Publicada D.O. 12 ago/011 - Nº 28285
Ley Nº 18.776
ADHESIÓN DE LA REPÚBLICA AL PROTOCOLO FACULTATIVO
DE LA CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS
DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD
APROBACIÓN
El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del
Uruguay, reunidos en Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo único.- Apruébase la adhesión al Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos de las Personas con
Discapacidad, adoptado en la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América, el 13 de
diciembre de 2006.
Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en
Montevideo, a 5 de julio de 2011.
DOREEN JAVIER IBARRA,
4to. Vicepresidente.
José Pedro Montero,
Secretario.
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
MINISTERIO DEL INTERIOR
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA
MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTE
MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL
Y MEDIO AMBIENTE
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
Montevideo, 15 de julio de 2011.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro
Nacional de Leyes y Decretos, la Ley por la que se aprueba la adhesión al Protocolo
Facultativo de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad,
adoptado en la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América, el 13 de diciembre de
2006.
JOSÉ MUJICA.
ROBERTO CONDE.
EDUARDO BONOMI.
FERNANDO LORENZO.
MARÍA SIMON.
EDUARDO BRENTA.
DANIEL OLESKER.
HÉCTOR LESCANO.
GRACIELA MUSLERA.
ANA MARÍA VIGNOLI.
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Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo. |