Publicada D.O. 21 abr/006 - Nº 26978
Ley Nº 17.958
DESTREZAS CRIOLLAS
SE LAS DECLARA COMO DEPORTE NACIONAL
El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del
Uruguay, reunidos en Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo Único.- Decláranse las destrezas criollas como deporte
nacional.
Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 5
de abril de 2006.
RODOLFO NIN NOVOA,
Presidente.
Hugo Rodríguez Filippini,
Secretario.
MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTE
Montevideo, 14 de abril de 2006.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro
Nacional de Leyes y Decretos.
Dr. TABARÉ VÁZQUEZ.
Presidente de la República
HÉCTOR LESCANO.
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Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo. |