Poder Legislativo / República Oriental del Uruguay
Publicada D.O. 5 ago/005 - Nº 26805

Ley Nº 17.881

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

SE DICTAN NORMAS RELATIVAS A LOS PASES EN COMISIÓN PARA PRESTAR
TAREAS DE ASISTENCIA A DICHO MINISTERIO

El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General,

DECRETAN:


Artículo Único.- Los pases en comisión a prestar tareas de asistencia al Ministro y Subsecretario de Desarrollo Social, al amparo de lo previsto en el artículo 40 de la Ley Nº 16.320, de 1º de noviembre de 1992, en la redacción dada por el artículo 67 de la Ley Nº 17.556, de 18 de setiembre de 2002, quedan exceptuados de los límites establecidos por los incisos tercero y cuarto de la citada norma.

Se confiere a dichos jerarcas la posibilidad de solicitar y recibir hasta un máximo en conjunto de 115 (ciento quince) pases en comisión en las condiciones establecidas en las normas citadas, hasta que se defina la estructura de puestos de trabajo del citado Ministerio y se provea la totalidad de sus cargos y funciones o hasta la finalización del Programa de Asistencia Nacional de la Emergencia Social (PANES), en su caso.

    Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 20 de julio de 2005.

NORA CASTRO,
Presidente.
Marti Dalgalarrondo Añón,
Secretario.

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
 MINISTERIO DEL INTERIOR
  MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
   MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
    MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
     MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA
      MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS
       MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
        MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
         MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA
          MINISTERIO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA
           MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTE
            MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE
             MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

Montevideo, 1º de agosto de 2005.

Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos.

Dr.TABARÉ VÁZQUEZ.
MARINA ARISMENDI.
JOSÉ E. DÍAZ
REINALDO GARGANO.
MARIO BERGARA.
AZUCENA BERRUTTI.
JORGE BROVETTO.
VÍCTOR ROSSI.
JORGE LEPRA.
EDUARDO BONOMI.
MARÍA J. MUÑOZ.
JOSÉ MUJICA.
HÉCTOR LESCANO.
MARIANO ARANA.

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Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.