Comisión de Presupuestos Carpeta Nº 487 de 2000 |
Repartido Nº 273 Agosto de 2000 |
Artículo 1º.- Los funcionarios incluidos en la Resolución del Poder Ejecutivo de 25 de marzo de 1999, que fueron redistribuidos a distintos Ministerios, mantendrán la totalidad de retribuciones percibidas en su oficina de origen por todo concepto y fuente de financiamiento, con anterioridad a la transformación en persona jurídica de Derecho Público no Estatal.
Artículo 2º.- La diferencia entre la retribución percibida en su oficina de origen y la establecida en la adecuación presupuestal practicada de conformidad con lo dispuesto en la Resolución de 25 de marzo de 1999 por todo concepto y fuente de financiamiento, se asignará como compensación personal al funcionario.
Se financiará con los créditos derivados de la implantación de lo dispuesto en los artículos 709 y siguientes de la Ley Nº 16.736, de 5 de enero de 1996, y, en todos los casos, se incrementará con los aumentos que se fijen para el sueldo básico.
La compensación personal referida en el inciso primero del presente artículo se irá absorbiendo en ocasión de cambios en la tabla de sueldos o en los futuros ascensos y se eliminará al vacar, reintegrándose el crédito a Rentas Generales.
LUIS M. LEGLISE Representante por Salto |
SILVANA CHARLONE Representante por Montevideo |
GUSTAVO PENADES Representante por Montevideo |
DOREEN JAVIER IBARRA Representante por Montevideo |
DANIEL GARCIA PINTOS Representante por Montevideo |
GABRIEL PAIS Representante por Montevideo |
RONALD PAIS Representante por Montevideo |
ROBERTO ARRARTE FERNANDEZ Representante por Rocha |
JOSE AMORIN BATLLE Representante por Montevideo |
RUBEN H. DIAZ Representante por Montevideo |
ROBERTO CONDE Representante por Canelones |
MARTIN PONCE DE LEON Representante por Montevideo |
CARLOS GONZALEZ ALVAREZ Representante por Colonia |
IVAN POSADA Representante por Montevideo |
LUCIA TOPOLANSKY Representante por Montevideo |
ADOLFO PEDRO SANDE Representante por Canelones |
CARLOS BARAIBAR Representante por Montevideo |
La Ley Nº 17.058, de 18 de diciembre de 1998, declara que los funcionarios pertenecientes a las dependencias o servicios que fueron transformados en Personas Públicas no Estatales que no hayan sido absorbidos por otras dependencias públicas, continuarán, mientras tanto, desempeñando sus funciones para los Ministerios correspondientes, manteniendo la totalidad de los derechos y las remuneraciones que tenían como funcionarios con anterioridad a la transformación referida.
El Poder Ejecutivo, por Resolución de 25 de marzo de 1999, dispuso la incorporación de cincuenta y nueve funcionarios declarados excedentes de la ex Dirección Nacional de Comercio, a diversos Ministerios, y estableció que la Comisión de Adecuación Presupuestal, regulada por el artículo 454 del Decreto 200/997, de 18 de julio de 1997, practicara las adecuaciones presupuestales respectivas, tomando en consideración lo dispuesto en el Decreto del Poder Ejecutivo 271/998, de 29 de setiembre de 1998.
Como el Decreto 271/998 en su Resultando III) menciona que en el marco de la Reforma del Estado las redistribuciones se realizan a un nuevo cargo o función contratada, que se financia con las economías producidas en virtud de reestructuras efectuadas en el régimen de la Ley Nº 16.736, de 5 enero de 1996, es opinión unánime de los miembros de la Comisión de Presupuestos integrada con la de Hacienda de la Cámara de Representantes, que la aplicación de lo establecido por la ley mencionada supone que los funcionarios indicados, una vez incorporados a las oficinas de destino, deberán mantener la retribución que percibían en su oficina de origen por todo concepto y fuente de financiamiento, con anterioridad a la transformación.
De acuerdo con lo expuesto, es que presentamos el presente proyecto de ley que tiende a solucionar la situación.
LUIS M. LEGLISE Representante por Salto |
SILVANA CHARLONE Representante por Montevideo |
GUSTAVO PENADES Representante por Montevideo |
DOREEN JAVIER IBARRA Representante por Montevideo |
DANIEL GARCIA PINTOS Representante por Montevideo |
GABRIEL PAIS Representante por Montevideo |
RONALD PAIS Representante por Montevideo |
ROBERTO ARRARTE FERNANDEZ Representante por Rocha |
JOSE AMORIN BATLLE Representante por Montevideo |
RUBEN H. DIAZ Representante por Montevideo |
ROBERTO CONDE Representante por Canelones |
MARTIN PONCE DE LEON Representante por Montevideo |
CARLOS GONZALEZ ALVAREZ Representante por Colonia |
IVAN POSADA Representante por Montevideo |
LUCIA TOPOLANSKY Representante por Montevideo |
ADOLFO PEDRO SANDE Representante por Canelones |
CARLOS BARAIBAR Representante por Montevideo |
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo. |