ
DANILO ASTORI
JOSÉ BAYARDI
MARÍA SIMON
VÍCTOR ROSSI
GERARDO GADEA
EDUARDO BONOMI
MARÍA J. MUÑOZ
ERNESTO AGAZZI
HÉCTOR LESCANO
CARLOS COLACCE

Línea del pie de página
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