Poder Legislativo / República Oriental del Uruguay
Publicada D.O. 8 may/012 - Nº 28464

Ley Nº 18.890

TRABAJADORES DE COOPERATIVA INDUSTRIAL MARAGATA

SE FACULTA AL MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL A EXTENDER
POR UN PLAZO DE HASTA CIENTO OCHENTA DÍAS
EL SUBSIDIO POR DESEMPLEO

El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General,

DECRETAN:


Artículo 1º.- Facúltase al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social a extender por razones de interés general, hasta por un plazo de ciento ochenta días, el subsidio por desempleo de los trabajadores de la Cooperativa Industrial Maragata (COOPIMA), en los términos y condiciones que establezca la reglamentación.

Artículo 2º.- La ampliación del plazo de la prestación de desempleo que se otorga en virtud de las facultades que se conceden en el artículo anterior, alcanzará a los trabajadores que aún continúen en el goce del referido beneficio o hayan agotado el plazo máximo de cobertura (artículos 7º y 10 del Decreto-Ley Nº 15.180, de 20 de agosto de 1981, en la redacción dada por la Ley Nº 18.399, de 24 de octubre de 2008).

La ampliación del plazo de la prestación comenzará a regir a partir del mes inmediato posterior al cese respectivo del subsidio en todos los casos.

Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 20 de marzo de 2012.

DANILO ASTORI,
Presidente.
Hugo Rodríguez Filippini,
Secretario.

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
MINISTERIO DEL INTERIOR
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CUTURA
MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA
MINISTERIO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA
MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTE
MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

Montevideo, 30 de marzo de 2012.

Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos, la Ley por la que se faculta al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social a extender, hasta por un plazo de ciento ochenta días, el subsidio por desempleo de los trabajadores de la Cooperativa Industrial Maragata (COOPIMA).

JOSÉ MUJICA.
NELSON LOUSTAUNAU.
EDUARDO BONOMI.
LUIS ALMAGRO.
LUIS PORTO.
ELEUTERIO FERNÁNDEZ HUIDOBRO.
RICARDO EHRLICH.
ENRIQUE PINTADO.
ROBERTO KREIMERMAN.
LEONEL BRIOZZO.
TABARÉ AGUERRE.
HÉCTOR LESCANO.
GRACIELA MUSLERA.
DANIEL OLESKER.

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Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.