Poder Legislativo / República Oriental del Uruguay
Publicada D.O. 28 nov/005- Nº 26883

Ley Nº 17.921

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

DIRECTOR GENERAL Y SUBDIRECTOR GENERAL DE SECRETARÍA

El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General,

DECRETAN:


Artículo Único.- Deróganse el numeral 1) del literal D) del artículo 31 del Decreto-Ley Nº 14.157 (Orgánico de las Fuerzas Armadas), de 21 de febrero de 1974, y el inciso segundo del artículo 101 de la Ley Nº 16.736, de 5 de enero de 1996.

    Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 10 de noviembre de 2005.

NORA CASTRO,
Presidenta.
Marti Dalgalarrondo Añón,
Secretario.

MINISTERIO DEFENSA NACIONAL

Montevideo, 22 de noviembre de 2005.

Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos.

Dr.TABARÉ VÁZQUEZ.
AZUCENA BERRUTTI.

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Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.