Artículo único.- Prorrógase hasta el 31 de diciembre de 2010 la permanencia fuera del país del Contingente Militar desplegado en la República de Haití, autorizado por las Leyes Nos. 17.992, de 20 de julio de 2006, 18.163, de 29 de julio de 2007, 18.225, de 22 de diciembre de 2007, y 18.443, de 24 de diciembre de 2008.
Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 6 de abril de 2010.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos, la Ley por la que se prorroga hasta el 31 de diciembre de 2010, la permanencia fuera del país del Contingente Militar desplegado en la República de Haití, autorizado por las Leyes Nos. 17.992, de 20 de julio de 2006; 18.163, de 29 de julio de 2007; 18.225, de 22 de diciembre de 2007, y 18.443, de 24 de diciembre de 2008.
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo. |