Artículo Único.- Apruébase la Convención Interamericana contra el Terrorismo adoptada el 3 de junio de 2002 en la ciudad de Bridgetown (Barbados), en oportunidad de celebrarse el trigésimo segundo período ordinario de sesiones de la Asamblea General de la Organización de los Estados Americanos.
Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 5 de diciembre de 2006.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos.
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo. |