Publicada D.O. 31 oct/008 - Nº 27602
Ley Nº 18.385
INSCRIPCIÓN DE TÍTULOS DE PROPIEDAD DE PREDIOS PERTENECIENTES
A COLONIAS DEL INSTITUTO NACIONAL DE COLONIZACIÓN
SE PRORROGA EL PLAZO ESTABLECIDO EN LA LEY Nº 11.029, EN LA
REDACCIÓN DADA POR LA LEY Nº 18.187
El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del
Uruguay, reunidos en Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo único.- Prorróganse por seis meses los plazos establecidos en
los incisos sexto, séptimo, octavo y noveno del artículo 70 de la Ley Nº 11.029, de 12 de enero de
1948, en la redacción dada por el artículo 15 de la Ley Nº 18.187, de 2 de noviembre
de 2007.
Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en
Montevideo, a 8 de octubre de 2008.
UBERFIL HERNÁNDEZ,
1er. Vicepresidente.
José Pedro Montero,
Secretario.
MINISTERIO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA
MINISTERIO DEL INTERIOR
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA
MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA
Montevideo, 17 de octubre de 2008.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro
Nacional de Leyes y Decretos, la Ley por la que se prorrogan los plazos establecidos en la
Ley Nº 11.029, de 12 de enero de 1948, en la redacción dada por la Ley Nº 18.187, de 2
de noviembre de 2007, relativo a la inscripción de títulos de propiedad de predios
pertenecientes a colonias del Instituto Nacional de Colonización.
TABARÉ VÁZQUEZ.
ERNESTO AGAZZI.
DAISY TOURNÉ.
ÁLVARO GARCÍA.
MARÍA SIMON.
VÍCTOR ROSSI.
DANIEL MARTÍNEZ.
MARÍA JULIA MUÑOZ.
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Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo. |