Poder Legislativo / República Oriental del Uruguay
Publicada D.O. 29 set/004 - Nº 26597

Ley Nº 17.832

MERCOSUR - CHILE

VIGÉSIMOPRIMER PROTOCOLO ADICIONAL AL ACUERDO
DE COMPLEMENTACIÓN ECONÓMICA Nº 35
Y SU ANEXO

El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General,

DECRETAN:


Artículo Único.- Apruébase el Vigésimoprimer Protocolo Adicional al Acuerdo de Complementación Económica Nº 35 entre los Gobiernos de los Estados Partes del MERCOSUR y el Gobierno de Chile (ACE Nº 35) y su Anexo ("Régimen de Solución de Controversias"), suscrito en la ciudad de Montevideo, el 19 de octubre de 1999.

    Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 8 de setiembre de 2004.

JOSÉ AMORÍN BATLLE,
Presidente.
Horacio D. Catalurda,
Secretario.

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
 MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Montevideo, 22 de setiembre de 2004.

Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos.

HIERRO LÓPEZ.
LEONARDO GUZMÁN.
ISAAC ALFIE.

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Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.