Poder Legislativo / República Oriental del Uruguay
Publicada D.O. 4 jul/011 - Nº 28257

Ley Nº 18.767

DOCTOR RINCÓN ARTIGAS YARCE

DESIGNACIÓN AL HOSPITAL DE LA CIUDAD DE MELO

El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General,

DECRETAN:


Artículo único.- Desígnase con el nombre de "Doctor Rincón Artigas Yarce" al Hospital departamental de la ciudad de Melo, departamento de Cerro Largo, dependiente de la Administración de los Servicios de Salud del Estado.

    Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 15 de junio de 2011.

DANILO ASTORI,
Presidente.
Hugo Rodríguez Filippini,
Secretario.

MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA

Montevideo, 24 de junio de 2011.

Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos, la Ley por la que se designa con el nombre de "Doctor Rincón Artigas Yarce" al Hospital departamental de la ciudad de Melo, departamento de Cerro Largo, dependiente de la Administración de los Servicios de Salud del Estado.

JOSÉ MUJICA.
DANIEL OLESKER.

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Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.