Artículo único.- Apruébase la Convención Interamericana sobre Conflictos de Leyes en Materia de Adopción de Menores, suscrita por la República en la Tercera Conferencia Especializada Interamericana sobre Derecho Internacional Privado, que tuviera lugar en La Paz, del 15 al 24 de mayo de 1984.
Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 6 de agosto de 2008.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos, la Ley por la que se aprueba la Convención Interamericana sobre Conflictos de Leyes en Materia de Adopción de Menores, suscrita por la República en la Tercera Conferencia Especializada Interamericana sobre Derecho Internacional Privado, que tuviera lugar en La Paz, del 15 al 24 de mayo de 1984.
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo. |