Poder Legislativo / República Oriental del Uruguay
Publicada D.O. 5 jun/006 - Nº 27007

Ley Nº 17.965

BRASIL - URUGUAY

APRUÉBASE EL ACUERDO DE COOPERACIÓN MUTUA PARA COMBATIR EL TRÁFICO
DE AERONAVES COMPROMETIDAS EN ACTIVIDADES ILÍCITAS TRANSNACIONALES

El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General,

DECRETAN:


Artículo Único.- Apruébase el Acuerdo de Cooperación Mutua entre el Gobierno de la República Oriental del Uruguay y el Gobierno de la República Federativa del Brasil para Combatir el Tráfico de Aeronaves Comprometidas en Actividades Ilícitas Transnacionales, suscripto en Montevideo, el 14 de setiembre de 2004.

    Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 16 de mayo de 2006.

RODOLFO NIN NOVOA,
Presidente.
Santiago González Barboni,
Secretario.

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
 MINISTERIO DEL INTERIOR
  MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Montevideo, 26 de Mayo de 2006.

Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos.

TABARÉ VÁZQUEZ.
REINALDO GARGANO.
JOSÉ DÍAZ.
AZUCENA BERRUTTI.

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Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.