Artículo único.- Desígnase con el nombre de "Doctor Rincón Artigas Yarce" al Hospital departamental de la ciudad de Melo, departamento de Cerro Largo, dependiente de la Administración de los Servicios de Salud del Estado.
Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 15 de junio de 2011.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos, la Ley por la que se designa con el nombre de "Doctor Rincón Artigas Yarce" al Hospital departamental de la ciudad de Melo, departamento de Cerro Largo, dependiente de la Administración de los Servicios de Salud del Estado.
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo. |