Artículo único.- Autorízase la salida del país, desde el 15 de abril de 2008 y por un período inicial de 1 (un) año, previéndose relevos totales o parciales a los 6 meses de 1 (una) aeronave EADS-CASA C-212 de la dotación de la Fuerza Aérea Uruguaya, con sus soportes logísticos correspondientes, a los efectos de participar en la Misión de la Organización de las Naciones Unidas en la República de Haití (MINUSTAH) y constituir una "Unidad de Vigilancia y Observación".
La tripulación, personal técnico y de apoyo a ser desplegado con la aeronave, se integrará con hasta 30 (treinta) efectivos del Personal Superior y Subalterno discriminados de la siguiente forma: Tripulaciones de vuelo: 12 (doce), Personal Técnico: 8 (ocho) y Personal de apoyo: 10 (diez); sin afectar el número total de efectivos actualmente desplegados en MINUSTAH.
Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 8 de abril de 2008.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos.
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo. |