Publicada D.O. 28 nov/006 - Nº 27128
Ley Nº 18.055
DÍA DE LA CULTURA GAUCHA O CULTURA DE LA PAMPA
SE DECLARA FERIADO LABORABLE PARA EL DEPARTAMENTO DE RIVERA
EL DÍA 20 DE SETIEMBRE DE CADA AÑO
El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del
Uruguay, reunidos en Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo Único.- Declárase feriado laborable para el departamento de
Rivera, el día 20 de setiembre de cada año, con motivo de conmemorarse el "Día de
la Cultura Gaucha o Cultura de la Pampa".
Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 8
de noviembre de 2006.
RODOLFO NIN NOVOA,
Presidente.
HUGO RODRÍGUEZ FILIPPINI,
Secretario.
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA
Montevideo, 20 de noviembre de 2006.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro
Nacional de Leyes y Decretos.
TABARÉ VÁZQUEZ.
JORGE BROVETTO.
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Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo. |