Poder Legislativo / República Oriental del Uruguay
Publicada D.O. 19 set/006 - Nº 27080

Ley Nº 18.014

PUEBLO COLONIA PALMA

ELÉVASE A LA CATEGORÍA DE PUEBLO CON SU NUEVA DENOMINACIÓN

El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General,

DECRETAN:


Artículo Único.- Elévase a la categoría de pueblo, con la denominación "Pueblo Colonia Palma", el actual centro poblado existente en la 9ª Sección Judicial del departamento de Artigas, ubicado entre los kilómetros 591 y 592 de la Ruta Nacional Nº 3 "General José G. Artigas", que une los departamentos de Artigas y Salto.

    Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 6 de setiembre de 2006.

RODOLFO NIN NOVOA,
Presidente.
Hugo Rodríguez Filippini,
Secretario.

MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE

Montevideo, 13 de Setiembre de 2006.

Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos.

TABARÉ VÁZQUEZ.
MARIANO ARANA.

Línea del pie de página
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.