Poder Legislativo / República Oriental del Uruguay
Publicada D.O. 31 oct/008 - Nº 27602

Ley Nº 18.385

INSCRIPCIÓN DE TÍTULOS DE PROPIEDAD DE PREDIOS PERTENECIENTES
A COLONIAS DEL INSTITUTO NACIONAL DE COLONIZACIÓN

SE PRORROGA EL PLAZO ESTABLECIDO EN LA LEY Nº 11.029, EN LA
REDACCIÓN DADA POR LA LEY Nº 18.187

El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General,

DECRETAN:


Artículo único.- Prorróganse por seis meses los plazos establecidos en los incisos sexto, séptimo, octavo y noveno del artículo 70 de la Ley Nº 11.029, de 12 de enero de 1948, en la redacción dada por el artículo 15 de la Ley Nº 18.187, de 2 de noviembre de 2007.

Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 8 de octubre de 2008.

UBERFIL HERNÁNDEZ,
1er. Vicepresidente.
José Pedro Montero,
Secretario.

MINISTERIO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA
MINISTERIO DEL INTERIOR
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA
MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA

Montevideo, 17 de octubre de 2008.

Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos, la Ley por la que se prorrogan los plazos establecidos en la Ley Nº 11.029, de 12 de enero de 1948, en la redacción dada por la Ley Nº 18.187, de 2 de noviembre de 2007, relativo a la inscripción de títulos de propiedad de predios pertenecientes a colonias del Instituto Nacional de Colonización.

TABARÉ VÁZQUEZ.
ERNESTO AGAZZI.
DAISY TOURNÉ.
ÁLVARO GARCÍA.
MARÍA SIMON.
VÍCTOR ROSSI.
DANIEL MARTÍNEZ.
MARÍA JULIA MUÑOZ.

Línea del pie de página
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.