Publicada D.O. 21 set/004 - Nº 26591
Ley Nº 17.828
CONVENIO INTERNACIONAL DEL TRABAJO Nº 184, SOBRE SEGURIDAD
Y SALUD EN LA AGRICULTURA, 2001
El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del
Uruguay, reunidos en Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo Único.- Apruébase el Convenio
Internacional del Trabajo Nº 184 sobre seguridad y salud en la agricultura, 2001,
adoptado por la Conferencia Internacional del Trabajo en la 89a. reunión celebrada en
Ginebra, en junio de 2001.
Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 7
de setiembre de 2004.
LUIS HIERRO LÓPEZ,
Presidente.
Mario Farchio,
Secretario.
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
MINISTERIO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA
Montevideo, 15 de setiembre de 2004.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro
Nacional de Leyes y Decretos.
BATLLE.
SANTIAGO PÉREZ DEL CASTILLO.
DIDIER OPERTTI.
MARTÍN AGUIRREZABALA.
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Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo. |