Poder Legislativo / República Oriental del Uruguay
Publicada D.O. 24 jul/006 - Nº 27040

Ley Nº 17.991

MERCOSUR

SE ARUEBA LA DECISIÓN Nº 18/05, DE 19 DE JUNIO DE 2005, SOBRE "INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
DEL FONDO PARA LA CONVERGENCIA ESTRUCTURAL Y FORTALECIMIENTO DE LA
ESTRUCTURA INSTITUCIONAL DEL MERCOSUR" (FOCEM).

El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General,

DECRETAN:


Artículo 1º.- Apruébase la Decisión CMC Nº 18/05 del Consejo del Mercado Común del MERCOSUR, sobre "Integración y Funcionamiento del Fondo para la Convergencia Estructural y Fortalecimiento de la Estructura Institucional del MERCOSUR", hecha en la ciudad de Asunción del Paraguay, el 19 de junio de 2005.

Artículo 2º.- Se habilitarán los créditos presupuestales correspondientes a la contribución de la República Oriental del Uruguay.

    Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 14 de julio de 2006.

RODOLFO NIN NOVOA,
Presidente.
Hugo Rodríguez Filippini,
Secretario.

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
 MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Montevideo, 17 de julio de 2006.

Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos.

TABARÉ VÁZQUEZ.
REINALDO GARGANO.
DANILO ASTORI.

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Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.