Artículo único.- Apruébanse el Acuerdo entre la República Oriental del Uruguay y la República Federativa del Brasil para el Intercambio de Información en Materia Tributaria y su Protocolo, firmados en la ciudad de Brasilia, el 23 de octubre de 2012.
Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 22 de diciembre de 2014.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos, la Ley por la que se aprueban el Acuerdo entre la República Oriental del Uruguay y la República Federativa del Brasil para el Intercambio de Información Tributaria y su Protocolo firmados en la ciudad de Brasilia, el 23 de octubre de 2012.
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo. |