Poder Legislativo / República Oriental del Uruguay
Publicada D.O. 3 ene/005 - Nº 26663

Ley Nº 17.860

OPERACIONES DE MANTENIMIENTO DE LA PAZ DE LA ONU
EN LA REPÚBLICA DE HAITÍ

SE INCREMENTA EL CONTINGENTE MILITAR AUTORIZADO

El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General,

DECRETAN:


Artículo Único.- Increméntase el número de efectivos integrantes del Contingente Militar autorizado a salir del territorio nacional por Ley Nº 17.785, de 22 de junio de 2004, a efectos de participar en las Operaciones de Mantenimiento de la Paz de la Organización de Naciones Unidas en la República de Haití, conforme al siguiente detalle:

Una Sub-Unidad de Infantería integrada por 5 (cinco) efectivos integrantes de Personal Superior y 151 (ciento cincuenta y uno) efectivos integrantes de Personal Subalterno.

Medios de Apoyo Logístico y Sanitarios, integrados por 4 (cuatro) efectivos integrantes de Personal Superior y 40 (cuarenta) efectivos integrantes de Personal Subalterno.

    Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 15 de diciembre de 2004.

ALVARO ALONSO,
1er. Vicepresidente en ejercicio de la Presidencia.
Horacio D. Catalurda,
Secretario.

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
 MINISTERIO DEL INTERIOR
  MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Montevideo, 28 de diciembre de 2004.

Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos.

BATLLE.
YAMANDÚ FAU.
ALEJO FERNÁNDEZ.
DIDIER OPERTTI.

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Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.