Comisión de Asuntos Internacionales Carpeta Nº 3335 de 2003 |
Repartido Nº 1412 Setiembre de 2003 |
PODER EJECUTIVO Ministerio de Defensa Nacional Ministerio de Relaciones Exteriores |
El Poder Ejecutivo cumple en remitir a ese Cuerpo, a los efectos previstos en el numeral 7º) del artículo 85 de la Constitución de la República, el Convenio Marco de cooperación técnico-militar, celebrado entre el Gobierno de la Federación de Rusia y el Gobierno de la República Oriental del Uruguay, suscripto el 22 de octubre de 2002, cuyo texto luce de fojas 5 a 8 del expediente administrativo del Ministerio de Defensa Nacional 02074772; habiéndose autorizado la referida suscripción mediante Resolución del Poder Ejecutivo (número interno 80.240) de fecha 20 de setiembre de 2002.
Saluda al señor Presidente de la Asamblea General con la mayor consideración.
JORGE BATLLE IBÁÑEZ YAMANDÚ FAU DIDIER OPERTTI BADÁN |
Artículo Único.- Apruébase, en todas sus partes, el Convenio Marco celebrado entre el Gobierno de la Federación de Rusia y el Gobierno de la República Oriental del Uruguay, el 22 de octubre de 2002, que tiene por objeto establecer la cooperación técnico-militar a desarrollar en diversas áreas.
YAMANDÚ FAU DIDIER OPERTTI BADÁN |
La Cámara de Senadores en sesión de hoy ha aprobado el siguiente
Artículo Único.- Apruébase, en todas sus partes, el Convenio Marco celebrado entre el Gobierno de la Federación de Rusia y el Gobierno de la República Oriental del Uruguay, el 22 de octubre de 2002, que tiene por objeto establecer la cooperación técnico-militar a desarrollar en diversas áreas.
Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 2 de setiembre de 2003.
MARIO FARACHIO Secretario |
LUIS HIERRO LÓPEZ Presidente |
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo. |