Poder Legislativo / República Oriental del Uruguay
Publicada D.O. 4 dic/008 - Nº 27626

Ley Nº 18.418

CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS
CON DISCAPACIDAD

APROBACIÓN

El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General,

DECRETAN:


Artículo único.- Apruébase la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, firmada en la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de Norteamérica, el día 3 de abril de 2007.

    Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 5 de noviembre de 2008.

UBERFIL HERNÁNDEZ,
1er. Vicepresidente.
Marti Dalgalarrondo Añón,
Secretario.

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
 MINISTERIO DEL INTERIOR
  MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
   MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA
    MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
     MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA
      MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTE
       MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE
        MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

Montevideo, 20 de noviembre de 2008.

Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos, la Ley por la cual se aprueba la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, firmada en la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América, el 3 de abril de 2007.

TABARÉ VÁZQUEZ.
GONZALO FERNÁNDEZ.
DAISY TOURNÉ.
ÁLVARO GARCÍA.
MARÍA SIMON.
EDUARDO BONOMI.
MIGUEL FERNÁNDEZ GALEANO.
HÉCTOR LESCANO.
JACK COURIEL.
MARINA ARISMENDI.

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Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.