Poder Legislativo / República Oriental del Uruguay
Publicada D.O. 17 feb/005 - Nº 26693

Ley Nº 17.855

MERCOSUR

PROTOCOLO DE MONTEVIDEO SOBRE COMERCIO DE SERVICIOS Y SUS ANEXOS

 

El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General,

DECRETAN:


Artículo Unico.- Apruébase el Protocolo de Montevideo sobre el Comercio de Servicios del Mercado Común del Sur, suscrito el 15 de diciembre de 1997, en la ciudad de Montevideo, y sus Anexos aprobados por Decisión Nº 9/98 del Consejo del Mercado Común del MERCOSUR, en su reunión de 23 y 24 de julio de 1998.

    Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 8 de diciembre de 2004.

ALEJANDRO ATCHUGARRY,
Presidente.
Mario Farachio,
Secretario.

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
 MINISTERIO DEL INTERIOR
  MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
   MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA
    MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS
     MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
      MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
       MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA
        MINISTERIO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA
         MINISTERIO DE TURISMO
          MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE
           MINISTERIO DE DEPORTE Y JUVENTUD

Montevideo, 20 de diciembre de 2004.

Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos.

BATLLE.
DIDIER OPERTTI.
ALEJO FERNÁNDEZ.
ALVARO ROSSA.
YAMANDÚ FAÚ.
JOSÉ AMORÍN.
GABRIEL PAIS.
JOSÉ VILLAR.
SANTIAGO PÉREZ DEL CASTILLO.
CONRADO BONILLA.
MARTÍN AGUIRREZABALA.
JUAN BORDABERRY.
SAÚL IRURETA.

Línea del pie de página
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.