Poder Legislativo / República Oriental del Uruguay
 
Publicada D.O. 08 May/2018 - Nº29938

Ley Nº 19.615

CONTRIBUCIÓN INMOBILIARIA RURAL

SE ESTABLECE SU REDUCCIÓN PARA LOS EJERCICIOS 2018 Y 2019 A PROPIETARIOS DE PADRONES RURALES QUE REÚNAN DETERMINADAS CONDICIONES

El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General,

DECRETAN


Artículo 1°.‑ Establécese para los Ejercicios 2018 y 2019 una reducción del 18% (dieciocho por ciento) respecto de la alícuota de la Contribución Inmobiliaria Rural establecida por el artículo 652 de la Ley Nº 15.809, de 8 de abril de 1986, a los propietarios de padrones rurales que exploten a cualquier título padrones que en su conjunto no excedan de 1.000 hectáreas índice CONEAT 100.

 Artículo 2°.‑ Establécese para los Ejercicios 2018 y 2019 una reducción adicional del 10% (diez por ciento) del monto a pagar por el Impuesto de Contribución Inmobiliaria Rural, a los productores comprendidos en el artículo anterior, siempre que no sean contribuyentes del Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas (IRAE).

Artículo 3°.‑ Para tener derecho a los beneficios establecidos en la presente ley, se deberá presentar en las Intendencias correspondientes, dentro de los 120 (ciento veinte) días del ejercicio, declaración jurada con detalle  del total de los padrones que  al 1º de enero  anterior  explotaban a cualquier título, con indicación del correspondiente valor real de cada uno.

Para el presente ejercicio el plazo a que hace referencia el inciso anterior deberá contarse a partir de la promulgación de la presente ley.

 En los casos en que los pagos del mencionado impuesto ya realizados excedan el monto del importe anual del mismo, por dicho exceso el contribuyente tendrá un crédito que podrá aplicar al pago del impuesto correspondiente al siguiente ejercicio.

 

    Sala de Sesiones de la Cámara de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 18 de abril de 2018.

GLORIA RODRÍGUEZ,
2da. Vicepresidenta
Virgunia Ortiz,
Secretaria.

MINISTERIO DEL INTERIOR
 MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
  MINISTERIO D ECONOMÍA Y FINANZAS
   MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
    MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA
     MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS
      MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
       MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
        MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA
         MINISTERIO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA
          MINISTERIO DE TURISMO
           MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE
             MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

Montevideo, 27  de abril de 2018.

Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos, la Ley por la que se establece una reducción para los ejercicios 2018 y 2019, a propietarios de padrones rurales que reúnan determinadas condiciones, de la Contribución Inmobiliaria Rural..

TABARÉ VÁZQUEZ.
JORGE VÁZQUEZ.
ARIEL BERGAMINO.
DANILO ASTORI.
JORGE MENÉNDEZ.
EDITH MORAES.
VICTOR ROSSI.
CAROLINA COSSE.
ERNESTO MURRO.
JORGE BASSO.
ENZO BENECH.
LILIAM KECHICHIAN.
ENEIDA de LEÓN.
MARINA ARISMENDI.

 

 

Trámite Parlamentario


Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.