Poder Legislativo / República Oriental del Uruguay
Publicada D.O. 14 set/004 - Nº 26586

Ley Nº 17.821

TRATADO DE COOPERACION CON EL GOBIERNO DE LOS
ESTADOS UNIDOS MEXICANOS SOBRE ASISTENCIA
JURIDICA MUTUA EN MATERIA PENAL

El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General,

DECRETAN:


Artículo Único.- Apruébase el Tratado de Cooperación entre el Gobierno de la República Oriental del Uruguay y el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos sobre Asistencia Jurídica Mutua en Materia Penal, suscrito en Montevideo, el 30 de junio de 1999.

    Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 26 de agosto de 2004.

LUIS HIERRO LÓPEZ,
Presidente.
Mario Farachio,
Secretario.

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
 MINISTERIO DEL INTERIOR
  MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA

Montevideo, 7 de setiembre de 2004.

Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos.

BATLLE.
DIDIER OPERTTI.
DANIEL BORRELLI.
LEONARDO GUZMÁN.

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Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.